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Tema: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

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Martin Ant Responsabilidades por la... 30/01/2016, 16:16
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 30/01/2016, 16:18
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 30/01/2016, 16:19
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 30/01/2016, 16:21
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 30/01/2016, 16:23
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 30/01/2016, 16:25
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 30/01/2016, 16:29
ALACRAN Re: Responsabilidades por la... 06/02/2016, 19:43
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 11/02/2016, 13:20
ALACRAN Re: Responsabilidades por la... 12/02/2016, 09:45
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 12/02/2016, 10:01
DOBLE AGUILA Re: Responsabilidades por la... 13/02/2016, 02:37
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 13/02/2016, 09:34
DOBLE AGUILA Re: Responsabilidades por la... 14/02/2016, 04:12
ALACRAN Re: Responsabilidades por la... 14/02/2016, 18:25
raolbo Re: Responsabilidades por la... 14/02/2016, 23:22
ALACRAN Re: Responsabilidades por la... 15/02/2016, 13:13
DOBLE AGUILA Re: Responsabilidades por la... 16/02/2016, 00:07
ALACRAN Re: Responsabilidades por la... 18/02/2016, 13:29
Martin Ant Re: Responsabilidades por la... 19/02/2016, 16:36
raolbo Re: Responsabilidades por la... 19/02/2016, 19:26
ALACRAN Re: Responsabilidades por la... 16/11/2024, 12:50
  1. #1
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    - Ya dije anteriormente que la unidad religiosa de España estaba rota de facto en 1963 a causa de los trapicheos de nuestros obispos con herejes, atendiendo a las tendencias y recomendaciones de Concilio y del mismo Juan XXIII. Así que es ridículo achacar responsabilidades a leyes estatales de 1967 que solo pretendían recoger lo que nuestros obispos ya desde hace años predicaban y llevaban a la práctica.

    - Si ya nos ponemos quisquillosos sobre imposiciones o no, aquí el primero que desbarra es el sr. Orbe Tuero cuando dice

    Razonaré brevemente. Todos hemos podido leer, y yo he leído en múltiples periódicos del Movimiento, y revistas, la carta que S.S. Pablo VI escribió al Gobierno, pidiéndoles renunciasen al derecho de presentación, y la contestación del mismo diciendo que no renunciaban. No creemos necesario, en este momento, entrar en si había derecho o no a tal negativa, lo que interesa tan sólo hoy, es el hecho de la negativa
    Eso es falso; Franco había respondido a Pablo VI justo lo contrario:
    En estas circunstancias, mi Gobierno haciéndose intérprete de la nación española y deseoso de acceder a la petición de Vuestra Santidad, se encuentra dispuesto a iniciar una revisión de todos los privilegios de que gozan las dos potencias, en el espíritu de la constitución conciliar ya citada y de acuerdo con la declaración hecha pública a este propósito por nuestro episcopado.

    Por los motivos expuestos, con una fidelidad sincera y sin ningún apego personal a los privilegios u honores que pudieran enturbiar el testimonio de mi fe católica o de mi piadosa devoción a la sede de Pedro, considero, Santo Padre, que una revisión y una puesta al día del Concordato actual aportaría un nuevo perfeccionamiento, tras el II Concilio Vaticano, a las buenas relaciones que felizmente existen entre la Iglesia y el Estado español.
    ¿De qué "negativa" de Franco habla entonces el sr. Orbe?

    - Sobre la "imposición", se la puede llamar como se quiera; pero nada cambia la realidad de su fondo de mandato.

    Dignitatis Humanae sobre libertad religiosa; mandato taxativo y sin excepciones:
    el derecho a esta inmunidad permanece también en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y de adherirse a ella, y su ejercicio, con tal de que se guarde el justo orden público, no puede ser impedido.
    Se hace, pues, injuria a la persona humana y al orden que Dios ha establecido para los hombres, si, quedando a salvo el justo orden público, se niega al hombre el libre ejercicio de la religión en la sociedad.
    Por consiguiente, la autoridad civil, cuyo fin propio es velar por el bien común temporal, debe reconocer y favorecer la vida religiosa de los ciudadanos; pero excede su competencia si pretende dirigir o impedir los actos religiosos.
    - En cambio, el tema del nombramiento episcopal es matizado y condicionado; pues los Concordatos siguen aun vigentes: Decreto Christus Dominus, 1965
    20. Puesto que el ministerio de los Obispos fue instituido por Cristo Señor y se ordena a un fin espiritual y sobrenatural, el sagrado Concilio Ecuménico declara que el derecho de nombrar y crear a los Obispos es propio, peculiar y de por sí exclusivo de la autoridad competente.
    Por lo cual, para defender como conviene la libertad de la Iglesia y para promover mejor y más expeditamente el bien de los fieles, desea el sagrado Concilio que en lo sucesivo no se conceda más a las autoridades civiles ni derechos, ni privilegios de elección, nombramiento, presentación o designación para el ministerio episcopal; y a las autoridades civiles cuya dócil voluntad para con la Iglesia reconoce agradecido y aprecia este Concilio, se les ruega con toda delicadeza que se dignen renunciar por su propia voluntad, efectuados los convenientes tratados con la Sede Apostólica, a los derechos o privilegios referidos, de que disfrutan actualmente por convenio o por costumbre.
    Así, la diferencia con 'Dignitatis Humanae' (la cual, de negarse: "...se injuria al orden que Dios ha establecido..." ¡!) salta a la vista, por lo que no parece muy lógica su equiparación.

