NOTA: La primera parte está en la página anterior.
Tres repúblicas, un esclavo
"Sr. suplico se me admita y dispense estos mis malos borrones en este papel pues la indigencia a que estoy expuesto me es intolerable soportar".20 Con estas líneas, seguidas de una firma alejada de los preciosismos propios de los escribanos, finalizó la exposición del una vez soldado y también esclavo Joseph de Jesús Malpica el 9 de febrero de 1827. A diferencia de otras peticiones de libertad, ésta no estuvo dirigida a un tribunal menor o a una junta de manumisión cantonal: el señor a quien Malpica le pidió excusas por sus errores, no es otro que el entonces Presidente y Libertador Simón Bolívar, a quien tuvo oportunidad de servir en el fatídico año de 1814.
Joseph de Jesús Malpica fue uno de los miembros de la guarnición que acompañó a Bolívar cuando se embarcó en Cumaná con el propósito de convencer a José Bianchi que retornara las riquezas que se le habían confiado en La Guaira. En ese entonces, Bolívar y Mariño fueron desconocidos como jefes del ejército por José Félix Ribas y Manuel Piar; Joseph de Jesús, después de ver partir a Bolívar, retornó a Cariaco al mando de los nuevos oficiales para defender la república.
Trece años después de ese encuentro, le pidió al libertador de las dos repúblicas hermanas que sus servicios sean reconocidos, servicios que no sólo se limitaron al año de 1814, sino que su militancia fue fiel durante la primera, segunda y tercera instalación de la república, hasta asegurarse el suelo patrio. En su exposición recordó la primera batalla a la que asistió bajo mando republicano, lo rememoró con precisión porque se llevó a cabo un día de San Pedro, es decir, un 29 de junio de 1812.21 Sumó filas en el batallón número quince comandado por un mayor apellidado Camacho. Para ese momento los ejércitos de la primera república actuaron defendiendo las pocas plazas que conservaban ante el avance de los realistas comandados por Domingo Monteverde, quien desde su entrada por Coro desde las Antillas unos meses atrás controló a su paso los poblados insurgentes. El enfrentamiento de ese 29 de junio era el segundo combate por la ciudad de La Victoria, y durante el mismo el generalísimo Francisco de Miranda logró rechazar el ataque sorpresa del enemigo. Sin embargo, la sensación de triunfo duró muy poco, un mes más tarde Miranda capituló ante el canario.
Joseph de Jesús volvió al servicio patriota cuando los republicanos alcanzaron el poder por segunda vez, y allí permaneció hasta que las huestes de José Tomás Boves reconquistaron el territorio en nombre de Fernando VII. Cuando la república estableció su centro político en los márgenes del río Orinoco en la ciudad de Angostura, Joseph de Jesús ya era parte del batallón Orinoco, con el cual llegó a defender la causa patriota en Cumaná en el castillo de San Antonio. Posteriormente, en una fecha que no precisó, cayó preso en las bóvedas del puerto de La Guaira, ante la mirada indiferente de quien posteriormente lo solicitó como su esclavo. Después de concluidas las acciones militares se inició el retorno de los soldados a la vida civil, Joseph de Jesús hizo lo propio y se empleó en el oficio de caletero en el puerto de La Guaira; allí, unos años más tarde, su tranquilidad se alteró con la petición de Manuela España, quien lo reclamó como suyo por ser heredera directa de los bienes de Melchor Carnivel, original amo de Joaquín.
Ante esta contrariedad, Joseph de Jesús se vio forzado a acreditar sus servicios con el fin de frenar las intenciones de Manuela España, a quien no reconoció como ama, y quien, en su opinión, contó con todos los beneficios ante los tribunales. Con este fin le solicitó al señor presidente libertador "se digne en obsequiar de la humanidad de mandar que por este sagrado tribunal sean oídas mis quejas con la verdad que me expreso y sólo su señoría podrá acallar las aflicciones de aquellos y mis aflicciones ordenando se me oiga en providencia por su justicia que imploro".22
Con este propósito Joseph reunió las declaraciones juradas de sus superiores Juan José Aguirre, teniente del batallón Orinoco, y del capitán José Lorenzo Jiménez, quienes por su parte aseguraron conocer los servicios de Joaquín los años de 1814, 1821 y 1822, y certificaron que éste fue retirado del ejército debido a su inutilidad por su precaria condición física resultado de su dilatado compromiso con la república en la guerra de independencia.
El defensor de Joseph de Jesús, el procurador municipal Rufino González, convencido de los servicios del esclavo en el ejército de libertadores, reclamó el cumplimiento de la resolución general del congreso de Colombia con fecha de 14 de octubre de 1821, la cual reconoció la admisión de todos los esclavos que quisieran ejercer el oficio de las armas, y que los amos de éstos fueran indemnizados con preferencia de los fondos de manumisión que se llegasen a recolectar. De esta forma, solicitó al gobierno que el esclavo sea comprendido en esta resolución, y que los amos sean enterados de su causa y se les cancele el precio de la libertad que había logrado meritoriamente.
Enterado de la causa, el yerno y apoderado de Manuela España, José de Arizabalo, se presentó ante el tribunal con el oficio original de compra-venta del esclavo hecha por el difunto Carnivel con fecha de enero 25 de 1813. En éste constó que un tal don Esteban Escobar le vendió a don Melchor el esclavo Joseph de Jesús por 300 pesos después que este último se fugó de su hogar para refugiarse en casa de Carnivel. Después de esta certificación de propiedad, expresó que evidentemente el esclavo demostró con éxito sus servicios como consta en las declaraciones de sus superiores y, por lo tanto, ni él ni la señora Manuela estaban dispuestos a contrariar el alcance de dicha gracia.
