Bueno, quería consultar una duda respecto a lo que dice el catecismo de la Iglesia Católica con respecto a la aplicación de la pena de muerte.
Leo esto: "La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas.
Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana."
Del Catecismo:
Entonces, la duda que tengo es si los medios actuales de prisión son suficientes para castigar al que comete el delito y por lo tanto excluye la posible aplicación de la pena de muerte. No me queda del todo claro. Por otro lado también se nos dice que en caso de asesinato la muerte natural del que comete el delito no levanta completamente el castigo, mientras que la muerte aplicada por la autoridad competente como castigo por la comisión del delito, sí lo hace.413.- ¿Qué prohíbe el quinto mandamiento: NOMATARÁS? - El quinto mandamiento: No matarás, prohíbe dar muerte, golpear,herir o hacer cualquier otro daño al prójimo en el cuerpo, ya por sí, ya porotros; como también agraviarle con palabras injuriosas o quererle mal. En estemandamiento prohíbe igualmente Dios, darse a sí mismo la muerte o el suicidio.
414.- ¿Por qué es pecado grave matar al prójimo? - Porque el matador usurpatemerariamente el derecho que sólo Dios tiene sobre la vida del hombre; porquedestruye la seguridad del trato humano y porque quita al prójimo la vida, quees el mayor bien natural que hay sobre la tierra.
415.- ¿Hay casos en que es lícito quitar la vida al prójimo? - Es lícitoquitar la vida al prójimo cuando se combate en guerra justa, cuando se ejecutapor orden de la autoridad suprema la condenación a muerte en pena de un delitoy, finamente, en caso de necesaria y legítima defensa de la vida contra uninjusto agresor.
¡VIVA ESPAÑA! ¡VIVA CRISTO REY! ¡VIVA LA HISPANIDAD!
¡VIVA ESPAÑA! ¡VIVA CRISTO REY! ¡VIVA LA HISPANIDAD!
"Dulce et decorum est pro patria mori" (Horacio).
"Al rey, la hacienda y la vida se ha de dar, pero el Honor es patrimonio del alma y el alma sólo es de Dios" (Calderón de la Barca).
La materia ya es de por sí confusa y tú tampoco te explicas muy bien. Por lo que hace al tema de la pena que sigue al homicida en el más allá ya que no le quedaría perdonada totalmente con su muerte natural, (quedándole perdonada en cambio de haber muerto condenado en en el patíbulo), pertenece a la teología preconciliar y por tanto es un tema difícil de encontrar información en estos tiempos.
Esto he encontrado en internet:
"la Tradición siempre ha visto en el delincuente un candidato seguro al paraíso porque, al reconciliarse con Dios, acepta libremente el suplicio como expiación de su culpa. Santo Tomás de Aquino instruye: «La muerte que se inflige como pena por los delitos realizados, levanta completamente el castigo por los mismos en la otra vida. La muerte natural, en cambio, no lo hace.»
Precisamente, muchos reos reclamaban rotundamente la ejecución como un derecho propio. Y así, el ajusticiado arrepentido y provisto de los sacramentos era un «santo» y el pueblo se disputaba sus reliquias. Tanto es así que hasta había forjado un proverbio, que aparece citado en Civiltà Cattolica: «De cien ahorcados, uno condenado.»
http://www.mercaba.org/IGLESIA/Messo...-Messori-9.pdf
Así es ni más ni menos. Gracias por sacar este detalle a colación, Alacrán. Este es un detalle importante que se suele olvidar hoy en día. En cuanto al tema de la pena de muerte en sí, ya está tratado a fondo en el foro.
La pena de muerte
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