    Lamentablemente, en España ya no se podía apelar al socorrido "exequatur " contra la entrada de decretos vaticanos hostiles al Gobierno (como, en este caso, la 'Dignitatis Humanae' o la, aún peor, 'Gaudium et Spes').
    Última edición por ALACRAN; 12/02/2016 a las 11:33
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  2. #2
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    ¿De qué "negativa" de Franco habla entonces el sr. Orbe?
    De la negativa por parte de Franco de realizar de manera unilateral (sin tener que pasar por ninguna revisión concordataria) la reforma legislativa tendente al restablecimiento del poder administrativo pleno en el nombramiento de obispos en favor de la Iglesia, del mismo modo que previamente había realizado de manera unilateral (sin pasar por ninguna revisión concordataria) la adaptación legislativa del Concilio en materia de libertad religiosa.

  3. #3
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Qué manía más tonta tenían con la retirada del Derecho de Presentación; era pura soberbia mezclada con interés político (algo digamos no muy evangélico), que buscaba revocar un Concordato que la propia Iglesia había firmado. Pero si querían nombrar obispos modernistas, liberales, rojos, o separatistas, les bastaba sencillamente con nombrar al "afortunado" politicastro ensotanado "obispo auxiliar", y Franco no tenía manera alguna para oponerse a dicho nombramiento político. Luego el "auxiliar" ascendía a "titular" y listo.

    Entiendan los compañeros del Foro, que NADA de estos temas tiene que ver con la Religión, faltaría más; y si con otras cosas digamos más terrenales que atañen a Estados en principio iguales.

    Y desde luego había imposición en MATERIA RELIGIOSA para TODOS LOS CATÓLICOS en las Constituciones del Concilio (aunque en principio se consideró jurídicamente como "pastoral" ¿¿!!??); cosa de muy diferente naturaleza el caso del Derecho de Presentación, que es privilegio PURAMENTE POLÍTICO reconocido entre DOS ESTADOS, sin implicación religiosa alguna ni por asomo (aunque si implicación política). Mezclar como en ensaladilla las dos cuestiones y ponerlas al mismo nivel, es mostrar un desconocimiento supino (e inexplicable en personas tan sesudas), tanto de cuestiones puramente religiosas (en las que un Estado Católico como tal nada puede decir) como en cuestiones de Estado. Inaudito.
    Última edición por DOBLE AGUILA; 13/02/2016 a las 02:47
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  4. #4
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    ¿Quiere usted decir, entonces, que la cuestión de la unidad católica-libertad religiosa era una cuestión puramente religiosa, es decir, sin implicaciones o vertientes políticas que justificaran el que un Gobierno pudiera decir u opinar algo sobre el asunto, en lugar de tener que limitarse a obedecer como un robot?

    Interesante perspectiva la suya.

  5. #5
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Pues no Martín, no es eso. El hecho de que un Gobierno (de una nación católica) "opinara" de manera oficial sobre el tema de la "libertad religiosa" (sic); es algo en todo caso testimonial y por supuesto NO VINCULANTE a efectos doctrinales, que además podría suponer un serio altercado con la Santa Sede; situación que bajo ninguna circunstancia era deseable y además sería totálmente INÚTIL ya que NO SE TENDRÍA COMPETENCIA de ninguna clase en tal materia. Más bien serviría para enfrentar aún más a los dos Estados con injerencias poco productivas para nosotros (pero si muy productivas para nuestros enemigos).

    Competía la crítica a dichas Constituciones a los doctores en primer lugar, y a la totalidad de los ministros de Dios en segundo (cosa que sólo hizo una exigua y leal MINORÍA). No era cosa de Gobiernos inmiscuirse ni legislar en materia de Religión por muy buena fe que se pudiera tener; el fantasma del cisma es siempre el objetivo último del Enemigo. Habrían de ser los católicos, públicamente pero SIN EL ESTADO detrás (que además no podría en ese caso IMPONER nada), quienes deberían (y aún deben) hacerlo.

    La cuestión de los obispos era de muy distinta naturaleza; y en ese caso la Santa Sede y el Reino de España están al mismo nivel jurídico-político, ya que se trataba de un privilegio histórico reconocido y firmado anteriormente por las dos partes, que emanaba en origen directamente de la "Costumbre" como Fuente del Derecho.
    Última edición por DOBLE AGUILA; 14/02/2016 a las 04:34
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  6. #6
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    No se puede decir mejor ni con más contundencia. Lo has clavado, Doble Aguila.

    Sobre la sibilina rotundidad de la Dignitatis Humanae, debe decirse que pasó a permitir obligatoriamente no solo que las sectas abrieran locales sino el proselitismo agresivo y los ataques anticatólicos, cosa que estaba descartada en el proyecto del ministro Castiella de 1964.
    Por supuesto, los meapilas de 1967 no dijeron ni pío sobre el texto de Dignitatis Humanae (1965) que empeoró el proyecto de Castiella (¡que se rasgaban las vestiduras cuando salió a la luz!); sería para plantearse si de veras les importaba la pérdida de la unidad católica...o más bien, el morbo político que conllevaba (yo afirmaría esto último sin pestañear).

    Y por lo que respecta a los obispos: muy críticos con Castiella en 1964 (y eso que había dictadura)... pero llegan las barbaridades de la Dignitatis Humanae y los pobrecitos se callan como muertos (y eso que el Concilio entronizaba urbi et orbe la libertad de expresión y condenaba la censura..., ja)
    Última edición por ALACRAN; 14/02/2016 a las 23:31
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  7. #7
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Poco queda que añadir, simplemente decir que si Franco hubiese intentado salvar la Unidad Católica por los medios que fuesen, probablemente hubiese sido calificado de "anticatólico", "regalista", de "no respetar la libertad de la Iglesia", de "absorber la Iglesia" o incluso de "cismático", etcétera. De hecho, le criticaron e incluso hicieron, en algunos aspectos, la vida imposible (Tarancón y compañía) habiendo él aceptado los hechos consumados, así que no me imagino qué hubiera pasado de haberse opuesto a todo aquello. I, en cualquier caso, como bien se ha dicho, con todo el pescado vendido en el Vaticano ya nada, por parte de un Estado, se podía hacer, y esto no tiene nada que ver con Franco.

