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Tema: El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

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    El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

    Tomado de los Apuntes y documentos para la historia del Tradicionalismo español, Tomo 15 (año 1953), págs. 117-120, Manuel de Santa Cruz.




    Los carlistas defienden ante Franco la confesionalidad del Estado

    Acabamos de leer en el guión que sobre la política religiosa del Carlismo en estos años publica el boletín “Requeté” con motivo del Concordato una alusión a unas palabras de Franco con las que anunciaba que el Estado que iba a alumbrar no sería confesional.

    Ampliemos, en primer lugar, el hecho.

    Fue una alocución por Radio Castilla, a las 10,30 de la noche del mismo día 1º de octubre de su exaltación. Escribe Don Ricardo de la Cierva, en su obra extensa “Francisco Franco.- Un siglo de España” (1) que las palabras de Franco, que él toma del periódico “El Adelanto”, de Salamanca, fueron éstas: “El Estado nuevo, sin ser confesional, respetará la religión de la mayoría del pueblo sin que esto suponga ninguna intromisión de ninguna potestad dentro del Estado”.

    La señorita María Luisa Rodríguez Aísa, en su gran obra “El Cardenal Gomá y la guerra de España” (2) menciona este asunto y dice: “Que estas palabras del General Franco produjeron gran efecto, lo constataba el Primado al informar a la Santa Sede que al día siguiente de ser pronunciadas tuvieran que ser aclaradas por los mismos ayudantes de Franco, y que, ante las numerosas cartas y misivas de protesta, el mismo Generalísimo saliera al paso del sentido que había querido darles”.

    ¿Cómo reaccionaron los carlistas ante este hecho?

    Continúa María Luisa Rodríguez Aísa: “Testimonio claro de este estado de ánimo lo constituye la carta que la Junta Carlista de Guerra envió al propio Franco el 7 de octubre, pidiendo aclaraciones y formulando una enérgica protesta” (págs. 58 y 59). En la pág. 382 de su obra citada, la señorita María Luisa Rodríguez Aísa reproduce íntegramente esta carta de la Junta Nacional Carlista de Guerra, que dice así:

    “Burgos, 7 de octubre 1936.

    Excmo. Sr. D. Francisco Franco Bahamonde.

    Nuestro respetable y querido General:

    La Junta Nacional Carlista de Guerra, en nombre de la Comunión Tradicionalista y en representación de los Requetés que luchan a sus órdenes en todos los frentes, ha expresado antes a V.E. y reitera ahora sus adhesión con motivo de sus elevación a la Jefatura del Gobierno del Estado, que con la asistencia nacional asume en este período el Ejército unido y pide a Dios le dé en sus cometido el máximo acierto.

    Pero al mismo tiempo es inexcusable para nosotros llamar su atención sobre la declaración de V.E. radiada por Radio Castilla en primero del corriente mes, en la que junto a conceptos que merecen nuestra más entusiasta aprobación, como los dirigidos a desahuciar el sufragio inorgánico y a repudiar las relaciones con los Soviets, hay algún otro como el relativo a la aconfesionalidad del Estado, que como españoles y católicos, no está en nuestra mano pasar en silencio.

    Alejamos todo recelo sobre la intención de V.E., a quien sabemos católico acendrado; pero considerando la repercusión natural de sus palabras y recogiendo las manifestaciones que sobre las mismas llegan a nosotros de todas partes, no tenemos más remedio que oponer a ellas nuestra respetuosa pero también franca y leal disconformidad.

    Sin entrar a examinar el aspecto doctrinal de la cuestión, basta tener presente la realidad viva y dramática que tenemos delante para ver que si hay algo que dé tono, sentido y unidad a las múltiples manifestaciones de este levantamiento español es la confesión constante de nuestra común Fe católica presente en todo: en las insignias, en los detentes, en las plegarias, en las invocaciones y hasta en las esquelas mortuorias. Un Estado que aspire a ser consecuencia lógica de este movimiento y a reflejar sus características no puede desconocer todo esto, colocándose en la actitud inhibitoria a que no llegó el último Estado liberal y parlamentario de la Monarquía.

    Nuestros Requetés, como casi todos los voluntarios y soldados de España, están muriendo por una recuperación espiritual que no puede quedar reducida a una posición intermedia y estéril. El mismo Estado nuevo, si ha de ser especialmente antimarxista y por tanto antimaterialista, no podrá prescindir del contenido espiritual, que sólo la Fe Católica, y más entre nosotros, puede darle.

    No es bastante el propósito de concordar con la Iglesia. Sabe muy bien V.E. que los Concordatos son hijos de situaciones especiales y siempre imperfectos en que aquélla se puede encontrar en los distintos países, y sobre todo, que la independencia y la dignidad del Estado, como sociedad perfecta, no estriban en concesiones al laicismo que, como la de la aconfesionalidad oficial, vacían de espíritu toda la vida pública y rompen la base moral de los pueblos, sino en prevenirse contra una determinada política, que se manifiesta a veces tomando pie de aquellos acuerdos, y en reivindicar vigorosamente la magnifica tradición española, sanamente libre y profundamente católica, en las relaciones de este orden.

    Finalmente nosotros estamos seguros de que V.E., con más motivo que nadie, reconoce la especial providencia y protección con que Dios nos ha asistido en esta empresa sin precedentes, cuyos episodios diversos están clamando por una interpretación sobrenatural, y de que estimará, como todos, que la mayor prueba de nuestro agradecimiento consistirá en que, en todo y por todo, en el Estado como en los hogares y las conciencias, confesemos su Santo Nombre.

    En la firme confianza de que aquellos conceptos no supondrán en la dirección del Estado un rumbo distinto a las convicciones unánimes del país, quedamos de V.E. affmos. ss. ss.

    q.e.s.m.

    La Junta Nacional Carlista de Guerra”.

    La importancia de esta carta y de este servicio de los carlistas a la Iglesia queda realzada por varias circunstancias, entre otras:

    Porque “fue presentada a la Santa Sede en la documentación entregada por Gomá en Roma en el mes de diciembre” (3).

    Porque fue enviada cuando las consecuencias del Estado de Guerra se aplicaban de manera fulminante contra cualquier sospecha de indisciplina, aun civil.

    Porque esas declaraciones del Generalísimo no fueron un lapsus, como se quiso hacer ver en su rectificación, sino expresión de una situación mucho más profunda, importante y peligrosa.

    Porque “para contrarrestar esa afirmación, que reconocía podía haber hecho mal efecto, se dio la orden de volver a la instrucción religiosa en las escuelas”, según explicación dada por Don Nicolás Franco, hermano del Generalísimo (4).

    Porque no hay noticias de protestas análogas por parte de ninguna otra entidad. Así, en la pág. 58 de la obra tantas veces citada hemos leído (vid. supra) que “ante las numerosas cartas y misivas de protesta, el mismo Generalísimo saliera al paso del sentido que había querido darles”. Como no se da noticia alguna de los autores de esas otras protestas, se puede pensar que eran particulares y no entidades, toda vez que, en la página 65, la misma autora se pregunta: “¿Fueron sólo los tradicionalistas los que influyeron en el ánimo de Franco, dado que era claro que la postura de la Falange era clara respecto a la separación? ¿Fue también la jerarquía u otros sectores del catolicismo español? ¿Cuál fue en este punto el papel de la Santa Sede?”. Es decir, que tan profunda conocedora del tema dirige sus conjeturas, descartada Falange, a autores no políticos.

    (1) Ricardo de la Cierva: “Francisco Franco. Un siglo de España”, Editora Nacional, Madrid, 1972, vol. I, págs. 514, 515 y 523.

    (2) Edición del Instituto Enrique Flórez, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Madrid, 1981.

    (3) Op. cit., pág. 59

    (4) Op. cit., pág. 60.

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    Re: El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

    EL CARLISMO Y LA UNIDAD CATÓLICA

    La Junta Nacional de la Comunión Tradicionalista, en su sesión ordinaria celebrada en Madrid el día 23 de mayo de 1963, acordó publicar el siguiente documento:

    DEBER DE LA COMUNIÓN TRADICIONALISTA

    La Comunión Tradicionalista, guardadora celosa durante siglo y medio de las más puras tradiciones políticas patrias, ha venido observando con alarma, los crecientes ataques que a la Unidad Católica de España, se vienen infligiendo, por quienes han sido sus más constantes enemigos en la Historia, precisamente por su fidelidad nunca desmentida a las enseñanzas y a los intereses de la Iglesia de Nuestro Señor Jesucristo.

    La acción vigilante de los metropolitanos españoles y el mantenido criterio del Gobierno, han venido oponiendo una constante resistencia, a la sistemática ofensiva realizada, unas veces de manera larvada y otras más ostentosamente, con marcado carácter político. Pero la Comunión Tradicionalista cree, que no puede guardar por más tiempo silencio, sin incurrir en omisión culpable, para que nuestras autoridades eclesiásticas y civiles, encuentren en la postura del grupo político español más antiguo, al mismo tiempo que el primero de los que públicamente se proclaman católicos, un apoyo decidido a la defensa que vienen haciendo, de la más preclara de las herencias que de sus mayores ha recibido el pueblo español: la unidad católica.

    POSICIÓN ANTE LA SITUACIÓN

    No pretende la Comunión Tradicionalista el monopolio ni el magisterio en la defensa de la Religión católica en España. Si en un tiempo el Carlismo se encontró solo en su lucha contra los enemigos de Dios y de la Iglesia, puede ver hoy con satisfacción que su ejemplo ha fructificado, y que a su lado combaten en el campo político, otros grupos que abiertamente proclaman su fe y cuya sinceridad y méritos no regatea. La limpia historia de la Comunión Tradicionalista goza del suficiente prestigio de desinterés y de gallardía como para que pueda quedar libre de turbias suposiciones en su conducta; pero tampoco puede parecer impertinente que solamente se proclame así.

