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Tema: Herencia mozárabe en el Toledo actual (liturgia, hermandades, personas…)

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    Herencia mozárabe en el Toledo actual (liturgia, hermandades, personas…)

    Decimos actualidad del tema aunque referida a hace más de 50 años (año 1968, época de Franco), por ser suficientemente cercana frente a la antiquísima historia mozárabe.

    Para mejor lectura se divide el artículo en dos partes:


    Revista FUERZA NUEVA, nº 65, 6-Abr-1968

    MOZÁRABES TOLEDANOS

    Caso único de comunidad cristiana en Europa: a lo largo de doce siglos han permanecido fieles a su liturgia

    Ahora que muchas instituciones presumen de “estar al día” y procuran lanzar de sí, como un lastre poco menos que inservible, todo lo que una tradición multisecular acumuló sobre ellas, los mozárabes toledanos, es decir, la única comunidad de la Europa cristiana que a lo largo de doce siglos sigue siendo fiel a su liturgia, a su fe, a la nobleza de su origen, se agrupan para recuperar sus viejas costumbres piadosas, su devoción a la Virgen, sus ritos y privilegios. (…)

    Los mozárabes siguen sobre el tapete de la actualidad. Los estudiosos e investigadores de los países europeos y americanos se interesan continuamente por los resultados de los trabajos que los especialistas en liturgia mozárabe han realizado recientemente. Hace sólo unos meses (1968) que el canto mozárabe ha sido divulgado en discos dentro y fuera de España. Ahora son los propios mozárabes toledanos quienes, por decirlo así, han tomado conciencia de su noble ascendencia y se han agrupado en una hermandad que en lo sucesivo representará a la por tantos títulos ilustre comunidad mozárabe de Toledo.

    La esclavitud de Nuestra Señora de la Esperanza

    Hace ya medio siglo (1918) existió en Toledo una congregación de párrocos y beneficiados mozárabes, ya desaparecida. Muchos seglares mozárabes residentes fuera o dentro de Toledo, ignorantes de su linaje, habían dejado de ejercitar el privilegio de su parroquialidad personal y habían pasado a la jurisdicción ordinaria, es decir, a las parroquias latinas. Era conveniente que naciera una asociación que agrupase a los mozárabes toledanos, y justamente por eso un grupo de sacerdotes y seglares se lanzaron a la empresa y solicitaron del cardenal primado la reorganización de la Ilustre y Antiquísima Esclavitud de Nuestra Señora de la Esperanza, de San Lucas, de tan antigua tradición toledana, como Hermandad de las familias mozárabes. Es justo destacar aquí los nombres de las personas que han logrado el éxito de tan noble empeño: los párrocos mozárabes don Balbino Gómez-Chacón y don Jaime Colomina, el hermano mayor de la Hermandad, don Julio Esteban Infantes, y el abogado don José Antonio Dávila García-Miranda, que publicó el año pasado (1967) un trabajo titulado: “La nobleza e hidalguía de las familias mozárabes de Toledo” y que preparará ahora un libro sobre los mozárabes toledanos, sus parroquias y sus linajes.

    Un año para la Hermandad: 1513

    De este modo se ha podido lograr que una Cofradía que ya existía en 1513, establecida canónicamente desde su fundación en la antigua parroquia mozárabe de San Lucas, ha pasado a ser, por autorización del primado, la Hermandad de las familias de este rito, pertenezcan a cualquiera de las dos parroquias mozárabes existentes hoy día (1968) en la capital, sean, en efecto, feligreses mozárabes o hayan pasado a la jurisdicción latina, residan o no en Toledo, siempre que procedan de linaje mozárabe. Además, se admiten en la Hermandad, como honorarios, personas de rito latino que hayan destacado por su espíritu toledano, por sus estudios genealógicos o históricos sobre temas mozárabes; a estos hermanos honorarios, si aportan pruebas de nobleza, se les mantiene en su expediente.