    Lo que nunca se podrá criticar es el trato de Franco hacia la Iglesia. Más de uno se hubiera visto tentado, tras el Vaticano II, de darle a la Iglesia Católica el mismo estatus que las "demás religiones", totalmente en coherencia con dicho Concilio, y adiós cualquier tipo de prerrogativas. Y nada de esto ocurrió, como sabemos lo aceptó todo sin rechistar (qué remedio).

    Por lo tanto, sin ver otra alternativa posible dadas aquellas circunstancias, no entiendo las críticas a Franco en este asunto.
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  8. #8
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Cita Iniciado por raolbo Ver mensaje
    Poco queda que añadir, simplemente decir que si Franco hubiese intentado salvar la Unidad Católica por los medios que fuesen, probablemente hubiese sido calificado de "anticatólico", "regalista", de "no respetar la libertad de la Iglesia", de "absorber la Iglesia" o incluso de "cismático", etcétera.
    Eso tenlo por seguro.
    De hecho, pocos años después, se produjo el famoso affaire de mons. Lefebvre (y ese sí que se la jugó). Pero no tengo entendido que esos lloriqueantes de la "perdida unidad católica" abrazaran el patriótico y anti ecumenista "lefebvrismo" (salvo el consecuente D. Rafael Gambra); prefirieron seguir en el revolucionario y antiespañol "vaticanosegundismo". Quizás sería porque, en lo relativo a España, Mons Lefebvre, defensor de la unidad católica de los países, en todo momento alabó y puso como ejemplo de ella la política religiosa de Franco, tanto antes como después del Concilio. Y eso les debía chirriar insoportablemente (Por ahí andan sus declaraciones cuando estuvo en la sede de Fuerza Nueva en Madrid en 1978).

    Lo que nunca se podrá criticar es el trato de Franco hacia la Iglesia. Más de uno se hubiera visto tentado, tras el Vaticano II, de darle a la Iglesia Católica el mismo estatus que las "demás religiones", totalmente en coherencia con dicho Concilio, y adiós cualquier tipo de prerrogativas. Y nada de esto ocurrió, como sabemos lo aceptó todo sin rechistar (qué remedio).
    El Vaticano le tenía por un meapilas inofensivo, temeroso de excomuniones; y hasta le venía bien que estuviera ahí; que sirviera de contraejemplo de lo que la Iglesia ya no era y poderle usar de pim pam pum de cuando en cuando para granjearse a los progres y demócratas.

    Mejor le hubiera ido a Franco con el Vaticano si (por un imposible) hubiera enchironado curas y obispos por su cuenta, al estilo cubano, yugoslavo o polaco. No olvidemos que por aquella época, la diplomacia vaticana no paraba de encomiar y visitar y hacer acuerdos (Casaroli) con gobiernos comunistas (Yugoslavia, URSS, Hungría..) que tenían en la cárcel a cientos de católicos, y sin importarle nada el escándalo que esas visitas conllevaban: tanto mejor te trataba Pablo VI cuanto más dura hacías la vida a tus súbditos católicos.
    Última edición por ALACRAN; 15/02/2016 a las 20:25
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  9. #9
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Yo más que como meapilas inofensivo, creo que la Iglesia Conciliar le tenía por enemigo "automaniatado" al que urgía derribar lo más pronto posible; en algunos casos menos "radicales" era considerado como un hijo -non grato- que probablemente no planteara ningún problema pero que representaba lo peor del antiguo mundo católico, debiendo desaparecer lo más pronto posible.

    Causa impresión, ver por un lado la total inquina y desprecio con que el Régimen fue tratado por la cabeza de la Iglesia más o menos desde mediados de los sesenta hasta 1976, y por otro, la ABSOLUTA incapacidad de defenderse de éste último. Fueron muy inteligentes al no consumar la excomunión de Franco (que parece ser tenían preparada por causa del Proceso de Burgos) muchísima gente no la habría tolerado por muy católicos que fueran.

    Las increíbles prerrogativas del Clero en materia penal, impedían casi cualquier defensa. Probablemente, el Concordato más favorable a la Iglesia de su historia en éste sentido.

    Concordato Artículo XVI. párrafos IV-V-VI:

    "La Santa Sede consiente en que las causas criminales contra los clérigos o religiosos por los demás delitos, previstos por las leyes penales del Estado, sean juzgadas por los Tribunales del Estado".

    "Sin embargo, la Autoridad judicial, antes de proceder, DEBERÁ SOLICITAR, sin perjuicio de las medidas precautorias del caso, y con la debida reserva, EL CONSENTIMIENTO DEL ORDINARIO del lugar en que se instruye el proceso".


    "En el caso en que éste, por graves motivos, se crea en el deber de NEGAR DICHO CONSENTIMIENTO, deberá comunicarlo por escrito a la Autoridad competente".


