La futura “Ley Trans” explicada amenamente por un médico





(Por Juan Manuel Jiménez Muñoz) –
Queridos compañeros sanitarios. Queridos lectores:

Solemos tomar a guasa las bazofias intelectuales que perpetran a diario las “autoridades sanitarias” del Ministerio de Igualdad. Es un mecanismo de defensa lógico, que tenemos, para mantenernos cuerdos. Pero ahora, con la inminente aprobación de la “Ley Trans”, se hace necesario difundir las consecuencias de esta Ley.

La llamada “Ley Transgénero” (o “Ley Trans”), que verá la luz muy pronto, es un delirio ideológico del Comité de Ocurrencias del Ministerio de Igualdad, el dueño actual del B.O.E., y sostiene lo siguiente:

1.-El sexo biológico no existe : la distinción entre machos y hembras es un anticuado constructo social, pero no pertenece a “lo natural”. La presencia de un cromosoma Y para señalar a los varones no tiene importancia alguna. La presencia de testículos u ovarios es un suceso anecdótico. Tener pene o tener vagina es absolutamente irrelevante para la pertenencia a un sexo. Y no digamos ya de los caracteres sexuales secundarios (barba, mamas, nuez de Adán, tono de voz, etcétera): irrelevantes también.

2.-Dado que el sexo biológico nunca ha existido , la inclusión de un neonato en alguna de las tres categorías sexuales (machos, hembras y hermafroditas) se ha debido desde el principio de los tiempos a un peculiar suceso que denominan ahora, estas lumbreras del ministerio , “sexo asignado”. El “sexo asignado” es lo que la matrona (o el ginecólogo, o la amiga, o la madre de la parturienta) observa cuando la criatura llega al mundo: ¿pene o vagina? Si observa pene, asigna macho. Si observa vagina, asigna hembra. Y las iletradas autoridades del Ministerio de Igualdad han concluido que el “sexo asignado” es una arbitrariedad social sin valor legal alguno.
Es decir: suponen en el Ministerio que el “observador del parto” es autor de una posible fechoría por “asignar macho o hembra” al neonato. La expresión, mal entendida, hace suponer que el observador, malvadamente, “asigna lo que le sale de la entrepierna”.





3.-Dado que el sexo biológico no existe, y dado que el sexo legal corresponde al impresentable “sexo asignado”, se concluye que no existen diferencias significativas entre un hombre y una mujer en lo referente a marcadores de sexo. Y al negar lo sexual como criterio clasificatorio, es preciso rellenar esta laguna con dos conceptos novedosos: el “género” y la “autoidentidad de género”.

4.-El “género” es la nueva adscripción en que se clasifican los seres humanos según el Comité de Ocurrencias del Ministerio de Igualdad. Al contrario del sexo biológico (que sólo puede ser macho, hembra o hermafrodita), el género es un constructo variable basado en la “orientación del deseo”, donde se engloban por ahora trece categorías, aunque el Gobierno está invirtiendo muchos euros( pagados con nuestros impuestos) en averiguar si hay más. Y nos tememos que sí, que irán saliendo más géneros, ya que cada uno que aparece nuevo conlleva otro chiringuito en el Ministerio de Igualdad. Existen los géneros andrófilo y ginéfilo (ambos tradicionales y mayoritarios), pero también el género binario, el género transexual, el género homosexual, el cisgénero, el género bisexual, el género intersexual, el género asexual, el género pansexual, el género antrosexual, el género sapiosexual …. y otras chorradas. Los géneros, a diferencia del sexo biológico, no son iguales en cada momento histórico de una comunidad ni en todas las sociedades del mundo. Los géneros son esencialmente flexibles, variables e intercambiables. De hecho, ni siquiera un mismo individuo podría asignarse en todo momento de su vida a un género en exclusiva.

5.-Del punto anterior (flexibilidad de género) se infiere el segundo concepto novedoso: la “autoidentidad de género”. La autoidentidad de género, para el Ministerio de Igualdad y Ocurrencias Varias, es la piedra angular sobre la que descansa la nueva Ley Trans. Lo podríamos definir como el sentimiento mental que cada persona posee en un momento dado de su biografía sobre el género al que pertenece. Y ese sentimiento sobre la identidad de género es íntimo, personal e intransferible, y no necesita demostración. Es decir: está al margen de que terceras personas (padres, jueces, médicos, psicólogos, funcionarios, matronas, políticos o biólogos) opinen sobre el asunto. En otras palabras: cada persona es libre de expresar en cada momento de su vida el género en que se siente cómodo, y esa decisión suprema ha de ser aceptada por el conjunto de la sociedad y defendida en las leyes.

