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Tema: Libro: El concepto de España en la Edad Media

  1. #1
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    Libro: El concepto de España en la Edad Media

    Título: EL CONCEPTO DE ESPAÑA EN LA EDAD MEDIA
    Autor: JOSÉ ANTONIO MARAVALL CASESNOVES
    Editorial: CENTRO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES
    Año: 1997 (Edición original: 1954)
    Aquí corresponde hablar de aquella horrible y nunca bastante execrada y detestable libertad de la prensa, [...] la cual tienen algunos el atrevimiento de pedir y promover con gran clamoreo. Nos horrorizamos, Venerables Hermanos, al considerar cuánta extravagancia de doctrinas, o mejor, cuán estupenda monstruosidad de errores se difunden y siembran en todas partes por medio de innumerable muchedumbre de libros, opúsculos y escritos pequeños en verdad por razón del tamaño, pero grandes por su enormísima maldad, de los cuales vemos no sin muchas lágrimas que sale la maldición y que inunda toda la faz de la tierra.

    Encíclica Mirari Vos, Gregorio XVI


  2. #2
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    Re: Libro: El concepto de España en la Edad Media

    Reseña 1

    Al no encontrar un examen monográfico del libro, pego un artículo en el cual se comenta el libro y usa para la argumentación, a partir del cual uno sabe perfectamente lo que se va a encontrar. Asimismo, usando en Google el nombre del libro, se puede encontrar mucho artículos en que es usado como fuente y se pueden leer extractos del mismo.


    Fuente: Revista Arbil
    Textos Clásicos: Los Reyes Católicos, reyes de España
    por Santiago Cantera Montenegro
    Tradicionalmente se ha visto en la toma de Granada por los Reyes Católicos en 1492, así como en la posterior incorporación del Reino de Navarra en 1512 a la nueva monarquía fundada por ellos, la culminación de la reunión de los distintos territorios hispanos bajo estos gobernantes y, por lo tanto, el logro de la unidad nacional española. Sin embargo, esta valoración, que era prácticamente aceptada sin plantear problemas ni dudas tanto por los historiadores como por el resto de la sociedad, ha venido siendo puesta en entredicho desde hace unos veinticinco años a partir de ciertas posturas


    Por eso mismo también, los miembros de mi generación hemos escuchado muchas veces, de la boca de diversos políticos y periodistas, así como de bastantes profesores de Historia tanto de Enseñanza Media como Universitaria, que «hasta el siglo XVIII y los Borbones, y más concretamente hasta Carlos III, no se puede hablar de Reyes de España», y no pocas veces se añadía a esto que «tampoco puede hablarse de España». Afirmaban que «los Reyes Católicos no eran Reyes de España». Incluso un eminente hispanista y buen conocedor del período y la obra de Isabel y Fernando, como Joseph Perez, después de haber titulado su estudio sobre estos monarcas Isabelle et Ferdinand. Rois Catholiques d'Espagne, cambia este nombre en su edición española, dándole ahora el de Isabel y Fernando. Los Reyes Católicos, y nos sorprende nada más comenzar la introducción con estas palabras: «He titubeado mucho antes de dar a este libro el título de Fernando e Isabel, Reyes Católicos de España. Para empezar, España no es, a fines del siglo XV, más que una expresión geográfica, como ocurrirá con Italia hasta el siglo XIX. [. . .] Fernando e Isabel no fueron jamás reyes de España, sino reyes de Castilla y de Aragón, por así decirlo. Para ser totalmente exactos, habría que escribir, por lo menos: Reyes de Castilla, de Aragón, de Valencia, Condes de Barcelona...» (2)

    Por supuesto, resulta evidente que los Reyes Católicos nunca usaron en su intitulación la forma «Reyes de España», sino que siempre emplearon la de «Rey e Reyna de Castilla, de Leon, de Aragon, de Siçilia, de Toledo...» Sin embargo, también es innegable que numerosos autores contemporáneos, tanto extranjeros como aún más hispanos, les denominaban «Reyes de España».