    FUENTE:Concordato entre la Santa Sede y España

    Noten los compañeros de éste foro, cómo y de qué manera, el Estado Español de aquella época se encontraba casi inerme ante las acometidas políticas de sus enemigos del Clero. Todo dependía del critero de la Autoridad Eclesiástica.
    Última edición por DOBLE AGUILA; 16/02/2016 a las 00:50
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  10. #10
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    El asunto se solucionó medio año después de la muerte de Franco. Los curas y los obispos ya podrían llegar a ser procesados y encarcelados por cualquier delito ya sin autorizaciones episcopales ni más componendas. Lógicamente a los más revoltosos les entró miedo y dejaron de delinquir: entre otras cosas porque llegaba la democracia, con sus "libertades de perdición": blasfemar, abortar, homosexualidad, divorciarse, libertad de cultos, predicar ateísmo... ¡Pues mira qué bien: ahora los encarcelamientos deberían ser por una causa catoliquísima: impedir "libertades" contrarias a LA LEY NATURAL Y LA LEY DE DIOS! ...Pero, sorprendentemente, ningún cura ni obispo quiso exponerse a ser procesado (y menos aun encarcelado) por oponerse a esas barbaridades que realmente piden venganza al Cielo; pasando a ser cooperadores con ellas por omisión. (Se conoce que contra la poderosa democracia partitocrática no regía la tan cacareada "denuncia profética" conciliar).

    Por cierto, qué facil hubiera sido en 1968, si esas dos propuestas hubieran salido de Pablo VI: "te nombro obispos y a la vez les quito el fuero a mis curas" ... ¿Y para eso llevaban seis años negociando otro concordato (desde 1970)? ¡ sin embargo, ese acuerdo llega nada más morirse Franco! precisamente cuando ya se prevé que los curas españoles dejan de tener motivos "políticos" para delinquir ...Lagarto, lagarto... Se conoce que era el Vaticano quien tenía miedo.

    Acuerdo de 28 de julio de 1976 entre el Estado Español y La Santa Sede sobre
    Renuncia a la presentación de Obispos y al Privilegio del Fuero

    La Santa Sede y el Gobierno español, a la vista del profundo proceso de transformación que la sociedad española ha experimentado en estos últimos años aun en lo que concierne a las relaciones entre la comunidad política y las confesiones religiosas y entre la Iglesia Católica y el Estado; considerando que el Concilio Vaticano II, a su vez, estableció como principios fundamentales, a los que deben ajustarse las relaciones entre la comunidad política y la Iglesia, tanto la mutua independencia de ambas partes, en su propio cambio cuanto una sana colaboración entre ellas; afirmó la libertad religiosa como derecho que debe ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad; y enseñó que la libertad de la Iglesia es principio fundamental de las relaciones entre la Iglesia y los Poderes Públicos y todo el orden civil, dado que el Estado español recogió en sus leyes el derecho de libertad religiosa, fundado en la dignidad de la persona humana (Ley de 1 de julio de 1967), y reconoció en su mismo ordenamiento que debe haber normas adecuadas al hecho de que la mayoría del pueblo español profesa la Religión Católica, juzgan necesario regular mediante Acuerdos específicos las materias de interés común que en las nuevas circunstancias surgidas después de la firma del Concordato de 27 de agosto de 1953 requieren una nueva reglamentación; se comprometen, por tanto, a emprender, de común acuerdo, el estudio de estas diversas materias con el fin de llegar, cuanto antes, a la conclusión de Acuerdos que sustituyan gradualmente las correspondientes disposiciones del vigente Concordato.

    Por otra parte, teniendo en cuenta que el libre nombramiento de Obispos y la igualdad de todos los ciudadanos frente a la administración de la justicia tienen prioridad y especial urgencia en la revisión de las disposiciones del vigente Concordato, ambas Partes contratantes concluyen, como primer paso de dicha revisión, el siguiente:

    ACUERDO

    Artículo 1. 1. El nombramiento de Arzobispos y Obispos es de la exclusiva competencia de la Santa Sede.

    2. Antes de proceder al nombramiento de Arzobispos y Obispos residenciales y de Coadjutores con derecho a sucesión, la Santa Sede notificará el nombre del designado al Gobierno español, por si respecto a él existiesen posibles objeciones concretas de índole política general, cuya valoración corresponderá a la prudente consideración de la Santa Sede.

    Se entenderá que no existen objeciones si el Gobierno no las manifiesta en el término de quince días.

    Las diligencias correspondientes se mantendrán en secreto por ambas Partes.

    3. La provisión del Vicario General Castrense se hará mediante la propuesta de una terna de nombres, formada de común acuerdo entre la Nunciatura Apostólica y el Ministerio de Asuntos Exteriores y sometida a la aprobación de la Santa Sede. El Rey presentará, en el término de quince días, uno de ellos para su nombramiento por el Romano Pontífice.

    4. Quedan derogados el artículo VII y el párrafo 2º del artículo VIII del vigente Concordato, así como el Acuerdo estipulado entre la Santa Sede y el Gobierno español el 7 de junio de 1941.

    Artículo 2. 1. Queda derogado el artículo XVI del vigente Concordato.

    2. Si un clérigo o religioso es demandado criminalmente, la competente Autoridad lo notificará a su respectivo Ordinario. Si el demandado fuera Obispo, o persona a él equiparada en el Derecho Canónico, la notificación se hará a la Santa Sede.

    3. En ningún caso los clérigos y los religiosos podrán ser requeridos por los jueces u otras Autoridades para dar información sobre personas o materias de que hayan tenido conocimiento por razón de su ministerio.

    4. El Estado español reconoce y respeta la competencia privativa de los Tribunales de la Iglesia en los delitos que violen exclusivamente una Ley eclesiástica conforme al Derecho Canónico. Contra las sentencias de estos Tribunales no procederá recurso alguno ante las Autoridades civiles.

    El presente Acuerdo, cuyos textos en lengua española e italiana hacen fe por igual, entrará en vigor en el momento del canje de los instrumentos de ratificación.