    El Carlismo ha venido efectuando y quiere continuar haciéndolo, la consecratio mundi que Pío XII señalara como ideal de la acción pública de los católicos. Recoger los principios cristianos y bajo la propia responsabilidad y riesgo, aplicarlos al terreno mudable y contingente de la acción temporal; no tienen por qué implicar, ni comprometer a la Iglesia en las coyunturas de la política, que son atribución específica y libre de los católicos en cuanto ciudadanos. Al Carlismo le basta, como agrupación política de aquellos, en aceptar con humilde sumisión las enseñanzas de la Iglesia y pretender aplicarlas, lo más fielmente posible y por su propia cuenta, a las circunstancias sociológicas y políticas españolas.

    ENSEÑANZAS PONTIFICIA

    La Teología católica, el Derecho Público cristiano, y las encíclicas pontificias, unánimemente enseñan que el Estado debe profesar y proteger a la Iglesia verdadera de N.S. Jesucristo, sin admitir la concurrencia de cultos extraños a esa Fe. Y esta enseñanza es de obligado acatamiento para todos los fieles. «No puede sostenerse que las enseñanzas de las encíclicas no exijan el asentimiento de los fieles, porque en ellas los Romanos Pontífices no ejercen su Magisterio con su suprema potestad. Antes al contrario son enseñanzas del Magisterio ordinario de la Iglesia para el cual son aplicables también aquellas palabras: "El que a vosotros oye, a Mí me oye". Además, la mayor parte de las veces lo que se propone e inculca en las encíclicas pertenecía de antemano a la doctrina católica». (Pío XII, Humani Generis).

    HAY UNA CUESTIÓN DE PRUDENCIA POLÍTICA. EL FIN DEL ESTADO

    Cierto es que hoy dentro de la sociedad española no se plantea el problema de la libertad de cultos, pero la cuestión de la tolerancia viene pretendida desde fuera en unos términos de amplitud en contra de cómo tradicionalmente ha sido concebida en nuestra Patria, que puede convertirse en plataforma, si no se toman medidas a tiempo, que nos arrastrará a mayores y más graves males, para la unidad moral de la sociedad civil.

    León XIII advierte en su encíclica Immortale Dei: «Hay que prevenirse contra el peligro de que la honesta apariencia de esas libertades engañe a algún incauto. Piénsese en el origen de estas libertades y en las intenciones de los que las defienden».

    Y sigue diciendo en la Libertas: «Pero hay que reconocer si queremos mantenernos dentro de la verdad, que cuanto mayor es el mal que a la fuerza ha de ser tolerado en un Estado, tanto mayor es la distancia que separa a este Estado del mejor régimen político. De la misma manera al ser la tolerancia del mal un postulado de prudencia política, debe quedar estrictamente circunscrita a los límites requeridos por la razón de esa tolerancia, esto es, el bien público. Por este motivo, si la tolerancia daña al bien público o causa al Estado mayores males, la consecuencia es su ilicitud, porque en tales circunstancias la tolerancia deja de ser un bien».

    NUESTRA COMPETENCIA

    Estas palabras del Papa permiten ya a la Comunión Tradicionalista, como expresión en el sector político de una de las partes más numerosas y sanas del país, pronunciarse con propia autoridad en el campo que le es específico, sobre la conveniencia o inconveniencia política de una tolerancia mayor a favor de quienes no comulgan con nuestra Fe católica.

    ¿No es ya el primordial deber del Estado en un país absolutamente católico, como gracias a Dios es España, hacer todo lo posible por conservar la unidad religiosa?. «Obligación debida por los gobernantes también a sus ciudadanos. Porque todos los hombres hemos nacido y hemos sido criados para alcanzar un fin último y supremo, al que debemos referir todos nuestros propósitos, y que está colocado en el Cielo, más allá de la frágil brevedad de esta vida. Si pues de este sumo bien depende la felicidad perfecta y total de los hombres la consecuencia es clara: la consecución de este bien importa tanto a cada uno de los ciudadanos que no hay, ni puede haber otro asunto más importante. Por tanto es necesario que el Estado, establecido para el bien de todos, al asegurar la prosperidad pública, proceda de tal forma, que lejos de crear obstáculos, dé toda clase de facilidades posibles a los ciudadanos para el logro de aquel bien sumo e inmutable, que naturalmente desean». (Encíclica Immortale Dei, León XIII). Y la libertad que las confesiones no católicas postulan para sí en España, en orden a actuar fuera de sus reducidos medios confesionales, ataca directamente al bien inmenso que de la pacífica posesión de la única senda de salvación goza la casi totalidad de la población española. Es éste un mal tan grave, que cualquier prudente labor de gobierno debe por todos los medios impedir que se produzca.

    LA ESENCIA NACIONAL

    Es que en España, atentar a la unidad religiosa, es atacar al profundo de la esencia nacional y esa es la explicación de lo sañudo de los embates que padecemos. «Esta unidad se la dio a España el Cristianismo. La Iglesia nos creó y educó a sus pechos, con sus mártires y confesores, con sus Padres, con el régimen admirable de sus Concilios. Por ella fuimos nación y gran nación, en vez de muchedumbre de gentes colecticias, nacidas para presa de la tenaz porfía de cualquier codicioso... España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésta es nuestra grandeza y nuestra unidad y no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los arévacos o de los vectones o de los reyes de taifas». (Menéndez Pelayo, Epílogo a Historia de los Heterodoxos Españoles).
    El inolvidable Obispo de Vich, Torras y Bages, se expresa así: «Es, por consiguiente, el Catolicismo un elemento intrínseco y esencial en la constitución real y legal de la sociedad española; es el eje sobre el que gira nuestra legislación y toda nuestra vida social». (Carta Pastoral Dios y el César, publicada en 1913 y que mereció una carta autógrafa de felicitación de San Pío X).

    Por su parte, Monseñor Vizcarra, Obispo de Ereso y Consiliario General de la Acción Católica Española, ha dicho: «En España la pérdida de la unidad religiosa es a breve plazo la pérdida de la unidad nacional, con la siembra de ideales contradictorios, con la reaparición de separatismos regionales, guerras intestinas y retorno al individualismo celtibérico, que terminaría con una directa o indirecta dominación extranjera».

    Vázquez de Mella viene a expresar el mismo pensamiento: «No hay amor como el amor religioso, ni odio como el odio a la Religión. En la familia quedan frente a frente, separados por un abismo dos almas cuyas conciencias riñen. Desgarra el Municipio en bandos rivales, y región y nacionalidad se parten en sectas, escuelas y partidos que pelean entre sí y sólo se unen para atacar al pueblo fiel, a su doctrina religiosa. Es una guerra civil no momentánea, sino sistemática y permanente, erigida en ley, cuando la libertad de profesar todas las creencias y sobre todo de atacar las religiones se formula como un derecho».

    «Cuando ese momento llega la Patria muere y la Nación sucumbe. No hay unidad ni en el presente, ni en lo pasado, ni en lo por venir. En lo presente la división de creencias produce la de sentimientos y la de prácticas morales y normas jurídicas. La separación de principios lleva consigo la separación de instituciones. Así, después de la caída de la Nación, se rompe el poder material del Estado que vive por algún tiempo en la fuerza y concluye por desmoronarse en la anarquía. No hay unidad en el pasado porque la historia general y particular de cada región con ella concorde es amada por unos y maldita por otros. No hay unidad en lo porvenir, porque no puede haber comunidad de esperanzas, donde no la hay de principios, ni de recuerdos».

    «Sin la unidad moral en ninguna parte y con la discordia en todas, nación y patria se extinguen. Sólo quedará el nombre aplicado a un pedazo variable del mapa. Unidad de creencias y autoridad inmutable que la custodie, solo eso constituye nación y enciende patriotismos».

    LA SITUACIÓN EN OTROS PAÍSES

    Cuando cierta tensión o violencia de guerra sorda religiosa se extingue, es posible que se haya caído en el indiferentismo. Esta es la conclusión a la quería llegar, y ha llegado, el positivismo en el llamado Occidente laico, infiel a su noble estirpe espiritual de Cristiandad. Sumidos en esta situación se cae también en la impotencia para hacer frente al materialismo comunista, cuya mística agresiva no se combate con puras técnicas de signo contrario que solo sirven para aplazar el choque definitivo que hoy es la angustia de la humanidad. Para hacer frente al ateísmo marxista, no hay más solución que revigorizar el sentido espiritual de la vida, y apartar todo lo que pueda conducir al escepticismo moral y religioso.

    El libre examen en materia religiosa no podría nunca justificarse y nunca ha sido aceptado por nuestro pueblo. La cultura exige el manejo inteligente del argumento de autoridad, y si en los negocios más difíciles de la vida, que son los que afectan a la religión y a la formación de la conciencia, se niega una autoridad definitiva, es porque el indiferentismo ha minado los espíritus. La autoridad que se exige en todo y para todo, hasta en los mínimos negocios temporales; la autoridad política que mantienen tan enérgicamente todos los estados en torno a sus leyes, a sus intereses o a sus imperialismos; el control de la opinión pública, aun en los países más democráticos, que sólo permite el bipartidismo, que es en la práctica y en opinión de los teóricos del derecho político, un auténtico partido único; suponen que todo esto se toma en serio. En cambio, en el gran problema espiritual de la vida, se deja la autoridad a centenares de sectas y opiniones, porque son problemas que en definitiva se consideran marginales, ya que han calado los espíritus en un desolador escepticismo. Si en el alma de los españoles se pierde el prestigio de la autoridad de la Iglesia y del Papa, será prácticamente imposible en nuestra anárquica idiosincrasia, el respeto a ninguna clase de autoridad temporal. Perderíamos la unidad nacional.

