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Tema: Defenición Política del Reyno Castellano de Indias

  1. #1
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    Defenición Política del Reyno Castellano de Indias

    Definición Política de Los Reynos Castellanos de Indias
    1-“El Reyno de Castilla” se fundó el 15 de Septiembre 800-1230 en un monasterio situado en el valle de Mena, en el norte de la actual provincia de Burgos. Las letras escritas por Lope primer notario castellano en una donación de terrenos del abad Vitulo así lo atestiguan: " In nomine domini. Ego Vitulus abba, quamvis indignus omnium servorum Dei servus, una cum cogermano meo Erbigio presbítero, cum domnos et patronos meos S. Emeteri et Celedoni, cuius basilica extirpe manibus nostris construximos ego Vitulus abba et frater meus Erbigius in loco qui dicitur Taranco in Territorio Mainense, et S. Martini, quem sub subbicionem Mene manibus nostris fundavimus ipsa basilicam in civitate de Area Patriniani in Territorio Castelle et S. Stefani, cuius baselicam manibus nostris fundavimus in loco qui dicitur Burcenia in territorio.

    “Corona de Castilla” desde el año 1230 hasta el año 1715 (Extinción).
    " El Reyno de Castilla” es entonces nuestro “Pater Regnun” por siempre.
    2-La génesis de nuestros “Reynos Castellanos de Indias” 1492 fueron consecuencia de la visión de nuestros “Gloriosos Monarcas Católicos SMC La Reina Doña Isabel I de Castilla y de SMC El Rey Fernando II de Aragón Reina y Rey de “Las Españas”, dentro del cual existieron durante el Reinado de “SMC Carlos I de Castilla y sus sucesores 5 Reynos:
    -“EL Reyno de la Nueva España (México)”1521-1821
    -“El Reyno de Perú” 20 de Noviembre de 1542-1824
    -“El Reyno de Nueva Galicia” 1531-1821
    -“El Nuevo Reyno de León” 1582- 1821
    -“El Nuevo Reyno de Granada” 1550-1718 “Llave y Antemural del Reino de Indias”
    2-Sus Católicas Majestades Establecieron que el idioma Castellano y la Religión Católica fueran oficiales en El Reyno Castilla y en los demás Reynos de Las Españas.
    3-Iniciaron la unificacion de Las Españas: Galicia, Granada, Islas Canarias, Navarra, Los Reynos Castellanos de Indias e iniciaron la expansión del Reyno en las Indias Occidentales (Caribe, Norte y Sudamérica).
    De esa manera, se considero que los territorios Americanos recién descubiertos pasaban a ser “propiedad de los Reyes de Castilla” (Corona) y sus sucesores, por derecho de conquista; y no eran parte del” Estado Español”, sino otros “Reinos” pertenecientes a los mismos Reyes y sus sucesores, como ocurría y seguiría ocurriendo en el transcurso de la Historia con otros territorios Europeos situados fuera de la Península Ibérica que estuvieron bajo el Reinado del Rey de Las Españas, caso de SMC El Rey Carlos I de Castilla y Emperador Carlos V del Sacro Imperio Romano Germánico. Incluso, la unificación del territorio de Las Españas bajo Los Reyes Católicos fue resultado del matrimonio de quienes eran cada uno Rey de León y Reina de Castilla.
    5-Se anexan “Los Reynos de Indias” a la “Corona de Castilla” y se instituye en Sevilla en 1503 la Casa de Contratación para controlar el comercio con América del Norte, Sur y Caribe (Indias Occidentales), en 1510 en Santo Domingo se creó la Audiencia para administrar en forma conveniente los nuevos territorios.
    6-En el año 1523 SMC El Rey Don Carlos I de Castilla creo el Consejo de Indias a semejanza al Consejo de Castilla.
    Entonces “ Los Reynos Castellanos de Indias” fueron ratificados por SMC El Rey Don Carlos I de Castilla por Real Cédula de 1519, la misma que tuvo vigencia jurídica en la Recopilación de Las Leyes de Indias de 1682 (Ley I, Título I, Libro III) y en la Novísima Recopilación de 1805 (Ley VIII, Libro III, Título V) y efectivo imperio político hasta su “nefasta desintegración” en 1812 durante las guerras civiles decimonónicas.
    7-La desintegración expresa y proféticamente prevista como posible por SMC. El Rey Don Carlos I de Castilla, y a la cual conjuró durante tres centurias con cláusulas fundacionales como ésta:
    "Y porque es nuestra voluntad y lo hemos prometido y jurado que siempre permanezcan unidas para su mayor perpetuidad y firmeza, prohibimos la enajenación de ellas. Y mandamos que en ningún tiempo puedan ser separadas de nuestra Real Corona de Castilla, desunidas ni divididas en todo o en parte, ni a favor de ninguna persona. Y considerando la fidelidad de nuestros vasallos y los trabajos que los descubridores y pobladores pasaron en su descubrimiento y población para que tengan mayor certeza y confianza de que siempre estarán y permanecerán unidas a nuestra Real Corona, prometemos y damos nuestra fe y palabra real por Nos y por los Reyes, nuestros sucesores, de que para siempre jamás no serán enajenadas ni apartadas, ni en todo, ni en parte... por ninguna causa o razón o a favor de ninguna persona y si Nos o nuestros sucesores hiciéramos alguna donación o enajenación contra lo susodicho sea nula y por tal lo declaramos...".
    Que visión tan profética la de nuestro Señor SMC. El Rey Don Carlos I, y “ese mandato resonara cuando lleguen los tiempos de la reinstauración del Imperio de Las Españas”. Considero que El Rey Fernando VII y sus asesores cometieron un error al extinguir “El Reyno Castellano de Indias” y convertirlos en Provincias del “Reino de España “y para peor independientes las unas de las otras y cada una reportaban directamente a Madrid les pongo el caso del “Reyno de Perú” con su capital Lima fue convertido en tres provincias Lima, Cuzco y Alto Perú, cuando por más de 200 años fueron un Reyno y el más importante de América, esto genero gran disgusto en la población y fue una de las causas que acelero las guerras civiles mal llamadas de la independencia.

