El problema, estimado Ulrico, es que según el art. 68 pár., 5 de esta lamentable Constitución que rige en España declara que son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos, es decir, que tengan DNI español y sean mayores de 18 años y no estén condenados a una pena de privación de tales derechos.

Es decir, aquí todo perropichichi es elegible, porque para privar de tales derechos a semejantes energúmenos habría que someterlos a un examen psiquiátrico que no está contemplado en nuestro ordenamiento.

No obstante, hay dos normas que deberían ser reclamadas insistentemente y que ya han sido parte de nuestro patrimonio jurídico secular: el juicio de residencia y el mandato imperativo. No siendo la panacea universal, ambas normas cortarían de raíz buena parte de los desmanes y despropósitos que esa cosa, esa entelequia llamada clase política, está cometiendo en España con total, completa y cínica desvergüenza.