    El proyecto más inmediato de la Hermandad es el de localizar a todas las familias mozárabes residentes fuera de Toledo, e incluso fuera de España, para agrupar el mayor número posible de caballeros y damas mozárabes. Pretende también la total restauración de la iglesia de San Lucas para restablecer en ella el culto con una nueva imagen de la Virgen de la Esperanza, de San Lucas, ante la que se celebrarán “sabatinas”. Prepararán una exposición de arte mozárabe y de objetos y documentos relacionados con esta comunidad y con la Hermandad.

    La Virgen “Enfermera”

    Entre los privilegios de que gozan los hermanos figura el siguiente: cuando estén enfermos podrán retener en su aposento la pequeña imagen de la Virgen de la Esperanza denominada “La Enfermera”. Se preceptúa la asistencia en corporación a los actos religiosos públicos más destacados de Toledo.



    La Hermandad se gobierna por un Cabildo y se organiza en brazo de caballeros y brazo de damas, bajo el supremo patronato del cardenal primado de Toledo, que ha sido nombrado su primer hermano mayor de honor. También el Ayuntamiento es hermano mayor honorario. Preside la Junta de Gobierno del brazo de damas doña Fernanda de Borja y Aramaburu, viuda de Esteban infantes; es secretaria doña María Dolores Benayas, etc. (…)

    El símbolo de los mozárabes

    El emblema de la Hermandad es la cruz de Alfonso VI esmaltada en blanco, cantonada en oro, de doce puntas, tres en cada brazo, sobresaliendo la central; en medio de la cruz destaca un círculo con el antiguo blasón de la ciudad: en campo azur, una corona imperial de oro. En los actos públicos, los caballeros mozárabes llevarán este emblema sobre el pecho, pendiente de un eslabón dorado con el escudo de Toledo y de una cinta azul con una estrecha línea amarilla en el centro. Los directivos de la Hermandad llevarán una banda cruzada de los mismos colores que la cinta. El hábito está constituido por un manto azul oscuro, redondo, rematado en cuello abierto de la misma tela y cerrado con cordones amarillos con sus borlas: el birrete, sencillo, de tipo romano, también azul.

    La presencia de los mozárabes toledanos en la procesión toledana del Corpus completa la gama multicolor de los hábitos blancos, verdes y rojos de los caballeros del Santo Sepulcro, de los del Corpus Christi y de los Infanzones de Illescas.

    ¿Quiénes son los mozárabes?

    Y a todo esto se preguntará el lector: ¿Y quiénes son los mozárabes? Ellos mismos lo explican en el primer número de la crónica mozárabe, aparecido en este mes de marzo (1968) con estas palabras:

    “Los antiguos españoles que bajo la dominación musulmana conservaron heroicamente la fe cristiana y las costumbres de sus mayores, por vivir entre árabes, fueron llamados “mozárabes” o “muzárabes”, que parece significar “arabizados”. De ellos recibió el nombre de mozárabe la antiquísimo y venerable liturgia Hispana, llamada también Isidoriana, Gótica o Toledana”.

    El rey Alfonso VI, cediendo a las instancias del Papa Gregorio VII, con grandes resistencias introdujo en Castilla la liturgia Romana en el Concilio de Burgos del año 1080, aboliendo la Hispano-Visigótica. Al reconquistarse cinco años después la ciudad de Toledo, sede primada de las Españas y antigua corte de los Godos, en donde florecía el rito tradicional, los mozárabes toledanos obtuvieron, no sin esfuerzo, el derecho de que se les respetara y mantuviera en las seis parroquias que habían conservado bajo el dominio musulmán y que eran de muy antigua fundación: Santas Justa y Rufina, San Marcos, San Lucas, Santa Eulalia, San Sebastián y San Torcuato, así como en algunos otros templos y monasterios. Para el sostenimiento de las parroquias y conservación del rito les asignaron como feligreses, a título personal, todos aquellos mozárabes y sus descendientes “in perpetuum”. El mismo Alfonso VI y muchos de sus sucesores, hasta Fernando VII, otorgaron y reconocieron grandes exenciones y notables inmunidades a las “Nobles familias de los Caballeros Mozárabes de Toledo”, ya viviesen en la ciudad, en su tierra o en otros lugares “dentro y fuera de España”, hasta el punto de significar estos numerosísimos privilegios pleno reconocimiento de su nobleza e hidalguía.

