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Tema: La foralidad de la Nobleza en la España del siglo XVIII

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    Re: La foralidad de la Nobleza en la España del siglo XVIII

    EL SEÑORÍO JURISDICCIONAL.

    El señorío jurisdiccional nobiliario estaba muy extendido por España y constituía más de la mitad de la tierra cultivada, pues en 1812 afectaba a 28.306.700 aranzadas[2] de terreno, mientras las tierras de realengo sólo alcanzaban las 17.306.700 aranzadas y los señoríos eclesiásticos las 9.097.400 aranzadas.
    Las rentas jurisdiccionales eran muy diversas:
    Banalidades por uso de hornos, molinos, almazaras, tiendas, carnicerías, lagar, monte, pescado, caminos… que eran monopolios señoriales.
    “partición de frutos” por el que los campesinos pagaban un cuarto, un tercio o la mitad de la cosecha y de los pastos en concepto similar al de aparcería, por trabajar tierras del señor en enfiteusis. En Valencia era el tercio de los frutos.
    Censos (rentas de inmuebles propios), que eran enfitéuticos (perpetuos) o redimibles, y que solían producir del 3 al 5%.
    Laudemios, 10% de las rentas de inmuebles de terceros.
    Luismos, que era el 10% del precio de venta de una finca cada vez que cambiaba de dueño.
    Quindenios, que eran luismos pagados cada 15 años por fincas enajenadas a manos muertas.
    Corveas, que eran días de trabajo anuales gratuitos para el señor, o en su caso, se tributaba el pago de sustitución de la corvea, llamado serna de vendimia o serna de siega.
    borras, pastos y asaduras” que eran impuestos por el paso del ganado.
    Derechos de caza y pesca, madera y leña, en montes y ríos del señorío.
    Fadiga o derecho de prelación, o de tanteo, del señor en caso de venta de una finca durante los 30 días siguientes al trato.
    Luctuosa, derechos a parte de la herencia al fallecimiento de un cabeza de familia de su señorío, que se cobraban en concepto de vasallaje, y eran muy usuales en Galicia.
    Yantar, o derecho de comida.
    Pontazgos, o derecho a pasar un puente.
    Fumajes, o impuesto de cada hogar (hace referencia al humo o fuego).
    Cabalgada, o impuestos por librar el servicio militar al señor.
    Alcabalas señoriales, o impuestos sobre las compraventas que se sumaban a las alcabalas reales.
    Alquiler y venta de cargos municipales.
    Gabelas, impuestos sobre diversos artículos, como la sal.
    Muchos de estos tributos se basaban en el derecho de monopolio señorial sobre la caza, pesca, horno, molino, agua y monte.

    Además, los nobles controlaban:
    La justicia de los pueblos de su señorío, lo cual les proporcionaba rentas en multas. En el siglo XVIII, la justicia la ejercía el rey a través de sus funcionarios, y el señor ya no ponía a sus jueces de señorío, ni era legislador, pero era el representante del rey en esos señoríos. En 1787, eran de señorío 17 ciudades, 2.358 villas y 8.818 pueblos
    La administración territorial a nivel municipal en su señorío, lo cual le servía para imponer los impuestos antes citados y exigirlos fehacientemente. Los campesinos que no pagaban se veían privados de sus bienes, que pasaban (o retornaban, según lenguaje feudal) al señor. Nombraban corregidor, alcaldes, bailes, regidores en los pueblos de su señorío, y a veces vendían estos cargos o los alquilaban por un tiempo.
    Las Órdenes Militares designaban miembros del clero de 3 ciudades, 402 villas, 119 pueblos y 261 aldeas y lo interesante era tener una encomienda de recogida de rentas o diezmos, oficio que recaía en pequeños nobles o hidalgos, que se beneficiaban de ello.
    Con el dominio de la justicia y del gobierno municipal, la apropiación de baldíos y comunales, por parte del señor, era fácil, y difícilmente recurrible por los campesinos. El señor se comportaba como auténtico dueño propietario de todos los bienes del señorío.



    Los nobles españoles en el XVIII:

    Uno de los señores jurisdiccionales más ricos era el duque de Frías, que poseía 258 pueblos en el norte de Burgos y otras localizaciones. También eran importantes el duque de Medinaceli, el duque de Alburquerque, el duque de Altamira, el duque de Miranda, el duque de Nájera, el marqués de Aguilar, el marqués de Villena
    Los nobles más ricos, con muchas tierras y casas tenían grandes ingresos:
    El conde de Aranda recibía 1.600.000 reales al año en rentas.
    El conde Medinasidonia, 90.000 ducados (990.000 reales) al año.
    El marqués de Estepa, 83.000 ducados (910.000 reales) al año.