No obstante, aseguró, que de igual manera como el tribunal estaba procurando la libertad del siervo, también debía cumplir con indemnizar de manera satisfactoria a los dueños, de lo contrario se estaría violando de manera flagrante el artículo 177 de la constitución de la República de Colombia, el cual sancionaba que ningún ciudadano podía ser privado del uso de su propiedad aunque sean empleados en usos públicos sin su consentimiento. 23 Pero en el caso de que existiere alguna necesidad pública comprobada legalmente en el uso de dicho bien se presuponía la justa compensación por parte del Estado.
Por lo tanto, Arizabalo solicitó que antes que se le otorgara carta de libertad a Joseph de Jesús, primero éste debía ser examinado por un perito que las partes acordasen para que realizara un justiprecio, es decir, el otorgamiento de un valor al siervo partiendo de las condiciones físicas que poseía. Con esta evaluación Manuela de España podía solicitar de los fondos de manumisión de La Villa de la Guaira la indemnización por el esclavo, el cual estimaba debía alcanzar el precio más alto: 300 pesos.
La buena voluntad, colaboración y disposición mostrados hasta ese momento por el representante de Manuela España, desaparecieron una vez que el esclavo prolongó la entrega de copia de la orden de su retiro del ejército, lo que retrasó el fallo del tribunal. Días más tarde se dirigió al tribunal y al procurador defensor de Joseph de Jesús para denunciar que dicho retraso se debió a que no existía ninguna copia, pues el esclavo nunca cumplió con este requisito, además se atrevió a asegurar que ni existía su filiación, pues sus servicios fueron hechos en un corto periodo de tiempo. Por lo tanto, el esclavo viéndose beneficiado de los trastornos y vicisitudes propios de la guerra intentó aprovecharse del beneficio que se le otorgaba a los esclavos que sirvieron a la república durante un amplio espacio de tiempo, y que además se encontraban aún en servicio.
José de Arizabalo concluyó su denuncia afirmando que el Estado no debió pagar el valor de este falso y malicioso esclavo por tan poco tiempo en servicio, pues, la separación voluntaria del ejército y su posterior regreso a la casa de Manuela significó que éste renunció a la manumisión que dijo merecer. Finalmente, pidió que Joseph de Jesús sea restituido a Manuela como su propiedad para que cancelara los jornales diarios que debía desde el momento que se fue a trabajar en el puerto de La Guaira como caletero sin su consentimiento, aconsejó a los señores alcaldes del puerto de La Guaira que se aprese a este individuo pues su antigua tacha o reputación de prófugo lo obligará a eludir el regreso a casa de su ama.
El procurador, al enterarse de la petición, respondió a las consideraciones hechas por el representante de la señora Manuela: "La cárcel, Señor, esta destinada para los criminales. Un esclavo no lo es por solo ser de esta condición".24 Continuó el procurador diciendo que aunque Joseph de Jesús tuvo la tacha de prófugo no es razón suficiente para su encarcelamiento, tampoco entiende la contradicción en la que cayó Arizabalo quien se empeñó en catalogar al siervo de cimarrón y al mismo tiempo pide 300 pesos al Estado por su valor.25 Aseguró que efectivamente el esclavo le confesó que no posee consigo las letras de retiro y filiación que se le solicitaron, no obstante, consideró que su ausencia no destruye el derecho con que aspira a su libertad. Sus servicios en los años de 1814, 1820 y 1821 estuvieron comprobados por medio de la declaración de sus superiores, años que —en palabras del procurador— fueron las épocas más arriesgadas e importantes de la República. Dijo desconocer un código que expresara tácitamente los decretos emitidos por Bolívar, pero éstos están mezclados con los primeros delineamientos de la infancia de la República, y que se encuentran ratificados a través de la resolución del congreso del 14 de octubre de 1825.
Concluyó, después de considerar justa la indemnización de doña Manuela, que es cierto que:
Malpica no ha obtenido su retiro, no sirve en ningún batallón, pero pertenece al gremio de caleteros, que es la primera muralla de La Guaira, pero ha servido largo tiempo a la patria, que es la sustancia; y por ello es acreedor de su libertad. Volviendo a la casa de su señora, el no ha renunciado como se pretende, a este derecho; por que no ha podido renunciar a la cualidad de hombre. Un derecho tan importante no se pierde ni aún por un convenio expreso: porque es esencialmente nulo.26
El tribunal sin mayor retraso del proceso le otorgó la libertad a Joseph de Jesús Malpica por su dilatado servicio al ejército republicano, su ama fue indemnizada por la junta de manumisión de su cantón después que realizó el justiprecio del esclavo, que doña Manuela consideró debieron ser 300 pesos por la edad del esclavo que era de 31 años.
Como Joseph de Jesús, los esclavos involucrados en la guerra eran en su mayoría criollos nacidos en la provincia, pero existieron casos excepcionales como el de Joaquín Vivas, quien nacido en libertad en África fue arrastrado a los insalubres depósitos de los barcos negreros para ser trasladado a una América dividida y en cruenta guerra.
De esclavo bozal a soldado republicano
La motivación que llevó al esclavo Joaquín Vivas ante la presencia del procurador de La Guaira un 13 de mayo de 1830 fue el temor de ser vendido por sexta vez en menos de 16 años. Para ese momento tenía 30 años de edad, ya había vivido y recorrido lo suficiente, por lo tanto era un buen momento para certificar sus servicios en el ejército republicano a fin de lograr la carta de libertad que impediría la tutela de un nuevo amo.
Antes de 1811, Joaquín Vivas sobrevivió a corta edad el cruel camino medio que lo trasladó de su Guinea natal al puerto de La Guaira.
Se desconoce el número de puertos que transitó antes de llegar a esta provincia. Según testimonios posteriores fue comprado por 280 pesos por un vecino de La Guaira llamado Juan Antonio Vivas, quien siguió la vieja costumbre le colocó un nombre cristiano y su apellido como emblema de padrinaje y propiedad.