    Por el Fuero o “Carta Mozarabum” de 20 de marzo de 1101 (Era de 1139), Alfonso VI, que tanta gratitud les mostró por su ayuda a la reconquista de Toledo, les autorizó a regirse por las antiguas leyes godas (Fuero Juzgo), además de concederles diversos privilegios, liberarles de su “antigua sujeción y cautiverio” y facultarles asimismo para hacerse armar caballeros. Por ello, durante varios siglos conservaron su alcalde propio y diversos oficios municipales y de justicia. De este modo surgió una comunidad histórico-litúrgica, única en Occidente, definida por el común origen hispano visigótico y por la adscripción personal de sus miembros a las parroquias de rito tradicional, cuyo esplendor y conservación les correspondía y a las que mantenían con sus diezmos.

    Posteriormente, de manera paulatina, se fueron mezclando castellanos y francos con los nuevos pobladores, a la vez que del mismo modo se iba introduciendo el rito latino en las iglesias mozárabes, sin perjuicio de que, como derecho sagrado, conservasen y mantengan actualmente su rito en ciertas festividades y siempre que lo estimen oportuno sus curas párrocos.



    Las parroquias mozárabes

    Muchas familias mozárabes se extinguieron sin descendencia y otras no conservaron recuerdo de su origen, por lo que ya en el siglo XVI no había feligreses en las parroquias mozárabes de San Sebastián y San Torcuato, arruinándose más tarde esta última, que había sido fundada en el año 700 o 701 y de la que solamente se conserva, en la calle de su nombre, una portada de principios del siglo XVII con la imagen del santo titular. La iglesia originaria de San Marcos, que se hallaba situada al final de la calle de la misma denominación, y que se erigió en el año 634, reinando Sisenando, por la princesa Blesila, se derrumbó a comienzos del siglo XIX y la torre, que subsistía en 1841, fue demolida poco después, por lo que la parroquia mozárabe se trasladó primeramente a San Salvador y posteriormente al espacioso templo de los Trinitarios calzados, edificado en el año 1630, en el que actualmente se halla. Conservan gran parte de su originario trazado visigótico y mozárabe las iglesias de Santa Eulalia, fundada en el año 559 por el rey Atanagildo; San Sebastián, que lo fue en el 601 o 602, reinando Liuva II, y San Lucas, erigida por el conde Evancio entre los de 625 y 641, reinando Chindasvinto, y en cuyo recinto se hallan sepultados multitud de mártires mozárabes y el príncipe Esteban, hijo de Atanagildo, con su esposa Lucía, padres de San Ildefonso. Por último, también aparecen restos visibles de su origen en la parroquia de Santas Justa y Rufina, fundada por el rey Atanagildo en el año 554 o 555, y que después de Santa María de Alficén o del Carmen, era considerada como la principal de todas.

    El cardenal Ximénez de Cisneros, queriendo renovar este glorioso rito y garantizar su pureza para el futuro, fundó en el año de 1504, en la catedral primada, la Capilla Mozárabe del Santísimo Corpus Christi, en cuyas Constituciones de 18 de septiembre de 1508 determinaba que las trece capellanías de la misma fueran “siempre servidas o tenidas por los beneficiados de las dichas iglesias muzárabes de la ciudad”.


    (continúa)

    Última edición por ALACRAN; 03/04/2023 a las 14:02
    Hombre en su siglo. Los sujetos eminentemente raros dependen de los tiempos. No todos tuvieron el que merecían, y muchos aunque lo tuvieron, no acertaron a lograrlo. Fueron dignos algunos de mejor siglo, que no todo lo bueno triunfa siempre; tienen las cosas su vez, hasta las eminencias son al uso, pero lleva una ventaja lo sabio, que es eterno, y si éste no es su siglo, muchos otros lo serán. (Gracián)

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    Re: Herencia mozárabe en el Toledo actual (liturgia, hermandades, personas…)

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    Herencia mozárabe en el Toledo actual (liturgia, hermandades, personas…)

