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Honores1Víctor
  • 1 Mensaje de Valmadian

Tema: Pues

  1. #1
    Avatar de Valmadian
    Valmadian está desconectado Miembro tradicionalista
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    Pues

    Este extraño título para abrir un hilo tiene su intención. Desde hace tiempo, primero con el "Podemos" venezolano, seguido de USA con el "We can" de Obama, llegamos a la re-edición de "Podemos" pero en España y con la intención de exportarla a Grecia y posteriormente a otros países. Hay una clara asociación entre el nombre que es una suma de un término de un uso muy amplio y una intención o colección de ellas. ¿Cuántas veces decimos podemos al cabo del día? Sin ser muy conscientes de ello este vocablo verbal se ha convertido en una muletilla que forma parte de nuestro vocabulario cotidiano.

    Desde que su empleo se aplicó a esa organización política sectaria de ultraizquierda, conscientemente he ido eliminando su uso de mi forma de hablar. No es difícil, por ejemplo sustituyéndolo por un es posible o se puede, también es viable, etc. Todo consiste en proponérselo uno mismo hasta que la muletilla desaparezca.

    Pero esa misma opción es posible aplicarla a nuestra tendencia o corriente y de ello viene el término PUES. Hay que fijarse en el detalle de que no estoy aplicando el análisis morfológico gramatical, sino llamando la atención sobre una idea y su intención. En ese mismo sentido entre sinérgico y mnemotécnico, incluso sinestésico, ¿qué significado tiene PODEMOS? No es un tiempo verbal solamente (mnemotecnia) sino una organización con una evidente intención político-social (sinergia) que busca la movilización de un sector de gente (sinestesia en sentido psicológico social), que se mete en la cabeza a través del lenguaje cotidiano y acaba siendo algo normalizado. Así todo el mundo puede acabar siendo un "podemita" en potencia y que en mi pueblo se llama "lavado de cerebro".

    Y ahora revelo cuál es el significado que le doy a PUES. Sirve para lo mismo y con la misma intención, puede tener hasta la misma intensidad o fuerza, se emplea tantas veces como el otro vocablo y es más sencillo. Pero tiene un significado de verdad, es el acrónimo de PUEBLO ESPAÑOL.

    Ante la total inacción que sufre España entiendo como totalmente urgente y prioritario que surja un movimiento de españolidad, que abarque a todos los que tienen como ideales los que siempre han justificado y definido nuestra existencia en lo histórico, lo espiritual, lo social y lo político, por nuestra tradición heredada de nuestros mayores, pero sin poner impedimentos, que sirva como idea y propuesta para empezar a movilizarse ya. Para ello no es preciso fundar un partido (división, intereses particulares, confrontación, etc.), sino una asociación que constituya y movilice una plataforma patriota.



    – Requisitos necesarios y pasos a seguir para constituir una asociación ––


    Planteamiento | Acta Fundacional | Inscripcion| Fuente

    PLANTEAMIENTO

    Las iniciativas particulares de participación activa en los entornos más próximos de la persona han empujado a los individuos desde tiempos remotos a buscar la colectividad como vía para la solución de controversias y el alcance de objetivos. Como consecuencia de ello, los ciudadanos han creado agrupaciones tan dispares como, entre otras, asociaciones de padres de alumnos, asociaciones benéficas y humanitarias, agrupaciones juveniles, comunidades vecinales, asociaciones culturales, etc.

    El asociacionismo se proyecta hoy día como un fenómeno social y político respecto al cual los poderes públicos no pueden permanecer al margen y al que deben proteger tanto desde el punto de vista del derecho de las personas en el ámbito de la vida social como en lo relativo a la esfera de la capacidad que las propias asociaciones poseen para el alcance de sus fines.

    Partiendo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación (BOE del 26), expondremos a continuación los requisitos y formalidades necesarios para crear una asociación y, en consecuencia, para el desarrollo pleno de sus efectos.

    Subir

    1.º Acta fundacional y Estatutos

    Para que una asociación adquiera personalidad jurídica y capacidad de obrar debe existir un acuerdo previo de, al menos, tres personas físicas o jurídicas en el que se formalice el acta fundacional y se configuren los Estatutos que regirán la evolución de la misma.
    Por un lado, el acta fundacional se puede definir como el documento escrito y obligatorio que materializa el acto de constitución de una asociación, es decir, por el que los integrantes consienten y acuerdan crear la sociedad y que produce plenos efectos jurídicos (véase formulario anexo).
    Por otro, los Estatutos constituyen el elemento primordial de toda asociación al configurarse como norma propia y superior y base del vínculo con los socios. Los contenidos mínimos que deben conformar el texto estatutario son:

    Lugar y fecha de aprobación.
    – Denominación.
    – Finalidad y actividades.
    – Domicilio social.
    – Duración temporal.
    – Ámbito territorial.
    – Criterios de garantía para el correcto funcionamiento democrático.
    – Normas sobre los órganos de gobierno y representación.
    – Requisitos de admisión y baja de los asociados, derechos, deberes y tipología de los socios.
    – Patrimonio fundacional (si existe).
    – Causas de disolución.




    2.º Inscripción

    Teniendo en cuenta el carácter estatal o no de la asociación, la inscripción se deberá llevar a cabo bien en el Registro Nacional de Asociaciones o bien en el Registro de Asociaciones propio que existe en la Consejería pertinente o delegación de la misma que cada Comunidad Autónoma posee.

