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Tema: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

  1. #1
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    Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    … Desde que se proyectó la Constitución de 1978 (finales de 1977) ya se sabía que toda referencia a Dios sería omitida en ella. A ningún partido se le pasó por la cabeza ni plantearla. Pero aún había gente que se escandalizaba, no tanto por ello sino por la blandenguería y connivencia episcopal con los políticos responsables (sobre todo con los “católicos” de la UCD de Suárez, que tenían mayoría parlamentaria).

    Lo único que parecía importar a aquellos obispos era el tema de la enseñanza y colegios “católicos” (?) para no perder las subvenciones y retener la mayor parte del consabido dinerito estatal que les afluía a chorros de la “dictadura franquista”. Los ataques y pérdida de la fe del pueblo católico, que ya se atisbaban, sólo les merecían disculpas y, a lo más, alguna condena a título individual, aunque siempre de forma protocolaria y mansurrona.


    Otros hilos relacionados con éste:

    Correcciones a la Constitución de 1978 para hacerla mínimamente aceptable

    Constitución de 1978: España se hunde en el abismo (Testimonios desde el bunker)


    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 570, 10-Dic-1977

    EL VACÍO

    Por D. Elías (sacerdote)

    Con permiso del paciente lector y de algunos hipotéticos lectores no tan pacientes, nos atrevemos a hacer una afirmación atrevida, que desearíamos ver desmentida por los hechos: la nueva y laica Constitución saldrá adelante sin más oposición por parte de la comunidad católica que un gran vacío.

    Las diversas voces sueltas que se oyen y aun las suaves advertencias del Documento de la Conferencia Episcopal (1977), poco van a hacer en esta original democracia que se nos han sacado de la manga nuestros políticos.

    Con todos los respetos posibles, nos hemos ganado el fruto de muchos años de siesta y de unos pocos años de revolución interna. El Derecho natural, dado por la Suma y Eterna regla que es Dios, se ha ido al garete, sin que nadie de verdadera altura lo haya defendido con el calor y la valentía con que los católicos, sobre todo si son eclesiásticos, deben defender las cosas de Dios. Las voces sueltas que se han alzado, o han sido silenciadas o han sido calificadas con títulos y motes que van desde el de “agoreros” a “reaccionarios” pasando por el de “inmovilistas” y “franquistas” es de verdadera indignación.

    ***

    Si alguno nos califica de pesimistas, está errado: no se puede ser más realista. Se ve que los años no nos hacen escarmentar, y una vez más nos tocará hacer el Boabdil, tantas cuantas veces las leyes obliguen a los católicos a no actuar en católico. Para el cáncer que hacía metástasis se han usado los más asépticos paños calientes. Ahora, ciertamente, como en una epidemia general, sólo se salvarán los que tengan salud excepcional, pero no los que estén un poco flojos. Y, sin embargo, el Señor nos enseñó que no es lícito apagar esa caña que aún humea porque aún no está apagada del todo. (…) La actitud de cada uno de los obispos será el mejor respaldo de los curas que están y son con su pueblo. Y no nos vengan ahora con la monserga de que es “meterse en política”; es, sencillamente, defender la Ley de Dios, contra la que no hay derecho a oponer política de ninguna clase, por muchas mayorías de votos, reales o fingidas, que se tengan metidas en la cartera.

    ***
    Aún no es tarde, repetimos. Por una serie de lamentables circunstancias, la Conferencia Episcopal dice muy poco al pueblo cristiano, entre otras cosas porque en ella no se ha visto unanimidad nunca, ni aun siquiera en este asunto.(…) Hay cosas en que la Iglesia no puede pactar, y una de ellas es, precisamente, en que toda ley, para poder tener fuerza de obligar,ha de descansar en última instancia en la Ley de Dios. Si nuestra futura Constitución no se apoya en última instancia en esta Ley Natural de Dios, para los cristianos es papel mojado, y para los políticos, militares y jueces cristianos, un atentado a su conciencia. Ahora es posible que nadie diga “España ha dejado de ser católica”, pero el hecho legal estará ahí con toda su triste vigencia.

    Repetiremos una vez más, con J. Leclercq, que la situación normal de la Iglesia con el Estado es la lucha, ya sea de forma abierta, ya de forma larvada. El “no sois del mundo” de Jesús tiene ahí una de sus manifestaciones, y precisamente por eso hacen tanto daño las ambigüedades. Los hijos de las tinieblas son más hábiles que los hijos de la luz, y si afirmamos que la actitud del cristiano consciente en relación con los políticos profesionales ha de ser de desconfianza, no decimos ninguna herejía ni ningún error.

    ***
    (…) Cuando sinceramente se confía en Dios, no se puede confiar sinceramente en la democracia, pero la realidad nos obliga a aprovechar, aun desconfiando, los pobres medios que esa democracia ofrece como una limosna. Ya es vergonzoso que se saque a votos si Dios ha de ser tenido en cuenta en la Constitución. Pero al menos los que se consideran hijos de Dios deben decir que sin Dios ni cabe Constitución ni cabe nada; que el fundamento de nuestra aceptación de la Ley sólo puede estar en que esa Ley esté de acuerdo con la de Dios, y si no, nos sirve para echar a la papelera, y no para otra cosa.

    No hace falta ser demasiado lince para ver que la farsa ha terminado ya, y vamos en camino de considerar como derechos humanos las cosas que no son sino abusos humanos, en los que los hombres “se pasan” en el uso de su libertad, canonizando la ley y el abuso. El cristiano no puede ser cómplice de eso. Dios no hace a los hombres eco de su autoridad para que los hombres la retuerzan después, diciendo que “así lo quiere la mayoría”. Todo poder legítimo viene de Dios; la mayoría no “da el poder”, sino que elige al que ha de ostentarlo, pero de acuerdo con la Ley de Dios impresa en la naturaleza. Esto es elemental en la doctrina cristiana (…)


    Última edición por ALACRAN; 27/02/2024 a las 14:23
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
    Detrás de los sofistas vienen siempre los bárbaros, enviados por Dios para cortar con su espada el hilo del argumento." (Donoso Cortés)

  2. #2
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    Carta abierta al señor Tarancón, cardenal de Madrid

    Ver también:

    http://hispanismo.org/crisis-de-la-iglesia/28387-tarancon-y-su-iglesia-en-la-transicion-al-servicio-de-los-enemigos-del-catolicismo.html?highlight=



    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 570, 10-Dic-1977

    Carta abierta al señor cardenal de Madrid

    Eminencia reverendísima:

    Con la atención y el cuidado que todo fiel debe prestar a las palabras de su Pastor, he leído el discurso que su eminencia pronunció en la apertura de la Asamblea Plenaria del Episcopado Español. Y pluguiese a Dios que no hubiese tenido necesidad de escribir esta carta para mostrar mi extrañeza, triste y dolorida, ante algunas de las afirmaciones sostenidas en aquella oración inaugural.

    Dejando de lado temas que escapan a mi competencia, quiero fijarme en dos que en modo alguno me son ajenos por mi condición de jurista dedicado durante largos años al estudio del Derecho constitucional. Me refiero a la libertad religiosa y a la confesionalidad del Estado.

    Más, antes de seguir adelante, también manifestaré mi sorpresa por el tratamiento general dado a ambos temas sin referencia alguna al grave deber del Estado de rendir culto público a Dios como Autor y Creador de todas las cosas, incluida esa misma comunidad política. Deber que se completa con el de buscar la verdadera religión para profesarla y protegerla. Faltando estas referencias obligadas, no puede extrañar el criterio sentado en tan ardua materia por el señor cardenal.