    (II)


    (...) El derecho de la sangre


    La calidad y nobleza de mozárabe, con el privilegio de la parroquialidad personal en este rito por derecho de sangre, se transmitió inicialmente en Toledo y fuera de la ciudad a todos los descendientes, indistintamente por línea masculina y femenina, como reconoció la Sacra Rota Romana en su Sentencia de 6 de julio de 1551. El Papa Julio III, por Bula de 9 de marzo de 1553, confirmando y aprobando Concordia y Sentencia arbitral anterior acordada entre los curas y beneficiados de ambos ritos, restringió este derecho a los mozárabes de la ciudad de Toledo, manteniéndolo solamente para sus descendientes por línea de varón y para los que provinieran de sus hijas primogénitas, siempre que si éstas casasen con varón latino optase el esposo fehacientemente por la parroquialidad mozárabe, si bien este requisito hace años ha caído en desuso y en la actualidad sigue el marido latino de hija primogénita de los descendientes de aquellos mozárabes la parroquialidad de su mujer.

    La práctica tradicional concreta el concepto de “hija primogénita” como la mayor de las hijas que contrajera matrimonio y tuviera descendencia. Las otras hijas, al casarse con latino, pasan al rito del marido, y si enviudan, como ocurría con la nobleza de sangre, recuperan su mozarabía. En todo caso, la mujer latina o mozárabe que casa con mozárabe sigue la parroquialidad del marido y la conserva aunque enviude. Así pues, la nobleza se transmitía entre los mozárabes, como en otros contados casos, también por línea femenina. Determina la citada Bula como presunción de prosapia y parroquialidad mozárabe la posesión durante veinte años continuos y tres generaciones de parroquialidad de este rito, que eran los mismos requisitos que se pedían para probar la hidalguía posesoria. Para los mozárabes de fuera de Toledo, Julio III respetó explícitamente el régimen antiguo, por lo que siguieron siendo inscritos sus descendientes, indistintamente por línea masculina y femenina, y sin tener el marido latino elección sobre ello, en las parroquias mozárabes.

    Martirio en 1936

    Para sus feligreses de fuera de Toledo, máxime si residiesen más allá de los límites que tenía el Arzobispado en 1551 y 1553, los párrocos mozárabes delegaban y delegan expresa o tácitamente la administración de sacramentos y cura de almas en el párroco latino del lugar.

    Habiéndose reducido el número de feligreses por diversas causas, al aplicarse el Concordato de 1851, y reconociendo un estado de cosas anterior, solamente se mantuvieron dos parroquias mozárabes: San Marcos y Santas Justa y Rufina, adscribiéndose a la primera como filiales las antiguas parroquias del mismo rito de Santa Eulalia y San Torcuato, y a la segunda las de San Lucas y San Sebastián. Reorganizándose igualmente la Capilla Mozárabe por el Real Decreto orgánico de 1853.

    En los sucesos de 1936 sufrieron grandes daños las antiguas iglesias mozárabes de San Lucas, San Sebastián y Santa Eulalia, siendo martirizados en Toledo la totalidad de los sacerdotes de este rito, así como varios de sus feligreses. En la actualidad (1968) se conservan las indicadas dos parroquias; sus iglesias filiales, con la excepción referida de San Torcuato; la capilla de Cisneros en la Catedral de Toledo, y continúan aún adscritas a sus parroquias personales ciento cincuenta familias de rito y linaje mozárabe que tienen por nobleza “venir de aquellos cristianos antiguos” como de sus antepasados de 1617 escribiera Francisco de Pisa.



    Linajes mozárabes

    Proceden de estos linajes personas de muy varia condición: desde un teniente general del Ejército, fallecido hace pocos años, el excelentísimo señor don Emilio Esteban-Infantes y Martín, el actual director general de Promoción del Turismo, excelentísimo señor don Antonio García y Rodríguez-Acosta, hasta gentes humildes y sencillas que nunca han olvidado su claro origen. Desde un artista de fama mundial, el ilustrísimo señor don Julio Pascual Martín (q.e.p.d.), presidente de la real Academia de Bellas Artes y Ciencias Históricas de Toledo y hermano mayor de esta ilustre y antiquísima Hermandad hasta su reciente fallecimiento, así como don Javier Malagón Barceló, secretario técnico del programa de becas y cátedras de la Organización de Estados Americanos en Washington, hasta representantes de diversas profesiones liberales, distintos oficios y tradicionales trabajos artesanos.