    Aranda en 1768 calculaba el número de nobles en 722.000. Floridablanca opinaba en 1787 que sólo eran 480.000 y Godoy en 1797 creía que eran 402.000. La nobleza titulada en 1797 eran unos 1.323, y el resto serían hidalgos.
    En la línea poco reformista del XVIII, reformista pero conservadora, la nobleza conservó el mayorazgo, conservó los privilegios de leyes que les favorecían y privilegios de reserva de cargos del ejército, Iglesia y administración. La nobleza debiera haberse conservado y aumentado a lo largo del XVIII, pero no fue así.
    Si la nobleza decayó, como lo hizo en el XVIII, fue por causas internas: por endogamia que hacía reducir su número, por falta de espíritu inversor que hizo decaer el precio de sus tierras ante las nuevas formas de riqueza emergentes como la banca y la industria, y por su afán de consumo y espíritu de despilfarro como signo de su estatus social. Hubo excepciones, pero la mayor parte de los nobles siguió con la tierra de sus antepasados como único negocio y sin invertir en mejoras técnicas para su explotación.
    Hay que matizar que la mayor disminución del número de nobles entre 1768 y fin de siglo, fue por disminución del número de hidalgos al exigirse demostración de títulos de nobleza.
    Los Grandes y Títulos aumentaron, al tiempo que los hidalgos disminuían. La alta nobleza creció en número porque se compraron muchos títulos al rey y porque el rey concedió muchos títulos por servicios prestados a la Corona. La mayor parte de esta alta nobleza se hizo cortesana y absentista en sus tierras.
    Los Grandes y Títulos de España no pasarían de 1.323 individuos. Los nobles dominaban, en 1787, 17 ciudades, 2.358 villas y 8.818 lugares de población.


    El poder de los nobles era muy grande:
    Tenían exenciones fiscales, monopolios de caza, pesca, molinos, hornos, lagares…
    Poseían muchas fincas que arrendaban.
    Tenían derechos jurisdiccionales para nombrar jueces y alcaldes en los pueblos de señorío (un tercio de los pueblos y 17 ciudades españolas eran de señorío).
    Ejercían los cargos de la política, la Iglesia, el ejército, la Marina. Durante el siglo XVIII, muchos de estos cargos fueron pasando a las clases medias, aunque la gestión solía dar a sus dueños el título nobiliario consiguiente. De hecho se hicieron muchos nobles en el siglo XVIII.


    Las maestranzas.

    La nobleza se hizo elitista y esta élite creó las Maestranzas o asociaciones de nobles en Sevilla, Granada, Ronda, Valencia y Zaragoza. El ingreso en una Maestranza significaba una gran honra para el admitido
    Las Maestranzas se construyeron, para su propio disfrute, sus teatros y sus plazas de toros. Las Maestranzas tenían fuero privativo en lo criminal, fuero que alcanzaba a cada uno de los maestrantes, su esposa, y uno de sus criados.
    Las Maestranzas obtuvieron fuero privativo en lo criminal, para ellos, sus esposas y uno de sus criados.

    Las maestranzas permitieron el aumento de la alta nobleza y disminución de hidalgos, y ello permitió mantener un cierto prestigio del estamento nobiliario y el deseo de muchos grupos sociales de ennoblecerse.
    Los nobles que se degradaban por no poder mantener el nivel de vida mínimo, eran llamados al ejército lo que les permitía salvar su economía y su honor accediendo a oficiales.

    Carlos III creó la Orden de Carlos III con 60 grandes cruces y 200 caballeros, pero luego fueron muchísimos más. Carlos IV creó la Orden de Damas Nobles de María Luisa.


    Los impuestos de la nobleza.
    Los impuestos que pagaba la nobleza eran pocos, y entre ellos estaban las “medias annatas” o impuesto de reconocimiento del título que debía pagarse una vez en la vida, y las “lanzas” o impuestos en concepto de redención del servicio militar. Eran un grupo privilegiado. Por esta causa había interés en comprar títulos de nobleza.


    Las mujeres de la nobleza.

    Las mujeres de la nobleza usaban trajes lujosos, con mantilla y apreciaban el exhibicionismo. Se puso de moda a finales de siglo tocar el piano y la alta nobleza, cada familia, se compró su piano en los últimos años del XVIII y primeros del XIX.
    Crearon Sociedades Femeninas de Amigos del País y organizaban tertulias y reuniones en las que invitaban a majas, y se vestían de majas o de manolas para cantar “tiranas” o cuplés hechos famosos por La Tirana (famosa cupletista del momento). La maja era una mujer de extracción social baja. Les gustaba organizar fiestas en el campo, con muchos asistentes y muy caras, alguna de ellas llegó a costar 22.000 reales.
    Una parte de la alta nobleza puso de moda el “plebeyismo” o comportarse como plebeyos para divertirse, vistiéndose de majos, comiendo comidas populares, oyendo y cantando música popular y hablando de las maneras incultas de la plebe, lo cual les costaba mucho dinero en las fiestas que con esos fines organizaban a menudo. Había una parte de la nobleza que conservaba sus costumbres y porte educado y de buenos modos.


