... 3. LOS REYES CATOLICOS, ¿REYES DE ESPAÑA O NO?
Hemos visto con claridad que en la Edad Media hispana se habla de España y que ésta no se concibe como una entidad meramente geográfica, sino como una comunidad histórica y religioso-cultural, que confiere a sus miembros unos vínculos de solidaridad y de identidad. En principio, aunque se recuerda y en cierta manera se añora la antigua unidad política habida en la época visigótica y rota con la invasión islámica (es la idea de la «pérdida de España» desarrollada ya en la Crónica mozárabe del 754), no se aspira a recuperarla de un modo plenamente intencionado, al menos hasta fechas bastante tardías, pues se afirma la legitimidad jurídica de los distintos reinos y entidades políticas de la España medieval. Eso sí, éstos se ven interrelacionados entre sí por ese sentimiento realmente existente de comunidad hispánica y que les proporciona una identidad especial ante el Islam y en el seno de la Europa cristiana. Para la época de los Reyes Católicos, sin embargo, sí nos encontramos con unos deseos, en ocasiones muy marcados, de anhelo y búsqueda de la unión política, y las directrices del gobierno de los monarcas apuntan a ese fin. Esto, sin embargo, no procede de la nada, sino que se ha ido fraguando a lo largo de siglos, en especial desde el XIII. Según hemos indicado ya, en la propia centuria del 1400 toda una serie de textos fue preparando el terreno para la realización de la unidad hispánica bajo una sola Corona (25).
Por otro lado, los contemporáneos extranjeros e hispanos denominaron con cierta frecuencia «Reyes de España» a los Reyes Católicos, y además usaban el término con naturalidad. Sin embargo, es cierto que los monarcas nunca emplearon tal designación en su intitulación, sino que conservaron la larga lista de títulos que ya conocemos y que estaba abierta a añadir otros nuevos; y, efectivamente, ellos la agrandaron de forma sobresaliente.
Respecto de esta segunda cuestión, Fernando del Pulgar, en su Crónica de los Reyes Católicos refiere que en el Consejo Real se debatió qué intitulación debían emplear, y que, a pesar de que los votos de algunos consejeros se inclinaron porque se denominasen «reyes e señores de España, pues subçediendo en aquellos reynos del rey de Aragón eran señores de toda la mayor parte della, pero determinaron de no lo hacer e yntitularonse en todas sus cartas en esta manera» (es decir, la de la lista de reinos y señoríos).
Por lo tanto, hubo una negación por parte de Isabel y Fernando a la idea de autodenominarse de forma oficial «Reyes de España». Y, sin embargo, es evidente que no sólo les llamaron así numerosas personas e instituciones, sino que los monarcas no pusieron impedimento alguno a que lo siguieran haciendo. Más aún, lo permitieron e incluso ordenaron que se imprimieran libros en los que aparecía tal término. El caso del propio Fray Ambrosio Montesino es bien claro y significativo: se dirige a Isabel como «Reina de España», al menos ya desde las coplas que por encargo suyo compone hacia 1485; a ella y a Fernando les denomina «Reyes de España» en la Vita Christi en 1502; y finalmente dedica al segundo, como «Rey de España», las Epistolas y Evangelios en 1512.
Esto último lleva a reflexionar sobre otro aspecto: el calificativo se aplica tanto a Isabel sola, como únicamente a Fernando, y a los dos juntos. Es decir, cabe afirmar que hay una conciencia clara de que los dos son los Reyes de España, y que el «Tanto monta» funciona al menos en la teoría.
Así pues, ¿podemos considerar y llamar «Reyes de España» a los Reyes Católicos?
En primer lugar, queda fuera de duda que España es una realidad en la Edad Media y que existe un concepto de ella que no se limita a mera geografía, sino que, si bien ésta puede ser y es la base, hay bastante más: hay una conciencia de identidad y de comunidad. Por lo tanto, en caso de considerar a Isabel y Fernando «Reyes de España», lo serán de algo que no se restringe a lo geográfico.