    28 de julio de 1976

    Instrumento de ratificación de España de 19 de agosto de 1976 al
    ACUERDO DE 28 DE JULIO DE 1976, ENTRE LA SANTA SEDE Y EL ESTADO ESPAÑOL
    (BOE nº 230 de 24 de septiembre de 1976)

    https://mbarral.webs.ull.es/fuero.html

    Última edición por ALACRAN; 18/02/2016 a las 18:31
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  11. #11
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Leyendo los intercambios de mensajes entre los franquistas del Foro no deja de ser algo curioso que, en su pretendida defensa de Franco, realmente lo están dejando por los suelos en lo que se refiere a uno de los principales atributos de toda persona humana: la libertad y la responsabilidad en su actuación.

    Manda narices que precisamente sea yo, que no soy franquista, el que esté tratando con más dignidad a Franco en este asunto de la unidad católica-libertad religiosa, que sus supuestos "defensores": Franco actuaba con libertad e independencia con respecto al Vaticano, es decir, aceptaba o rechazaba los mandatos y/o sugerencias del Vaticano (y de ahí proviene el que se haya puesto algún ejemplo para corroborarlo), y no se relacionaba con Roma como si fuera un crío de seis años que tuviera que obedecer automáticamente sin rechistar a todo lo que le dijeran.

    Creo que aquí se puede observar un caso típico de hasta dónde puede llegar la mentalidad irracional de los franquistas (sobre todo de los franquistas neointegristas herederos de la mentalidad de Fuerza Nueva). El juego es muy simple y se llama razonamiento circular: lo hizo Franco, ergo está bien. Está bien, ergo lo hizo Franco. Y así sucesivamente.



    PD. Merecería comentario aparte (aunque este no es el hilo adecuado para ello) los elogios que los franquistas del Foro realizan respecto a los restos residuales de la antigua independencia y libertad prerrevolucionaria de la Iglesia Católica que ésta tuvo durante el régimen de la Monarquía Española o régimen de Cristiandad (589-1833); restos que habían sobrevivido a los regímenes revolucionarios-liberales anteriores y habían llegado hasta el franquismo, y que se consideraban antiguas reliquias destinadas a desaparecer tarde o temprano (más bien temprano).

    A los legitimistas españoles les gusta reservar sus elogios al pan de la mesa del Régimen de Cristiandad o pre-revolucionario, no a las migajas que el Estado Moderno (1833-2016), en su omnipotente soberanía bodiniana, pueda dejar caer de la mesa para que nos "regocijemos" con ellas.

    Me gustan estos intercambios en el Foro, porque reflejan más que nunca el abismo insalvable que hay entre una persona de mentalidad política tradicional española y otra de mentalidad revolucionaria, cuando se aborda cualquier tema o asunto. Distancia insalvable que queda reflejada sobre todo en la incomprensión por parte del revolucionario de la diferencia absoluta y total entre el Régimen de Cristiandad o Tradicional español y el Estado (régimen propio de la Revolución contemporánea).
    Última edición por Martin Ant; 19/02/2016 a las 16:49

  12. #12
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Cita Iniciado por Martin Ant Ver mensaje
    Leyendo los intercambios de mensajes entre los franquistas del Foro no deja de ser algo curioso que, en su pretendida defensa de Franco, realmente lo están dejando por los suelos en lo que se refiere a uno de los principales atributos de toda persona humana: la libertad y la responsabilidad en su actuación.

    Manda narices que precisamente sea yo, que no soy franquista, el que esté tratando con más dignidad a Franco en este asunto de la unidad católica-libertad religiosa, que sus supuestos "defensores": Franco actuaba con libertad e independencia con respecto al Vaticano, es decir, aceptaba o rechazaba los mandatos y/o sugerencias del Vaticano (y de ahí proviene el que se haya puesto algún ejemplo para corroborarlo), y no se relacionaba con Roma como si fuera un crío de seis años que tuviera que obedecer automáticamente sin rechistar a todo lo que le dijeran.

    Creo que aquí se puede observar un caso típico de hasta dónde puede llegar la mentalidad irracional de los franquistas (sobre todo de los franquistas neointegristas herederos de la mentalidad de Fuerza Nueva). El juego es muy simple y se llama razonamiento circular: lo hizo Franco, ergo está bien. Está bien, ergo lo hizo Franco. Y así sucesivamente.



    PD. Merecería comentario aparte (aunque este no es el hilo adecuado para ello) los elogios que los franquistas del Foro realizan respecto a los restos residuales de la antigua independencia y libertad prerrevolucionaria de la Iglesia Católica que ésta tuvo durante el régimen de la Monarquía Española o régimen de Cristiandad (589-1833); restos que habían sobrevivido a los regímenes revolucionarios-liberales anteriores y habían llegado hasta el franquismo, y que se consideraban antiguas reliquias destinadas a desaparecer tarde o temprano (más bien temprano).

    A los legitimistas españoles les gusta reservar sus elogios al pan de la mesa del Régimen de Cristiandad o pre-revolucionario, no a las migajas que el Estado Moderno (1833-2016), en su omnipotente soberanía bodiniana, pueda dejar caer de la mesa para que nos "regocijemos" con ellas.

    Me gustan estos intercambios en el Foro, porque reflejan más que nunca el abismo insalvable que hay entre una persona de mentalidad política tradicional española y otra de mentalidad revolucionaria, cuando se aborda cualquier tema o asunto. Distancia insalvable que queda reflejada sobre todo en la incomprensión por parte del revolucionario de la diferencia absoluta y total entre el Régimen de Cristiandad o Tradicional español y el Estado (régimen propio de la Revolución contemporánea).
    ¿Eso es todo lo que se le ocurre a Vd responder después de una semana de silencio? ¿Qué? ¿No hay ningún artículo de D. Manuel de Sta Cruz o del sr. Orbe para replicarnos?
    Anda que menudo baño que han recibido Vd y su par de "sabios".

