Fuente: Misión, Número 401, 21 Junio 1947. Página 7.
EL PLEITO DE SUCESIÓN
LA PRAGMÁTICA-SANCIÓN DE FERNANDO VII
Murió la reina Amalia en 1829. A pesar de haber contraído nupcias tres veces, el rey Fernando VII no tenía hijos que le sucedieran. Casó por cuarta vez, ahora con la infanta María Cristina de Nápoles. A poco se supo que la nueva reina iba a dar un heredero al valetudinario monarca, el cual, sin llegar a la cincuentena, estaba abrumado por los achaques y a todas luces no lejano de la muerte.
Entonces, el 29 de marzo de 1830, publicó Fernando VII la Pragmática-Sanción, con la que derogaba la ley sucesoria de Felipe V o Auto Acordado y restablecía la ley 2.ª, título XV, de la Partida II. De este modo, fuera varón o hembra lo que naciese, no sería la Corona para don Carlos.
Esta decisión produjo una gran turbación de los espíritus en el país y agitaciones que eran nuncio de indudables trastornos futuros, acrecentándose el desasosiego al dar la reina a luz una niña, doña Isabel, el 10 de octubre de 1830.
La sorda lucha que dividía en dos bandos el país a este propósito se desarrollaba enconadísima en Palacio y en torno a la misma cámara del rey. Así, en ocasión de hallarse Fernando VII muy grave, en La Granja, consiguieron de él los amigos de don Carlos un codicilo que revocaba la Pragmática-Sanción. Ocurrió el 18 de septiembre de 1832. Pero la infanta Luisa Carlota, hermana de María Cristina, llegó urgentemente, desde Andalucía, a La Granja, e hizo a su cuñado anular el codicilo. Con bofetada o sin ella, despidió a Calomarde. Cea Bermúdez fue su sustituto. Y en vista del estado de enfermedad del rey, encargóse del gobierno María Cristina.
El 16 de marzo de 1833 salía de Madrid, desterrado a Portugal, el infante don Carlos. Esta medida era la culminación de las que en toda España se estaban tomando para apartar e inutilizar a los partidarios del infante, que representaban la gran mayoría del país.
El 20 de junio del mismo año fue jurada heredera en Madrid la niña doña Isabel, contra lo cual ya había protestado previamente don Carlos desde su refugio portugués.
Tres meses más tarde, el 29 de septiembre, moría Fernando VII. Apenas corrió la noticia por España, empezó la primera guerra carlista.
* * *
Pero lo que importa establecer con rigor es lo siguiente: ¿Cuál era la ley sucesoria el 28 de marzo de 1830?
Evidentemente, la de Felipe V.
En las Cortes de 1789 no se hizo ley alguna a este respecto, ni pudo hacerse por carecer de poderes para ello los procuradores.
Que esto fue así, lo decía bien claro la Novísima Recopilación, promulgada en 1805, donde se publica como ley del Reino la sucesoria, propuesta y sancionada en 1713 por el primer Borbón español. Y Fernando VII no tenía poder legal para abolirla, cosa que sólo le era dado hacer con el concurso del Reino junto en Cortes.
No hizo esto. Por medio de un subterfugio se quiso hacer pasar el acto del 29 de marzo de 1830 como la publicación de una ley sancionada por el anterior monarca. Y así, se anunciaba: «Pragmática-Sanción con fuerza de ley decretada por el señor Rey Don Carlos IV a petición de las Cortes de 1789, y mandada publicar por S. M. reinante para la observación perpetua de la Ley Segunda, Título Quince, Partida Segunda, que establece la sucesión regular en la Corona de España.»
Ahora bien: Carlos IV ni sancionó ni decretó nada, de suerte que el pretexto buscado para dar base jurídica a la Pragmática-Sanción era una falsedad. Como el engaño no se para en barras, no faltó la deformación del texto en conceptos fundamentales. Así, la Pragmática-Sanción ponía en boca de Carlos IV estas palabras: «que MANDABA a los de su Consejo expedir la Pragmática-Sanción que en tales casos se acostumbra.» Pero no fue tal la contestación de aquel rey a las Cortes de 1789, a las cuales dijo: «A esto respondo: que ORDENARÉ a los del mi Consejo expedir la Pragmática-Sanción que en tales casos se acostumbra, teniendo presentes vuestras súplicas y los dictámenes que sobre ella haya tomado.»
Absurdo parece el sancionar un rey leyes hechas cuarenta años antes. Pero no es eso lo que Fernando VII hizo. Pretendió mostrar que su padre había sancionado la derogación de la ley de Felipe V.
Pues bien:
No había existido semejante sanción.
Ni hubo cambio de ley sucesoria en 1789.
Ni podía legítimamente haberlo en 1830 sin reunión de Cortes.
Cortes no se reunieron.
Por tanto, la ley de Sucesión el 28 de marzo de 1830 era la de 1713.
Y después de la Pragmática-Sanción de Fernando VII, también la de 1713.
En consecuencia: al morir Fernando VII, el legítimo heredero de la Corona, según el Derecho vigente, era su hermano, don Carlos María Isidro.
Marcadores