    Así pues, ¿cómo pueden conjugarse estos aspectos al menos en apariencia contradictorios? ¿Se les puede llamar «Reyes de España», tal como se lo llamaban sus contemporáneos, o es incorrecto, tal como nos dicen algunos historiadores, políticos y periodistas que aseveran, rotundamente y dejando constancia de su autoridad, que no es apropiado? Trataremos de responder aquí a estas cuestiones, acercándonos a los textos de la época y ofreciendo asimismo un marco más amplio.

    La expresión "Reyes de Espana" en el medievo Hispánico

    Acerca del problema de si se puede hablar de España en la Edad Media y, en general, antes del siglo XVIII, se debe recordar la existencia de algunas obras bien documentadas y trabajadas como la ya clásica, pero no por ello falta de un gran valor actual, de José Antonio Maravall acerca de El concepto de España en la Edad Media (3). Ciertamente, se trata de un libro bastante largo y denso, y por ello puede resultar algo pesada a veces su lectura. Por eso es probable que no haya sido tan leído como merece. Por otra parte, recientemente se han editado unas muy interesantes reflexiones de destacados académicos de la Historia sobre el ser de España (4), que aportan luz de nuevo sobre la hoy tan debatida cuestión de qué es España y cómo se ha concebido a lo largo de su Historia.

    Maravall se acerca de manera profunda a la realidad de los diversos reinos cristianos de la Península Ibérica en el Medievo, y analiza la razón de las expresiones «Regnum Hispaniae», «Reges Hispanici», «Reges Hispaniae», etc., que tantas veces aparecen en textos medievales (5). No vamos a tratar aquí con detalle ni a resumir ampliamente estos asuntos, pero sí diremos que, propiamente, el autor deja claro que en la Edad Media se habla de España y que este vocablo no se reduce a un simple valor geográfico, ya que «¿cuál es en tal caso, la extraña condición de una entidad geográfica capaz de dar origen a un hecho tan singular (la realidad de las expresiones "Regnum Hispaniae" o "Reges Hispanici")?» Después de estudiar la cuestión, Maravall viene a concluir que la idea medieval de España hace referencia a una comunidad de identidad histórica, religiosa y cultural, que en un pasado (la época visigótica) había estado unida también políticamente, pero que luego perdió este último aspecto y no se aspira a recuperarlo de una manera plenamente intencionada. Es decir, los distintos reyes hispanos o españoles y sus reinos, son legítimos y no se piensa en acabar con ellos, pero sí existe entre ellos una solidaridad asentada sobre esa unidad histórico-religioso-cultural que hemos señalado. Y esto les confiere una identidad frente al Islam y dentro de la Europa cristiana. En palabras suyas, «la "divisio regnorum" es un sistema, si no querido, por lo menos aceptado y que se mantiene de tal forma que se da, a la vez, una variedad de reinos y pluralidad de reyes con la conservación de una conciencia de unidad del que concomitantemente se llama "Regnum Hispaniae'" [...] Durante siglos, nadie piensa, o tal vez muy pocos, en reunir los reinos hispánicos, en restablecer efectivamente la "Monarquía hispánica"; pero esta situación de división de reinos no resulta incompatible con el sentimiento de comunidad de los hispanos y con el concepto de Hispania -con todo el contenido histórico y, por consiguiente, político, que ese concepto lleva en sí».

    Así, por lo tanto, estos reyes «forman un grupo claramente definido y fijo: los reyes de España. Y cabe decir, incluso, que la expresión se va estabilizando y generalizando a medida que el tiempo avanza». Hay que señalar que Maravall no afirma todas estas cosas a la ligera, sino que, como ya hemos dicho, el suyo es un trabajo muy documentado y fruto de un notable esfuerzo. De este modo, indica cómo la expresión de la que se ocupa aparece en diplomas reales, crónicas y textos literarios, tanto pontificios y del extranjero, como de toda España: Castilla, Cataluña, Navarra... y la expresión es conocida por los mismos reyes. Y «unidad fundamental es aquella en la que descansa la expresión "Reges vel principes Hispaniae", no de mera circunstancia geográfica, ni aún histórica». Muntaner la reduce a términos de absoluto, porque no dice siquiera que "son de una carne y de una sangre", sino que "son una carne y una sangre"». Exactamente, Muntaner dice en su Crónica que «si aquest quatre reis que ell nomena, d'Espanya, qui son una carn e una sang, se tenguessen ensems, poc dubtaren e prearen tot l'altre poder del mon».

