EL SEÑORÍO JURISDICCIONAL.
El señorío jurisdiccional nobiliario estaba muy extendido por España y constituía más de la mitad de la tierra cultivada, pues en 1812 afectaba a 28.306.700 aranzadas[2] de terreno, mientras las tierras de realengo sólo alcanzaban las 17.306.700 aranzadas y los señoríos eclesiásticos las 9.097.400 aranzadas.
Las rentas jurisdiccionales eran muy diversas:
Banalidades por uso de hornos, molinos, almazaras, tiendas, carnicerías, lagar, monte, pescado, caminos… que eran monopolios señoriales.
“partición de frutos” por el que los campesinos pagaban un cuarto, un tercio o la mitad de la cosecha y de los pastos en concepto similar al de aparcería, por trabajar tierras del señor en enfiteusis. En Valencia era el tercio de los frutos.
Censos (rentas de inmuebles propios), que eran enfitéuticos (perpetuos) o redimibles, y que solían producir del 3 al 5%.
Laudemios, 10% de las rentas de inmuebles de terceros.
Luismos, que era el 10% del precio de venta de una finca cada vez que cambiaba de dueño.
Quindenios, que eran luismos pagados cada 15 años por fincas enajenadas a manos muertas.
Corveas, que eran días de trabajo anuales gratuitos para el señor, o en su caso, se tributaba el pago de sustitución de la corvea, llamado serna de vendimia o serna de siega.
“borras, pastos y asaduras” que eran impuestos por el paso del ganado.
Derechos de caza y pesca, madera y leña, en montes y ríos del señorío.
Fadiga o derecho de prelación, o de tanteo, del señor en caso de venta de una finca durante los 30 días siguientes al trato.
Luctuosa, derechos a parte de la herencia al fallecimiento de un cabeza de familia de su señorío, que se cobraban en concepto de vasallaje, y eran muy usuales en Galicia.
Yantar, o derecho de comida.
Pontazgos, o derecho a pasar un puente.
Fumajes, o impuesto de cada hogar (hace referencia al humo o fuego).
Cabalgada, o impuestos por librar el servicio militar al señor.
Alcabalas señoriales, o impuestos sobre las compraventas que se sumaban a las alcabalas reales.
Alquiler y venta de cargos municipales.
Gabelas, impuestos sobre diversos artículos, como la sal.
Muchos de estos tributos se basaban en el derecho de monopolio señorial sobre la caza, pesca, horno, molino, agua y monte.
Además, los nobles controlaban:
La justicia de los pueblos de su señorío, lo cual les proporcionaba rentas en multas. En el siglo XVIII, la justicia la ejercía el rey a través de sus funcionarios, y el señor ya no ponía a sus jueces de señorío, ni era legislador, pero era el representante del rey en esos señoríos. En 1787, eran de señorío 17 ciudades, 2.358 villas y 8.818 pueblos
La administración territorial a nivel municipal en su señorío, lo cual le servía para imponer los impuestos antes citados y exigirlos fehacientemente. Los campesinos que no pagaban se veían privados de sus bienes, que pasaban (o retornaban, según lenguaje feudal) al señor. Nombraban corregidor, alcaldes, bailes, regidores en los pueblos de su señorío, y a veces vendían estos cargos o los alquilaban por un tiempo.
Las Órdenes Militares designaban miembros del clero de 3 ciudades, 402 villas, 119 pueblos y 261 aldeas y lo interesante era tener una encomienda de recogida de rentas o diezmos, oficio que recaía en pequeños nobles o hidalgos, que se beneficiaban de ello.
Con el dominio de la justicia y del gobierno municipal, la apropiación de baldíos y comunales, por parte del señor, era fácil, y difícilmente recurrible por los campesinos. El señor se comportaba como auténtico dueño propietario de todos los bienes del señorío.
Los nobles españoles en el XVIII:
Uno de los señores jurisdiccionales más ricos era el duque de Frías, que poseía 258 pueblos en el norte de Burgos y otras localizaciones. También eran importantes el duque de Medinaceli, el duque de Alburquerque, el duque de Altamira, el duque de Miranda, el duque de Nájera, el marqués de Aguilar, el marqués de Villena…
Los nobles más ricos, con muchas tierras y casas tenían grandes ingresos:
El conde de Aranda recibía 1.600.000 reales al año en rentas.
El conde Medinasidonia, 90.000 ducados (990.000 reales) al año.
El marqués de Estepa, 83.000 ducados (910.000 reales) al año.
Aranda en 1768 calculaba el número de nobles en 722.000. Floridablanca opinaba en 1787 que sólo eran 480.000 y Godoy en 1797 creía que eran 402.000. La nobleza titulada en 1797 eran unos 1.323, y el resto serían hidalgos.
En la línea poco reformista del XVIII, reformista pero conservadora, la nobleza conservó el mayorazgo, conservó los privilegios de leyes que les favorecían y privilegios de reserva de cargos del ejército, Iglesia y administración. La nobleza debiera haberse conservado y aumentado a lo largo del XVIII, pero no fue así.
