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Tema: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

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    Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

    La participación activa en el avance de la Reconquista llevaba aparejada la donación de algunas tierras, por parte de la Corona, a personas destacadas. En la zona, Manrique de Lara recibe donaciones en Torre del Monje, Garci López y Da Oro, en tierra de Zafra, García Ezquerra, en tierras de Villar de Cañas. Hacia 1184 tras la toma Alarcón, D. Diego Jiménez recibe de Alfonso VIII 10 yugadas* de tierra en Las Canalejas término de Zafra, aldea de Huete.

    *Para atraer pobladores a los territorios conquistados se concedía a cada colono una yugada de tierra para labrar ( aprox. 30 Has ) y solar para hacer casas

    La situación fronteriza tras la conquista era, a menudo, un territorio salpicado de donaciones, sin posibilidades de mantener en ocasiones, e infructuosas hasta la consolidación de la ocupación castellana.
    La necesidad de mantener la frontera fuertemente defendida hacía necesario que las tierras fronterizas estuvieran en manos de nobles poderosos o de la propia Corona porque el avance de la reconquista exigía garantía de ocupación y no retroceso en la lucha contra el Islam. La Monarquía encomienda estas tierras a quien tiene capacidad de defenderlas.
    Los territorios conquistados eran confiados a fuerzas capaces de garantizar su defensa. Son las Órdenes Militares y la Corona los únicos capaces de hacerlo. Por eso, algunas concesiones nominales fueron devueltas a la Corona o cedidas a las Ordenes Militares, a cambio de renta, por la imposibilidad de defenderlas cuando se hallaban en territorio limítrofe con tierra mora. Calatravos y Santiaguistas serán los beneficiarios del reparto de tierras en la frontera manchega y los que garantizan su conservación y la continuidad de campañas reconquistadoras.
    La presencia de la Orden de Santiago es casi simultànea a la conquista de Alarcón con una constante intromisión en el alfoz municipal y decidida, aunque fracasada, apuesta por señorializar la villa. Su excesivo interés en tierras de Alarcón le llevó a mantener fuertes disputas con el Concejo.
    Hacia 1174, la frontera del territorio manchego se confía a la Orden de Santiago, con su central, Uclés, colindante con la Tierra de Alarcón que permanece en poder de la Corona.
    En 1194 los santiaguistas obtienen de Alfonso VIII el alcázar de Alarcón y otras posesiones y rentas. La rápida reaccción del Concejo consiguió anular la concesión, aunque no impidió la presencia de la Orden, con la creación y dotación de un hospital de redención de cautivos, convertido en encomienda santiaguista, con sede en Alarcón.
    Estos hospitales, situados en las zonas fronterizas, se ocupaban de albergar a los prisioneros enemigos y cobrar rescate por ellos, así como negociar la recuperación de los propios.
    A la vez, algunos caballeros y nobles (conde Pedro Manrique de Lara, don Bermudo, Sancho Dalariz) que abandonaban el territorio legaron parte de sus propiedades al hospital. Quedaba así estructurada la Encomienda del Hospital de Alarcón, documentada desde 1210 que se mantendrá durante todo el período bajomedieval.
    Las propiedades y concesiones reales al hospital fueron tantas y tan prolongadas en el tiempo que los Visitadores de la Orden, en 1494, citan los derechos de “ portazgo de San Clemente, Zafra, Puebla de Almenara, Cervera, Hito, Montalbo,” a los que, en 1498 añaden “... portazgo de La Almarcha y Villar de Cañas”. Señalando “...este último pueblo, junto con el Hito y Montalbo son lugares de Esteban Coello”. Todavía en 1633 poseía la Orden de Santiago el portazgo de los lugares señalados, en tierra de Alarcón.
    Al mismo tiempo, el Maestre de Uclés llevó a cabo, al menos, una puebla hacia 1194, la Puebla de Don Morant, repartiéndola a favor de 70 pobladores.


    El 29-3-1282, el Maestre Pedro Núñez recibe la villa de Zafra, Los Santos, La Solana y otras posesiones de manos del infante don Sancho, hijo de Alfonso X, que desea congraciarse con la Orden. En torno a la aldea de Zafra, a partir de compras y donaciones, formarían un pequeño conjunto patrimonial que denominaron Encomienda de Zafra, colindante con su puebla de Torre de Don Morant.
    Con estas dos encomiendas la Orden únicamente obtuvo rentas y propiedades, pero no señorío jurisdiccional. Lo que sí conseguirían sobre las poblaciones de una tercera encomienda, la de Haro, que fueron emancipadas
    progresivamente de la jurisdicción de Alarcón. En 1261 ya era santiaguista y la Orden, el 8-I-1261, de
    manos del Maestre Pelayo Pérez, concedía al Infante don Manuel, “en encomienda el castillo de Haro con sus villas y aldeas” por su ingreso como familiar de la Orden y elección de sepultura en el convento de Uclés. Entrega no hereditaria, que volvería a la Orden al morir él y su mujer Da Constanza.
    En este conglomerado de posesiones fronterizas repobladoras, en 1241, Fernando III encomienda al Obispo de Cuenca, D. Gonzalo, que proceda a la partición de términos y amojonamiento entre la Orden de Santiago, tierra de Uclés, y Alarcón.
    Se lleva a cabo en septiembre de ese mismo año. Están presentes D. Rodrigo Iñiguez, Maestre de Santiago, y los Concejos de Uclés y Alarcón. Asísten como testigos quince freyres de Santiago, 5 de la Orden Hospitalaria y 14 vecinos de Uclés y 18 de Alarcón. A ellos se suman dos canónigos de Cuenca, que acompañan al Obispo.
    Sobre el antiguo amojonamiento realizado en el sector entre el Gigüela y la Sierra de Almenara, la nueva Comisión coloca mojones en Villar de Sancho el Cojo, la Fuente de Domingo Pérez y el final de la Sierra. Para deslinde del extremo sur, entre la Sierra y Fuentelespino, se colocan mojones en la peña que hay al final de la sierra; el collado entre los camino de Hontanaya a Gúzquez y de Hontanaya a los Hinojosos. El Pozo del Hinojoso y el propio Fuentelespino constituyen los dos últimos mojones.


    Por el Norte su extensión territorial era más bien escasa. Limitaban los santiaguistas, con la tierra de Huete. Era Alcázar del Rey, posiblemente, el mojón indicador. Ya en 1179 el Fuero Latino designaba este lugar como meridiano entre Uclés y Huete para dirimir los juicios contra los cristianos en la Corte castellana.
    Por el Noroeste, Alharilla, Estremera y Fuentidueña.
    Ocaña, al Oeste, entró a formar parte de la Orden en 1182, cuando el Maestre de Santiago
    lo permuta a los Calatravos por 100 maravedís al año en las salinas de Espartinas.
    Al Sur se prolongaba hacia tierras ya pacificadas al trasladarse la frontera a Sierra Morena, como consecuencia de la victoria de las Navas de Tolosa.
    .
    Delimitados los términos santiaguistas y los de Alarcón desde el principio, la Orden de Uclés nunca traspasó la frontera del término de Saelices, por el Este, según el amojonamiento realizado por el Obispo D. Gonzalo. No obstante, concesiones, permutas y otros, hicieron posible que, inserta en el territorio de Alarcón se estableciera la Encomienda de Haro, con sus aldeas anejas, islote aislado de los santiaguistas, así como la Torre de Don Morant y la efímera encomienda de ZAFRA. Del mismo modo que los Calatravos poseyeron por donación de D. Guillén “ el lugar que dicen Villar del Saz, que es cerca de Alarcón; que parte términos con Zafra e Alcolea e con Montalbanejo e con Hinojosa e con Cervera, e con Torreciella e con La Solana” (25-VIII-1318)
    La repoblación de este extenso alfoz de Uclés se llevó a cabo mayoritariamente durante el último tercio del s. XII y primera mitad del s.XIII. La gran despoblación existente del territorio entre el Záncara y el Tajo exigía una política repobladora primordial y específica.
    Los freyres de la Orden de Santiago llevan a cabo la colonización de las aldeas de Uclés hacia 1174, más de veinte años después de la conquista del territorio.

    Por el ESTE, el alfoz de Uclés se extiende hasta el Gigüela, donde la instalación de molinos en su cauce y el regadío de sus orillas favorecieron una pronta colonización agrícola. En 1226, en el entorno de Saelices, cabeza de xesmo*, se poblaron Anchuelo y
    Cabeza de Griego. Al llegar 1494 todavía continúa Saelices como aldea de Uclés.
    Al SUR, la aldea de Villarrubio se documenta ya en 1242. Junto a ella, Almendros, que seguiría siendo aldea de Uclés en el siglo XV. Cerca del Gigüela, en la jurisdicción de Almendros estuvo poblada La Moraleja, aldea documentada en 1224, que permaneció hasta el siglo XVI. Junto a ella, La Membrillera.
    Al OESTE, en dirección al valle del Riánsares, Torrubia, colonizada hacia 1200, aldea de Uclés a finales del s. XV. Entre Torrubia y la Fuente de Pedro Naharro, la aldea de El Acebrón, poblada hacia 1200, tenía como anejo el lugar de Belmonte.
    A mediados del s. XIII el término de Uclés estaba divido en tres sexmos* : SAELICES, RIÁNSARES y TRIBALDOS. Cada sexmo abarcaba un número determinado de aldeas :
    *sexmo Era una especie de distrito rural de carácter administrativo y fiscal en contraposición al de collacion que se refería al distrito urbano. Resultado de vivir en seis partes el territorio a poblar.
    ♦ RIÁNSARES : Acebrón, Fuente de Pedro Naharro y Torrubia del Campo.
    ♦ TRIBALDOS : Almendros y Villarrubio
    ♦ SAELICES : San Felices y Cabeza de Griego.
    Riánsares, a cinco kilómetros de Tarancón era cabeza de sexmo a mediados del s. XIII. Quedó despoblada y dejó de mencionarse en los siglos XV-XVI.
    Tarancón fue aldea de Uclés hasta 1537 en que obtuvo el privilegio de villazgo. Había sido repoblada a finales del s. XII y primeros del XIII. Figura documentado ya como poblado en un escrito de 1209 en que se cita a “...hijo de Gómez El Cano, de Tarancón”. En 1377 el Maestre de Santiago concede una dehesa al Concejo de Tarancón.
    Belinchón no perteneció a la Orden de Santiago. Formó parte del arciprestazgo de Uclés dentro de la diócesis de Cuenca, pero no fue aldea de Uclés. Fue lugar de señorío de la diócesis de Toledo. Recibió Fuero de don Cerebruno en 1171 y deslindó términos con Tarancón en la Cabezagorda.
    En el siglo XIV cambia la configuración territorial de la Orden de Santiago en la provincia de Castilla. Se pierde territorio al Sur al independizarse como villas, Corral de Almaguer, Villamayor de Santiago, Puebla de Almoradiel y Puebla de Don Fadrique, que siguen perteneciendo a la Orden, pero independientes de Uclés.
    En 1321, el Maestre D. Garci Fernández otorga al Concejo de Chozas (Villamayor) el Fuero de Sepúlveda, con privilegio de villazgo, mercado franco los lunes,... Más tarde, el Maestre concedería a los vecinos de Villamayor (ya, de Santiago) el privilegio de elegir juez y alcaldes “quien y cuantos quisieren”.
    Villamayor se constituye como centro de la Encomienda integrada por El Toboso, Villaverde, el despoblado de Añador, Magacela, Almenara,... Almenara, poblada en 1337, desaparecería después en beneficio de la Puebla de Almenara, de señorío seglar.
    Al llegar el siglo XV el Común de Uclés lo componen 10 aldeas ( El Acebrón, Almendros, Fuente de Pedro Naharro, La Moraleja, Rozalén, Saelices, Tarancón,Torrubia, Tribaldos y Villarrubio) que llegan a 12 (Pozorrubio y Horcajo) en el s. XVI.
    El territorio y las aldeas pertenecieron al alfoz de Uclés durante toda la Edad Media. Algunas de estas pueblas, (Riánsares, Anchuelo, Membrillera, Alboer, Cabeza de Griego, La Moraleja,..) fracasaron como tales a lo largo de este período convirtiéndose en dehesas o tierras de labor de las que no desaparecieron. Los vecinos de otras pueblas fracasadas (Almaguer, Alcardete, Almoradiel) se trasladaron a lugares más propicios donde se establecieron con otro nombre : Corral de Almaguer, Villanueva de Alcardete, Puebla de Almoradiel, o se dispersaron, quedando abandonadas las aldeas.

