El hecho de colgar este artículo no significa que apoye su contenido. Es sólo a meros efectos informativos. Ya aludí en otro sitio someramente a cuál había sido siempre entre los españoles los modos y formas tradicionales (y, subsidiariamente, forales) de regir las relaciones entre las miembros de la familia y entre las familias dentro de la sociedad, antes de que llegara el intervencionismo-totalitario desarraigador de la Revolución. Un intento espurio de tratar de solventar esos problemas sociales que esos mismos regímenes provocaban (ya se sabe aquello de "poner tronos a las causas y cadalsos a las consecuencias"), era mediante el artificio de una rigidez pan-legislativa que, invadiendo todos los ámbitos que antes se regulaban de manera natural-corporativa, trataba desesperadamente de poner freno a las destrucciones sociales que la propia Revolución provocaba. El ámbito legislativo (aunque no de manera exclusiva) en el que se trata de poner solución a esos problemas que ellos mismos provocaban era el Civil y, más en concreto, tratándose del ámbito familiar, dentro del apartado del derecho de famillia.
El artículo viene a recoger los primeros conatos (dentro de la fase aperturista del franquismo) en la "liberalización" de esa rigidez legislativa que el franquismo había conservado de los anteriores regímenes antimonáquico-constitucionales, y que se iría liberalizando aún más con el paso de los años. Ciertamente el juancarlismo fue más allá, pero se puede ver claramente una línea contínua evolutiva hacia una mayor liberalización entre el socialismo de los ´80, los democristianos ucedistas de los ´70, y las reformas franquistas comenzadas en la década de los ´50.
Ahora bien, decir que este último proceso liberalizador es malo, no quiere decir apoyar la anterior legislación rígida, sencillamente porque la solución a los problemas sociales familiares nunca pueden venir de pseudosoluciones intervencionistas que tratan de comprender todos los ámbitos de la vida social orgánica mediante una multitud ingente de leyes estatales (independientemente de que este intervencionismo totalitario se haga desde una legislación que pretenda favorecer la rigidez en las relaciones o pretenda favorecer, por el contrario, una liberalización, yéndose al extremo opuesto).
Por cierto. Este artículo que reproduzco a continuación lo colgó en su página Jorge Garrido, actual vicepresidente general de Falange Española de las JONS, que es de donde yo lo tomo.
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jueves, 9 de enero de 2014
Mercedes Formica: 60 años de un artículo que cambió la situación legal de la mujer española
Sirvan estas primeras letras que escribo en 2014 para pedir excusas a mis lectores por la prolongada ausencia de artículos en mi blog en los últimos meses. Ciertamente, no ha sido por desidia o falta de ganas de escribir, sino por mi actual volumen de trabajo, que es el que me ha impedido sentarme tranquilamente a escribir algunas de las cosas que tengo en mente (y que espero publicar pronto).
No obstante, hoy quiero aprovechar la ocasión no para publicar un artículo mío, sino uno excelente publicado en noviembre en el blog de la Unión de Abogados, cuyo autor es el abogado Carlos Javier Galán (autor de varios trabajos excelentes, especialmente en derecho laboral), dedicado a la memoria de otra gran abogada (y precursora en España de los derechos de la mujer) injustamente olvidada: Mercedes Formica.
El artículo (cuya fuente es esta: Unión de Abogados) es el siguiente:
Mercedes Formica: 60 años de un artículo que cambió la situación legal de la mujer española
La reciente Cumbre de Mujeres Juristas, celebrada con éxito en el Colegio de Abogados de Madrid, señaló el camino que aún queda por recorrer para que la mujer esté representada en los niveles superiores de la judicatura y en los cargos de libre designación del mundo del Derecho, pero no olvidó reconocer en su manifiesto los avances registrados durante la segunda mitad del siglo XX.
La semana pasada se cumplieron sesenta años desde que vio la luz, en el diario ABC, un artículo que estaría destinado a provocar un cambio legislativo, sin duda insuficiente, pero de gran trascendencia para la mujer española de la época.
Su autora, Mercedes Fórmica, había nacido en Cádiz en 1913 (estamos, pues, en el año de su centenario). En 1932 ingresó en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla, donde sólo otra mujer compartía aula. Tras el divorcio de sus padres, se trasladó a Madrid, donde siguió sus estudios en la Universidad Complutense. Enfermó en el curso 1934-35 y su familia marchó a vivir a Málaga, interrumpiendo la carrera en el cuarto año. Tiempo después, retomaría los estudios y su viejo deseo de autosuficiencia económica. Se doctoró en Filosofía y Letras y, en 1948, se licenció en Derecho.