    Dice su eminencia (Tarancón): “La libertad religiosa constituye un derecho fundamental entre los llamados derechos y libertades democráticas”. Arguyo: esta doctrina ha sido reiteradamente condenada por la Iglesia, a partir, especialmente de Gregorio XVI en su encíclica “Mirari vos”, como derivada del Derecho revolucionario y anticristiano. Es consecuencia directa del indiferentismo y del latitudinarismo, condenados expresamente en las proposiciones 15 y 16 del “Syllabus”. Y no se diga que este documento carece ya de todo valor en nuestros días, porque ello, aparte de ser inexacto, equivaldría a afirmar que el error deja de serlo para convertirse en verdad, y viceversa, según los tiempos y las conciencias de los individuos, con lo cual vendríamos a incurrir en relativismo filosófico o teológico, igualmente condenados por la Iglesia. El “Syllabus”, por referirse a materias de fe y de costumbres, reúne los requisitos precisos para que haya de considerarse dictado con las condiciones de infalibilidad que exigen los teólogos más eminentes.

    La libertad religiosa, según el mismo Concilio Vaticano II, deriva no del derecho democrático, que hoy es y mañana no es, sino de la dignidad del hombre como consecuencia directa de su creación por Dios, que le dotó de libertad para la realización de esa misma dignidad. Con que no tiene aquella libertad otro alcance que el de hacer al hombre inmune a toda coacción en orden al culto que ha de rendir a Dios, mas sin que ello le exima de buscar la verdad, como tampoco equivale a afirmar que todas las religiones son igualmente verdaderas y que lo mismo es profesar cualquiera que no profesar ninguna. Y es que por el camino de la libertad religiosa como nacida del Derecho nuevo, revolucionario y democrático, fácilmente se llega al ateísmo.

    El propio “Syllabus”, en su proposición 77, condena a quienes “sostienen que no conviene ya en nuestra época que la religión católica se mantenga como la única religión del Estado, excluyendo cualesquiera otros cultos”.

    Condena que tira por tierra o al menos deja malparada la afirmación del señor cardenal, según la cual “el Estado no tiene que comprometer ninguna especie de confesionalidad”.

    Yo recordaría aquí las iluminadoras palabras de León XIII en su encíclica “Immortale Dei” sobre la constitución cristiana de los Estados, y en la cual se tratan también puntos de costumbres. En efecto, condena el Pontífice los dictados del Derecho nuevo, revolucionario y anticristiano, Derecho “democrático” según la expresión acuñada por sus defensores: “El Estado no se creerá obligado hacia Dios por ninguna clase de deber; no profesara públicamente ninguna religión, ni deberá buscar cuál es, entre tantas la única verdadera… sino que concederá a todas ellas igualdad de derechos”. He aquí las consecuencias de la no confesionalidad, tan alabada y predicada por su eminencia.

    El señor cardenal ha olvidado, de ello no tengo duda, la Declaración colectiva del Episcopado Español de 8 de diciembre de 1965, en la cual, después de recordar la verdadera naturaleza de la libertad religiosa, afirmaba que esta libertad “no se opone ni a la confesionalidad del Estado ni a la unidad religiosa de una nación”, haciendo especial alusión al caso de nuestra Patria y a la urgencia de conservar en ella la unidad católica. Estimo que la cita es bastante reveladora y que deja las cosas en su lugar.

    No me parecería oportuno ni elegante recordar determinados preceptos del Código de Derecho Canónico -por ejemplo, el canon 1.325- aplicables a quienes profesan o sostienen doctrinas condenadas por el Magisterio de la Iglesia. Estoy cierto de que el señor cardenal los recuerda muy bien.

    Sólo, y para concluir, me queda pedir a mis lectores que eleven oraciones al Espíritu Santo para que mueva a nuestro señor cardenal a rectificar esas afirmaciones sentadas en su discurso y que tanto escandalizan al pueblo fiel, a quien tiene la obligación de apacentar en la doctrina verdadera, y que piensa que si sus obispos profesan tales teorías nada tiene de extraño que los “representantes” del pueblo redacten una Constitución de todo en todo laica.

    Si no rectificase el señor cardenal, estoy cierto de que perderá la confianza de sus feligreses y se verá, incluso, en trance de perder su obediencia, porque más importa ser fiel a Cristo y a su Iglesia que a los fautores de tesis erróneas en materia de fe, como las que quedan apuntadas para aviso de cristianos españoles.

    Respetuosamente.

    José Luis SANTALÓ R. DE VIGURI
    Ex profesor de Derecho Político

    Última edición por ALACRAN; 08/03/2024 a las 12:52
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
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  3. #3
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    "Acuerdos Iglesia-PSOE" que llevaban como condición la aconfesionalidad estatal para que no se "cabreara" el PSOE y volviera a las andadas contra la Iglesia, como en el 31-36


    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 571, 17-Dic-1977

    Acuerdos Iglesia-PSOE

    En “Hoja del Lunes” de Madrid, J. L. Martín Descalzo ha decidido abordar por lo gracioso, como si fuera un chiste, el deseo manifestado por Felipe González de que “los obispos tampoco participen en los trabajos de la Constitución”. ¡Es extraño que un periodista como el padre Martín Descalzo, que a todos acusa de ingenuos, incluso desde sus editoriales, caiga ahora en la ingenuidad de creer que, en algún momento, pueden coincidir en algo práctico la Iglesia y el PSOE! Aduce J. L. Martín Descalzo: “Si Felipe González y Javier Solana, en la inauguración de la Agencia EFE, en vísperas electorales, tuvieron tanto interés en conversar con el cardenal Tarancón y en expresarle los deseos de su partido de no tener ni choques ni fricciones con la Iglesia, ¿por qué niegan ahora a los obispos el derecho a hablar? ¿Las sonrisas con los obispos eran útiles en periodo prelectoral y ya no lo son?”

    ¡Parece mentira que J. L. M. D. no comprenda la táctica socialista y que no conozca por sí mismo la respuesta a su pregunta!

    Lo ha dejado bien patente el secretario general del PSOE, declarando en París: “Creo que no va a haber enfrentamientos y se puede llegar a acuerdos desde el punto de vista de la aconfesionalidad del Estado”. Habrá, pues, acuerdos entre la Iglesia y el PSOE, A CONDICIÓN de que la Iglesia admita la Constitución ACONFESIONAL, es decir, la Constitución liberal que permite llevar España al socialismo marxista, objetivo confesionalmente proclamado por el socialismo español de todos los partidos.

    Más claro: si la Iglesia, ahora, como en vísperas de elecciones, NO pone impedimentos al proselitismo y al triunfo de los socialistas marxistas, el PSOE llegará a cualquier acuerdo con ella.

    Ahora bien, ¿es eso es un acuerdo, imponer a la Iglesia (es decir, a los españoles católicos) una Constitución que facilita la consecución de un Estado marxista y que, desde ahora, es ya una Constitución atea? Eso no es un acuerdo, eso es un dictado. Porque, ¿acaso puede la Iglesia acordar o concordar que el Estado sea ateo en un nación histórica y (aún hoy) mayoritariamente católica?

    El peligro es ése: que por cobardía, por falsa prudencia, por diplomacia o por política, en suma, por el contra- testimonio, el cardenal Tarancón y los obispos que le asisten dejen de proclamar a todos los vientos, hasta que se enteren todos los católicos, en primer lugar, que el PSOE es teórica y prácticamente marxista y que, por eso mismo, ningún católico puede adherirse a él ni darle su voto, porque, como viene diciendo la Iglesia en Italia, el marxismo y el catolicismo son teórica y prácticamente inconciliables.

    Ciertamente, la Iglesia española no es sólo el cardenal Tarancón y no llegaría a acuerdos con la Iglesia el que llegara a acuerdos con el cardenal Tarancón; pero, en cualquier caso, un acuerdo católico-socialista sería una traición, una cobardía, una política atea.