Al transcurrir un par de años, y mientras se empezaron a reflejar con más fuerza los rigores de la guerra de independencia en la población, la esposa de Vivas —Candelaria Acosta de Vivas— decidió vender a Joaquín, porque no manejaba aún un oficio definido y se le complicaba costear su sustento. El comprador inmediato fue Feliciano Jiménez y el año de la venta 1814. La Guaira para ese momento era zona transitada por tropas patriotas que arribaban apresuradamente con el propósito de dirigirse a los valles occidentales para contrarrestar el devastador avance de las tropas realistas. Dichos esfuerzos fueron en vano, el 15 de junio de 1814, Bolívar se replegó en dirección hacia Caracas tras su derrota en La Puerta.
El acercamiento del general Boves a la capital fue inminente, y el intento de los patriotas de mantener la república resultó infructuoso, frente a este escenario la temerosa población huyó en dirección a Oriente, entre la nerviosa multitud de esa mañana del 7 de julio de 1814 iba la familia Jiménez escoltada por Joaquín quien llevó como único equipaje una petaca sostenida sobre su cabeza.
Fueron 23 días de caminata signados por el hambre, la intemperie y la muerte. Del número estimado de 20 mil personas que partieron esa tarde de julio, llegaron con vida a Barcelona sólo 9 mil. El matrimonio Jiménez y Joaquín se contó entre los sobrevivientes; empero, la salud de la esposa de don Feliciano era precaria, durante el recorrido contrajo la enfermedad de la muerte.
La delicada condición de salud de su esposa no impidió que Feliciano Jiménez se pusiera a las órdenes del ejército republicano en el cuartel general de la ciudad de Barcelona, como también lo hizo con Joaquín, quien pasó en calidad de soldado a la compañía de zapadores comandada por el general Manuel Piar. De allí, ambos se desplazaron a Villa de Aragua de Barcelona para formar parte de los 2 mil soldados que defendieron esta plaza de la arremetida de los 5 mil combatientes capitaneados por Francisco Tomás Morales. El enfrentamiento se inició a tempranas horas de la mañana y se prolongó por 7 horas que finalizaron con la derrota republicana, Feliciano Jiménez falleció en combate y Joaquín emprendió la retirada herido por un proyectil que se alojó en su muslo izquierdo, bala que él mismo retiró posteriormente por medio de procedimientos caseros.
A pesar del primer fracaso y de la muerte de su amo, continuó sirviendo a la república en Cumaná, donde fue incorporado en el escuadrón de caballería que mandaba el capitán Hilario Carrasco.27 Sirvió tres meses en ese escuadrón, participó en dos encuentros hasta principios del mes de octubre de 1814, cuando José Tomás Boves tomó con violencia aquella ciudad, lo que lo obligó de nuevo a huir.
Joaquín regresó con su ama, la viuda de Feliciano Jiménez, quien entonces residía en casa de José Antonio Rojas, vecino de la ciudad de Barcelona quien le brindó asistencia y alimentos durante la convalecencia de la fatal enfermedad que adquirió en su recorrido hasta oriente. A poco de la llegada de Joaquín, María del Sacramento Ortega falleció luego que ningún medicamento pudo sanar los padecimientos acentuados por su reciente estado de viudez.
Joaquín después de este trágico evento quedó sirviendo en casa de Rojas, como lo explicó posteriormente el mismo siervo: "para que de mi trabajo se pagase la curación y alimentos que había prestado a mi enunciada ama durante su enfermedad".28 No obstante, poco fueron los jornales que prestó Joaquín, ya que Rojas carecía de documentos de propiedad que lo identificasen como su amo, simultáneamente, el acercamiento de las tropas patriotas a la ciudad provocó una nueva desbandada de la población allí residente, entre ellos Joaquín.
Mientras el movimiento patriota se desvaneció en las disputas de sus principales generales, Joaquín, acompañado de otro soldado llamado Reyes Laya, retornó al puerto de La Guaira después de tres años de ausencia. Allí se dedicó al oficio de caletero, con el infortunio que en uno de esos días de labores fue reconocido por un compadre de su ama inicial — Candelaria Acosta de Vivas— quien lo colocó de nuevo a su servicio, Joaquín no puso ninguna resistencia a esta determinación, el solo hecho de alegar la libertad que consideraba había obtenido por el servicio prestado a las armas republicanas le pudo costar posible pena capital, recordemos que desde mediados de 1814, la capital y el puerto yacían bajo dominio realista.
Transcurrieron 10 años, dentro de los cuales los republicanos aseguraron su definitiva victoria, y aún así Joaquín no llegó a acreditar sus servicios ni cuestionó su nuevo estado de servidumbre, inclusive cuando su antigua ama lo vendió de nuevo por 100 pesos al sr. Juan Boza desconoció su carrera militar. Sin embargo, cuando surgió otra intención de venta a principios de 1830, Joaquín se dirigió al procurador general de la villa para hacer constar sus servicios y lograr la libertad que se encontraba asentada en decretos republicanos desde 1816.
Mientras el tribunal solicitaba los testimonios de los soldados y capitanes que daban fe de la militancia de Joaquín, Juan Boza —el dueño del esclavo para el momento de la querella— obstaculizó al siervo agenciar su libertad al prohibirle abandonar sus ocupaciones hasta que cancelara los tres reales de jornal diarios que le correspondían. El procurador, el defensor y representante de los esclavos en pleitos judiciales, enteró de esta situación al tribunal, el cual determinó que Joaquín debía cumplir con sus jornales y comprometerse en no tratar de huir mientras el procedimiento estuviese abierto. Joaquín replicó que nunca dio motivos a su amo para que éste sospechase su huida. Con respecto al pago de los jornales diarios, el esclavo señalaba que era injusto, no obstante, colocaba como fiadora a Juana Malpica, vendedora de la plaza, que se encargaría de pagar el dinero cuando él no se encontrase en condiciones de hacerlo. A pesar de que el dominio sobre Joaquín estaba por ser comprobado, estos arreglos del tribunal intentaron proteger los derechos de propiedad del señor Boza.
