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Tema: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

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  1. #1
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    Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    Continuamos con el estudio crítico de los documentos conciliares, tras los hilos sobre Herejías y errores advertidos en la Gaudium et Spes (Vaticano II) y Herejias y errores detectados en la Lumen Gentium (Vaticano II) .

    La libertad religiosa o de cultos como libertad de perdición junto a las falsas libertades de conciencia, de enseñanza y de expresión estaba condenada ex - cátedra por Pío IX en el Syllabus (1864); estaba condenada por los Papas preconciliares y el Magisterio infalible. Jamás hubo “derecho” a algo parecido, no solo eso sino que estaba catalogada como licencia, libertinaje y error gravísimo.

    - Verdadera y falsa libertad religiosa:
    VERDADERA libertad religiosa:
    -Respecto a la persona:
    Derecho y deber de abrazar la religión que Dios manda, la única y verdadera, que Jesucristo en persona instituyó (CATÓLICA); no la que cada uno prefiera (León XIII, Immort. Dei, 3, 4)

    -Externamente:“No es lícito al Estado guardar una misma actitud ante varias religiones; estricta obligación de admitir el culto católico; favorecerlo, defenderlo con eficacia, ampararlo bajo las leyes" (León XIII, Immort. Dei, 3,4)
    FALSA libertad religiosa:
    -Respecto a la persona:
    “ERRÓNEO: Todo hombre es libre en profesar la religión que tuviere por verdadera” (Pío IX, Syllabus, Denz. 1715);

    -Externamente:
    “ERRÓNEO: La libertad de culto es derecho que ni la autoridad civil ni la eclesiástica pueden reprimir” (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    Aunque la novedosa ‘Dignitatis Humanae’ mantiene ( a duras penas...) el deber de todo católico de profesar la religión católica, la escandalosa novedad radica en que apela solo a la libre y absoluta conciencia individual, excluyendo toda coacción externa en materia religiosa, tanto para católicos como para no católicos.

    Debe quedar claro que ya antes del Vaticano II y desde el fin de las Guerras de Religión en Europa (ss. XVI y XVII), nadie era forzado directamente a abrazar la fe en países católicos. Por tanto, la novedad del Vaticano II radica en la contraria actitud dada a Estado y a autoridades en su limitación pública de religiones falsas (culto y proselitismo ) y de conceder privilegios al catolicismo; ambas cosas el Vaticano II las prohíbe y condena.

    ***
    El precedente de tal impostura era el herético catolicismo liberal del siglo XIX, condenado ex–cátedra desde Gregorio XVI y Pío IX (Quanta Cura y Syllabus) y principalmente por León XIII en sus grandes encíclicas Libertas e Immortale Dei.

    Sin embargo desde mediados del siglo XX, tras la II Guerra Mundial, adaptándose a los nuevos aires (¡totalmente filo-masónicos y anti-católicos! de los vencedores), se difunde en la Santa Sede (... curia, cardenales, ambientes diplomáticos, mons. Montini-futuro Pablo VI- incluido) la conveniencia de ver el lado positivo de la herética libertad religiosa, basándose en el llamado “americanismo” (condenado por León XIII a fines del siglo XIX), que defendía como modelo la heterodoxa libertad religiosa civil vigente en EE.UU. por propiciarse allí con éxito el catolicismo, sin ningún privilegio estatal y a pesar de un ambiente protestante hostil;

    - además, afirmaban una necesaria reciprocidad para propagar el catolicismo, pues no parecía “justo” exigir derechos al catolicismo en países no católicos... prohibiendolos “injustamente” a los infieles en países católicos (en base a dicha prohibición);

    - auguraban incluso (¿ingenuamente? ...) que el catolicismo , globalmente considerado, saldría ganando con tal reciprocidad... Daban por descontado que, por ejemplo, así se ganaría terreno para el catolicismo en los protestantes EE.UU., Escandinavia, naciones cismáticas, y en los inmensos territorios musulmanes y paganos ¡¡... a costa de dar derechos a la herejía y al paganismo en países casi 100% católicos como aquellas Italia, España, Portugal, Hispanoamérica (...y echarlos a perder, como se comprobaría a no mucho tardar)!!

    -asimismo preveían esos profetas iluminados que se beneficiaría de hecho a los católicos de los entonces territorios comunistas del Telón de Acero (Polonia, Hungría, Lituania...) una vez neutralizadas las condenas de la Iglesia al comunismo y permitida la difusión de éste en países católicos...

    FATÍDICO PROYECTO...
    Última edición por ALACRAN; 18/03/2019 a las 20:15
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  2. #2
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    Su desarrollo durante el Vaticano II:

    1962
    En 1962, el originario y ortodoxamente elaborado Esquema ‘De Ecclesia’ (arrojado a la basura por los obispos del Concilio, para mandar rehacerlo de arriba abajo, en sentido contrario...) no contemplaba nada sobre “derecho a la libertad religiosa”; solo había un epígrafe (Cap. IX) sobre ‘Relaciones Iglesia- Estado’, manteniendo la restrictiva doctrina tradicional.

    Sin embargo, los pesos pesados del ‘Secretariado para la Unión’ (cardenales Bea, Willebrands, Smedt...), ojito derecho de Juan XXIII para el Concilio, por su cuenta y al margen de las demás comisiones conciliares, preparaban esquemas en sentido “progresista”: ‘Ecumenismo Católico’; 'Oración por la unidad; ‘Palabra de Dios’; ‘Libertad religiosa’ para hacerlos valer en su momento.

    1963
    Ya en la II Sesión del Vaticano II (1963), con los obispos progresistas dueños absolutos del Concilio, se debate la “libertad religiosa” (capítulo V del Esquema ‘De Ecclesia’): mons. Smedt la justificaba en base a unas supuestas “leyes de continuidad” y “leyes de progreso” (¿?). Según decía, ésta última permitiría saltarse a la torera la de “continuidad”...

    1964
    A principios de 1964, en EE.UU., durante el banquete anual de la Conferencia Nacional de Cristianos y Judíos, el Cardenal Cushing, arzobispo de Boston confesó que “según informes confidenciales, el Concilio haría una importante declaración sobre libertad religiosa”...

    Poco después, el “Secretariado para Unión de los Cristianos”reestructuraba el “Esquema sobre Ecumenismo”: la “libertad religiosa” aparecía en un apéndice separado; se supo que ¡tomó en consideración las críticas de los observadores herejes en el Concilio de la anterior sesión (1963)!!