    Eulogio RAMÍREZ


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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    Alegría y asombro de los anticlericales Azaña, Giner, Cossío, Azcárate si levantaran la cabeza… y vieran a los eclesiásticos de la transición implantar "con todas las bendiciones" sus mismos antiguos ideales secularizadores…


    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 572, 24-Dic-1977

    SI LEVANTARAN LA CABEZA

    ¿Cuál no sería el asombro gozoso de Azaña y demás primates de la República masónico-liberal del 31, si vivieran, ante el hecho del retorno triunfal y el recobro de la influencia todopoderosa de la masonería en España? ¿Otra noticia concomitante: el Ministerio de Educación y Ciencia prepara un proyecto de ley para devolver a la Institución Libre de Enseñanza, ya legalizada, los bienes que le fueron incautados después de la guerra civil. Es bien conocido que en determinadas épocas y por parte de diversos elementos de la Institución no ha habido solución de continuidad entre ella y la masonería. Y no lo es menos toda la obra de distorsión intelectual y colectiva, de fanatismo ideológico, de subversión de valores, erosión agnóstica y habilísima penetración por capilaridad que ha realizado la Institución Libre, aparte del prestigio científico de varios de sus componentes.

    En un artículo publicado en “El Alcázar”, en 1973, señalábamos que el actual progresismo eclesiástico representa la irrupción en nuestra Iglesia de nuestro acerado liberalismo del siglo XIX -el más intolerante de todos, como decía Marañón- con toda su carga de dureza y agnosis, y conduce a una eclesiología laica informada en el sentido y el espíritu de la Institución Libre de Enseñanza.

    Hemos visto en estos días (1977), en efecto, a la plana mayor de nuestro “neoinstitucionismo” y la del progresismo eclesiástico unidos en la presentación de libro “Las conversaciones de Gredos”, buen exponente ideológico de la desviación progresista. Pues bien, en su artículo “La Iglesia de Giner”, el destacado eclesiástico periodista de EDICA, la Santa Casa, don José María Javierre, lo corrobora y se felicita de que nuestra Iglesia haya evolucionado tanto que está ya inserta y encarna plenamente la ideología del fundador de la Institución Libre.

    Por su parte el jesuita Ferrer Benimelli acaba de publicar un libro, “La Iglesia y la Ilustración”, que bajo la apariencia histórica es una apología declarada de la masonería y de su expansión en España. ¡Hasta este punto ha llegado nuestra crisis eclesiástico-religiosa!

    Pero lo que nunca pudieron sospechar ni Giner de los Ríos ni Cossío ni los dos Barnés ni Azcárate, etc. ni mucho menos Azaña, cuando su afirmación de que España había dejado de ser católica, que para que esto empezara a ser una realidad en España, ha sido necesario que, en la entrega de la Iglesia al espíritu de la Institución Libre y a sus métodos “hábiles” de captación en la tarea frontal de descatolizar a España con el riesgo de la pérdida de la fe y la ateización progresiva en que estamos sumergidos, tuvieran participación activa y con frecuencia la iniciativa y el impulso principal, extensos sectores episcopales y eclesiásticos bajo la rúbrica de “actualización de la Iglesia”. (…)

    Carmelo VIÑAS Y MEY

    Última edición por ALACRAN; 02/04/2024 a las 13:18
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
    Detrás de los sofistas vienen siempre los bárbaros, enviados por Dios para cortar con su espada el hilo del argumento." (Donoso Cortés)

  5. #5
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    El arzobispo Yanes, ignorando a Dios, preconizaba, cínicamente, la (falsa) libertad que cacareaban los partidos político como remedio para los españoles, en su inmensa mayoría católicos. (Y, sólo al final, apelaba a Dios ilógicamente, para salvar las apariencias)


    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 574, 7-Ene-1978

    Cripto-confesionalismo

    Gracias a la revista “Vida Nueva”, pasto del progresismo católico español, hemos podido conocer la conferencia leída por monseñor Yanes, arzobispo de Zaragoza, en el Club Siglo XXI de Madrid, y titulada: “Qué esperaría un cristiano leer en una Constitución democrática?”. (Debe entenderse un “cristiano progresista y secularista”, no un católico que comulgue con la tradición de la Iglesia Católica).

    Si tuviéramos que decir sumariamente y pronto el juicio que nos merece esta conferencia, diríamos que es virtualmente atea, porque en lugar de poner a Dios y su Revelación como premisas de donde el católico saca las conclusiones que ha de llevar a la Constitución civil del Estado nacional, monseñor Yanes parte de unas premisas ateas, racionalistas, secularistas, y sólo saca a Dios ilógicamente en la conclusión de su conferencia.

    Hay en la conferencia del arzobispo de Zaragoza, como en la doctrina política vaticana actual (1978), una especie de giro copernicano en virtud del cual la Constitución, que en el Estado católico debe girar en torno a Dios, pasa a girar absolutamente en torno al hombre desprovisto de Dios. Y, por eso, podría decirse que, como en el discurso diabólico del paraíso terrenal ante el que capituló Adán, lo mismo que ante el discurso marxista que exalta al Prometeo que roba el fuego a los dioses, hay en este discurso de Monseñor Yanes, al menos tácitamente, la misma pretensión de Satán frente a nuestros primeros padres: embaucarlos con el señuelo del “Seréis como dioses”.

    Parece deducirse del cuerpo de la disertación del arzobispo de Zaragoza que si hacemos una Constitución democrático liberal-socialista, como la que él se le ocurre, sin contar con los datos de la fe católica, y con las meras ocurrencias de la razón cartesiana o marxista, podríamos hacer de España un paraíso, sin necesidad de sobreponerle la autoridad soberana y omnímoda de Dios.

    Pero como las lucubraciones puramente racionales llevan, con una lógica implacable, a un Estado en que la Iglesia no pasa de ser una asociación de derecho privado supeditada al Estado, a la escuela única y laica, al divorcio y al aborto -y eso todavía no puede digerirlo el actual Gobierno vaticano del que monseñor Yanes es súbdito irracional-, el arzobispo de Zaragoza se ve forzado, ilógicamente, a sacarse de la manga un Dios relegado y críptico, un “criptoconfesionalismo”, sólo en el cual pueden fundamentarse las libertades o derechos de la Iglesia que él desea ver respetados por la Constitución española en ciernes.

    ***
    Como diría Etienne Borne en “Dios no ha muerto”, en la ideología seudocristiana o criptocristiana de monseñor Yanes, “Dios va a ser el sofisma de justificación de todas las insubordinaciones, el arma revolucionaria mediante la cual será repudiado todo orden político. Al creer en Dios, el hombre proyectaría en un cielo antinatural y antisocial el falso absoluto de una libertad ilusoria”.

    Porque, efectivamente, monseñor Yanes discurre como si erigiendo la libertad de los españoles en lo Absoluto, en el sucedáneo de Dios, aquí se fuera a producir el paraíso terrenal, cuando en realidad estamos experimentando cómo es causante de nuestro infierno actual la libertad desenfrenada de que gozan los españoles frente a un Gobierno (A. Suárez) carente de autoridad.

    De monseñor Yanes podría decirse esto mismo que Borne afirma de Hegel: “El propósito de un Hegel ha sido reformar el Dios cristiano bastante revolucionariamente como para hacerlo políticamente utilizable”.

    ***
    Ignora monseñor Yanes, como parecen ignorar todos los progresistas católicos, sean españoles, sean vaticanos, lo que descubre el mismo E. Borne, filósofo de la democracia cristiana francesa: “Todas las revoluciones desde el siglo XVI son afines; cualquiera que sea su propósito aparente, político o social, todas ellas proceden del mismo antropocentrismo y de la misma rebelión metafísica del hombre que pretende usurpar la plaza de Dios. Y al final sobrevienen la claridad y la justicia: el olvido de Dios es una provocación a la negación de Dios. Al suscitar el comunismo ateo, la fórmula marxista no sería en absoluto inexacta, el mundo liberal y laico ha producido sus propios sepultureros. De este modo se manifestaría a través de la Historia el juicio de Dios”.

    Efectivamente, históricamente, fatalmente, el liberalismo ateo (como el subyacente a nuestra Constitución en ciernes) genera al comunismo ateo, que entierra a las democracias liberales, máxime cuando se da la mediación de los eurosocialismos y eurocomunismos.

