El TEDH acaba de fallar a favor de las «Femen» que simularon el aborto de Cristo por la Virgen, en el altar de la iglesia de la Madelaine de París en 2013. El tribunal pretende que ese insulto a lo más sagrado para millones de europeos está amparado por la libertad de expresión.

(ECJL/InfoCatólica) El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha puesto de nuevo del lado de los blasfemos anticristianos, defendiendo la «libertad de expresión» de una «Femen» que profanó la iglesia de la Madelaine de París en 2013. Esta mujer se había expuesto, delante del altar y del sagrario, en topless, tatuada, con los brazos cruzados, llevando una corona de espinas y el velo azul de la Virgen, y sosteniendo «dos trozos de hígado de buey en las manos, símbolo del niño Jesús abortado». En su pecho estaban escritos los lemas «La Navidad se cancela» y «Puta 344», en referencia al manifiesto de las 343 feministas pro-aborto de 1971.

Pero en esta macabra puesta en escena, el TEDH vio injustamente condenada la acción de una valiente activista feminista, mientras que su «único objetivo», según el TEDH, era muy noble: contribuir «al debate público sobre los derechos de las mujeres, más concretamente sobre el derecho al aborto». El Tribunal dictaminó que la protección de la «libertad de conciencia y de religión» no podía justificar la condena, y además reprochó a los tribunales franceses no haber «examinado si la acción [de Femen] era 'gratuitamente ofensiva' para las creencias religiosas, si era insultante o si incitaba a la falta de respeto o al odio hacia la Iglesia católica».

Al condenar a Francia, el tribunal se declaró «sorprendido por la severidad de la pena», que era sólo de un mes de prisión suspendida y una multa de 2.000 euros. Deploró el hecho de que esta condena se inscribiera en los antecedentes penales de la activista, como si su reputación tuviera que resentirse, y que la condena suspendida pudiera convertirse en una pena de prisión firme si la mujer volvía a ejercer su «libertad de expresión». Es decir, si vuelve a repetir un acto de profanación semejante. Se condena a Francia a pagarle 9800 euros.

Se está convirtiendo en una costumbre en el TEDH la defensa de los ataques en las iglesias y contra la Iglesia. En 2018 ya dictaminó que la provocación blasfema del grupo punk feminista «Pussy riots» en el coro de la catedral ortodoxa de Moscú era una forma de expresión protegida por el Tribunal. El abogado de las «Pussy riots», que trabajaba para la fundación de Georg Soros, se ha convertido desde entonces en juez del TEDH. Ese mismo año, el Tribunal también condenó a Lituania por sancionar anuncios blasfemos en los que aparecían Cristo y la Virgen María.

Pero su posición es muy diferente cuando se trata del Islam. En 2018, el TEDH confirmó la condena penal de un conferenciante austriaco que fue acusado de haber equiparado la relación sexual de Mahoma con Aisha, que entonces tenía solo 9 años, con la «pedofilia». El TEDH dictaminó que el conferenciante no había pretendido informar al público de forma objetiva, sino «demostrar que Mahoma no es digno de culto». En apoyo de esta convicción, el Tribunal consideró que hablar de «pedofilia» sería una «generalización sin ninguna base fáctica», «susceptible de suscitar una indignación justificada» entre los musulmanes. Según el Tribunal, estos comentarios constituían «una violación maliciosa del espíritu de tolerancia que sustenta la sociedad democrática» y podían «suscitar prejuicios» y «poner en peligro la paz religiosa».

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