    Paralelamente, en el verano, Pablo VI insistía a los obispos españoles para implantar en España la libertad religiosa... pero el ministro Carrero Blanco paralizaba el proyecto de ley en trámite: Sería traicionar la Cruzada a cambio de muy poco; una brecha en la unidad religiosa y política, anhelada por los enemigos del Régimen”...

    1965
    Finalmente, durante la IV y última Sesión del Vaticano II, hubo duras críticas al Esquema, que por entonces se redactaba con debilísimos argumentos bíblicos y de Santos Padres:
    ... “son citas unilaterales; sería facilísimo encontrar otras severísimas contra los que esparcen errores...” (Mons. Carli)

    “...se convino en dejar al margen opiniones discutidas; ¡y ahora nos quieren imponer doctrinas no ya disputadas sino contrarias a la doctrina de la Iglesia!" (Cardenal Ottaviani)

    “... los textos bíblicos que se aducen no prueban nada, y se contradice el Magisterio de los Papas. El Estado no puede ser indiferente ante la verdad o falsedad de las opiniones religiosas...”(Mons. Modrego, arzobispo de Barcelona)

    Fracasado el proyecto de “Esquema de libertad religiosa” con bases “doctrinales y bíblicas” (era imposible hallarlas, obviamente), se preparó la definitiva redacción, apelando sólo al orden civil: «Declaración de derechos civiles en materia religiosa».

    ¡Realmente dantesco y para frotarse los ojos contemplar que un Concilio universal exigiese a gobiernos católicos decentes... la herética "libertad religiosa" apelando a a slogans dignos de la Francia revolucionaria-napoleónica!

    Un escrito del tradicionalista ‘Grupo Internacional de Padres’ (Mons. Lefebvre y otros) replicó a dicha “libertad religiosa civil”. Sin embargo, pese a estar debidamente formulado... fue ignorado por los moderadores del Concilio, vulnerando el reglamento del Concilio.
    Visto lo cual, dichos Padres denunciaron la injusticia y avisaron de cara al futuro:
    “...como era de prever, el texto no está redactado según la verdadera doctrina católica como se nos prometió; con tales aberraciones, nuestro voto por obligación de conciencia, será siempre negativo...”

    Dado que el Concilio tocaba a su fin y las reticencias continuaban, se impuso contra el reglamento conciliar la voluntad de Pablo VI, quien saltándose la decisión de la presidencia del Concilio, ordenó directamente formular una capciosa pregunta a los padres conciliares, de modo que fuera imposible rechazarla: ‘El actual texto del esquema sobre libertad religiosa: ¿le agrada perfeccionarlo según la doctrina católica sobre la verdadera religión’?

    Era obviamente una pregunta tendenciosa, taxativa y urgente (sin posibilidad de aclaraciones): no era en absoluto lo proyectado "doctrina católica" ni según la "verdadera religión", ¿pero como votar contra la voluntad de un Papa y contra la (cínicamente fingida) "verdadera (sic) doctrina católica"...? Así pues, la mayoría conciliar aprobó sin rechistar tal falacia como base del texto: 1.997 votos a favor; 224 en contra.

    Como último intento de impedir el desastre, una carta de obispos españoles contrarios a la libertad religiosa suplicaba a Pablo VI restringirla para el caso español:
    Traiciona la historia de España; da alas a la propaganda protestante y comunista...; contradice la reciente historia de la Iglesia, a Pío XII, al Concordato; desaira a los gobernantes; ¿por qué tan trágica capitulación? Sin cambiar la doctrina se podrían hacer concesiones...”.

    Como era de esperar, Pablo VI no hizo el más mínimo caso.

    Las consecuencias a la vista están desde entonces, como profetizó el ‘Grupo Internacional de Padres’ al final del Concilio (1965):
    “...al contradecir al propio Magisterio de la Iglesia, la libertad religiosa traerá laicismo e indiferentismo; los fieles se escandalizarán; se favorecerá el espíritu de insubordinación; se imposibilitará la educación católica; y se vaciarán los seminarios...”

    (continúa)
    Última edición por ALACRAN; 18/03/2019 a las 20:26
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  3. #3
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    Debe quedar claro que la confesionalidad católica del Estado español bajo Franco hasta 1967 ( tachada con el exabrupto de "nacional-catolicismo" por la ignorancia estúpida) no hacía sino seguir en materia religiosa el Magisterio que defendía la verdadera libertad religiosa.

    Pasando al documento Dignitatis Humanae, se pueden detectar, en su escueto contenido de solo 15 artículos la escalofriante cifra de ¡¡120 (ciento veinte) disparates!! (entre herejías y errores), que pasaremos a describir.

    No hay frase del texto que no sea una barbaridad. Es increíble enhebrar tal sarta de delirios a propósito y con tan frío cinismo por nada menos que un concilio universal, consciente mejor que nadie de los abismos de blasfemia y autodestrucción a que estaba dando vía libre.

    Lo único reseñable es la monotonía. Pero era necesario dejar constancia textual, punto por punto.

    *****
    El disparatado texto de la Dignitatis Humanae puede comprobarse aquí:
    http://www.vatican.va/archive/hist_c...umanae_sp.html

    Buena parte de la réplica se recoge en el "Denzinger" (abreviatura Dz.) que resume el Magisterio infalible de la Iglesia desde San Pedro hasta 1963:
    http://www.iglesiasdeifre.com/archivos/Denzinger.pdf


    DECLARACIÓN DIGNITATIS HUMANAE SOBRE LA LIBERTAD RELIGIOSA

    DERECHO DE LA PERSONA Y COMUNIDADES A LA LIBERTAD SOCIAL Y CIVIL EN MATERIA RELIGIOSA

    DIGNITATIS HUMANAE DOGMA /
    MAGISTERIO TRADICIONAL
    1... libre ejercicio de la religión... secundando con diligencia esos anhelos... este Concilio Vaticano declara cuán conforme es con la verdad y con la justicia...
    ERROR: "Todo hombre es libre en profesar la religión que tuviere por verdadera (Pío IX, Syllabus, Dz. 1715)

    NO ES LÍCITO al Estado guardar una misma actitud ante varias religiones (León XIII, Immort. Dei, Dz. 1868)

    ES TOTALMENTE ILÍCITO pedir, defender, conceder libertad de culto, como derecho natural del hombre (León XIII, Libertas, 30; Dz. 1932 )
    1... la única y verdadera religión SUBSISTE en la Iglesia Católica y Apostólica... (Lumen Gentium, 8)
    La verdadera Iglesia de Cristo ES la católica, apostólica y romana (Pío XII, Mystici Corporis, 6)
    1... todo hombre está obligado a buscar la verdad, sobre todo en lo refiere a Dios y a su Iglesia...
    ... solo obligado a buscar y a aceptar la verdad católica:
    La razón humana
    está enteramente sujeta a la Verdad increada; cuando DIOS revela estamos obligados a prestarle por la fe plena obediencia (Vaticano I, Dz. 1789)