El juicio continuó y una de las primeras en declarar fue Candelaria Acosta de Vivas, la dos veces dueña de Joaquín, quien desde un principio dudó de los servicios prestados por el bozal a la república, ella aseguraba que para 1814 el esclavo tenía 7 años de edad lo que le impedía ser enlistado, además cuando éste se une a la emigración la venta aún no había terminado de ser cancelada, pues ésta sería pagada por medio de dos reales mensuales que el bozal obtendría de su trabajo con el señor Feliciano, trato que evidentemente se interrumpió con la partida de la familia Jiménez. Por esta razón, cuando se entera del retorno de Joaquín al puerto de La Guaira en 1817 —después de la advertencia hecha por su compadre Santiago Torrealba— ella reconoció al siervo como parte de su propiedad, y en vista que éste no demostró ninguna oposición a esta determinación ella dispuso de él, y un año mas tarde lo vendió por 100 pesos a Sebastiana Sosa.
Las afirmaciones hechas por la señora Candelaria fueron desestimadas por los seis testigos presentados por Joaquín, quienes atestiguaron la suficiente edad del bozal cuando éste se incorporó al servicio, entre esos testigos estaban, tanto respetables oficiales republicanos, como familiares del difunto matrimonio Jiménez. Además, las contradicciones en su declaración evidenciaron la indebida apropiación de Joaquín, como aquel que aseguraba que había comprado en 1811 o 1812 al muleque de cinco años por 280, cuando en la realidad ese precio sólo lo alcanzaba un joven de 13 años, pasando por alto el principio reconocido que la improductividad de un niño esclavo disminuía su valor en comparación con aquellos que tenían entre 15 y 39 años.
El procurador, confiado de las positivas declaraciones y de la inconsistente defensa de la señora Candelaria, pidió consulta a los tesoreros administradores de la aduana, no para que decidan la suerte de Joaquín, porque en su opinión su libertad era un asunto evidente fuera de total discusión y asunto privativo del corregidor cantonal, sino para que se determinase qué dueño merece la cancelación de la manumisión de Joaquín, pues ante las numerosa sucesión de dueños y las turbias formas de adquisición era difícil definir un beneficiario en particular. Los tesoreros después de revisar el expediente expusieron que Joaquín, sin lugar a dudas, es meritorio de carta de libertad, no sólo por los testimonios brindados, sino también por la sangre que derramó en combate tal y como lo comprobó la revisión hecha por el cirujano solicitada por anuencia del corregidor.
Ahora bien, para ellos el asunto era determinar quién debía pagar el valor de la manumisión de Joaquín. Ellos consideraron que el Estado no debía cargar con dicha deuda, pues los verdaderos dueños de Joaquín se encontraban muertos, y no quienes, posterior a la fecha de este desafortunado suceso, se decían dueños del siervo. Específicamente la señora Candelaria quien "ocultó maliciosamente la edad del siervo y la venta que de él hizo Jiménez, para cubrir el fraude cometido venderlo lo que había vendido a éstos, o mas bien dicho, lo que no era suyo".29 Ellos consideraron que los Jiménez al no tener herederos, es decir, nadie que reclamara a Joaquín, éste quedaba libre, no obstante, el astuto proceder de Candelaria lo impidió.
En cuanto a los dos últimos dueños de Joaquín —Sebastián Acosta y Juana de Dios Acosta— los tesoreros explicaron que "debieron antes de comprarlo examinar la legitima propiedad [...] y pues no lo hicieron, piérdase el dinero que dieran por él".30 En caso contrario, la opinión era que de los bienes de Candelaria Acosta se hiciese la indemnización a los incautos compradores. Pero durante la realización de este proceso, doña Candelaria huyó a Cariaco. Las autoridades, por su parte, enviaron un comunicado hasta aquella lejana provincia donde la hallaron, a ella no le quedó más remedio que admitir su estado de pobreza y su incapacidad para responder a cualquier sentencia que implicara enmendar económicamente la venta indebida del esclavo que ya no le pertenecía.
Lamentablemente hasta aquí llega el rastro de Joaquín, el expediente se encuentra incompleto impidiéndonos saber el desenlace de su solicitud. Ante este obstáculo sólo nos queda hacer un comentario sobre la sentencia, inferimos que Joaquín pudo obtener su declaratoria de libertad después de un largo y tortuoso periplo, esto lo desprendemos del comportamiento ya apreciado en las solicitudes anteriores, que siempre contaron al inicio con cierto grado de oposición por parte de las autoridades, pero que posteriormente después de prolongados padecimientos culminaba con el otorgamiento de carta de libertad.