    Las dificultades repobladoras de la zona fueron numerosas en esta área por la insalubridad de muchos emplazamientos originales, (Albornoz, Fuentes, Almaguer, Almenara, Criptana, Alcolea) lo que ocasionó, más pronto o más tarde , la despoblación de las pueblas originales a favor de algunas mejor situadas que, por su estabilidad física y sanitaria, acabarán hechas villas sobre sí, eximiéndose de la tutela de su antigua cabecera municipal.
    No fue la escasez de tierras, pastos, agua, lo que habría originado una despoblación justificada, sino la insalubridad de su emplazamiento y su estabilidad física y sanitaria. Son muchos los lugares de la zona de los que se refiere su antigua ubicación en paraje distinto al actual, pero no muy distante. El motivo de la dislocación se atribuye siempre a epidemias, pestes, inundaciones. Todos ellos, a lo largo de la E. Media.
    En su afán repoblador, los Maestres otorgaron para alentar en la zona la vida urbana el Fuero de Uclés a Estremera, 1182, Torre de don Morant (Torrebuceit), Santa Cruz de la Zarza,... El mayor esfuerzo repoblador se lleva acabo entre 1315 y 1344, reinando Alfonso XI. A estas fechas corresponden Las Chozas􏰀 VILLAMAYOR de Santiago (1321). La concentración de nuevas pueblas indica la existencia de un gran afán repoblador en esta mancha despoblada.. Este ámbito geográfico ya se conocía antes del s. XIV como Mancha en el sentido de ausencia de potencial humano

    En general las posesiones de la orden permanecieron inalteradas a través del tiempo. No así los territorios de Alarcón que, al ser de realengo, expropiados al Marqués sirvieron como moneda con la que pagar servicios a la Corona por parte de nobles comprometidos. De aquí surgió el nuevo Señorío de Villena, en poder de los Pacheco y una serie de estados y subestados minúsculos para nobles de 2a y 3a categoría :
    Coello􏰀 Montalbo, Villar de Cañas, El Hito
    Beatriz Pacheco􏰀 Villarejo de Fuentes,Villalgordo, Almonacid (10-XII-1445)
    Rodrigo de Cervera􏰀 La Puebla de Almenara,
    Lope de Alarcón 􏰀 Zafra (10-VIII- 1426)
    Martín Ruiz de Alarcón􏰀 Valverde (1395).


    http://www.villardecanas.es/mapas/santiago.pdf
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

  2. #2
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    Re: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

    LA ORDEN MILITAR DE CALATRAVA

    image.jpg






    Estimado lector, hoy en Reales Sitios de España, voy a tratar dentro del Ciclo de las Reales Ordenes Militares Españolas , sobre la Orden Militar de Calatrava, de procedencia manchega que fue ubicada en la antigua Villa de Calatrava (Ciudad Real).

    La Orden Militar de Calatrava es una Orden religiosa y militar, fundada en el Reino de Castilla en 1158 por el Abad Raimundo de Fitero, toledano que la fundo con las reglas de la Orden del Cister y gran amante de las ordenes de caballería. Sus constituciones fueron aprobadas por Bula Papal de Su Santidad el Papa Alejandro III, el 25 de Septiembre de 1164.


    Su origen se debe al gesto heroico hecho por el Rey Alfonso VII de Borgoña, Rey de Castilla y León, al conquistar a los arabes la ciudad de Calatrava, junto al rio Guadiana en el año 1147. El territorio fue cedido a la Orden de los Templarios, dado que queria asegurar su defensa y así alejarla del dominio islámico. Años más tarde fue entregado por la citada Orden a su hijo el Rey Sancho III de Castilla, Rey de Castilla.

    Su objetivo era proteger la Villa de Calatrava, del importante empuje islámico que se estaba llevando en la Península Ibérica y crear un ejercito de más de 20.000 hombres soldado, dirigidos por Diego Velázquez, monje del monasterio cirtenciense de Fitero (Navarra), que retirase a los arabes hacia Al-Andalus.

    La Orden Militar de Calatrava, estaba exenta de la jurisdicción de ordinarios diocesanos y tenía puesta la protección y amparo de la Santa Sede, ningún prelado podía excomulgar a sus frailes y capellanes, y sus maestres fueron grandes príncipes eclesiasticos. Su Santidad el Papa Paulo III, autorizó a casarse a los caballeros de la Orden por Bula Papal, en 1540.

    Dentro de la estructuración de la Orden Militar de Calatrava, estaban las siguientes dignidades:


    Maestre:
    Autoridad suprema de la Orden. Otorgaba las encomiendas, confería hábitos y prioratos, administraba justicia a todas las personas pertenecientes a la Orden, vasallos incluidos. El cargo era electivo y vitalicio. La Orden tuvo un total de 30 Maestres hasta la fecha de unión con la corona Española.
    Comendadores Mayores de Castilla y Aragón:
    Primeras autoridades, después del maestre, en las encomiendas de sus respectivos reinos.
    Clavero:
    Su misión era guardar y defender el castillo y convento mayor de la Orden, es decir, su sede de Calatrava la Nueva. También era lugarteniente del maestre.
    Prior:
    Encargado de la cura espiritual de los caballeros. Representaba al abad de Morimond.
    Sacristán:
    Encargado de la custodia de las reliquias de la Orden, vasos sagrados y ornamentos.
    Obrero Mayor:
    Encargado de las construcciones.


    Los dominios de la Orden Militar de Calatrava, están distribuidos por la comarca del Campo de Calatrava, donde están los lugares principales de la Orden, que está históricamente vinculada con la Orden Militar de Calatrava, Aragón y la provincia foral de Navarra.

    Fueron sus Sedes:

    Monasterio de Fitero (Navarra), 1º sede de la Orden en principios del Siglo XII.

    Castillo de Calatrava la Vieja (Carrión de Calatrava), Siglo XII.

    Castillo de Salvatierra (Calzada de Calatrava), primeros años del Siglo XIII.

    Sacro-Convento Castillo de Calatrava la Nueva (Aldea del Rey), sede definitiva desde 1218.

    PRUEBAS DE NOBLEZA

    El pretendiente que desea ingresar en la Orden Militar de Calatrava, debe probar sus 4 primeros apellidos de Nobleza o Hidalguia, demostrando ser hijosdalgo de sangre a Fuero de España y no de privilegio. Debe tener limpieza de sangre y no deben de vivir los padres y abuelos del esfuerzo manual, no debe carecer de medios decorosos.


    RELACIÓN DE MAESTRES DE LA ORDEN MILITAR DE CALATRAVA

    Don García (1164-1169)
    Fernando Escaza (1169-1170)
    Martín Pérez de Siones (1170-1182)
    Nuño Pérez de Quiñones (1182-1199)
    Martín Martínez (1199-1207)
    Ruy Díaz de Yanguas (1207-1212)
    Rodrigo Garcés (1212-1216)
    Martín Fernández de Quintana (1216-1218)
    Gonzalo Yáñez de Novoa (1218-1238)
    Martín Ruiz (1238-1240)
    Gómez Manrique (1240-1243)
    Fernando Ordóñez (1243-1254)
    Pedro Yáñez (1254-1267)
    Juan González (1267-1284)
    Ruy Pérez Ponce (1284-1295)
    Diego López de Santsoles (1295-1296)
    Garci López de Padilla (1296-1322)
    Juan Núñez de Prado (1322-1355)
    Diego García de Padilla (1355-1365)
    Martín López de Córdoba (1365-1371)
    Pedro Muñiz de Godoy (1371-1384)
    Pedro Álvarez de Pereira (1384-1385)
    Gonzalo Núñez de Guzmán (1385-1404)
    Enrique de Villena (1404-1407)
    Luis González de Guzmán (1407-1443)
    Fernando de Padilla (1443-1443)
    Alonso de Aragón (1443-1445)
    Pedro Girón (1445-1466)
    Rodrigo Téllez Girón (1466-1482)
    García López de Padilla (1482-1487)
    Monarquía Española (1487-2009)


    El Rey Fernando II de Aragón "El Católico", Rey de Castilla y Aragón. Hizo incorporar la Orden a la Corona de España, igual que las restantes Reales Ordenes Militares. Al proclamarse Maestre por Bula Papal, en 1477. A partir de entonces los sucesivos Reyes de España, fueron proclamados maestres.


    La Cruz de Calatrava, consiste en una cruz griega, de gules. Con flores de lis en los extremos de los brazos.


    Actualmente es una Orden honorífica y nobiliaria, depende del Real Consejo de las Ordenes Militares, cuyo Gran Maestre es S.M el Rey Don Juan Carlos de Borbón y Borbón, Rey de España.

    Recientemente, el Real Consejo de las Ordenes Militares organizó el I Congreso Internacional sobre el 850 Aniversario de la Fundación de la Orden de Calatrava, que trataba sobre el nacimiento de la Orden de Calatrava. (Siglos XII y XIII).

    http://www.ordendecalatrava.com/


    Libro recomendado : La Orden de Calatrava, Jesús de Las Heras Febrero (Editorial EDAF) 2008, Madrid.

    http://realessitios.blogspot.com/200...trava.html?m=1
    Última edición por Michael; 31/07/2013 a las 10:06
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

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    Re: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

    APROXIMACIÓN A LA CARTOGRAFÍA INFORMÁTICA DEL TERRITORIO DE LA ORDEN DE SAN JUAN EN LA
    PROVINCIA DE CIUDAD REAL


    Ma de los Ángeles Rodríguez Domenech


    Universidad de Castilla-La Mancha




    Con la presente comunicación aspiramos a conseguir un triple objetivo: mostrar las ventajas de la utilización de la cartografía informática en los estudios históricos; ofrecer un soporte cartográfico del territorio que ocupó la Orden de San Juan en la provincia de C. Real y en la zona limítrofe de la provincia de Toledo; y, por último, representar cartograficamente la evolución seguida por estos territorios en la configuración de la actual provincia de C. Real.


    La cartografía georreferenciada, como es de todos es conocido, ofrece una precisión y una facilidad en el manejo de datos muy superiores a las de otros sistemas de representación gráfica e incrementa las posibilidades de análisis en todas aquellas investigaciones que tengan como base un espacio concreto previamente representado por este procedimiento.


    Esta técnica que se viene utilizando con profusión desde hace varios años en los estudios de carácter geográficos, ordenación del territorio, economía, desarrollo rural etc. no lo ha sido tanto en investigaciones de carácter histórico, campo que ofrece muchas posibilidades cuando el objeto de estudio persigue o se apoya en un territorio preciso (Rodríguez Espinosa, E., 2001, pp. 229).




    No perseguimos, pues, hacer un estudio histórico sobre el territorio ocupado por la Orden de San Juan, tema que, por otra parte, ha sido ya investigado por numerosos autores , sino, aplicar a estos estudios uno de los múltiples programas informáticos de representación cartográfica que existen en el mercado: Arcview-Muniview.


    Aplicación que ya se ha hecho sobre las Ordenes Militares castellanas (Calatrava, Santiago y
    Alcantara) , trabajos que nos van a servir de pauta en lo que respecta a la metodología básica a utilizar y cuyas hipótesis son las siguientes: 1a) El territorio de las Órdenes Militares permaneció sin cambios en lo que respecta a extensión y organización desde su constitución la Edad Media hasta el primer tercio del s. XIX, excepto las enajenaciones realizadas por los Austrias en el s. XVI, que, por cierto, no afectaron a la Orden de San Juan en sus tierras en la actual provincia de C. Real. 2a)


    La división municipal actual no difiere, sustancialmente, de lo que debieron ser los límites municipales en el Antiguo Régimen (López González, C y otros, 1986, pp.291 y Rodríguez Espinosa, E., 2002).


    Los pasos que hemos seguido para la elaboración de los mapas que presentamos han sido los siguientes: 1o) Localizar en el programa Arcview los municipios que se citan en los distintos trabajos históricos sobre la Orden de San Juan en las provincias de C. Real y Toledo, para obtener, así, un mapa con límites y extensión precisa al estar georreferenciado. 2o)


    En los mapas hemos prescindido de los nombres de cada municipio y se les ha asignado un número cardinal que identifica cada uno de los municipios tanto en el listado del Anexo I como en el mapa correspondiente, número que se corresponde con el orden alfabético del programa ARVIEW aunque precedido de un T para los pueblos de la actual provincia de Toledo. 3a)


    La división municipal que nosotros utilizamos es la contenida en el programa informático Arcview Gis, versión 3.1 (1993-1996) y la extensión de los términos municipales es la que en este programa se les asigna. 4o)


    Con los datos así obtenidos presentamos el cuadro no 1, el gráfico no 1 y el mapa no 1 -que nos sirven para acreditar la situación de permanencia de la estructura territorial entre el siglo XV y el XVIII-, en los que se refleja, además, el significado territorial que la Orden de San Juan ha tenido en la provincia de C. Real. 5o)


    Elaborar diversos mapas del territorio de la Orden de San Juan en algunas de las divisiones administrativas o fiscales que se realizaron en el suelo de la actual provincia de C. Real. Concretamente en 1749, en 1789, en 1810, en 1822 y en 1833




    Con esta comunicación esperamos no sólo facilitar futuras investigaciones sobre el territorio de la Orden Hospitalaria, sino estimular a que estas técnicas de representación cartográficas se apliquen con mayor profusión en los trabajos históricos


    1.- El territorio de la Orden de San Juan en la actual provincia de C. Real durante la E. Media


    La Orden de San Juan es una de las dos Ordenes internacionales que intervinieron en la reconquista y en la posterior repoblación de los territorios españoles a diferencia de Calatrava, Santiago o Alcántara que son de origen hispánico.


    El señorío que aquella adquirió sobre algunas tierras de las actuales provincias de C. Real y Toledo se configura por donaciones y acuerdos con los señoríos vecinos , con la particularidad de que el territorio de San Juan no va a ser compacto sino que a las tierras que podríamos llamar originarias entre las actuales provincias de C. Real y Toledo hay que añadir un enclave en los correspondientes a la Orden de Calatrava 1992, pp.209-211)
    (1521,41 km ) y en el sureste de Toledo (2419,41 km ), pero todas ellas, a excepción del enclave de Villar del Pozo, en la región natural de la Mancha, a lo largo del alto Guadiana y sus afluentes: Záncara, Gigüela, Riansares, Amarguillo.