    NUESTRA UNIDAD POLÍTICA ESTÁ LIGADA A NUESTRA UNIDAD RELIGIOSA

    En la instrucción de los Rvdmos. Metropolitanos españoles de 28 de mayo de 1948 sobre esta materia se dice: «Guardémonos los católicos españoles de criticar a nuestros hermanos que viven en minoría en algunos Estados y naciones porque se amparan bajo la bandera de la libertad; pero jamás nos lleve ello a conceder en tesis los mismos derechos al error y a la verdad; y guárdense los católicos de cualquier país, si quieren ser verdaderamente tales, si quieren ser fieles a las ordenanzas pontificias, de motejar a los católicos españoles o de cualquier otro país, de motejar a los católicos españoles o de cualquier otro país que tengan la gran fortuna de conservar la unidad católica, de intransigentes y retrógrados por defender dicha unidad católica. ¡Es imposible tener fe en la Iglesia Católica, sin desear como ideal, para toda nación y para todo Estado el de la unidad católica! ».

    Por eso el Cardenal Antoniutti, Nuncio reciente en España, consideraba la unidad católica de España como el máximo bien nacional, y Juan XXIII nos decía a los españoles en su reciente radiomensaje al V Congreso Eucarístico Nacional de Zaragoza: «Somos testigos de las grandes virtudes que adornan al pueblo español. Que el Señor os conserve la unidad en la Fe católica y haga a vuestra Patria cada vez más próspera, más feliz, más fiel a su misión histórica».

    ¡La misión histórica de España!. La que señalaba Menéndez Pelayo en sus palabras antes transcritas y a la que los papas vuelven a indicar como empresa espiritual sagrada, la de la preservación de la Fe, en las patrias filiales de Hispanoamérica, hoy gravemente amenazadas... ¡Por el peligro de infiltración masiva protestante!. ¿No sería un contrasentido abrirle las puertas del plantel donde se cuidan los sacerdotes, misioneros, religiosos y seglares, que han de llevar esa Fe, que se extravasa de España, al otro lado de los mares?.

    EL EJEMPLO PARA LOS CATÓLICOS EXTRANJEROS

    Esta misión española de guardiana de la Fe frente a un mundo laico e incomprensivo, es la que esperan muchos extranjeros que España siga manteniendo a ultranza. Aunque la propaganda quisiera presentarnos otros aspectos, es cierto que la Comunión Tradicionalista ha recibido estímulos muy eficaces, para que responda a la coyuntura del momento, como depositaria del contenido político más puro de la verdad católica. Ya antes se leían en la revista francesa La Pensée Catholique (núm. 23) los siguientes párrafos: «Solución española. Sí, sin duda. Pero apresurémonos a subrayar: solución que está en absoluto conforme con la doctrina tradicional de la Iglesia Católica. Porque si –desde la laicalización sistemática de la Cristiandad– Francia y un demasiado grande número de naciones siguiendo su ejemplo han adoptado otra solución, la separación que creando una separación contra natura produce una ofensa grave a la vida, es necesario reconocer que esa solución es y constituye un mal. El Catolicismo español –en vigorosa juventud– ¿no constituirá a manera de un vivo reproche para muchos de entre nosotros?. Habiendo sabido triunfar –gracias a Dios– de las revoluciones violentas del siglo, nos muestra lo que "debe ser" hoy y mañana. ¿No es el moderno, el más moderno, en la misma vanguardia de la Cristiandad del siglo XX?».

    Y es que como decía don Severino Aznar en su ochenta aniversario: «Las soluciones de las hipótesis envejecen al cambiar las circunstancias y las hipótesis tienen los triunfos del presente pero el desvío y el olvido del futuro. En cambio, los partidarios de la tesis ven aumentar su autoridad y simpatía que inspira a medida que el tiempo pasa y las gentes se van aproximando al ideal, que es la tesis».

    LA POSICIÓN DEL CARLISMO

    No puede producir recelos a nadie esta defensa de la unidad católica de la nación española, y mucho menos en estos tiempos en que todos los estados, aun aquellos que más pregonan la libertad y la democracia, hasta imponerlas por la fuerza a los demás, no toleran la más mínima fisura en su constitución interna (obra al fin y al cabo de los hombres, por muy sabia que subjetivamente la consideren) y obligan hasta con juramento al compromiso de no quebrantarla, incluso a quienes accidentalmente pisan su suelo. ¿Podrá presentarse seriamente pues que los católicos españoles no defendamos con igual celo nuestra santa Fe?.

    NUESTRO PRIMER LEMA: DIOS

    Por eso, en la primera palabra del lema carlista, Dios, se comprende la defensa de la unidad católica. En el Acta de Loredán se formulaba así: «Todas nuestras antiguas glorias y grandezas, nuestras leyes y nuestras costumbres, se originaron y vivificaron por la Fe católica, y sobre este formidable fundamento se alzó sublime la figura de España, que por amor a la Verdad, abominando del error, necesita y defiende la salvadora Unidad Católica, lazo de su unidad moral y corona de su Historia».
    Don Alfonso Carlos I en uno de sus últimos y más transcendentales documentos políticos, fechado el 23 de enero de 1936, al precisar el contenido ideológico sustancial del Carlismo, dice: «I. La Religión Católica, Apostólica Romana, con la unidad y consecuencias jurídicas con que fue amada y servida tradicionalmente en nuestros Reinos».

    Cerrando estas citas en un histórico documento, que a la terminación de la Guerra de Liberación la Comunión Tradicionalista sometía a la consideración del Jefe del Estado se hacía constar lo siguiente:

    «Porque la creencia religiosa ha sido y ha de ser en la Historia el único aglutinante de nuestros particularismos, nuestras rebeldías y nuestras diferencias; porque España debe exclusivamente su unidad política al Cristianismo; porque los principios que labraron la grandeza de España y que informaron su genio civilizador frente a los demás pueblos a lo largo de la Historia, fueron la espiritualidad, la cultura y el orden católico; porque siempre que España se apartó de su misión cristiana, de su política católica, perdió su carácter, inició o acentuó su decadencia hasta rayar en los linderos de su acabamiento y disolución nacional como recientemente hemos visto, porque únicamente en la restauración íntegra de esos valores cristianos radica la esperanza de que merced a esta unidad espiritual de todos los españoles, España vuelva a ser una gran nación con carácter genuino, unidad propia y universalidad fecunda, el Estado debe afirmar reciamente y sin titubeos su confesionalidad católica».

    NO HAY PERSECUCIÓN RELIGIOSA

    Estas afirmaciones toman doble fuerza y actualidad a la luz de la fecha histórica del 18 de julio de 1936. El Alzamiento Nacional no lo fue exactamente de unos grupos políticos, sino de toda la sociedad española unánime en recobrar con gesto decidido la unidad de creencias amenazadas por la política laica de la República, que se precipitaba al ateísmo materialista del comunismo y con ello a la descomposición de España, como patria histórica de los nacidos en ella.

    VALOR ESPIRITUAL DEL ALZAMIENTO DEL 18 DE JULIO Y DE LA CRUZADA

    Si hay algún elemento íntimo y común entre los participantes del Alzamiento, es el religioso, ante cuya ofensa reaccionaron de manera igual todos los sectores sociales españoles hasta el punto de poder bautizarse legítimamente como Cruzada (único fenómeno político contemporáneo que puede honrarse con este título), recibido con el esfuerzo y la sangre de millares de combatientes, perseguidos y mártires, que lo fueron auténticamente, inmolados por la Fe que profesaban. La estructura formal política en que este movimiento hubo de concretarse –ya que alguna tenía necesariamente que adoptar– resulta muy accidental para el hecho innegable de la principal motivación religiosa de la lucha.

    El 18 de julio fue un no rotundo al intento de descatolizar el país y la expresión de mantener hasta la muerte la doble unidad religiosa y nacional. Y esta fecha debe quedar clavada como irreversible en el calendario histórico de España.

    Lo que se ganó con tanto sacrificio, limpiamente con las armas –la suprema y más valiosa manifestación del alma de un pueblo– no se puede permitir que se pierda o socave subrepticiamente, al amparo de situaciones provocadas interesadamente y carentes totalmente de realidad.

    EL LLAMADO PROBLEMA PROTESTANTE ES ARTIFICIAL

    Porque la situación de los protestantes en España es un problema creado artificialmente y mantenido periódicamente por la agitación de la prensa extranjera en su pertinaz ataque al Régimen nacido del Alzamiento Nacional. Los protestantes en España no están perseguidos y pueden practicar libremente su culto, conforme a sus convicciones; lo que se quiere impedir es que atenten con su proselitismo a la situación de hecho de la unidad católica de nuestra Patria. Una minoría sin relieve sociológico no tiene entidad para modificar la constitución política del país en beneficio de intereses poco claros y muy peligrosos; sólo goza del derecho que toda persona tiene a la interioridad de su conciencia y esa es escrupulosamente respetada. En cuanto a las manifestaciones es claro que no pueden autorizarse más que las que sean compatibles con el bien común. No es un espíritu evangélico el que guía actualmente a pretender multiplicar capillas, seminarios, centros asistenciales y medios de difusión, entre una población que según la propia doctrina que los protestantes predican, está en vía de salvación, al ser cristiana.