Su voluntad de ingresar en la Escuela Diplomática se ve impedida por un requisito de imposible cumplimiento. “Ser varón, mayor de edad y menor de treinta y tres años. Tener nacionalidad española de origen. No estar casado con extranjera. Poseer título de Licenciado en Derecho o Ciencias Políticas y Económicas”, exigía la convocatoria publicada en el BOE de 10 de octubre de 1949. Mercedes se topa de frente con el retroceso jurídico que el franquismo suponía para la mujer española respecto a la II República: “A la mujer se le admitía en la Universidad –escribió años después- pero a la hora de hacer valer su título le pedían que se convirtiese en hombre”.
Decide entonces darse de alta en el Colegio de Abogados de Madrid. No fueron fáciles sus comienzos. Intentó la pasantía en un bufete, donde le sugirieron que su mera presencia podía resultar “perturbadora”. En otros despachos tampoco fue aceptada, a pesar de recomendaciones de amigas y colaboradoras. Comenzó a ejercer por su cuenta y a atender los asuntos que le asignaban en el turno de oficio.
Así llega a la mesa de su despacho el caso de Antonia Pernía. Apuñalada brutalmente por su marido, había sobrevivido milagrosamente. No era la primera vez que resultaba agredida por el esposo, pero no había podido separarse: hubiera sido privada de la convivencia con sus hijos, expulsada de su casa y quedado sin recursos, pues la mujer estaba excluida de la administración de los bienes gananciales.
La ley procesal vigente consideraba la vivienda familiar como “casa del marido”, de forma que la mujer que solicitara la separación –por muy justificado que fuese el motivo- debía abandonarla para ser “depositada” en el domicilio de sus padres, de terceras personas o incluso en un convento, mientras se resolvía la controversia. La separación la resolvían los tribunales eclesiásticos determinando, normalmente varios años después, si la causa alegada era justificada o no, y concediendo la separación o, por el contrario, obligando a reunirse de nuevo al matrimonio, en cuyo caso no resulta difícil imaginar en qué situación quedaba la mujer.
Mercedes escribió para el ABC dirigido por Luis Calvo un artículo, El domicilio conyugal, denunciando esta situación. El texto sufrió una retención por parte de la censura hasta que el 7 de noviembre de 1953 pudo ver por fin la luz. Lo firmaba: Mercedes Fórmica, letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Tras la publicación, se generó un intenso debate y, durante semanas, el periódico recibía decenas de cartas diarias. Se escribieron numerosos textos de opinión acerca de la polémica suscitada. Pronto el rotativo madrileño publicó también una encuesta realizada entre prestigiosos juristas, como Ramón Serrano Suñer, Antonio Hernández Gil, Antonio Garrigues Díaz-Cañabate, José María Ruiz Gallardón, Alfonso García Valdecasas, Joaquín Calvo Sotelo y una extensa lista. El debate iniciado por Mercedes Fórmica trascendió nuestras fronteras: el británico Dayly Telegraph, la revista norteamericana Time, el diario argentino La Prensa, periódicos alemanes, suizos, daneses, suecos, y de varios países de Iberoamérica se hicieron eco… La revista Holiday la cita como una de las cuatro mujeres más destacadas del año. La reportera Inge Morath (de la agencia Magnus Capa, colaboradora de Life, Vogue o París Match entre otras) viajó a Madrid para conocer y fotografíar a Mercedes. Hasta el semanario clandestino de la CNT reseñó la “interesante cuestión” planteada por la abogada.
Mercedes Fórmica consideró que, para lograr su propósito de impulsar una reforma legal en estos aspectos, debía optar por un criterio práctico y obrar con cautela, pues los sectores más cerrados del régimen sospechaban que se trataba de una maniobra izquierdista para restaurar el divorcio. Planeó una entrevista con Franco y, para disipar recelos, la solicitó a través de la Sección Femenina y se hizo acompañar por un sacerdote letrado. El dictador se mostró receptivo a algunas cuestiones e instó a la abogada a reunirse con el Ministro de Justicia. Mercedes visitó a Iturmendi esa misma mañana y le dijo con desparpajo “quiero que sepa que soy muy pesada, pesadísima” y le aseguró que insistiría “hasta que consiga el cambio”. “Sería magnífico –le sugirió- que usted recibiera la gratitud de tantas mujeres”.
Mercedes continuó dando conferencias, concediendo entrevistas y escribiendo artículos. En 1954, el propio presidente del Tribunal Supremo, José Castán Tobeñas, hizo referencia, en la apertura del año judicial, a las reclamaciones planteadas por la abogada y escritora. En 1956, a raíz de otro caso legal, retomó con intensidad su campaña.
