Con la ley de responsabilidad ambiental deberán limpiar lo dañado además de sufragar el gasto

F. Martínez


MADRID- No sólo deberán pagar, si contaminan, sino también demostrar garantías de solvencia por si llega el caso. Y no bastará con el dinero: tendrán que limpiar lo que ensucien. La Ley de Responsabilidad Ambiental hará efectivo en España el principio de «quien contamina paga» y además obligará a reparar los daños que haya sufrido el medio ambiente y a devolver los recursos naturales al estado original en que se encontraban antes del daño. El Consejo de Ministros conoció ayer el anteproyecto de ley, que será revisado por el Consejo Económico y Social y por el Consejo de Estado antes de ir a las Cortes, informó la ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona.

La titular de Medio Ambiente explicó que para que las empresas dispongan de recursos económicos suficientes para hacer frente a su responsabilidad medioambiental la ley les exigirá una garantía financiera -una especie de seguro o aval bancario- que se irá introduciendo de forma gradual a partir de 2010.

Fondo estatal
El Gobierno ha previsto además crear un Fondo Estatal para reparar todos los daños ambientales que se puedan producir en el dominio público estatal cuando no sea posible aplicar la nueva legislación.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, dijo que la principal novedad de la ley será que tanto las acciones de prevención como las destinadas a cubrir el daño causado se deberán ejecutar «de forma inmediata, sin esperar a recibir confirmaciones, instrucciones o decisiones de las autoridades». Fernández de la Vega destacó también que el causante del daño estará obligado a repararlo. Advirtió de que no podrá sustituirlo por compensaciones económicas, y concluyó que desde ahora «quien contamina paga, y además limpia y repone; pagar ya no basta».

Narbona subrayó que la ley pretende evitar que la reparación de los daños causados al medio ambiente tengan que ser sufragados por las administraciones públicas y citó como ejemplo que durante los últimos siete años el Ministerio de Medio Ambiente ha desembolsado 183 millones de euros para reparar daños ambientales.

La ley, que entrará en vigor antes del 30 de abril de 2007, afectará a 5.000 instalaciones industriales, a unas 30.000 empresas de transporte de mercancías peligrosas, a casi un millón de explotaciones agrarias, a las balsas mineras y a las actividades relacionadas con la utilización y liberación de organismos modificados genéticamente. Las actividades económicas y profesionales susceptibles de ocasionar daños medioambientales son aquellas que por su naturaleza entrañan riesgos, aunque sean potenciales, para el medio ambiente o para la salud humana. Entre ellas están las relativas a la gestión de todo tipo de residuos, las relativas a la producción, almacenado y transporte de sustancias peligrosas, el traslado transfronterizo de residuos peligrosos o las que manejan biocidas o productos fitosanitarios.

En estos supuestos la responsabilidad se exigirá sin necesidad de que concurra culpa o negligencia en el operador, apuntó Narbona, quien subrayó que para otras actividades será también obligatorio reparar el daño, aunque sólo cuando se demuestre la culpa o la negligencia.


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