Vacunas con fetos abortados. ¿Es lícito usarlas?
Diciembre 11, 2020
Antes de tocar el tema, es preciso hacer una clarificación que, todo moralista serio, debería conocer; y nos referimos al tema de la cooperación al pecado de otro, un tema siempre complejo de explicar.
Intentando ser lo más didácticos posibles, hay que decir que, la cooperación se define como el concurso físico o moral a la obra de otro, a diferencia del escándalo, que consiste en un acto que da ocasión al acto malo del prójimo.
1. Cooperación formal: se da cuando alguien coopera con la acción inmoral de otro, compartiendo su intención y, por ende, pecando. Ejemplo: dos personas roban juntos un banco, tan ladrón es el que apunta con la pistola al cajero como quien está vigilando que no llegue la policía. Algunos llaman a esto la cooperación“formal subjetiva”. Es siempre ilícita
2. La cooperación material inmediata o directa (o cooperación formal objetiva): Consiste en concurrir al acto pecaminoso de otro, sin compartir su intención pecaminosa, pero con un acto que no sólo ayuda al pecado sino que no podría darse en un contexto bueno o indiferente. Ejemplo: el vendedor de revistas que, sin estar de acuerdo con que alguien consuma pornografía, las vende, o la mujer que, sin estar de acuerdo con que su marido use un preservativo, coopera con ese acto, viciado desde el inicio. Es siempre ilícita.
3. La cooperación material mediata o indirecta (o cooperación material): consiste en concurrir a la obra mala de otro, sin compartir su intención, y con un acto que de suyo podría encontrarse en un contexto bueno o indiferente. Aquí la clave está en que, el agente principal, abusa de la acción de quien coopera. Ejemplo: el caso de un vendedor que vende vino que sirve para que otro se emborrache, sin saberlo; o el que presta un cuchillo a un amigo sin saber que, con él, matará a su mujer.
Sobre la calificación moral de esta cooperación, la clave se encuentra en el abuso que hace el agente principal, de una acción buena o indiferente del cooperador.
Para que sea lícita es necesario:
a) Que la acción del cooperante sea en sí misma buena o indiferente.
b) Que el que obra debe tener un fin honesto, es decir, querer únicamente el efecto bueno que se sigue de su acción y rechazar el malo.
c) Que el efecto bueno que pretende quien la realiza no sea consecuencia del malo (no se puede hacer o permitir un mal para que venga un bien). Muchas veces, la conexión entre la cooperación material y el efecto malo es tan próxima, necesaria y condicionante del acto pecaminoso, que se hace imposible escindirla del mismo, siendo, por tanto, siempre pecado. Ejemplo, no es lícito a una enfermera instrumentista, por motivos graves (por ejemplo, para conservar el empleo), prestar sus servicios en un aborto, porque, aunque sus actos fuesen los mismos que prestaría en una intervención quirúrgica lícita, en este caso están tan íntimamente conectados con el asesinato de un niño que son pecaminosos. Pero sí sería lícita la empleada que barre el piso de un hospital abortista.
d) Debe existir una causa proporcionalmente grave al daño que se seguirá de la cooperación material al mal, sin embargo, nunca existen causas proporcionadas aciertos daños o al escándalo teológico que pueden acarrear ciertas cooperaciones, por más materiales que sean.
Un ejemplo de cooperación material lícita, en este sentido, se da también, cuando aun sabiendo que parte de nuestros impuestos, servirán presumiblemente para financiar campañas inmorales, los pagamos sin tener la certeza absoluta de ello; o cuando, compramos ropa hecha en China, sabiendo que allí, probablemente, exista explotación laboral infantil; porque estas acciones no solo son pasivas, sino que la conexión con el pecado es muy remota y difícilmente corroborable.
Ahora, respecto al tema de las vacunas surgidas a partir de fetos abortados adrede. ¿Qué pensar? ¿Pecan quienes las reciben consciente y voluntariamente, sabiendo que son el fruto de fetos abortados a tal fin? (y esto, independientemente de si los mismos han sido asesinados hace cuarenta años o 4 días). A nuestro humilde entender, en este caso, no sólo habría una cooperación material ilícita sino un grave escándalo teológico.
Es verdad, se nos dirá, que hace ya quince años, la Pontificia Academia para la Vida (año 2005), escribió una carta firmada por el entonces Mons. Elio Sgreccia, en un documento titulado: “Reflexiones morales acerca de las vacunas preparadas a partir de células provenientes de fetos humanos abortados”, sin carácter magisterial, por cierto, donde se decía: “Respecto a quien tiene la necesidad de utilizar tales vacunas (se refería a ciertas vacunas contra la rubeola, hepatitis) por razones de salud, se precisa que… los médicos o los padres que recurren al uso de tales vacunas para sus hijos, a pesar de conocer el origen (el aborto voluntario), realizan una forma de cooperación material mediata muy remota (y en consecuencia muy débil)… y, por ende, “moralmente justificada como extrema ratio en razón del deber de proveer al bien de los propios hijos”.
Sin embargo, agregaba:
“Tal cooperación acontece en un contexto de constricción moral de la conciencia de los progenitores, que están sometidos a la alternativa de obrar contra la conciencia o de poner en peligro la salud de los propios hijos y de la población en general. Se trata de una alternativa injusta que debe ser eliminada cuanto antes”.
Más tarde, en el año 2008, la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe,con menos detalle, expresó en la Instrucción titulada “Dignitas personae. Sobre algunas cuestiones de bioética”, al hablar de las vacunas realizadas a partir de fetos abortados, lo siguiente:
35: “Razones de particular gravedad podrían ser moralmente proporcionadas como para justificar el uso de ese “material biológico”. Así, por ejemplo, el peligro para la salud de los niños podría autorizar a sus padres a utilizar una vacuna elaborada con líneas celulares de origen ilícito, quedando en pie el deber de expresar su desacuerdo al respecto y de pedir que los sistemas sanitarios pongan a disposición otros tipos de vacunas”.
Pues bien, han pasado ya años de estas declaraciones y no sólo no se volvió hacia atrás sino que, al contrario, todo ha ido hacia adelante.
Sin duda que, la Santa Madre Iglesia, ante el avance de la industria del aborto, aclarará pronto que, tanto sea por tratarse de una cooperación material (mediata, remota y pasiva), como por un motivo de grave escándalo teológico a evitar (cfr.Dignitas personae, n. 35), existiría una incongruencia al utilizar dichas vacunas procedentes de fetos abortados con ese fin, frente a la actual defensa de la vida del no nacido, propugnada, con justicia, como “un principio no negociable”; de lo contrario, a muchos les parecerá ilógico asistir, por un lado, a las marchas contra el aborto, para, luego, sin problema de conciencia, usar sus producidos sin que se diga nada ante a experimentos dignos del Dr. Mengele.
Salvo -claro está- que digamos como el cómico inglés Groucho Marx: “yo no soy vegetariano, pero como animales que sí lo son…”.
Que no te la cuenten…
P. Javier Olivera Ravasi, SE
Abogado, Dr. en filosofía, Dr. en historia Prof. universitario en derecho
11/12/2020 Vísperas de Santa María de Virgen de Guadalupe
https://www.quenotelacuenten.org/202...icito-usarlas/
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