La muerte antes que regresar a la esclavitud
En la historiografía independentista la presencia femenina ha sido escasa, más si se refiere a esclavas. A pesar de que no fueron agentes bélicos activos, si estuvieron presentes como enfermeras improvisadas o como las esposas de soldados que seguían el paso de las tropas en sus interminables marchas. Ese fue el caso de Petrona Cardozo, quien en compañía de su hija Andrea, partió del atribulado poblado de Calabozo al resguardo de las tropas patriotas en una fecha imprecisa, en la marcha Petrona contrajo nupcias con un esclavo llamado Domingo Gutiérrez que para el momento era soldado activo del ejército patriota y se residenció en la Guayana patriota de 1817. Estas últimas acciones de Andrea fueron las primeras que realizó como mujer libre, pues ellas habían quedado libres de servidumbre desde 1818, cuando Bolívar dispuso que todos los esclavos habitantes de Guayana, Barinas y Apure, se convirtieran en ciudadanos sin condición ni distinción alguna. Desde ese momento Petrona, en sus propias palabras: "he sido considerada, habida, tenida y respetada como persona libre, como si lo hubiera sido desde mi nacimiento, en virtud de los decretos expedidos por el presidente libertador, y por el actual presidente del estado, favoreciendo y amparando la clase miserable sujeta a servidumbre, que fieles a la causa de la libertad manifestaron su adhesión a ella impregnados del más acendrado patriotismo".31
Años más tarde, en 1833, mientras la familia se encontraba residenciada en el poblado de Achaguas, Juan López y Juana Letras, antiguos amos de Petrona y Andrea, reaparecieron solicitándolas como parte de sus propiedades, desconociendo así su condición de libres y cualquier decreto que certificara esa postura. Domingo Gutiérrez sale en defensa de su esposa e inicia un proceso judicial ante el alcalde municipal de Achaguas quien sentenció a favor de los amos, pues caso contrario al de Gutiérrez que militó en el ejército, desconoció decreto alguno que le otorgara la libertad a esclavos que no tomaron las armas, por ello éstas deben retornar inmediatamente a la ciudad de Calabozo con sus dueños. Éste no era un escenario inusual, los propietarios de esclavos, emplearon la dilación y obstrucción para disminuir el impacto de las distintas proclamas promulgadas en tiempo de guerra. Muchas veces esa obstrucción contó con el auspicio de autoridades regionales, que desconocieron estas disposiciones, indistintamente por ignorancia o interesada omisión con el fin de beneficiar a los hacendados. Ante esta determinación Cardozo y Gutiérrez no se detuvieron y llevaron su causa al gobierno superior de la provincia de Apure, el gobernador frente a este dilema le comunicó a las esclavas que su petición posee meritos suficientes para ser presentada a la Corte Superior de Justicia pues el consideraba que no contó con la potestad de revisar la sentencia de ese tribunal. Entonces así se hizo, expusieron su caso con claridad por dos años sin respuesta, reiterando "que las ofertas hechas por el gobierno en las circunstancias las más críticas, sean religiosamente cumplidas [...] para que se me ampare en el goce de la libertad, por consecuencias de ellas".32
Ella aseguró que la decisión que tomó este alto tribunal con su caso, tuvo grandes repercusiones en muchas personas que se encontraban en su misma condición, y en el caso de ser improcedente, su despacho se vio inundado de demandas similares a la de ella
Parece excelentísimo Sr. que la libertad concedida a los esclavos que se encontraron en esta provincia en la época que se publicaron dichas disposiciones no debe ser alterada en manera alguna y mucho menos discutida por los tribunales superiores; creo que en el desgraciado caso de que fueren derogadas corresponde tal declaratoria a otra autoridad superior; lo que ciertamente causaría muchos trastornos y disgustos respecto a que hay infinitos que se hallan en igual caso, casadas con oficiales del ejercito libertador que en el seguro concepto de que se hallaban en el goce de su libertad no tuvieron duda en contraer sus matrimonios.33
Mientras los años transcurrieron sin respuesta del alto tribunal, Andrea y Petrona por el temor de ser llevadas a la fuerza a la ciudad de Calabozo por el encargado de sus amos Miguel Pitaluga, no salieron de su hogar lo que les impidió procurarse el sustento. En medio de la incertidumbre, solicitaron a sus amos papel de venta pues no querían regresar con ellos, y en su lugar prefirió servir al coronel Facundo Mirabal y su esposa la señora Bárbara Mirabal quienes estuvieron dispuestos a comprarlas por el valor que ellos determinasen. Sus amos aceptaron, pero con una condición, una de ellas debía regresar a Calabozo, Andrea al escuchar esta decisión sacó un cuchillo que ha prevención llevaba consigo e intentó darse de puñaladas, acción que impidió la Sra. Bárbara, Andrea aseguraba que prefería la muerte que regresar al estado de servidumbre.
El encargado de llevárselas al ver el giro dramático de la situación, les concedió más tiempo para que esperasen las resultas de la Corte Superior de Justicia. La respuesta llegó publicada en Gaceta Oficial, gracias a la intervención del gobernador de Apure, quien preguntó si las proclamas del general Bolívar se hallaban en su fuerza y vigor de ley, porque la Ley de Manumisión de 1830 derogó todas las leyes anteriores a su puesta en vigencia, a lo que respondió la Secretaria de Interior y Justicia con extrema dureza, que la decisión era ilegal, por demás inconcebible al utilizar como respaldo la Ley de Manumisión de 1830, señalando "Son perpetua e irrevocablemente libres todos los individuos, que en virtud de las leyes y decretos del Gobierno de la República, han salido de la esclavitud en sus distintas épocas, por efecto de dichas disposiciones".34
Apuntó por demás que los jueces cometieron una arbitrariedad y una infracción a la ley "perniciosa al orden público y tan ofensiva a la justicia".35 Sin más dilaciones Andrea y Petrona Cardozo eran por segunda vez libres, frente a la frustración y perplejidad de muchos propietarios de esclavos de esta región, quienes consideraron inconstitucionales esas disposiciones que debieron morir con la disolución de la Gran Colombia. Sus quejas eran valederas, Bolívar ofreció libertad a lo largo del territorio nacional, y aun así el sistema continuó vigente, ejemplo de ello la provincia de Caracas. Ellos se quejaron del trato diferente, y no se explicaron por qué en su provincia éstas debían ser estrictamente cumplidas. El Estado terminó imponiéndose, y Guayana para la década de 1840 no tenía casi esclavos. 36
Se puede interpretar de varias maneras dicho punto de vista, como Guayana poseyó una pequeña cantidad de esclavos en comparación con las provincias de las costas, resultó más fácil al gobierno imponer ese propósito de extinguir paulatinamente la esclavitud. También las contradicciones ideológicas tomaron más fuerza, e indistintamente de que el gobierno fuese conservador o liberal, ninguno quiso que las inconformidades de los negros fueran capitalizadas por banderas políticas, amenazando así el orden público.