En segundo lugar, ya se ha visto cómo se habla con frecuencia de los «Reyes de España» en el Medievo hispánico, así que tampoco es del todo novedoso que se aplique el término a Isabel y Fernando, sino que tiene una larga tradición. Pero lo que sí es novedoso es que se les considera como reyes de la unión recuperada de España, gracias a su matrimonio y a toda su labor, en la que cuentan como elementos muy importantes la incorporación de Granada, Canarias, Navarra… La expansión norteafricana, el descubrimiento de América… y, desde luego, la política matrimonial de los monarcas. Todo esto, sin olvidar lo que desarrollan en lo que toca a la hacienda y la moneda, la justicia, el ejército, la reforma y unidad religiosas, etc.
En tercer lugar, no sólo otras personas e instituciones denominan a Isabel y Fernando «Reyes de España», sino que ellos mismos tienen conciencia de serlo, aun cuando no quieran usar de manera oficial esta designación. Si no fuera así, no se comprendería que permitieran que se les llamase de este modo una y otra vez a lo largo de todo su reinado, y tanto por separado como en conjunto.
¿Por qué entonces no aceptaron el uso oficial del título «Reyes de España»? Como apunta Suárez (26), se pueden encontrar varias posibles respuestas a tal cuestión.
La primera de ellas puede ser la tradición: a lo largo de la Edad Media, los monarcas hicieron uso de un sistema de titulación plural, que fue plenamente heredado por los Reyes Católicos. Este factor ya lo señala Maravall (27), y hay que recordar que Isabel y Fernando eran tenidos, y ellos a sí mismos se tenían, más como «restauradores» que como «fundadores» (28).
La segunda razón es que pudo deberse a que la unión política de España aún no estaba acabada del todo: no eran todavía reyes de toda España, sino de una parte, aunque fuera la mayor, lo que creaba en ellos el deber de completarla (29).
En relación con esto hay que poner la cuestión de Portugal: ya sabemos que, a través de su política matrimonial, uno de los fines de los Reyes Católicos era la armonización política con este reino. Pero el uso del título »Reyes de España» de forma oficial podía molestar al vecino lusitano, que también se consideraba parte de España. Maravall ya indica este aspecto, y realiza un comentario acerca de que el rey don Manuel de Portugal hizo una reclamación a Fernando el Católico porque éste se hacía llamar «rey de España» (30). De todas formas, el hecho de que, en cambio, Isabel y Fernando aceptaran que personas e instituciones les denominasen así, podía constituir un elemento de propaganda de cara también a Portugal.
Y, hablando de propaganda, una cuarta razón la podemos ver en la fuerza que podía tener una larga intitulación, la cual, además, estaba abierta a nuevos añadidos. Ladero matiza que la efectividad y la fuerza de cada título era diversa: los había honoríficos (Atenas y Neopatria, por ejemplo), reivindicativos (Rosellón y Cerdaña hasta 1493) y efectivos (31). Como decimos, la lista podía ir aumentándose mediante la incorporación de nuevos reinos o señoríos y esto confería un evidente prestigio al monarca o monarcas (32). Y, como igualmente hemos dicho, los Reyes Católicos hicieron crecer en su época el número de títulos de forma considerable.