    LA SITUACIÓN LEGAL. LAS SUPUESTAS RAZONES INTERNACIONALES

    Pero es que además la realidad jurídica española, consagrada en el Fuero de los Españoles y en la Ley Fundamental de 17 de mayo de 1958 (y recogida en el Concordato con la Santa Sede), no puede ser modificado por un "Estatuto de Confesiones Religiosas", sin que para su promulgación se atienda a las mismas solemnidades con las que se estatuyeron las anteriores. Y la prensa democrática mundial sabe muy bien que todo el pueblo español unánimemente rechazaría el intento, como lo ha hecho siempre, de manera rotunda, cuando se ha atentado a la fibra más honda de su sentimiento.

    Ni cabe argüir, con la solidaridad de los católicos españoles, ante los problemas de otros países. A ello contestaremos con las autorizadas palabras del Cardenal Ottaviani, cuando al defender precisamente la situación legal española sobre este asunto decía solemnemente en el año 1953 en el Pontificio Ateneo Lateranense: «Los hombres que nos sentimos en posesión de la verdad y la justicia, no transigimos. Exigimos el pleno respeto a nuestros derechos. Los que en cambio no se sienten seguros de poseer la verdad, ¿cómo pueden exigir que se les respete una exclusividad a su favor sin consentir nada a quienes reclaman el respeto a los propios derechos basados en otros principios? El concepto de la igualdad de cultos y de su tolerancia es un producto del libre examen y de la multiplicidad de confesiones. Es una lógica consecuencia de la opinión de aquellos que creen que la Religión no tiene que ser dogmática y que solo la conciencia de cada individuo puede señalar el criterio y las normas para la profesión de la fe y el ejercicio del culto. Y entonces, en los países donde prevalecen estas teorías. ¿por qué extrañarse de que la Iglesia Católica reclame un puesto para desenvolver su divina misión y quiera que se le reconozcan aquellos derechos que, como lógica consecuencia de los principios adoptados en la legislación puede reclamar?. La Iglesia quisiera hablar y reclamar en nombre de Dios, pero aquellos estados no la reconocen la exclusividad de su misión. Entonces se contenta con reclamar en nombre de aquella tolerancia, de aquella paridad y de aquellas garantías comunes en las que se inspira la legislación de los países aludidos».

    Y ni siquiera insistiendo en esta línea, con las novísimas razones de un orden internacional regulador de la comunidad de estados, puede hacerse quebrar la fortaleza doctrinal y práctica de los católicos españoles. Pío XII en el discurso dirigido al V Congreso Nacional de la Unión de Juristas Católicos Italianos, de 6 de diciembre de 1953, que a veces tan precipitadamente ha sido invocado dice: «Si después de esta condición se verifica en el caso concreto –es la "quaestio facti"– debe juzgarlo, ante todo, el mismo estadista católico. Éste, en su decisión, deberá guiarse por las dañosas consecuencias que surgen de la tolerancia, comparadas con aquellas que mediante la aceptación de la formula de la tolerancia serán evitadas a la Comunidad de Estados; es decir, por el bien que según una prudente previsión podrá derivarse de esta fórmula de tolerancia a la misma Comunidad como tal, e indirectamente al Estado miembro de ella. En lo que se refiere al campo religioso y moral, el estadista deberá también solicitar el juicio de la Iglesia. Por parte de la cual, en semejantes cuestiones decisivas, que tocan a la vida internacional, es competente, en última instancia solamente Aquel a quien Cristo ha confiado la guía de toda la Iglesia, el Romano Pontífice».

    SUMISIÓN DE LA COMUNIÓN TRADICIONALISTA A LA CÁTEDRA DE SAN PEDRO

    La Comunión Tradicionalista, fidelísima a las indicaciones de la Santa Sede, ha aceptado y aceptará con toda sumisión sus indicaciones; por eso mismo se atiene y defiende la doctrina por la misma establecida, que al acogerla en el campo político y hacerla suya, sirve eficazmente con su prestigio social, para orientar la elaboración de una autorizada opinión pública en la Iglesia sobre estas materias, que tanto preconizara Pío XII, y con ello a la formación del prudente juicio de la Iglesia y del Estado. Carlos VII ya dejó dicho en 1874: «No daré un paso más adelante, ni más atrás que la Iglesia de Jesucristo...».

    A este respecto, Mons. Pedro Cantero, Obispo de Huelva, decía en su reciente discurso de 16 de mayo último lo siguiente: «Dicha unidad católica, aun considerada dentro de las perspectivas de la comunidad internacional, su reconocimiento aparecería como una bandera y una garantía efectiva del respeto internacional a las libertades religiosas de las diferentes patrias y estados».

    NADA JUSTIFICA EL ABANDONO DE LA TESIS CATÓLICA

    En este día de hoy, después de examinar la situación política nacional e internacional, estimamos que no han variado los supuestos sociológicos y políticos que aconsejan nuestra unidad, ni se ha perdido ninguna posibilidad de defenderla. Tampoco son mayores los ataques y dificultades que los que hicieron escribir muchos de los textos citados, y se superan victoriosamente.

    En lo religioso no aceptamos que un sector progresista se arrogue la representación de la Iglesia; ésta no se gobierna por rumores ni por oficiosidades, sino por documentos solemnes e inequívocos; ninguno lesivo para nuestra unidad religiosa hemos encontrado en las vías normales del Magisterio ordinario. La afirmación de que las circunstancias actuales de la Iglesia y del mundo exijan un cambio legal en la materia que nos ocupa, es completamente personal.

    En política internacional, ¿acaso han llegado hoy las presiones extranjeras contra nuestra unidad católica al nivel de los años 1946-1948, cuando se retiraron los embajadores, o al que alcanzaron durante la Cruzada?

    Tampoco creemos que nuestra prosperidad material esté realmente comprometida. Los turistas han acudido a millones y saturan nuestra capacidad receptora. Otras ventajas y colaboraciones económicas se establecen sobre bases diferentes y no se regatea ni a los países comunistas, ni a Francia, que siempre ha omitido ratificar la Convención Europea de los Derechos del Hombre.

    Los enemigos de dentro se apoyan en los de fuera, intentando aparentar un poderío mayor que el real. En último término, después del triunfo casi milagroso del Alzamiento, las posibilidades de victoria no se pueden calcular ya desde la inoperancia, sino sobre una base experimental, y para ésta no se ha convocado aún al pueblo fiel a la lucha.

    LA COMUNIÓN TRADICIONALISTA REAFIRMA SU PLANTEAMIENTO

    Y así hoy, otra vez más, la Comunión Tradicionalista levanta a todos los vientos, con un grito de alerta, su programa de unidad católica al servicio de la Iglesia y de la Patria y llama a todos los españoles a defender, hoy más que nunca y con redoblado ímpetu, sus afirmaciones de carácter nacional, en orden a nuestra constitución política:
    1.º La soberanía social de Nuestro Señor Jesucristo.

    2.º La Religión Católica, única verdadera, es la oficial de España.

    3.º La unidad católica es la base de la unidad nacional constituye su mejor patrimonio espiritual y es inatacable.

    4.º El Estado proteja y ayude a la Iglesia, dentro de la esfera de su respectiva competencia.

    5.º No procede modificar la situación legal de las confesiones no católicas en España; antes bien, todos exijan su más puntual cumplimiento para que no caiga en desuso.
    Madrid, 23 de mayo de 1963.
    En nombre de Su Majestad Católica el Rey Don Javier I, la Junta Nacional de la Comunión Tradicionalista.

    EL JEFE DELEGADO: José María Valiente Soriano.

    EL SECRETARIO GENERAL: José María Sentís Simeón.

    EL JEFE NACIONAL DEL REQUETÉ: José Arturo Márquez de Prado.

    LOS JEFES REGIONALES: José Aramburu Elósegui, de Guipúzcoa; Javier Astrain Baquedano, de Navarra; Eduardo Clausent Castelló, de Vizcaya; Luis Doreste Morales, de Canarias; Eduardo de Esteban y Frías, Marqués de Matallana, de Extremadura; Miguel Fagoaga y Gutiérrez Solana, de Castilla la Nueva; Rafael Ferrando Sales, adjunto de Valencia; Jesús Martínez García, de Murcia; Rufino Menéndez González, de Asturias; Julio Muñoz Chapuli, de Andalucía oriental; Juan J. Palomino Jiménez, de Andalucía Occidental; Manuel Piorno y M. de los Ríos, de León y Castilla; José Prat Piera, de Cataluña; Vicente Puchades Tarazona, de Valencia; José Quint-Zaforteza y Amat, de Baleares; Ricardo Ruiz de Gauna, de Álava; Ildefonso Sánchez Romero, de Aragón; José del Valle Vázquez, de Galicia; Federico Ysart Pellón, accidental de Castilla la Vieja.


    Fuente: AGENCIA FARO

  3. #3
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    Re: El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

    El Carlismo y la “Libertad Religiosa“


    Por Rafael Gambra Ciudad

    El Carlismo ha defendido siempre la unidad religiosa de España. Más aún: esa unidad es la piedra angular del orden político que el Carlismo propugna. "Nada sin Dios", el primero de sus lemas no significa simplemente que cree en la existencia de Dios en el Cielo o que propone la religiosidad como norma de vida de sus adeptos. El trilema carlista no es un programa de vida personal, sino el ideario de un sistema político. La unidad católica, por lo demás, aunque a veces de forma incongruente con el régimen político, ha estado vigente en España desde tiempos de Recaredo, en el siglo VI, hasta la actual Constitución de 1978, con la sola excepción de los cinco años de la segunda República.

