'Farruquito', condenado a una pena mínima de 16 meses de cárcel
El Mundo
30 de julio de 2005
SEVILLA.- Juan Manuel Fernández Montoya 'Farruquito' ha sido condenado a dos penas de ocho meses de prisión por delitos de imprudencia y omisión de socorro en el juicio por el atropello mortal de un peatón. Es la pena mínima, por lo que podrá eludir la prisión. El bailaor, que no ha acudido al juzgado, "se ha emocionado y se ha puesto muy contento".
La sentencia del juzgado penal 8 de Sevilla considera probado que "Farruquito" circulaba a 80 kilómetros por hora en una calle limitada a 40, que se saltó un semáforo en rojo antes del atropello y "alguno o algunos" al huir, y que además conducía su coche BMW "sin el deber de cuidado que le era exigible" debido al suelo mojado y la existencia de un paso de cebra.
El veredicto condena al bailaor a dos penas de 8 meses cada una por delitos de homicidio por imprudencia grave y omisión del deber de socorro, pero le absuelve de un tercer cargo por simulación de delito, al haber intentado culpar del atropello a un hermano menor de edad.
La sentencia contiene la peculiaridad de anular los "pinchazos" telefónicos que permitieron descubrir los hechos, por lo que aplica a "Farruquito" la atenuante de confesión de los hechos, ya que su declaración fue la primera noticia oficial que se tuvo del atropello, pese a que no la hizo hasta seis meses después y cuando ya había sido acusado por la Policía.
La juez absuelve al cantaor J.R.S., "El Canastero", que viajaba de copiloto, porque al no ser el causante del atropello no tenía la "obligación personalísima, primaria y principal" de auxiliar a la víctima.
En cuanto al artista, la juez rebaja la pena por el delito de omisión porque "aún siendo penalmente reprochable su proceder, a la hora de determinar la pena no puede olvidarse que paró y se percató de que la víctima no quedaba sola sino que fue inmediatamente atendida, contando incluso entre los asistentes con un médico".
"Farruquito" deberá indemnizar a la viuda de la víctima, María Ángeles Madero, en 102.483 euros y a cada uno de sus padres en 8.275 euros.
Otros cuatro acusados -el tío de "Farruquito" A.F.F., el empresario de Marbella O.B.P. y los policías malagueños B.R.M. y J.M.A.H.- han sido absueltos de urdir una trama para culpar del atropello al hermano menor del bailaor, en virtud del principio de los "frutos del árbol envenenado" porque la única prueba contra ellos fue las escuchas telefónicas.
Pena mínima
La juez impone una pena mínima a "Farruquito" por la atenuante de reparación del daño, ya que ha destinado los 140.000 euros que depositó como fianza a indemnizar a la viuda y padres de la víctima, y porque considera demostrado que, tras atropellar a Benjamín Olalla el 30 de septiembre de 2003, "detuvo la marcha, miró hacia atrás y se percató de que tres o cuatro personas rodeaban al peatón".
En cuanto al supuesto intento de culpar a su hermano de 15 años, la sentencia acoge la tesis de "Farruquito" de que él "en ningún momento manifestó que su hermano condujera el vehículo el día del atropello, pues lo único de lo que le hizo responsable es de un golpe con unos contenedores de basura".
Junto a ello, ejerció "su legítimo derecho a defenderse pretendiendo con ello justificar los daños al coche" y además la Policía "no le apercibió expresamente de que ninguna obligación tenía de declarar si perjudicaba a su hermano".
La sentencia declara la inconstitucionalidad de las escuchas, pues la Brigada de Régimen Interno de la Policía -que investigaba a un compañero por tráfico de drogas- "decidió seguir investigando" al percatarse de otro delito en lugar de comunicarlo al juez instructor.
Posible recurso
La Fiscalía de Sevilla anunció que la próxima semana decidirá si recurre, mientras que el letrado del bailaor, Benito Saldaña, indicó que posiblemente pida a la Audiencia que anule la condena por omisión del deber de socorro, que a su juicio no existió, y expresó su satisfacción por un fallo que "se acerca a las tesis que mantuvo esta defensa".
Por el delito de homicidio imprudente, el Ministerio Público pedía dos años y ocho meses de cárcel, la privación por cinco años -uno más de lo solicitado en principio- del derecho a conducir vehículo de motor y ciclomotores.
En cuanto a la omisión del deber de socorro, pidió seis meses más, requiriendo una pena de un año y cinco meses cuando en las conclusiones provisionales solicitaba 11 meses, incluyendo una multa de 22 meses con cuota diaria de 40 euros. Respecto a la simulación de delito, mantuvo la petición de multa de 10 meses con cuota diaria de 20 euros.
Por otra parte, la presidenta nacional de la asociación 'Stop Accidentes', Ana María Campo, ha declarado que la condena le parece una "burla y una injusticia tremenda". "¿Cómo una persona de la magistratura puede dictar una sentencia así?", se preguntó. Campo esperaba una "sentencia de máximos" porque se estaba juzgando la muerte de una persona, "que perdió su vida porque Farruquito conducía sin carné, a velocidad excesiva, huyó del lugar sin prestar ayuda al atropellado, luego urdió un plan para inculpar a su hermano menor... ¿qué más necesita la jueza? Con sentencias tan injustas no acabaremos con los accidentes de tráfico", lamentó Campo.
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