    Por eso, por imperativo de la Ley moral, del Derecho natural y de la fe cristiana, los católicos queremos ver en la Constitución explícitamente respetado el honor de Dios, el derecho de Dios, la Constitución de Dios para el hombre y para el mundo, tal como la han explicado entre nosotros monseñor Guerra Campos, en su carta pastoral sobre “La Monarquía católica”, https://hispanismo.org/religion/2224...ra-campos.htmlo monseñor Castán Lacoma, en su conferencia sobre “La Iglesia y la democracia”, pronunciada hace un par de años en Madrid e inspirada en el radio mensaje navideño “Benignitas et Humanitas”, emitido por Pío XII en 1944, cuando la democracia liberal se cernía sobre Europa

    ***
    Hay un fallo garrafal en la conferencia de monseñor Yanes: la inadvertencia de que cuando las Constituciones y los hombres no comienzan por confesar a Dios, más tarde o más temprano acaban destruyendo al hombre, como hace ver no sólo Borne, sino el mismo Domenech, que él cita, en su ensayo sobre “Tombeau de l’humanisme”. El racionalismo con el que discurrieron los liberales y con el que discurre el arzobispo de Zaragoza, en Sartre, en Foucault, en Freud en Althusser, en Levy-Strauss deshacen hasta la noción misma del hombre.

    Eulogio RAMÍREZ

    Última edición por ALACRAN; 29/04/2024 a las 13:06
    DOBLE AGUILA dio el Víctor.
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    "Si los obispos, cumpliendo con su deber, hubieran declarado que ningún católico puede votar por los partidos inspirados en el marxismo y en el liberalismo y advertido de cuáles eran estos, España NO tendría hoy (1978) unas Cortes que elaboraran una Constitución aconfesional atea".


    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 575, 14-Ene-1978

    Dejación episcopal

    So pretexto de que la Iglesia en el Concilio Vaticano II… ha reconocido la autonomía del orden temporal, el cardenal Tarancón, y virtualmente la mayoría gobernante del Episcopado se precia ahora (1978) de que la Jerarquía española… “ ha jugado limpio en el proceso de democratización que ha seguido nuestra patria”. Pero eso es según se mire.

    Si se considera que en ese “proceso de democratización” dicha Jerarquía no ha predicado, como lo hizo Pío XII, las condiciones en que un católico puede aceptar la democracia, hay que decir que la jerarquía no ha jugado limpio, porque ha permitido que se crea que la Iglesia acepta el orden político basado simplemente en el sufragio universal. Ahora bien, como se percibe por el Vaticano II, la Iglesia sólo da por bueno el Estado que se basa en la Verdad, en la Justicia, en la libertad y en la caridad, valores que en modo alguno se logran mediante el sufragio universal.

    Por el contrario, si se observan los principios del liberalismo que consideran como intromisión cualquier intervención de la Jerarquía en el proceso político, hay que reconocer que desde el punto de vista liberalístico, la Jerarquía “ha jugado limpio”. Pero hasta Pablo VI, en la “Octogésima”, advierte que los criterios liberalistas son incompatibles con los católicos. Luego hay que decir que,desde el punto de vista católico, la jerarquía “ha jugado sucio”, se ha pasado al enemigo.

    Ha jugado sucio porque, en virtud de su inhibición ante ese proceso democratizador y causa de la ambigua declaración en vísperas de las elecciones del 15 de junio (1977), muchos católicos españoles dieron su voto no sólo a partidos liberalistas (como UCD y AP), sino a partidos marxistas (como PSOE y PCE).

    Es claro que si los obispos, cumpliendo con su deber, hubieran declarado que ningún católico puede votar por los partidos inspirados en el marxismo y en el liberalismo y la Jerarquía hubiera advertido de cuáles partidos eran estos, España NO tendría hoy (1978) unas Cortes como las que tiene, ni habría en proceso una Constitución aconfesional atea, ni las perspectivas de una escuela laica de las que ahora se lamentan los obispos como consecuencia de que los liberales y los socialistas obren conforme a sus principios.

    ¿No es una dejación y un incumplimiento de sus deberes por parte de esa Jerarquía ese “juego limpio” de que ahora se pavonean? ¿Ha ejercitado la Iglesia su libertad de predicación como debiera?

    Eulogio RAMÍREZ



    Última edición por ALACRAN; 09/05/2024 a las 13:23
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    ... con la casi indiferencia de mons. Tarancón y de su Conferencia Episcopal... los "democristianos" prescinden en el proyecto de Constitución por entero de la doctrina católica e, inclusive, del Derecho natural”



    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 575, 14-Ene-1978

    Igual o más que Azaña

    Azaña -sea cual sea el juicio que se tenga sobre su talante político- ha pasado a la historia como modelo de político anticlerical y antirreligioso. Pero cualquiera que observe y compruebe, aunque sólo sea superficialmente, los objetivos que aquel persiguió y las realizaciones que la Segunda República obtuvo al respecto y las compare con las que la actual Monarquía está dispuesta a plasmar en las normas constitucionales y legislación complementaria, ha de registrar necesariamente, con sorpresa (*) o sin ella, que no difieren gran cosa, sino son más avanzadas las que ahora (1978) se tratan de imponer a un pueblo de mayoría aplastante de católicos: Estado aconfesional y carencia de reconocimiento de un orden natural regido por normas que están por encima de la voluntad de la mayoría, admisión del matrimonio civil como única fórmula matrimonial, divorcio vincular…

    Y no es sólo que se prescinda de Dios y de los derechos que se le deben de reconocer por toda nación católica según la doctrina pontificia elaborada y desarrollada desde la bula “Unam Sanctam” y que no ha sido derogada por el Concilio Vaticano II, el cual al aprobar la “Declaración sobre libertad religiosa” advierte expresamente que deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo”, sino que se prescinde por entero en la legislación, de la doctrina católica e, inclusive, del Derecho natural.

    Y lo más sorprendente (*) del caso es que a la consecución de esos objetivos, que fueron los de Azaña, cooperan el centrismo de UCD -lleno de democristianos- y la “conservadora” Alianza Popular- recuérdese que uno de los lemas de sus periódicos electorales fue el de “divorcio, sí; aborto, no”-, que no acaba de decirnos que es lo que quiere “conservar”.

    Y, si Dios no lo remedia y las cosas siguen su curso natural y propio de la democracia restaurada, contemplaremos con asombro (*) cómo un miembro conspicuo de la “Santa Casa”, un personaje de la Asociación Católica de Propagandistas, elaborará desde su Ministerio las normas que asesinarán la familia tradicional y cristiana española: divorcio, despenalización del adulterio, investigación de la paternidad en todos los casos, equiparación de toda clase de hijos, matrimonio civil único…, si no le corresponde, en caso de prosperar, dar forma a las propuestas marxistas acerca del aborto y de los anticonceptivos.

    Todo ante la casi indiferencia de mons. Tarancón y de su Conferencia Episcopal, que NO quieren dar la batalla en pro de los derechos de Dios y de los fueros de la Ley Natural, y que se limitan a reivindicar la libertad de enseñanza como si ahí concluyera la doctrina católica.

    No cabe duda de que Azaña, después de muerto, ha conseguido, o mejor está a punto de conseguir (precisamente bajo la Monarquía instaurada por Franco), con la colaboración activa de los epígonos de la CEDA y de quienes tantas veces juraron los Principios del Movimiento (incluido el punto II), el Estado acatólico, el divorcio vincular, el matrimonio civil… Claro que ya vimos antes a uno de los hombres de la Asociación Católica de Propagandistas presidir desde el Ministerio de Información la “apertura” que dio lugar a la inundación del cieno pornográfico que nos invade y a los conservadores de A.P. votar en las Cortes a favor de una “reforma política”, con olvido de lealtades proclamadas y de juramentos prestados solemnemente, que, sin su concurso parlamentario tal vez no habría salido adelante.