    Las deudas de la nobleza.

    En cuanto a la nobleza de sangre, la más afortunada, a pesar de todos los ingresos y riquezas de la nobleza de las que hemos hablado, por lo general estaba endeudada.
    Lo normal en España era vivir de las rentas, sin invertir, y prodigarse en gastos y dispendios, cada una de las cuales podía costar varios millones de reales, para los cuales el noble había debido, primero, tomar un préstamo, pero la magnanimidad era considerada de buen gusto, y se esforzaban por ser ellos los que dieran la fiesta más sonada.
    Los nobles tenían numerosísima servidumbre y un caso típico, que nos sirva de ejemplo de lo que queremos decir, sería un señor con unos cien criados y criadas, y una legión de varios cientos de domésticos y protegidos que vivían en su casa sin hacer nada, más algunos pensionados para hacer estudios o viajar al extranjero.
    El noble debía conceder a cada una de sus hijas una dote, bien si se casaba, e igualmente si profesaba en un convento, a fin de asegurar su vida e incluso la de sus sucesores (hubo dotes de 80.000 ducados, que serían unos 800.000 reales).
    Otro gasto muy gravoso eran los pleitos que todos tenían, pues todos se demandaban los unos a los otros y todos ponían pleitos a sus vasallos como cosa habitual.
    La nobleza de mérito, recién llegada al estamento nobiliario y con una donación real pequeña, no podía seguir este ritmo de vida de la alta nobleza. Además, tenían conciencia de lo que costaban las cosas, y procuraban invertir su dinero a fin de poder progresar económica y socialmente. Invertían en tierras, las pocas veces que estaban a la venta, en industria y en comercio.


    Hidalgos o baja nobleza.

    La gran masa entre los nobles eran los hidalgos.
    Los hidalgos, o nobleza no titulada, llegaban a esa categoría por ser hijos legítimos de padre hidalgo (auténticos, o de sangre), o por haber obtenido carta de hidalguía del rey (generalmente a cambio de una cantidad de dinero). En realidad, socialmente, eran considerados libres de pechos y obligaciones militares, pero no nobles.
    El “hidalgo de gotera” era un individuo cuya hidalguía era dudosa y sólo era considerado hidalgo en su pueblo. Frente a él, se alzaba orgulloso el “hidalgo por los cuatro costados”, cuya hidalguía era reconocida oficialmente y sin duda alguna.

    La compra del título de hidalguía resultaba rentable porque servía para librarse de algunos pagos y servicios: no ser encarcelados por deudas, no alojar soldados, no entrar en quintas (salvo que se presentasen voluntarios al ejército), no pagar pechos, no se les podía embargar la casa, el caballo y el armamento personal, que eran los blasones de los que alardeaba todo hidalgo, aunque no tuviera mucho más, incluso ni para comer.
    Pero ser hidalgo no significaba ser rico: Guipúzcoa, Vizcaya, La Montaña (Santander) y Asturias estaban plagadas de hidalgos y casi todos muy pobres. Al sur del Duero había menos hidalgos, pero casi siempre con más fortuna personal.
    Asturianos, cántabros y vascos tenían privilegio de hidalguía aun viviendo fuera de su país, pero para seguir manteniéndola fuera de él, debían pagar unos derechos establecidos, en 1758, en 30.000 reales de vellón. El pago anual de impuestos por persona era de unos 112 reales de vellón al año en señorío y 44 en realengo. Pagar los 30.000 reales era ventajoso al estar exentos de otros impuestos, pero para amortizar los miles de reales eran necesarias muchas generaciones, lo que significa que se pagaba por prestigio social y posibilidad de acceso a cargos administrativos.

    En 1754, Fernando VI reconoció que todos los vizcaínos eran nobles por fuero y estaban exentos de penas no dignas de un noble. Los asturianos y cántabros dejaron de tener que ir a Valladolid a hacerse reconocer los títulos de nobleza y bastaba su certificado de empadronamiento para reconocérselos.
    En 1758 se tomó la decisión de recaudar a costa de los hidalgos y se mandó ratificar el título de hidalguía, lo que les costaba entre 15.000 y 30.000 reales a cada uno, según circunstancias de relación familiar con el título, y muchos lo ratificaron.