    Esta zona al estar atravesada por la vía que unía Toledo y Levante tenía un importante valor estratégico y a ella pertenecían los actuales términos de Herencia, Arenas, Víllarta, Las Labores, Puertolápice y Argamasilla, además del mencionado Villar del Pozo, que se encuentra en la comarca del Campo de Calatrava ((Lop Otin, Ma J., 1992, pp.209-211), en C. Real y los de Camuñas, Consuegra, Madridejos, Quero, Tembleque, Turleque, Urda, Villacañas, Villafranca de los Caballeros y Los Yébenes (Molero García, J., 1999, pág.153) a la provincia de Toledo, aunque si nos atenemos a los pueblos que C.




    Las tierras sanjuanistas (mapa no 2) estuvieron localizadas al noroeste de C. Real (Lop Otin, Ma J., Fernández-Pacheco (1999, pp. 189) cita no habría que incluir ni Turleque ni Los Yébenes.


    2.- El territorio de la Orden de San Juan en la provincia de la Mancha (XVIII)


    La incorporación de las Ordenes Militares a la corona española en el siglo XVI tuvo una distinta repercusión en la Orden de San Juan desde el punto de vista institucional por el hecho de ser extranjera en sus orígenes y haberle cedido Carlos V, por Cédula de 1530, (O ́Donnell y Duque de Estrada, H., 2001, pp.116), la isla de Malta, como sede de la misma, pero no así desde el punto de vista territorial, tanto porque no tienen gran significación cuantitativa, como porque estos se apoyan, en la mayoría de los casos, en las delimitaciones de territorios realizadas en la E. Media (Rodríguez Espinosa, E. 2002).


    En el caso de la Orden de San Juan, durante los siglos XVI y XVII, no sufrió desamortizaciones en sus tierras de C. Real y en lo que respecta a la organización de partidos, como unidades administrativas, estuvieron sus tierras encuadradas dentro de la antigua provincia de Toledo


    La organización administrativa que impulsaron los Borbones en el XVIII se tradujo, a nivel territorial, en la creación de las intendencias (1749) y en la división administrativa de Floridablanca (1789)


    2.1.- El Partido de Alcázar en la Intendencia o Provincia de la Mancha (1749)


    El territorio peninsular quedó dividido en 21 Intendencias, una de las cuales es la provincia de la Mancha (Kamen, H., 1964, pp. 368-396.) que surge por el desdoblamiento de Toledo en dos intendencias: Toledo y la Mancha ((Martínez Díez, G., 1988, pp. 70-71).


    A estas Intendencias, en el lenguaje común, se les denominó, también, Provincias (Melón, A. de 1967 y 1977 pp. 790).


    Siguiendo a Rodríguez Espinosa, E (2002) que utiliza para determinar el territorio de esta intendencia la Renta del Tabaco de la provincia de Almagro en 1752 en la que figuran, de forma detallada, cuales son los municipios que integran cada uno
    de los partidos en que se divide la provincia y que son los 7 siguientes: Alcázar, Alcaráz, Almodóvar, Ciudad Real, Infantes, Manzanares y Valdepeñas.


    La Intendencia de la Mancha ocupaba, según E. Rodríguez Espinosa (2002), una extensión de 25.962,07 Km y en ella el Partido de Alcázar (mapa no 3), con sus
    4769,81 Km , representaba el 17 % de ella que se distribuía por la actual provincia de Ciudad Real (1508,18 Km ); por la de Toledo (3080,9 Km y 7,1%) y 180,72 Km de
    la de Cuenca.


    En los pueblos de la provincia de Toledo que se incorporan al Partido de Alcázar varios pertenecían a la Orden de Santiago, concretamente: Quintanar de la Orden, El Toboso, Puebla de D. Fadrique, Miguel Esteban, Puebla de Almoradiel y Villanueva de Alcardete (620,58 Km ). Igual ocurre con algunos de la provincia de C. Real (Campo de Criptana y Tomelloso, cuya extensión asciende a 573,9 Km ) y de Cuenca
    (Villamayor de Santiago) (Ma L. de Villalobos, 1976, pp. 214)


    2.2.- División de Floridablanca (1789)


    La provincialización del territorio peninsular realizada por el Conde de Foridablanca en 1789 publicada bajo el título España dividida en Provincias o Intendencias y subdividida en partidos, corregimientos, alcaldías mayores, gobiernos políticos y militares, así realengos como de órdenes, abadengo y señorío , además de
    un Nomenclator o prontuario, supuso la segregación de las antiguas tierras del Campo de San Juan de la provincia de la Mancha para incluirlos en la de Toledo y la desaparición del Partido de Alcázar que hemos visto en la Renta del Tabaco de 1752.


    La nueva provincia de la Mancha (mapa no 4 y anexo I) ocupaba 23.270,4 Km de los que 16.132,2 Km se ubicaban en la actual provincia de Ciudad Real (69,2%);
    222 5.468,4 Km (23,4%) en la de Albacete; 433 Km (1,8%) en la de Cuenca; 451,9 Km (1,9%) en Jaén; y 793,7 Km (3.4%) en la de Toledo (Rodríguez Espinosa, E, 2002) y es el resultado de una nueva composición municipal al integrar en ella los pueblos de la Orden de Santiago que formaban la Mesa de Quintanar de la Orden y, como se ha dicho, la segregación del Priorato de San Juan, tierras que unos años más tarde, concretamente en 1799, se vuelven a sumar a esta provincia con Alcázar y Consuegra (Martínez Díez, G, 1988, pp. 71-75; Pillet, F., I, 1996, pp. 136), aunque, inicialmente, perdió la consideración de Partido que tuvo antes, ya que la Mancha estaba formada por el Corregimiento de Ciudad Real, el Partido de Alcaráz, el Partido de Almagro del Orden de Calatrava y el Partido de Villanueva de los Infantes del Orden de Santiago.


    La nueva provincia según los datos consultados ha disminuido su extensión total en 2.171 Km
    provincia de Jaén, y parte del Partido de Infantes en la de Toledo, aunque incrementa su territorio en la actual provincia de Cuenca.


    3.- El antiguo Priorato de San Juan en la actual provincia de C. Real (1833) y en sus antecedentes inmediatos (1810 y 1822)


    La configuración de la actual provincia de C. Real, al igual que el resto de provincias españolas, se realizó en 1833 por Javier de Burgos, durante la regencia de Ma Cristina, aunque con anterioridad a esta organización territorial se hacen varios proyectos de provincialización entre los que destacamos el de 1810 de José I y el de 1822 del Trienio Constitucional (1820-23) durante el reinado de Fernando VII.


    Proyectos que si bien no llegaron a plasmarse en el territorio si lo hicieron como norma legislativa.
    Con la invasión napoleónica en 1808 los dos gobiernos que surgen en España - José I y Cortes de Cádiz- se proponen una nueva división del territorio aunque cada uno con una “filosofía” distinta, sin ninguna conexión entre ellos y sin poderse llevar a la práctica por los acontecimientos políticos del momento.


    No obstante, como se dispone de los oportunos textos legislativos, nos es posible conocer los cambios de límites a los que hubieran podido dar lugar. Estos dos proyectos no solo pueden considerarse los precedentes más inmediatos a la división provincial vigente llevada a cabo en 1833, sino que, además, sirven de puente entre la de 1789 característica del Antiguo Régimen y la actual de carácter liberal. (Rodríguez Espinosa, E., 2002).


    3.1.- El proyecto de división prefectural de José I (1810)


    Con el fin de sustituir la división de Floridablanca, el gobierno de José I publica en la Gaceta del 4 de mayo de 1810 un decreto, fechado el 17 de abril inmediato, por el que se crean en España 38 Prefecturas que, a su vez, se dividen en 111 subprefecturas, a razón de 3 subprefecturas por cada una de las prefecturas a excepción de Ciudad Real, Cuenca, Madrid y Teruel que sólo tenían dos.


    Las subprefecturas se dividían en municipalidades, organización que supone un avance importante en cuanto a racionalización y uniformidad con respecto a la que trata de sustituir.


    Las prefecturas reciben el nombre de la capital que tienen, aunque con anterioridad hubo otro proyecto, atribuido a Lorente, en el que en lugar de prefecturas se utilizaba el término de “departamentos” y a cada uno se designaba con el nombre del río más importante que lo atravesaba o en algunos casos con el de un accidente geográfico destacado (Melón, A. de, 1952 y 1977 pg 696).


    Por esta causa la prefectura de Ciudad Real se denominó antes “Departamento de los Ojos del Guadiana” (Pillet, F. 1996, pg 136).


    12 2 Esta prefectura tenía 557,9 leguas cuadradas , que equivalían a 17.215 Km , y estaba dividida en las subprefecturas de Ciudad Real y Alcaráz (Melón, A. de, 1952 y13, 14


    El mapa propuesto por E. Rodríguez Espinosa (2002) supone, con respecto al de 1789, para el antiguo Priorato de San Juan que Consuegra, Madridejos, Urda y Villacañas pasan de la provincia de Toledo a la Prefectura de C. Real, además de los pueblos de esta provincia que ya estaban incorporados (mapa no 5)


    3.2.- El proyecto de división provincial de 1822


    Dando cumplimiento al de artículo 11 de la Constitución de 1812, en 1813 don Felipe Bauzá, presentó un proyecto de división provincial con 44 circunscripciones que la Comisión de Gobernación del Consejo de Estado redujo a 39 en su dictamen del 25 de marzo de 1814.


    En ambos figura la provincia de La Mancha, aunque subordinada a la provincia principal que era Toledo (Concepción de Castro, 1979, p.58-61; E. Rodríguez Espinosa, 2002). El regreso de Fernando VII y la reimplantación del régimen absolutista da lugar a que el 6-V-1814 se derogue la labor legislativa de las Cortes de Cádiz y con ella el proyecto de provincialización que no se revitalizará hasta que uno de los movimientos liberales que hay en este período triunfe en 1820, con Riego.


    El nuevo proyecto, aprobado en 1822, incrementa el no de provincias con respecto al de 1813 en 3 más, que después de los oportunos trámites parlamentarios, llegará hasta 50.


    No obstante, la entrada de los Cien mil Hijos de San Luis en 1823 y la consiguiente reposición absolutista de Fernando VII trae aparejada en el aspecto que comentamos la derogación del proyecto de división provincial en el que la antigua provincia de la Mancha aparecía dividida en dos: Mancha Alta con capital en Chinchilla y Mancha Baja con capital en C. Real. (Pillet, F., I, 1996, pp. 136-137)


    Los límites del proyecto de referencia para la provincia de La Mancha (mapa no 15 1977, pg 696) (mapa no 5 y anexo I) 6) se aproximan mucho a los que se harán en 1833 en la división de Javier de Burgos y el antiguo Priorato de San Juan sigue incorporado a la provincia de la Mancha como lo estuvo en el proyecto de 1810 aunque se excluye el municipio de Herencia que pasa a la provincia de Toledo.


    3.3.- La división provincial de 1833


    El ministro de Fomento, don Javier de Burgos, durante la regencia de Ma Cristina de Borbón, publica en la Gaceta de Madrid un Real Decreto (30-XI-1833) con una nueva división del territorio español en 49 provincias, que con pequeños retoques sigue vigente en nuestros días y se aproxima mucho a la división proyectada en 1822, aunque uno de ellos va a afectar muy de lleno a la provincia de Ciudad Real concretamente el que tuvo lugar el 24-III-1846 por el que se incorpora el municipio de Villarobledo a la provincia de Albacete y se segrega de la de Ciudad Real (E. Rodríguez Espinosa, 2002).


    La división provincial de 1833 al establecer que la divisoria entre las nuevos provincias corriera por los límites municipales anteriores respetando absolutamente los mismos, incluso en las situaciones más anómalas, dio lugar a que surgieran territorios discontinuos o enclaves en algunas provincias, como es el caso de Anchuras en nuestra provincia, pero, en cualquier caso, son una muestra de la pervivencia de los límites territoriales trazados por las Órdenes en la configuración de la provincia.
    En lo que respecta a los territorios de la Orden de San Juan en la provincia actual de C. Real


    Argamasilla, Arenas, Herencia, Las Labores, Puerto Lápice y Villarta -ya que en la división de 1789, que era la última división efectiva y real que subsistía, se habían segregado de esta e incorporado a la provincia de Toledo- y otra parte se segregan para pasar a la de Toledo: Camuñas, Consuegra, Madridejos, Quero, Tembleque, Turleque, Villacañas y Villafranca.


    En conclusión, entendemos que los territorios que fueron administrados por la Orden de San Juan en la provincia de C. Real han tenido una personalidad propia dentro del conjunto de la actual provincia de C. Real y en todas las divisiones administrativas que se han hecho antes y después de la vigente, estos territorios sanjuanistas han constituido una pieza homogénea y compacta a la que se han sumado o quitado tierras o se han incorporado a esta o a otra provincia pero manteniendo su entidad.




    http://www.uclm.es/profesorado/marod...artografia.pdf
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

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    Re: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

    APROXIMACIÓN A LA CARTOGRAFÍA INFORMÁTICA DEL TERRITORIO DE LA ORDEN DE SAN JUAN EN LA
    PROVINCIA DE CIUDAD REAL


    Ma de los Ángeles Rodríguez Domenech


    Universidad de Castilla-La Mancha




    Con la presente comunicación aspiramos a conseguir un triple objetivo: mostrar las ventajas de la utilización de la cartografía informática en los estudios históricos; ofrecer un soporte cartográfico del territorio que ocupó la Orden de San Juan en la provincia de C. Real y en la zona limítrofe de la provincia de Toledo; y, por último, representar cartograficamente la evolución seguida por estos territorios en la configuración de la actual provincia de C. Real.


