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Tema: Una Voce Reino de Castilla

  1. #1
    Avatar de Paco
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    Una Voce Reino de Castilla

    (Tomado de Nucleo de la Lealtad)

    Una Voce Reino de Castilla


    Constituida nueva Asociación en defensa de la tradición litúrgica de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana: “Asociación Una Voce Reino de Castilla”.



    http://unavocecastilla.blogspot.com/

    EXTRACTO DE LOS ESTATUTOS

    Artículo 1º.-DENOMINACIÓN Y NATURALEZA

    Con la denominación de “ASOCIACIÓN UNA VOCE REINO DE CASTILLA”, se constituye en Madrid (Madrid), el día 18 de Julio de 2.008, una organización de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro.

    Artículo 5º.- FINES

    La Asociación “UNA VOCE REINO DE CASTILLA” tiene como principal fin preservar y fomentar la tradición litúrgica de la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, cuya manifestación más excelsa es la celebración del Santo Sacrificio de la Misa según el Rito Romano enmendado y renovado según la norma de los Padres y dado en uso a la Iglesia Latina por el Papa San Pío V en el año del Señor de 1570; así como todas aquellas formas litúrgicas y disciplinares en los que se expresa la Tradición latina.

    Todo ello encaminado a asegurar que la celebración de la Liturgia tradicional de la Iglesia se realice con la mayor dignidad por la majestad de los ritos y el aparato de las ceremonias, y que la participación de los fieles en la celebración de los Sagrados Misterios contribuya a la mayor gloria y alabanza de Dios, al honor de Su Madre, la Bienaventurada siempre Virgen María y a la santificación de las almas.

    Y para su consecución desarrollará las siguientes actividades:

    a) Desenmascarar y refutar las calumnias que se lanzan contra Roma y contra el Pontificado Romano.

    b) En comunión con el Romano Pontífice y bajo su autoridad, recordar los principios inmutables de la Religión católica y los de la justicia y del derecho, como bases inconmovibles de toda vida social ordenada, con fidelidad a la Tradición de la Iglesia, propuesta auténticamente por la Iglesia para ser creída, ora por solemne juicio, ora por su ordinario y universal magisterio, rechazando totalmente interpretaciones erróneas y aplicaciones arbitrarias y abusivas en materia doctrinal, litúrgica y disciplinar.

    c) Promover la celebración del Santo Sacrificio de la Misa de San Pío V según la edición típica del Misal Romano promulgada por el beato Juan XXIII en 1962, que no se ha abrogado nunca.

    d) Promover en la administración de los sacramentos y sacramentales así como en el rezo del Oficio Divino, el uso de los libros litúrgicos promulgados por San Pío V, entre ellos el Ritual Romano (edición típica de 1953), el Pontifical Romano (edición típica de 1962) y el Breviario Romano (edición típica de 1962).

    e) Promover el conocimiento y uso de la lengua latina, tanto en la Misa, la administración de los Sacramentos, en otras partes de la Liturgia, así como en el rezo de las oraciones más conocidas de la tradición de la Iglesia, tanto en los sacerdotes ordenados, y desde el tiempo del Seminario, como en los mismos fieles, ya sea en Universidades o en otras instituciones de enseñanza de titularidad pública o privada.

    f) Promover el conocimiento y difusión de todas aquellas expresiones del arte sacro, en especial la arquitectura, la pintura y la música, que influyen sobre la determinación y la varia conformación de los elementos exteriores de la Sagrada Liturgia.

    g) Promover en este sentido el conocimiento del valor tanto del uso del canto gregoriano tradicional, que añade decoro y solemnidad a la celebración de los divinos Misterios, y contribuye en forma máxima a acrecer la fe y la piedad en los asistentes, como del órgano, cuyo sonido tiene la capacidad de conferir solemnidad al culto y ayudar a la contemplación, así como de la polifonía clásica, especialmente de la escuela romana, que en el siglo XVI llegó a la meta de la perfección con las obras de Pedro Luis de Palestrina, fomentando su uso en las “Scholae cantorum”, sobre todo en las iglesias Catedrales, así como en Conservatorios o en otras instituciones de titularidad pública o privada.

