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Tema: J. M. de Prada "Autodeterminación"

  1. #1
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    J. M. de Prada "Autodeterminación"

    Una voluntad autodeterminada no puede aceptar categorías ajenas a sí misma

    NUESTRA época vincula el término «autodeterminación» con un anhelo de independencia política como el que ahora enardece a los separatistas catalanes. Y la gente incauta se piensa entonces que quienes invocan la «autodeterminación» son seres pérfidos que pretenden aberraciones insostenibles. Cuando lo cierto es que el separatista que reclama «autodeterminación» nada en el mismo error filosófico en el que nadan sus contemporáneos; sólo que, a diferencia de sus contemporáneos más timoratos, tiene arrestos para aplicar hasta sus últimas consecuencias la lógica del error. Y es que los errores tienen una lógica implacable; circunstancia que no siempre consideran quienes alegremente los propagan.

    «Autodeterminación» es un término filosófico acuñado –¡cómo no!– por Hegel. La libertad había sido definida por Aristóteles como la capacidad humana para obrar con discernimiento moral, para decidir entre el bien y el mal, entre lo justo y lo injusto. Pero Hegel, el antiaristóteles por excelencia, proclama en su Fenomenología del Espíritu una «libertad absoluta» para la cual «el mundo es simplemente su voluntad». Esta libertad hegeliana ya no actúa conforme a una capacidad para discernir categorías morales externas, sino que se convierte en un poder para realizar su voluntad. Tal poder exige un itinerario que Hegel describe en sus Fundamentos de la filosofía del Derecho; y su última estación es la «autodeterminación». La voluntad humana se convierte así en práxis en estado puro: ella es su propio objeto y no reconoce límite exterior alguno. La voluntad que ha alcanzado la autodeterminación sólo obedece una ley, que es la suya propia, la ley que funda su propio vivir, la ley que es ella misma. Y esa ley no es otra que la «libertad del querer», que es «verdaderamente infinita» (wahrhaft unendlich), porque su objeto no es para ella un otro ni un límite, sino que es ella misma.

    Esta autodeterminación de la voluntad es un error asimilado por todas (¡toditas!) las ideologías modernas sin excepción. Para todas las ideologías, el hombre tiene libertad absoluta para autoafirmarse, para autodefinirse, para construir su biografía sin otras reglas o límites que su propia voluntad, que no acepta los límites que le impone la naturaleza (por eso puede, por ejemplo, cambiarse de sexo) y mucho menos la Historia (que configura según su «libertad del querer»). El hombre concebido como voluntad autodeterminada es un dogma incuestionable de todas las ideologías modernas. Y los separatistas no hacen sino llevar ese dogma hasta sus últimas consecuencias.

    El problema es que una voluntad autodeterminada no puede aceptar categorías ajenas a sí misma (como el bien y el mal, por ejemplo), no puede aceptar límites externos (como el de una soberanía nacional indivisible, que es el dique que pretenden alzar los que alegremente consagraron el error), no puede aceptar que la libertad sea un obrar como se debe, y no un hacer lo que se quiere. Así se llega a la paradójica situación actual, en la que el mismo poder político que jalea las voluntades autodeterminadas tiene que intervenir para evitar el caos. Y, al intervenir, las voluntades autodeterminadas perciben la ley como expresión de un poder brutal y represor que pretende que el individuo piense y quiera lo que quiere y piensa el Estado.

    Las dificultades crecientes con las que se topa el consticionalismo derivan de esta errónea concepción de la libertad humana. Y pretender atajar la implacable lógica de un error que previamente ha sido proclamado como dogma indiscutible es poner tronos a las causas y cadalsos a las consecuencias.

    Autodeterminación | Fundación para la Libertad




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    DOBLE AGUILA y Pious dieron el Víctor.

  2. #2
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    Re: J. M. de Prada "Autodeterminación"

    Un referéndum de autodeterminación es una falacia propiamente antidemocrática haciendo gala de la democracia. El objetivo no es recoger el sentir del pueblo, sino el de envolverse en una distorsión histórica financiada por ciertos intereses políticos y económicos para lograr una secesión.

    Platón afirmaba lo siguiente de la democracia explicando el porque colapsaba:

    1. Fanáticos de partido que votarán por su partido sin importar cuanta destrucción genere.
    2. Gente que vende su voto fácilmente o muy barato.
    3. Gente ignorante o demasiado ingenua que vota por el político que le promete muchas cosas así sean completas mentiras.
    4. Fanáticos religiosos que sólo votan por aquel que sigue su propia religión o en contra del político que no es de su religión.
    5. Políticos que son llevados hasta el poder por poderosos grupos económicos y que finalmente sólo son títeres de esas corporaciones.
    6. Políticos que sólo piensan en como lucrarse y favorecer a los suyos en el periodo de mandato.
    7. Políticos que sólo quieren el poder solo para satisfacer su ego y autoestima, pero una vez llegan allí, no tienen ni idea que hacer.
    8. Políticos que se creen emperadores tiranos absolutistas cuando en realidad son servidores públicos.
    9. La demagogia, el populismo y las encuestas de popularidad son el cáncer de la democracia.
    10. El último año de mandato no existe, sólo es un político buscando como ser reelegido.
    11. La masa popular piensa a corto plazo, nunca a largo plazo (pregunte que prefieren: ¿un laboratorio de investigación científica o un nuevo estadio? Ya saben cuál es la respuesta).
    12. La masa popular juzga al político por superficialidades o porque es un buen padre/madre/esposo/esposa/fiel/vida familiar o creencias.... nunca por si es un buen estadista.