    A partir de 1768 se pusieron muchas trabas a la obtención de la hidalguía, trabas económicas y de sangre.
    Carlos III en 1785 prohibirá dar más títulos de hidalguía si no concurrían circunstancias de mérito personal, porque los hidalgos se habían multiplicado y las rentas municipales y trabajos obligatorios aportados a los pueblos, sernas (antiguas corveas), habían bajado en la misma proporción. Por el contrario, Carlos III, como habían hecho sus predecesores, multiplicó el número de títulos por servicios prestados a la Corona.

    Para gozar de los privilegios propios de la hidalguía, había que demostrar en el municipio de residencia la condición de hidalgo y en ello estaba la razón de que algunos fueran considerados hidalgos, aunque no lo podían demostrar, y otros tenían documentos suficientes para ello.
    El problema se presentaba más en Vizcaya, Santander y Asturias, en donde los naturales eran hidalgos masivamente, pero no todos. Estos hidalgos conservaban la hidalguía cuando estaban fuera de su pueblo.

    El hidalgo no era necesariamente pobre, como retrató Cervantes a su célebre e ingenioso hidalgo para satirizarle. Había casos en los que los hidalgos eran pobres de solemnidad e incluso vagabundos, pero también había hidalgos de otras condiciones sociales más adineradas. Algunos pueblos de hiladores para paños tenían a todos los vecinos como hidalgos (algún pueblo de Segovia). Los comerciantes de Cádiz eran todos hidalgos.

    18.6.3.La nobleza española en el siglo XVIII. - Historia de España | Nivel Medio | Historia de España | Nivel Medio

  2. #2
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    Re: La foralidad de la Nobleza en la España del siglo XVIII

    Distribución geográfica de los hidalgos.

    En Guipúzcoa casi todos eran hidalgos, en Vizcaya lo era la mitad de la población, y en Álava una octava parte. En Navarra eran hidalgos una décima parte de la población.
    En las Montañas de Santander (antiguas Asturias de Santillana) todos se consideraban hidalgos, pero la Corona argumentó que se dedicaban a actividades impropias de la nobleza, actividades manuales, y decidió que debían servir en el ejército y sobre todo en la Marina, con excepción de los que tenían patrimonio grande, que eran considerados hidalgos de pleno y gozaban de los privilegios inherentes a ello. Se contaban 142.195 hidalgos.

    Igualmente, en Asturias (antiguas Asturias de Oviedo), casi todos eran hidalgos y se contabilizaban 283.233 individuos.
    El resto de los hidalgos estaba en la zona de Calahorra (La Rioja) con 117.316 hidalgos, Burgos con 52.697, obispado de Astorga con 47.238, y obispado de León con 18.819. En el resto de España había pocos hidalgos.

    También había muchos hidalgos en ciudades como Ávila, Cáceres, Toledo, Córdoba, Cádiz, Molina de Aragón (que tenía un cabildo de caballeros), y Baeza (que tenía una Compañía de Doscientos Ballesteros del Señor Santiago, 1230-1767).
    Los hidalgos generalmente trabajaban en oficios manuales, aunque el hidalgo por antonomasia debía poseer algunas fincas, algunos animales de tiro y algún ganado, pero muchos eran carreteros, cesteros, sastres, canteros, albañiles, herreros, zapateros, curtidores, taberneros, mesoneros, arrieros, e incluso había algunos hidalgos que eran pobres de solemnidad. Todos estos oficios manuales contradecían lo esencial de la nobleza de no dedicarse a ningún oficio infame o que hubiera que trabajar con las manos. Generalmente, el hidalgo del Valle del Duero era el hidalgo rico de pueblo, el prototípico, y en la meseta sur los había muy ricos, de los que podían incluso vivir de las rentas como absentistas, tal y como si fueran auténticos nobles. Pero lo normal era que el hidalgo cultivase directamente sus tierras.

    En el resto de España, a estos hidalgos se les tenía por exentos de impuestos, pero no por nobles. Al sur del Tajo, había pocos nobles, pero los que había eran latifundistas, e incluso los hidalgos tenían una posición económica acomodada.
    Las grandes familias tenían miembros en todas las regiones españolas, pues tenían posesiones por doquier, y se relacionaban con todo el resto de la nobleza peninsular. Eran envidiados. Mantenían la mentalidad nobiliaria, el espíritu aristocrático, que era la convicción de estar por encima del resto de los ciudadanos. Se veían distintos y preeminentes. Se esforzaban por mostrarse diferentes. Las grandes familias conservaban la historia de su familia, casi siempre basada en mitos, imposibles de probar. Todos se decían parientes del algún rey antiguo, descendientes de un gran caudillo militar autor de grandes hazañas.

