En las Partidas de Alfonso X se estipula que las mujeres tenían derecho a recibir la Corona siempre y cuando no hubiera ningún pariente varón. Sin embargo fue en Castilla, a comparación de Aragón, donde las mujeres podían heredar con plenos derechos y gobernar sin restricciones.
No obstante hay que analizar si lo establecido en las Partidas de Alfonso X era plenamente respetado o había vacilaciones en el cumplimiento de esta disposición y si se producían intentos por parte de los hombres de la familia Real por no respetar los derechos de las mujeres.
Tomaré el caso más conocido: Juana la Loca.
JUANALa sucesión de Isabel I es verdaderamente problemática además de dramática. El único hijo varón del matrimonio, el príncipe don Juan, muere en Salamanca el 1497. La consternación de sus padres se vio levemente paliada porque su mujer esperaba un hijo. La sucesión se podía solucionar si nacía un varón, pero la esperanza duró poco, pues la viuda abortó. Entonces la primogénita Isabel, casada con el rey Manuel de Portugal, era designada por heredera y ambos príncipes fueron jurados por las Cortes reunidas en Toledo el 29 de abril de 1498. En Castilla la aceptación de Isabel no supuso ningún problema, pero en cambio desde Aragón llegaron protestas, pues no aceptaban la sucesión femenina. Fernando el Católico soslayó el tema no haciéndose eco de estas protestas, prefería esperar que naciera un hijo de Isabel, que podía ser varón, con lo cual en Aragón se le reconocería sin ningún problema. Pero la cadena de muertes se sucedió. Isabel murió de parto el 24 de agosto de 1498. Su hijo Miguel fue reconocido por heredero, pero también murió el 20 de julio de 1500. La situación se complicaba extraordinariamente, pues la segunda hija, Juana, estaba casada con Felipe de Habsburgo, que no parecía demasiado proclive a seguir los dictados de sus suegros y mucho menos a dejar el gobierno de Castilla en manos de su mujer. Por otra parte, para mayor disgusto de su suegro manifestaba una francofilia acusada. No obstante Juana y Felipe fueron reconocidos como Príncipes de Asturias, aunque la realidad no es satisfactoria para los castellanos. Felipe había exigido a su mujer la firma de un documento en el cual Juana le otorgaría un poder absoluto para atender cualquier negocio político concerniente a Castilla. Juana se negó a firmar lo requerido alegando que era hecho importante y debía de consultarlo con sus padres, respuesta que desató las iras del marido.
El 22 de mayo de 1502 Juana y Felipe son jurados por herederos en las Cortes reunidas en Toledo. Pero la situación es muy difícil. Felipe afirma la incapacidad de su mujer para el gobierno a causa de su locura. Isabel también duda de la cordura de Juana para enfrentarse con las tareas políticas. Las posibles soluciones son varias, aceptada la imposibilidad de Juana para ejercer la «potestas» por su situación mental. Bien es cierto que nadie dudaba de que Juana pudiera heredar la Corona, lo que se dudaba es que pudiera gobernar Podía reconocerse al marido la capacidad de ejercer el gobierno, cosa que no satisfacía a nadie en Castilla. Asimismo podía reconocerse como rey a Carlos, el hijo de Juana, que todavía era niño, y establecerse una regencia. La última solución era que Fernando gobernara Castilla hasta que Carlos llegara a la edad suficiente para encargarse del gobierno.
Según la sentencia de Segovia de 1475 los maridos no tenían ningún derecho para gobernar en lugar de sus mujeres. Por tanto, si Juana no podía ejercer la «potestas» por su débil situación mental, ésta pasaría a su hijo y una regencia se encargaría del gobierno hasta la mayoría de edad. El 12 de octubre de 1504 Isabel firmó su testamento en el que dejaba el reino a su hija Juana: pero unos días después redactó un codicilo en el que encomendaba el gobierno de Castilla a Fernando cuando Juana no pudiera ejercerlo. Tres días después murió la reina. Fernando dejó de titularse rey de Castilla, reconociendo como tal a su hija, y pasó a titularse gobernador y administrador. Todo esto fue sancionado por las Cortes reunidas en Toledo el 23 de enero de 1505. Una mujer nuevamente ocupaba el trono castellano. En este momento ninguna voz se levantó en contra de ello ni hubo ningún argumento opuesto. La sucesión femenina a la Corona parecía que estaba plenamente aceptada en Castilla. Otra cosa muy distinta fue la lamentable suerte de la pobre Juana, que sufrió el enfrentamiento entre su padre y su marido, ambos ávidos de poder.
Cuando Fernando murió, el 22 de enero de 1516, dejaba por heredero a su nieto Carlos ya mozo, capacitado para el gobierno. Juana había transmitido a su hijo el derecho a la herencia de la Corona. En Castilla Juana seguiría siendo reina titular hasta su muerte, aunque el gobierno estuviera desempeñado por Carlos por la incapacidad mental de su madre. Castilla y Aragón mantenían una concepción distinta sobre los derechos de las mujeres a la sucesión en la Corona. Esta sería un legado para la posteridad y que se manifestaría en los momentos en que se plantearan problemas sucesorios.
Tomado de Las mujeres y la sucesión a la Corona en Castilla en la Baja Edad Media, de CRISTINA SEGURA GRAIÑO.
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