Si la nobleza decayó, como lo hizo en el XVIII, fue por causas internas: por endogamia que hacía reducir su número, por falta de espíritu inversor que hizo decaer el precio de sus tierras ante las nuevas formas de riqueza emergentes como la banca y la industria, y por su afán de consumo y espíritu de despilfarro como signo de su estatus social. Hubo excepciones, pero la mayor parte de los nobles siguió con la tierra de sus antepasados como único negocio y sin invertir en mejoras técnicas para su explotación.
Hay que matizar que la mayor disminución del número de nobles entre 1768 y fin de siglo, fue por disminución del número de hidalgos al exigirse demostración de títulos de nobleza.
Los Grandes y Títulos aumentaron, al tiempo que los hidalgos disminuían. La alta nobleza creció en número porque se compraron muchos títulos al rey y porque el rey concedió muchos títulos por servicios prestados a la Corona. La mayor parte de esta alta nobleza se hizo cortesana y absentista en sus tierras.
Los Grandes y Títulos de España no pasarían de 1.323 individuos. Los nobles dominaban, en 1787, 17 ciudades, 2.358 villas y 8.818 lugares de población.
El poder de los nobles era muy grande:
Tenían exenciones fiscales, monopolios de caza, pesca, molinos, hornos, lagares…
Poseían muchas fincas que arrendaban.
Tenían derechos jurisdiccionales para nombrar jueces y alcaldes en los pueblos de señorío (un tercio de los pueblos y 17 ciudades españolas eran de señorío).
Ejercían los cargos de la política, la Iglesia, el ejército, la Marina. Durante el siglo XVIII, muchos de estos cargos fueron pasando a las clases medias, aunque la gestión solía dar a sus dueños el título nobiliario consiguiente. De hecho se hicieron muchos nobles en el siglo XVIII.
Las maestranzas.
La nobleza se hizo elitista y esta élite creó las Maestranzas o asociaciones de nobles en Sevilla, Granada, Ronda, Valencia y Zaragoza. El ingreso en una Maestranza significaba una gran honra para el admitido
Las Maestranzas se construyeron, para su propio disfrute, sus teatros y sus plazas de toros. Las Maestranzas tenían fuero privativo en lo criminal, fuero que alcanzaba a cada uno de los maestrantes, su esposa, y uno de sus criados.
Las Maestranzas obtuvieron fuero privativo en lo criminal, para ellos, sus esposas y uno de sus criados.
Las maestranzas permitieron el aumento de la alta nobleza y disminución de hidalgos, y ello permitió mantener un cierto prestigio del estamento nobiliario y el deseo de muchos grupos sociales de ennoblecerse.
Los nobles que se degradaban por no poder mantener el nivel de vida mínimo, eran llamados al ejército lo que les permitía salvar su economía y su honor accediendo a oficiales.
Carlos III creó la Orden de Carlos III con 60 grandes cruces y 200 caballeros, pero luego fueron muchísimos más. Carlos IV creó la Orden de Damas Nobles de María Luisa.
Los impuestos de la nobleza.
Los impuestos que pagaba la nobleza eran pocos, y entre ellos estaban las “medias annatas” o impuesto de reconocimiento del título que debía pagarse una vez en la vida, y las “lanzas” o impuestos en concepto de redención del servicio militar. Eran un grupo privilegiado. Por esta causa había interés en comprar títulos de nobleza.
Las mujeres de la nobleza.
Las mujeres de la nobleza usaban trajes lujosos, con mantilla y apreciaban el exhibicionismo. Se puso de moda a finales de siglo tocar el piano y la alta nobleza, cada familia, se compró su piano en los últimos años del XVIII y primeros del XIX.
Crearon Sociedades Femeninas de Amigos del País y organizaban tertulias y reuniones en las que invitaban a majas, y se vestían de majas o de manolas para cantar “tiranas” o cuplés hechos famosos por La Tirana (famosa cupletista del momento). La maja era una mujer de extracción social baja. Les gustaba organizar fiestas en el campo, con muchos asistentes y muy caras, alguna de ellas llegó a costar 22.000 reales.
Una parte de la alta nobleza puso de moda el “plebeyismo” o comportarse como plebeyos para divertirse, vistiéndose de majos, comiendo comidas populares, oyendo y cantando música popular y hablando de las maneras incultas de la plebe, lo cual les costaba mucho dinero en las fiestas que con esos fines organizaban a menudo. Había una parte de la nobleza que conservaba sus costumbres y porte educado y de buenos modos.
Las deudas de la nobleza.
En cuanto a la nobleza de sangre, la más afortunada, a pesar de todos los ingresos y riquezas de la nobleza de las que hemos hablado, por lo general estaba endeudada.
Lo normal en España era vivir de las rentas, sin invertir, y prodigarse en gastos y dispendios, cada una de las cuales podía costar varios millones de reales, para los cuales el noble había debido, primero, tomar un préstamo, pero la magnanimidad era considerada de buen gusto, y se esforzaban por ser ellos los que dieran la fiesta más sonada.