    Los hidalgos con fortuna eran denominados “caballeros”, pero ese término no significaba ya nada en el siglo XVIII, no era ninguna realidad legal o social, sino simplemente una costumbre de llamar así a los que podían mantener el caballo. Estos hidalgos ocupaban encomiendas pobres, las que la nobleza titulada rechazaba por demasiado exiguas, eran “familiares” del Santo Oficio, ocupaban cargos municipales (pues tenían tiempo para dedicarle al municipio).


    La nobleza de la Corona de Aragón
    La nobleza de la Corona de Aragón exigía a sus vasallos juramento de fidelidad y homenaje, y el señorío era mucho más duro que en Castilla, lo que se traducía en impuestos señoriales más altos.
    En Cataluña había 778 señoríos seculares, 588 reales, 261 eclesiásticos y 75 monacales. La costumbre era no poner exacciones demasiado gravosas. La nobleza era absentista y la tierra era administrada por “medianeros”.
    En Valencia, el 64% de la tierra era de señorío, en su mayor parte secular, y destacaban como grandes propietarios el duque de Gandía, el duque de Segorbe, el conde de Oliva y el marqués de Elche, todos ellos residentes en Madrid. El régimen señorial valenciano era opresivo y empobrecía a la población, pues los nobles se llevaban entre un sexto y un octavo de la cosecha, no permitían cortar ni recoger madera ni de los árboles caídos, y cuando concedían un árbol se entendía que el tronco era del señor. Los campesinos estaban dispuestos siempre al motín.

    En Aragón, la nobleza estaba jerarquizada en “ricos hombres”, caballeros o infanzones y ciudadanos honrados.
    Los ricos hombres eran el equivalente castellano de Grandes y Títulos, aunque lo que más abundaba eran los Barones. Había 5 Grandes (19 a fines del siglo XVIII), 47 títulos y un número muy grande de Barones.
    Los caballeros, o infanzones, correspondían a los hidalgos castellanos. Residían casi todos en el norte, en Jaca, Huesca, Barbastro, y Benavarre.
    Los ciudadanos honrados eran un sector intermedio entre la nobleza y la burguesía, organizado en grupos en las ciudades y villas aragonesas, donde controlaban la vida municipal, disputando los cargos a la nobleza. Eran labradores, mercaderes, juristas, médicos, comerciantes… es decir, gentes con nivel económico holgado, lo que llamaríamos clase media alta en siglos posteriores.

    La nobleza valenciana, como tierra conquistada por aragoneses y catalanes, tenía ricos hombres procedentes de casas aragonesas y catalanas, y también la jerarquía de Grandes, Títulos y Barones. Igualmente, llamaban infanzones a la baja nobleza.
    Los nobles de sangre eran adjetivados de “generosos”, mientras los nobles de mérito o privilegio, designados por el rey, eran adjetivados como “caballeros”.
    La característica específica de los nobles valencianos era el derecho del trato de “don” en exclusiva.
    Los ciudadanos honrados dominaban el poder municipal en las ciudades y los más ricos de ellos se denominaban “inmemoriales”, y eran considerados iguales a la nobleza de sangre.

    La nobleza catalana era la más distinta al resto de las regiones españolas porque Fernando II de Aragón, en la Sentencia Arbitral de Guadalupe de 1496, había regulado las relaciones entre señor y campesinos o payeses. Esta sentencia es compleja:
    Por un lado, los payeses podían redimir los malos usos (remensa, intestia, exorquia, cugucia, arsia y firma de spolii)[3] y las consuetuds iniqües, como el ius maletractandi, pero de otra parte, los campesinos eran condenados a devolver a los señores los castillos y lugares que les habían arrebatado durante la guerra de 1462-1472 y debían pagarles una multa o indemnización de guerra.

    Por otro lado, se confirmaban los derechos señoriales tanto territoriales como jurisdiccionales, con lo cual los payeses tendrían que seguir pagando censos por el uso de la tierra del señor, y debían seguir sometidos a la justicia del señor, sus multas, sus castigos y sus jueces.
    La nobleza catalana, sabía que podía perder sus derechos, pues un rey ya había legislado en ellos y no se basaban exclusivamente en la tradición, y tenía un espíritu diferente, de modo que invertían en comercio e industria, aunque no fueran ellos el motor del cambio, pero ayudaban a los burgueses en sus iniciativas, de modo que las inversiones en Cataluña empezaron en el XVIII, cuando en el resto de España hubo que esperar a bien entrado el XIX.


