Ciertamente es así como se enseña.Iniciado por José
Una breve muestra referido a lo que expresas:
"Las leyes de Indias
y el territorio antártico chileno Chile es el primer y único país en recibir títulos jurídicos sobre el territorio antártico, en tempranos tiempos coloniales, y esto ocurría cuando aún no se tenía la certeza del aspecto físico y geográfico de aquel enorme continente congelado, cuya existencia a penas se sabía por relatos con más características de fantasía que de autenticidad. Era la "Terra Incógnita", "Terra Australis" o la "Terra Australia Nondum Cognita" de los viejos mapas de cartógrafos como Abraham Ortelius y Gerardo Mercator. El área correspondiente al dominio español y colocada en jurisdicción chilena abarcaba los territorios del casquete antártico comprendidos entre el meridiano de Tordesillas en 37º 7' y el 90º al Oeste de Greenwich, que se encontraba en absoluto abandono al iniciarse la conquista.
Veremos que el extremo austral hasta el Polo estaba comprendido en el dominio español desde la creación de la Gobernación del Estrecho, de Pero Sancho de la Hoz, quien la recibió de concesiones extendidas en 1539 sobre la llamada "Terra Australis". Los títulos directos de Chile sobre el territorio son mérito del Conquistador don Pedro de Valdivia, quien insistió a la Corona hasta lograr conseguir la extensión del dominio de Chile hasta el Estrecho de Magallanes, asignándole la administración de la zona austral a Jerónimo de Alderete y viéndose Pero Sancho de la Hoz en obligación de cederlas en 1554.
Alderete fue el encargado del conquistador a la administración de estas tierras. Paradójicamente, Valdivia había muerto al momento de conseguir extender sus dominios en 1555, por lo que Alderete pasó a ser directamente Gobernador de Chile, incluyendo el Estrecho, en otra prueba de que su administración estaba dentro de los límites de la Gobernación chilena.
He aquí algunos de esos principales argumentos derivados de leyes de Indias que demuestran la incorporación temprana del territorio antártico a la gobernación colonial de Chile:
- Capitulaciones Reales de Toledo de 1534: Consumada la conquista del Perú, por Francisco Pizarro y Diego de Almagro, la Corona comenzó a distinguir las costas del Pacífico o Mar del Sur y las costas Magallánicas, en el extremo austral, y donde existía un enorme territorio sin explorar. Por tal motivo, Carlos V celebró, el 21 de mayo de 1534, tres capitulaciones o contratos en Toledo, para emprender la conquista hacia el Sur, creando con ellas tres gobernaciones al Sur de la de Nueva Castilla, de Pizarro: Nueva Toledo, para Diego de Almagro (desde el 14º al 25º 31' 26'', cerca de Taltal); Nueva Andalucía o Río de la Plata, para Pedro de Mendoza (desde el 25º 31' 26'' al 36º 57' 09'') y Nueva León o Tierra Magallánica, para Simón de Alcazaba (desde el 36º 57' 09'' al 48º 22' 52'', más o menos a a la altura de isla la Campana). Poco después de creada, esta última fue cedida a Francisco de Camargo, prolongándola hasta el Estrecho de Magallanes.
- Capitulación Real de Toledo de 1539: A partir de 1539, la futura Capitanía de Chile comenzó a recibir insistentes instrucciones de la Corona para ejercer dominio sobre las Tierras Magallánicas. Por esta razón, el 24 de enero de ese mismo año se había creado una cuarta Gobernación, al Sur del Estrecho, la "Terra Australis", para Pero Sancho de la Hoz, que también quedaría dentro de los límites del Chile colonial. Se creía entonces que existía un gran territorio por descubrir al Sur del Estrecho. Fue por esto que Sancho de la Hoz intentó una sociedad con Pedro de Valdivia al llegar al Cuzco desde España y encontrar a éste listo para salir a la conquista de Chile, al servicio de Pizarro. Sin embargo, se endeudó desmedidamente, no cumplió su parte del contrato y debió ceder de mala gana su Gobernación a la de Valdivia. Terminaría traicionando al conquistador y muriendo ejecutado por Villagra en medio de su trama de conspiraciones.
