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Tema: La justicia del Rey

  1. #1
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    La justicia del Rey


    Juan Manuel de Prada
    'La justicia del rey'



    Dos cosas necesitan los pueblos para sobrevivir a sus enemigos (aparte de ayuda divina): amor a sus tradiciones y gobernantes que los defiendan frente a los poderosos del mundo. Estas cosas son las que España no tiene; y así nos luce el pelo: desarraigados de nuestras tradiciones, nos hemos convertido en gente alienada (¡oiga, no se pase, que somos 'ciudadanía'!), desvertebrada, delicuescente, infestada por un enjambre de modas foráneas que nos obligan a vestir como si fuésemos mendigos yanquis, a desempeñarnos en la vida como si fuésemos finlandeses estreñidos y a alimentar nuestro espíritu con la alfalfa que nos enchufan desde una pantalla, para exterminio de nuestras neuronas; y, en cuanto a nuestros gobernantes, son solo lacayos de poderes supranacionales que les dictan todo lo que tienen que hacer, para beneficio de la plutocracia y escarnio del pueblo sometido a exacciones indecentes, apaleado por legislaciones laborales que dejan su trabajo reducido a cagarruta, convertido en piara que hociquea gustosa en la cochiquera, a cambio de subvenciones menguantes y entretenimientos sórdidos. Pero estas dos asistencias terrenas que ayudan a los pueblos a defenderse vienen de la mano; y cuando el pueblo desatiende o traiciona sus tradiciones, es justo castigo a sus pecados que sufra gobernantes que lo dejen desasistido.


    Me hacía yo estas reflexiones leyendo un delicioso opúsculo de Gonzalo Santonja titulado La justicia del rey (Unión de Bibliófilos Taurinos, 2013), en el que se desempolva un episodio menor y anecdótico de nuestra historia; pero, como ocurre con las buenas historias, aquí la anécdota sirve para explicar cuestiones muy hondas. Como bien se sabe, san Pío V evacuó en 1567 una bula prohibiendo los espectáculos taurinos y amenazando con excomunión a los eclesiásticos que en ellos participasen, siquiera como espectadores. Felipe II hizo caso omiso de tal bula, sabiendo que sus súbditos se pirraban por los toros (y también sus curas, pues hasta había curas toreros en la época, según el propio Santonja nos revelase en algún libro anterior), y jamás permitió que rigiera en tierras españolas, por considerarla lesiva de sus tradiciones; en lo que dio un ejemplo de gobernante defensor acérrimo de su pueblo y también ejemplo de lo que un monarca católico debe ser, sumiso al Papa y paladín de la fe, pero enemigo de las injerencias pontificias en cuestiones que no son de su incumbencia (ya podían aprender los papólatras necios de hogaño).


    Además de enfrentarse a san Pío V, Felipe II requirió a sus sucesores Gregorio XIII y Sixto V para que dejaran sin efectos la malhadada bula, que debió de inspirar algún malandrín de los muchos que pululaban (y pululan) por la curia vaticana; y los españoles siguieron corriendo y alanceando toros, como habían hecho desde muchos siglos atrás. Pero hete aquí que el obispo de El Burgo de Osma (que era señor del lugar y, además, hombre bragado, a juzgar por la etopeya que de él nos traza Santonja), harto de que sus fieles se solazaran corriendo a los toros en la plaza de la villa, prohibió las fiestas taurinas, en aplicación de la bula pontificia. El concejo entonces reclamó justicia al rey; y Felipe II se la concedió, contrariando la bula pontificia y la prohibición episcopal. Gonzalo Santonja nos narra toda esta accidentada peripecia con una escritura chispeante de erudición y socarronería, ingenio y donaire, que refresca el magisterio de nuestro Siglo de Oro, hasta completar un libro sabrosísimo que muy encarecidamente les recomiendo.


    No hace falta añadir que contrariar la voluntad de un papa era entonces mucho más osado que contrariar hoy los mandatos de la Unión Europea, Naciones Unidas y el Fondo Monetario Internacional juntos (y aun revueltos); no hace falta añadir que obligar a envainársela a un obispo con título de señor era mucho más intrépido que obligar hoy a envainársela al banquero más poderoso. Pero para eso fueron elegidos los reyes: para proteger a sus vasallos frente al capricho o el interés de los poderosos; claro que aquellos vasallos estaban dispuestos a defender hasta la muerte sus tradiciones.


