Balmes en la Tradición política de Cataluña (Francisco Elías de Tejada)
Dejo seguidamente, en documento adjunto, el trabajo escrito por Elías de Tejada en el libro colectivo que promovió para la revisión crítica de la figura política de Balmes. Transcribo únicamente las conclusiones de su artículo, a fin de animar a la lectura completa del mismo.
A su vez dejo transcrito, previamente, el escrito preliminar del libro colectivo, también de autoría del propio Elías de Tejada.
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Re: Balmes en la Tradición política de Cataluña (Francisco Elías de Tejada)
Fuente: Preliminar, El otro Balmes, Francisco Elías de Tejada, Ediciones Jurra, Sevilla, 1974, páginas 13 – 14.
En el designio para el que fue creado, el Centro de Estudios «General Zumalacárregui» considera que entre las tareas culturales atañentes a la verificación del pensamiento tradicional de las Españas, figura la de aclarar los linderos que amojonan en el siglo XIX quiénes son y quiénes no son los auténticos portadores de las doctrinas hispánicas. Labor triste, pero necesaria, dado que, desde distintos campos, y sin duda muchas veces con buenas intenciones, se ha podido enmascarar por tradicionalistas a quienes son píos, disimulados, encubiertos portadores del pensamiento revolucionario.
Tal es el caso de Jaime Balmes, y es lo que procuran los estudios en este libro recogidos (ponencias leídas y discutidas en los seminarios de la Sección de Filosofía Jurídica y Social del Instituto de Estudios Políticos que tengo el honor de dirigir). En ellos va valorada la prestancia de Balmes como filósofo, sobre todo en el análisis a que le somete el Profesor Serrano Villafañe; pero al mismo tiempo puntualízanse sus problemáticas en la teoría del poder por el Profesor Lamsdorff-Galagane; en la teoría de los cuerpos básicos, que es la teoría tradicionalista de la sociedad, por el Profesor Puy Muñoz; y en la sociología, por el Doctor Tomás Barreiro. La posición de Balmes respecto a las Españas y a la Tradición catalana, es tratada en dos trabajos aportados por el Profesor Badillo y por mí mismo.
El conjunto del libro puede –y debe– ser una revisión de la imagen engañosa del Balmes que vienen repitiendo autores varios, incluso tradicionalistas, tal vez embrujados, como yo mismo lo estuve alguna vez, por los espejismos que deslumbraron a mentes poderosas, algunas tan egregias como la de Menéndez Pelayo o la de Vázquez de Mella, por ejemplo. Con ello pretendemos restablecer la verdad, según la auténtica interpretación tradicionalista del supuesto tradicionalista que algunos han visto en Jaime Balmes.
Sevilla, y Febrero 1974.
FRANCISCO ELÍAS DE TEJADA
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Re: Balmes en la Tradición política de Cataluña (Francisco Elías de Tejada)
Fuente: “Balmes en la Tradición política de Cataluña”, El otro Balmes, Francisco Elías de Tejada, Ediciones Jurra, Sevilla, 1974, páginas 343 – 344.
Archivo adjunto 9889
De lo analizado, se deduce:
a) Que Balmes ignoró la Tradición de Cataluña, sea la remota de los Eiximenis y de los Mieres, sea la cercana de los Gilabert y los Feliú de la Penya, sea la coetánea de los Pou y los Ferrer.
b) Que su incultura es notoria en lo que a la Tradición de las Españas se refiere, recortada a Francisco Suárez y a Juan de Mariana.
c) Que tampoco le importaba mucho conocer la Tradición de su pueblo, puesto que su concepción de Cataluña es entecamente económica y su visión de las Españas se reduce al posible e irrenunciable mercado que un proteccionismo privilegiado pudiera proporcionar a los telares de la comarca de Barcelona.
d) Que miró al Carlismo, abanderado único de la Tradición de Cataluña, como instrumento aprovechable para sus intrigas políticas emprendidas con vistas a consolidar el trono de la llamada Isabel II, a costa de sacrificar al Carlismo tanto en lo dinástico cuanto en lo ideológico. De suerte que el suyo es el primer ensayo de valerse engañosamente del Carlismo en provecho de políticas ajenas a las de la Tradición de las Españas.
e) Que lo que sí fue, y con todas sus consecuencias, es vaticanista, aun a costa de contradecirse y renegar de sus más aparentemente firmes posturas anteriores. Actitud ciertamente incompatible con la catalanía heroica de los Reyes del Casal d´Aragó, cuales Pedro II el Grande de Cataluña, III de Aragón; o de sus sucesores legítimos y guardianes de los venerables Fueros, cual Felipe I de Cataluña, II de Castilla.
f) Que la Tradición catalana de su época, no está en los libros suyos, sino en los escritos de Vicente Pou o de Magín Ferrer, sustentados por las bayonetas de los alzados en defensa de los Fueros, bajo la bandera legitimista del Carlismo.