    1... la libertad religiosa que exigen los hombres para cumplir su obligación de rendir culto a Dios...
    ... a "Dios" no; solo al Dios católico (Santísima Trinidad):
    DEBER
    de abrazar la religión que Dios manda, la única y verdadera, que Jesucristo en persona instituyó (CATÓLICA); NO la que cada uno prefiera(León XIII, Imm. Dei, 3, 4)


    ERROR: “La libertad de cultos pretende que todo culto goce iguales derechos”, sin importar al Estado que el pueblo profesa la religión católica (León XIII, Libertas, 16)
    1... la libertad religiosa que exigen los hombres... se refiere a inmunidad de coacción en la sociedad civil...
    OPINIÓN ERRÓNEA, EN EXTREMO PERNICIOSA, DELIRIO:la libertad de culto es derecho del hombre, que ni la autoridad civil ni eclesiástica pueden reprimir " (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    La Revelación NO AFIRMA expresamente el derecho a la inmunidad de coacción externa en materia religiosa (Pablo VI, Dignitat. Hum., 9)
    1... la libertad religiosa... deja íntegra la doctrina católica acerca del deber moral con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo
    ... las componendas y errores no la "dejan íntegra":
    Los herejes modernistas
    se entregan de lleno a buscar los medios para conciliar la autoridad de la Iglesia con la libertad de los creyentes (Pío X, Pascendi, 22)

    Última edición por ALACRAN; 19/03/2019 a las 22:18
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  4. #4
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    Debe señalarse como la 'Dignitatis Humanae' en este artículo 2 (y en otros varios) apela como tope de la libertad religiosa a unos "límites debidos" y a un "justo orden público" imprecisos y susceptibles de ser interpretados al margen y aun en contra de la verdad católica. Es indirectamente privilegiar a la autoridad civil en materia religiosa para que ella ponga su "justo" (¿?) orden público... es decir, en la práctica que una ideología, un partido político, un gobernador o un alcalde pueda poner zancadillas al catolicismo, que es lo que acabaría pasando. O sea, ¿la verdad de Cristo, a merced del capricho de un alcalde?

    ¿Y eso de que a nadie se le prohíba obrar en público "según su conciencia"? Es decir, que un país católico tiene que soportar en plena calle el proselitismo y ceremonias budistas o de Hare Krisna? ¿O sufrir que se reparta el Corán a la salida de las misas? ¿O que se difundan libremente escritos contra la religión católica por ateos o protestantes? Muy "edificante", vaya...

    ¿Y con los que actúen según su "conciencia" comunista o anarquista qué harán los católicos? ¿Aplaudirles?


    Terrible el apartado que concede derecho también "a quienes que no cumplen la obligación de buscar la verdad y su ejercicio, con tal de que se guarde el justo orden público"...
    Traducido: derecho a tolerar las ofensas públicas a la Ley de Dios, a la apología del ateísmo y a publicar barbaridades contra el catolicismo.
    Efectivamente se puede delinquir con total normalidad contra Dios y la Religión salvando el "justo orden público".


    CAPÍTULO I

    NOCIÓN GENERAL DE LALIBERTAD RELIGIOSA

    2 Objeto y fundamento de la libertad religiosa
    DIGNITATIS HUMANAE DOGMA /
    MAGISTERIO TRADICIONAL
    2. Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa...
    ERRÓNEO y PERNICIOSO: “la libertad de culto es derecho del hombre” (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    TOTALMENTE ILÍCITO, conceder libertad de culto, como derecho natural del hombre (León XIII, Libertas, 30; Dz. 1932)

    Derecho y libertad de venerar al verdadero Dios (Pío XII, ‘Verdadera noción de Estado’, 6, 1950)
    2... Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, de cualquier potestad humana...; que en materia religiosa... NO se impida a nadie que actúe según su CONCIENCIA... en público...
    ERROR PERNICIOSO, DELIRIO:la libertad de conciencia y de culto es derecho del hombre, que ni la autoridad civil ni la eclesiástica pueden reprimir de ningún modo" (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    ERROR PERNICIOSO: “Es abuso prohibir a las conciencias manifestar abiertamente los impulsos religiosos que sienten” (Pío X, Pascendi, 24)
    2... en materia religiosa, no se obligue a nadie a obrar contra su conciencia... dentro de los límites debidos.
    ERROR:reprimir a los violadores de la religión católica, SOLO en cuanto lo exija la paz pública(Pío IX, Quanta Cura, Dz. 1689)

    ERROR: “La autoridad civil puede inmiscuirse en las cosas que tocan a la Religión, costumbres y régimen espiritual” (Pío IX Syllabus, 44)
    2... el derecho a la libertad religiosa está realmente fundado en la dignidad misma de la persona humana...
    ERROR PERNICIOSO, DELIRIO:la libertad de culto es derecho del hombre" (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    ERROR, IDEA FALSA de dignidad humana: “adquirir conciencia fuerte, independiente, autónoma” (Pío X, Notre Charge, 23)
    2... dignidad de la persona humana... se la conoce por la PALABRA REVELADA de Dios...
    Según las ENSEÑANZAS EVANGÉLICAS... altísima dignidad de HIJOS DE DIOS (León XIII, Quod Apost., 15)

    CONCEPTO ERRÓNEO de dignidad humana:para justificar sus sueños apelan al Evangelio (Pío X, Notre Charge, 7)
    2... la dignidad de la persona humana es conocida... por la misma razón natural...
    CONFUSIÓN SEDUCTORA sobre una dignidad humana mal entendida (Pío X, Notre Charge, 34)
    2... Este derecho a la libertad religiosa
    ...ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de modo que llegue a convertirse en un derecho civil...
    ERROR: “La libertad de culto es derecho que todo Estado bien constituido debe garantizar como ley fundamental” (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    ERROR: “Pese a su aspectos viciosos, estas libertades son el fundamento necesario de toda constitución política” (León XIII, Libertas, 2)
    2... Todos los hombres... están obligados moralmente a BUSCAR LA VERDAD, sobre todo la que se refiere a la religión...
    Cuando DIOS REVELA, estamos obligados a prestarle PLENA OBEDIENCIA (Conc. Vatic. I, Dz. 1789)

    HEREJÍA: “el hombre puede y debe llegar por sí mismo, en constante progreso, a poseer toda verdad (Conc. Vatic. I, Dz. 1808)