    Dicha inscripción se realizará a instancia de parte dentro de los tres meses siguientes a la recepción de la solicitud por el órgano administrativo competente y tras la verificación, por parte de éste, del cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Ley Orgánica 1/2002 respecto al acta fundacional y los Estatutos. Transcurrido dicho plazo sin notificación expresa se podrá entender estimada la solicitud planteada (véase formulario anexo).



    Modelo de acta fundacional de una asociación

    ACTA FUNDACIONAL

    Reunidos en .........................................................................., el día ........
    de…………..de 200…., a las ............. horas, las personas(1)que a continuación se detallan:

    Nombre
    Nacionalidad
    Domicilio
    1.–
    2.–
    3.–
    ...–

    Acuerdan:

    1.º Constituir una asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación que se denominará………………………………..........................................................................

    2.º Aprobar los Estatutos que se incorporan a este Acta Fundacional como anexo, por los que se va a regir la entidad, que fueron leídos en este mismo acto y aprobados por unanimidad de los reunidos.

    3.º Designar a la Junta Directiva de la entidad, cuya composición es la siguiente:

    Presidente:
    Vicepresidente:
    Secretario:
    Tesorero:
    Vocales(2):

    Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, siendo las ........ horas de ........ de ........ de 200....

    1.– Fdo.
    2.– Fdo.
    3.– Fdo.
    ................
    ................
    ................
    (1) Mínimo, tres o más personas físicas o jurídicas. Se acompañará la documentación acreditativa de la identidad de los promotores y de sus representantes (copia del D.N.I., Pasaporte, Permiso de residencia, etc.), en los términos que establece el artículo 6 LO 1/2002.

    (2) Los que procedan según los Estatutos.



    Modelo de solicitud de inscripción registral

    Sr. Encargado del Registro:
    D. ....... con DNI ......., y domicilio en ......, Presidente y promotor de la Asociación ....... manifiesta:
    Que con fecha ...... fue constituida una asociación denominada ...... con domicilio en la C/...... núm. ...... localidad ...... municipio ...... provincia ...... CP ...... y NIF ...... cuya finalidad, en forma sucinta, es ....... y su ámbito territorial de actuación es ......

    Habiendo sido nombrado en la reunión fundacional presidente de la misma con el mandato de proceder a su inscripción en el registro correspondiente.
    Se acompaña certificación del Secretario, con facultades al efecto, del acta fundacional, así como de los Estatutos, por los que se regirá la asociación en cumplimiento de lo exigido por el artículo 28.2 de la LOA y los artículos 3 y 4 del Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, del Reglamento de Registro Nacional de Asociaciones, y a los efectos establecidos en los artículos 10 y 24 y siguientes de dicha norma, por todo ello en la forma establecida en el artículo 6 y acompañado de la documentación exigida por el artículo 7 del Reglamento de Registro Nacional de Asociaciones(1),
    SOLICITO:

    Acuerde su inscripción en el Registro ......(2) de asociaciones.

    A los efectos establecidos en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Registro Nacional de Asociaciones acompaño también certificado firmado por el solicitante en el que se expone la traducción al castellano del nombre de la asociación(3).

    En ... (lugar y fecha)
    Fdo.: El Presidente

    Sr. Encargado del Registro Nacional de Asociaciones
    Secretaría General Técnica
    Ministerio del Interior, Madrid

    (1) Documentación:
    1. Acta fundacional por duplicado.
    2. Certificados del acuerdo adoptado por personas jurídicas para la constitución de la asociación.
    3. Acreditaciones de promotores que actúan a través de representante o consentimiento paterno.
    (2) Nacional, autonómico, local... según el ámbito de actuación de la asociación.
    (3) Si el nombre de la asociación no es en castellano o en lengua oficial de las Comunidades Autónomas.



    www.Lexnova.es/Pub_In/Supuestos/supuesto59.htm


    Mi propuesta es dar los primeros pasos, ponernos de acuerdo, aunque para ello algunos habrán de darse a conocer en persona a los otros promotores aunque no aquí, y no hacen falta muchos gastos para ello. Incluso ni siquiera es necesario que todo participante se persone en las reuniones que se precisase llevar a cabo, pues para eso tenemos hoy esta herramienta que es Internet. Los primeros contactos deberían hacerse a través de la mensajería privada, al menos hasta disponer de una lista de correos.
    Última edición por Valmadian; 29/10/2015 a las 23:22
    DOBLE AGUILA dio el Víctor.
    "He ahí la tragedia. Europa hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma europea choca con una realidad artificial anticristiana. El europeo se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.

    <<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>

    Hemos superado el racionalismo, frío y estéril, por el tormentoso irracionalismo y han caído por tierra los tres grandes dogmas de un insobornable europeísmo: las eternas verdades del cristianismo, los valores morales del humanismo y la potencialidad histórica de la cultura europea, es decir, de la cultura, pues hoy por hoy no existe más cultura que la nuestra.

    Ante tamaña destrucción quedan libres las fuerzas irracionales del instinto y del bruto deseo. El terreno está preparado para que germinen los misticismos comunitarios, los colectivismos de cualquier signo, irrefrenable tentación para el desilusionado europeo."

    En la hora crepuscular de Europa José Mª Alejandro, S.J. Colec. "Historia y Filosofía de la Ciencia". ESPASA CALPE, Madrid 1958, pág., 47


    Nada sin Dios

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