Los mestizos nacieron pues en la misma sociedad jerarquizada, que además de lo ya importado, respondía a un patrón que se había originado en los propios procesos de la conquista, teniendo en cuenta nuevos valores sociales como el derecho de precedencia, pero también la limpieza de sangre y la legitimidad de nacimiento.
El primero era reclamado como el derecho de gracia de los descendientes de quienes forjaron la empresa americana. Los otros dos ayudaban a cimentar su prestigio. Tal hecho ocurrió durante el proceso de arraigo a la tierra de los primeros grupos de españoles y la llegada de otros nuevos. La diferencia entre viejos y nuevos peninsulares disputándose gracias y mercedes, condujo a disputas que exigían la demostración de limpieza de sangre para su beneficio.
Mujer peruana típica.
Así como en la península, tales condiciones se habían convertido en un valor esencial y requisito para la pertenencia a los grupos de privilegio, en América igualmente llegó a formar parte de las credenciales que ostentaban las familias nobles. Al menos mentalmente los españoles llevaron consigo al Nuevo Mundo esta concepción a la que estaban habituados, aunque no tuvo apenas aplicación legal a los nativos americanos.
La nobleza, como estamento muy presente en todos estos procesos, asimiló la nobleza india a la castellana, al honrar los monarcas españoles tanto a los pobladores indianos como a los propios indígenas americanos con la hidalguía castellana, haciéndoles “homes hijosdalgos de solar conocido” y concediéndoles el hábito de las Ordenes Militares.
Así pues, el establecimiento de esta nobleza trató de favorecer y premiar tanto a los primeros conquistadores como a los pobladores originarios del Nuevo Mundo.
Es un dato histórico que la totalidad de la población tlaxcalteca fue elevada a la nobleza de sangre (hidalguía) como premio a sus méritos y servicios, como les sucedía a los conquistadores.
En la administración española de América no se utilizaba la categoría de casta y tampoco el amplio surtido de clasificaciones populares que no eran válidos en este contexto, aunque si denominaciones del color de la piel: blancos, indios, negros, mulatos, morenos, pardos y libres de todos los colores.
En relación con la población mestiza, el prestigioso magistrado oidor de la real audiencia de Lima y miembro del Consejo de Indias, Juan de Solórzano, exponía en 1648 en su Política Indiana: “En el qual (derecho), ni en otros libros, a historias, jamás hallamos que la descendencia de Gentiles o Infieles, que no haya sido Judíos o Moros, y que voluntariamente recibieron la Fe de Christo, haya sido notada, ni tenía por manchada, y excepcionada“. Con ello quería dejar claro que no había razón legal para su discriminación. Posteriormente se reconoció también por expresa disposición real que en la prueba de limpieza de sangre no se podía considerar mácula el origen indio.
Sin perjuicio de ello, si había al menos una excepción, así en la Recopilación de las Leyes de Indias de 1680 se prohibía explícitamente la ordenación como curas a los mestizos ilegítimos y otros defectuosos (Norma Angélica Castillo Palme). La existencia de numerosos mestizos hijos naturales y por consiguiente considerados “ilegítimos”, no favoreció a los que si lo eran, teniendo por ello que demostrarlo.
De español y mestiza, castiza, Miguel Cabrera, 1763
Aunque esta sociedad estamental se mantuvo incluso hasta finales del siglo XVIII, el principio de que la mezcla con sangre india no implicaba degradación social para los españoles y que la limpieza de sangre no se podía hacer valer como argumento contra un matrimonio hispano-indio fue recogido en la reforma del Derecho matrimonial civil de Carlos III.
En dicha ley, la Pragmática Sanción de 23 de marzo de 1776 que fue promulgada con el propósito de impedir la celebración de matrimonios socialmente desiguales, impuso el consentimiento paterno para todo matrimonio anterior a los veinticinco años, al objeto de impedir la aparentemente peligrosa nivelación de “estamentos”. En América se empezó a aplicar a partir de 1778.
Aquí si subyace el no bien visto mestizaje social y las relaciones entre la posición social o económica de los contrayentes y sus posibles vínculos.
Retrato de una doncella india, hija de un cacique, 1757. Museo Franz Mayer, Ciudad de México, México.
Es significativo que la esta ley no se aplicara a los negros, mulatos y similares, pero tenía el mismo valor con respecto a los indios que con respecto a los españoles. Notorio es que el simple hecho de la diversidad de razas entre españoles, indios y mestizos no constituyese por sí solo un impedimento matrimonial.