    ¿Qué es la unidad religiosa?

    Para mejor entendernos, digamos ante todo qué no es la unidad religiosa. No es, contra lo que muchos creen, coacción ni intolerancia. La fe no puede imponerse a nadie, ni moral ni siquiera físicamente, puesto que es una virtud infusa que Dios concede y que incide en lo más íntimo de cada alma. Tampoco debe ejercerse coacción alguna sobre el culto privado de otras religiones, ni sobre su práctica en locales o templos reservados, con tal de que no se exteriorice ni se propague públicamente, ya que en un Estado confesional la difusión de las religiones falsas debe considerarse como más dañina que la propagación de drogas o sustancias nocivas.

    Más aún: el sistema tradicional aconseja el prudencialismo político de acuerdo con el cual el gobernante católico en cuyo pueblo estén arraigadas de hecho más de una confesión religiosa, debe basarse en lo que tengan de común esas religiones, y practicar la tolerancia de cultos. No es el caso de España, donde no existe otra religión ni histórica ni ambientalmente establecida más que la católica.

    ¿Qué significa entonces la unidad religiosa que el Carlismo propugna como primero de sus lemas? Simplemente, que la legislación de un país debe estar inspirada por la fe que se profesa -la católica en nuestro caso- y que no puede contradecirla… que las costumbres, en cuanto son influidas por la ley y la política del gobernante, debe procurarse que permanezcan católicas. Que la religión, en fin, debe ser objeto de protección por parte de la autoridad civil. Dicho de otro modo: que no se pueden dictar ni proponer leyes que contradigan a la moral católica -ante todo el Decálogo-, ni que atenten a los derechos y funciones de la Iglesia.

    Este fundamento religioso (religión es religación con un orden sobrenatural) es radicalmente opuesto al principio constitucional moderno, según el cual el poder procede del hombre, de su voluntad mayoritaria, y nada tiene que ver con Dios ni con el Decálogo, que sólo concierne a la vida privada de quienes profesan esa religión. Recordemos que el origen de nuestras guerras civiles -que siempre tuvieron un trasfondo religioso- los dos gritos que se oponían entre sí eran ¡Viva la Religión! y ¡Viva la Constitución!

    La confesionalidad del Estado y la conservación de la unidad religiosa allá donde exista son, ante todo, una consecuencia del primer Mandamiento que nos prescribe amar a Dios sobre todas las cosas, y no sólo en nuestro corazón o privadamente, sino también las colectividades que formemos, familiares o políticas. En segundo término, es una necesidad para conservar el bien inmenso de una religiosidad ambiental o popular, de lo que depende en gran medida la salvación de las almas. En algunos momentos cumbre de la historia el Cristianismo se propagó de un modo súbito, cuasi milagroso: en el Imperio Romano en tiempos de los apóstoles, en la rápida cristianización de los pueblos bárbaros a la caída de Roma, en la difusión fulgurante de nuestra fe en la América española.

    Pero en lo demás la fe requiere ser mantenida con esfuerzo y evitarle peligros, al igual que debemos hacer con nuestra fe personal, y con la salud y el dinero, y cualquier género de bienes, que requieren ser guardados y preservados. Bajo un Estado laico la fe tiene que perderse, porque ese pueblo no merece la fe que ha recibido, y ello está a la vista en nuestra sociedad.

    En segundo lugar, tampoco puede subsistir un gobierno estable que no se asiente en lo que Wilhelmsen ha llamado una "ortodoxia pública". Es decir, un punto de referencia que sirve de fundamento a la autoridad y a la obligatoriedad de las instituciones, las leyes, las sentencias. En rigor, si se establece la libertad religiosa (y el consecuente laicismo de Estado) resulta imposible mandar ni prohibir cosa alguna. ¿En nombre de qué se preservará en una tal sociedad el matrimonio monógamo? ¿Bajo qué título se prohibirá el aborto, la eutanasia y el suicidio? ¿Qué se podrá oponer al nudismo, a la objeción de conciencia, a las drogas o a la promiscuidad de las comunas? Bastará que el afectado por el mandato o la prohibición apele a una religión cualquiera -incluso individual- que autorice tal práctica o la prohiba. ¿Y qué límite podrá poner el Estado a esa libertad religiosa si se la supone basada en "el derecho de la persona"?

    Quien desee divorciarse o vivir en poligamia no tendrá más que declararse adepto a múltiples religiones orientales, o al Islam, o a los mormones. Quien quiera practicar la eutanasia o inducir al suicidio, podrá declararse sintoísta. El que desee practicar el desnudismo público alegará su adscripción a la religión de los bantús, y los objetores al servicio militar buscarán su apoyo en los Testigos de Jehová. En fin, los que vivan en promiscuidad o se droguen, hallarán un recurso en los antiguos cultos dionisíacos o báquicos. La inviabilidad última de cualquier gobierno humano (que recurre simplemente a la fuerza) se hace así patente. La "libertad religiosa" es, por su misma esencia, la muerte de toda autoridad y gobierno.

    Se objetará, sin embargo, que la Declaración Conciliar Dignitatis Humanae del Concilio Vaticano II ha propugnado la libertad religiosa y el consiguiente laicismo de Estado. ¿Qué hemos de pensar de esto los carlistas? A mi juicio, lo siguiente: 1. º.- El Concilio Vaticano II no es un concilio dogmático sino sólo pastoral, por propia declaración: por lo mismo, exento de infalibilidad. 2. º.- La libertad religiosa en el fuero externo al individuo contradice la enseñanza de todos los papas anteriores (uno de ellos santo) desde la época de la Revolución Francesa, y particularmente a la encíclica Quanta Cura de Pío IX que reviste las condiciones de la infalibilidad. 3. º.- La Declaración Conciliar se contradice a sí misma, puesto que afirma al mismo tiempo que deja intacta la doctrina anterior. 4. º.- Los amargos frutos de esa Declaración son bien patentes en la Iglesia y en la sociedad. 5. º.- Si esa Declaración hubiera de ser recibida como "palabra de Dios", al Carlismo no le quedaría más que disolverse, porque ha sido el último y más heroico empecinamiento en la defensa del régimen de Cristiandad.

    Visto en: PANORAMA CATÓLICO INTERNACIONAL
    Última edición por Martin Ant; 06/03/2013 a las 19:02
    Fidelitas y Xaxi dieron el Víctor.

  4. #4
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    Re: El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

    Cita Iniciado por Martin Ant Ver mensaje
    EL CARLISMO Y LA UNIDAD CATÓLICA

    La Junta Nacional de la Comunión Tradicionalista, en su sesión ordinaria celebrada en Madrid el día 23 de mayo de 1963, acordó publicar el siguiente documento:


    ... NADA JUSTIFICA EL ABANDONO DE LA TESIS CATÓLICA

    En este día de hoy, después de examinar la situación política nacional e internacional, estimamos que no han variado los supuestos sociológicos y políticos que aconsejan nuestra unidad, ni se ha perdido ninguna posibilidad de defenderla. Tampoco son mayores los ataques y dificultades que los que hicieron escribir muchos de los textos citados, y se superan victoriosamente.

    En lo religioso no aceptamos que un sector progresista se arrogue la representación de la Iglesia; ésta no se gobierna por rumores ni por oficiosidades, sino por documentos solemnes e inequívocos; ninguno lesivo para nuestra unidad religiosa hemos encontrado en las vías normales del Magisterio ordinario. La afirmación de que las circunstancias actuales de la Iglesia y del mundo exijan un cambio legal en la materia que nos ocupa, es completamente personal.

    En política internacional, ¿acaso han llegado hoy las presiones extranjeras contra nuestra unidad católica al nivel de los años 1946-1948, cuando se retiraron los embajadores, o al que alcanzaron durante la Cruzada?

    Tampoco creemos que nuestra prosperidad material esté realmente comprometida. Los turistas han acudido a millones y saturan nuestra capacidad receptora. Otras ventajas y colaboraciones económicas se establecen sobre bases diferentes y no se regatea ni a los países comunistas, ni a Francia, que siempre ha omitido ratificar la Convención Europea de los Derechos del Hombre.

    Los enemigos de dentro se apoyan en los de fuera, intentando aparentar un poderío mayor que el real. En último término, después del triunfo casi milagroso del Alzamiento, las posibilidades de victoria no se pueden calcular ya desde la inoperancia, sino sobre una base experimental, y para ésta no se ha convocado aún al pueblo fiel a la lucha.

    LA COMUNIÓN TRADICIONALISTA REAFIRMA SU PLANTEAMIENTO

    Y así hoy, otra vez más, la Comunión Tradicionalista levanta a todos los vientos, con un grito de alerta, su programa de unidad católica al servicio de la Iglesia y de la Patria y llama a todos los españoles a defender, hoy más que nunca y con redoblado ímpetu, sus afirmaciones de carácter nacional, en orden a nuestra constitución política:
    1.º La soberanía social de Nuestro Señor Jesucristo.

    2.º La Religión Católica, única verdadera, es la oficial de España.

    3.º La unidad católica es la base de la unidad nacional constituye su mejor patrimonio espiritual y es inatacable.

    4.º El Estado proteja y ayude a la Iglesia, dentro de la esfera de su respectiva competencia.

    5.º No procede modificar la situación legal de las confesiones no católicas en España; antes bien, todos exijan su más puntual cumplimiento para que no caiga en desuso.
    Madrid, 23 de mayo de 1963.


    Fuente: AGENCIA FARO
    Con algo de retraso veo abierto este hilo.