    Ramón de Tolosa

    (*) Hablar de “sorpresa” y “asombro” denota caricatura y complicidad…; porque hablar de iniquidad, infamia, locura, se quedaba corto

    .
    Última edición por ALACRAN; 15/05/2024 a las 13:32
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
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  8. #8
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    Basta un mínimo de sentido común para que los católicos que apoyaron ese engendro de Constitución se hayan dado cuenta de hasta qué punto han metido la pata. El bicho de 1978 sólo ha producido malos frutos, en todos los órdenes. No encuentro ahora mismo ninguna consecuencia positiva. España es peor en casi todos los aspectos, y en aquellos en los que ha podido mejorar no ha sido gracias a la Constitución, sino a pesar de ella.
    "La Verdad os hará libres"

  9. #9
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    No hubo sitio para ellos en la posada” (Lucas 2,7)

    “El presidente de las Cortes mandó retirar el Crucifijo de su despacho oficial” (Prensa española)


    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 579, 11-Feb-1978

    VILLANCICO DE LA POSADA Y EL POSADERO

    No hubo sitio para ellos en la posada” (Lucas 2:7)

    “El presidente de las Cortes mandó a retirar el Crucifijo de su despacho oficial” (Prensa española)

    Si buscas, Niño, posada,
    -nochebuena, nochemala-
    no la pidas en España.

    Al Palacio de las Cortes,
    ya te lo aviso, no vayas.
    No es por miedo a los leones,
    -lamerían tus pisadas-,
    es que al verte, el presidente
    dirá: “Vete. No hay posada”.

    Y retumbará el portazo
    en la conciencia de España
    Inútil. Noche cobarde,
    hielo y traición, todos callan.
    Si les estorbarte muerto,
    vivo, Niño, no te aguantan.
    Si con tu Cruz se atrevieron,
    a tu Cuna, ¿qué le aguarda?
    Nada podrán tus pañales;
    tu Pasión no pudo nada.

    Al asesino, amnistía,
    puerta abierta y calle franca.
    Al Redentor, ostracismo;
    su presencia ofende y mancha.
    Busca una cueva, pues vuelve
    la historia; Belén no acaba;
    te rechaza el presidente
    de las Cortes: “!No hay posada!”

    Pero te abrirán la puerta
    Carrillo y la Pasionaria.
    No les molestas. Les sirves
    hoy de cebo en su jugada.
    Hoy más bien a tus cristianos
    estorbas y te despachan.
    ¿Sabe de eurocomunismo
    José? No caiga en la trampa,
    que está, tras la puerta abierta,
    Paracuellos del Jarama.

    Si buscas, Niño, posada,
    -nochebuena, nochemala-
    no la pidas en España.

    Aunque no darás con ella.
    No existe. Esta liquidada.
    Pregunta por el “país”:
    verás una sucia plaza,
    un barato de retales,
    una almoneda tirada,
    un “rastro” que salda a a trozos,
    la historia y el ser de España.

    ¿En qué lengua pediría
    José, si vienes, posada?
    Aquí hablamos siete idiomas.
    José no entiende palabra.
    Pentecostés está lejos.
    Y Babel, dentro de España.

    Hoy necesitas, si vienes,
    veinte banderas. No traigas
    la española. Es temerario.
    No repitas lo de Málaga;
    que si hay un muerto, el Congreso,
    en sesión extraordinaria
    a Dios le echará la culpa,
    que izó enseña rojo y gualda,
    Veinte banderas son muchas;
    y José no sabrá usarlas.
    Si las confunde y presenta
    una “ikurriña” en Navarra,
    podría haber otro muerto.
    Y otro Congreso. ¡Y ya basta!

    Si buscas, Niño, posada,
    -nochebuena, nochemala-
    no la pidas en España.

    Ramón CUÉ S. J.

    Última edición por ALACRAN; 01/07/2024 a las 13:17
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
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  10. #10
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    de un tiempo a esta parte, el Magisterio eclesiástico hace caso omiso del Derecho natural y del derecho público eclesiástico tradicional y propone que la confesionalidad católica, liberal o marxista del Estado se decida conforme a la criteriología atea, liberalista, es decir, sin intervención ninguna de los imperativos religiosos” …


    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 581, 25-Feb-1978

    ¿Confesionalismo?

    El desconcierto o confusión religioso-político-moral que nos paraliza o nos hace desvariar, según los casos, a los católicos, indudablemente es debido a un fallo garrafal del Magisterio y del Gobierno eclesiásticos. No sabemos bien los católicos cómo hemos de comportarnos en la vida pública, en las actividades políticas, económicas y, en general, sociales. No sabemos bien si el Estado debe o no debe ser confesional ni por qué. Hasta se da el caso de que, en España, los católicos -el Gobierno del Estado- negocian con los católicos -el Gobierno de la Iglesia-(1978) un nuevo concordato o una serie de “concordatículos” y ni siquiera saben los católicos cómo debe ser el status de la Iglesia respecto al Estado.

    Lo que ocurre es que el Magisterio eclesiástico (Pablo VI y la Conferencia Episcopal Española) o no sabe o no quiere enseñarnos lo debido. Y si lo sabe es que carece de autoridad y de voluntad para que ese saber pase a la vida política, a través de la conciencia y de la actuación pública de los seglares católicos.

    ***
    Nos encontramos ahora (1978), en España, como en Italia, enfrascados en la cuestión de si el Estado debe ser o no ser confesional, desde el punto de vista de la doctrina católica. Y, sin embargo, el Magisterio eclesiástico, como si fuera los “perros mudos” del pueblo de Dios que profetizara Isaías, parece haber cambiado de doctrina respecto a la confesionalidad del Estado y no nos explica por qué razones ha cambiado.

    Hasta el Concilio Vaticano II inclusive, el Magisterio eclesiástico venía enseñando que, en un país de mayoría católica, el Estado debe de ser confesionalmente católico, por una razón de derecho natural y de lógica, hasta si se quiere por imperativo de las reglas de juego democráticas. Después de todo, la dimensión religiosa es una realidad como otra cualquiera de las considerables y atendibles desde el punto de vista civil.

    En cambio, de un tiempo a esta parte, el Magisterio eclesiástico hace caso omiso del Derecho natural y del derecho público eclesiástico tradicional en este punto y propone que la confesionalidad católica, liberal o marxista del Estado sea decidida conforme a la criteriología atea, liberalista, es decir, conforme al sufragio universal, sin intervención ninguna de los imperativos religiosos enunciados en el Vaticano II: que ha de rendirse culto público a Dios según la religión verdadera, que es (*) la Católica, sin perjuicio de respetar civilmente la libertad de los ciudadanos para practicar la religión de sus preferencias o de no practicar ninguna.

    Nos está pues fallando el papa Pablo VI, que debiera escribirnos una amplia y profunda encíclica sobre este punto tan decisivo. Nos están fallando nuestros obispos y nuestros teólogos, queno nos explican nada o lo explican de manera anodina y nada convincente.

    Y el caso es que la cuestión “confesionalismo, por qué no?” está reclamando una respuesta por parte del Magisterio de la Iglesia, ya que siguen teniendo consistencia las abundantes y sólidas razones por las que antes el Magisterio respondía a la cuestión de “confesionalismo católico, ¿por qué sí?”

    No ignoro que “L’Osservatore Romano” publicó en enero de 1976, el extracto de un discurso del cardenal Colombo contra el confesionalismo. Pero tampoco ignoro las objeciones que a esta tesis se le hicieron por Sandro Maggiolini (en “L’Osservatore Romano”) y por Lector (en “L’Osservatore della Domenica”). Y yo también tengo que hacerle una objeción.

    Las palabras del cardenal Colombo eran éstas: “El Estado moderno no puede ser “confesional” en ningún sentido: ni en sentido religioso, por ejemplo, cristiano; ni en sentido materialístico y ateo, por ejemplo, marxista; y ni siquiera en sentido laicista, si por laicismo entendemos -como a menudo encontramos de hecho- una particular concepción del mundo y del hombre de inspiración inmanentística o iluminística, que niega los valores trascendentales o los confina en el secreto de la conciencia individual. El Estado, tal como ha venido configurándose históricamente, debe ser laico: su fin es la promoción de los bienes temporales comunes, comprendidos los aspectos religiosos; es la tutela de toda libertad, comprendida la libertad religiosa. Afirmando la justa y sana laicidad del Estado, no se quiere, en efecto, afirmar que el Estado deba ser indiferente frente a la verdad y al error y desvinculado de toda norma ética. La obligación de la verdad y de la moralidad compromete también al Estado laico”.