    HEREJÍA: “los católicos tienen causa justa de poner en duda la fe recibida, hasta terminar la demostración de la verdad de su fe(Vatic. I, Dz. 1815)
    2... Los hombres están obligados a aceptar la verdad conocida... Pero no pueden satisfacer esa obligación... si no gozan de libertad psicológica... HEREJÍA:La razón humana es tan independiente que Dios no puede imperarle la fe” (Conc. Vatic. I, Dz. 1810)

    HEREJÍA: “No se requiere para la fe divina que la verdad revelada sea creída por la autoridad de Dios que revela”(Conc. Vatic. I, Dz. 1811)
    2... Los hombres, obligados a aceptar la verdad conocida... no pueden satisfacer esa obligación... si no gozan de inmunidad de coacción externa...
    Los herejes... se debe CONFUNDIRLOS de todos los modos según Dios, DISPUTANDO Y EXHORTANDO (Inocencio III, Dz. 426)

    Deber de la Iglesia extirpar de los ánimos el error (León XIII, Sap. Christ.)

    La Iglesia con persuasión, exhortaciones... procurará cumplir su misión (León XIII, Libertas, 23)
    2... Por consiguiente, el derecho a la libertad religiosa no se funda en la disposición subjetiva de la persona, sino en su misma naturaleza...
    HEREJÍA: “Por naturaleza se puede pensar como conviene o elegir algún bien que toca a la salud eterna(Conc. Orange, Dz. 180)

    HEREJÍA: “En lo más profundo de la naturaleza humana se ocultan el deseo y la exigencia de la religión (Pío X, Pascendi, 36)
    2... el derecho a esta inmunidad permanece también en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y de adherirse a ella, y su ejercicio, con tal de que se guarde el justo orden público...
    ERROR:reprimir a los violadores de la religión católica, SOLO en cuanto lo exija la paz pública(Pío IX, Dz. 1689)

    Las opiniones falsas y vicios corruptores del espíritu y moral públicas... deben ser reprimidos con energía (León XIII, Libertas, 18)

    Lo que no responde a la verdad y a la moral no tiene objetivamente derecho alguno ni a la existencia, ni a la propaganda, ni a la acción (Pío XII, A los Juristas, 17, 1954).
    2... el derecho a esta inmunidad... con tal de que se guarde el justo ORDEN PÚBLICO, no puede ser impedido.
    ERROR:reprimir a los violadores de la religión católica, SOLO en cuanto lo exija la paz pública(Pío IX, Quanta Cura, Dz. 1689)

    ERROR: “La autoridad civil puede inmiscuirse en las cosas que tocan a la Religión, costumbres y régimen espiritual” (Pío IX, Syllabus, 44)
    2... el “JUSTO” orden público... ... VERDADERO Y JUSTO orden público:
    NINGUNA AUTORIDAD HUMANA puede dar mandato o positiva autorización para enseñar o hacer lo contrario a la verdad o al bien moral (Pío XII, Alocución a juristas católicos, 1953)
    Última edición por ALACRAN; 19/03/2019 a las 22:13
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    En su artículo 3, la 'Dignitatis Humanae' habla de la vinculación del hombre con Dios" aunque más apropiado sería la vinculación del hombre con su propia conciencia, verdadera diosa del hombre a tenor de lo ahí redactado; ¡¡ni una sola palabra sobre la fe!!.

    Este sería en esquema el trayecto del hombre a Dios según el documento:
    El hombre por influjo de Dios debe buscar la verdad, cada cual a su modo y sin coacciones; en ese camino debe formar rectos juicios de conciencia mediante educación instrucción diálogo etc. y una vez conocida, debe aceptarla.

    Todo “fantástico”...; pero el problema es que tal proceso psicológico está condenado por la Pascendi de S. Pío X, como se comprueba, y sobre todo por el Vaticano I, que obliga a creer por la fe en la autoridad de Dios que ha revelado; frente a ello al hombre solo le queda obedecer y asentir (le convenza o no; le guste o no), considerando herejía lo contrario.

    Por otra parte, ¿cuál sería la verdad religiosa a conocer? Porque la ‘Dignitatis Humanae’ no dice nada de la verdad católica, de la Iglesia ni de Cristo...; habla de “Dios” y de la "verdad" en sentido indefinido (... ¿musulmana, cristiana, budista?)

    Gran tomadura de pelo es decir que “una vez conocida la verdad hay que aceptarla”... cuando lo pretendido es no mencionar la VERDAD, con mayúsculas. Obviamente se juega con un equívoco intencionado y una falacia; que cada cual tomará por verdadera la religión que a él le convenza. En definitiva, incide la ‘Dignitatis Humanae’ en el error ya condenado: "Todo hombre es libre en profesar la religión que tuviere por verdadera” (Pío IX, Syllabus, Dz. 1715). Es irrelevante el tiempo o estudio dedicado a "buscar más y más" tal o cual "verdad"; no se ve qué importancia pudo darse a eso (...salvo a servir de disculpa en el Más Allá, por si acaso...)

    Y no sirve alegar que esa "búsqueda" presupone ya que todo hombre tiene el deber de llegar a la verdad católica; primero, porque el texto, teniendo obligación de decirlo, lo calla a propósito para dejarlo incierto; y segundo, porque el hombre no tiene que "buscar" ni llegar a nada; le basta y sobra con obedecer a los que le predican la fe católica (tesis que el Magisterio tradicional siempre sostuvo).

    Y véase la blasfemia e irreverencia de lo ahí redactado: en definitiva, nada menos que la Divina Providencia pasa a ser un mero instrumento (y de calidad ínfima, además) que con su "suave disposición” ayuda al hombre a hallar la “verdad” que más le convenza (... para algunos, la budista, la mahometana... a la que, según el maléfico texto, Dios Nuestro Señor les estaría encaminando “suavemente”).

    ...3. La libertad religiosa y la vinculación del hombre con Dios
    DIGNITATIS HUMANAE DOGMA /
    MAGISTERIO TRADICIONAL
    3... el hombre, por suave disposición de la divina Providencia, puede conocer... la verdad inmutable...
    HEREJÍA: “No se requiere para la fe divina que la verdad revelada sea creída por la AUTORIDAD DE DIOS que revela (Conc. Vatic. I, Dz. 1811)
    3... el hombre... puede conocer más y más la verdad inmutable...
    HEREJÍA: “el hombre puede llegar por sí mismo, en constante progreso, a poseer toda verdad (Conc. Vatic. I, Dz. 1808)
    3... cada cual tiene la obligación y el derecho de buscar la verdad en materia religiosa...