    Por otra parte, se debe recordar cómo al final del Poema de Mio Cid, el matrimonio definitivo de las hijas de Rodrigo Díaz de Vivar emparenta a éste con los linajes regios hispanos, de tal modo que el autor afirma: «Oy los reyes d'España sos parientes son; / a todos alcança onrra por el que en buena ora naçio» (6). Menéndez Pidal ya vio un «valor nacional» en esta expresión y en todo el Poema, y no deja de tener interés el hecho de que viene a mostrarse así al Cid como un vínculo entre las casas reales hispanas, con lo cual incluso podemos considerar que, de ser un héroe castellano, pasa a convertirse en un héroe español.

    En la obra editada por la Real Academia de la Historia, a la que ya nos hemos referido, uno de sus autores resalta cómo, «ciñéndonos a la época medieval, no parece que pueda haber muchas dudas sobre la presencia de España como realidad histórica, de la que sus propios habitantes, integrados en la Europa medieval, tomaron conciencia creciente a partir de los siglos XI al XIII, a través de ideas que, como suele suceder, fueron expresadas por los grupos dominantes pero que alcanzarían amplia aceptación social» (7). En otro trabajo, este mismo autor afirma que «el concepto de España es, ante todo, un concepto histórico y cultural, más allá de lo geográfico y más allá de lo político, que son dos de sus elementos componentes, relativamente fijo el primero, cambiante en el tiempo el segundo.» (8)

    En línea con Maravall, se refiere igualmente a la situación de «los cinco reinos», a la realidad de la pluralidad de entidades políticas en la Península, pero indicando que «no hay motivo para ignorar o negar que existió una España medieval», independientemente del grado de cohesión o disgregación política que existiera en ella. Hacia el año 1300, en el que concluye su estudio, «la hipótesis de traducir la realidad histórica española, que era sentida conscientemente por los dirigentes, en una entidad política común que favoreciera la concentración de poder en manos de una sola monarquía, era eso: una hipótesis». También matiza la idea de Maravall de que los «reyes de España» regían el ámbito hispano solidariamente, pues recuerda que en realidad fueron frecuentes los enfrentamientos entre ellos, si bien esto no significa que no existiese ese sentimiento de comunidad. Y, por otro lado se ocupa del neogoticismo y de la «Reconquista» como elementos característicos de las cuestiones tratadas. Y en este sentido, debemos recordar cómo Sánchez Albornoz insistió siempre en el papel de la Reconquista en la configuración de España.

    Así, pues, hacia el 1300 «existía, en fin, un concepto ya muy elaborado sobre la existencia histórico-cultural de España que permitiría en el futuro, entre otras cosas, imaginar y justificar proyectos de convergencia política».

    Por eso, no debe extrañarnos que los reyes de Castilla se acogieran a la protección del Apóstol Santiago, a quien se referían habitualmente en los preámbulos de los documentos que otorgaban como «el bienaventurado Apóstol Señor Santiago, Luz e Espejo [o Patrón] de las Españas, caudillo e guiador de los reyes de Castilla e de León». Y cabe recordar que el arzobispo de Toledo era el «primado de las Españas», y «cardenal de España» cuando se le concedía el capelo cardenalicio.

    Tampoco debe sorprendernos que en documentos elaborados en el ámbito vasco se aludiera en muchas ocasiones a su integración en la Corona de Castilla y a la idea de España, como se puede observar, por ejemplo, en la fundación del mayorazgo del solar de Muñatones, en Somorrostro (Vizcaya), por Juana de Butrón y Múgica, esposa de Lope García de Salazar, en 1469, en virtud de la facultad real dada por Juan II de Castilla, y en la que se indica que se da preeminencia a los hijos mayores sobre los otros, «lo qual guarda y comúnmente es guardado, y se acostumbra a guardar en todo el mundo, y especialmente en España, y aún singularmente en estas montañas y costa de la mar». El mencionado Lope García se definía en 1471 como «morador en Somorrostro, vassallo del muy alto y esclarecido Príncipe y muy poderoso Rey y Señor nuestro, el Rey don Enrique [IV], Rey de Castilla e de León, a quien Dios mantenga» (9).