- Real Cédula de Arrás de 1554: Temiendo que el Consejo de Indias no accediese a la idea de extender la Gobernación de Pedro de Valdivia hasta el Estrecho transfiriendo territorios que habían sido dados a Camargo, según lo solicitara el conquistador de Chile y su enviado ante la Corte, don Jerónimo de Alderete, éste último logró reunirse con el soberano Carlos V en Arrás y le explicó las razones del interés y la conveniencia de la solicitud de Valdivia. Tan pronto concluyó la reunión, el Emperador notificó a los miembros del Consejo de Indias por dos Reales Cédulas, con fecha 29 de septiembre de 1554, diciéndoles: "El capitán Jerónimo de Alderete vino a ésta nuestra Corte, a darnos razón del estado en que quedaban las cosas de la Provincia de Chile llamada la Nueva Extremadura y nos ha suplicado algunas cosas en nombre de la dicha Provincia, de Don Pedro de Valdivia, nuestro Gobernador de ella y suyo...". "También nos ha informado el dicho Capitán Jerónimo de Alderete, de lo que toca al Estrecho de Magallanes y cuanto importaría a nuestro servicio acabar de descubrir y poblar de la otra parte del dicho Estrecho y hacer alguna fuerzas en ciertos sitios que son muy convenientes para ello... habiéndosenos consultado particularmente nos ha parecido conceder como la presente concederemos al dicho Capitán Jerónimo de Alderete la Gobernación de la tierra que, como dicho es, está de la otra parte del dicho Estrecho de Magallanes...". Se creía entonces que era fácil dar un salto hacia el otro lado del Estrecho para dar con la "Terra Incógnita", pues en un curioso error de la época (que perduró por mucho tiempo) se daba por sentado que el Sur de la Tierra del Fuego estaba directamente conectado a la Antártida, como lo demuestra prácticamente la totalidad de los mapas de aquellos años. Quedaba creada, de esta manera, una nueva gobernación al Sur del Estrecho y entregada a Alderete.
- Real Cédula de Valladolid de 1555: Las principales concesiones para Chile sobre el territorio antártico provienen de otras dos importantes cédulas, simultáneamente emitidas el 29 de mayo de 1555 y relativas a la extensión de la Gobernación que perteneció a Pedro de Valdivia (Chile) hasta el Estrecho de Magallanes, para Alderete a la muerte del conquistador, incluyendo la Gobernación del Estrecho que acababa de recibir el año anterior. En la segunda de ellas decía expresamente: "Adelantado don Jerónimo de Alderete, nuestro gobernador de la provincia de Chile, ya sabéis cómo os habernos proveído de la dicha gobernación hasta el estrecho de Magallanes; y porque nos deseamos saber las tierras y poblaciones que hay de la otra parte de dicho estrecho, y entender los secretos que hay en aquella tierra, vos mando que de que de las dichas provincias de Chile enviéis algunos navíos a tomar noticias y relación de la calidad de aquella tierra y de la utilidad de ella... y proveeréis que se tome posesión en nuestro nombre de las tierras y provincias que caen en la demarcación de la corona de Castilla...".La misma cédula real, llevaba por dirección: "Al Gobernador de Chile para que, llegado que sea, envíe a tomar razón de la tierra de la otra parte del Estrecho". Con esto, ya no sólo quedaba confirmada la existencia de una jurisdicción de todo el territorio al Sur del Estrecho, sino que la misma era incorporada al territorio chileno que ahora, en reemplazo de Valdivia, Alderete pasaba a gobernar en su totalidad.