    JESUCRISTO ES el camino, la verdad y la vida” (Jn. 14, 6)

    Cuando DIOS REVELA, estamos OBLIGADOS a prestarle PLENA OBEDIENCIA (Conc. Vatic. I, Dz. 1789)

    La Iglesia es columna y fundamento de la verdad (1Tim. 3,15) (Pío XI, Mit Brenn. Sorge, 21)
    3... cada cual... buscar la verdad religiosa... A FIN DE... formar RECTOS Y VERDADEROS...

    ...juicios de CONCIENCIA...
    HEREJÍA: “Por naturaleza se puede elegir algún bien que toca a la salud eterna o consentir a la evangélica predicación(Conc. Orange, Dz. 180)

    HEREJÍA MODERNISTA: “erigir la conciencia religiosa en regla universal a la que todos deben someterse” (Pío X, Pascendi, 6)
    3... la verdad debe buscarse de modo apropiado a la dignidad de la persona...
    ERROR, IDEA FALSA de dignidad humana: “adquirir conciencia fuerte, independiente, autónoma” (Pío X Notre Charge, 23)
    3... buscar la verdad mediante libre investigación, el magisterio (*) o la educación... el diálogo... ayudarse mutuamente...
    Cuando DIOS REVELA, estamos obligados a prestarle PLENA OBEDIENCIA (Conc. Vatic. I, Dz. 1789)

    HEREJÍA: “el hombre debe llegar por sí mismo, en constante progreso, a la posesión de toda verdad (Conc. Vatic. I, Dz. 1808)

    (*) Interpretamos "magisterio" en sentido no católico; en caso contrario el texto sería aún más perverso.
    3... y una vez conocida la verdad, hay que aceptarla firmemente con asentimiento personal...
    HEREJÍA: “No se requiere que la verdad revelada sea creída por la AUTORIDAD DE DIOS que revela”(Conc. Vatic. I, Dz. 1811)

    3... El hombre percibe y reconoce por medio de su conciencia los dictámenes de la ley divina...
    HEREJÍA: “Deben los hombres moverse a la fe por sola experiencia interna y por inspiración privada” (Conc. Vatic. I, Dz. 1812)

    ERROR: “en lo más hondo de la naturaleza humana se oculta la exigencia de alguna religión” (Pío X, Pascendi, 36)
    3... El hombre tiene obligación de seguir fielmente su conciencia, para llegar a Dios...
    HEREJÍA: “Por naturaleza se puede elegir algún bien que toca a la salud eterna(Conc. Orange, Dz. 180)

    HEREJÍA: “No se requiere que la verdad revelada sea creída por la AUTORIDAD DE DIOS que revela”(Conc. Vatic. I, Dz. 1811)
    3... NO se puede forzar ni impedir al hombre A OBRAR contra su conciencia, principalmente en materia religiosa...
    ERROR, DELIRIO:la libertad de conciencia es derecho que la autoridad civil ni eclesiástica no pueden reprimir de ningún modo" (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    NINGUNA autoridad humana puede autorizar a hacer lo contrario a la verdad o al bien moral (Pío XII, A juristas católicos, 1953)
    3... la naturaleza social del hombre exige que MANIFIESTE EXTERNAMENTE los actos internos de religión...que se comunique con otros en materia religiosa, que profese su religión de forma comunitaria. La inmoderada libertad de manifestar públicamente lo que se sienta, NO es derecho ciudadano ni debe en modo alguno ser digna de protección (León XIII, Dz. 1868)

    ERROR PERNICIOSO: “Es abuso de potestad prohibir manifestar clara y abiertamente los impulsos religiosos” (Pío X, Pascendi, 24)
    3... Se hace injuria a la persona y al orden que Dios estableció, si... se niega al hombre el libre ejercicio de la religión en la sociedad...
    ERROR, DELIRIO:la libertad de culto es derecho que la autoridad civil ni eclesiástica no pueden reprimir de ningún modo" (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    TOTALMENTE ILÍCITO conceder libertad de culto, como derecho natural del hombre (León XIII, Libertas, 30; Dz. 1932)
    3... los hombres, partiendo de su íntima convicción... se relacionan... con Dios...
    ERROR:Mediante cierta intuición, sin necesidad de medio alguno, alcanza el hombre la realidad de Dios” (Pío X, Pascendi, 13)
    3... actos religiosos con que los hombres, partiendo de su íntima convicción, se relacionan con Dios...
    GRAVÍSIMO ERROR: “El culto brota... en virtud de impulsos íntimos o necesidades” (Pío X, Pascendi, 20)
    3... los actos religiosos... TRASCIENDEN el orden terrestre y temporal... ERROR: “En cuestión de religión, nadie tiene otro juez que la conciencia” (León XIII, Immort. Dei, Dz. 1867)
    3... la autoridad civil... debe reconocer y favorecer la vida religiosa de los ciudadanos...
    La primera y principal obligación del Estado consiste en procurar una inviolable y santa observancia de la religión CATÓLICA (León XIII, Immort. Dei, 3)
    3... la autoridad civil... excede su competencia si pretende dirigir o impedir los actos religiosos.
    ERROR, DELIRIO:la libertad de culto es derecho que la autoridad civil no puede reprimir de ningún modo" (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    ERROR PERNICIOSO: “Es abuso de potestad prohibir manifestar abiertamente los impulsos religiosos” (Pío X, Pascendi, 24)




    Última edición por ALACRAN; 20/03/2019 a las 19:43
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  6. #6
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    Así pues, no solamente este documento conciliar veta coaccionar externamente la libertad religiosa sino que establece criterios erróneos para abrazar internamente la religión (al menos la católica); dando vía libre a que cada cual se instale en su verdad religiosa o en sus mayores delirios disparatados, sin capacidad ninguna de nadie (¡¡ni del mismísimo Dios Todopoderoso!!) para hacerle rectificar.

    El artículo 4 concede perfecta libertad de culto y de libre actuación en todo país católico a toda "comunidad religiosa", sin distinguir si es católica o no: incluyendo en el saco, p. ej. tanto a carmelitas, jesuitas, dominicos, Opus Dei, ... como a mormones, luteranos, musulmanes, Hare Krishna, Testigos de Jehová, etc ...

    Bien claro lo dice: derecho "al culto público... a la profesión pública de su fe... a manifestar el valor peculiar de su doctrina"; que sobre todo es derecho a tener sus centros religiosos públicamente, a tener escuelas y difundir sus errores por la calle. Para entendernos, derecho a hacer proselitismo puro y duro entre católicos de modo que, si se lo montan bien, nada les impida mutar socialmente un país católico para hacerlo hereje, musulmán, budista, o lo que tercie, y con felicitación papal incluida...
    ¡¡Sencillamente "sensacional"!!