    Y que España era algo más que un simple concepto geográfico y se sentía muy hondo, lo reflejan frases como la recogida en el preámbulo de la fundación de mayorazgo que hizo Juan Ramírez de Guzmán, señor de Teba y Ardales (Málaga), mariscal de Castilla, previa facultad del citado rey Enrique IV, en 1460, al referirse a «los reyes de nuestra España de gloriosa memoria, ya los pasados y los que viben» (10). Esto es lo que puede explicar también que los embajadores del rey Alfonso V de Aragón, Juan de Hijar y mosén Berenguer Mercader, exhorten a Juan II de Castilla a trabajar por la unidad de la Iglesia, esfuerzo para el que deben llegar a un acuerdo entre ambos monarcas y, asimismo, con los de Navarra y Portugal, para que «axi unida tota Spanya o pur la major part», otros príncipes cristianos se adhieran y les sigan, y de esta concordia obtendrán «gran merit davant Deu, gran gloria en tot lo mon, e sería gran honor de tota la naçió de Spanya» (11). Ya en el concilio de Constanza de 1414, los cuatro reinos habían actuado con un voto único como «nación»: entonces, este término se entendía básicamente como lugar de nacimiento, pero ha-bían tenido la conciencia de ser una entidad que, en su comunidad, era distinta de las otras cuatro «naciones» con voto, a saber, Italia, Alemania, Francia e Inglaterra. Y, más aún, Italia y España eran las que habían mantenido el nombre romano, mientras que las otras habían adoptado el de los pueblos «bárbaros» que se habían asentando en ellas (12).

    Por lo tanto, habiendo visto brevemente que en el Medievo hispano se emplean con frecuencia las expresiones referentes a España y a los reyes de España, y habiéndonos acercado a la manera en que se conciben, pasemos ahora a tratar el punto tocante a la denominación de «Reyes de España» que varios autores de la época de los Reyes Católicos dieron a éstos.

    Los autores de la época de los Reyes Católicos

    Uno de los autores que más emplea el término es el franciscano Fray Ambrosio Montesino, perteneciente al círculo de Cisneros y poeta y predicador de los Reyes Católicos, que cuenta en su obra poética con dos piezas dedicadas a San Juan Evangelista, compuestas a petición de la Reina Isabel la Católica, quien, como sabemos, era muy devota de este Apóstol. Incluso el escudo de los Reyes Católicos, como también es de sobra conocido, nos muestra el águila de San Juan acogiendo y protegiendo bajo sus alas las armas de todos los territorios englobados en la unión dinástica. En las Coplas escritas hacia 1485 ya encontramos uno de los más antiguos poemas del fraile franciscano: las coplas In honore Sancti Johannis Evangelista (13), realizadas «por mandado de la reyna de españa nuestra señora». Y en ellas, las últimas cuatro estrofas adquieren un interés especial. En la primera de estas cuatro dice el autor:

    «Todo el çielo te acompaña
    y te honora,
    y la reina te es despaña
    servidora [. . . ]»


    Fray Ambrosio denomina a Isabel «Reina de España» y en los siguientes versos alude a la construcción en Toledo del magnífico monasterio franciscano de San Juan de los Reyes, levantado por los monarcas para conmemorar la batalla de Toro y el triunfo en la Guerra de Sucesión de Castilla, y a la vez para impulsar la reforma observante. No hay que olvidar que en este edificio, asimismo, se plasma de forma constante la simbología política de Isabel y Fernando. La siguiente estrofa es una «Suplicación a sant Juan por la reina nuestra señora», y lo que pide especialmente es la asistencia en la Guerra de Granada. Por fin, las dos últimas estrofas se dirigen a la propia Reina Católica, de la que hace varios elogios y dice creer ser su capitán «vuestro dulçe evangelista / que es sant Juan». Y en las otras Coplas de San Juan Evangelista, igualmente compuestas «por mandado de la cristianísima reina doñaÊIsabel», también denomina a ésta «reina de las Españas», en el sexto verso.