En 1958 llegó por fin la ansiada reforma legal, la más extensa desde la promulgación del Código Civil, y que afectó a la redacción de más de sesenta artículos. Un periódico usó el término “reformica” para referirse a aquella modificación legislativa, jugando con el apellido de su promotora y apuntando a la vez lo limitado de la misma. Pero no habría que caer en el error de minusvalorar lo que supuso en la práctica para millones de mujeres españolas de la época. Ciertamente, no cambiaba la visión de la autoridad del marido sobre la familia, pero sí se amplió la capacidad de obrar de la mujer, se sustituyó el concepto jurídico de casa del marido por vivienda familiar con posibilidad de atribución judicial a la esposa, desapareció la denigrante institución del "depósito" de la mujer separada, se modificó el régimen de custodia de los hijos en caso de separación, se comenzó a exigir consentimiento de la esposa y no sólo del marido para disponer de los bienes gananciales, se equiparó el tratamiento legal del adulterio del varón al de la mujer, se suprimió la pérdida de patria potestad de la viuda que contraía nuevas nupcias... y cambiaron otras muchas y variadas disposiciones que hoy nos suenan aberrantes, pero que en los años cincuenta ni siquiera se discutían y sólo el empeño de una mujer consiguió colocar en el centro del debate social.
¿Por qué se ha condenado al olvido a Mercedes Fórmica? No me cabe duda de que ha sido por su adscripción política, que resulta antipática a derecha e izquierda. Mercedes se afilió a la Falange fundacional en su época universitaria y nunca se apeó de su admiración por José Antonio, al que había tratado personalmente. Tras su fusilamiento, se mostró contraria a que se manipulasen por el incipiente régimen franquista "unas ideas en trance de formación, para desvirtuarlas, sabiendo que los que detentaban el poder no creían en ellas”. En el primer tomo de sus memorias se muestra rotunda: “Confundir el pensamiento de José Antonio con los intereses de la extrema derecha es algo que llega a pudrir la sangre. Fue la extrema derecha quien le condenó a muerte civil, en espera de la muerte física, que a su juicio merecía".
Pero daría absolutamente igual la adscripción política de Mercedes o el juicio que ésta merezca a cada cual. Si no viviéramos en un país tan sectario, tendría que ser reconocida como una figura que luchó innegablemente por mejorar la situación femenina en España. Y que consiguió algunos frutos nada desdeñables, con repercusión práctica positiva en la vida de muchas mujeres, dos décadas antes de que nuestro ordenamiento proclamase la plena igualdad jurídica.
Aparte de esta batalla legal, Mercedes Fórmica desarrolló una intensa labor cultural, dirigiendo la revista Medina o editando la colección divulgativa La novela del sábado. Como escritora publicó obras narrativas como Bodoque (Revista de Occidente, 1945), Monte de Sancha (Luis de Caralt, 1950; reeditada en 1999 por El Aguacero), La Ciudad perdida (Luis de Caralt, 1951) y Collar de ámbar (Caro Raggio, 1989), y biografías históricas como La hija de D. Juan de Austria (Revista de Occidente, 1975), o María de Mendoza (Caro Raggio, 1979). La desigualdad jurídica de la mujer también centró su novela A instancia de parte (Cid, 1955. Reeditada en la Biblioteca de Escritoras de Castalia en 1991), que fue galardonada con el Premio Cid de la Cadena SER por un jurado del que formaban parte Dámaso Alonso, Melchor Fernández Almagro, Dionisio Ridruejo y Carmen Laforet, entre otros.
Escribió sus interesantes recuerdos en La infancia (publicado por la Junta de Andalucía en 1987) y en la trilogía Pequeña historia de ayer, formada por los tomos Visto y Vivido (Planeta, 1982), Escucho el silencio (Planeta, 1983) y Espejo Roto y Espejuelos (Huerga y Fierro, 1998). Los dos tomos que publicó Planeta en los ochenta se han reeditado ahora agrupados en un solo volumen por la editorial Renacimiento bajo el título Memorias (1931-1947).
En los años noventa tuve algún contacto epistolar con Mercedes Fórmica, a raíz de publicar yo una reseña sobre la reedición de su novela A instancia de parte. Le escribí a su casa de Madrid la primera vez para enviarle copia y ella me contestó tiempo después cariñosamente, creo recordar que desde Málaga. En alguna conversación telefónica, nos emplazamos a un encuentro personal que nunca llegó a producirse: se interpuso el implacable Alzheimer.
Mercedes murió en abril de 2002, a los 88 años. No dejó de ser nunca esa mujer inteligente, llena de sentido común, hermosa y amable, que combinaba la elegancia en las formas con la elegancia espiritual. Y fue también durante toda su vida una luchadora, sin aspavientos pero con admirable tenacidad, contra cada injusticia que encontró a su paso.
Fuente: CLAMAR EN EL DESIERTO
Última edición por Martin Ant; 20/01/2014 a las 19:49
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