    Siga, siga mandándonos articulitos. A los "irracionales" nos encanta contestar a los sectarios trasnochados.
    DOBLE AGUILA, raolbo y Pious dieron el Víctor.
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
    Detrás de los sofistas vienen siempre los bárbaros, enviados por Dios para cortar con su espada el hilo del argumento." (Donoso Cortés)

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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Cita Iniciado por Martin Ant Ver mensaje
    Manda narices que precisamente sea yo, que no soy franquista, el que esté tratando con más dignidad a Franco en este asunto de la unidad católica-libertad religiosa, que sus supuestos "defensores"
    Uf, pues tenga cuidado, no vaya a ser que tenga usted demasiada manga ancha con Franco .

    De todos modos, lo que me intriga es cómo puede mantenerse la unidad católica habiéndose opuesto los Papas y los Obispos a ella, porque en mi opinión debe ser el inicio del debate. Los hay que opinamos que pretender eso sería imposible, y razonamos a partir de aquí (o al menos es como razono yo) y la postura contraria implica una iniciativa para tener un orden católico con un clero que no predica como siempre. Es decir, sin acritud, ¿Qué debería haberse hecho ante esa situación?
    Última edición por raolbo; 19/02/2016 a las 20:33

  14. #14
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    Re: Responsabilidades por la pérdida de la unidad católica española

    Los 24 argumentos de don Ramón Tatay (carlista valenciano) contra la totalidad del proyecto de ley de Libertad Religiosa (1967)


    Revista ¿QUÉ PASA? núm 158, 7-Ene-1967

    LA LIBERTAD RELIGIOSA, LEY CONSTITUCIONAL

    LOS 24 ARGUMENTOS DE DON RAMÓN TATAY CONTRA LA TOTALIDAD DEL PROYECTO DE LEY

    Elaborado ya (1967) el proyecto de Ley de Libertad Religiosa, que deberá pasar a las Cortes del Reino para su examen, dictamen, debate, si hubiere lugar, y aprobación definitiva, hemos considerado interesante recabar la opinión, acerca de problema de tanta trascendencia histórica, de un hombre tan autorizado como e ilustre letrado valenciano don Ramón Tatay y Tatay, Licenciado en Derecho Canónico. Bachiller en Sagrada Teología y una de las más descollantes figuras del carlismo de nuestro tiempo. Don Ramón Tatay, integrista ciento por ciento, nos ha dicho:

    «He aquí algunos de los más numerosos y principales argumentos que me obligan a rechazar cualquier intento, por mínimo que sea, de introducir la llamada «Libertad religiosa» en esta tierra sagrada de España, nunca hasta hoy profanada por la presencia legal y masiva de las sectas anticatólicas:

    1) Doy por reproducido el texto íntegro del escrito firmado por los señores Fagoaga, Marrero, Piñar, Vallet de Goytisolo y Vegas Latapie, en agosto de 1964, y publicado en Madrid por las revistas «¿QUE PASA?» e «Ilustración del Clero», y aludido en otros órganos no menos autorizados y prestigiosos.

    2) «.., ¿Seguiríamos a los Papas o al Concilio? ¿O es que los textos del Vaticano II, que nada han querido definir, tienen más autoridad en materia de libertad religiosa que las epístolas y encíclicas de Pío VI, Gregorio XVI, Pío IX. León XIII, San Pío X, Pío XI, Pío XII y Juan XXIII, coherentes, por lo demás, con sus antecesores, v. gr. con todos los que gobernaron la Iglesia desde Constantino hasta el Cisma de Focio y, especialmente, con San León el Grande, con Gelasio y Celestino, tan expresivos en esta materia?». (P. Eustaquio Guerrero. S. I., en «Cristiandad», Barcelona, núms. 427-428, septiembre-octubre 1966. págs. 198-199). Y prosigue:

    3) «Y si la Iglesia enseñó siempre como indiscutible verdad que el Estado católico correspondiente a una sociedad católica NO DEBE RESPETAR la inmunidad en materia religiosa cuando el acatólico trata de difundir sus errores entre los católicos. ESO SIGUE Y SEGUIRA ENSEÑANDO. Fuera de que el Concilio ha ratificado esa doctrina en el número 1 de la Declaración (art. cit., pág. 199).

    4) En efecto, la Decl. «Dignitatis humanae» proclama en su número 1: «Se mantiene íntegra la doctrina tradicional…» Nadie puede desconocer ese inequívoco texto que cierra el paso, una vez más, a la «libertad religiosa» en España.
    (*)

    5) Irrefutable escrito del mismo P. Guerrero probando, de modo definitivo, que no se puede lícitamente autorizar la menor propaganda protestante en España si se tiene presente la Doctrina católica («Cruzado Español», núms. 205-206, 1 y 15 octubre de 1966. pág. 3).

    6) «Es un error creer que este es un problema religioso. Es un problema político que va contra el régimen español, como lo fue el de los presos de Burgos y el de los mineros de Asturias» (P. Francisco Peiró, S. I. «Lo que debe usted saber sobre la libertad religiosa». Madrid-Barcelona. 1965. Cfr. pág. 14. Artículos publicados anteriormente en «ABC»).

    7) La «historia de la Iglesia», de la B.A.C., escrita por los PP. jesuitas, en su tomo IV (edic. de 1951), páginas 329-330, prueba la conexión existente entre los templos protestantes y logias masónicas al servicio de Inglaterra, según documentos capturados durante nuestra guerra de 1936-1939.

