Estrasburgo dictamina que la Audiencia Nacional vulneró los derechos de Otegi en el juicio por reconstruir Batasuna.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dictado una sentencia en la que concluye que la Audiencia Nacional vulneró los derechos fundamentales del exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi al apreciar "falta de imparcialidad" en el juicio por el caso Bateragune por intentar reconstruir el ilegalizado partido. No le indemniza, pero le recuerda que puede pedir a España la revisión de aquella sentencia.
El actual coordinador general de EH Bildu fue condenado en 2011 por la Audiencia Nacional a diez años de cárcel y diez de inhabilitación como dirigente de ETA, aunque el Tribunal Supremo rebajó la pena de prisión a seis años y medio al año siguiente al considerarte integrante de la banda terrorista pero no responsable.
Arnaldo Otegi, que salió de la cárcel en marzo de 2016 pero que actualmente sigue inhabilitado ya que el Supremo mantuvo en este caso los diez años de la condena inicial, ha asegurado este martes la decisión de Estrasburgo retrata a España "como lo que es: un Estado antidemocrático". En una comparecencia pública desde el Parlamento Europeo, ha subrayado además que ahora "se abren vías" para suspender su inhabilitación.
La sentencia, dada a conocer este martes y que no ha sido unánime, declara que se ha producido una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos -sobre el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial- en el caso de Otegi y otros cuatro dirigentes abertzales -Jacinto García, Díez Usabiaga, Zabaleta Tellería y Rodríguez Torres-, todos condenados en aquel procedimiento y actualmente en libertad tras haber cumplido sus penas.
Este dictamen supone una condena para España por no atender la recusación por parcialidad que presentaron estos cinco dirigentes de la izquierda abertzale en 2011 contra la juez de la Audiencia Nacional Ángela Murillo. La Audencia impuso inicialmente una condena de 10 años de cárcel a Otegi al considerarle dirigente de ETA, un aspecto que descartó después el Supremo.
Así, el tribunal europeo ha concluido que "el recelo de los demandantes [hacia la juez Murillo] podía considerarse objetivamente justificado", teniendo en cuenta que dos meses antes el Tribunal Supremo había aceptado su recusación en otro caso. Sin embargo, no habrá multa para España ni otra compensación para los cinco dirigentes al margen de esta decisión.
Para el tribunal europeo, la misma razón que llevó al Tribunal Supremo a apreciar "falta de imparcialidad de la presidenta de la sala" y a decidir la repetición del juicio contra Otegi, con una composición diferente, debió aplicarse al proceso posterior contra los cinco.
El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, ha subrayado tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que "España queda retratada como lo que es: un Estado antidemocrático".
Tras hacerse público el fallo del alto tribunal europeo, Otegi ha publicado en las redes sociales un breve comentario en euskera, castellano y catalán en el que afirma: "Mintieron, construyeron una acusación falsa, nos encarcelaron, cumplimos la condena".
"Nos encarcelaron por construir una estrategia pacífica. Hoy su gran mentira queda al descubierto. Nuestra sonrisa es más amplia y España queda retratada como lo que es: un Estado antidemocrático", ha escrito Otegi, que tiene previsto comparecer este mediodía en Bruselas para hacer una valoración más detallada de la sentencia.
El caso, instado por la defensa de Otegi, buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada Ángela Murillo en el tribunal que le condenó por el caso Bateragune vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él.
En concreto, alegaba que durante el juicio por el homenaje al cabecilla de ETA 'Argala', Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: "Ya sabía yo que no me iba a contestar esa pregunta".
Asimismo, Otegi denunciaba la presunta parcialidad del presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, dada su militancia en el Partido Popular; y del juez Antonio Narváez, que fue el fiscal que impulsó la ilegalización de Batasuna. El TEDH rechazó de plano estos argumentos, que tachó de "maliciosos" en primera instancia, admitiendo a trámite sólo la parte relativa a la Audiencia Nacional.
La Audiencia Nacional condenó en 2011 a Otegi y Díez Usabiaga a diez años de prisión y a ocho años al resto de acusados al considerar acreditado que "en plena connivencia y siguiendo las superiores directrices de ETA, en la que se hallaban integrados, diseñaban una estrategia de acumulación de fuerzas soberanistas", según recogía la sentencia.
Las condenas fueron rebajadas más tarde por el Tribunal Supremo a seis años y medio de prisión para Otegi y Díez Usabiaga, y a seis años para el resto, aunque se mantuvo la de diez años de inhabilitación para el actual coordinador de EH Bildu.
Tras pasar el caso por el Tribunal Constitucional, en 2015 los condenados presentaron recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al entender que se había vulnerado la Convención Europea de Derechos Humanos en lo relativo a sus derechos a la imparcialidad judicial y a la presunción de inocencia.
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Última edición por Pious; 06/11/2018 a las 15:09
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