Ejemplos de la no discriminación legal para indios mestizos hubo muchos. Así en el Real Colegio de Nobles Americanos de Granada, fundado en 1792, debían ser admitidos, junto a los hidalgos de familias nobles de pura sangre española nacidos en América, los descendientes de caciques y otros nobles indios. En la Escuela de Minas del Cuerpo de Minería de México debían darse becas tanto a los hijos de “buenas” familias españolas como a los de la nobleza india. El Consejo de Indias formuló el principio de que los descendientes de caciques indios, participasen de todos los honores y privilegios, espirituales y temporales, que correspondían a los hidalgos de Castilla, y pudieran entrar en toda comunidad, y que cuando ésta, en sus estatutos, exigiera la prueba de nobleza, se requeriría que los caciques hubieran poseído nobleza en la época “pagana“.
Carmelo Fernández. Biblioteca Nacional de Colombia. Acuarela sobre papel. Imagen cortesía GAN-Cinap
La legislación de entonces equiparaba igualmente la posición de la clase media rural y urbana española e india. Existían los “hombres buenos” españoles, que se ocupaban en oficios honrados y útiles al común y que no estaban mezclados con otras razas. Para ser admitidos a los cargos judiciales y de gobierno debían aportar la prueba de pureza de sangre. A ellos les correspondía, en el lado indio, “el pueblo libre de los antiguos soberanos nativos, “vasallos y tributarios” en su antigüedad a quienes por la limpieza de su sangre sin mezcla de infección u otra secta reprobada, se les mira y estima del modo que en España a los de iguales circunstancias del estado general”.
Entonces se decía que “...si se consideran de este modo los estamentos español e indio en la misma posición social, deben gozar de igual rango los matrimonios hispano-indios contraídos entre personas pertenecientes a la misma clase social“. Como también se reflejaba en los Estatutos del Colegio Real de San Carlos de Buenos Aires, de 1793, “…que un becario del Colegio ha de carecer de todo mácula y raza de moros, judíos y negros”, según lo cual el origen indio no se consideraba causa de discriminación”.
A pesar de todo, la sociedad en general del siglo XVIII mostró un mayor rechazo hacia el mestizo, que en otro tiempo no necesitaba de probanzas o juicios para adjudicarse la categoría de español o, que siendo mezcla, no era excluido. Quienes manifestaron mayor celo en la aplicación de las probanzas como medio de segregación de cargos públicos en el régimen de los Borbones fueron los españoles nacidos en América (criollos), que ya se encontraban en pleno uso de sus privilegios y deseaba mantenerlo como coto cerrado a otros españoles de origen mestizo que demandaban los oficios reales.
En la misma linea, los gobiernos liberales de México de mediados del siglo XIX, al amparo de la Ley Lerdo (una de las Leyes de Reforma impulsadas por Juárez y su grupo), extinguieron finalmente las repúblicas de indios y sus tierras fueron expropiadas.
Particulares fueron algunas formas de mestizaje de mujeres españolas que tuvieron hijos con nativos americanos. Durante la larga guerra contra los araucanos la mujer española se convirtió en un importante botín de guerra. Su captura tenía un significado especial para los indígenas en guerra; convertirlas en sus sirvientas y amantes era una especie de venganza. Cuando ocurrieron los rescates por parte de los españoles, las encontraban transformadas, vestían como las demás indígenas y muchas tenían prole. No faltaron los casos de las que, enamoradas, se resistían a volver con los suyos.
Bellísimas palabras y reflexiones se han dicho del mestizaje de nativos americanos y españoles, y estas son algunas de ellas:
Arturo Uslar Prieti, venezolano: “Por un absurdo y antihistórico concepto de pureza, los hispanoamericanos han tendido a mirar como una marca de inferioridad la condición de su mestizaje. Han llegado a creer que no hay otro mestizaje que el de la sangre y se han inhibido en buena parte para mirar y comprender lo más valioso y original de su propia condición. Se miró al mestizaje como un indeseable rasgo de inferioridad.
Se estaba bajo la influencia de las ideas de superioridad racial, que empezaron a aparecer en Europa desde el siglo XVIII y se afirmaron en el XIX con Gobineau, que dieron nacimiento a toda aquella banal literatura sobre la supremacía de los anglosajones y sobre la misión providencial y el fardo histórico del hombre blanco encargado de civilizar, dirigir y encaminar a sus inferiores hermanos de color. Se creó una especie de complejo de inferioridad y de pudor biológico ante el hecho del mestizaje sanguíneo.
Se quería ocultar la huella de la sangre mezclada o hacerla olvidar ante los europeos, olvidándonos de que Europa era el fruto de las más increíbles mescolanzas y de que el mestizaje de sangre podía ser un efecto, pero estaba lejos de ser la única causa ni la única forma del mestizaje cultural.
Lo verdaderamente importante y significativo fue el encuentro de hombres de distintas culturas en el sorprendente escenario de la América. Ése y no otro es el hecho definidor del Nuevo Mundo.