- Real Cédula de Bruselas de 1558: A la Corona no le bastó con otorgar la jurisdicción sobre las tierras australes incógnitas. Interesado en saber lo que había en ellas, y en otro acto indesmentible e incuestionable de los derechos de Chile en el Polo, el 20 de diciembre de 1558, Carlos V otorgó por dos reales cédulas al Gobernador Francisco de Villagra, una nueva concesión para la Gobernación. La primera de ellas dice textualmente: "Como veréis por esta nuestra Cédula, la que con esta se os entrega, se os ordena y manda que llegado a aquella tierra enviéis algunos navíos a tomar noticia y relación de la tierra que hay de la otra parte del Estrecho; tenéis cuidado de entender de ello y de avisarnos de la nuevas que trajesen las personas que enviarais a ello...". La segunda cédula aludida en el anterior párrafo tiene el siguiente encabezado: "Al dicho Francisco de Villagra para que envíe relación de las tierras que hay de la otra parte del Estrecho y tome posesión de ellas". Dicha cédula continúa solicitando la exploración y adjudicación de todo el territorio más austral que el Estrecho, y tomar "posesión en nuestro nombre de las tierra y provincias que caen en la demarcación de la corona de Castilla". La cédula aludía al territorio ubicado hasta el polo geográfico, donde culminaba la jurisdicción monárquica española. La delimitación de la Corona de Castilla consideraba entonces una línea imaginaria trazada de polo a polo a 370 leguas al poniente de las islas de Cabo Verde, en virtud de las bulas de Alejandro VI, rectificadas en el Tratado de Tordesillas firmado después entre España y Portugal.
- Real Comisión del Gobernador García Hurtado de Mendoza de 1560: Encontrándose por entonces la provincia de Cuyo dentro del territorio del Reino de Chile, el joven Gobernador García Hurtado de Mendoza decidió extender órdenes de pacificar y poblar la región, dictando para ello una Real Comisión a favor de don Pedro del Castillo para nombrarlo Teniente Gobernador de la provincia, con fecha del 20 de noviembre de 1560, en la que escribe un encabezado muy particular, sólo dos años después de que el marino Juan Ladrillero tomara posesión del Estrecho de Magallanes, enviado por él: "Don García Hurtado de Mendoza, Gobernador y Capitán General en estas Provincias de Chile y sus comarcas por su Majestad. Por cuanto su Majestad por sus reales Provisiones me encargó la Gobernación de estas dichas Provincias de Chile de Norte a Sur desde el Valle de Copiapó hasta la otra parte del Estrecho de Magallanes, y de este-oeste ciento cincuenta leguas, como se lo dio y señaló por Gobernación al Adelantado Don Jerónimo de Alderete...".
Eso sí que esto lo saqué de una página "soberanista", He ahí el por qué de los subrayados y comentarios. Aunque insisto, es básicamente lo que te enseñan, en particular la primera parte.
- Ley 12 de la Recopilación de las Leyes de Indias de 1680: En el año de 1680, el soberano Carlos II decidió promulgar la "Recopilación de las Leyes de los Reinos de Indias", recogiendo la mayor parte de las leyes acumuladas con respecto a las colonias indianas, fundiéndolas en una estructura orgánica y ordenada. La Ley 12, del título XV (Libro II) de esta Recopilación, establece una pauta general demarcatoria de los límites de la "Audiencia y Cancillería Real de Santiago de Chile", en donde señala como territorio interno todo aquello que "redujere poblare y pacificare dentro y fuera del Estrecho de Magallanes y la tierra adentro hasta la provincia de Cuyo inclusive". Esta referencia es clarísima en señalar territorios "dentro y fuera" del Estrecho de Magallanes, refiriéndose por los que están fuera a los que se proyectan hacia el Sur del paso oceánico y de la Tierra del Fuego, precisamente en la idea de una relación geográfica entre el continente americano y la Terra Australis antártica, aún cuando ya no de continuidad con los territorios fueguinos, según lo había demostrado el viaje del corsario inglés Sir Francis Drake al descubrir, en 1578, el temido paso marítimo que hoy lleva su nombre entre el extremo austral del Cono Sur y la Península Antártica. Sólo en 1616 otros navegantes se atrevieron a pasar por este paso bravo, cuando los holandeses Le Maire y Schouten descubren el Cabo de Hornos. De paso hay que advertir que la ley señala toda la Patagonia, "tierra adentro" desde el Estrecho hasta Cuyo, también en el territorio chileno, lo que invalida la tesis de las posteriores pretensiones argentinas de que la Patagonia Oriental pertenecía entonces a la Audiencia de Buenos Aires."
De hecho, y cercano a este tema de Australia, alguna vez también Me pasaron que existió algún reclamo de O'Higgins de soberanía sobre las Filipinas...a ver si encuentro algo sobre aquello.
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