En fin, la última razón es quizá la más importante: la unidad estaba construida sobre la base de la diversidad territorial. Suárez también opina que éste fue el motivo principal de la cuestión y concretamente recalca que la unión se estaba edificando según el modelo de la Corona de Aragón (33). Ladero, por su parte, da importancia igualmente a la realidad de que la monarquía tenía dominios y componentes variados (34). Y Hillgarth, recordando que en la intitulación de los Reyes Católicos los reinos de la Corona de Castilla y los de la de Aragón se enumeran uno tras otro en rigurosa alternancia, cita a Gómez Mampaso en la idea de que esto parece reflejar «la concepción pluralista del Estado, yuxtaponiendo los reinos sin fundirlos» (35). Sin duda alguna, el corporativismo u organicismo cristiano medieval pudo jugar un papel muy destacado en la configuración de la unión dinástica. Cepeda Adán tiene en cuenta este factor al referirse a la concepción del reino, del Estado, en los Reyes Católicos (36). Son muy esclarecedoras, por otra parte, estas palabras de Antonio de Nebrija en el prólogo que dedica a Isabel la Católica, «Reina i señora natural de españa e las islas de nuestro mar», en su Gramatica de la lengua castellana de 1492: «I assi crecio [la lengua castellana] hasta la monarchia e paz de que gozamos, primeramente por la bondad e prouidencia diuina, despues por la industria e trabajo e diligencia de vuestra real majestad. En la fortuna e buena dicha de la cual los miembros e pedaços de España que estauan por muchas partes derramados, se reduxeron e aiuntaron en un cuerpo e unidad de reino. La forma e travazon del cual assi esta ordenada que muchos siglos, iniuria e tiempos no la podran romper ni desatar.» (37)
Nebrija ve con claridad que se ha alcanzado la unidad que llevaba esperando siglos y que ya es irrompible. Pero, además de esto, habla de «miembros» y «cuerpo», y cualquier entendido en textos políticos medievales sabe que no son palabras dichas al azar o sin significado. El reino se concibe orgánicamente en lo social y en lo territorial, y los territorios que lo componen son los miembros que forman el cuerpo del reino. Este no puede existir sin aquéllos, y aquéllos, a su vez, no tienen sentido y finalidad fuera del reino. Y, sin duda alguna, ésta era la visión de los Reyes Católicos. Ellos fundamentaron la unidad sobre la diversidad, bebiendo doctrinalmente para ello en buena medida del pensamiento corporativo del Medievo cristiano, que se fue perpetuando y renovando posteriormente y que en España tiene una de sus expresiones más recientes y bastante fiel heredera de él en el tradicionalismo carlista; en Portugal podemos verlo en el miguelismo y el integralismo. El foralismo carlista se explica bien desde esa perspectiva y trata de conjugar la unidad nacional con la diversidad regional, de una manera no muy lejana al modelo de los Reyes Católicos. Los cuales, aunque sin duda dieron muchos y muy importantes pasos en la construcción del «Estado moderno», seguían vinculados a las doctrinas de la Edad Media cristiana.
Otro reflejo claro de tal concepción es el escudo de armas de Isabel y Fernando, en el cual se integran los distintos territorios y la personalidad de cada uno de ellos queda tan patente como la unidad alcanzada, al mismo tiempo que todo queda consagrado y protegido por el águila de San Juan Evangelista, por la fe católica (38).
Y esta diversidad en la unidad es la que también explica que muchas veces se hable de España en plural: «las Españas». También Felipe II utilizó, además de la larga lista de territorios en su intitulación, esa otra de «Philippus Hispaniarum Princeps» o «Philippus, Dei gratia Rex Hispaniarum…». Y esto ya lo había hecho su padre Carlos I, como se observa en varios sellos (39). Es decir, que después de los Reyes Católicos y antes de Carlos III, también otros monarcas fueron denominados (en los casos de Carlos I y Felipe II que aquí se refieren, se autodenominaron) «Reyes de España» o «de las Españas».