    h) Promover el conocimiento y la práctica de otros ejercicios de piedad que si bien en rigor de derecho no pertenecen a la sagrada liturgia, revisten particular dignidad e importancia, de forma que pueden ser considerados como incluidos de alguna manera en el ordenamiento litúrgico, entre ellos las oraciones que se suelen rezar durante el mes de mayo en honor de la Virgen María, Madre de Dios, o durante el mes de junio en honor del Corazón Sacratísimo de Jesús, los triduos y las novenas, los vía-crucis y otros semejantes, según el uso tradicional del Rito romano.

    i) Promover el conocimiento y la práctica de las iniciativas y las prácticas piadosas no estrictamente litúrgicas, como, por ejemplo, las públicas peregrinaciones a los sepulcros de los Mártires, por devoción; la observancia del tiempo penitencial durante el tiempo de cuaresma y la guarda de la abstinencia de carne todos los viernes del año, a no ser que coincidan con una solemnidad, según el uso tradicional del Rito romano.

    j) Promover el conocimiento y la práctica de otras varias formas culto, como, por ejemplo, las devotas visitas diarias a los Sagrarios del Señor; las bendiciones con el Santísimo Sacramento; las solemnes procesiones por campos y ciudades, y la adoración del Augusto Sacramento, públicamente expuesto, según el uso tradicional del Rito romano.

    k) Promover el conocimiento y la práctica de los actos de piedad, como, por ejemplo, la meditación de temas espirituales, el examen de conciencia, los retiros espirituales, las oraciones particulares en honor de la bienaventurada Virgen María, entre las cuales sobresale el Rosario, según el uso tradicional del Rito romano.

    l) Promover la confección, el uso, la conservación, y en su caso, la restauración de los altares, de los ornamentos litúrgicos, de las vestiduras eclesiásticas y sagradas, así como de las imágenes y estatuas sagradas, según la praxis tradicional del Rito romano.

    m) Promover todo tipo de actividades culturales y artísticas encaminadas a una mayor difusión de la Liturgia romana anterior a la renovación de 1970 y, de todo lo relacionado con ella.

    Todo ello por medios lícitos y legales. Para la consecución de estos fines proclama nueve Patrones en honor de la Santísima Trinidad, a cuya intercesión se encomienda y cuyas fiestas se transcriben:

    Tres son Patrones principalísimos: (1) La Inmaculada Concepción de la Bienaventurada siempre Virgen María, Patrona de Las Españas (8 de diciembre); (2) San José, su castísimo Esposo, Patrono de la Iglesia (19 de marzo) y (3) San Miguel Arcángel, Príncipe de la Milicia Celestial (29 de septiembre).

    Otros tres representan el orden de los Patriarcas y Profetas, el de los santos Apóstoles y Evangelistas, y el de los santos Pontífices y Confesores: (4) San Juan Bautista, en su Natividad (24 de junio); (5) Santiago Apóstol, Patrono de Las Españas (25 de julio) y (6) San Pío V, Pontífice y Confesor (5 de mayo).

    Los últimos tres representan los tres brazos de la sociedad cristiana, clero, autoridades y pueblo: (7) San Ignacio de Loyola (31 de julio); (8) San Fernando Rey (30 de mayo) y (9) San Isidro Labrador (15 de mayo).

    Artículo 6º.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN.

    El ámbito territorial en el que la Asociación “UNA VOCE REINO DE CASTILLA” va a realizar principalmente sus actividades es el de las provincias de Madrid, Cantabria, Burgos, Segovia, Ávila, La Rioja, Soria, Guadalajara y Cuenca.

  2. #2
    Alejandro Comes Dolz está desconectado Miembro novel
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    Re: Una Voce Reino de Castilla

    Me parece una iniciativa acertadísima y quiera Dios que se extienda por todos y cada uno de los Reinos de las Españas.

  3. #3
    Avatar de In diebus illis
    In diebus illis está desconectado Miembro graduado
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    Re: Una Voce Reino de Castilla

    Libros antiguos y de colección en IberLibro
    Quisiera poder disponer de más información y de una forma de contacto porque en el blog no dicen nada.

    Gracias
    RES PUBLICA OMNIUM HISPANIARUM ET INDIARUM

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