Creacion de la Gobernación de Venezuela (1528)
Capitulación de los Belzares con la corona de Castilla. (1528)
.........."El Rey.- Por cuanto vos Enrique Eynger y Gerónimo Sayler, alemanes nuestros vasallos me hicisteis relación que vosotros estáis informados que nos mandamos a García de Lerma vaya por Gobernador de la Provincia de Santa Marta porque vosotros tenéis cierta noticia de aquella tierra y su comarca y sabéis que los indios naturales de ella son belicosos y flecheros y una parte de ellos se están rebelados juntamente con ciertos cristianos y otras gentes que fueron en la muerte del Gobernador Bastidas y para pacificar la dicha tierra y reducirla a nuestro servicio de manera que se haya el provecho que de ella se espera hay necesidad que el dicho García de Lerma vaya muy acompañado y con orden de gente y armas munición y bastimentos de tal manera proveído que pueda allanar y pacificar la dicha tierra y poblarla y castigar a los rebeldes y culpantes en el dicho levantamiento y muerte para cual es menester grandes gastos y dineros y porque la empresa y la población de la dicha tierra no se hiciere ni aventurare ni dilate vosotros cos ofrecéis de hacer una armada de cuerpo de navíos y más con doscientos hombres o más armados y avituallados por un año con los cuales el dicho Gobernador allanará la dicha tierra de Santa Marta y en la misma costa está otra tierra que es el Cabo de la Vela y el Golfo de Venezuela y el Cabo San Román y otras tierras hasta el Cabo de Maracapana que están en la misma conquista en que se incluyen muchas tierras y provincias la cual tierra con la de Santa Marta vosotros os ofrecéis a pacificar y poblar de los dichos hombres y mas otros cien que serán trescientos por todos muy bien proveídos y armados como dicho es todo a vuestra costa y misión son que ningún tiempo seamos a vos pagar ni satisfacer los gastos que en ello hiciereis mas de lo que está en Capitulación vos será otorgado y me suplicasteis y pedisteis por merced vos hiciese y otorgase las mercedes y con las condiciones que de suso serán contenidas sobre lo cual yo mandé tomar con vosotros el asiento y Capitulación siguiente:
..........Primeramente cumpliendo vos lo que de suso os ofrecéis en ir o enviar la dicha armada con el dicho nuestro Gobernador de Santa Marta y pacificado aquello como dicho es vos doy licencia y facultad para que vos y cualquier de vos y en efecto de cualquier de vosotros Ambrosio de Alfinger y Jorge Inger, hermano de vos el dicho Enrique o cualquier de ellos podáis descubrir y conquistar y poblar las dichas tierras y provincias que hay en la dicha costa que comienzan desde el Cabo la Vela y del fin de los límites y términos de la dicha Gobernación de Santa Marta hasta Maracapana al este oeste norte sur de la una mar a la otra con todas las islas que están en la dicha costa y citadas las que están encomendadas y tiene a su cargo el Factor Juan de Ampiés con tanto que seáis obligados a llevar y llevéis de estos nuestros reinos o de fuera de ellos de las personas que no están prohibidas para ir a aquellas partes a hacer la dicha población y a hacer en las dichas tierras dos pueblos o más que a vosotros pareciere y en los lugares que viereis que conviene y parezca cada una de las dichas poblaciones llevéis a los menos trescientos hombres y hagáis en las dichas tierras tres fortalezas todo lo dicho es a vuestra costa y misión y seáis obligados a partir de España con los dichos trescientos hombres al primero viaje adentro de un año de la fecha de esta capitulación y seáis obligados a hacer los dichos dos pueblos dentro de dos años después de llegados y para esto deis la seguridad bastante que vos eran señaladas. ..........Otrosí, que de mas de los dichos trescientos hombres seáis obligados a pasar a las
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