    [1] Digo hembras conscientemente, pues la función de la mujer era dar descendientes al varón, y el matrimonio se rompía muchas veces si esta función no era cumplida, incluso en el caso de que el culpable de la no descendencia fuera el varón. La mujer estaba reducida a la condición de hembra.
    [2] La aranzada era unidad de superficie variable, igual que la fanega de sembradura, de cerca de media hectárea en Castilla y de tres aranzadas por hectárea en Córdoba, pero muy variable según lugares. Por ello, no es posible traducir a hectáreas las aranzadas, pues eran diferentes en cada región española.
    [3] Remensa es el derecho del payés a abandonar la tierra pagando un precio fijado, denominado remensa.
    Intestia era el derecho del señor a quedarse con gran parte de los bienes del campesino que moría sin testar.
    Exarquia era el derecho del señor a quedarse con cuatro quintos de los bienes del payés que moría sin descendencia.
    Cugucia era el derecho del señor a quedarse con los bienes de la mujer del payés sorprendida en adulterio, si el payés había consentido. En caso de que el payés fuera ignorante del caso, el señor sólo se quedaba con la mitad de esos bienes y la otra mitad eran para el payés.

    Arsia era la obligación de los campesinos de pagar los resultados de los incendios y catástrofes habidos en sus tierras.
    Firma de Spolii era el pago que el payés debía hacer a su señor cuando se casaba una hija del payés.
    http://www.historiadeespananivelmedi...l-siglo-xviii/
    Última edición por ALACRAN; 04/01/2018 a las 13:23

  3. #3
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    Re: La foralidad de la Nobleza en la España del siglo XVIII

    Interesante tema que, con permiso, quisiera complementar con otras aportaciones.

    Origen de las dignidades seglares de Castilla y León. Pedro SALAZAR DE MENDOZA, Madrid 1657, Fols., 118v, 119r y v. (Respecto a grandes y duques).

    Han estimado siempre tanto los reyes esta dignidad, que la han dado con mucha consideración y escasez a personas reales, y no más que por sus vidas. Agora, por la mayor parte, se dan perpetuas. Son todos grandes señores, o como antiguamente se llamaron, altos o ricoshombres y en tiempos de los godos los próceres o tiufados.

    En creando el rey Duque a uno, es grande. De manera que vale la consecuencia: es duque, luego grande. Más no al contrario (es grande, luego Duque), porque hay muchos grandes que son condes y marqueses. Cúbrense delante del rey, aunque en esto hay distinción, porque a unos manda cubrir antes que le hablen, a otros después de haber hablado y respondido. A sus mujeres se les da almohada en el estrado de las reinas, y las reciben sentadas. En las cartas, cédulas y provisiones reales, y en otros instrumentos, los llama el rey primos; que debería tener esto origen de cuando los duques eran parientes de los reyes, como las demás preeminencias. Otra es que puedan traer coronel sobre el escudo de armas...

    ... En la Capilla real para oír los Divinos Oficios se sientan delante de los reyes, en el banco que llaman de los grandes, no por antigüedad, sino como cada uno llega y halla el lugar desocupado... los duques han de ser llamados en cartas y de palabra señoría por cualquier persona de estos reinos.


    También había otras dignidades y títulos, y siguiendo a Bernabé MORENO VARGAS en Discursos de la Nobleza de España, Madrid 1636. Fols. 70v y 71v y r, se extraen estos términos:

    Condestable es dignidad y título de grande preeminencia en Castilla, y es lo mismo que ser justicia mayor y capitán general de los ejércitos en la tierra; y todos los caballeros y señores y grandes han de estar a su orden; y de lo que el condestable determina, no se apela sino a la persona del rey. Introdújose esta dignidad y título en España a imitación del que había en Francia, adonde primeramente comenzó y sucedió en lugar de alférez mayor, de quien se hace mención en las leyes de la Partida.

    ...Almirante, es otra dignidad de grande autoridad en Castilla, que tiene en sus mares el mismo poder y jurisdicción que el Condestable en la tierra, como consta en muchas leyes de la Partida. Y no falta quien diga es vocablo arábigo, y que significa tiento de mar o capitán general del mar.

    ...Adelantados hay muchos en España. Los principales son tres: el de Castilla, que es grande..., el de Andalucía, que también es grande; el de Murcia... También, el adelantado de León y el de Galicia.
    Esta dignidad de adelantado propiamente es oficio de jurisdicción, de la cual tratan las leyes de la Partida y otras del reino, y algunos autores, los cuales asimismo declaran que sea el oficio de mariscal, que por ser oficios de guerra y jurisdicción, me remito a ellos.
    Última edición por Valmadian; 05/01/2018 a las 00:07
    raolbo dio el Víctor.
    "He ahí la tragedia. Europa hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma europea choca con una realidad artificial anticristiana. El europeo se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.