    Fenómeno de efecto demoledor y deprimente entre los católicos de a pie que, unido al ecumenismo y minimización de verdades católicas usual en el clero postconciliar (que, además, colgaba los hábitos vergonzante y urgentemente), acabaron pasándose al indiferentismo y escepticismo religiosos. Como no podía ser de otro modo.

    ***

    4. La libertad de las comunidades religiosas

    DIGNITATIS HUMANAE DOGMA /
    MAGISTERIO TRADICIONAL
    4. La inmunidad de coacción religiosa, ha de ser reconocida también a las personas cuando actúan en común...
    (¡Incluidas las FALSAS RELIGIONES!)
    La justicia y la razón PROHÍBEN la igualdad jurídica indiscriminada de todas las religiones. (León XIII, Libertas, 16)

    ERROR PERNICIOSO: “Es abuso de potestad prohibir manifestar abiertamente los impulsos religiosos” (Pío X, Pascendi, 24)
    4... A estas comunidades, con tal de que no se violen las justas exigencias del orden público, se les debe por derecho la inmunidad para regirse...
    (¡Incluidas las FALSAS RELIGIONES!)
    ERROR: “NO conviene que la religión católica sea la única del Estado, con exclusión de otros cultos (Pío IX, Dz. 1777)

    ... FALSAS RELIGIONES: Lo que no responde a la verdad no tiene objetivamente derecho alguno ni a la existencia, ni a la propaganda, ni a la acción (Pío XII, a Juristas, 17, 1954).
    4... con tal de que no se violen las justas exigencias del orden público... ERROR:reprimir a los violadores de la religión católica, SOLO en cuanto lo exija la paz pública(Pío IX, Quanta Cura, Dz. 1689)

    ERROR: “La autoridad civil puede inmiscuirse en las cosas que tocan a la Religión, costumbres y régimen espiritual” (Pío IX, Syllabus, 44)
    4... A estas comunidades se les debe por derecho la inmunidad... para honrar a la Divinidad con CULTO PÚBLICO... etc.
    (¡Incluidas las FALSAS RELIGIONES!)
    ...FALSAS RELIGIONES: “lo que los gentiles sacrifican, a los demonios lo sacrifican, y no a Dios (San Pablo, I Cor, 10, 20)

    La justicia y la razón PROHÍBEN la indiferencia del Estado en materia religiosa y la igualdad jurídica indiscriminada de toda religión; el Estado debe profesar la religión católica, única verdadera (León XIII, Libertas, 16)
    4... estas comunidades... tienen derecho a... promover instituciones...; que no se les impida la enseñanza y la profesión pública de su fe... a manifestar libremente el valor peculiar de su doctrina, etc.
    (¡Incluidas las FALSAS RELIGIONES!)
    ERROR PERNICIOSO, DELIRIO:la libertad de culto es derecho que la autoridad no puede reprimir de ningún modo" (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    ERROR: “La libertad de cultos pretende que todo culto goce iguales derechos” sin importar al Estado que el pueblo profesa LA RELIGIÓN CATÓLICA (León XIII, Libertas, 16)

    ERROR PERNICIOSO: “Es abuso de potestad prohibir manifestar clara y abiertamente los impulsos religiosos” (Pío X, Pascendi, 24)
    4... en la índole de la religión... los hombres, impulsados por su propio sentimiento religioso...
    DELIRIO MODERNISTA: “la religión... su primer estimulante es cierto impulso; su primera manifestación, el sentimiento...” (Pío X, Pascendi, 5)

    GRAVE ERROR: “en su sistema todo se engendra, por impulsos íntimos; uno de ellos para dar a la religión algo de sensible (Pío X, Pascendi 20)
    Última edición por ALACRAN; 21/03/2019 a las 21:35
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  7. #7
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    El artículo 5 hace referencia a la libertad religiosa dentro de la familia, que queda a la libre voluntad y capricho de los padres, tanto dentro de casa como para elegir centros educativos para sus hijos.

    Es un artículo pensado para privilegiar a los disidentes religiosos dentro de países católicos (obviamente lo que el Concilio dijera o no dijera le importa un pimiento a los gobernantes de países infieles o acatólicos).

    Ni una palabra sobre la obligación de educar católicamente a los hijos; y peor aun, ni siquiera exceptúa de la sumisión al capricho de padres infieles a sus hijos ya adolescentes que quisieran abrazar el catolicismo por su cuenta.

    Sorprende también la obsesión por "no violar los (falsos) derechos" de padres no católicos, como si el meollo de la educación religiosa radicara en los padres y no en sus hijos; por contra, no se dice ni pío del derecho real y trascendental de esos hijos a no cerrarles las puertas para abrazar la fe verdadera católica algún día.

    Lo que queda garantizado en definitiva es el falso "derecho" a que en países católicos los hijos de los acatólicos no huelan el catolicismo ni en broma y que a su vez transmitan a sus descendientes a bombo y platillo el error religioso de sus antepasados.

    ***

    5. La libertad religiosa de la familia

    DIGNITATIS HUMANAE DOGMA /
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    5. Cada familia... derecho a ordenar libremente su vida religiosa...
    ... a los padres corresponde el derecho de determinar la educación religiosa que se ha de dar a sus hijos, según SUS PROPIAS CONVICCIONES RELIGIOSAS.
    Es deber de los padres la educación cristiana de los hijos (León XIII, Sapient. Christ., 54)

    Los padres eduquen a los hijos según el espíritu de la VERDADERA FE (Pío XI, Mit Brennender Sorge, 37)

    Los padres, usen su autoridad para la recta educación de los hijos en el SANTO Y FILIAL TEMOR DE DIOS (Pío XI, Div Illius, 58)
    5... derecho de los padres a elegir con verdadera libertad las escuelas u otros medios de educación...
    PROHIBIDA la asistencia de niños católicos a escuelas neutras o de católicos y acatólicos sin distinción (Pío XI, Div. Illius, 64)

    Los padres aparten sus hijosde escuelas en que haya peligro de beber el veneno de la impiedad (Pío XI, Div. Illius, 30)
    5... Se violan los derechos de los padres, si se obliga a los hijos a asistir a lecciones escolares que no corresponden a la persuasión religiosa de los padres...
    La Iglesia no consiente... educar a los hijos de los infieles contra la voluntad de sus padres MIENTRAS NO PUEDAN DETERMINARSE POR SÍ MISMOS a abrazar libremente la fe (Pío XI, Div. Illius, 34)
    5... Se violan los derechos de los padres... si se impone un único sistema de educación del que se excluye totalmente la formación religiosa.
    NO BASTA dar simple instrucción religiosa. Para que una escuela sea conforme a los derechos de la Iglesia y de la familia, TODO el profesorado, plan de estudios, libros y todas las disciplinas deben imbuirse de espíritu cristiano bajo dirección y vigilancia de la Iglesia (Pío XI, Div. Illius, 65)
    Última edición por ALACRAN; 22/03/2019 a las 13:07
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  8. #8
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    El aspecto más polémico del artículo 6, sobre promoción de la libertad religiosa, es la imposibilidad absoluta que se da al Estado para condicionar la vida religiosa de los países católicos. Sin embargo, según el Magisterio tradicional, el Estado tiene la obligación de favorecer el culto católico, restringir cultos no católicos, y no ser indiferente en materia religiosa.