    Asimismo, este autor llama «Reyes de España» a los Reyes Católicos en el romance heroico sobre la muerte del príncipe don Alfonso de Portugal en 1491, hecho a petición de la infanta viuda doña Isabel, y que alcanzó una divulgación muy amplia, incluso en Francia. Cuando llega el caballero con la fatídica noticia, se le pregunta así: «decid, ¿qué nuevas son estas / de tan triste lamentar?, / los grandes reyes d'España / son vivos o váles mal?, / que tienen cerco en Granada / con triunfo imperial».

    En cuanto a las traducciones hechas por él, la «Epístola Prohemial» de la revisión del libro de las Epistolas y Evangelios (1512) la dedica «al Rey de España don Fernando nuestro Señor», y ahí dice ser «su mas leal y antiguo predicador y siervo» (14).

    De un modo singular destaca el «Prohemio epistolar» de Montesino a la Vita Christi de Ludolfo de Sajonia, «el Cartujano» (Alcalá de Henares, 1502-03) (15). La traducción de esta extensa obra al castellano fue un encargo de los Reyes Católicos e interesó de manera especial también a Cisneros, pues veía en ella un elemento importante para la reforma de los seglares, sin por eso dejar de suponerlo igualmente para la de los religiosos y eclesiásticos en general. El proemio está «endereçado a los christianissimos e muy poderosos principes el rey don Fernando e la reyna doña Isabel, reyes de España e de Sicilia, etc., inuictissimos e muy excelentes, por cuyo mandamiento lo interpreto (la Vita Christi)». Y lo comienza así Fray Ambrosio: «Cristianissimos principes rey e reyna, reyes clementissimos de España, rey don Fernando e reyna doña Isabel muy poderosos; fray Ambrosio Montesino, el menor de los frayles menores de observancia, e el mas desseoso del servicio de vuestras altezas, implora e suplica a Dios por la salud e prospero estado de vuestra celsitud muy esclarescida, en lugar de la reverencial e acostumbrada salutacion que a la magestad real se debe.»

    El proemio se puede dividir en tres partes. La primera es una digresión teológico política sobre el gobierno y los reyes, y en la cual Fray Ambrosio se convierte en un exponente del «máximo religioso». La segunda es un elogio de toda la labor desarrollada por los Reyes Católicos. Y la tercera trata del profundo valor de la obra traducida. En cierta manera, la división entre las partes segunda y tercera no resulta del todo clara, ya que el franciscano considera el mandato de traducir la Vita Christi del Cartujano como una más de las grandes tareas emprendidas por Isabel y Fernando. La verdad es que este proemio no tiene desperdicio alguno, y para el asunto que estamos tratando es de gran interés su segunda parte. Dentro de la primera, destacan las siguientes palabras: «Ansi que serenissimos principes: en este prohemio epistolar, no entiendo explicar por extenso la particularidad de vuestros excelentes e muy esclarescidos hechos, porque assaz basta ver por experiencia, que son de tal calidad e tantos, que ponen en olvido las victoriales hazañas de los reyes passados, e dan admiracion e espanto a los presentes, e son imagen de bivo original para los tiempos advenideros, en que miren vuestros successores, e aun los reyes de toda la cristiandad, para no errar en las costumbres de sus personas, e para ser siempre notables e diestros en las administraciones de sus reynos». Aún hace alguna alabanza más a continuación, en esta primera parte.

    Pero es realmente en la segunda parte del proemio donde Fray Ambrosio realiza un gran elogio de Isabel y Fernando y de su obra.

    Digamos sólamente que un poco más tarde, Fray Ambrosio Montesino se declara ser «su pobrezillo e muy leal seruidor» (de los monarcas), y que la portada de los volúmenes de la edición alcalaína nos muestra un dibujo en el cual Fray Ambrosio, arrodillado, está entregando un volumen a los Reyes Católicos, quienes se hallan sentados en el trono. A la izquierda aparece otro fraile franciscano, que tal vez pudiera ser Cisneros, como me ha sugerido la investigadora estadounidense Bethany Aram. Debajo del dibujo aparece el escudo de armas de Isabel y Fernando, evidentemente ya con la granada, y una leyenda que dice: «Vita christi cartuxano romançado por fray Ambrosio». La edición de Alcalá de Henares de 1502-03 es sin duda una auténtica joya tipográfica, igual que lo son las ediciones portuguesa y valenciana de la misma obra.