Consideraciones finales
Con el inicio de la guerra de independencia, los bandos en pugna querían favorecerse de la fortaleza y resistencia de los esclavos y para lograrlo se les ofreció la libertad a cambio de la toma indefinida de las armas. Aquellos que atendieron este llamado abandonaron a sus familias, recorrieron miles de kilómetros a tierras desconocidas, fueron heridos en batalla y mataron con el propósito de ser merecedores de la gracia que les ofrecía indistintamente un rey ausente o una república por consolidar. Usualmente, los esclavos acreditaban sus servicios militares años después de haberlos prestado, principalmente cuando se veían en la necesidad de frenar las intenciones de sus antiguos amos, quienes pretendían regresarlos forzosamente a sus dominios. Éste fue el principal motor de las peticiones aquí presentadas.
Algunos esclavos, asediados por el enemigo, regresaron al poder de sus amos interrumpiendo así su servicio, años más tarde intentarían demostrarlos ante los tribunales competentes frente a la obstinada oposición de sus amos. Otros que sí se mantuvieron en la guerra y se salvaron tomaron por hecho su condición de hombres libres, pero la aparición y posterior reclamo de sus antiguos amos interrumpieron el goce pleno de sus libertades obligándoles a demostrar sus servicios a la causa patriota.
Rememoraron, entonces, ante los jueces de sus localidades, cada una de las contiendas en las que participaron, tocaron las puertas de sus antiguos superiores pidiendo certificaciones, mostraron sus cuerpos desnudos a protomédicos para que reconocieran las cicatrices de las balas disparadas en el campo de batalla que atravesaron sus músculos.
Se desconoce la cantidad de esclavos que sirvieron a lo largo del conflicto independentista, se deduce que la libertad por medio del servicio de las armas contó con pocos beneficiarios. Antonieta Camacho en su trabajo introductorio para Materiales para el estudio de la cuestión agraria (1810-1865) afirma que para el periodo 1821 - 1827, sólo 41 esclavos fueron liberados por esta modalidad.37 Pero aportar un número exacto es arduo, primeramente, las mismas características del conflicto durante los primeros años hicieron de la conscripción de esclavos un proceso azaroso donde el formalismo jurídico era una cuestión de lujo. Igualmente, la militancia esclava era volátil, un día un mismo esclavo podía matar por Fernando VII en las tropas del realista Francisco Tomas Morales y pocos meses después podía estar entregando la vida a la causa republicana, mejor ejemplo de ello fue el esclavo y prócer Pedro Camejo, mejor conocido como el Negro Primero quien en su primera adhesión a la causa del rey fue la obtención de un uniforme. Frente a las características de esta población es difícil determinar entonces su participación en términos cuantitativos exactos, no obstante, lo que si nos aportan estas fuentes disponibles y aun inexploradas es la comprensión del sistema esclavista durante la emancipación a partir del testimonio de sus propios protagonistas
A medida que la contienda bélica disminuía su intensidad, y la victoria se inclinaba hacia los republicanos, las proclamas que una vez se hicieron por las necesidades de la guerra fueron reevaluadas y orientadas en fórmulas mucho más conservadoras que pretendían prolongar el sistema esclavista, especialmente después de disuelta la república de Colombia (1819-1820). Por ello, el 25 de junio de 1835, la Secretaría del Interior y Justicia de la República de Venezuela emitió el decreto Quedan esclavos los esclavos que abrasen el servicio militar, 38 los esclavos en consecuencia ya no podían ingresar al servicio de las armas, ni mucho menos obtener la libertad por este medio. La razón de esta decisión: el perjuicio que le provocaban a sus señores algunos esclavos que con poco tiempo en el servicio se identificaban como libres provocando desorden en sus familias y en las haciendas, convirtiendo de esta manera a los cuarteles en asilo de siervos delincuentes. Con esto se ponía fin al mecanismo de obtención de libertad por la carrera de las armas vigente por casi 20 años.
El funcionario signatario de este decreto es Antonio Leocadio Guzmán, quien dos años antes se había dirigido al juez letrado de la provincia de Caracas a reclamar la indemnización de dos esclavos suyos —Antonio Arias y Pedro Guzmán— que se hallaban sirviendo en el batallón Apure desde 1822 mientras él se encontraba en el exterior. Por ambos recibió 600 pesos, después de un rápido y poco detallado procedimiento de avalúo.39 Paradójicamente, el mismo Antonio Leocadio Guzmán después fue fundador del partido liberal venezolano, facción conocida tradicionalmente por la historiografía como la defensora de la abolición de la esclavitud.
Finalizada la conscripción esclava, los propietarios intentaron recuperar aunque fuese un menor porcentaje de sus fortunas menguadas por la guerra, e iniciaron con este fin el restablecimiento del sistema esclavista. Efectivamente, éste no era el mismo, era complicado que todos los esclavos volviesen a sus antiguas labores, muchos se desplazaron a otras ciudades como gran parte de la población, y encontraron nuevos hogares y trabajos como hombres libres. Las normativas de manumisión, mayor testigo del fracaso de las intenciones republicanas, prolongaron el sistema unos años más, cuando en términos reales no aportaban lo suficiente a la economía nacional. Por medio de esto vemos un fuerte indicio de la permanencia de la conciencia tradicional en tiempos republicanos. Anualmente las denominadas juntas de manumisión no alcanzaron a recaudar el dinero suficiente para manumitir el número de esclavos que se fijó. Por otra parte, la ley de vientres libres benefició a individuos que estaban por nacer o no habían nacido, en un plazo de 18 años para la Gran Colombia, y 21 cuando se fundó el Estado venezolano en 1830. Éste fue el espíritu que prevaleció hasta la mitad del siglo XIX, cuando se tomó conciencia que ya no tenía sentido mantener a un grupo de individuos bajo la sujeción de otros con la promulgación de la ley de abolición del 26 de marzo de 1854.