Los historiadores de la Edad Moderna, acogiéndose a veces a textos de autores de los siglos XVI y XVII, por ejemplo del P. Mariana, han propuesto, quizá como términos menos conflictivos, los de «Monarquía Católica» y «Monarquía Hispánica», para hablar de los reyes que gobernaron España desde Isabel y Fernando hasta la centuria del 1700. En realidad, son términos ciertamente bastante adecuados y que hacen referencia sobre todo a dos aspectos: la fe sobre la que se asienta la Monarquía y la universalidad. Porque, en realidad, tanto catolicidad como Hispanidad son conceptos que expresan universalidad, y la España de la Epoca Moderna muestra sin duda esta vertiente. Pero ello no quita el que, después de haber tratado toda esta cuestión, podamos sin temor hablar también de «Reyes de España» antes de Carlos III y que podamos aplicar tal calificativo igualmente sin miedo a los Reyes Católicos. Del mismo modo, no hay por qué evitar hablar de España antes del siglo XVIII, ni hay razones verdaderas para afirmar que España no existe ni ha existido en la Historia. Como bien dice el profesor Eloy Benito Ruano: «¿Negación actual de España? Síntoma de incultura histórica.» (40)
SANTIAGO CANTERA MONTENEGRO
1 Resumen de la conferencia pronunciada en la Universidad San Pablo-CEU de Madrid el 4 de mayo de 2001, dentro de las Jornadas sobre La creación del Estado moderno español: una transición política a finales del siglo XV. En buena medida, habíamos abordado el tema en el artículo “Fray Ambrosio Montesino y los Reyes Católicos como Reyes de España”, en Fundación, revista de la Fundación para la Historia de España (Argentina), II (1999-2000), pp. 261-282.
2 Tanto la edición francesa (París) como la española (Madrid, Nerea), son de 1988. La cita, p. 9.
3 Maravall Casesnoves, J. A.: El concepto de España en la Edad Media. Manejamos la 4a edicio~ilMadrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1997); la la es de 1954.
4 España. Reflexiones sobre el ser de España. Madrid, Real Acadernia de la Historia, 1997.
5 Op. cit., 2a parte. A continuación, recogemos algunas citas de las pp. 342, 345, 388-390 y 398.
6 Versos 3724-3725. Manejamos la 4a edición de Ramón Menéndez Pidal (Madrid, Espasa-Calpe, 1940, p. 298) y la de Colin Smith (Madrid, Cátedra, lg9l, p. 267).
7 Ladero Quesada, M. A.: ~España: Reinos y señoríos medievales (Siglos XI a XIV)”, en España. Reflexiones sobre…, pp. 95-129; p. 95.
8 Ladero Quesada, M. A.: “Ideas e imágenes sobre España en la Edad Media”, en Sobre la realidad de España. Madrid, Universidad Carlos III de Madrid – Boletín Oficial del Estado, 1994, pp. 35-53; p, 38. Recogemos a continuación algunas citas de este trabajo y del mencionado antes.
9 Real Academia de la Historia (RAH), Col. Salazar y Castro, 9/356 (antiguo E-18), fols. 119 r. – 122 v.
10 RAH, Col. Salazar y Castro, 9/832 (antiguo M-25), fols. 180 r. – 188 r.
11 RAH, Col. Salazar y Castro, 9/706, (antiguo K-81), fols. 21 r. – 22 r.
12 En esta idea incide habitualmente el profesor Luis Suárez.
13 Para este autor, usamos principalmente la edición de la BAE (Biblioteca de Autores Españoles), vol. 35 (Madrid, Rivadeneyra, 1855), pp. 401-466; aquí, pp. 441-444. Y Rodríguez Puértolas, Cancionero de Fray Ambrosio Montesino, Cuenca, Diputación Provincial, 1987; pp. 253-260 y 260-268.
14 De la primera edición de Toledo, 1512, solo se conoce un ejemplar en el British Museum.
15 Por ejemplo, en la Biblioteca Nacional de Madrid (BN), R-4 a R-7. El proemio, en vol. I, fols. II-IV.
16 San Ignacio de Loyola: Obras Completas, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos (BAC), 1977 (3a ed. revisada); p. 94.
17 Leturia, P. de S.I.: El gentilhombre Íñigo López de Loyola en su Patria y en su siglo, Barcelona, Labor (Colección “Pro Ecclesia et Patria”), 1949 (2a ed. corregida); p. 152.
18 Riquer, M. de; Comas, A.; Molas, J.: Historia de la Literatura Catalana, vol. IV (Part Antiga, per Martí de Riquer. Barcelona, Ariel. 1985, 4a ed.); p. 117.