    “Muzárabe”, apellido familiar

    En Certificación de Armas, expedida por don Joseph Alfonso de Guerra y Villegas, Rey de Armas principal, universal y más antiguo de Felipe V, fechada en 8 de febrero de 1719, refiriéndose al linaje de una doña María Muzárabe, dice textualmente: “Esta señora es de los Muzárabes de tanta estimación y nobleza que hoy se mantienen en la ciudad de Toledo, que tiene parroquias y capilla majestuosa en una nave de la Santa y Primada Iglesia con capilla mayor y capellanes celebrando con las ceremonias antiguas. Y los seglares Muzárabes gozan de grandes preheminencias dentro y fuera de aquella ciudad cuyos reales privilegios confirmó la magestad del rey nuestro señor don Phelipe Quinto, que Dios guarde, cuando entró a poseer estas coronas. Y es de advertir que son Muzárabes los duques de Alba, los marqueses de Malpica y otros grandes señores que mantienen sus solares y casas infanzonadas en aquella ciudad, siglos antes que la ganase a los infieles el señor rey don Alfonso el Sexto”.

    La primera imposición de veneras

    La primera imposición de veneras se efectuó en el Salón de Concilios del palacio arzobispal de Toledo el día 29 de marzo de 1967 a las siguientes damas y caballeros:

    Príncipe don Alfonso de Borbón y Dampierre; ilustrísima señora María del Rosario de Aranguren, condesa de Monterrón; doña María de los Dolores Campoya y Marichalar; doña Carmen Conde y Peñalosa; doña María Luisa Esteban-Infantes y Navarro; excelentísimo señor don Antonio J. García y Rodríguez-Acosta, subsecretario de Turismo y feligreses mozárabe de San Marcos, ilustrísimo señor don Hipólito Jiménez y Jiménez-Coronado… (…)

    Los primeros capítulos de las Constituciones

    En los cinco primeros capítulos de las Constituciones se especifica la finalidad de la Hermandad de los Mozárabes.

    Artículo 1º. La ilustre y antiquísima Cofradía-Esclavitud de Nuestra Señora de la Esperanza de San Lucas, como Hermandad de las nobles familias mozárabes se denominará en adelante: “ILUSTRE Y ANTIQUÍSIMA HERMANDAD DE CABALLEROS MOZÁRABES DE NUESTRA SEÑORA DE LA ESPERANZA DE LA IMPERIAL CIUDAD DE TOLEDO” y se regirá por las presentes Constituciones. Depende del excelentísimo y reverendísimo arzobispo primado, cuya autoridad reconoce en todo, por lo que sus acuerdos y elecciones deberán ser confirmados, si procediese, por el prelado o por su delegado.

    Son sus fines, además de los originarios de fomentar la devoción y culto de la Santísima Virgen María bajo la advocación de Nuestra Señora de la Esperanza, que desde tiempo inmemorial se venera en el antiguo templo parroquial mozárabe de San Lucas, y el aprovechamiento religioso y espiritual de los Hermanos, los de mantener y dignificar la liturgia hispana; la asistencia benéfica de sus miembros necesitados; la conservación de las tradiciones de la comunidad histórico-litúrgica mozárabe y el agrupamiento de los mozárabes residentes fuera de Toledo. Mantiene su sede en la iglesia de San Lucas, templo filial de la parroquia mozárabe de Santas Justa y Rufina de Toledo, en donde se custodia su archivo y estandarte.