    La desvergüenza del documento llega hasta a falsear la redacción de la 'Immortale Dei' de León XIII para decir lo contrario: he aquí el texto original: http://w2.vatican.va/content/leo-xii...rtale-dei.html . Compárese su artículo 3 con la versión que de él hace la 'Dignitatis Humanae' para comprobar la desfachatez conciliar.
    La referencia a la Immortale Dei consta en la cita (6) de la versión inglesa de la Dignitatis Humanae: http://www.vatican.va/archive/hist_c...umanae_en.html

    Las apelaciones de dicha encíclica al verdadero culto divino se falsean descaradamente en apelaciones y defensa de la "vida religiosa" y "derechos de la religión" en abstracto: es decir, también de las falsas religiones, calumniando a sangre fría el santo magisterio de León XIII. Señalamos la fechoría más abajo.



    6. La promoción de la libertad religiosa
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    6... la protección del derecho a la libertad religiosa concierne a los ciudadanos, a las autoridades civiles, a la Iglesia y demás comunidades religiosas...
    ERRÓNEO y PERNICIOSO: “la libertad de culto es derecho del hombre” (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    Es TOTALMENTE ILÍCITO defender y conceder la libertad de culto, como derecho natural (León XIII, Libertas, 30; Dz. 1932 )
    6... Debe, la potestad civil tomar a su cargo la tutela de la libertad religiosa de todos los ciudadanos... y facilitar las condiciones que favorezcan la vida religiosa, para que los ciudadanos puedan ejercer los derechos de la religión y cumplir sus deberes... (Cf. Leon XIII, encycl. "Immortale Dei", Nov. 1, 1885: AAS 18 (1885) p. 161.)
    ... ¡¡FALSEA el texto de la Immortale Dei, cap. 3, de León XIII, que dice lo contrario!!:
    ...El Estado tiene estricta obligación de admitir el culto divino en la forma con que el mismo Dios ha querido que se le venere (CATÓLICO). Es, pues, obligación grave de las autoridades honrar el santo nombre de Dios... FAVORECER LA RELIGIÓN ...no la que cada uno prefiera, sino la que Dios manda y consta por argumentos ciertos e irrevocables como única y verdadera (: LA CATÓLICA) DEFENDERLA con eficacia, ponerla BAJO EL AMPARO de las leyes...
    6... que los ciudadanos ejerzan efectivamente los derechos de la religión y cumplir sus deberes... ERROR: “en materia religiosa todo queda al arbitrio de los particulares” (León XIII, Imm. Dei, 10)

    6... es necesario reconocer el derecho a la libertad religiosa a todos los ciudadanos y comunidades religiosas...
    Incluidas las FALSAS RELIGIONES!)
    ERRÓNEO y PERNICIOSO: “la libertad de culto es derecho del hombre” (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    6... la autoridad civil debe proveer a que la igualdad jurídica de los ciudadanos... jamás sea lesionada por motivos religiosos, y a NO hacer discriminación.
    ... NO puede imponer a los ciudadanos... la profesión de cualquier religión...
    Incluidas las FALSAS RELIGIONES!)
    ... la autoridad civil DEBE imponer el catolicismo, INDIRECTAMENTE:

    - OBLIGACIÓN GRAVE
    de autoridades de favorecer la religión católica, y no legislar en contrario (León XIII, Imm. Dei, 3, 4)

    - Cristo exige a los gobernantes que la sociedad entera se ajuste a los principios cristianos: las leyes; la justicia, formar a jóvenes en la sana doctrina (Pío XI, Quas Primas, 33)
    6... la autoridad pública NO puede imponer a los ciudadanos el abandono de cualquier religión... NO puede impedirque alguien ingrese en una comunidad religiosa o la abandone...
    Incluidas las FALSAS RELIGIONES!)

    ... la autoridad DEBE restringir las religiones falsas, INDIRECTAMENTE:

    - ERROR, DELIRIO:la libertad de cultos es derecho que la autoridad civil no puede reprimir de ningún modo" (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    - La justicia y la razón PROHÍBEN la indiferencia del Estado en materia religiosa (León XIII, Libertas, 16)

    - ERROR PERNICIOSO: “Es abuso de potestad prohibir manifestar abiertamente los impulsos religiosos” (Pío X, Pascendi, 24)
    6... se obra contra la voluntad de Dios y los sagrados derechos de la persona, cuando la fuerza se aplica para eliminar o cohibir la religión...
    Incluidas las FALSAS RELIGIONES!)
    - OBLIGACIÓN GRAVE de las autoridades de favorecer la religión católica, y no legislar nada en contrario (León XIII, Imm. Dei, 3, 4)

    Cristo exige a los gobernantes que la sociedad entera SE AJUSTE A PRINCIPIOS CRISTIANOS: leyes; justicia... (Pío XI, Quas Primas, 33)
    Última edición por ALACRAN; 25/03/2019 a las 17:55
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  9. #9
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    En el artículo 7 sobre límites de la libertad religiosa se establece una falsa dicotomía entre "correcta" libertad religiosa y sus "abusos". Parece que se intentaba prevenir contra sectas pseudo-religiosas o intereses turbios al respecto. Sin embargo, la libertad religiosa ilimitada, para el Magisterio tradicional es en sí misma ya un abuso; los aspectos abusivos, ajenos al fenómeno religioso caen bajo la órbita del derecho penal.

    Como se puede comprobar la dicotomía válida para el Magisterio es la distinción entre la verdadera religión (la católica) y las falsas religiones, no entre "correcta libertad religiosa" y "abusos" de ella. Por tanto, la tutela a la libertad religiosa ilimitada de la Dignitatis Humanae es falsa.