Finalmente, los esclavos estuvieron en la guerra de forma evidente, vimos individuos que un lustro atrás en sus labores de campo o de casa no se imaginaron recorrer miles de kilómetros a tierras desconocidas como las de Nueva Granada, ni mucho menos la oportunidad de vislumbrar la interacción en calidad de iguales que lograron con hombres que podían ser sus propietarios. Su presencia fue temida, no hay duda; pero este movimiento esclavo no se aventuró más allá de la obtención de la libertad individual. Aunque se hicieron sentir, no contaron con un plan diseñado por ellos mismos, y su participación siempre estuvo dirigida por caudillos que les ofrecieron libertad. No obstante, las historias de estos 6 esclavos nos permitieron conocer un pequeño fragmento de las experiencias a que estos hombres se sometieron y fueron sometidos con el único fin de ser reconocidos como hombres libres. Sus vidas y relatos son excepcionales frente a una mayoría que permaneció en esclavitud o pereció en el campo de batalla.
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Archivos
Archivo General de la Nación (Venezuela).
Archivo General de la Nación, Archivo Aragua.
Academia Nacional de la Historia.
Bibliografía
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Notas
1 Archivo General de la Nación, Archivo Aragua, tomo LXXIII, folio 96. Este expediente criminal no va mas allá de una denuncia, no se supo de la suerte que corrió el liberto.
2 Para comienzos del siglo XIX el sistema esclavista ya no aportaba lo suficiente a la economía de la provincia como en el siglo XVIII. La población esclava representaba sólo, en la provincia de Caracas, 26 por ciento del total de individuos, de una zona que comprendía los fértiles valles de Aragua y del Tuy, no obstante, la institución se mantenía estable en sus principios. El concepto de negritud continuaba siendo un adjetivo indivisible a la condición del esclavo, y como tal conllevaba asociado una serie de calificativos relativos a la existencia de esta población al margen de aquella sociedad estratificada estamentalmente, donde cada quien poseía una función económica y política de acuerdo a la tenencia o no del exclusivo valor de honor. El esclavo no formaba parte de esta estructura, era un segmento agregado, que ocupaba el lugar más bajo de la escala social colonial. En gran medida el desprecio hacia las demás castas era medido por la presencia en su origen o en su pasado más remoto, de esta raza considerada torpe y envilecida; negritud se traducía al mismo tiempo en bastardía.
3 "Ramón Piñero, esclavo del doctor don Juan de Rojas pide su libertad por haber luchado en los ejércitos reales". Caracas, 1815, Academia Nacional de la Historia, 1815 op, exp. 5. folio 1.
4 De acuerdo a las Siete Partidas de Alfonso X, un esclavo alcanzaba su libertad, primeramente por las buenas acciones al servicio de su amo o de su rey, o de denuncias de acciones que pudiesen perjudicar la integridad física o del honor de sus dueños, como por ejemplo acciones conspirativas. Otra forma, era si un esclavo se casaba con persona libre, tenía la posibilidad de serlo siempre y cuando el amo lo desease, pero una vez aplicada esta normativa a la realidad americana, donde el sistema esclavista llegó a ser una institución más importante que en la España medieval, se derogó por medio de una Real Cédula en 1527. Igualmente, esta ley estipulaba liberar a un esclavo a través de la última voluntad del amo en las cláusulas de su testamento, o en una declaratoria hecha en su lecho de muerte. En América estos caminos se multiplicaron, cada caso podía tener una razón distinta que podía ser considerada por un tribunal dependiendo de cada caso.
5 Una correspondencia emitida por los vecinos del puerto de La Guaira el 4 de agosto de 1812, nos muestra ciertos vestigios de que el canario Monteverde llegó a emplear esta formula para captar combatientes. Dicho comunicado concernía a una denuncia en contra del oficial realista Julián Poncho, quien frente a su división de Curiepe iba reuniendo en su trayecto por los pueblos de la costa de Naiguata a esclavos de las haciendas, en dirección a la capital con el objeto de presentarse como soldados frente al general don Domingo de Monteverde, para ser así premiados con su libertad. Los dueños advierten al general que esos, sus esclavos, no habían realizado poco o ningún servicio a la causa de su amado soberano Fernando VII, éstos se habían incorporado a esa división después de vencidos los insurgentes. Por lo demás, más allá de ser soldados, eran vándalos que habían cometido atropello y maltrato a sus dueños al sentirse aupados por las promesas de libertad, por lo tanto no eran merecedores de esa gracia que otorgaba el general a esclavos destacados en servicio. Archivo General de la Nación, Gobernación y Capitanía General, Correspondencia, tomo CCXX, año 1812, exp. 75, p. 100.
6 "Ramón Piñero, esclavo del doctor don Juan de Rojas pide su libertad...", folio 2.
7 Ibidem, folio 4.
8 Ibidem, folio 4 vto.
9 "Juan José Ledezma, esclavo de don Pedro Ledezma, solicita su libertad por haber militado en los ejércitos realistas". San Rafael de Orituco, 1815, Academia Nacional de la Historia, 1815 LM exp. 1, folio 1.