    Art. 2º. Para el cumplimiento de los expresados fines espirituales y religiosos, la Hermandad, como continuadora en todo de la personalidad de la antigua Cofradía-Esclavitud, celebrará sus festividades y cultos tradicionales con rezo público del Santísimo Rosario y Salve cantada todos los sábados del año, especialmente en las vísperas de las cinco festividades principales de la Santísima Virgen: Purificación, Anunciación, Asunción, Natividad y Concepción Inmaculada, y con singular solemnidad en la festividad titular de Nuestra Señora de la Esperanza, de San Lucas. Como demostración pública de su acendrada fe y de su filial adhesión a la Sede Primada, la Hermandad asistirá corporativamente a los actos religiosos públicos que revistan destacada solemnidad, y especialmente si tuvieran lugar en el antiguo rito hispano. Celebrará también sufragios por los Hermanos fallecidos, en cuya memoria anualmente tendrá lugar un solemne funeral. Procurará, asimismo, el perfeccionamiento espiritual de sus miembros a través de las adecuadas prácticas religiosas. Conservando una antigua tradición y para consolar y fortalecer a los hermanos que estuviesen enfermos en Toledo, podrán sus familias solicitar y retener en su aposento, con la debida decencia, los días que estimase oportuno el Cabildo, la imagen pequeña de Nuestra Señora de la Esperanza, denominada vulgarmente “la Enfermera”.

    Art. 3º. Deberán los Hermanos, según sus posibilidades, contribuir a un fondo benéfico-asistencial para atender las necesidades de los mozárabes que se hallen en difícil situación económica. Esta asistencia se incrementará en los casos más graves y tenderá a facilitar, incluso, estudios superiores, especialmente eclesiásticos, a los hijos de los asociados que, teniendo suficiente capacidad intelectual y la debida vocación, careciesen de medios económicos para ello. La labor asistencial de la Hermandad se realizará bajo la inmediata dirección y dependencia de los señores curas párrocos mozárabes.

    Art. 4º. Para la conservación de la Comunidad Mozárabe, mantenimiento de sus tradiciones y agrupamiento de los mozárabes residentes fuera de Toledo, la Hermandad fomentará los correspondientes estudios histórico- artísticos, genealógicos y litúrgicos. Para ello podrá editar su Boletín periódico y fomentará las relaciones y comunicación entre los mozárabes de la ciudad y los residentes fuera de ella. A través del “Libro-registro” de la Hermandad se procurará la adscripción de cuantos pudieren tener parroquialidad mozárabe con sus parroquias de origen. Se esforzará la Hermandad en estar representada en todos los actos que se celebren encaminados directa o indirectamente a conservar y difundir la liturgia mozárabe, su música o sus valores. Procurando también disponer de local propio para que el mismo tengan lugar las actividades no específicamente religiosas que se celebrarán en su propio templo, si bien no podrán organizarse ni ser patrocinadas directamente fiestas profanas que no estén en plena conformidad con el carácter y fines de la Hermandad, absteniéndose muy especialmente de organizar diversiones de carácter exclusivamente profano o que representen gastos desproporcionados en relación con los de carácter estrictamente religioso. Para las fiestas religiosas se redactará previamente un presupuesto de gastos, que deberá ser aprobado por el párroco mozárabe al que corresponda en esa fecha ser capellán mayor o prior.

    Art. 5. La Hermandad se gobierna por su Cabildo y se organiza en brazo de Caballeros y en brazo de Damas. Corresponde el excelentísimo y reverendísimo arzobispo primado el supremo Patronato de la Hermandad, siendo, por ello, su primer hermano mayor honorario. Se declara al Excelentísimo Ayuntamiento de la imperial Ciudad de Toledo, protector de la Hermandad y hermano mayor honorario de la misma, representado por su alcalde presidente.

    Luis MORENO NIETO
    Última edición por ALACRAN; 03/04/2023 a las 13:50
    Hombre en su siglo. Los sujetos eminentemente raros dependen de los tiempos. No todos tuvieron el que merecían, y muchos aunque lo tuvieron, no acertaron a lograrlo. Fueron dignos algunos de mejor siglo, que no todo lo bueno triunfa siempre; tienen las cosas su vez, hasta las eminencias son al uso, pero lleva una ventaja lo sabio, que es eterno, y si éste no es su siglo, muchos otros lo serán. (Gracián)

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