    Todo correcto. Sin embargo, no se entiende el olvido, ya en esa fecha, de la encíclica "Pacem in Terris" de Juan XXIII (9 de abril de 1963) demoledora de toda unidad católica y que consagraba urbi et orbe los derechos humanos y la democracia en el peor sentido masónico-constitucionalista y ya libre de apelaciones al derecho natural que le daban Pïo XII y Papas anteriores. Entonces, ¿cómo se podía afirmar que, después de "considerar la situación política internacional ..., no variaban los supuestos sobre los que se asentaba nuestra unidad católica"?

    La ONU, la URSS y sus países satélites, Cuba y en general todos los comunistas y progresistas saltaron de gozo al ver como el Vaticano se arrodillaba ante sus tesis (encubiertas, por supuesto, bajo la típica palabrería buenista) y que ya se imponía a todos los gobiernos católicos.

    La lamentable coincidencia entre la encíclica, la reciente y escandalosa visita de Adjubei (yerno de Kruschef y director de la agencia oficial de prensa "Izvestia") a Juan XXIII para entregarle una carta del líder soviético, y el unánime aplauso comunista evidenciaban ya una connivencia entre el Vaticano y el comunismo mundial.

    Así lo veía un progresista entusiasta:
    "Ningún Santo Padre había dicho que la conciencia moderna exige que los derechos de la persona -inalienables e inviolables»— sean reafirmados en las ordenaciones jurídicas positivas y que los poderes públicos se atengan a normas constitucionales. No se trata de que los gobernantes actúen según los eternos principios del Derecho—como ya habían proclamado otros Pontífices—; en la «Pacem in terris» se pide un gobierno de corte constitucional. Nada tan rotundo en favor del constitucionalismo había suscrito hasta hoy un Pontífice".
    (Prof. Jiménez de Parga, a "La Vanguardia", Abril de 1963 )

    En definitiva, hubiera sido mucho más interesante leer una crítica legitimista a la reciente "Pacem In Terris" y a la visita del soviético Adjubei a Juan XXIII.

    A este respecto, Mons. Pedro Cantero, Obispo de Huelva, decía en su reciente discurso de 16 de mayo último lo siguiente: «Dicha unidad católica, aun considerada dentro de las perspectivas de la comunidad internacional, su reconocimiento aparecería como una bandera y una garantía efectiva del respeto internacional a las libertades religiosas de las diferentes patrias y estados».
    El dato es tragicómico al considerar que este mismo obispo Cantero Cuadrado que defendía entonces la "unidad católica" pasó en el mes de noviembre de ese año (durante la II sesión del Vaticano II) a integrarse nada menos que en el Secretariado para la Unidad de los cristianos (a las órdenes del criptojudío Cardenal Bea), constituida en 1960 por Juan XXIII entre otras cosas para implantar dogmáticamente el ecumenismo y borrar la unidad católica de la faz de la tierra.
    Así era todo en aquellos desdichados tiempos; de un día para otro un camaleonismo cínico y silencioso hacía estragos en la jerarquía católica pese al idiota triunfalismo con que lo maquillaban de cara a las pobres ovejas.

    Extracto de la Pacem in Terris:

    Derecho a la buena fama, a la verdad y a la cultura
    12. El hombre exige, además, por derecho natural el debido respeto a su persona, la buena reputación social, la posibilidad de buscar la verdad libremente y, dentro de los límites del orden moral y del bien común, manifestar y difundir sus opiniones y ejercer una profesión cualquiera, y, finalmente, disponer de una información objetiva de los sucesos públicos.

    13. También es un derecho natural del hombre el acceso a los bienes de la cultura. Por ello, es igualmente necesario que reciba una instrucción fundamental común y una formación técnica o profesional de acuerdo con el progreso de la cultura en su propio país. Con este fin hay que esforzarse para que los ciudadanos puedan subir, sí su capacidad intelectual lo permite, a los más altos grados de los estudios, de tal forma que, dentro de lo posible, alcancen en la sociedad los cargos y responsabilidades adecuados a su talento y a la experiencia que hayan adquirido[9].

    Derecho al culto divino
    14. Entre los derechos del hombre dé bese enumerar también el de poder venerar a Dios, según la recta norma de su conciencia, y profesar la religión en privado y en público. Porque, como bien enseña Lactancio, para esto nacemos, para ofrecer a Dios, que nos crea, el justo y debido homenaje; para buscarle a El solo, para seguirle. Este es el vínculo de piedad que a El nos somete y nos liga, y del cual deriva el nombre mismo de religión[10]. A propósito de este punto, nuestro predecesor, de inmortal memoria, León XIII afirma: Esta libertad, la libertad verdadera, digna de los hijos de Dios, que protege tan gloriosamente la dignidad de la persona humana, está por encima de toda violencia y de toda opresión y ha sido siempre el objeto de los deseos y del amor de la Iglesia. Esta es la libertad que reivindicaron constantemente para sí los apóstoles, la que confirmaron con sus escritos los apologistas, la que consagraron con su sangre los innumerables mártires cristianos [11].

    ...


    II. ORDENACIÓN DE LAS RELACIONES POLÍTICAS

    La autoridad

    ...52. Ahora bien, del hecho de que la autoridad proviene de Dios no debe en modo alguno deducirse que los hombres no tengan derecho a elegir los gobernantes de la nación, establecer la forma de gobierno y determinar los procedimientos y los límites en el ejercicio de la autoridad. De aquí que la doctrina que acabamos de exponer pueda conciliarse con cualquier clase de régimen auténticamente democrático[36].

    ...
    Deberes de los gobernantes en orden al bien común
    1. Defender los derechos y deberes del hombre
    60. En la época actual se considera que el bien común consiste principalmente en la defensa de los derechos y deberes de la persona humana. De aquí que la misión principal de los hombres de gobierno deba tender a dos cosas: de un lado, reconocer, respetar, armonizar, tutelar y promover tales derechos; de otro, facilitar a cada ciudadano el cumplimiento de sus respectivos deberes. Tutelar el campo intangible de los derechos de la persona humana y hacerle llevadero el cumplimiento de sus deberes debe ser oficio esencial de todo poder público [45].

    61. Por eso, los gobernantes que no reconozcan los derechos del hombre o los violen faltan a su propio deber y carecen, además, de toda obligatoriedad las disposiciones que dicten
    [46].
    2. Armonizarlos y regularlos
    62. Más aún, los gobernantes tienen como deber principal el de armonizar y regular de una manera adecuada y conveniente los derechos que vinculan entre sí a los hombres en el seno de la sociedad, de tal forma que, en primer lugar, los ciudadanos, al procurar sus derechos, no impidan el ejercicio de los derechos de los demás; en segundo lugar, que el que defienda su propio derecho no dificulte a los otros la práctica de sus respectivos deberes, y, por último, hay que mantener eficazmente 1a integridad de los derechos de todos y restablecerla en caso de haber sido violada[47].
    3. Favorecer su ejercicio
    63. Es además deber de quienes están a la cabeza del país trabajar positivamente para crear un estado de cosas que permita y facilite al ciudadano la defensa de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. De hecho, la experiencia enseña que, cuando falta una acción apropiada de los poderes públicos en lo económico, lo político o lo cultural, se produce entre los ciudadanos, sobre todo en nuestra época, un mayor número de desigualdades en sectores cada vez más amplios, resultando así que los derechos y deberes de 1a persona humana carecen de toda eficacia práctica.
    4. Exigencias concretas en esta materia
    64. Es por ello necesario que los gobiernos pongan todo su empeño para que el desarrollo económico y el progreso social avancen a mismo tiempo y para que, a medida que se desarrolla la productividad de los sistemas económicos, se desenvuelvan también los servicios esenciales, como son, por ejemplo, carreteras, transportes, comercio, agua potable, vivienda, asistencia sanitaria, medios que faciliten la profesión de la fe religiosa y, finalmente, auxilios para el descanso del espíritu. Es necesario también que las autoridades se esfuercen por organizar sistemas económicos de previsión para que al ciudadano, en el caso de sufrir una desgracia o sobrevenirle una carga mayor en las obligaciones familiares contraídas, no le falte lo necesario para llevar un tenor de vida digno. Y no menor empeño deberán poner las autoridades en procurar y en lograr que a los obreros aptos para el trabajo se les dé la oportunidad de conseguir un empleo adecuado a sus fuerzas; que se pague a cada uno el salario que corresponda según las leyes de la justicia y de la equidad; que en las empresas puedan los trabajadores sentirse responsables de la tarea realizada; que se puedan constituir fácilmente organismos intermedios que hagan más fecunda y ágil la convivencia social; que, finalmente, todos, por los procedimientos y grados oportunos, puedan participar en los bienes de la cultura.
    5. Guardar un perfecto equilibrio en la regulación y tutela de los derechos
    65. Sin embargo, el bien general del país también exige que los gobernantes, tanto en la tarea de coordinar y asegurar los derechos de los ciudadanos como en la función de irlos perfeccionando, guarden un pleno equilibrio para evitar, por un lado, que la preferencia dada a los derechos de algunos particulares o de determinados grupos venga a ser origen de una posición de privilegio en la nación, y para soslayar, por otro, el peligro de que, por defender los derechos de todos, incurran en la absurda posición de impedir el pleno desarrollo de los derechos de cada uno. Manténgase siempre a salvo el principio de que la intervención de las autoridades públicas en el campo económico, por dilatada y profunda que sea, no sólo no debe coartar la libre iniciativa de los particulares, sino que,por el contrario, ha de garantizar la expansión de esa libre iniciativa, salvaguardando, sin embargo, incólumes los derechos esenciales de la persona humana [48].
    66. Idéntica finalidad han de tener las iniciativas de todo género del gobierno dirigidas a facilitar al ciudadano tanto la defensa de sus derechos como e1 cumplimiento de sus deberes en todos los sectores de la vida social.