    Ahora no somos vasallos amantes de nuestras tradiciones y gustosamente sometidos a un rey que nos protege, sino ciudadanía huérfana de tradiciones, embaucada con la alfalfa de los derechos y libertades, que es el placebo con el que la plutocracia nos mantiene entretenidos mientras se dedica a chuparnos hasta la última gota de sangre, y nuestros gobernantes laissent faire, como muy liberales lacayos, esperando que luego los recompensen con un puestecillo en algún consejo de administración o una sinecura en alguna institución supranacional. Y la ciudadanía que se coma los mocos.


    'La justicia del rey'
    Última edición por Alejandro Farnesio; 24/03/2014 a las 14:08
    Kontrapoder, Hyeronimus y jasarhez dieron el Víctor.
    ¡VIVA ESPAÑA! ¡VIVA CRISTO REY! ¡VIVA LA HISPANIDAD!

    "Dulce et decorum est pro patria mori" (Horacio).

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  2. #2
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    Re: La justicia del Rey


    San Pío V, el Papa-progre antitaurino

    http://es.wikisource.org/wiki/De_salutis_gregi_Dominici

    “… 1 de noviembre de 1567.

    EXCOMUNIÓN A PERPETUIDAD

    Pío, obispo, siervo de los siervos de Dios para perpetua memoria.
    Pensando con solicitud en la salvación de la grey del Señor, confiada a nuestro cuidado por disposición divina, como estamos obligados a ello por imperativo de nuestro ministerio pastoral, nos afanamos incesantemente en apartar a todos los fieles de dicha grey de los peligros inminentes del cuerpo, así como de la ruina del alma.

    1. En verdad, aunque el detestable uso del duelo, introducido, por el diablo para conseguir con la muerte cruenta del cuerpo la ruina, también, del alma, haya sido prohibido por decreto del concilio de Trento, sin embargo todavía en muchas ciudades y en muchísimos lugares no cesan las luchas con toros y otras fieras en espectáculos públicos y privados, para hacer exhibición de su fuerza y de su audacia, lo cual acarrea con frecuencia incluso muertes humanas, mutilación de miembros y peligro para el alma.

    2. Por lo tanto, Nos, considerando que estos espectáculos en los que se corren toros y fieras en el circo o en la plaza pública no tienen nada que ver con la piedad y caridad cristiana, y queriendo abolir estos espectáculos cruentos y vergonzosos, no de hombres sino del demonio, y proveer a la salvación de las almas en la medida de nuestras posibilidades con la ayuda de Dios, prohibimos terminantemente por esta nuestra constitución, que estará vigente perpetuamente, bajo pena de excomunión y de anatema en que se incurrirá por el hecho mismo Ipso facto, que todos y cada uno de los príncipes cristianos, cualquiera que sea la dignidad de que estén revestidos, sea eclesiástica o civil, incluso imperial o real o de cualquier otra clase, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe o cualquiera que sea la comunidad o el estado, permitan la celebración de estos espectáculos en los que se corren toros y otras fieras en sus provincias, ciudades, territorios, plazas fuertes, y lugares donde se lleven a cabo. Prohibimos, asimismo, que los soldados y cualesquiera otras personas osen enfrentarse con toros y otras fieras en los citados espectáculos, sea a pie o a caballo.

    3. Y si alguno de ellos muriere allí, no se le dé sepultura eclesiástica.

    4. Del mismo modo, prohibimos bajo pena de excomunión que los clérigos tanto regulares como seculares que tengan un beneficio eclesiástico o hayan recibido órdenes sagradas tomen parte en estos espectáculos.

    5. Dejamos sin efecto y anulamos, y decretamos y declaramos que se consideren perpetuamente revocadas, nulas e irritas todas las obligaciones, juramentos y votos que hasta ahora se hayan hecho o vayan a hacerse en adelante, lo cual queda prohibido, por cualquier persona, colectividad o colegio sobre tales corridas de toros aunque sean, como ellos erróneamente piensan, en honor de los santos o de alguna solemnidad y festividad de la iglesia, que deben celebrarse y venerarse con alabanzas divinas, alegría espiritual y obras piadosas, y no con esta clase de diversiones.