10 German Carrera Damas, La crisis de la sociedad colonial, Caracas, Imprenta Municipal, 1976, 101.
11 "Acto sobre conscripción de los esclavos de 19 de junio de 1812". Archivo del General Miranda (Campaña de Venezuela, prisión y muerte del General Miranda: 1811-1816) Documentos oficiales de 1811 a 1812 y correspondencia de 1812 a 1816, tomo XXIV, La Habana, Editorial Lex, 1950, 573.
12 Miguel José Sanz —Secretario de Estado, Guerra y Marina durante el mandato de Miranda en 1812— celebró la decisión del Generalísimo, en correspondencia de 4 de julio de 1812, pues se apartaba a los esclavos de los llamamientos realistas, pero opinó que ésta se debió hacer "hasta un grado que no cause temores, retirarse nuestros labradores á empujar la agricultura, que debe servir de cimiento al comercio". Otros como Francisco Paúl — combatiente bajo las órdenes del general Miranda— se mostró menos satisfecho sobre la disposición, quien aseguró que "Con motivo de la ley general sobre los esclavos, se han desolado las haciendas. Aquellos con la esperanza de su libertad las abandonan y vienen á presentarse al gobierno en donde son admitidos generalmente sin distinción de edades, robustez, ni tamaño". Para esta correspondencia véase Archivo del General Miranda, op. cit., t. XXIV, pp. 55- 311.
13 "Proclama a los habitantes de R'o Caribe, Carúpano y Cariaco de junio de 1816". Simón Bolívar, Obras completas, t. VIII, México, Editorial Cumbre, 1976, 197.
14 Paul Verna, Petióny Bolívar, Caracas, Ediciones de la Presidencia de la Republica, 1980, 169.
15 José de Austria, Bosquejo de la historia militar de Venezuela, vol. II, Caracas, Academia Nacional de la Historia, 1960, 448.
16 James Hackett y Charles Brown, Narraciones de dos expedicionarios británicos de la independencia, Caracas, Instituto Nacional de Hipódromos, 1966, 62.
17 "Anastasio Romero, esclavo del señor Domingo Sosa, que se le declare libre en virtud de haber servido en los ejércitos de la República". Caracas, 1825, Academia Nacional de la Historia, Caja 19 1825, exp. 4.
18 Ibidem, f. 2.
19 "Expediente seguido por José Ambrosio Surruarregui, reclamando su libertad por haber servido a las tropas de la República". Caracas, 1829, Academia Nacional de la Historia, 1829 LRST, exp. 6.
20 "José de Jesús Malpica, esclavo de los herederos de Melchor Canivel, sobre su libertad", Caracas, 1827, Academia Nacional de la Historia, 1827 cmpr, exp. 2, folio 1.
21 Esta referencia es importante, primeramente nos demuestra la apreciación del tiempo en la provincia de Venezuela para el siglo XIX que se ajustaba al santoral y a sus respectivas festividades religiosas. Por otro lado, las festividades de San Juan y San Pedro contaron con amplias manifestaciones entre las poblaciones esclavas negras de la provincia, como lo demuestran las cofradías fundadas bajo sus advocaciones.
22 Ibidem, folio 4.
23 "Constitución de Cúcuta, 1821", Jose Gil Fortoul, Historia Constitucional de Venezuela (Apéndice), t. II, Caracas, Ministerio de Educación, Dirección de Cultura y Bellas Artes, 1954, 587.
24 Ibidem, folio 14.
25 Un esclavo con tacha de prófugo disminuía su valor al momento de una posible venta, inclusive si éste se encontraba en plena edad productiva.
26 Ibidem, folio 14 vto.
27 "El Síndico Procurador General por el esclavo Joaquín Vivas solicita lo declaren libre por haber servido al ejército de la República". Caracas, 1830, Academia Nacional de la Historia, 1830 LPV, exp. 4.
28 Ibidem, folio 1.
29 Ibidem, folio 18.
30 Idem.
31 Archivo General de la Nación, Secretaria de Interior y Justicia, t. LXVI, exp. 11, 1833, 291.
32 Ibidem, p. 194.
33 Idem.
34 Gaceta de Venezuela, Caracas, número 221, sábado 4 de abril de 1835.
35 Idem.
36 John Lombardi, Decadencia y abolición de la esclavitud en Venezuela 1820-1854, p. 92.
37 Antonia Camacho S., "Aportes para el estudio de la formación de la mano de obra en Venezuela: Esclavos y libres (1810-1865)". Introducción a Materiales para el estudio de la cuestión agraria (1810-1865), Caracas, Ediciones de la Facultad de la Humanidades y Educación, vol. I, pp. VII-XLVII, 1979, 736.
38 Ibidem, vol. I, pp. 142-143.
39 Archivo General de la Nación, Secretaria de Interior y Justicia, tomo XLVIII, 1832, exp. 36.
Información sobre la autora:
Ana Vergara Licenciada en Historia de la Universidad Central de Venezuela (2007) Cursante de la Maestría en Historia de las Américas en la Universidad Católica Andrés Bello. Actualmente se desempeña como investigadora del Instituto de Investigaciones Históricas Bolivarium de la Universidad Simón Bolívar. Profesora de la Escuela de Economía en la Universidad Central de Venezuela. Coautora con Inés Quintero del libro Más allá de la guerra: Venezuela en tiempos de la Independencia, Caracas, Fundación Bigott, 2008. Artículos publicados: "La libertad durante el ocaso de la esclavitud: peticiones de libertad de esclavos y las leyes de manumisión republicanas (1821-1854)", en Anuario de Estudios Bolivarianos, año XIV, núm. 15, 2008. "Los vínculos entre la provincia de Caracas y la isla caribeña de San Thomas durante las guerras de independencia (1808-1821)", en Anuario de Estudios Bolivarianos, año XVI, núm. 17, 2010.
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Fuente:
Las armas a cambio de la libertad: Los esclavos en la guerra de independencia de Venezuela (1812-1835)
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