    ...
    Exigencias de la época
    Carta de los derechos del hombre
    75. De todo lo expuesto hasta aquí se deriva con plena claridad que, en nuestra época, lo primero que se requiere en la organización jurídica del Estado es redactar, con fórmulas concisas y claras, un compendio de los derechos fundamentales del hombre e incluirlo en la constitución general del Estado.
    Organización de poderes
    76. Se requiere, en segundo lugar, que, en términos estrictamente jurídicos, se elabore una constitución pública de cada comunidad política, en la que se definan los procedimientos para designar a los gobernantes, los vínculos con los que necesariamente deban aquellos relacionarse entre sí, las esferas de sus respectivas competencias y, por último, las normas obligatorias que hayan de dirigir el ejercicio de sus funciones.
    Relaciones autoridad-ciudadanos
    77. Se requiere, finalmente, que se definan de modo específico los derechos y deberes del ciudadano en sus relaciones con las autoridades y que se prescriba de forma clara como misión principal delas autoridades el reconocimiento, respeto, acuerdo mutuo, tutela y desarrollo continuo de los derechos y deberes del ciudadano.
    Juicio crítico
    78. Sin embargo, no puede aceptarse la doctrina de quienes afirman que la voluntad de cada individuo o de ciertos grupos es la fuente primaria y única de donde brotan los derechos y deberes del ciudadano, proviene la fuerza obligatoria de la constitución política y nace, finalmente, el poder de los gobernantes del Estado para mandar[52].
    79. No obstante, estas tendencias de que hemos hablado constituyen también un testimonio indudable de que en nuestro tiempo los hombres van adquiriendo una conciencia cada vez más viva de su propia dignidad y se sienten, por tanto, estimulados a intervenir en la ida pública y a exigir que sus derechos personales e inviolables se defiendan en la constitución política del país. No basta con esto; los hombres exigen hoy, además, que las autoridades se nombren de acuerdo con las normas constitucionales y ejerzan sus funciones dentro de los términos establecidos por las mismas.
    http://w2.vatican.va/content/john-xx...963_pacem.html
    Última edición por ALACRAN; 19/02/2016 a las 13:21
    DOBLE AGUILA dio el Víctor.
    Hombre en su siglo. Los sujetos eminentemente raros dependen de los tiempos. No todos tuvieron el que merecían, y muchos aunque lo tuvieron, no acertaron a lograrlo. Fueron dignos algunos de mejor siglo, que no todo lo bueno triunfa siempre; tienen las cosas su vez, hasta las eminencias son al uso, pero lleva una ventaja lo sabio, que es eterno, y si éste no es su siglo, muchos otros lo serán. (Gracián)

  5. #5
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    Re: El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

    Todo correcto. Sin embargo, no se entiende el olvido, ya en esa fecha, de la encíclica "Pacem in Terris" de Juan XXIII (9 de abril de 1963) demoledora de toda unidad católica y que consagraba urbi et orbe los derechos humanos y la democracia en el peor sentido masónico-constitucionalista y ya libre de apelaciones al derecho natural que le daban Pïo XII y Papas anteriores. Entonces, ¿cómo se podía afirmar que, después de "considerar la situación política internacional ..., no variaban los supuestos sobre los que se asentaba nuestra unidad católica"?
    Si le he entendido bien, usted reprocharía a la Comunión el no haberse querido someter a los nuevos dictados procedentes del Vaticano en materia de libertad religiosa. Pero, entonces, ¿en qué quedamos?

    ¿Cuál es la actitud auténticamente católica: la que se adhiere a la Tradición católica bimilenaria o la que se adhiere a la última moda pastoral que salga del Vaticano? En virtud de que elijamos uno u otro criterio a la hora de juzgar una actuación, la Comunión legitimista merecerá alabanza o reproche en su actuación pública de estos últimos cincuenta años en relación con el Vaticano.

    Yo creo que está bastante claro cuál ha sido siempre la actitud de la Comunión en materia de unidad católica-libertad religiosa (antes, durante y después del Concilio, y a pesar de éste): defensa acérrima de la Unidad Católica con todas sus consecuencias (políticas, se entiende).

    Una de los aspectos, podríamos decir, psicológicos característicos del legitimismo español (y de los legitimistas españoles) ha sido siempre su independencia absoluta en materias políticas con respecto al Vaticano, lo cual se traducía (y traduce) en la práctica, en ocasiones, en una abierta oposición, no ya solamente respecto a sacerdotes u obispos determinados, sino incluso con respecto al propio Papa.

    Digo "aspecto psicológico", porque en eso se diferenciaba (y se diferencia) de la psicología propia de las personas de mentalidad integrista y/o democristiana, que elevaban (y elevan) al Papa a un nivel casi de "Dios", en el sentido de que no podía fallar nunca (dijera lo que dijera, y con independencia del tema de que se tratara), y al cual le mostraban (y muestran) una sumisión total y absoluta totalmente irracional (o bien, en una curiosa derivada posconciliar, un rechazo total y absoluto no menos irracional).

    Ya sé que me repito más que el gazpacho, pero siempre es bueno poner el mismo ejemplo paradigmático para que se entienda mejor lo que quiero decir con esa mentalidad o psicología legitimista de independencia con respecto al Papa: cuando León XIII instó a un grupo de peregrinos legitimistas obreros y campesinos en 1894 a que reconocieran a María Cristina como su Reina legítima porque era católica y cristiana y piadosa y etc., etc., los peregrinos se volvieron a sus aldeas literalmente horrorizados, y organizaron con los párrocos rurales carlistas Misas por la "conversión" de León XIII, al tiempo que la sabiduría popular proclamaba con ironía: "Muy bien, de acuerdo. Nosotros reconoceremos a María Cristiana cuando Su Santidad reconozca a los Saboya".
    Última edición por Martin Ant; 19/02/2016 a las 16:00

  6. #6
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    Re: El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

    Cita Iniciado por Martin Ant Ver mensaje
    Si le he entendido bien, usted reprocharía a la Comunión el no haberse querido someter a los nuevos dictados procedentes del Vaticano en materia de libertad religiosa. Pero, entonces, ¿en qué quedamos?
    Pues mire, no era eso lo que quería decir, sino que escribí esto:
    En definitiva, hubiera sido mucho más interesante leer una crítica legitimista a la reciente "Pacem In Terris" y a la visita del soviético Adjubei a Juan XXIII.
    Pero como ya le veo venir, se lo diré más claro: que me parecen un poco cortitos esos "legitimistas" ya que ni se habían enterado de que en "el plano internacional" debido a la 'Pacem In Terris' SÍ habían variado (y peligraban) los presupuestos de nuestra unidad católica.

    (Y pensándolo mejor, quito los dos víctores que había dado a dos de esos textos, no siendo que se me identifique con ellos).
    Última edición por ALACRAN; 19/02/2016 a las 17:57
    raolbo dio el Víctor.
    Hombre en su siglo. Los sujetos eminentemente raros dependen de los tiempos. No todos tuvieron el que merecían, y muchos aunque lo tuvieron, no acertaron a lograrlo. Fueron dignos algunos de mejor siglo, que no todo lo bueno triunfa siempre; tienen las cosas su vez, hasta las eminencias son al uso, pero lleva una ventaja lo sabio, que es eterno, y si éste no es su siglo, muchos otros lo serán. (Gracián)

  7. #7
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    Re: El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

    Pero como ya le veo venir, se lo diré más claro: que me parecen un poco cortitos esos "legitimistas" ya que ni se habían enterado de que en "el plano internacional" debido a la 'Pacem In Terris' SÍ habían variado (y peligraban) los presupuestos de nuestra unidad católica.
    Entonces, según usted, puesto que no hubo por parte de la Comunión ninguna declaración expresa contra la "Pacem in terris" o contra esa visita comunista a Juan XXIII, los legitimistas españoles de aquel entonces (única fuerza política española que en aquel entonces se pronunció de manera expresa en defensa de la Unidad Católica española contra los proyectos gubernamentales de Franco, algo perfectamente lógico y normal en tanto que formaba parte del postulado de Dios, en el cuatrilema legitimista) deben ser objeto de vituperio.

    Me parece que aquí usted cae en una falacia muy conocida: que el que quiere demostrar demasiado, no demuestra nada. Me gustaría saber si hubo algún grupo político que sí realizara esa crítica que usted reprocha a los legitimistas de aquel entonces no haber hecho.

    En la confusión del preconcilio, concilio y posconcilio, hubo muchos católicos de buena fe (me atrevería a decir la mayoría, pues no todos eran mentes privilegiadas como un Rafael Gambra o un Manuel de Santa Cruz, que en aquel entonces tan temprano ya se daban cuenta del peligro que había) que trataban de justificar los nuevos y ambiguos textos doctrinales y actos del Concilio y de los Papas, tratándolos de explicar de un modo tradicionalista. Con el paso del tiempo y de los años, los desastrosos desarrollos posteriores en una sola dirección autodestructiva, efectivamente, fueron abriendo los ojos a muchos tradicionalistas que antes se dedicaban a justificar o explicar las novedades. La buena fe que podía existir en los primeros años, se fue disipando cada vez más con el paso del tiempo y con los desarrollos genuinos del Concilio.
    Última edición por Martin Ant; 19/02/2016 a las 18:46

  8. #8
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    Re: El legitimismo español y la defensa de la unidad católica española

    Libros antiguos y de colección en IberLibro
    Fuente: Tiempos Críticos, Marzo-Abril de 1952, Numero 19, Editorial de la página 1.