La América hispana es tal vez la única gran zona abierta en el mundo actual al proceso del mestizaje cultural creador. En lugar de mirar esa característica extraordinaria como una marca de atraso o de inferioridad, hay que considerarla como la más afortunada y favorable circunstancia para que se afirme y extienda la vocación de Nuevo Mundo que ha estado asociada desde el inicio al destino americano.
Es sobre la base de ese mestizaje fecundo y poderoso donde puede afirmarse la personalidad de la América hispana, su originalidad y su tarea creadora. Con todo lo que le llega del pasado y del presente, puede la América hispana definir un nuevo tiempo, un nuevo rumbo y un nuevo lenguaje para la expresión del hombre, sin forzar ni adulterar lo más constante y valioso de su ser colectivo, que es su aptitud para el mestizaje viviente y creador”.
El historiador inglés William Robertson (1721-1793) de quien no cabe decir que fuera un devoto de nuestra política, afirmaba en la segunda mitad del siglo XVIII, en un momento de máxima tensión hispano británica: “La Corte de España se preocupó a tiempo de hacer una nación de sus nuevos y antiguos súbditos, impulsando los matrimonios entre los españoles establecidos en América con las naturales del país.
Ponce Leiva: “si algo caracteriza a las sociedades americanas es, precisamente, su variedad, su complejidad interna, su dinamismo, su capacidad para adaptarse a nuevas situaciones y, en definitiva, su extraordinaria versatilidad”.
José Vasconcelos escritor mexicano, en 1926 vaticinaba el futuro de la humanidad: “la población mestiza de la América latina no es más que el primer brote de una manera de mestizaje que las nuevas condiciones del mundo irán engendrando por todo el planeta”.
Hector Velarde, escritor y arquitecto peruano. Con sentido del humor dijo que “no estaba de acuerdo con que a España se la llamase la Madre Patria, que era un error histórico, sino que era mas bien el padre que mandó a los conquistadores a fecundar a la madre que siempre es la tierra y ligado a la tierra, la raza telúrica, indígena”.
Antonio de Belaunde Moreira, jurista y embajador peruano: “Nosostros somos los hijos naturales del entusiasmo de España por América. Somos acaso los hijos del amor, al menos de los de la pasión y el empecinamiento”.
Salvador de Madariaga: “El indio, el blanco y el negro son los tres colores puros en la paleta humana de las Indias. El alma de las Indias es, pues, en su esencia un alma mestiza”.
Fuentes consultadas:
Jaime Valenzuela-Márquez: “La cordillera de los Andes como espacio de circulaciones y mestizajes: un expediente sobre Chile central y Cuyo a fines del siglo XVIII“
http://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/el-mestizaje-y-el-nuevo-mundo. Arturo Uslar Prieti
https://maximo1965.wordpress.com/2017/01/06/el-mestizaje-en-la-america-espanola/
Sangre y mestizaje en la América Hispánica. PABLO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ. Universidad Nacional de Colombia Bogotá, Colombia.
Vida fronteriza en la araucanía. El mito de la guerra de Arauco. Sergio Villalobos, (Santiago de Chile: Editorial Andrés Bello, 1995) 130-139
El mestizaje en Iberoamérica. Claudio Esteva Fabregat. Madrid: Editorial Alhambra, 1988) 252-255.
Población y raza en Hispanoamérica. Jose Anonio Calderón Quijano. Anuario de Estudios Americanos; Jan 1, 1970; 27, ProQuest pg. 733Los mestizos en la legislación colonial. Mundo Hispánico. Richard Konetzke.
El Caribe a comienzos del siglo XXI: composición étnica y diversidad lingüística. Francisco Lizcano. DOCUMENTOS DE TRABAJO IELAT Nº 59 febrero 2014Los mestizos de América. José Pérez Barradas. 1976. BNE
Un mestizaje jurídico: el derecho indiano de los indígenas.. Miguel Ángel González de San Segundo. 1995. BNE
La población indígena y el mestizaje en América. V. 1. Angel Rosemblat. BNE
El peso de la sangre. Limpios, mestizos y nobles en el mundo hispánico. Nikolaus Böttcher, Bernd Hansberger, Max S. Hering Torres. México D.F. 2011. BNE
El Peru, país mestizo. Antonio Belaúnde Moreyra, embajador.
El Mundo hispánico. El negro en la sociedad hispanoindiana
República de Indios y República de españoles en los reinos de Indias. Abelardo Levaggi. Universidad de Buenos Aires.2001.
Una ventana al mestizaje: el matrimonio de los indios en el Arzobispado de México, 1660-1686. Ana de Zaballa Beascoechea
https://laamericaespanyola.wordpress.../27/mestizaje/
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