    La cartografía georreferenciada, como es de todos es conocido, ofrece una precisión y una facilidad en el manejo de datos muy superiores a las de otros sistemas de representación gráfica e incrementa las posibilidades de análisis en todas aquellas investigaciones que tengan como base un espacio concreto previamente representado por este procedimiento.


    Esta técnica que se viene utilizando con profusión desde hace varios años en los estudios de carácter geográficos, ordenación del territorio, economía, desarrollo rural etc. no lo ha sido tanto en investigaciones de carácter histórico, campo que ofrece muchas posibilidades cuando el objeto de estudio persigue o se apoya en un territorio preciso (Rodríguez Espinosa, E., 2001, pp. 229).




    No perseguimos, pues, hacer un estudio histórico sobre el territorio ocupado por la Orden de San Juan, tema que, por otra parte, ha sido ya investigado por numerosos autores , sino, aplicar a estos estudios uno de los múltiples programas informáticos de representación cartográfica que existen en el mercado: Arcview-Muniview.


    Aplicación que ya se ha hecho sobre las Ordenes Militares castellanas (Calatrava, Santiago y
    Alcantara) , trabajos que nos van a servir de pauta en lo que respecta a la metodología básica a utilizar y cuyas hipótesis son las siguientes: 1a) El territorio de las Órdenes Militares permaneció sin cambios en lo que respecta a extensión y organización desde su constitución la Edad Media hasta el primer tercio del s. XIX, excepto las enajenaciones realizadas por los Austrias en el s. XVI, que, por cierto, no afectaron a la Orden de San Juan en sus tierras en la actual provincia de C. Real. 2a)


    La división municipal actual no difiere, sustancialmente, de lo que debieron ser los límites municipales en el Antiguo Régimen (López González, C y otros, 1986, pp.291 y Rodríguez Espinosa, E., 2002).


    Los pasos que hemos seguido para la elaboración de los mapas que presentamos han sido los siguientes: 1o) Localizar en el programa Arcview los municipios que se citan en los distintos trabajos históricos sobre la Orden de San Juan en las provincias de C. Real y Toledo, para obtener, así, un mapa con límites y extensión precisa al estar georreferenciado. 2o)


    En los mapas hemos prescindido de los nombres de cada municipio y se les ha asignado un número cardinal que identifica cada uno de los municipios tanto en el listado del Anexo I como en el mapa correspondiente, número que se corresponde con el orden alfabético del programa ARVIEW aunque precedido de un T para los pueblos de la actual provincia de Toledo. 3a)


    La división municipal que nosotros utilizamos es la contenida en el programa informático Arcview Gis, versión 3.1 (1993-1996) y la extensión de los términos municipales es la que en este programa se les asigna. 4o)


    Con los datos así obtenidos presentamos el cuadro no 1, el gráfico no 1 y el mapa no 1 -que nos sirven para acreditar la situación de permanencia de la estructura territorial entre el siglo XV y el XVIII-, en los que se refleja, además, el significado territorial que la Orden de San Juan ha tenido en la provincia de C. Real. 5o)


    Elaborar diversos mapas del territorio de la Orden de San Juan en algunas de las divisiones administrativas o fiscales que se realizaron en el suelo de la actual provincia de C. Real. Concretamente en 1749, en 1789, en 1810, en 1822 y en 1833




    Con esta comunicación esperamos no sólo facilitar futuras investigaciones sobre el territorio de la Orden Hospitalaria, sino estimular a que estas técnicas de representación cartográficas se apliquen con mayor profusión en los trabajos históricos


    1.- El territorio de la Orden de San Juan en la actual provincia de C. Real durante la E. Media


    La Orden de San Juan es una de las dos Ordenes internacionales que intervinieron en la reconquista y en la posterior repoblación de los territorios españoles a diferencia de Calatrava, Santiago o Alcántara que son de origen hispánico.


    El señorío que aquella adquirió sobre algunas tierras de las actuales provincias de C. Real y Toledo se configura por donaciones y acuerdos con los señoríos vecinos , con la particularidad de que el territorio de San Juan no va a ser compacto sino que a las tierras que podríamos llamar originarias entre las actuales provincias de C. Real y Toledo hay que añadir un enclave en los correspondientes a la Orden de Calatrava 1992, pp.209-211)
    (1521,41 km ) y en el sureste de Toledo (2419,41 km ), pero todas ellas, a excepción del enclave de Villar del Pozo, en la región natural de la Mancha, a lo largo del alto Guadiana y sus afluentes: Záncara, Gigüela, Riansares, Amarguillo.


    Esta zona al estar atravesada por la vía que unía Toledo y Levante tenía un importante valor estratégico y a ella pertenecían los actuales términos de Herencia, Arenas, Víllarta, Las Labores, Puertolápice y Argamasilla, además del mencionado Villar del Pozo, que se encuentra en la comarca del Campo de Calatrava ((Lop Otin, Ma J., 1992, pp.209-211), en C. Real y los de Camuñas, Consuegra, Madridejos, Quero, Tembleque, Turleque, Urda, Villacañas, Villafranca de los Caballeros y Los Yébenes (Molero García, J., 1999, pág.153) a la provincia de Toledo, aunque si nos atenemos a los pueblos que C.




    Las tierras sanjuanistas (mapa no 2) estuvieron localizadas al noroeste de C. Real (Lop Otin, Ma J., Fernández-Pacheco (1999, pp. 189) cita no habría que incluir ni Turleque ni Los Yébenes.


    2.- El territorio de la Orden de San Juan en la provincia de la Mancha (XVIII)


    La incorporación de las Ordenes Militares a la corona española en el siglo XVI tuvo una distinta repercusión en la Orden de San Juan desde el punto de vista institucional por el hecho de ser extranjera en sus orígenes y haberle cedido Carlos V, por Cédula de 1530, (O ́Donnell y Duque de Estrada, H., 2001, pp.116), la isla de Malta, como sede de la misma, pero no así desde el punto de vista territorial, tanto porque no tienen gran significación cuantitativa, como porque estos se apoyan, en la mayoría de los casos, en las delimitaciones de territorios realizadas en la E. Media (Rodríguez Espinosa, E. 2002).


    En el caso de la Orden de San Juan, durante los siglos XVI y XVII, no sufrió desamortizaciones en sus tierras de C. Real y en lo que respecta a la organización de partidos, como unidades administrativas, estuvieron sus tierras encuadradas dentro de la antigua provincia de Toledo


    La organización administrativa que impulsaron los Borbones en el XVIII se tradujo, a nivel territorial, en la creación de las intendencias (1749) y en la división administrativa de Floridablanca (1789)


    2.1.- El Partido de Alcázar en la Intendencia o Provincia de la Mancha (1749)


    El territorio peninsular quedó dividido en 21 Intendencias, una de las cuales es la provincia de la Mancha (Kamen, H., 1964, pp. 368-396.) que surge por el desdoblamiento de Toledo en dos intendencias: Toledo y la Mancha ((Martínez Díez, G., 1988, pp. 70-71).


    A estas Intendencias, en el lenguaje común, se les denominó, también, Provincias (Melón, A. de 1967 y 1977 pp. 790).


    Siguiendo a Rodríguez Espinosa, E (2002) que utiliza para determinar el territorio de esta intendencia la Renta del Tabaco de la provincia de Almagro en 1752 en la que figuran, de forma detallada, cuales son los municipios que integran cada uno
    de los partidos en que se divide la provincia y que son los 7 siguientes: Alcázar, Alcaráz, Almodóvar, Ciudad Real, Infantes, Manzanares y Valdepeñas.


    La Intendencia de la Mancha ocupaba, según E. Rodríguez Espinosa (2002), una extensión de 25.962,07 Km y en ella el Partido de Alcázar (mapa no 3), con sus
    4769,81 Km , representaba el 17 % de ella que se distribuía por la actual provincia de Ciudad Real (1508,18 Km ); por la de Toledo (3080,9 Km y 7,1%) y 180,72 Km de
    la de Cuenca.


    En los pueblos de la provincia de Toledo que se incorporan al Partido de Alcázar varios pertenecían a la Orden de Santiago, concretamente: Quintanar de la Orden, El Toboso, Puebla de D. Fadrique, Miguel Esteban, Puebla de Almoradiel y Villanueva de Alcardete (620,58 Km ). Igual ocurre con algunos de la provincia de C. Real (Campo de Criptana y Tomelloso, cuya extensión asciende a 573,9 Km ) y de Cuenca
    (Villamayor de Santiago) (Ma L. de Villalobos, 1976, pp. 214)


    2.2.- División de Floridablanca (1789)


    La provincialización del territorio peninsular realizada por el Conde de Foridablanca en 1789 publicada bajo el título España dividida en Provincias o Intendencias y subdividida en partidos, corregimientos, alcaldías mayores, gobiernos políticos y militares, así realengos como de órdenes, abadengo y señorío , además de
    un Nomenclator o prontuario, supuso la segregación de las antiguas tierras del Campo de San Juan de la provincia de la Mancha para incluirlos en la de Toledo y la desaparición del Partido de Alcázar que hemos visto en la Renta del Tabaco de 1752.


    La nueva provincia de la Mancha (mapa no 4 y anexo I) ocupaba 23.270,4 Km de los que 16.132,2 Km se ubicaban en la actual provincia de Ciudad Real (69,2%);
    222 5.468,4 Km (23,4%) en la de Albacete; 433 Km (1,8%) en la de Cuenca; 451,9 Km (1,9%) en Jaén; y 793,7 Km (3.4%) en la de Toledo (Rodríguez Espinosa, E, 2002) y es el resultado de una nueva composición municipal al integrar en ella los pueblos de la Orden de Santiago que formaban la Mesa de Quintanar de la Orden y, como se ha dicho, la segregación del Priorato de San Juan, tierras que unos años más tarde, concretamente en 1799, se vuelven a sumar a esta provincia con Alcázar y Consuegra (Martínez Díez, G, 1988, pp. 71-75; Pillet, F., I, 1996, pp. 136), aunque, inicialmente, perdió la consideración de Partido que tuvo antes, ya que la Mancha estaba formada por el Corregimiento de Ciudad Real, el Partido de Alcaráz, el Partido de Almagro del Orden de Calatrava y el Partido de Villanueva de los Infantes del Orden de Santiago.


    La nueva provincia según los datos consultados ha disminuido su extensión total en 2.171 Km
    provincia de Jaén, y parte del Partido de Infantes en la de Toledo, aunque incrementa su territorio en la actual provincia de Cuenca.


    3.- El antiguo Priorato de San Juan en la actual provincia de C. Real (1833) y en sus antecedentes inmediatos (1810 y 1822)


    La configuración de la actual provincia de C. Real, al igual que el resto de provincias españolas, se realizó en 1833 por Javier de Burgos, durante la regencia de Ma Cristina, aunque con anterioridad a esta organización territorial se hacen varios proyectos de provincialización entre los que destacamos el de 1810 de José I y el de 1822 del Trienio Constitucional (1820-23) durante el reinado de Fernando VII.


    Proyectos que si bien no llegaron a plasmarse en el territorio si lo hicieron como norma legislativa.
    Con la invasión napoleónica en 1808 los dos gobiernos que surgen en España - José I y Cortes de Cádiz- se proponen una nueva división del territorio aunque cada uno con una “filosofía” distinta, sin ninguna conexión entre ellos y sin poderse llevar a la práctica por los acontecimientos políticos del momento.


    No obstante, como se dispone de los oportunos textos legislativos, nos es posible conocer los cambios de límites a los que hubieran podido dar lugar. Estos dos proyectos no solo pueden considerarse los precedentes más inmediatos a la división provincial vigente llevada a cabo en 1833, sino que, además, sirven de puente entre la de 1789 característica del Antiguo Régimen y la actual de carácter liberal. (Rodríguez Espinosa, E., 2002).


    3.1.- El proyecto de división prefectural de José I (1810)


    Con el fin de sustituir la división de Floridablanca, el gobierno de José I publica en la Gaceta del 4 de mayo de 1810 un decreto, fechado el 17 de abril inmediato, por el que se crean en España 38 Prefecturas que, a su vez, se dividen en 111 subprefecturas, a razón de 3 subprefecturas por cada una de las prefecturas a excepción de Ciudad Real, Cuenca, Madrid y Teruel que sólo tenían dos.


    Las subprefecturas se dividían en municipalidades, organización que supone un avance importante en cuanto a racionalización y uniformidad con respecto a la que trata de sustituir.


    Las prefecturas reciben el nombre de la capital que tienen, aunque con anterioridad hubo otro proyecto, atribuido a Lorente, en el que en lugar de prefecturas se utilizaba el término de “departamentos” y a cada uno se designaba con el nombre del río más importante que lo atravesaba o en algunos casos con el de un accidente geográfico destacado (Melón, A. de, 1952 y 1977 pg 696).


    Por esta causa la prefectura de Ciudad Real se denominó antes “Departamento de los Ojos del Guadiana” (Pillet, F. 1996, pg 136).


    12 2 Esta prefectura tenía 557,9 leguas cuadradas , que equivalían a 17.215 Km , y estaba dividida en las subprefecturas de Ciudad Real y Alcaráz (Melón, A. de, 1952 y13, 14


    El mapa propuesto por E. Rodríguez Espinosa (2002) supone, con respecto al de 1789, para el antiguo Priorato de San Juan que Consuegra, Madridejos, Urda y Villacañas pasan de la provincia de Toledo a la Prefectura de C. Real, además de los pueblos de esta provincia que ya estaban incorporados (mapa no 5)


    3.2.- El proyecto de división provincial de 1822


    Dando cumplimiento al de artículo 11 de la Constitución de 1812, en 1813 don Felipe Bauzá, presentó un proyecto de división provincial con 44 circunscripciones que la Comisión de Gobernación del Consejo de Estado redujo a 39 en su dictamen del 25 de marzo de 1814.