    "El verdadero castellano es indomable, no le reduce ni el frío ni el calor ni el hambre ni la tortura, ni la paz ni la guerra, es altivo y libre bajo una apariencia humilde y sencilla; y desde remotas épocas, mientras otros pueblos y razas de la historia vivían en la servidumbre, él sólo impera por la generosidad y el heroísmo.
    Antes morir que entregarse. Fue aventurero e independiente, con orgullo y dignidad de su pobreza llega a mendigante, pero no a esclavo.
    En cambio se rindió siempre al que le llamó amigo."
    Luis Pérez Rubín "Flor de la vida"

    8-Con la llegada al Reinado de SMC El Rey Don Felipe II se inicia por decirlo de alguna manera la globalización de Las Españas y la continuación de sus Glorias.

    Entonces queda clarísimo que “Los Reinos Castellanos de Indias” fueron “Reinos anexados a la Corona de Castilla, más no al Reino y cuyo Monarca era tambien el Rey de Castilla y de Las Españas, y los Súbditos de ambos Reinos tenían los mismos derechos y obligaciones, en conclusión eran Reynos y patrimonio exclusivo de los Reyes Castellanos y de Las Españas; “es decir la variedad dentro de la Unidad”.


    Entonces claro esta recibimos del Reino de Castilla y León la igualdad de condiciones; nos preguntamos fue “El Reino Castellano de Indias” ¿Una Provincia? ¿Una Colonia? ¿Un Reino?