  3. #3
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    El falso derecho a la autodeterminación de los nacionalistas

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    Muchos nacionalistas “periféricos” suelen reclamar en España el ejercicio al derecho de autodeterminación. Consideran que ese es un derecho democrático reconocido por la ONU y que, por lo tanto, si una parte de España desea independizarse del resto tiene que poder hacerlo. En estos términos se expresa Gurutz Jáuregui Bereciartu cuando dice esto: “Una nación que en su momento resultó integrada en un determinado Estado nacional, decide en un determinado momento concreto replantear su situación vigente en el marco de ese Estado nacional. Es aquí donde debe incidir el derecho de autodeterminación como derecho democrático, en cuanto que constituye expresión soberana ―siempre que efectivamente se produzca tal expresión soberana― de un pueblo o nación” (Contra el Estado-nación. En torno al hecho y la cuestión nacional, Siglo XXI, 1986, p. 217).

    Estas afirmaciones esconden varias falsedades. La primera de ellas es confundir el “derecho a la autodeterminación” con el “derecho a la secesión unilateral”, que es lo que defienden estos nacionalistas. Es, además, falso decir que la ONU defiende este derecho entendido de la forma como ellos lo entienden. Tal como afirma Alfredo Cruz Prados “la resolución 2.625 (XXV), de 24 de octubre de 1970, precisa que el principio de la libre determinación de los pueblos no significa el reconocimiento del derecho a la secesión” (El nacionalismo. Una ideología, Tecnos, 2005, p. 177).

    En la citada resolución de 1970, después de reconocer el derecho a la libre determinación de los pueblos como una forma de poner fin al colonialismo, se lee lo siguiente en la pág. 132 de la versión española: “Ninguna de las disposiciones de los párrafos precedentes se entenderá en el sentido que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial de los Estados soberanos e independientes que se conduzcan de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos antes descrito y estén, por tanto, dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distinción por motivos de raza, credo o color”. Un poco más adelante se afirma que “la integridad territorial y la independencia política del Estado son inviolables”. Los que defienden el derecho a la secesión unilateral invocando las resoluciones de la ONU lo único que hacen es mostrar su desconocimiento de las fuentes.

    La aceptación del derecho a la secesión unilateral conduciría al mundo al caos y podría generar multitud de conflictos armados. Allen Buchanan nos alerta de estos peligros cuando afirma lo siguiente: “Un Estado que codicie parte del territorio de su vecino puede apoyar, estimular o incluso simular movimientos secesionistas entre sus connacionales del otro lado de la frontera, que «languidecen bajo una férula extranjera». En estos casos, una injusta anexión puede enmascararse tras las aparentemente legítimas banderas de la autodeterminación y los derechos de las minorías. Para encontrar ejemplos, no es preciso retrotraerse hasta la anexión de los Sudetes por parte de Hitler; los movimientos de secesionismo irredento en Kosovo, Crimena y Transilvania plantean riesgos similares” (La moral del nacionalismo, II, Gedisa, 2003, p. 158).

    Un ejercicio del derecho a la autodeterminación como el que proponen los nacionalistas “periféricos” españoles solo podría ser aceptado en situaciones excepciones: “El derecho a la secesión se considera como un remedio al que ha de acudirse como último recurso para reparar graves injusticias, no como un derecho general de los grupos y tampoco como un derecho de ciertos tipos de grupos (las “naciones”, los “pueblos”, etcétera, en tanto que tales).

    Entre todos los agravios que considero capaces de proporcionar los fundamentos primordiales de la justificación de la secesión, los principales son estos: a) la existencia de persistentes y graves violaciones de los derechos humanos individuales, y b) una injusta apropiación de territorios no reparada”. (Allen Buchanan, op. cit., p. 170).

    Ninguna de estas dos situaciones se da en España. El derecho a la secesión solo está justificado en circunstancias extremas, tal como señala Buchanan: “Si un Estado persiste en cometer graves violaciones de los derechos humanos de una minoría en el interior de sus fronteras, es permisible que ese grupo trate de establecer su propio Estado como forma de obtener un santuario con el que protegerse contra la persecución, en caso de que no se disponga de ningún otro recurso. O bien, si, como sucedió en el caso de las repúblicas bálticas, un Estado soberano se ha visto injustamente anexionado, la secesión puede considerarse como una legítima rectificación de esa injusticia”.

    Ya que no nos encontramos en España en ninguna de las situaciones de excepcionalidad que este autor señala acertadamente considero que no es legítimo que se ejerza ese derecho a la secesión unilateral. Si hay gente en algunas autonomías que desea la independencia de un territorio del resto lo que deben hacer es convencer a la mayoría de los españoles de la necesidad de modificar la Constitución. La independencia de una parte de nuestro territorio es algo que nos afecta a todos y, por lo tanto, todos los ciudadanos de España deben poder decidir democráticamente lo que quieren que sea su país en el futuro.


    Resolución 2625 de 24 de octubre de 1970 de la ONU

    Fragmento de la resolución:

    “Ninguna de las disposiciones de los párrafos precedentes se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta cualquier acción encaminada a quebrantar o menospreciar, total o parcialmente, la integridad territorial de Estados soberanos e independientes que se conduzcan de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos antes descritos y estén, por tanto dotados de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distinción por motivo de raza, credo o color”.

    El derecho a la autodeterminación (llamada aquí "libre determinación") debe entenderse como el derecho al autogobierno democrático sin discriminaciones, no como el derecho de una parte de un Estado soberano a la secesión unilateral de ese Estado, algo contrario a las resoluciones de la ONU.

    [Artículo escrito por «Roberto Augusto» de un blog ya desaparecido].

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