    <<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>

    Hemos superado el racionalismo, frío y estéril, por el tormentoso irracionalismo y han caído por tierra los tres grandes dogmas de un insobornable europeísmo: las eternas verdades del cristianismo, los valores morales del humanismo y la potencialidad histórica de la cultura europea, es decir, de la cultura, pues hoy por hoy no existe más cultura que la nuestra.

    Ante tamaña destrucción quedan libres las fuerzas irracionales del instinto y del bruto deseo. El terreno está preparado para que germinen los misticismos comunitarios, los colectivismos de cualquier signo, irrefrenable tentación para el desilusionado europeo."

    En la hora crepuscular de Europa José Mª Alejandro, S.J. Colec. "Historia y Filosofía de la Ciencia". ESPASA CALPE, Madrid 1958, pág., 47


    Nada sin Dios

  4. #4
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    Re: La foralidad de la Nobleza en la España del siglo XVIII

    Y siguiendo con la línea anterior, podemos leer en Tratado de nobleza y de los títulos y ditados que oi dia tienen los varones claros y grandes de España de Juan Benito de GUARDIOLA. Madrid 1591. Fols. 81 y 99 los siguientes términos.


    Así acá llamamos caballeros a los nobles principales hijosdalgos que tienen un estado y lugar eminente sobre todo lo que es común y ciudadano, pero no tan alto que iguale con el de los príncipeds y grandes...

    Atento que es grande el privilegio de caballería y digno de ser muy estimado semejante título y prerrogativa, haremos de notar que hay tres maneras de caballeros, que juntamente con la buena sangre tienen patrimonio y hacienda, o son descendientes de nobles y ricas familias, aunque ellos por sus personas sean pobres, y estos fueron al principio elegidos por caballeros y llamados hijosdalgos porque además de la buena sangre los buscaban con algo... y a estos mismos llamaban algunos caballeros de espuela dorada...

    Y aquí es de notar que llamando caballero al que es hijodalgo de sangre y solar, se añade en él por este nombre de caballero una cierta calidad, que además de la hidalguía significa nobleza o antigüedad o patrimonio o todo junto y en esta significación es más ser caballero que hijodalgo...

    Otra manera de caballeros hay que llamamos caballeros armados o caballeros pardos... y estos tales caballeros armados no es necesario que sean hijosdalgos, sino por la mayor parte son buenos hombres pecheros...

    Otra manera de caballeros hay que se llaman caballeros de alarde o de premio, o de guerra, o cuantiosos... Y estos tales son obligados a hacer alarde cada año dos veces, y a tener armas y caballo de cierto valor, y a ir a las guerras cuando fueran llamados.

    (Ibídem Fols. 22 y sig.)
    "He ahí la tragedia. Europa hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma europea choca con una realidad artificial anticristiana. El europeo se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.

    <<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>

    Hemos superado el racionalismo, frío y estéril, por el tormentoso irracionalismo y han caído por tierra los tres grandes dogmas de un insobornable europeísmo: las eternas verdades del cristianismo, los valores morales del humanismo y la potencialidad histórica de la cultura europea, es decir, de la cultura, pues hoy por hoy no existe más cultura que la nuestra.

    Ante tamaña destrucción quedan libres las fuerzas irracionales del instinto y del bruto deseo. El terreno está preparado para que germinen los misticismos comunitarios, los colectivismos de cualquier signo, irrefrenable tentación para el desilusionado europeo."

    En la hora crepuscular de Europa José Mª Alejandro, S.J. Colec. "Historia y Filosofía de la Ciencia". ESPASA CALPE, Madrid 1958, pág., 47


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    Re: La foralidad de la Nobleza en la España del siglo XVIII

    Del mismo modo y concretando más la idea, concepto y término de hidalgo y, por extensión, hidalguía, podemos leer los términos que a ello dedica Sebastián de COVARRUBIAS OROZCO. Tesoro de la Lengua Castellana o Española Madrid 1611, (reeditada por Edit. TURNER, Madrid 1977, págs 590-592) en los siguientes términos:


    FIDALGO: este término es muy propio de España. Dícese comúnmente hidalgo o hijodalgo.

    El fidalgo se dijo que procede derechamente de 'fide' y el 'algo' terminación de este nombre no es nada, según la opinión de muchos. De ninguna cosa se precia tanto el nombre de bien y noble como guardar fe y palabra y ser fiel a quien se debe.