    Ciertamente, la segunda parte del proemio tiene un alto contenido de propaganda política, como buena parte de los elogios de la época a la labor y las personas de los Reyes Católicos. Pero ello no quiere decir que no haya sinceridad de sentimiento en el autor, ni tampoco significa que no sea verdad lo que dice, pues el conocimiento de la Historia nos hace ver que todo lo que se ensalza fue verídico. Y es lógico que los contemporáneos alabasen una época de tantos éxitos reunidos y a aquéllos que los habían hecho posibles.

    Cabe pensar en el modo en que este texto pudo calar en los lectores, y no sólo en los del momento, sino también en los posteriores. Habría que considerar incluso el efecto que pudo tener en quienes lo leyeron no muchos años después de salir a la luz, cuando a España volvieron unos tiempos más dificiles, como dificiles habían sido los precedentes al gobierno de los Reyes Católicos. Así, por ejemplo, el propio San Ignacio cuenta en su Autobiografía que leyó la obra durante su convalecencia en la casa-torre de Loyola en 1521, cuando se recuperaba de la herida sufrida en el asedio de Pamplona (16). Y el P. Leturia, buen conocedor del vasco Iñigo de Loyola, dice que, al encontrarse con el panegírico que Fray Ambrosio Montesino hace de los Reyes Católicos, «había de leerlo el enfermo con gusto, pues le llevaba a recordar sucesos por él mismo vividos en su pubertad, y que ofrecían afilado contraste con los disturbios y marejadas que habían seguido en todos los órdenes desde la muerte de la Reina Católica» (17).

    Por otra parte, podemos resaltar el interés de los Reyes Católicos por ésta y otras vidas de Cristo difundidas por toda España y que tanto éxito tenían en esa época aquí y en toda Europa. Así, por ejemplo, fijándonos en Valencia, cabe señalar que Fernando el Católico escribió en marzo de 1496 al batlle general de aquel Reino, Diego de Torres, solicitándole la edición de la traducción de la misma Vita Christi del Cartujano, que Joan Roís de Corella hizo al catalán valenciano y que fue publicándose entre 1495 y 1500 (18). Por otro lado, la Reina Isabel pidió una copia de la Vita Christi que había escrito en un precioso catalán valenciano Sor Isabel de Villena, abadesa del monasterio de clarisas de la Trinidad de Valencia. Y gracias a esta petición, la obra fue enviada a la imprenta, ya que la sucesora de Sor Isabel en el cargo, Sor Aldonca de Montsoriu consideró que así cumpliría mejor el encargo de la Reina, y a ella, a la «molt alta, molt poderosa, christianissima Reyna e Senyora», le dedicó la obra en el prólogo que le puso y que firma como su «humil serventa e oradora Sor Aldonça de Montsoriu, indigna abbadessa del monestir de la Sancta Trinitat» (19).

    Pero también otras personas e instituciones del momento hablaron de España y de los Reyes Católicos como Reyes de España con total naturalidad, como varios historiadores han observado. Así, los predicadores se dirigían a los monarcas en sus sermones como al «Rey y Reina de las Españas» o de «España», y un poeta valenciano les reconocía como «Reys d'Espanya», mientras que en 1493 el gobierno municipal de Barcelona se refirió a don Fernando como el «rey de Spanya, nostre senyor» y en 1511 el concejo de Murcia le indicó que «toda la nación [de] España» le rogaba que no se arriesgase personalmente en una expedición a Africa (20). Cabría añadir algunos ejemplos más, como son los que se recogen en la pluma de Diego de Valera y en la de Pedro Mártir de Anglería, entre otros (21), o por supuesto, el caso de Antonio de Nebrija, del que más adelante recogeremos una cita de gran valor, pero del que ahora podemos recordar que en su Historia de la guerra de Navarra, escrita en lengua latina, habla del enfrentamiento entre «hispani» (españoles, bien es cierto que a veces los identifica en especial con los castellanos, pero no sólo) y «galli» (galos, franceses) y presenta a Isabel la Católica como «Regina Hispaniarum» y a su hijo el príncipe don Juan como «Princeps Hispaniarum», a la vez que exalta toda la labor de Fernando el Católico y del duque de Alba en la incorporación del Reino y expone que éste era parte de España: «At Navariam, quis aequus rerum aestimator iudicet, ab Hispania posse disiungi?» (22)