    UNIDAD CATÓLICA


    No puede negarse en el Régimen político vigente, con respecto al momento presente, una mayor preocupación por las cosas materiales. Estas mismas visitas de unos Ministros, algunos más conocidos como técnicos que como políticos, a distintas Regiones españolas, parecen querer indicar el propósito de unas tomas de contacto con la realidad del país, frente a las alegres teorizaciones de unos Gabinetes nacidos bajo el signo fracasado del Partido único. No puede negarse esta preocupación, y el principio de un orden menos desordenado en la administración del Estado español. Las cosas no marchan abiertamente por buen camino, ni pueden marchar por él, porque su gobierno se halla viciado por la sistemática de un ordenamiento político mal encuadrado en la realidad de España y que no ha acertado a resolver su problema fundamental o de régimen. Pero dentro de esta falsa sistemática, que el Carlismo español ha denunciado públicamente muchas veces, se ha puesto alguna clase de remedio y bastante más sentido común. Algo es algo para empezar.

    En el orden espiritual, en cambio, las cosas han empeorado desde un tiempo acá. Paulatinamente, pero de un modo grave e ininterrumpido. Al socaire del Fuero de los Españoles, que no ha servido para ninguna cosa buena, ni siquiera para que esta hoja pueda publicarse con censura y permiso oficial, se ha elevado a tesis la tolerancia de los cultos disidentes, en términos iguales a las peores épocas de la Monarquía liberal. Según las notas informativas oficiales “las Constituciones de 1808, 1812, 1837, 1845 y 1876, no iban más lejos en materia de tolerancia que el Fuero de los Españoles”. Es decir, después de una guerra civil, que en su verdadera esencia popular fue una verdadera Cruzada, todo el triunfo del Catolicismo español se ha reducido a esto. A que los protestantes gozasen en nuestra Patria de una libertad religiosa tan amplia como no lo habían conocido en todo el curso de la historia. Es una pena y una vergüenza a la vez.

    Esto en el orden de la tesis. En el terreno práctico nuestras Autoridades no han vacilado en organizar y asistir dentro de nuestra misma Patria a los cultos protestantes celebrados en memoria del Rey Jorge de Inglaterra. Es algo que no entendemos como católicos, ni como españoles, aunque no ignoramos los argumentos que suelen esgrimirse en tales casos. La razón última es la que, con todo, no se dice. El considerar la religión bajo un prisma humano y voluntarista, y el haber perdido el miedo a la herejía. Este Gobierno nuestro tiene aún miedo a muchos fantasmas políticos, con o sin motivo; pero lo ha perdido totalmente con respecto al error religioso. Una capilla protestante más, diez capillas protestantes más, es algo, deben pensar, que no enderroca violentamente al Poder. Así, hemos llegado a una situación en que el número de capillas protestantes en España, cuya cifra daremos otro día, es mayor que en ninguna otra época, y bajo el signo de un Estado católico. Es algo que no se entiende; pero es de esta manera.

    El célebre artículo 11 de la Constitución de 1876, que ha venido a igualar el bienaventurado “Fuero de los Españoles”, mereció la más absoluta reprobación de Pío IX, en Carta de 4 de mayo de 1876, dirigida al Cardenal Moreno.

    En texto aparte reproducimos la referida Carta y el juicio que dicho artículo mereció al ilustre orador católico y tradicionalista Vázquez de Mella.

    Desde el punto de vista doctrinal la situación es la misma de siempre. En el orden de la tesis, religiosa y patrióticamente únicamente es defendible la de la unidad católica. ¿Qué puede haber variado entonces? ¿La situación de hecho? ¿Es que hay ya bastantes protestantes en nuestra casa para que los toleremos abiertamente? En este caso la consistencia de este Régimen en el orden espiritual sufre una caída vertical. El Estado que ha dejado a los católicos sin prensa y sin fuerza colectiva, porque no hay expansión religiosa que la que el Estado consiente y autoriza, es el mismo Estado que ha hecho posible que los protestantes se hayan constituido en una minoría suficiente para servir de pretexto y fundamento a su tolerancia.

    Es posible que nuestra voz no sea escuchada. Pero todo este progreso material que se anuncia, y que hasta es posible que en parte se inicie y desarrolle, no vale el mal de una capilla protestante más. Queremos decir que será un provecho que no acabará en bien. El relegar los valores religiosos a un término secundario, el hacer posible el arraigo de la herejía en el País que, según Menéndez y Pelayo, ha sido siempre martillo de herejes y luz de Trento, es algo que no puede acabar bien de ninguna de las maneras.

    Los gobernantes de hoy no lo ven o no lo creen. Otro día, igual como aconteció con los gobernantes de ayer, habrán de darnos la razón. Para ellos será definitivamente tarde. Para nosotros, no; porque estamos acostumbrados a esperar, y todavía no nos declaramos hundidos ante ninguna persecución.



    ----------------------------------



    PÍO IX Y EL ARTÍCULO 11 DE LA CONSTITUCIÓN DE 1876


    ¿Qué hizo la Iglesia ante el artículo 11? Condenarlo solemnemente con la autoridad infalible de Pío IX cuando se iba a establecer; fue remitido el texto a Roma, y el gran Pontífice, en carta de 4 de mayo de 1876 dirigida al Cardenal Moreno, lo condenó en estos términos, que es preciso reproducir, porque parece que ya se han olvidado: «Declaramos que dicho artículo, que se pretende proponer como ley del Reino, y en el que se intenta dar poder y fuerza de derecho público a la tolerancia de cualquiera culto no católico, cualesquiera que sean las palabras y la forma en que se proponga (y se propuso en las mismas que conocía Pío IX), viola del todo los derechos de la verdad y de la Religión Católica; anula contra toda justicia el Concordato establecido entre esta Santa Sede y el Gobierno español en la parte más noble y preciosa que dicho Concordato contiene; hace responsable al Estado de tan grave atentado; y, abierta la entrada al error, deja expedito el camino para combatir la Religión Católica, y acumula materia de funestísimos males en daño de esa ilustre nación…». ¿Podían jurar los católicos una Constitución que viola del todo los derechos de la verdad y de la Religión? Sería absurdo. Por eso la Santa Sede reclamó enérgicamente al Gobierno de Don Alfonso, anunciándole que prohibiría a los católicos, bajo pena de pecado, el juramento de la Constitución; y entonces el Gabinete presidido por Cánovas, para conjurar la nube, vino a declarar que su obra era un papel mojado, que se podía jurar exteriormente y por fórmula, aunque se creyese de ella que violaba todos los derechos de la verdad. Pero la Santa Sede exigió al Gobierno que la declaración había de ser pública, y el Gobierno del artículo 11 cedió también; y en 29 de abril de 1877, el Nuncio de Su Santidad, Arzobispo de Ancira, en carta dirigida a todos los Obispos españoles, afirmó lo siguiente: «Que el Gobierno ha declarado formalmente a la Santa Sede, que, si exigiere a los funcionarios públicos y demás personas el mencionado juramento, no se entienda que por él queden los mismos obligados a cosa alguna contraria a las leyes de Dios y de la Iglesia» [1].

    ¡Ése es el artículo 11 a que algunos católicos quieren acogerse como a una fortaleza para defender los derechos de la verdad, que vulnera del todo, según Pío IX!


    VÁZQUEZ DE MELLA






    [1] Nota mía. El 29 de Abril de 1877 el Ministro de Estado, Manuel Silvela, escribe a la Secretaría de Estado del Papa Pío IX lo siguiente:


    «Eminentísimo Señor:

    Habiendo sabido con sentimiento S. M. el Rey Alfonso XII que el juramento que se exige a la Constitución ha producido alarma –angustia– a la conciencia de los buenos católicos, y como amante del bien espiritual de sus súbditos, se ha dignado prevenir al infrascrito, su ministro de Estado, que declare solemnemente en su Real Nombre que, al exigirse de los funcionarios públicos y demás personas el mencionado juramento, no se entiende que por él queden obligados a cosa alguna contraria a las leyes de Dios y de la Santa Iglesia».


    Tras esta declaración del Gobierno, el Nuncio envió una circular a los Metropolitanos, informando del acuerdo alcanzado. Transcribo, por ejemplo, la que se envió a la Archidiócesis de Valencia:


    «Nunciatura Apostólica.
    Madrid.

    Ilmo. señor Vicario Capitular de Valencia.
    Madrid, 1.º de Mayo de 1877.

    Muy señor mío y de todo mi respeto:

    El juramento que se exige a la Constitución vigente de la Monarquía ha producido cierta alarma en la conciencia de los buenos católicos, que no podían cumplir con aquella formalidad sin mediar previamente una declaración del Gobierno de S. M. que pusiera a cubierto de toda tergiversación el fin y objeto del juramento.

    En su virtud, el expresado Gobierno ha declarado formalmente a la Santa Sede que, al exigirse de los funcionarios públicos y demás personas el mencionado juramento, no se entiende que por él queden los mismos obligados a cosa alguna contraria a las leyes de Dios y de la Iglesia.

    La Santa Sede, en vista de la predicha declaración, me ordena decir a V. S., a fin de que se sirva trasladarlo a sus Reverendos Sufragáneos, y éstos a sus diocesanos, en la forma que tengan por más conveniente, que autoriza a todos, así a los Eclesiásticos como a los Seglares, para emitir el juramento a la Constitución de 1876.

    Aprovecho esta ocasión para repetirme de V. S., con toda consideración, atento Capellán y seguro servidor Q. B. S. M.

    Santiago, Arzobispo de Ancira, Nuncio Apostólico».

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