    ***
    Mi objeción al cardenal Colombo consiste en señalar el intelectualismo, idealismo o platonismo de esa pretensión, por él mismo desmentida. En efecto, si bien en el plano ideal puede pensarse la laicidad del Estado, distinguiéndose “ratione” (con la razón) del Laicismo del Estado, en la realidad, laicidad y laicismo del Estado se confunden: no se ha hecho ni puede hacerse realmente un Estado y una constitución laicos, que no sean al mismo tiempo laicistas. No hay término medio entre elaborar una constitución como si Dios no existiera y elaborar una Constitución y fundar sobre ella un Estado como si Dios existiera. La Constitución o bien es atea (o agnóstica, tanto da) o bien es creyente en Dios; o bien se elabora teniendo en cuenta la concepción del hombre y de la sociedad que Dios ha revelado o bien se elabora prescindiendo de las Revelaciones de Dios.

    Por lo demás, si al Estado laico le asigna el cardenal Colombo “la promoción de los bienes religiosos”, eso no es un Estado laico, sino creyente en lo religioso. Y si el Estado debe atenerse a la verdad y a la moral, como dice el cardenal, ¿quién podrá descubrirle con certeza esa verdad y esa moral si no se la descubre la Iglesia Católica? Luego el cardenal Colombo, implícita e inconscientemente, está propugnando la confesionalidad católica de la Constitución y del Estado.

    Eulogio RAMÍREZ

    (*) Frente a lo que afirma el sr. Ramírez, en “Dignitatis Humanae” (Vaticano II) no consta que “la religión verdadera es la católica” sino, escandalosamente, que “la religión verdadera subsiste en la Iglesia Católica” (D. H., 1)

    .
    Última edición por ALACRAN; 22/07/2024 a las 12:56
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  11. #11
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    “La nueva Constitución no debe ser aconfesional” (Algunas consideraciones al “centrista” ministro de Justicia)



    Revista
    FUERZA NUEVA, nº 582, 4-Mar-1978

    LA NUEVA CONSTITUCIÓN NO DEBE SER ACONFESIONAL

    Algunas consideraciones al ministro de Justicia

    Por Francisco Canals (catedrático)

    Al Excmo. Sr. D. Landelino Lavilla, Ministro de Justicia:

    El hecho desconcertante de que muchas informaciones coincidan en dar por hecho el consenso sobre la no confesionalidad del Estado, me mueve a formular sobre este punto algunas observaciones que considero fundamentales.

    En primer lugar, es obvio el carácter y la realidad histórica y sociológica de la Monarquía española. Desde la conversión de Recaredo, la mención de la fe católica no dejó de hacerse en ninguna de las leyes de los reinos hispánicos o de la Monarquía española.

    La primera Constitución promulgada de carácter aconfesional fue la de la República de 1931. La que quisieron elaborar las Cortes Constituyentes de 1873 no pudo llegar a ser promulgada por estar España sumergida en la guerra carlista y el caos cantonalista.

    Por otra parte, la monarquía de Juan Carlos es hoy (1978) evidentemente confesional. El reinado se inició (1975) con un acto religioso solemne en el que el “Rey” oyó, mientras le hablaba, como quien tiene potestad para enseñar al Estado, al cardenal arzobispo de Madrid (Tarancón).

    Los ofrecimientos del Voto de Santiago en nombre de la Corona, en tres años consecutivos, ponen de manifiesto el mismo hecho. Así como otros detalles muy significativos. En nuestra Universidad Central de Barcelona se inauguró el curso académico, después del retorno de Tarradellas (1977), que presidió el acto del Paraninfo aquel mismo día, con una misa del Espíritu Santo a la que asistió el rector y miembros del Claustro Académico. En la reciente fiesta de San Francisco de Sales se celebró una misa en el Palau de la Generalitat, en la capilla de San Jorge.

    Como tú sabes, hay una misteriosa pero cierta connaturalidad entre Monarquía y confesionalidad política. Esto explica que todas las monarquías europeas tengan algún elemento constitucional y carácter visible de religiosidad.

    Si en el Reino Unido de la Gran Bretaña el titular de la Corona ha conservado, después de tantas revoluciones religiosas y políticas, un título como el de “Defensor de la Fe”, concedido a Enrique VIII por el Papa antes del cisma, precisamente por haber defendido la doctrina católica frente a Lutero, no se entiende que rey de España no se titule “Rey Católico”. Recordarás que Paulo VI en la audiencia oficial al Rey le elogió porque sus antepasados se habían gloriado secularmente en este título.

    Es conveniente recordar que el Episcopado español en una declaración colectiva fechada en Roma al término del Concilio Vaticano II, en la festividad de la Inmaculada Concepción de María, 8 de diciembre de 1965, afirmó que “la libertad no se opone ni a la confesionalidad del Estado ni a la unidad religiosa de una nación”. Juan XXIII y Paulo VI, por no referirnos más que a los dos Papas del Concilio, nos han recordado a nosotros los españoles que la unidad católica es un tesoro que hemos de conservar con amor.

    También recordaban los obispos que, según el Concilio Vaticano II, “permanece íntegra la doctrina tradicional sobre las obligaciones morales de los hombres y de las sociedades respecto de la religión verdadera y de la única Iglesia de Cristo”.

    Sobre esto conviene recordar el lenguaje de Pío XI, en dura polémica contra Mussolini, en carta de 30 de mayo de 1929 al cardenal Gasparri. Habla allí de “Estado católico” y lo define como “el que tanto en el orden de las ideas y de las doctrinas como en el orden de la acción práctica no quiere admitir nada que no se acomode con la doctrina y con la práctica católica, sin la que el Estado católico no existiría ni podría existir”.

    Resultaría divertido -si no fuese porque es algo muy peligroso y que podría terminar en tragedia- que en España se presenten ahora como “fascistas”, expresiones del Fuero de los Españoles -como la espléndida afirmación de que los derechos de la familia son anteriores a toda ley humana positiva- o de la Ley de Principios Fundamentales (1) de 1958, que reflejan enseñanzas pontificias expresadas sobre todo frente al estatismo fascista italiano por Pío XI.

    La tradición histórica y los hechos seculares y recientes hacen evidente que el Reino español es católico. Hay que reconocer además que la desconfesionalización del Estado es el punto más nuclear, y sin duda el más deseado por la izquierda marxista, de la ruptura del Reino con su legitimidad política y con su tradición histórica e institucional. Alfonso XIII dijo en su discurso ante Pío XI que “España será católica o dejará de ser España”.

    En Italia, la Constitución de 1947 recogió, en su artículo 7º, la vigencia del Tratado de Letrán, que reafirmaba la confesionalidad católica de Italia, contenida en el Statuto de Carlos Alberto de Cerdeña de 1848. Pero aquel mismo artículo 7º deja abierta la revisión concordada de los Pactos Lateranenses, sin carácter de revisión constitucional.

    En España la situación es distinta. Está vigente (1978) la Ley Orgánica, como se pone de manifiesto al constituirse el Consejo de Regencia en cada viaje del Rey al extranjero. Ahora bien, el preámbulo de la Ley Orgánica, en cuya virtud accedió al Trono Juan Carlos I, expresa inequívocamente el carácter permanente e inalterable de los Principios de la Ley de 1958. Toda Constitución tiene evidentemente una dogmática jurídica inmutable que no puede ser quebrantada sin ruptura o quiebra del orden constitucional. Así, en la República Federal Alemana, el artículo 79 excluye la posibilidad de revisión constitucional de los principios expresados en los artículos 1º y 20.