    7. Los límites de la libertad religiosa

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    7... abusos bajo pretexto de libertad religiosa... ... No puede haber “abusos” donde, previamente, no hay derecho:
    ES TOTALMENTE ILÍCITO pedir, defender, conceder libertad de culto, como derecho natural del hombre (León XIII, Libertas, 30; Dz. 1932 )

    ... Falaz distinción entre “abusos” (malos) y “libertad religiosa” (buena):
    La sociedad humana debe constituirse y gobernarse distinguiendo entre VERDADERA Religión y FALSAS religiones (Pío IX, Quanta Cura, 4)
    7... corresponde principalmente a la autoridad civil prestar protección (contra abusos bajo pretexto de libertad religiosa)...
    ERROR: “No deben los gobiernos reprimir a los violadores de la religión católica sino en cuanto lo exige la paz pública” (Pío IX, Quanta Cura, 4)

    ERROR: “Corresponde a la potestad civil... la potestad indirecta negativa sobre las cosas sagradas” (Pío IX, Syllabus, 41)
    7... la autoridad civil protegerá... la libertad religiosa... según normas conformes con el orden moral objetivo...
    ERROR: Someter a la Iglesia a razones terrenas (Gregorio XVI, Mirari, 2)

    ERROR: “La autoridad civil puede inmiscuirse en cosas que tocan a la Religión, costumbres y régimen espiritual” (Pío IX, Syllabus, 44)
    7... tutela eficaz de estos derechos en favor de todos los ciudadanos...
    ... NO puede tutelarse lo contrario a derecho:
    ERROR: “La libertad de culto es derecho que todo Estado bien constituido debe garantizar” (Pío IX, Quanta Cura, 4)
    7... la libertad debe reconocerse al hombre lo más ampliamente posible...
    Descontrolada licencia que muchos consideran la única libertad (León XIII, Diut. Illud, 17)

    Principios modernos de libertad desenfrenada (León XIII, Imm. Dei, 10)

    Al conceder libertad ilimitada llegan a colocar en un mismo plano la verdad y la virtud con el error y el vicio. (León XIII, Libertas, 23)
    7... la libertad... no debe restringirse sino cuando es necesario y en la medida en que lo sea.
    ERROR: “el Estado concederá igualdad de derechos a toda religión, con tal que su disciplina no quede perjudicada” (León XIII, Imm. Dei, 10)

    La libertad no debe traspasar los límites señalados por la naturaleza y por la ley de Dios (León XIII, Imm. Dei, 23)
    Última edición por ALACRAN; 26/03/2019 a las 21:18
    DOBLE AGUILA dio el Víctor.
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  10. #10
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

    El artículo 8 recoge la necesidad de educar al hombre para la libertad; libertad por supuesto, heterodoxa, que como tal está condenada por el Magisterio.

    El arquetipo de hombre que ahí se pretende formar es inviable de facto: una especie de hombre que asumiendo todos los riesgos del librepensamiento y "amante de la genuina libertad", "juzgue con criterio propio a la luz de la verdad" (¿?) para acabar "secundando lo verdadero y lo justo".
    Tal persona obviamente en sentido católico no puede existir; para ello precisaría ser un ente ángelico que bordease y salvase airosamente todos los precipios intelectuales y filosóficos, cosa dificilísima para la fragilidad humana (y con el pecado original por medio). Y no solo eso: además, se defiende aquí lo contrario que aconsejaron siempre los santos: no dejarse tentar y mejor, huir de la falsa sabiduría del mundo y del propio orgullo, enemigos de la Fe, y aprender y obedecer con humildad. Es por ello un texto rotundamente anticristiano.
    Por otra parte, como es habitual, no se concreta qué sean la "verdad" la "justicia" y la "genuina libertad".

    Efectivamente un tal librepensador católico es imposible... pero el texto así redactado mostraba aire intelectual ante al mundo, que era de lo que se trataba. El Vaticano II, admirador confeso de los intelectuales de moda, tomaba su actitud crítica y hasta rebelde como modelo.

    Enigmático lo de necesitar "juzgar con criterio propio a la luz de la verdad" (¿?). Suena bonito pero no cuadra: a la luz de la VERDAD, por principio, debe estar aclarado todo; sobra matizarla con "criterios" de cualquier tipo.
    Obviamente se reincide en la tesis ya condenada por el dogmático Vaticano I (siglo XIX) de apelar al propio juicio para asentir a la Fe.

    8. La educación para el ejercicio de la libertad

    DIGNITATIS HUMANAE DOGMA /
    MAGISTERIO TRADICIONAL
    8... peligro de verse privados de su propia libertad de elección...
    Libertad que pueda extraviar de la verdad y de la virtud (León XIII, Imm. Dei, 15)

    Sobre las libertades modernas, prevenirse contra el peligro de que su honesta apariencia engañe a los incautos (León XIII, Imm. Dei, 21)
    8... quienes cuidan de la educación, a formen hombres de modo que, acatando el orden moral... sean amantes de la genuina libertad...
    ERROR: “en la educación se persuade que para bien vivir son de ninguna o poca importancia las verdades religiosas” (Pío IX, Ubi Arcano, 11)

    ERROR: “Los católicos pueden aprobar una forma de educar dirigida de modo, al menos primario, a fines de la vida civil y terrena” (Pío IX, Syll, 48)

    A todo cristiano le causa grave injuria todo aquel que turba su fe... hacia una libertad absoluta, ilusoria y falsa (Pío XI, Div. Illius, 42)

    ES ERRÓNEO todo método educativo basado en el olvido del pecado original y de la gracia; en libertad ilimitada (Pío XI, Div. Illius, 45)
    8... (deber de) juzgar las cosas con criterio propio a la luz de la verdad... HEREJÍA: “No se requiere para la fe divina que la verdad revelada sea creída por la autoridad de Dios que revela”(Conc. Vatic. I, Dz. 1811)

    ERROR: “el católico debe... seguir las inspiraciones de su propia personalidad” (Pío X, Pascendi, 24)

    Tengan cuidado los fieles de no caer en una exagerada independencia de su propio juicio (Pío XI, Casti Connubii, 39)

    8... educación... para que los hombres actúen con mayor responsabilidad en cumplir sus deberes en la vida social.
    ERROR: “una educación exclusivamente para levantar al sumo grado la responsabilidad cívica” (Pío X, Notre Charge, 17)
    Última edición por ALACRAN; 26/03/2019 a las 21:52
    DOBLE AGUILA dio el Víctor.
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

  11. #11
    DOBLE AGUILA está desconectado Miembro Respetado
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    Re: Innumerables herejias y errores en la Dignitatis Humanae (Vaticano II)

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