    6. Mandamos a todos los príncipes, condes y barones feudatarios de la Santa Iglesia Romana, bajo pena de privación de los feudos concedidos por la misma Iglesia Romana, y exhortamos en el Señor y mandamos en virtud de santa obediencia a los demás príncipes cristianos y a los señores de las tierras, de los que hemos hecho mención, que, en honor y reverencia al nombre del Señor, hagan cumplir escrupulosamente en sus dominios y tierras todo lo que arriba hemos ordenado y serán abundantemente recompensados por el mismo Dios por tan buena obra.

    7. A todos nuestros hermanos patriarcas, primados, arzobispos y obispos y a otros ordinarios locales en virtud de santa obediencia, apelando al juicio divino y a la amenaza de la maldición eterna, que hagan publicar suficientemente nuestro escrito en las ciudades y diócesis propias y cuiden de que se cumplan, incluso bajo penas y censuras eclesiásticas, lo que arriba hemos ordenado.

    8. Sin que pueda aducirse en contra cualesquiera constituciones u ordenamientos apostólicos y exenciones, privilegios, indultos, facultades y cartas apostólicas concedidas, aprobadas e innovadas por iniciativa propia o de cualquier otra manera a cualesquiera personas, de cualquier rango y condición, bajo cualquier tenor y forma y con cualesquiera cláusulas, incluso derogatorias de derogatorias, y con otras cláusulas más eficaces e inusuales, así como también otros decretos invalidantes, en general o en casos particulares y, teniendo por reproducido el contenido de todos esos documentos mediante el presente escrito, especial y expresamente los derogamos, lo mismo que cualquier otro documento que se oponga.

    9. Queremos que el presente escrito se haga público en la forma acostumbrada en nuestra Cancillería Apostólica y se cuente entre las constituciones que estarán vigentes perpetuamente y que se otorgue a sus copias, incluso impresas, firmadas por notario público y refrendadas con el sello de algún prelado, exactamente la misma autoridad que se otorgaría al presente escrito si fuera exhibido y presentado. Por tanto, absolutamente a nadie etc.

    Dado en Roma, junto a San Pedro, el 1 de noviembre del año 1567 de la Encarnación del Señor, en las Calendas de Noviembre, segundo año de nuestro pontificado."
    Por favor, léanla... No tiene desperdicio. Solo lo le ha faltado decir que si no nos hacíamos todos vegetarianos, nos excomulgaba de inmediato. Ni el más radical personajillo progre-antitaurino modernillo hubiera destilado más bilis contra nuestra fiesta nacional.

    Pero, por fortuna, aquellos eran otros tiempos. Y cuando un gobernante extranjero, por muy Papa que fuera, metía sus narices donde no tenía nada que decir, ni que opinar, en casi todo el mundo cristiano, sencillamente... se le ignoraba. Y eso que, entonces, la amenaza era de excomunión... que era una amenaza muchísimo más terrible que las sanciones que pone hoy en día el terrible FMI. Porque, salvo en Italia dónde, según leo, no se pusieron obstáculos para que se cumpliera lo ordenado por el Papa (de hecho, en ese país se prohibieron de inmediato tales espectáculos), en Portugal se tardó más de tres años incluso en publicarse, y sólo consigue instaurar la costumbre hasta ahora mantenida, de despuntar los cuernos a los toros para evitar peligro para los toreros. En Francia, donde tampoco fue nunca publicada, sólo logró imponerse muchos años después y tras obligadas intervenciones de algunos de sus obispos (excepto en su zona sur, como es bien sabido que aún se celebran todavía). En Méjico, donde sí llegó a ser publicada, e incluso debatida por sus obispos, fué ignorada olímpicamente por los poderes públicos. Y en España, ya nos ha contado Juan Manuel de Prada lo qué ocurrió... ¡Gracias Don Felipe II!. Lo dicho, aquellos eran otros tiempos.

    Ahora bien, ¡excomulgados semos aquí casi todos, ya lo sabemos! (y además a perpetuidad, desde tiempos de Felipe II...). ¡Con que mucho ojito!.


    ¡¡VIVA LA FIESTA NACIONAL!!