Re: Balmes en la Tradición política de Cataluña (Francisco Elías de Tejada)
Como era su costumbre, Elías de Tejada, oráculo de sabiduría tradicional, otorgando patentes de catalanismo, y remontándose hasta los medievales "Eximenis y Mieres", en alarde de erudición.
Pero, muy cuco él, disimula el detalle de que su alteza tradicionalísima de los Aragones y las Cataluñas, Felipe V había modificado el mapa político jurídico de la Corona. Y eso que la especialidad del señor Elías de Tejada es el Derecho, qué pena que no nos diga nada sobre los tradicionalísimos Decretos de Nueva Planta, en ocasión inmejorable.
Por tanto, el pobre Balmes bien podía ser continuador de su alteza tradicionalísima Felipe V; los Eximenis y los Mieres, haber quedado superados por nuevas leyes tradicional-borbónicas; y los Pou y los Ferrer, unos rebeldes a la Nueva Planta.
Cita:
catalanía heroica de los Reyes del Casal d´Aragó, cuales Pedro II el Grande de Cataluña, III de Aragón; o de sus sucesores legítimos y guardianes de los venerables Fueros, cual Felipe I de Cataluña, II de Castilla.
¿Felipe V no tuvo catalanía heroica? ¿No era rey legitimísimo, acaso?
Podría explicarnos vd en qué sentido Balmes fue menos tradicionalista o menos catalanista que los Felipe V, Carlos III, Carlos IV y Fernando VII.
Y por qué a estos se les perdona y no a Balmes ( dejando a un lado el pecado de no ser carlista).
Cita:
Los Decretos de Nueva Planta del Principado de Cataluña y del Reino de Mallorca[editar]
Artículos principales: Decreto de Nueva Planta de Cataluña y Decreto de Nueva Planta del Reino de Mallorca.
El 28 de noviembre de 1715 se publicó el Decreto de Nueva Planta del
Reino de Mallorca, más complaciente y fruto de una actitud más benévola.
El decreto que afectaba al
Principado de Cataluña se dictó el
9 de octubre de
1715, despachado por
Real Cédula con fecha de
16 de enero de
1716.
- Abolía las Cortes y el Consejo de Ciento.
- Además se sustituía al virrey por un capitán general, al igual que en el resto de los reinos de la Corona de Aragón, y se dividía Cataluña en doce corregidurías, como Castilla y no en las tradicionales veguerías,[25] no obstante los Batlles se mantienen.
- Se prohíben los somatenes (milicias populares armadas de Cataluña y Aragón).
- Se estableció el catastro gravando propiedades urbanas y rurales y los beneficios del trabajo, el comercio y la industria.
- Igualmente, el idioma oficial de la Audiencia dejó de ser el catalán y se sustituyó por el castellano.[26][27]
El decreto mantiene el derecho civil, penal y procesal, al igual que el
Consulado del Mar y la jurisdicción que éste ejercía, y no afectó al régimen político-administrativo del
Valle de Arán por lo que éste no fue incorporado a ninguno de los nuevos corregimientos en que se dividió el Principado de Cataluña.
En la cuestión lingüística, a pesar de que el catalán dejó de ser la lengua oficial y
todos los documentos de las diversas instituciones fueron redactados obligatoriamente en castellano, el siglo XVIII fue uno de los más fructíferos en cuanto a publicación de defensas de la lengua catalana, gramáticas y diccionarios, y el catalán siguió usándose tanto en la documentación notarial como en la literatura no oficial. De todas formas se acentuó la castellanización de la cultura que venía dándose a lo largo de toda la Edad Moderna, de tal modo muchos escritores catalanes de los siglos XVI y XVII escribieron en castellano, aunque generalmente estos autores no aparecen en las historias de la literatura catalana de esta época.
[28]
https://es.wikipedia.org/wiki/Decretos_de_Nueva_Planta