    En ambos figura la provincia de La Mancha, aunque subordinada a la provincia principal que era Toledo (Concepción de Castro, 1979, p.58-61; E. Rodríguez Espinosa, 2002). El regreso de Fernando VII y la reimplantación del régimen absolutista da lugar a que el 6-V-1814 se derogue la labor legislativa de las Cortes de Cádiz y con ella el proyecto de provincialización que no se revitalizará hasta que uno de los movimientos liberales que hay en este período triunfe en 1820, con Riego.


    El nuevo proyecto, aprobado en 1822, incrementa el no de provincias con respecto al de 1813 en 3 más, que después de los oportunos trámites parlamentarios, llegará hasta 50.


    No obstante, la entrada de los Cien mil Hijos de San Luis en 1823 y la consiguiente reposición absolutista de Fernando VII trae aparejada en el aspecto que comentamos la derogación del proyecto de división provincial en el que la antigua provincia de la Mancha aparecía dividida en dos: Mancha Alta con capital en Chinchilla y Mancha Baja con capital en C. Real. (Pillet, F., I, 1996, pp. 136-137)


    Los límites del proyecto de referencia para la provincia de La Mancha (mapa no 15 1977, pg 696) (mapa no 5 y anexo I) 6) se aproximan mucho a los que se harán en 1833 en la división de Javier de Burgos y el antiguo Priorato de San Juan sigue incorporado a la provincia de la Mancha como lo estuvo en el proyecto de 1810 aunque se excluye el municipio de Herencia que pasa a la provincia de Toledo.


    3.3.- La división provincial de 1833


    El ministro de Fomento, don Javier de Burgos, durante la regencia de Ma Cristina de Borbón, publica en la Gaceta de Madrid un Real Decreto (30-XI-1833) con una nueva división del territorio español en 49 provincias, que con pequeños retoques sigue vigente en nuestros días y se aproxima mucho a la división proyectada en 1822, aunque uno de ellos va a afectar muy de lleno a la provincia de Ciudad Real concretamente el que tuvo lugar el 24-III-1846 por el que se incorpora el municipio de Villarobledo a la provincia de Albacete y se segrega de la de Ciudad Real (E. Rodríguez Espinosa, 2002).


    La división provincial de 1833 al establecer que la divisoria entre las nuevos provincias corriera por los límites municipales anteriores respetando absolutamente los mismos, incluso en las situaciones más anómalas, dio lugar a que surgieran territorios discontinuos o enclaves en algunas provincias, como es el caso de Anchuras en nuestra provincia, pero, en cualquier caso, son una muestra de la pervivencia de los límites territoriales trazados por las Órdenes en la configuración de la provincia.
    En lo que respecta a los territorios de la Orden de San Juan en la provincia actual de C. Real


    Argamasilla, Arenas, Herencia, Las Labores, Puerto Lápice y Villarta -ya que en la división de 1789, que era la última división efectiva y real que subsistía, se habían segregado de esta e incorporado a la provincia de Toledo- y otra parte se segregan para pasar a la de Toledo: Camuñas, Consuegra, Madridejos, Quero, Tembleque, Turleque, Villacañas y Villafranca.


    En conclusión, entendemos que los territorios que fueron administrados por la Orden de San Juan en la provincia de C. Real han tenido una personalidad propia dentro del conjunto de la actual provincia de C. Real y en todas las divisiones administrativas que se han hecho antes y después de la vigente, estos territorios sanjuanistas han constituido una pieza homogénea y compacta a la que se han sumado o quitado tierras o se han incorporado a esta o a otra provincia pero manteniendo su entidad.




    http://www.uclm.es/profesorado/marod...artografia.pdf
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

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    Re: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

    Campo de Calatrava:


    Municipios históricos del Canpo de Calatrava:


    Históricamente, el Campo de Calatrava ocupaba los dominios de la Orden de Calatrava en La Mancha, que suponía una gran porción del oeste de la actual provincia de Ciudad Real. Según el historiador Ricardo Izquierdo Benito et al. (2002): "El campo de Calatrava era el núcleo central del dominio de ésta Orden. Se extendía desde el Puerto del Muradal, es decir, el actual paso de Despeñaperros en Sierra Morena, hasta el Puerto de Orgaz, o de Los Yébenes, en los Montes de Toledo. Por el oeste, los dominios calatravos llegaban hasta Chillón, Valdemanco y Navas de Estena, partiendo términos con el Arzobispado de Toledo y más tarde con el ayuntamiento de esta misma ciudad en los Montes de Toledo, a la altura del puerto del Milagro. Por el este, llegaban hasta los confines con los dominios de las otras Órdenes de San Juan y Santiago, tal y como fueron determinados por diversas concordias aprobadas ya en el siglo XIII, cuando la frontera se trasladó a tierras andaluzas después de la batalla de las Navas de Tolosa.".[1]


    La Mancomunidad de Municipios del Campo de Calatrava incluye los municipios de: Aldea del Rey, Almagro, Ballesteros de Calatrava, Bolaños de Calatrava, Carrión de Calatrava, Calzada de Calatrava, Granátula de Calatrava, Miguelturra, Pozuelo de Calatrava, Torralba de Calatrava, Valenzuela de Calatrava, Villanueva de San Carlos y Villar del Pozo.[2]
    La comarca de Calatrava, según la Diputación Provincial de Ciudad Real, incluye los municipios: de la Mancomunidad de Municipios, de los que excluye Villanueva de San Carlos, y a los que añade: Alcolea de Calatrava, Argamasilla de Calatrava, Caracuel de Calatrava, Cañada de Calatrava, Ciudad Real, Corral de Calatrava, Fernán Caballero, Moral de Calatrava, Picón, Poblete, Los Pozuelos de Calatrava, Puertollano y Villamayor de Calatrava.[3] [4]
    La capital histórica del Campo de Calatrava fue Almagro, en competencia de Ciudad Real, el único lugar de la comarca que no pertenecía a la Orden de Calatrava, sino a la Corona.


    Municipios que pertenecieron a la Orden hasta su enajenación por la Corona en el siglo XVI:


    Santa Cruz de Mudela, cedida en 1540 a D. Álvaro "El viejo".
    Valdepeñas desde su fundación, según consta en los archivos de la Orden desde el año 1243, hasta 1575 que fue vendida a D. Álvaro de Bazán, primer Marqués de Santa Cruz. (Sirvió de límite con la Orden de Santiago)
    Viso del Marqués, antes llamado Viso del Puerto. Cedido a D. Álvaro "El viejo", padre del Marqués de Santa Cruz.




    Campo de Calatrava - Wikipedia, la enciclopedia libre
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    Re: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

    Campo de Montiel:

    image.jpg



    ¿Qué entendemos como “Campo de Montiel”?
    por Pedro R. Moya Maleno


    Es mi intención hacer un rápido recorrido por las distintas acepciones de los que se considera “Campo de Montiel”, unos escenarios que, precisamente por lo voluble de la Historia, tienen que ser conocidos ante cualquier tipo de análisis. Y es que el topónimo de “Campo de Montiel” presenta una realidad político-administrativa paralela a la orográfica que le acarrea constantes imprecisiones y en la que radican las posteriores interpretaciones históricas.


    En cuanto a la acepción geofísica, se trata de una comarca natural de aproximadamente 64×75 km situada a caballo entre el sureste de la provincia de Ciudad Real y el este de la albaceteña y cuya morfología destaca por ser una altiplanicie que bascula hacia el oeste (fig. 1). Esta peculiar “meseta sobre la Meseta” se alza desde la llanura manchega (700 m.s.n.m.) hasta los 1100 m.s.n.m. pero quedando confinada bajo las cordilleras Penibéticas de Sierra de Alcaraz-Segura y Sierra Morena, cuya altitud media es de 1500 m.s.n.m.


    Ahora bien, aunque se pueda intuir cierta comarcalización en la existencia de un Campo Laminitano en torno a la ciudad iberorromana de Laminium (Alhambra, Ciudad Real), la confusión se debe principalmente a la división artificial de sus vertientes este y oeste desde, al menos, la Reconquista; enmarcados en un proceso de expansión de las distintas fuerzas cristianas, el extremo oriental (c. 27%) estuvo bajo la influencia de la serrana Alcaraz, villa de realengo. Por su parte, las tierras centro-occidentales (c. 70%) estaban administradas por la Orden de Santiago y tuvieron inicialmente como cabezas a Alhambra, Torre de Juan Abad y a Montiel. A ello se ha de unir una historia posterior marcada por frecuentes disputas, pactos de distinta índole, anexiones y escisiones de poblaciones que han acabado por conformar un mapa de identidades y territorialidades paralelas en el que se superponen irregularmente la distribución administrativa, la judicial, la eclesiástica y las de otras instituciones supralocales.


    La denominación de Campo de Montiel aparece ya ligada al oeste de la comarca en momentos tempranos, cuando la mesa maestral separa el Priorato de Uclés de las tierras en torno al núcleo de Montiel pero cuya jurisdicción alcanzaba la vertiente sur de Sierra Morena con las encomiendas de Segura de la Sierra y de Santiago de Montizón (Beas de Segura, Santiesteban del Puerto, Montizón, Chiclana o Torres de Albanchez). El topónimo se asienta en 1353 cuando se crean el Común de la Mancha y el Común del Campo de Montiel, este último sobre las encomiendas de Alhambra y La Solana, Carrizosa –y la posterior Infantes–, Membrilla –y Alcubillas–, Montiel –y La Puebla, Cózar, Ossa y Santa Cruz–, Ruidera, Torres y Cañamares, Villahermosa –y Fuenllana–, Villanueva de la Fuente, Santiago de Montizón (Villamanrique, Torre de Juan Abad y Castellar), la encomienda de Bastimentos y sobre parte de la Mayor de Castilla –Almedina, Terrinches y Torrenueva–. En efecto, sea por legitimación o por tradición en su uso, el nombre de Montiel siguió presidiendo este territorio incluso cuando en los dos siglos siguientes finalizan los procesos de sinecismo de las aldeas de repoblación y la capitalidad de la Vicaría y Gobernación pasa de Montiel a Membrilla y, finalmente hasta hoy día, deviene a Villanueva de los Infantes.


    En 1575 Villanueva de los Infantes es sede religiosa y política y el mapa que se adjunta en las Relaciones Topográficas de Felipe II es el que ha quedado en el imaginario colectivo como el “Campo de Montiel Histórico”. Este croquis comprende 19 villas y 5 aldeas entre los que se confirma la tradicional inclusión de dominios en la periferia oeste de la altiplanicie –Membrilla, Castellar de Santiago y Torrenueva–.





    En 1691 se crea la Intendencia de La Mancha con sede entre Ciudad Real y Almagro y, pese a la subordinación de la entidad política del Campo de Montiel, en términos judiciales el partido de Infantes seguía ocupando otros pueblos de Ciudad Real (Castellar de Santiago, Membrilla, La Solana, Torrenueva, Altillo, Campo de Criptana, Socuéllamos, Tomelloso) y se extendía por las provincias colindantes de Jaén (Beas y Chiclana de Segura), Albacete (Ossa de Montiel), Cuenca (Hinojoso de la Orden, Santa María de los Llanos, Horcajo de las Torres, Villamayor de Santiago) y Toledo (Cabeza Mesada, Miguel Esteban, Quintanar de la Orden, El Toboso y Villanueva del Cardete) (Madoz, 1850: 263).


    En 1773 segregaron el Real Sitio de Ruidera y en 1789 el partido de Infantes, junto al de Alcaraz, Almagro y al corregimiento de Ciudad Real, quedaría englobado dentro de la Provincia de La Mancha tras la reforma administrativa del conde de Floridablanca y, finalmente, el modelo de provincias autosuficientes y homogéneas ideado en el primer tercio del siglo XIX (RD 30-XI-1833) reformó sus demarcaciones hasta el punto de enviar Ossa de Montiel a Albacete, y limitar el topónimo del Campo de Montiel al nuevo partido de Infantes sin los núcleos adscritos a Valdepeñas (Castellar de Santiago y Torrenueva), a Manzanares (Membrilla, San Carlos del Valle y La Solana) y a Alcázar de San Juan (Ruidera). La altiplanicie en tierras albaceteñas duplicaría la acepción de campo/s de Montiel como un mero concepto geográfico y perteneciente a 3 partidos judiciales distintos.


    La confusión terminológica se completa con la existencia paralela hasta 1835 de la antigua Comunidad de Pastos del Campo de Montiel, una de las instituciones más destacadas en la región, que había estado formada también por Beas de Segura y Chiclana.


    A efectos prácticos, bien sea por la propia red de comunicaciones, por las efemérides quijotescas o por su simbología a lo largo de los dos últimos siglos, llama la atención que el referente espacial para los viajeros y estudiosos haya sido La Mancha, como amplia región del Sur de la Meseta mientras que la región volcánica calatrava o la altiplanicie del Campo de Montiel quedan como apéndices o “áreas peculiares” inclusas en la anterior. El altipaís montieleño se difumina y se alarga al gusto del autor y así, entre los siglos XVI y XVII, simplemente no existe en Mariana, Ocampo y Garibay o, como introduce Zurita, la Mancha de Monte Aragón se expande desde Albacete hasta Alhambra.


