“Lo peor de la libertad religiosa del Vaticano II son sus consecuencias: la ruina del derecho público de la Iglesia y la muerte del reinado social del Nuestro Señor Jesucristo y, por último, el indiferentismo religioso de los individuos.
La Iglesia, según el Concilio, puede gozar aún, de hecho, de un reconocimiento especial de parte del Estado, pero Ella no tiene un derecho natural y primordial a este reconocimiento, aun en una nación en su mayoría católica: acabaron con el principio del Estado confesional católico que había hecho la felicidad de las naciones que habían permanecido católicas.
La más clara aplicación del Concilio fue la supresión de los estados católicos, su laicización en virtud de los principios del Vaticano II, e incluso, a pedido del Vaticano.
Todas esas naciones católicas (España, Colombia, etc.) fueron traicionadas por la misma Santa Sede en aplicación del Concilio."
(tomado de Monseñor Lefebvre: "Le destronaron")
Así, antes del Vaticano II, el Fuero de los Españoles (1945), carta fundamental de la últimamente llamada "España franquista", aplicaba la doctrina católica tradicional en su integridad, ("sabiamente" según Monseñor Lefebvre):Posteriormente, en 1967, el Ordenamiento español hubo de adaptarse, a su pesar, a las nuevas y desastrosas directivas del Vaticano II, y dicho artículo pasó a quedar redactado así:Artículo 6.- La profesión y la práctica de la religión católica, que es la Religión del Estado español, gozarán de la protección oficial.
Nadie será molestado ni por sus creencias ni por el ejercicio privado de su culto.
No serán permitidas ni ceremonias ni manifestaciones exteriores distintas de las de la Religión del Estado”
Artículo 6.- La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado español, gozará de la protección oficial.
El Estado asumirá la protección de la libertad religiosa, que será garantizada por una eficaz tutela jurídica que, a la vez, salvaguarde la moral y el orden público.
La diferencia, como se ve, es que la jerarquía vaticana ¡¡obligaba al Estado español a que permitiera “ceremonias y manifestaciones exteriores” (o sea, proselitismo puro y duro) de cualquier falsa religión!! y a que garantizara esa calamitosa “libertad”… de equivocarse cambiando de religión.
Es sabido que a partir de entonces, finales de los años sesenta, los protestantes, los testigos de Jehová, los mormones y demás fauna sectaria, comenzaron a hacer proselitismo y a abrir chiringuitos con el total beneplácito de las autoridades eclesiásticas y con el escándalo de los indefensos feligreses.
Obsérvese, sin embargo, cómo Franco salvaguardó el principio del carácter católico del Estado, declarando la “libertad religiosa” como tolerada en lo que no se opusiera a la moral y el orden público... católicos.
Esquema éste que hubiera debido ser el ideal de equilibrio entre el catolicismo mayoritario y la tolerancia garantizada para los disidentes, y que hubiera debido haberse mantenido en la Constitución de 1978...
No pudo ser porque, para entonces, se entraba ya en una nueva fase política: que los nuevos amos de España, los definitivos vencedores de la Guerra Civil, a fin de cuentas, pasaban a ser los incendiarios de iglesias y asesinos de curas del 36 y sus cómplices.
Otra vez a bajarse los pantalones: la Constitución de 1978 declaraba, con el consentimiento de la Conferencia episcopal, que "ninguna confesión tendrá carácter estatal"; estaba claro que la Conferencia episcopal española había aprendido las artimañas conciliares de sus superiores, ¡¡ya todos eran maestros consumados en el arte de pactar con los enemigos de Cristo!!
Nueva traición de unos obispos aterrorizados ante los nuevos amos de España (que podían irritarse de ver al catolicismo en el pedestal demasiado alto en que lo había dejado Franco)... obispos en los que pesaba más el pánico ante unos hombres pervertidos y ateos que el pánico ante el juicio de Dios.
Así llegamos a lo que hay desde hace treinta años: la aniquilación de todo lo católico en España, por acción de unos y por omisión de otros.
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