    LOS CURAS TOREROS


    Ilustraciones de Vicente Arnás, pintor. “La Iglesia y los Toros, Curas toreros”

    "El padre Isla, jesuíta, nos relata en su obra “Juventud triunfante”, con extraordinaria jugosidad, la participación de los clérigos en las corridas de toros, como las celebradas en Salamanca con motivo de la canonización de San Luis Gonzaga y San Estanislao de Kostka (en 1727), en las que participaron los “jóvenes teólogos”, estudiantes navarros en su mayoría: “…y que consistió, en primer término, en una “mojiganga constituida por cinco cuadrillas y un carro triunfal".
    Como vemos, desde siempre, algunas excomuniones a perpetuidad absolutamente inapropiadas, siempre se han tomado a chirigota desde reyes, hasta obispos y clérigos. Y aquí estamos todos, tan tranquilos...

    Interesante aportación.



    Un saludo


    .
    Última edición por jasarhez; 24/03/2014 a las 15:55
    Kontrapoder dio el Víctor.

  3. #3
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    Re: La justicia del Rey

    Sobre el tema este de las bulas papales en contra y a favor de las corridas, se puede mejor y dentro de su contexto en el mensaje nº 88 del hilo http://hispanismo.org/geografia-y-et...s-toros-5.html

    Ese blog del que está tomada la cita no es muy de fiar, por ser de catalanistas antitaurinos.

  4. #4
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    Re: La justicia del Rey

    Bueno, Hyeronimus, el texto de la bula yo no la he extraído de ninguna página antitaurina, sino de Wikipedia. Y lo dice bien clarito: ¡EXOMUNIÓN A PERPETUIDAD!. Y también lo dice bien clarito el artículo de don Juan Manuel de Prada: "Como bien se sabe, san Pío V evacuó en 1567 una bula prohibiendo los espectáculos taurinos y amenazando con excomunión a los eclesiásticos que en ellos participasen, siquiera como espectadores". El texto no creo que ofrezca muchas dudas. Además, es hasta divertido el uso que de Prada hace del verbo 'evacuar' para contarnos de qué forma el Pontífice emitió su bula, prohibiendo bajo amenaza de excomunión los espectáculos taurinos.
    Última edición por jasarhez; 24/03/2014 a las 16:10

  5. #5
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    Re: La justicia del Rey

    No quería dar lugar a una tertulia de toros. El tema de los toros es sólo un ejemplo que usa para ilustrar la argumentación, pero no habéis entrado en lo realmente importante.
    Donoso dio el Víctor.
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  6. #6
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    Re: La justicia del Rey

    Cita Iniciado por Alejandro Farnesio Ver mensaje
    No quería dar lugar a una tertulia de toros. El tema de los toros es sólo un ejemplo que usa para ilustrar la argumentación, pero no habéis entrado en lo realmente importante.
    Sí, entiendo que lo importante es que antaño teníamos gobernantes que sabían defender nuestras cosas, incluso enfrentándose a excomuniones, que era mucho peor que sufrir hoy en día una dura condena del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Y bien que me he hecho yo eco de ello. ¡Viva Felipe II!. El tema va, todos nos hemos dado cuenta, de cómo deberían de actuar nuestro gobernantes cuando una autoridad extranjera mete sus narices en temas políticos que no le corresponden. Por eso, como bien cuenta Juan Manuel de Prada, Felipe II supo tener la valentía de enfrentarse al mismísimo San Pío V y hasta requirió de sus sucesores Gregorio XIII y Sixto V que dejaran sin efecto la malhadada bula. Y gracias a eso, los españoles hemos podido seguir corriendo y alanceando toros cada vez que nos ha dado la real gana hacerlo.

    San Pío V, por muy Papa y por muy santo que fuera, que eso aquí nadie se lo discute... no era nadie para meter sus narices en donde no le correspondía.
    Última edición por jasarhez; 24/03/2014 a las 17:02

  7. #7
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    Re: La justicia del Rey

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    Claro, Jasarhez, pero es que ahora has "editado" el mensaje y la has puesto entera y añadido más texto. No tengo nada que objetar y estoy de acuerdo en todo lo que dices. Pues eso. Un papa de los más grandes y los más santos, faltaría más. Pero a Dios lo que es de Dios y a los toros lo que es de los toros. Por eso, cuando decretó la forma en que se debía decir la misa, también A PERPETUIDAD, en eso sí que ejercía como sucesor de S. Pedro y tenía más razón que un santo (y cómo no la iba a tener, si es santo).

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