    A principios de 2004 el disloque prosigue y se incrementa en la configuración de la comarca y se ha acrecentado con la una fractura entre el norte (Membrilla, La Solana, Alhambra, Carrizosa y Ruidera) y el sur, tal y como reflejan las mancomunidades y los grupos de acción local: La Mancha Norte, Tierras de Libertad y la Mancomunidad Campo de Montiel ‘Cuna del Quijote’, las cuales aúnan algunos municipios en diversas combinaciones y a su gusto.


    La localidad más pujante de la altiplanicie es La Solana (15.255 habs.) en detrimento de los antiguos núcleos predominantes –Montiel (1666 habs.) o Infantes (5800 habs.)–, los cuales se hayan en franca recesión.


    (este texto pertenece casi íntegramente a la introducción del artículo


    Moya Maleno, P.R. (2006): “García y Bellido y la Arqueología del Campo de Montiel (Ciudad Real-Albacete): aproximación historiográfica”, en P.R. Moya Maleno (Ed.): Antonio García y Bellido. 1903-2003. Asgarbe. Villanueva de los Infantes. pp. 63-138


    y puede descargarse en http://www.arqueologopedrormoya.es/publicaciones.php)
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    Antonio Aparisi

  7. #7
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    Re: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

    Sobre la Orden de Calatrava (I)




    Introducción


    “La Orden de Calatrava, cumplidos los 850 años de su existencia en 2008, fue la primera orden religioso-militar creada en España y una de las primeras en Europa, para defender la cristiandad frente al empuje bélico del islam. Fue fundada en la ciudad-fortaleza de Calatrava en el siglo XII (en 1158), después de que los templarios no se vieran con coraje suficiente para defenderla frente a los ataques musulmanes. El abad Raimundo de Fitero (Navarra) y Diego Velázquez, monje de su monasterio que había sido guerrero en su juventud, se ofrecen voluntarios a Sancho III para hacerse cargo de la fortaleza. La Orden de Calatrava comenzó su andadura en un pequeño territorio hostil y semi despoblado y, en el discurrir de los siglos, sin dejar de guerrear, obtuvo importantes propiedades tanto en extensión como en valor económico. Se expandió por varias zonas de la Península Ibérica, incluso Portugal; su poder e influencia fueron enormes, en especial en el conocido todavía como Campo de Calatrava, y fue tan necesitada como temida por los reyes.




    Fernando el Católico, a finales del siglo XV, decide controlarla y, tras conseguir ser nombrado maestre, la anexiona a la Corona. Desde entonces, los reyes españoles, como grandes maestres, han administrado, vendido o hipotecado los bienes de la orden, desde las minas de Almadén hasta un sinfín de prebendas y de territorios que, en el siglo XIX, fueron definitivamente desamortizados. Hablar de la Orden de Calatrava es recrear el arte cisterciense, revivir la batalla de Las Navas de Tolosa, elegir entre el Pedro I el Cruel o el Justiciero, comprometerse con el partido de la Beltraneja o con el de Isabel, mostrarse tan excesivo como el condeduque de Olivares, o saber que, en la actualidad, es don Juan Carlos I quien ostenta la categoría de gran maestre de las Órdenes de Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa”.




    Organización


    El Maestrazgo


    El Maestre aparece como la máxima autoridad de la Orden en los planos espiritual y temporal, y en lo espiritual venía a ser como un abad. Sito en Almagro.


    La Encomienda Mayor
    Era la segunda dignidad dentro de la Orden y se proveía por votación en el Capítulo general presidido por el maestre; así , el sistema a seguir era el mismo que para la primera jerarquía.


    Las rentas correspondientes al cargo eran fundamentalmente las de las villas de Agudo y Abenojar, Osuna (permutada en 1464 por FuenteOvejuna y Belzmez) y ciertos derechos en el puerto de Villaharta.


    El comendador mayor actuaba como lugarteniente del maestre durante su ausencia, asumía el gobierno de la orden cuando se hallaba vacante el maestrazgo y convocaba a capítulo para la elección de sucesor en dicho cargo; además, parece que debía acudir a todas las empresas de la corona contra el Islam como capitán de las 300 lanzas que la Orden estaba obligada a aportar.


    Sobre el reclutamiento hay que añadir que todas las encomiendas, inclusive la mayor y las de otras jerarquías de la Orden, debían tener dispuesto para acudir en servicio del maestre un número de lanceros o "lanzas" calculado, aunque no siempre, en relación con el valor de sus rentas anuales. El repartimiento o cálculo del numero de hombres exigible a cada comendador se hacía periódicamente, sin que ello coincidiera con los momentos de guerra; por lo menos así parece a que se deduce de varios libros de visita de los primeros años del siglo XVIl


    En 1493, el numero de hombres armados que debieron aportar las encomiendas fue de 293, cifra que en 1511 descendió ligeramente a la de 276.


    La contribución de la Encomienda Mayor fue: de 60 hombres en el año 1493 y de 33 en 1511.


    Parece ser que muchas poblaciones conseguían eludir estos servicios militares mediante el pago de tributos, como el de “los peones”.


    La Clavería


    El clavero era el encargado de la guarda del castillo y Convento de Calatrava. En ausencia del comendador mayor debía sumir sus funciones.


    La Subclavería


    Venía a ser un el lugarteniente del clavero, con funciones equivalentes a las del comendador mayor respecto al maestre.


    La Obrería


    La misión del obrero era ocuparse de las obras y reparaciones necesarias en el castillo convento de Calatrava y aportar los medios económicos para ello. Según Rades, esta dignidad tenía sus bienes y rentas en las proximidades del convento y en la villa de Argamansilla.


    Las Encomiendas


    Los caballeros que no desempeñaban ninguno de los cargos anteriormente descritos , recibían por lo general la administración de una o varias villas o lugares del señorío de la Orden con sus rentas y derechos, esto es , una encomienda.


    A mediados del siglo XV existían unas sesenta encomiendas, repartidas en tres partidos o provincias: Campo de Calatrava, Zorita y Andalucía sin contar con las situadas en el reino de Aragón.




    Organizacion Territorial


    Ver entrada anterior Orden de Calatrava – Poblamiento


    En el siglo XVI, la Orden de Calatrava se encuentra organizada en tres partidos, y el primero se encontraba dividido en otros tres a su vez. el Partido del Campo de Calatrava, Almodovar y Almadén, el Partido de Andalucía y el Partido de Zorita. También tenía otros bienes no sujetos a los partidos como los señoríos en la Corona de Aragón y Reino de Valencia, y otros.


    El Partido del Campo de Calatrava, Almodovar y Almadén tenía un gobernador principal en Almagro, así como un Prior-Vicario eclesiástico. Las encomiendas eran 30 y de ellas se enajenaron cinco ( Guadalerza, Malagón y Porzuna, Piedrabuena, El Viso y Santa Gruz de Mudela, Villarrubia).




    Fuentes:


    - Jesús de las Heras, : “La Orden de Calatrava. Religión, guerra y negocio”, Editorial EDAF , 2008.
    - Cartografía en el Siglo XVIII: Tomás López en la Real Academia de la Historia. Escrito por Antonio López Gómez y Carmen Mansó Porto


    38 Grados Norte: Sobre la Orden de Calatrava (I)
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  8. #8
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    Re: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

    Campo de Calatrava - Poblamiento


    Son muchas las interrogantes y lagunas que hay sobre la historia de Agudo: ¿de donde procede el nombre? , ¿era un territorio totalmente despoblado?, ¿por qué formábamos parte de la Encomienda Mayor de Calatrava junto con Abenojar? , ¿por qué teníamos una población relativamente importante en el siglo XVI? .


    Un punto de partida para estudiar la historia de Agudo lo situaremos tras la batalla de las Navas de Tolosa y las delimitaciones territoriales que se sucedieron. Es conocido que estas tierras estaban muy poco pobladas dado su carácter fronterizo.


    Para atraer a nuevos pobladores se crean los Fueros y las Cartas-puebla que otorgarán una serie de normas, derechos y privilegios que regularán la vida económica y social de las nuevas poblaciones. Estos son otorgados por el rey, el señor o por el propio consejo.


    No tenemos, de momento, ningún documento de estas características de Agudo, pero si contamos con el estudio del profesor Luis Rafael Villegas , “Una Población Tardía”, basado en la carta-puebla de la Puebla de Don Rodrigo, y cuya lectura nos aporta datos muy interesantes que nos permiten conocer mejor la formación y poblamiento de esta zona.


    *******************************************************************************************


    La Orden de Calatrava comenzó a controlar buena parte del territorio manchego a partir de las Navas de Tolosa, entrando en una dinámica diferente a la seguida con anterioridad. “Si a fines del siglo XII la dominante parece ser la línea Norte-Sur, apreciable a través del documento de Alfonso VIII de 11891 , ahora parece tenerse más en consideración el transversal Este-Oeste. Es el momento de las delimitaciones de espacios competenciales entre la institución dominadora del territorio con las restantes del entorno: las Ordenes del Hospital y de Santiago, cuyos territorios afectaban principalmente a las fachadas de dicho eje.2


    En opinión del autor, tal cambio del eje Norte-Sur que suponía el predominio de la Corona, por el Este-Oeste, se debe a que favorecía mas y mejor a los intereses de la Orden de Calatrava. “La dinámica resultaría lógica, pues ambas instituciones mantendrían intereses diversos -que no totalmente contrapuestos – respecto al dominio y organización del espacio. A la Corona le interesaba sin duda más precisar el límite Sur como frontera definidora de su espacio socio-político, mientras que a la Orden le motivaría mas el tratar de delimitar con precisión su territorio de dominio para intentar desarrollarlo no sólo como espacio político, sino también, y quizá preferentemente , socio-económico.


    Dentro de esta línea interpretativa, habría que situar también los acuerdos firmados poco después – ya mediado el siglo XIII – entre la Orden y dos de los grandes concejos limítrofes: los de Toledo3 y Córdoba4. Aunque ambos completarían finalmente la delimitación, vendrían a cerrarla, interesa aquí principalmente prestar atención al acuerdo toledano, puesto que que en el mismo se contemplaba la restricción del poblamiento de esa zona fronteriza calatrava con el vecino territorio.


    El mencionado acuerdo pone bien de manifiesto el diferente planteamiento seguido por la Orden, por lo que respecta al poblamiento y colonización de su zona, en relación a la etapa anterior. El carácter de organización más expansiva en todas direcciones, más global, parece evidenciarse con mayor claridad. Pero acabó resultando un proceso en cierta medida frustrado.


    En cualquier caso, el resultado final de este proceso iniciado en la primera mitad del siglo XIII y finalizado en los inicios del ultimo cuarto de la mencionada centuria, sería la confirmación de dos amplias zonas en el conjunto del territorio bastante diferenciadas. Ambas quedaban delimitadas y articuladas por el eje constituido por el nuevo trazado de la vía Toledo-Córdoba a su paso por el territorio5 .Sobre la base de este eje principal se organizarían otros – bien en dirección transversal como vertical – que conectaban el territorio con otros centros de interés, tanto dentro como fuera del mismo.


    Al producirse el acuerdo con Toledo, conviene tener en cuenta que la dinámica del reino – que afectaría también al territorio – se orientaba preferentemente hacia el Sur y el Sur-Este, cara a la fachada levantina. Ello llevaría a la institución a ocuparse preferentemente de las zonas del territorio que más directamente se podían ver inmersas en la dinámica de ese proceso mencionado. La zona occidental, por su parte, ahogada por el territorio toledano – que acabaría expandiéndose hasta Puebla de Alcocer - y que se mantenía en buena parte como saltus, tenía pocas posibilidades de prosperar en ninguno de los aspectos, sufriendo por ello, en buena medida una especie de abandono en el terreno organizativo. Tal abandono es el que posibilitaría el establecimiento en ella de buena parte de los efectivos de otra institución, como fue la Hermandad Vieja de Ciudad Real, ajena a la Orden y no controlada por la misma.


    Su aprovechamiento quedó enormemente limitado y reducido, con una escasa población, dispersa y poco o nada organizada. Alguna puebla perduraría6, mientras que otros núcleos, que se habían intentado poner en funcionamiento , desaparecerían7. La zona quedó, pues, para lo que en principio se contemplaba en el documento de 1269: para la explotación de colmenares y losas – la apicultura y la caza – prevalentemente, a los que podrían añadirse otros aprovechamientos forestales, puesto que en el mismo se contemplaba la imposibilidad de su aprovechamiento agrícola (“que non labren por pan”) y queda más que en una nebulosa el ganadero. Todo esto llevaría a un decaimiento de la zona, a una desvalorización de la misma, uno de cuyos núcleos principales, Piedrabuena – aunque situado más hacia el interior del Campo – experimentaría un descenso considerable, situación que afectaría probablemente a otros de la misma.8
    Nuevos tiempos y cambios en el territorios
    El aparente desinterés de la institución calatrava sobre la zona no se mantendría durante todo el periodo medieval. El cambio de circunstancias internas hacia finales del siglo XIV y las nuevas coyunturas demográficas antes de mediar el siglo siguiente, harían volver la vista hacia este espacio hasta esos momentos bastante abandonado. Será entonces cuando se comience a operar sobre el, olvidando las limitaciones impuestas en 1269, para organizarlo y convertirlo también en zona ganadera. Sólo entonces se manifestaría atractivo para el establecimiento de nuevas poblaciones, el nacimiento de una de las cuales es de lo que aquí se trata.


