Naturalmente que sin arrepentimiento no puede haber perdón. Si ante el confesor el preso n9 dice no arrepentirse de haber matado al amante de su mujer y a ella misma, no puede tener perdón su crimen. Pero la cancioncilla no ha sido puesta allí para hablar de teología, sino de derecho antigüo y mostrar como, hasta hace bien poco, este pensamiento ha condicionado la mentalidad de todas las generaciones. Y la prueba, que esa canción era utilizada por la progresía de los años 60 y 70 para hacer un alegato malévolo contra la pena de muerte. Esa es la única razón por la que he decidido rescatar esta canción del olvido. Y por eso también decía:, y también repito... hoy en día, si Juanita Báez se atreviera a cantar de nuevo esa canción, la progresía (y como vemos, no solamente ésta) la crucificarían. Unos por "luciferina" y otros por "machista" y por "políticamente incorrecta"... Antes todos, o casi todos la aplaudían, y hoy todo el mundo la despreciaría... Por eso repito: ¡¡Cómo han cambiado los tiempos!!.
Hasta 1963 en España ha existido este derecho jurídico para el cabeza de familia agraviado. Éste es un hecho que no admite discusión alguna, y otra cosa es lo que dijera la Iglesia aquellos días (ahora ya me imagino lo que diría... no me cabe tampoco ninguna duda). Sin embargo yo tampoco recuerdo escucharle hacer demasiadas críticas durante esa época por esa legislación existente por aquellos (no tan lejanos) días... Realmente, en España, únicamente desapareció este derecho del esposo, y solo temporalmente, en tiempos de la república, para ser devuelta de nuevo a nuestro ordenamiento jurídico en aquellos días triunfantes del Nacional-Catolicismo, para fenecer en tiempos posteriores al último concilio (y esto es solo una cuestión de fechas, no mezclemos las cosas...).
Y es que, humildemente, yo pienso que en este tema ocurre un poco como en ese otro tema, que también colgué el mismo día, y que trataba sobre la cuestión de las barraganías. Ahí, la Iglesia, por razones mas que obvias, jamás admitió esta forma medioeval de "uniones de hecho medioevales", pero hasta algunos clérigos se unian con mujeres en barraganía, por tan extendida que estaba esta práctica por aquellos días, que hasta se encontraba reconocido en el derecho jurídico del medioevo. Esto también forma parte de nuestra tradición...
Y regresando al tema, Nuestro Señor Jesucristo nos dijo que aquél que estuviera libre de pecado podría arrojar la primera piedra a la mujer adúltera. Y como bien sabemos, tras decir ésto, la mujer adultera, de facto (porque no había allí nadie que cumpliera la condición de estar libre de pecado, y solo por eso...) fué perdonada, aunque la ley mosaica ordenara hacer con ella lo contrario. Pero no había allí ningún hombre sin pecado que pudiera tirar la primera piedra... Y suerte que tuvo también la adúltera de que no pasara por allí ningún niño inocente al que le gustara tirar piedras, ya que una vez tirada la primera, todos los demás podrían haber continuado sin problemas.
Por otra parte, si durante la Edad Media, este derecho estaba regulado por las leyes, no se trataría en ningún caso de una toma de justicia arbitraria por mano del esposo agraviado con la traición de su esposa, sino del derecho legal y legítimo en aquella época a ejercer una forma de justicia doméstica que las leyes reconocían. Y recordemos que, como ya digo... en la muy católica España, este derecho, hoy abominado por todos (progres y no progres, como vemos) estuvo en vigor hasta el año 1963. Es decir, estuvo en vigor hasta ayer mismo por la tarde...
De ésto es de lo que trataba este hilo, de una cuestión relacionada con el derecho legislativo tradicional (y no de teología). Y por eso he podido colgarlo, aquí, en este foro hispanista y tradicionalista, y mas concretamente en un apartado del mismo dedicado a hacer investigación sobre temas de "historia y antropología" (no de religión), porque en ningún caso pretendía hablar con él de teología. Y soy consciente de que en cualquier otro sitio habría sido censurado de inmediato... por lo que agradezco la paciencia de todos al permitírmelo (y mas concretamente a nuestro administrador).
Matar es pecado, de eso no cabe la menor duda. Es lo que nos dicen los Sagrados Mandamientos: "NO MATARÁS" (y no hace mas distingos sobre el tema, ni en la paz ni en la guerra, ni para salvar el honor ni para salvar la cartera. La biblia nos dice que matar es pecado, y punto pelota, como diría un castizo). Por eso los progres utilizaban esta canción para hacer un alegato, quizás con un interés malévolo sin duda, pero certero... muy certero... contra la pena de muerte, y utilizando un sentir popular que, desde siglos, estaba y aún está (pero a hurtadillas y a escondidas) muy, muy extendido y admitido.
Por muy lejano que nos parezca, matar a la esposa adúltera era un derecho del marido hasta ayer mismo. Solo ocurre que algunos todavía no se han enterado de que han existido reformas jurídicas............................. y a los "pobres" les está cayendo todo el peso de la actual forma de entender la justicia.
Un abrazo en Cristo
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