En resumen y antes de hablar de las implicaciones:

1.-El sexo biológico no existe o, si existe, es un concepto trasnochado. Las distinciones entre machos y hembras en el Registro Civil se deben al fenómeno denominado “sexo observado”, que es una arbitrariedad como una casa y un constructo social del que debemos hacer caso omiso.

2.-El género ha de sustituir al sexo, a efectos legales. Existen infinidad de géneros, y cada persona ha de decidir por sí misma en cuál de ellos se encuadra. Su decisión no puede ser mediada, ni interferida, ni opositada por institución o personal alguno. Es más: hoy puedo decidir pertenecer al género andrófilo y el año que viene al ginéfilo, o viceversa. Y mi decisión habrá de ser aceptada en el Registro Civil sin más pruebas que la palabra. Basta con decir al funcionario: “me siento mujer” para que inmediatamente me cambien el carné de identidad y me pongan de nombre Juanita, o Antoñita. Por supuesto sin engorrosos trámites de cambio de sexo, compromiso de continuidad, permisos paternos, informes de psicólogos, hormonación, cirugía, etcétera. Nada de nada de nada. Me siento mujer y quiero llamarme Margarita. Punto. Y el mes que viene, me siento de nuevo hombre y quiero llamarme Pepe. Perfecto.



Bien, lector. Si has seguido hasta aquí mi explicación es posible que creas que exagero o, lo que sería aún peor, que miento. Te remito al borrador que pretende convertir en Ley el Ministerio de Igualdad para que salgas de dudas. También te remito al manifiesto firmado por los grupos feministas de España (y hablo de las feministas serias, no de estos “chocholocos” que se han apoderado de la palabra “feminista”), en relación a las absurdas consecuencias prácticas que supondrá una Ley que les anula a las mujeres la identidad sexual y, por tanto, sus derechos de mujeres.

Veamos algunos ejemplos:

1.-Las carreras de ingeniería, en España, están subvencionadas para las mujeres con casi el 100% de la matrícula. Es decir: desde hace décadas, el Estado se hace cargo de los gastos para fomentar que la mujer (tradicionalmente volcada en la rama sanitaria o en las carreras humanistas) se decida por ingenierías. Bien. ¿Qué me impide a mí, Pepito Pérez, con 18 años de edad, acudir al Registro Civil y cambiar mi nombre por el de Pepita Pérez para matricularme gratis en ingeniería, y luego, a los 24 años, con la carrera acabada, volver “a sentirme Pepito”?

2.-¿Qué impide a un hombre casado cambiar su nombre a Pepita, apalear luego a su mujer y, como ya serían una pareja lesbiana, librarse de la aplicación severa de la ley por violencia machista?

3.-¿Qué impide a un deportista varón sentirse de pronto mujer y competir en las Olimpiadas con el equipo femenino de su país y ganar todas las medallas?

4.-¿Qué impide a la actual princesa Sofía sentirse hombre y reclamar el derecho sucesorio al Trono a su hermana Leonor?




5.-¿Qué impide a un violador que cumple condena en la cárcel sentirse de pronto mujer y solicitar el traslado a una cárcel de mujeres, donde tendría que compartir con ellas el patio, las celdas, la sala de juegos y las duchas?

6-¿Qué impide a un asesino en serie de mujeres sentirse de pronto mujer para ser trasladado a una cárcel de mujeres?

7-¿Qué impide a un padre maltratador de sus hijos sentirse de pronto mujer para no perder la custodia de sus hijos maltratados?
Nadie tiene respuestas. Nadie. Mejor dicho: esta tropa va a lo suyo, a crear problemas donde no existen, a vivir de la confrontación de “géneros”, a negar la biología, a borrar a la mujer y al hombre como sujetos sexualmente diferenciados, y a cercenar de un plumazo los derechos adquiridos con mucho sudor y sangre por las mujeres a las que dicen defender.

Eso es lo que nos espera, lector. Ah. Y con dos añadidos importantes:

a.-Con 16 y 17 años de edad no será necesario el permiso de los padres para inscribirse como Juanito o Juanita.

b.-Además, como guinda, la ley señala como delito a cualquier negación de la Ley. En otras palabras: en cuanto entre en vigor, no se os olvide avisarme. Habré de borrar este texto si no quiero ir a la cárcel. Ya se sabe que las verdades verdaderas las inspira una paloma a las ministras, como antaño el Espíritu Santo inspiraba a los apóstoles. Y sólo la apología del terrorismo en los cantantes raperos debe permitirse siempre. Lo demás, tijera.

Horroroso, lector. Horroroso.
Cagoentóloquesemenea.



Firmado:
Juan Manuel Jiménez Muñoz
Médico y escritor malagueño
(Pero llámame Jennifer)



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