    Con todo eso, con dichos expresamente 'fijos de algo' y hidalgos, y, según esto, no puede venir de la dicción 'fe' y el 'algo' tiene su significación y el nombre estará compuesto de 'hijo' y de 'algo' según lo profieren las leyes de Partida en infinitos lugares.

    Equivale a noble, castizo y de antigüedad de linaje. Y el ser hijo de algo significa haber heredado de sus padres y mayores lo que se llama 'algo' que es la nobleza. Y el que no la hereda de sus padres, sino que la adquiere por sí mesmo, por su virtud y su valor, es hijo de sus obras y principio de su linaje, dejando a sus descendientes algo de que puedan preciarse, aprovechándose de las gracias y exenciones que a éste hubieren hecho y concedido su rey o su república.

    En otra acepción 'algo' vale hacienda y cuantía heredada de sus pasados y ganada, no en mercancías, tratos, ventas y compras, sino de los gajes y mercedes de sus reyes hechas a ellos y a sus pasados, conservándolas y transfiriéndolas de uno a otro sucesor; de donde pudieron traer origen losmayorazgos y la calidad de los solares y haciendas. Y también 'algo' absolutamente vale cualquier cosa de valor y hacienda...

    Otros son de opinión que este vocablo está corrompido de 'fijo de godo', o 'figold' y transmutadas las consonantes 'l', 'd' y añadiéndoles a sus vocales 'a' dirá 'fidalgo'. Y para esto es de notar que, después de la pérdida de España, quedaron poquísimos nobles de los godos que reinaban en ella, y éstos, recogiéndose a las montañas, se salvaron y fueron después poco a poco recobrándola. Y aquéllos que traían origen de los godos eran muy estimados, y hasta hoy queda el proverbio: 'Fulano se nos quiere hacer de los godos'...

    Hay algunas diferencias de hidalgos... Fidalgo de solar conocido, el que tiene casa solariega de donde desciende.

    Hidalgo de executoria, el que la ha pleiteado y por testigos y escrituras prueba su hidalguía.

    Hidalgo de privilegio, puede ser de dos maneras: una, cuando el rey le da privilegio de tal por su mucho valor y por servicios grandes que le ha hecho en la guerra o en la paz, y en éste tal empieza su nobleza por ser bueno, como acontece acabar en otros, por ser ruines y degenerar de sus mayores. Hay también hidalgos de privilegio que han comprado sus hidalguías; y aunque éstos tengan las exenciones y preeminencias que los demás, no tienen las calidades de nobleza y sangre.



    A las anteriores categorías citadas por COVARRUBIAS se pueden añadir otras tres, aunque no se trataba de verdaderos hidalgos, pese a que muchas veces se les tenía por tales:

    Hidalgos notorios, como se ha dicho antes, se les tenía por tales, por tradición, porque así los consideraba la gente en general, si bien nunca hicieron probanza fuese la razón que fuese para ello. Aún así, no se les daba demasiado crédito.

    Hidalgos de gotera, tal sucedía con algunos pero únicamente en sus lugares de residencia, generalmente pueblos. Podían tener cierta preeminencia local, ya por una mayor instrucción, o por una superior posesión de riqueza que la mayoría de lugareños. En ocasiones contaban con el favor del título del lugar y no era raro encontrarlos ejerciendo funciones de secretario o de escribano en los ayuntamientos.

    Hidalgos de bragueta. Nadie los consideraba nobles de verdad. Su mérito residía en ser padres de doce hijos varones -como mínimo-, vivos y que por tal motivo quedaban exentos de pechas.
    "He ahí la tragedia. Europa hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma europea choca con una realidad artificial anticristiana. El europeo se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.

    <<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>

    Hemos superado el racionalismo, frío y estéril, por el tormentoso irracionalismo y han caído por tierra los tres grandes dogmas de un insobornable europeísmo: las eternas verdades del cristianismo, los valores morales del humanismo y la potencialidad histórica de la cultura europea, es decir, de la cultura, pues hoy por hoy no existe más cultura que la nuestra.

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    Re: La foralidad de la Nobleza en la España del siglo XVIII

    Acerca de la hidalguía, y también de los otros nobles no titulados, recomiendo la consulta de:

    La nobleza no titulada en España. Dictamen Jurídico. INSTITUTO ESPAÑOL DE ESTUDIOS NOBILIARIOS. Ediciones HIDALGUÍA. Madrid 2013. 103 págs. Con toda la historia de la jurisprudencia al respecto.

    https://www.hidalgosdeespana.es/wp-c...ia-nobleza.pdf


    Para conocer las razones que justifican la hidalguía y su situación actual, se puede empezar por leer las CONCLUSIONES del dictamen.
    DOBLE AGUILA dio el Víctor.
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    <<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>

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