    8) En esa misma gravísima consideración insiste, encarándose con el Gobierno español e invocando la perennidad del Movimiento Nacional de julio del 36, el actual miembro del Consejo del Reino, monseñor Olaechea, en su pastoral de 15 de agosto de 1952: «Los disidentes, ¿cuántos y quiénes son?» El arzobispo de Valencia juzga ya anticipadamente lo que ahora se propone tan sin rodeos al país. Es muy explícito sobre los crímenes horrendos de las sectas protestantes aliadas con las hordas rojas y a su servicio desde antes del 17 de julio del 36. La pastoral del consejero del Reino, doctor Olaechea, tiene ahora más actualidad que entonces y es completamente imposible olvidar las conclusiones a que llega y las advertencias tan cargadas de temibles presagios que hace al Gobierno español.

    9) Públicamente ha dicho y repetido el arzobispo de Madrid, doctor Morcillo, que España es el país que más “arriesga” (sic) con la libertad religiosa. Y ¿quién nos obliga a incurrir en esos riesgos no sólo innecesarios, sino gravemente ilícitos? Ya hemos visto que eso sería suicida, según expresamente afirma monseñor Olaechea, tan adicto a la persona ya la obra de S. E el Jefe del Estado.

    10) El mismo prestigiosísimo prelado habla de la guerra civil probable si se abre la puerta al protestantismo, y la misma severa admonición hicieron en su día -con casi idénticas palabras— a quien podía y debía oírlas, monseñor Zacarías de Vizcarra en sus innumerables artículos de «Ecclesia» sobre las insidias de las sectas y sus pretensiones y el apoyo internacional; el obispo de Las Palmas, doctor Pildain, y el actual arzobispo de Zaragoza, doctor Cantero, en su conferencia en el C. S. de I. C.

    11) El nada sospechoso de amor a nuestra unidad católica, el muy izquierdista Emilio Salcedo, nos refiere en su completa biografía sobre Unamuno (Edit. Anaya. Salamanca, 1954) que todos los pastores protestantes españoles eran a la vez masones y con vinculaciones anglófilas. Lo testimonió la esposa del pastor Atilano Coco, fusilado en aquella ciudad.

    12) Doy por reproducidos los muy serios argumentos del actual ministro señor Carrero Blanco ante el Consejo de Ministros, en La Coruña el 10 de septiembre de 1964, objeto de virulentos ataques por el corresponsal de «Le Fígaro» en Madrid y reproducidos y amplificados por la progresista revista jesuita «Hechos Dichos» (Zaragoza, enero de 1965, páginas 119-122) por oponerse al estatuto de acatólicos. Y doy aquí por reproducida la carta a dicho señor Carrero que le envié el 29 de enero de 1965 aún sin respuesta.

    13) El Jefe del Estado dijo ante las Cortes el 24 de octubre de 1953, al ratificar el vigente Concordato: «En todo caso, la tolerancia para creencias y cultos diversos NO QUIERE DECIR LIBERTAD DE PROPAGANDA que fomente las discordias religiosas y turbe la segura y unánime posesión de la verdad y de su culto religioso en nuestra Patria. PORQUE NOSOTROS PODEMOS CONSENTIR que los disidentes encuentren en España modo de practicar su culto, PERO NO QUE, contra la voluntad general y con escándalo del pueblo, HAGAN PROSELITISMO e intenten desviar a los católicos con dádivas de los deberes religiosos, cuando la casi totalidad de la nación quiere conservar, A CUALQUIER PRECIO, su unidad católica.»

    14) Escribía yo en carta del 31 de diciembre de 1965 (completando otra del día anterior) al señor Oriol, ministro de Justicia —cuyo subsecretario, señor Alfredo López, tanto se ha distinguido en sostener tesis arriesgadísimas y sin base alguna sobre «libertad religiosa», con gran escándalo de los católicos conscientes—: «...8) Los catedráticos de Universidad sancionados hace pocos meses por actividades subversivas pedían en sus escritos ilegales la libertad religiosa y la separación de la Iglesia y del Estado (cf. texto oficial hecho público por el Gobierno): por tanto, sería suicida hacer la más mínima concesión (a esos enemigos declarados del Estado y del Régimen) en esa materia. Bien claro se advierte en los contundentes escritos de los padres F. Peiró y José Alvarez (especialista prestigioso en probar los errores del íntegro Secretariado para la Unión de los cristianos (Vaticano II), que preparó e impuso los textos sobre l.r., pero que no pudo impedir que bajasen de peldaño en peldaño jurídicamente hablando en cada etapa hasta llegar al ínfimo: una declaración pura y simple, cuando se pretendió sucesivamente que fuera constitución dogmática, constitución pastoral y decreto, quedándose en lo que fue y es.)

    15) Un destacado religioso O. P. probó en «El Español» hace algunos meses (1967) la mala fe del protestantismo mundial respecto del Concilio. En cuanto a los planes de envergadura que esas sectas están ya ejecutando (como nadie ignora) para protestantizar a España y cobrarse así la derrota del s. XVI, hay detalles escalofriantes en el «Boletín del C. I O.», núm 14, pág. 11, del año 1966. ¡Y no puede leerse sin tristeza que cierto embajador ose pedir que se despolitice nuestra unidad religiosa! Si viviera monseñor Vizcarra no lo repetiría. Me recuerda cuando Pío XII hizo salir de Roma al embajador de De Gaulle ante el Vaticano, nuestro feroz enemigo Jacques Maritain. Es imposible leer aquélla con paciencia, y que conste que si yo callara hablarán hasta las piedras, como dice el Evangelio.