    El cambio de atención a la zona y el aumento de interés sobre la misma para su utilización, no sólo ganadera, queda claramente evidenciado en las palabras de la carta-puebla. La demanda procede fundamentalmente de gentes establecidas en entidades de población ubicadas en la zona periférica del Campo de Calatrava, como claramente expresa el maestre en el documento. Se trataba de gentes procedentes concretamente – el texto se encarga de precisarlo de Siruela, Capilla, Fuenlabrada y Villarta de los Montes. Las razones que los motivan se nos escapan en buena medida, pues no parece que las zonas en que se situaban tales núcleos – pese a la ya conocida expansión demográfica andaluza del cuatrocientos – se hallasen especialmente colmatadas de población , aunque no haya que descartarla en modo alguno. ¿Existieron otras razones y de otro carácter? Nada se puede afirmar al respecto. Lo que parece desprenderse con total facilidad es que , cuando menos, la demanda era exterior y que los peticionarios creían que en la ocupación del nuevo espacio encontrarían mayores posibilidades de prosperar y unas condiciones de vida, por lo pronto, no peores de las que podían tener en sus lugares de origen.


    ¿Iban buscando solo el aprovechamiento de nuevos espacios ganaderos? Quizás, aunque personalmente sospecho más bien que la dinámica empresarial debería instalarse más bien en la línea del desarrollo de un fenómeno más global y complejo, del que se sabe que también afectó a la zona, como era la creciente demanda desatada, ya desde antes de mediar el siglo, de ocupación de nuevas tierras para su cultivo y explotación, y que en esa zona se prolongaría hasta finales de la mencionada centuria9. Nos encontramos todavía – y esto quizá convenga recordarlo- en fechas algo anteriores a las Cortes de Toledo de 1480, acontecimiento en que se apostará paladinamente por el fenómeno ganadero, rompiéndose claramente con el equilibrio que se había mantenido hasta entonces dentro del sector agrario. Se habría entrado , pues, para las fechas que el documento registra -y obviamente desde antes – en esa nueva dinámica de potenciar el eje transversal, habiendo surgido en dicho espacio determinadas formas de hábitat – cuya fenomenología sin duda resultaría interesante describir y precisar mejor - , que en principio no conculcarían los acuerdos de mediados del siglo XIII con los toledanos.10
    Las condiciones de establecimiento en la nueva población
    Como cualquier otra carta-puebla, el texto que ahora se publica contempla toda una serie de pormenores característicos de este tipo de documentos.
    En primer lugar, trata de fijar y precisar algunas de las infraestructuras materiales con que debía contar el nuevo núcleo. Se señala el emplazamiento exacto del caserío, en las ya mencionadas Casas del Guadiana, tal como habían pedido los vecinos ajenos al Campo que lo solicitaban (num 4), quizá porque las mismas se hallaban ubicadas en una determinada vía de interés que haría posible el futuro de la nueva puebla. Solo allí podrán conformar su establecimiento los nuevos pobladores, construir sus casas, crear un centro habitado, que se pretende, en definitiva, que esté concentrado. Y al objeto de dejar constancia para las nuevas generaciones futuras de su nueva personalidad, el maestra bautizará el lugar y el nuevo núcleo no con un apelativo tomado de la toponimia de la zona, sino con su propio nombre: La Puebla de Don Rodrigo Girón (núm..2).
    Además, se lo dota de una base territorial bastante amplia, adecuada para ese proyecto de futuro, que queda perfectamente delimitada /núm. 7), aunque las posibles colisiones que pudieran surgir con los vecinos del antiguo centro controlador de aquel espacio inducirá al maestre a plantear determinadas salvedades, sobre todo respecto al aprovechamiento del territorio, estableciendo cierta comunidad entre los derechos de explotación de los antiguos habitantes y los de los nuevos pobladores (núm. 8 y 9). E igualmente se fija con puntual exactitud el acotamiento de un espacio considerado como dehesa boyal, utilizable sólo por el ganado destinado a tareas agrícolas de los vecinos de la nueva puebla – la dedicación agrícola resultaba fundamental para el cumplimiento de los objetivos- aunque en ella también podían introducir ese mismo tipo de ganado los de Piedrabuena (núm.12).


    El marco legislativo sería idéntico al que ya tenía el mencionado centro superior, al que denominan “fuero de Piedrabuena” (núm. 6), entendiendo por tal no uno singular y específico, sino el que probablemente regía en todo el territorio calatravo y que, con alguna acotación específica adaptada a las peculiaridades del territorio, se encontraba también en vigor en el mencionado núcleo.


    En el terreno jurídico-institucional, a la nueva puebla se la dota de plena jurisdicción civil y criminal (núm.5), de un órgano de gobierno propio, el concejo, con libertad de elección de sus oficiales: “alcaldes, alguacil y regidores e procurador y mayordomo e los otros oficiales que para bien y buen regimiento del pueblo vieren que son necesarios”, renovables anualmente (núm. 6). Las apelaciones judiciales, como es lógico, se harían ante las autoridades jerárquicamente superiores, bien del centro administrativo del que dependería, Piedrabuena, como de la jerarquía más alta de la institución, el maestre, en última instancia (núm. 6).


    La nueva puebla también quedaba dotada de unas infraestructuras administrativas en el terreno religioso, una iglesia – puesta bajo la advocación de san Juan Bautista – donde pudiesen quedar encuadrados los nuevos vecinos en ese terreno, si bien – lo que resultaba curioso – el maestre en tales aspectos no parece tener jurisdicción plena y tiene que delegar en la autoridad religiosa, cuya determinación queda algo en nebulosa, pues no permite el texto apreciar si se trataba de la de la misma Orden o de la del arzobispo toledano (núm.11).


    Los nuevos vecinos no sólo recibían un amplio espacio territorial para su aprovechamiento, sino que también tendrían una serie de derechos y exenciones. Se les concedía licencia para hacer rozas en el término asignado con el fin de ampliar el espacio cultivable – de nuevo la agricultura como factor fundamental y preferente de organización del espacio – y de uso ganadero (núm. 18). Y al objeto de que la puebla prosperase, se les otorgaba - exención hecha de alcabalas y diezmos - , circunstancia de la que sólo podrían gozar aquellos vecinos que acudiesen allí a poblar desde localidades ajenas al territorio calatravo (núm. 13 y 23).


    Ahora bien, sobre todo ello se establecían determinadas condiciones, y no poco onerosas: los nuevos vecinos – a partir de la fecha en que fuesen admitidos como tales – deberían contar cada uno de ellos con “dos cassas tejadas en un soloar de diez tapias de largo, combiene a saber, cinco tapias en cada una cassa, y en alto de quatro tapias con el cimiento; tejadas de teja”, y que deberían levantar en un plazo no superior a los dos años siguientes a dicha fecha (núm.14); igualmente se verían obligados a plantar cada uno “quinientas vides” - superficie ciertamente no muy amplia- aunque no cualquiera, sino “de buen vidueño” (núm.15): así como comprometerse a residir en el núcleo durante 20 años – el doble de lo que duraría la exención-, durante los cuales tendrían que realizar ciertas contribuciones, y pasados los mismos quedarían equiparados en el terreno fiscal a los vecinos de Piedrabuena (núm.16); no podrían enajenar, finalmente, los mencionados bienes raíces, las casas construidas y las viñas plantadas, a ninguna persona ajena a la Orden sin licencia del maestre, salvo si construyese el dobe de casa y – probablemente, como parece implícito en el texto – plantase el doble de viñedo (núm. 17). Los recaudadores y receptores quedaban avisados y deberían cuidar del cumplimiento de toda esta normativa en el terreno de la fiscalidad (núm.23).
    Pero el maestre no renunciaba en modo alguno a toda una serie de derechos señoriales, cuyo mantenimiento claramente se encarga de precisar. No renunciaba en forma alguna al nombramiento de escribano público – siempre el escrito como instrumento de poder – ni a sus derechos de escribanía, que quedaban anejos a la Mesa Maestral (núm. 10). Como tampoco a la percepción de los diezmos, para cuya recaudación los vecinos deberían designar anualmente no sólo a “terceros fiables” para que se encargasen de dicha tarea, sino también hacer frente a la construcción de una casa de tercia – cuando el maestre lo estimase, aunque no antes de cinco años -, si bien el material para su edificación les debería ser proporcionado por éste (núm. 19 y 21).
    Otro tipo de derechos señoriales resultaban algo más flexibilizados. Así la construcción de molinos, la cual quedaba sometida al requisito de obtener la licencia de maestre para ello; en definitiva, no renunciaba al principio jurídico de tal derecho, pero no les quedaba totalmente prohibido (núm. 20).


    La nueva puebla se configura en torno a la prelación administrativa de Piedrabuena, pero sin permitir interferencias de ésta , como queda advertido en el texto prohibiéndole que “inquieten ni contrarien” el establecimiento de los recién llegados (núm. 22).
    Un balance final provisorio
    Las condiciones que en el documento quedan reflejadas sobre el establecimiento de los nuevos pobladores, manifiestan a las claras las intenciones de la institución otorgante, que habla por boca de su representante más alto, el maestre. En definitiva, parece tratarse fundamentalmente de revalorizar unos espacios que, aunque extensos, tendrían un valor más bien escaso, pues las carencias de explotación en todos los terrenos proporcionaban a estos territorios un valor mas bien nulo. Potencialidades no les faltarían, así como una cierta explotación, pero totalmente insuficientes para los nuevos tiempos que corrían. Requerían , en cualquier caso, una mayor cantidad de mano de obra y una dedicación de ésta a tareas diferentes de las que se venían haciendo en la zona.


    En modo alguno las condiciones impuestas resultaban excesivamente favorables. Todo lo contrario. Pero es que, también, la demanda procedía del exterior, lo que escoraba la balanza hacia el lado de la institución. Sin embargo, la puebla prosperaría, buena prueba de que , comparativamente, tampoco resultaban mucho peores que las situaciones en que se encontrasen, tampoco resultaban mucho peores que las situaciones en que se encontrasen los nuevos vecinos en sus orígenes de origen. En cualquier caso, no se limitaban las capacidades de ampliación patrimonial de los recién llegados. No se asignan lotes precisos de tierra para su explotación, quedando ésta solo limitada por las capacidades del nuevo inquilino.


    Esa demanda exterior de tierras, por otra parte, no sólo podría estar significando un notable incremento demográfico de la zona andaluza – como ya se ha indicado- , sino que también estaría apuntando a una cierta debilidad demográfica, todavía a esas alturas y pese a su incremento positivo , del territorio calatravo. Debilidad que también convendría matizar, pero que, de cualquier modo, evidenciaría un notable desequilibrio entre territorio disponible y población.


    Por lo demás, el marco referencial sobre el que se establecía el poblamiento no parece muy diferente del que se adoptó en otras zonas peninsulares para épocas similares. "


    1González, J., El reino de Castilla en la época de Alfonso VIII, Madrid, 1960,II, núm. 534. El documento no es la simple confirmación del de donación de Sancho III a la orden. Incluye toda una delimitación de la parte Sur-Oeste del territorio, lo que induce a considerar el que la zona ya tendría una diferente apreciación.
    2Tales acuerdos se hallan publicados. En 1232 se realizó el de Calatrava con el Hospital (Bulario de Calatrava, pag 64-66). En 1239, se llevó a efecto el primero entre Calatrava y Santiago (Bulario de Calatrava, pag.686-688), luego reiterado en 1243.
    3El mismo se llevó a cabo en 1269, tras una fase de litigio precedente. Publ. Bulario de Calatrava, pag- 130-134. El documento, interpretado desde la óptica de la ciudad del Tajo que con él pretendería la organización de su ager y su saltus, ha sido también objeto de atención por J.P. Molenat , “L'organisation du territoire entre Cordillère Centrale et Sierra Morena du XIIe au XIV siecle”, en Genèse médévale de l'Etat Moderne: Las Castille et la Navarre (1250-1370), Valladolid 1987, pag. 67-68.
    4Realizado en Diciembre de 1274. Publicado de manera extratada NIETO CUMPLIDO, M., Corpus mediaevale Cordubense, II (1256-1277), Córdoba, 1980, doc 908, pag 239-240.
    5Esa gran línea divisoria sirvió también de base para la posterior constitución de los dos grandes bloques administrativos en que se dividió el conjunto del territorio: las Rinconadas de Almagro y de Almodovar.
    6Así, por ejemplo, el caso de Agudo, que todavía en las fechas del mismo documento que aquí comentamos continúa considerándose como tal . Cfr. num 7 del mismo.
    7Tal sería el caso de Morillas, que en el documento de 1269 aparece como puebla (“que la Orden, ni otro por ellos, non fagan pueblas ninguna..., salvo Moriellas, que es poblada”).
    8Las palabras de la carta-puebla respecto a la situación de Piedrabuena dejan lugar a pocas dudas. El desequilibrio entre sus grandes términos y sus pocos pobladores – contabilizando en el momento de la redacción solo 80 vecinos- resultaba manifiesto. Ello es buena prueba de que las carencias de la zona no procederían de la escasez de sus bienes materiales, sino de la ausencia de una organización más global ,en otros terrernos. Cfr la parte introductoria del documento.
    9Nótese a este respecto que en el documento todavía Luciana, que acabó consiguiendo privilegio de villazgo a finales del siglo, no se consideraba todavía lugar poblado. Crf. num 7. Y que en otros párrafos del mismo se menciona también el aprovechamiento agrícola, además del ganadero y la caza.Cfr. núm. 8 y 9.
    10Quizás como prueba de ello puede aducirse la existencia en el mismo de algunas ventas, puntos de alojamiento de ciertos caminos que atravesarían el territorio en esa dirección, algunas de las cuales, las “Ventas de Val de Don Pedro”, quedan registradas en el documento, Cfr núm. 7. Respecto a las nuevas formas de hábitat, mencionar el establecimiento allí no sólo de posadas de colmenas – a las que la documentación de la Hermandad Vieja de Ciudad Real de finales de esta centuria y principios de la siguiente suele referirse como “casas pobladas, sino tambien de otras casas, probables centros de explotación en el territorio, como esas “Casas que dicen de Guadiana”, recogidas en el documento Cfr, núm. 1 y 4. La zona, pus , tendría un determinado tipo de poblamiento, disperso e inorgánico, que ahora se pretendía articular mejor y potenciar, como claramente se indica: “y porque el dicho lugar se bien pueble y haga assí como deseamos en acrecentamiento e ohrra y pro de la dicha nuestra orden … es nuestra merced e volunta de le poblar e mandar poblar” (cf. núm.1)
    **********************************************


    Una puebla tardía del Campo de Calatrava
    por Luis Rafael Villegas Díaz
    Medievo Hispano








    Estudios in memoria del Prof. Derek W. Lomax
    Sociedad Española de estudios medievales, Madrid 1995


    38 Grados Norte: Campo de Calatrava - Poblamiento
    La Iglesia es el poder supremo en lo espiritual, como el Estado lo es en el temporal.