    Por esta razón, en España (incluso en el caso de que la Santa Sede prefiriese que en el Concordato no figurase la confesionalidad católica del Estado español como un contenido de la obligación bilateral en el plano jurídico) nadie tendría derecho a considerar lícito que el Estado se declarase a sí mismo ya no obligado a ser fiel a la doctrina católica. Ya que esto, que por otra parte es obviamente acorde con el ideal que formuló Pío XI, es para el reino de España una obligación, ya no concordataria, en el supuesto de que se revisase en este sentido el Concordato, pero siempre constitucional, en el plano de la Constitución originaria y constituyente.

    El Estado español no puede desconfesionalizarse sin romper con lo más esencial de su propia naturaleza. Doy por sabido que la ruptura política conduciría, al consumarse, a una multitudinaria pugna, ya iniciada por lo demás, como la ruptura misma. (…)

    Por todas las razones que te expongo en esta carta, y que te ruego hagas presente ante el jefe del Gobierno, ante los presidentes de las Cortes, del Congreso y del Senado, y ante la Corona, me siento obligado en conciencia a ratificarme en cuanto dije en mi carta dirigida al presidente del Gobierno con fecha de 21 de junio de 1977.

    Me ratifico especial y concretamente en el punto gravísimo de la obligación del Estado de permanecer fiel a su tradicional confesionalidad católica. No podría en modo alguno acatar como legítima ninguna pretendida reforma constitucional (Leyes Fundamentales) que condujese en este punto a la más grave ruptura. (…) Sobre este punto me permito llamar tu atención, así como la de todas las altas magistraturas del Estado antes mencionadas, sobre las palabras de Francisco Cambó publicadas el 17 de noviembre de 1937 en “La Nación”, de Buenos Aires (2).

    Con este motivo te saludo muy atentamente

    Francisco CANALS



    1. Ley de Principios del Movimiento Nacional (1958)
    2. Ver Francisco Cambó: de catalanista conservador a apoyar el alzamiento de Franco


    .
    Última edición por ALACRAN; 01/08/2024 a las 12:50
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  12. #12
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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    Consecuencia indirecta de la no confesionalidad católica sería la legislación radicalmente sectaria en materia matrimonial, contrariando la indisolubilidad postulada incluso por el derecho natural y subordinando hasta el límite la jurisdicción eclesiástica a la estatal, ignorándola a priori.

    Haciendo los obispos la vista gorda con el nuevo orden de cosas que se avecinaban (pornografía, despenalización del adulterio, el concubinato, el aborto, anticonceptivos, aconfesionalidad, matrimonio civil…) era penoso contemplar cómo lo único que parecía importarles era “salvar los colegios católicos” (o sea: el negocio de la enseñanza "cristiana").

    Pero, como profetizaba este artículo: “¿Qué “educación cristiana” podría esperarse, tras años de perversión constitucional de las costumbres, de padres (aunque "católicos") unidos por un vínculo meramente civil, sin la gracia sacramental del matrimonio, divorciados o divorciables, capaces de concubinatos, amancebamientos y adulterios legales y de atentar impunemente contra la concepción y la vida de sus propios hijos?

    A la vista está el desastre, para quien sepa mirar.


    Revista FUERZA NUEVA, nº 582, 4-Mar-1978

    El matrimonio en la nueva Constitución

    Uno de los muchos errores que ya se atribuyen a la futura Constitución española es su desarraigo respecto a lo tradicional.

    Por lo que el matrimonio se refiere, la Constitución que se proyecta se separa de las demás Constituciones españolas y sigue sólo a la republicana de 1931.

    La misma Ley de Matrimonio Civil, de 1870, no fue constitucional y quedó incumplida desde sus comienzos. Por ello, la Ley fue derogada y el Estado se vio obligado a reconocer -incluso con carácter retroactivo- efectos civiles a los matrimonios canónicos.

    Parecida suerte corrieron las Leyes del Matrimonio Civil y del Divorcio en su corta vigencia de los años 30. Los pocos matrimonios civiles que entonces se celebraron y los divorcios concedidos correspondían, en su mayor parte, a extranjeros residentes en España, o a los escasísimos españoles que no eran católicos.

    Aun hoy (1978), cuando la última reforma de la Ley del Registro permite a cualquiera celebrar matrimonio civil con gran facilidad, sólo lo contraen los que han naufragado en la fe, o pertenecen a sectas de ámbito muy reducido.

    De ahora en adelante, la familia y el matrimonio corren el riesgo de estructurarse de espaldas a nuestra trayectoria histórica, a nuestra idiosincrasia, a nuestros usos y costumbres, prescindiendo no ya de la doctrina católica sino hasta de ciertas exigencias del mismo Derecho natural.

    ***
    El artículo 27(1) del anteproyecto de la Constitución atribuye al Derecho civil la regulación de “las formas del matrimonio”. No se hace salvedad alguna respecto del matrimonio de los bautizados, que es el de la casi totalidad de los españoles. Comprobar el hecho de esa abrumadora mayoría numérica no supondría juicio alguno de valor moral o dogmático por parte del Estado, ni discriminación religiosa, sino admitir y sancionar un hecho incuestionable.

    De prosperar el atentado que implica dicho artículo 27 (1), pronto veremos a los juzgados manipulando algo que debiera ser un sacramento, por cuanto, en los bautizados, la sacramentalidad del matrimonio es una propiedad esencial e inseparable del mismo.

    Ese pontificar laico respecto de algo sagrado va a tener lugar, por ironía de los tiempos, en una época en que tanto se habla de la independencia y hasta de separación de poderes.

    Y esa injerencia del Poder civil en la regulación de “las formas del matrimonio” se va a producir en una sociedad integrada por católicos, para los que, por exigencia de su fe, el llamado matrimonio civil es un mero concubinato, al ser nulo el matrimonio de los bautizados celebrado al margen de su forma canónica.

    Si de “las formas del matrimonio” pasamos al Poder judicial sobre el mismo, el citado artículo 27 (1) del anteproyecto atribuye -también indebidamente- al Estado la regulación de “las causas de separación y disolución del matrimonio”.

    Pero lo más grave es que, en virtud de otro artículo, el 107 del mismo anteproyecto (2), todo el Poder judicial se reserva “en exclusiva a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes”.

    A las leyes y a los Tribunales eclesiásticos no los reconoce la Constitución, ni es verosímil que los vaya a reconocer, dada la asepsia religiosa de la misma.

    ***
    Así, la futura Constitución (1978) resulta más radical que lo fuera el célebre Decreto de 1868, del sectario Romero Ortiz, sobre unificación de jurisdicciones. Porque aquel Decreto, no obstante su marco antirreligioso y revolucionario, reconoció el fuero judicial de la Iglesia en cuanto a pleitos beneficiales, causas matrimoniales y procedimientos por delitos eclesiásticos. Nada de esto reconoce la nueva Constitución.

    Creemos que el anteproyecto, por lo menos, bordea la heterodoxia. El Concilio de Trento, al tratar del matrimonio, en su sesión XXIV, definió: “Si alguien dijere que las causas matrimoniales no pertenecen a los jueces eclesiásticos, sea tenido por hereje”. El papa Pío VI declaró que aquella potestad de la Iglesia se extiende a todas las causas matrimoniales, tanto de separación como de nulidad, y es exclusiva de los jueces eclesiásticos (“Denzinger, nº 1500).

    El punto de partida del citado artículo 107 (2) contiene, además, otro postulado incompatible con la fe católica. Con una deficiencia técnica asombrosa, aquel artículo proclama que “la justicia emana del pueblo”.

    Una cosa es que la soberanía o sus poderes residan en el pueblo y otra, muy distinta, que emanen del pueblo.

    La primera fórmula pudiera aceptarse. Pero no la segunda. San Pablo ha escrito: “Todo poder viene de Dios y quien resiste el poder, resiste a Dios”. Es lo mismo que Jesucristo dijo a Pilatos: “No tendrías poder alguno, si no se te hubiera dado de lo alto”.

    Atribuir el origen del Poder Judicial al pueblo, por lo demás, es amenazar la independencia de la Magistratura, quitar el más firme soporte a sus resoluciones y a la obediencia y abrir el camino a los tribunales populares, de nefasto recuerdo entre nosotros.