    Fue un Reyno que pertenecía a la Corona de Castilla y León cuyo Rey común fue el de Castilla y León y de Las Españas que no solo fue el soberano sino tambien el propietario absoluto y como tal “El Reino Castellano de Indias” fue posesión directa y exclusiva de la Corona, entonces los Reynos del Perú, Nueva España, Nueva Galicia, Nuevo Reyno de León, Nuevo Reyno de Granada eran Reinos componentes del Reino Castellano de Indias “unidos con los de Las Españas sólo por el lazo dinástico”.
    Jurídicamente el Reyno Castellano de Indias y sus componentes constituyeron una entidad política con personalidad independiente, sin menoscabo de la exisistencia de la “especial unión con el Reino de Castilla, unión que no existía y existió con ningún otro Reino de la Monarquía de Las España”. El Monarca de Las Españas entonces represento la “unión y el alma” de Las Españas en cuya unidad se reconocía el pueblo Español, es decir la “pluralidad basada en la unidad”.
    Esto así lo comprendo salvo mejor parecer, entonces el Imperio Español en Las Indias Occidentales (Sudamérica) no tenia colonias, tenía “El Reyno Castellano de Indias” y dentro de este a los Reynos arriba mencionados los mismos que no tenían un status jurídicamente inferior, más bien lo tenían de “igualdad jurídica” con el Reino de Castilla y los demás Reinos de Las Españas.
    En el año 1812 estos “Reinos fueron convertidos en Provincias del Reino de Las Españas” y lamentablemente se quebró el mandato de SMC El Rey Don Carlos I y los “Reynos Castellanos de Indias” quedaron A Fronte praecipitium at tergo lupi, esta acción agregada a la Oprobiosa invasión Napoleónica al Reino impidió que se terminara de aprobar el Plan de la Corona para Los Reynos Castellanos de Indias, es decir en base a los existentes Coronar Reyes con miembros de la Casa Reinante e independizarlos para conformar una Monarquía Federal, esto ya se venía tratando desde el Reinado de SMC El Rey Don Carlos III y lo continuo SMC El Rey Don Carlos IV, lamentablemente la historia nos tenía reservado pasar por estas pruebas de las independencias ( separaciones de la Patria forzadas y temporales) de la cual con la bendición de Dios Padre saldremos victoriosos; está en nuestras manos y acciones lograrlo.

    Saludos en Xto. Rex y Maria Regina
    Pro Deo, Patria et Rex
    No se ama lo que no se conoce



    Última edición por El Tercio de Lima; 25/11/2011 a las 07:11 Razón: Definición Política del Reyno Castellano de Indias
    Reke_Ride, Hyeronimus y Ultramar dieron el Víctor.

  2. #2
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    Ultramar está desconectado Miembro graduado
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    Re: Defenición Política del Reyno Castellano de Indias

    Muy buen articulo Tercio de Lima, es lo que muchos intuimos pero poco sabemos.

    Un saludo en Xto Rey
    “Si hace trescientos años el jardín florecía,
    pródigo de perfumes, florece todavía........”

    Santa Rosa de Lima - Primera Santa de America.

  3. #3
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    Re: Defenición Política del Reyno Castellano de Indias

    España, sin sus virreinatos de ultramar (capitanías, Cuba, Puerto Rico, Filipinas...) siempre estará incompleta. No sé si fue Carlos III quien tuvo el proyecto de dividir el Imperio en tres partes (que alguien me corrija), legando cada una a un príncipe (hijo) que estableciera en ella su propia dinastía (española) a imagen y semejanza del Reino de las Dos Sicilias borbónico; dicho proyecto quedó en el aire por su muerte en 1788.
    "De ciertas empresas podría decirse que es mejor emprenderlas que rechazarlas, aunque el fin se anuncie sombrío"






  4. #4
    Avatar de Michael
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    Re: Defenición Política del Reyno Castellano de Indias

    Muchos sueñan con que Hispanoamérica sea una sola nación, pero es que Hispanoamérica ya lo fue, los Reinos de Indias englobaron a toda América, cabe recordar que Brasil también fue parte porque Felipe II lo unifico a los Reinos de Indias, se titulaba rey de la Indias Orientales y Occidentales, fuimos una sola patria por más de 100 años hasta qué llegaron los Borbones con su política desmembradora, la cual luego fue continuada por los supuestos próceres.
    El Tercio de Lima dio el Víctor.

  5. #5
    Avatar de Michael
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    Re: Defenición Política del Reyno Castellano de Indias

    España, sin sus virreinatos de ultramar (capitanías, Cuba, Puerto Rico, Filipinas...) siempre estará incompleta. No sé si fue Carlos III quien tuvo el proyecto de dividir el Imperio en tres partes (que alguien me corrija), legando cada una a un príncipe (hijo) que estableciera en ella su propia dinastía (española) a imagen y semejanza del Reino de las Dos Sicilias borbónico; dicho proyecto quedó en el aire por su muerte en 1788.

    a Carlos III se le propuso la idea pero a este colonialista no le importaban las Indias, Carlos IV vino con un proyecto debilisimo de dividir la monarquía, los Borbones fueron los campeones de la desmembración hispánica, cierto es que los Austrias no eran ángeles del cielo pero si había más unidad con ellos. Yo te voy a poner el artículo y documento por ahí para que leas, saludos.

  6. #6
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    Re: Defenición Política del Reyno Castellano de Indias

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