Los nobles tenían numerosísima servidumbre y un caso típico, que nos sirva de ejemplo de lo que queremos decir, sería un señor con unos cien criados y criadas, y una legión de varios cientos de domésticos y protegidos que vivían en su casa sin hacer nada, más algunos pensionados para hacer estudios o viajar al extranjero.
El noble debía conceder a cada una de sus hijas una dote, bien si se casaba, e igualmente si profesaba en un convento, a fin de asegurar su vida e incluso la de sus sucesores (hubo dotes de 80.000 ducados, que serían unos 800.000 reales).
Otro gasto muy gravoso eran los pleitos que todos tenían, pues todos se demandaban los unos a los otros y todos ponían pleitos a sus vasallos como cosa habitual.
La nobleza de mérito, recién llegada al estamento nobiliario y con una donación real pequeña, no podía seguir este ritmo de vida de la alta nobleza. Además, tenían conciencia de lo que costaban las cosas, y procuraban invertir su dinero a fin de poder progresar económica y socialmente. Invertían en tierras, las pocas veces que estaban a la venta, en industria y en comercio.
Hidalgos o baja nobleza.
La gran masa entre los nobles eran los hidalgos.
Los hidalgos, o nobleza no titulada, llegaban a esa categoría por ser hijos legítimos de padre hidalgo (auténticos, o de sangre), o por haber obtenido carta de hidalguía del rey (generalmente a cambio de una cantidad de dinero). En realidad, socialmente, eran considerados libres de pechos y obligaciones militares, pero no nobles.
El “hidalgo de gotera” era un individuo cuya hidalguía era dudosa y sólo era considerado hidalgo en su pueblo. Frente a él, se alzaba orgulloso el “hidalgo por los cuatro costados”, cuya hidalguía era reconocida oficialmente y sin duda alguna.
La compra del título de hidalguía resultaba rentable porque servía para librarse de algunos pagos y servicios: no ser encarcelados por deudas, no alojar soldados, no entrar en quintas (salvo que se presentasen voluntarios al ejército), no pagar pechos, no se les podía embargar la casa, el caballo y el armamento personal, que eran los blasones de los que alardeaba todo hidalgo, aunque no tuviera mucho más, incluso ni para comer.
Pero ser hidalgo no significaba ser rico: Guipúzcoa, Vizcaya, La Montaña (Santander) y Asturias estaban plagadas de hidalgos y casi todos muy pobres. Al sur del Duero había menos hidalgos, pero casi siempre con más fortuna personal.
Asturianos, cántabros y vascos tenían privilegio de hidalguía aun viviendo fuera de su país, pero para seguir manteniéndola fuera de él, debían pagar unos derechos establecidos, en 1758, en 30.000 reales de vellón. El pago anual de impuestos por persona era de unos 112 reales de vellón al año en señorío y 44 en realengo. Pagar los 30.000 reales era ventajoso al estar exentos de otros impuestos, pero para amortizar los miles de reales eran necesarias muchas generaciones, lo que significa que se pagaba por prestigio social y posibilidad de acceso a cargos administrativos.
En 1754, Fernando VI reconoció que todos los vizcaínos eran nobles por fuero y estaban exentos de penas no dignas de un noble. Los asturianos y cántabros dejaron de tener que ir a Valladolid a hacerse reconocer los títulos de nobleza y bastaba su certificado de empadronamiento para reconocérselos.
En 1758 se tomó la decisión de recaudar a costa de los hidalgos y se mandó ratificar el título de hidalguía, lo que les costaba entre 15.000 y 30.000 reales a cada uno, según circunstancias de relación familiar con el título, y muchos lo ratificaron.
A partir de 1768 se pusieron muchas trabas a la obtención de la hidalguía, trabas económicas y de sangre.
Carlos III en 1785 prohibirá dar más títulos de hidalguía si no concurrían circunstancias de mérito personal, porque los hidalgos se habían multiplicado y las rentas municipales y trabajos obligatorios aportados a los pueblos, sernas (antiguas corveas), habían bajado en la misma proporción. Por el contrario, Carlos III, como habían hecho sus predecesores, multiplicó el número de títulos por servicios prestados a la Corona.
Para gozar de los privilegios propios de la hidalguía, había que demostrar en el municipio de residencia la condición de hidalgo y en ello estaba la razón de que algunos fueran considerados hidalgos, aunque no lo podían demostrar, y otros tenían documentos suficientes para ello.
El problema se presentaba más en Vizcaya, Santander y Asturias, en donde los naturales eran hidalgos masivamente, pero no todos. Estos hidalgos conservaban la hidalguía cuando estaban fuera de su pueblo.
El hidalgo no era necesariamente pobre, como retrató Cervantes a su célebre e ingenioso hidalgo para satirizarle. Había casos en los que los hidalgos eran pobres de solemnidad e incluso vagabundos, pero también había hidalgos de otras condiciones sociales más adineradas. Algunos pueblos de hiladores para paños tenían a todos los vecinos como hidalgos (algún pueblo de Segovia). Los comerciantes de Cádiz eran todos hidalgos.
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