    Ante los múltiples y graves peligros que la futura Constitución comporta, algunos predican, con acento sibilino, que la Iglesia no debe presentar batalla al divorcio y al matrimonio civil. Y, con celo digno de mejor causa, bucean sutilezas en una Teología decadente, para cohonestar desvaríos de consecuencias incalculables.

    ***
    En expresión del Concilio Vaticano II -tan manoseado por muchos- la Iglesia “debe iluminar las conciencias” no sólo de los fieles sino de todos los hombres, según el mandado recibido por aquélla de “enseñar a todas las gentes”. No hay en esto injerencia clerical ni presión alguna respecto del Estado ni de nadie.

    Adoptar una actitud pasiva ante problemas tan graves como el matrimonio civil, el divorcio, la abolición práctica de la jurisdicción eclesiástica en las causas matrimoniales, el adulterio, el concubinato, el aborto, el uso de anticonceptivos, la aconfesionalidad, el laicismo o el ateísmo del Estado…, todo ello es algo inusitado y desconcertante.

    Pero lo es mucho más si esa actitud pasiva se compara con la diligencia desplegada por los mismos para defender la libertad de enseñanza o educación cristiana de la juventud.

    Porque cabe preguntar: ¿Qué educación cristiana de los hijos podrá esperarse de unos padres unidos por un vínculo meramente civil, sin la gracia sacramental del matrimonio, divorciados o divorciables, capaces de concubinatos, amancebamientos y adulterios legales y de atentar impunemente contra la concepción y la vida de sus propios hijos?

    Desmembrar la familia, comenzando por el matrimonio, es el camino más fácil para lograr de una vez la descristianización de España.


    Santiago CASTILLO HERNÁNDEZ
    Catedrático de Derecho Canónico


    (1) Artículo 32.2 del texto vigente
    (2) Artículo 117 del texto vigente
    Última edición por ALACRAN; 06/08/2024 a las 22:07
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
    Detrás de los sofistas vienen siempre los bárbaros, enviados por Dios para cortar con su espada el hilo del argumento." (Donoso Cortés)

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    Re: Portazo a Dios en la Constitución de 1978

    Libros antiguos y de colección en IberLibro
    La Nota sobre la Constitución redactada por la asamblea de obispos…


    Revista FUERZA NUEVA, nº 585, 25-Mar-1978

    LA IGLESIA ¿MODELO DE DEMOCRACIA?

    Por Eulogio Ramírez

    (…) La Nota sobre la Constitución producida por la asamblea de obispos

    Un caso particular y específico de la coyuntura española actual es la Nota o documento elaborado por la XXVII Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, a propósito de la Constitución futura del Estado español, que ahora (Marzo, 1978) se estudia en las Cortes.

    Esta Nota, como se sabe, es ambigua y escasamente orientadora. Más todavía; los escasos y superficiales elementos de juicio que en ese documento se nos dan a los católicos españoles nos inducirían a votar favorablemente esa Constitución el día que se nos presente a referéndum. Nada anticatólico encuentran esos obispos en esa Constitución atea, a la que sólo le piden -¡quién lo diría!- el privilegio de tener en ella un reconocimiento expreso: “la significación de la Iglesia católica en España”. ¡Rehúsan los obispos el privilegio eficaz y legítimo del confesionalismo católico del Estado y reclaman el privilegio ineficaz y superfluo de aquella “significación de la Iglesia católica en España”!


    Las notas de un solitario: monseñor Guerra Campos

    Pues bien, si la Iglesia sólo funcionase en asamblea y mediante la Conferencia, los católicos españoles nos hubiéramos quedado no solo desorientados, sino mal orientados. Y, lo que no ha sido capaz de efectuar una Conferencia que blasona de independiente del Estado y del Gobierno, lo ha tenido que hacer un solo obispo, que ni se precia de independiente ni pasa por independiente: monseñor Guerra Campos.

    Monseñor Guerra Campos, efectivamente, ejerciendo su derecho y cumpliendo con su deber de obispo, al tiempo que publicaba en el “Boletín Oficial de la diócesis de Cuenca” aquel comunicado de la Conferencia, le ha añadido unas notas o apostillas, por donde se ve no sólo lo infundado en doctrina católica tradicional que está el susodicho documento, sino sus lagunas y deficiencias. Esas notas, con el documento sólo, las ha publicado íntegras la revista “Iglesia-Mundo”, y de ellas conocen un extracto los lectores de “El Alcázar”. Pero los lectores de “Ya” no conocen ni siquiera su existencia. Y los lectores de “ABC” solo saben de una pequeña y tendenciosa gacetilla haciéndoles creer que el obispo de Cuenca tuvo ocasión de expresar su opinión en el seno de la asamblea que redactó aquel documento y, en lugar de hacerlo, se sale con estas notas.


    Asamblea desorientadora

    La verdad es que el obispo de Cuenca tiene experiencia de que cuando él propone algo a la asamblea episcopal en materia doctrinal o pastoral, como quiera que tiene en contra la mayoría de la asamblea episcopal, sistemáticamente, a la hora de las votaciones queda malparado y sus demandas desoídas. Lo cual es demostrativo de que es ocioso y hasta podría decirse que pecaminoso asistir a la asamblea episcopal española cuando se pertenece a la minoría.

    Como las conferencias episcopales no son, no ya de derecho divino, pero ni siquiera derecho eclesiástico, por ahora (sólo son un experimento ideado por el Concilio, lo cual no quiere decir que vaya a tener éxito), se puede dejar de asistir a sus asambleas. La realidad es que, en España, hay muchas razones para discutir la idoneidad de la Conferencia. Aquí, en una ocasión tan solemne y grave como la de la Constitución, la Conferencia Episcopal Española nos ha orientado mal, al paso que nos ha orientado bien un sólo obispo refractario a perder el tiempo y el dinero en asambleas de la Conferencia a las que solo podría asistir para estar callado o ser derrotado y humillado.


    Libertad religiosa es favorecer la religión

    Son varias y sumamente importantes las apostillas de monseñor Guerra el documento de referencia. Pero de entre todas, a mí se me antoja que la más importante es la que toca el tema de la libertad religiosa.

    A diferencia del documento de la Conferencia Episcopal, monseñor Guerra, basándose en el Decreto sobre libertad religiosa del Vaticano II, nos explica que “la libertad religiosa… favorece con condiciones propicias precisamente la vida religiosa… El documento episcopal, en cambio, no hace un solo llamamiento a las exigencias positivas de la libertad”, que no respeta la Constitución española en ciernes, como puede percibir cualquier lector atento, por indocto que sea. El clima que propicia la Constitución española “permisivista” de todo cuanto asfixia y entorpece la fe católica, va a hacer prácticamente imposible, heroica, la vida católica.


    Es exigible la confesionalidad

    Pareja importancia cobra el tema de la confesionalidad. A diferencia de los “perros mudos” de la asamblea episcopal, monseñor Guerra nos dice en sus notas que “si nos referimos al reconocimiento de Dios (en la Constitución) y a la sumisión a valores morales enraizados en Dios, de algún modo es exigible en todas partes; y en España parece adecuada al modo cristiano”.

    En resol
    ución, lo que se desprende de las notas del obispo de Cuenca es que un católico, gobernante o gobernado, no puede dar su consentimiento a esta Constitución, sin faltar gravemente contra la doctrina y la fe católica.

    Hemos de felicitarnos de que, aun al margen de las asamblea regular de obispos, la Iglesia en España tenga un Maestro en la fe como monseñor Guerra, que ense
    ñe con autoridad lo mismo que, en sustancia, venimos propugnando nosotros, de modo todavía irrefutado.

    Eulogio RAMÍREZ


    .
    Última edición por ALACRAN; Hace 1 semana a las 12:57
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
    Detrás de los sofistas vienen siempre los bárbaros, enviados por Dios para cortar con su espada el hilo del argumento." (Donoso Cortés)

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