19 Existe ed. crítica reciente de la obra completa, realizada por Josep Almiñana i Vallés, 2 vols. Valencia, Ajuntament de Valencia, Regidoría d’Acció Cultural, 1992. El prólogo en vol. I, p. 204.
20 Hillgarth, J. N.: Los Reyes Católicos. 1474-]516, Barcelona, Grijalbo, 1984; p. 282.
21 Maravall, op. cit., p. 467. LADERO, “Ideas e imágenes…”, pp. 46-48.
22 Nebrija, E. A.: Historia de la guerra de Navarra, Madrid, 1953.
23 Ladero, “Ideas e imágenes…”, p. 48.
24 Para esta cuestión, es interesante Pérez Priego, M. A.: El Príncipe Don Juan, heredero de los Reyes Católicos, y la literatura de Stl época, Madrid, UNED, 1997; antología de textos literarios en pp. 55-101.
25 Ladero Quesada, M. A.: Los Reyes Católicos: la Corona y la Unidad de España Valencla, Asociación Francisco López de Gomara, 1989; pp. 88-90.
26 Suárez Fernández, L.: Los Reyes Católicos. Fundamentos de la monarquía, Madrid, Rialp, 1989, p. 14.
27 Maravall, op. cit., pp. 352-353.
28 Suárez, Los Reyes Católicos. Fundamentos…, capítulo I, 1 (pp. 9-14). De este autor, cabe recordar también “España. Primera forma de Estado”, en España. Rellexiones sobre…, pp. 131-150.
29 Esta razón la apuntan también los profesores Maravall, Suárez (quien no cree que sea la más importante) y Ladero.
30 Maravall, op. cit., p. 470.
31 Ladero, Los Reyes Católicos ., p. 94.
32 Así lo veía Maravall, op. cit., p. 353.
33 Aparte de trabajos mencionados, es de gran interés el primer capítulo de su obra Claves históricas en el reinado de Fernando e Isabel, Madrid, Real Academia de la Historia, 1998.
34 Ladero, Los Reyes Católicos , pp. 93-94. En su obra España en 1492, Madrid, Hernando, 1978, p. 112, señala: “La Monarquía de ambos esposos es a la vez unión dinástica y ejercicio unido del poder en su cúspide. No supone un cambio en la constitución interna de los reinos y, tal vez por eso, Isabel y Fernando no se titularon oficialmente reyes de España, aunque como tales se considerasen, sino que mantuvieron las titulaciones tradicionales, incluso las honoríficas, unificadas en una larga relación donde cada reino -castellano o aragonés- tiene su puesto y a la que se incorporan las conquistas y anexiones efectuadas por ellos. Los monarcas de la Casa de Austria conservarían este procedimiento de titulación: [. ]”.
35 Hillgarth, op. cit., p. 283.
36 Cepeda Adán, J.: En torno al concepto de Estado en los Reyes Católicos. Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Escuela de Historia Moderna. 1956; pp. 74-75.
37 Nebrija, A. de: Gramatica de la lengua castellana, Salamanca, 1492. Hay edición facsímil de Valencia, Librerías París-Valencia, 1992. La cita, pp. 5-6.
38 Es muy interesante el estudio de Menéndez Pidal de Navascués, F.: “Los emblemas de España”, en Espaiia. Reflexiones sobre .., pp. 429-473.
39 Por ejemplo, en un sello de 1526 aparece la fórmula “Carolus Dei Gracia Rex Hispaniarum” (Archivo Histórico Nacional de Madrid [AHN], Sigilografía-Sellos, Caja 17, n° 63). Y en otro de 1541, “loana, Carlos su hiio, Reis de Spanna” (AHN, Sigilograffa-Sellos, Caja 47, n° 19).
40 Benito Ruano, E.¨”Reflexiones sobre el ser de España”, en España. Reflexiones sobre…, pp. 583-587; p. 587.
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