    Antonio Aparisi

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    Re: Las Órdenes Militares en el Reino de Toledo

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    La Encomienda de Santiago en La Mancha

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    | Escrito por Redacción |


    por Manuel Fernández Grueso


    La Orden de Santiago estaba gobernada por su maestre y a su vez subdividida en dos prioratos (que posteriormente se llamaron "provincias": Santiago de Uclés y San Marcos de León. El priorato de Uclés da origen a la "Provincia de Castilla" de la Orden de Santiago, mientra que el de San Marcos corresponde la llamada "Provincia de León". Este concepto de provincias no era el que tenemos actualmente, sino que lo empleaba la Orden para saber en todo momento a qué reino había de dirigirse para cada cuestión, así como la legislación a que atenerse.
    Caballero de Santiago en carga




    Tras la salida del Reino de León, obligados por la pérdida de Cáceres (su primitiva sede) y de los lugares que habían adquirido en territorio de Badajoz, pasaron a Castilla, donde fueron bien recibidos por su Rey Alfonso VIII. Éste entregó el castillo de Uclés a los Caballeros de Santiago para que defendiesen aquella comarca y la de Huete de los ataques musulmanes. El castillo había pertenecido desde 1163 a los caballeros de San Juan, pero el rey estaba descontento por su actuación (ya que en el período en el que lo ocuparon no hicieron nada notorio) y les retiró la posesión de dicho castillo fronterizo en favor de los santiaguistas.


    El 9 de enero de 1174 tuvo lugar en Arévalo el acto solemne por el cual Alfonso VIII entregaba el castillo y la villa de Uclés, con todas sus tierras, viñas, prados, pastizales, arroyos, molinos, pesquerías, portazgos, entradas y salidas, al Maestre de la Orden, don Pedro Fernández de Fuentencalada. El acto contó con la presencia de los prelados y nobles del reino y de Alfonso VIII junto con su esposa Leonor de Inglaterra.


    A finales de aquel mismo mes los caballeros de la Orden de Santiago tomaron posesión de la villa y fortaleza donadas por Alfonso VIII, acto al que asistió el arzobispo de Santiago. En Uclés se hallaba el monasterio donde el Gran Maestre de la Orden residía habitualmente, este monasterio fue derruido en el siglo XVI para levantar el actual, que comenzó a construirse en 1529. Los archivos de la Orden que estaban en Uclés pasaron en 1869 al Archivo Histórico Nacional de Madrid.


    La situación fronteriza tras la conquista era, a menudo, un territorio salpicado de donaciones, sin posibilidades de mantener en ocasiones, e infructuosas hasta la consolidación de la ocupación castellana. La necesidad de mantener la frontera fuertemente defendida hacía necesario que las tierras fronterizas estuvieran en manos de nobles poderosos o de la propia Corona porque el avance de la reconquista exigía garantía de ocupación y no retroceso en la lucha contra el Islam. La Monarquía encomienda estas tierras a quien tiene capacidad de defenderlas.


    Los territorios conquistados eran confiados a fuerzas capaces de garantizar su defensa. Son las Órdenes Militares y la Corona los únicos capaces de hacerlo. Por eso, algunas concesiones nominales fueron devueltas a la Corona o cedidas a las Ordenes Militares, a cambio de renta, por la imposibilidad de defenderlas cuando se hallaban en territorio limítrofe con tierra mora. Calatravos y santiaguistas serán los beneficiarios del reparto de tierras en la frontera manchega y los que garantizan su conservación y la continuidad de campañas reconquistadoras. La presencia de la Orden de Santiago es casi simultànea a la conquista de Alarcón con una constante intromisión en el alfoz municipal y decidida, aunque fracasada, apuesta por señorializar la villa. Su excesivo interés en tierras de Alarcón le llevó a mantener fuertes disputas con el Concejo.


    Hacia 1174, la frontera del territorio manchego se confía a la Orden de Santiago, con su central, Uclés, colindante con la Tierra de Alarcón que permanece en poder de la Corona. En 1194 los santiaguistas obtienen de Alfonso VIII el alcázar de Alarcón y otras posesiones y rentas. La rápida reaccción del Concejo consiguió anular la concesión, aunque no impidió la presencia de la Orden, con la creación y dotación de un hospital de redención de cautivos, convertido en encomienda santiaguista, con sede en Alarcón. Estos hospitales, situados en las zonas fronterizas, se ocupaban de albergar a los prisioneros enemigos y cobrar rescate por ellos, así como negociar la recuperación de los propios.










    En este conglomerado de posesiones fronterizas repobladoras, en 1241, Fernando III encomienda al Obispo de Cuenca, Don Gonzalo, que proceda a la partición de términos y amojonamiento entre la Orden de Santiago, Tierra de Uclés y Tierra de Alarcón. Sobre el antiguo amojonamiento realizado en el sector entre el Gigüela y la Sierra de Almenara, la nueva Comisión coloca mojones en Villar de Sancho el Cojo, la Fuente de Domingo Pérez y el final de la Sierra. Para deslinde del extremo sur, entre la Sierra y Fuentelespino, se colocan mojones en la peña que hay al final de la sierra; el collado entre los camino de Hontanaya a Gúzquez y de Hontanaya a los Hinojosos. El Pozo del Hinojoso y el propio Fuentelespino constituyen los dos últimos mojones. Al Oeste, tierra de la Orden Al este, tierra de Alarcón.


    Por el norte su extensión territorial era más bien escasa. Limitaban los santiaguistas, con la tierra de Huete. Era Alcázar del Rey, posiblemente, el mojón indicador. Ya en 1179 el Fuero Latino designaba este lugar como meridiano entre Uclés y Huete para dirimir los juicios contra los cristianos en la Corte castellana. Por el Noroeste, Alharilla, Estremera y Fuentidueña. Ocaña, al Oeste, entró a formar parte de la Orden en 1182, cuando el Maestre de Santiago lo permuta a los Calatravos por 100 maravedís al año en las salinas de Espartinas.


    Al sur se prolongaba hacia tierras ya pacificadas al trasladarse la frontera a Sierra Morena, como consecuencia de la victoria de las Navas de Tolosa.


    Delimitados los términos santiaguistas y los de Alarcón desde el principio, la Orden de Uclés nunca traspasó la frontera del término de Saelices, por el Este, según el amojonamiento realizado por el Obispo D. Gonzalo. No obstante, concesiones, permutas y otros, hicieron posible que, inserta en el territorio de Alarcón se estableciera la Encomienda de Haro, con sus aldeas anejas, islote aislado de los santiaguistas, así como la Torre de Don Morant y la efímera encomienda de Zafra. Del mismo modo que los Calatravos poseyeron por donación de D. Guillén “el lugar que dicen Villar del Saz, que es cerca de Alarcón; que parte términos con Zafra e Alcolea e con Montalbanejo e con Hinojosa e con Cervera, e con Torreciella e con La Solana” (25-VIII-1318). La repoblación de este extenso alfoz de Uclés se llevó a cabo mayoritariamente durante el último tercio del s. XII y primera mitad del s.XIII. La gran despoblación existente del territorio entre el Záncara y el Tajo exigía una política repobladora primordial y específica. Los freyres de la Orden de Santiago llevan a cabo la colonización de las aldeas de Uclés hacia 1174, más de veinte años después de la conquista del territorio.




    Por el este, el alfoz de Uclés se extiende hasta el Gigüela, donde la instalación de molinos en su cauce y el regadío de sus orillas favorecieron una pronta colonización agrícola. En 1226, en el entorno de Saelices, cabeza de sexmo, se poblaron Anchuelo y Cabeza de Griego. Al llegar 1494 todavía continúa Saelices como aldea de Uclés. Al sur, la aldea de Villarrubio se documenta ya en 1242. Junto a ella, Almendros, que seguiría siendo aldea de Uclés en el siglo XV. Cerca del Gigüela, en la jurisdicción de Almendros estuvo poblada La Moraleja, aldea documentada en 1224, que permaneció hasta el siglo XVI. Junto a ella, La Membrillera.


    Al oeste, en dirección al valle del Riánsares, Torrubia, colonizada hacia 1200, aldea de Uclés a finales del s. XV. Entre Torrubia y la Fuente de Pedro Naharro, la aldea de El Acebrón, poblada hacia 1200, tenía como anejo el lugar de Belmonte. A mediados del s. XIII el término de Uclés estaba divido en tres sexmos: Saelices, Riánsares y Tribaldos. Cada sexmo abarcaba un número determinado de aldeas :


    Riánsares : Acebrón, Fuente de Pedro Naharro y Torrubia del Campo.
    Tribaldos : Almendros y Villarrubio
    Saelices : San Felices y Cabeza de Griego.






    Riánsares, a cinco kilómetros de Tarancón era cabeza de sexmo a mediados del s. XIII. Quedó despoblada y dejó de mencionarse en los siglos XV-XVI. Tarancón fue aldea de Uclés hasta 1537 en que obtuvo el privilegio de villazgo. Belinchón no perteneció a la Orden de Santiago. Formó parte del arciprestazgo de Uclés dentro de la diócesis de Cuenca, pero no fue aldea de Uclés. Fue lugar de señorío de la diócesis de Toledo. Recibió Fuero de Don Cerebruno en 1171 y deslindó términos con Tarancón en la Cabezagorda. En el siglo XIV cambia la configuración territorial de la Orden de Santiago en la Provincia de Castilla. Se pierde territorio al Sur al independizarse como villas, Corral de Almaguer, Villamayor de Santiago, Puebla de Almoradiel y Puebla de Don Fadrique, que siguen perteneciendo a la Orden, pero independientes de Uclés.


    En 1321, el Maestre Garci Fernández otorga al Concejo de Chozas (Villamayor) el Fuero de Sepúlveda, con privilegio de villazgo, mercado franco los lunes,… Más tarde, el Maestre concedería a los vecinos de Villamayor (ya, de Santiago) el privilegio de elegir juez y alcaldes “quien y cuantos quisieren”. Villamayor se constituye como centro de la Encomienda integrada por El Toboso, Villaverde, el despoblado de Añador, Magacela, Almenara,… Esta última, poblada en 1337, desaparecería después en beneficio de la Puebla de Almenara, de señorío seglar. Al llegar el siglo XV el Común de Uclés lo componen 10 aldeas ( El Acebrón, Almendros, Fuente de Pedro Naharro, La Moraleja, Rozalén, Saelices, Tarancón,Torrubia, Tribaldos y Villarrubio) que llegan a 12 (Pozorrubio y Horcajo) en el s. XVI. El territorio y las aldeas pertenecieron al alfoz de Uclés durante toda la Edad Media.






    No fue la escasez de tierras, pastos, agua, lo que habría originado una despoblación justificada, sino la insalubridad de su emplazamiento y su estabilidad física y sanitaria. Son muchos los lugares de la zona de los que se refiere su antigua ubicación en paraje distinto al actual, pero no muy distante. El motivo de la dislocación se atribuye siempre a epidemias, pestes, inundaciones. Todas ellas, a lo largo de la Edad Media.


    En su afán repoblador, los Maestres otorgaron para alentar en la zona la vida urbana el Fuero de Uclés a Estremera, 1182, Torre de don Morant (Torrebuceit), Santa Cruz de la Zarza… El mayor esfuerzo repoblador se lleva acabo entre 1315 y 1344, reinando Alfonso XI. La concentración de nuevas pueblas indica la existencia de un gran afán repoblador en esta mancha despoblada.. Este ámbito geográfico ya se conocía antes del s. XIV como Mancha en el sentido de ausencia de potencial humano.


    En general las posesiones de la Orden permanecieron inalteradas a través del tiempo. No así los territorios de Alarcón que, al ser de realengo, expropiados al Marqués sirvieron como moneda con la que pagar servicios a la Corona por parte de nobles comprometidos. De aquí surgió el nuevo Señorío de Villena, en poder de los Pacheco y una serie de estados y subestados minúsculos para nobles de 2ª y 3ª categoría.


    http://www.asc-castilla.org/contenid...o-en-la-mancha
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    Antonio Aparisi

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