    16) Los rojos en el exilio y todos los órganos extranjeros más hostiles siempre a la Cruzada, ahora baten palmas y se apresuran a felicitar a régimen tan aperturista. ¿De dónde sale tan repentino afecto y cariño? ¡Y aún osa decir la prensa que el partido comunista obstaculiza el Referéndum (1966)! ¡Falso por completo! Los secuaces de Moscú no son tan idiotas que combatan sus propios intereses. Nunca lo han hecho y cada día saben más. Siempre desearon la «libertad religiosa» y se preparan a sacar buen partido de ella, si llega a introducirse —«quod Deus avertat!»

    17) ¡Bastaría leer lo que la muy escandalosa —en todos los sentidos— sucursal del masónico e izquierdista «Le Monde» en Madrid: me refiero, claro está, a cierto diario «popular» (“Pueblo”). Lo que escriben estos días allí con grandes titulares sobre dicho tema testifica sobradamente de qué se trata! No se puede indicar más claramente que España es ya (1967) presa de las sectas, y casi más que durante la sanguinaria república que también introdujo la libertad religiosa, aunque esa vez con la expresa reprobación de la Santa Sede. Ahora se alega que existe el visto bueno de Roma. Ya expuse lo que se puede pensar de eso con el Magisterio Pontificio de veinte siglos en la mano. (*)

    18) De una vez para siempre hago constar que la unidad religiosa es total y radicalmente incompatible con la menor libertad religiosa y es un monstruoso sofisma confundir adrede -como se viene haciendo incluso por altos eclesiásticos- UNIDAD CATÓLICA y ESTADO CONFESIONAL, que son cosas muy diversas y conceptos no siempre coincidentes. Ampliamente se probó este aserto en el número de ¿QUÉ PASA? correspondiente al 3 de diciembre de 1966, pág. 4 y antes, de modo completo, en «Boina Roja» decano de la prensa carlista de posguerra.

    19) En la autorizada revista falangista «Juanpérez», B.ª, afirmó expresamente en su núm. 13, autorizado por la censura, en 1964, página 11, que «el objetivo del Estatuto es DISOLVER LA UNIDAD CATÓLICA».

    20) Y «Montejurra», número extraordinario, octubre 1964, sobre unidad religiosa, proclamaba con grandes titulares en su portada esto:
    «LIBERTAD RELIGIOSA EN ESPAÑA IGUAL A:
    ROMPER LA UNIDAD NACIONAL
    DESVIRTUAR LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES.
    TRAICIONAR A L0S MUERTOS DE LA CRUZADA.
    Mientras el pueblo español desconoce el proyecto, los órganos protestantes, progresistas y rojos lo conocen hasta el último detalle».

    21) Habla el Papa San Pío X: «La libertad de cultos es un error monstruoso, un delirio, una libertad de perdición, un error que no puede haberlo más fatal para la Iglesia católica y la salvación de las almas, UNA DESASTROSA Y PARA SIEMPRE DEPLORABLE HEREJIA, un temible sistema: la libertad de cultos corrompe las costumbres y el espíritu propaga la peste del indiferentismo, constituye un verdadero crimen social.»

    22) Más de un centenar de libros y folletos, desde 1960 hasta hoy prueban concienzudamente cuanto yo he venido exponiendo sobre deberes gravísimos de gobernantes católicos en naciones católicas. El Vaticano II, pese a cuanto se diga en contra (*), jamás podía modificar en lo más mínimo al Supremo Magisterio Pontificio en esa materia, por ser éste, hasta Juan XXIII inclusive:
    Explícito
    Infalible
    Irreformable; y
    Reiteradísimo.

    23) Como carlista en activo ratifico mi adhesión al documento oficial de la Comunión Tradicionalista de 23 de mayo de 1963, firmado por don Javier, su jefe delegado, y restantes autoridades de la C. T., y expreso mis reservas ante recientes defecciones, de cuya autenticidad desconfío.

    Nadie puede olvidar en conciencia tantos documentos obligatorios de Roma, sobre todo las proposic. 15 a 18, la 55 y las 77 a 79 del «Syllabus» y encíclica «Quanta cura» de 1864, de Pío IX, y las de Gregorio XVI y León XIII. En la «Quanta cura» hay un texto directamente afectante a la nueva redacción del art. 6.°, que queda ya reprobado sin apelación posible ante la conciencia católica del país y del mundo entero. Ya León XIII confirmó la grave obligación de los gobernantes católicos de reprimir por la fuerza a los cultos acatólicos en la difusión de sus errores.

    24) Yo pronuncié en enero y febrero de 1966 un ciclo de conferencias contra la l. r., entendida en sentido heterodoxo, en el Circulo Carlista de Valencia, y todas las noches presidieron destacados representantes de ambos cleros, lo que hago constar con legitima satisfacción. Por mis convicciones profundas debo rechazar esa ley anunciada que atenta contra el dogma católico y lo hago con toda mi alma como teólogo y canonista, y también como jurista seglar. Mis padres y tres tíos fueron asesinados por los rojos y yo mismo escapé milagrosamente a idéntico fin. Las hordas —a las que propone «Arriba» del 11 de agosto pasado un homenaje nacional— se incautaron de todos mis bienes, y puedo asegurar que desde 1936 me hallo en pie de guerra contra quienes intenten repetir la hecatombe del 36.

    (*) Referencia al famoso párrafo “engañabobos” del cap I de la Introducción a “Dignitatis Humanae: “El santo Concilio…. deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo”.

    .
    Última edición por ALACRAN; 16/11/2024 a las 13:28
    "... Los siglos de los argumentadores son los siglos de los sofistas, y los siglos de los sofistas son los siglos de las grandes decadencias.
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