En lo que comenta acertadamente, como de costumbre, el comunicado de la Agencia Faro, quiero incidir en un asunto: en España el TEDH de Estrasburgo no cuenta (al menos todavía) con preeminencia en sus fallos sobre los Tribunales Supremo y Constitucional. Ejemplos en el pasado que prueban esto están la sentencia en 1994 a favor de Ruiz Mateos por parte de Estrasburgo (incumplida por el Tribunal Constitucional en aquel entonces, en palabras textuales, porque "del artículo 53 y concordantes del Convenio de Roma de 1950 no se desprende en modo alguno que este Tribunal sea una instancia jerárquicamente subordinada al TEDH y obligada, por tanto, a dar cumplimiento a sus sentencias en el orden interno". Como prueba de que las decisiones del TEDH NO SON VINCULANTES, comentar que en aquel entonces no hubo sanciones de ningún tipo por parte de ninguna de las instituciones europeas. En este texto de la UNAM (la antigua Universidad Pontificia en la Ciudad de México) se habla de este tema: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/113/37.pdf). Otro Estado que suele pasarse por el forro de los cojones (con perdón por el lenguaje) suele ser también el Reino Unido.
En adicción y de forma bien reciente, los días inmediatamente anteriores a la resolución de Estrasburgo en varios medios de comunición de masas se pudo escuchar que no era vinculante. Después de producirse esta resolución todos dicen que hay que acatarla y que no hay más remedio que cumplirla. Y parece (lo cual no es en absoluto casual) que NADIE se acuerda de lo anterior.
Además, esa Constitución de 1978 a la cuales todos los partidos políticos y bienpensantes demócratas, liberales, conservadores, progres y demás ralea se dedican a dorarle la píldora y tal, afirma en su artículo 123 que el Tribunal Supremo "es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales". Las sentencias del Tribunal de Estrasburgo (Consejo de Europa) son declarativas, a diferencia de las que emanan del Tribunal de Luxemburgo (Unión Europea), cuyas sentencias sí son vinculantes.
El PP libera a los etarras y a otras alimañas (pederastas, violadores, asesinos y demás escoria) por su propia iniciativa (sea por pacto con ETA o por el papel que a su vez las cloacas del Estado han jugado en el tema de ETA -¿recompensando los servicios prestados por la banda ya desde la época del asesinato de mi paisano Carrero Blanco?-. Recordad que ya en la Transición, en la época de mayor actividad y asesinatos de ETA, los partitócratas de entonces, de la UCD, como Rodolfo Martín Villa, si no me equivoco, decían que su mayor preocupación era "la extrema derecha", imagino que para entonces sobre todo la Fuerza Nueva de Blas Piñar; o como se extrañó a los etarras de nuestras cárceles por los perjuros Juan Carlos Puigmoltó y Adolfo Suárez). En adicción, es un insulto a nuestra inteligencia que encima pretexten que están obligados por dicha sentencia para llevar a cabo la agenda que por en realidad siempre han tenido presente. Es una tomadura de pelo en toda regla, por mucho que los peperos (incluyendo a sus seguidores) lo traten de justificar "ej que lo manda Uropa" y todo eso. Otra prueba es la inusitada presteza -impropia de todo punto de nuestro sistema penal- con que se liberó, ipso facto, a gentuza como Inés del Río. Esto en la práctica es como otro indulto rajoyniano-gallardoniano más.
Podría extenderme más pero tengo que acudir a unas clases ahora mismo, por lo que esto que comento valdrá como otra pincelada a este hilo. Un abrazo en Jesucristo Nuestro Señor.
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