    Incluso el propio Fernando el Católico, satisfecho y orgulloso de su labor, decía en 1514 que «Ha mas de setecientos años que nunca la Corona de España estuvo tan acrecentada ni tan grande como agora, asi en Poniente como en Levante, y todo, despues de Dios, por mi obra y trabajo.» (23)

    Sin duda alguna adquieren una relevancia destacable los textos referidos al hijo mayor y heredero de los Reyes Católicos, el príncipe don Juan, y en especial los que lamentan la muerte de aquella joven «esperanza de España» (24).

    Luis Ramírez de Lucena dedicó su Arte del ajedrez (Salamanca, 1494-95) al «sereníssimo e muy sclarescido don Johan el tercero, Príncipe de las Spañas», y lo mismo hizo Juan del Encina con su Arte de poesía castellana (Salamanca, 1496), en cuyo proemio aludía a la labor del «dottísimo maestro Antonio de Lebrixa [o Nebrija], aquel que desterró de nuestra España los barbarismos que en la lengua latina se avían criado»; y también le dedicó su traducción de las Bucólicas de Virgilio (Salamanca, 1496), saludándole en el prólogo como «¡O bienaventurado príncipe, esperança de las Españas, espejo y claridad de tantos reinos, y de muchos más merecedor!» Por su parte, de un modo semejante a como denominaba Fray Ambrosio Montesino a Isabel y Fernando, Lucio Marineo Sículo llamó en latín «Princeps Hispaniae et Siciliae» a don Juan.

    Ahora bien, según hemos indicado, la muerte de este personaje suscitó un tremendo dolor no sólo en sus padres, los monarcas, sino en toda España, pues se había puesto en él toda la esperanza de la continuación de la época de paz y esplendor de Isabel y Fernando y la definitiva consolidación de la unión de Coronas y Reinos bajo un mismo cetro. Así la lloró el mismo Juan del Encina, en un poema A la dolorosa muerte del príncipe don Juan, de gloriosa memoria, hijo de los muy católicos Reyes de España, donde recuerda cómo éstos habían logrado restaurar el orden en la Corona de Castilla: «dionos Dios reyes de tal perfeción / que fueron remedio de mal tan entero [dicho desorden], / dioles Dios hijo varón, heredero, juntando a Castilla, Sicilia, Aragón. / ¡O, quántos plazeres España sintió / en todos lugares haziendo alegrías, / fiestas las noches y fiestas los días / quando el gran Príncipe ya nos nació! / [...] Él era de España la flor y esperança», y en su boda con «la gran Margarita, la flor de Alemaña, / juntónosla Dios con la flor de España / [...] ¿Quién dirá el gozo que España mostró, / sintiendo gran gloria destos casamientos?» El mismo poeta, en un romance, comienza lamentándose así: «Triste España sin ventura, / todos te deven llorar, / despoblada de alegría / [. . . ] / pierdes Príncipe tan alto, / hijo de reyes sin par.»

    Hacia 1498, el comendador Román, criado de los Reyes Católicos, publicó unas Coplas sobre el fallecimiento del hijo de éstos, en las cuales aparece en cierto momento «una señora, la qual dezía ser España, haziendo grandísimo planto por el Príncipe», afirmando que «Yo soy la que más perdió / en este Príncipe santo / que la muerte nos llevó», pues había puesto en él gran esperanza de que fuera la garantía de continuidad del buen gobierno de sus padres. Y también Garci Sánchez de Badajoz compuso unas Coplas con el mismo tema, donde decía: «Y cantemos sobre Spaña, / con triste voz y sonido / de ronco pecho salido, / la desventura tamaña / que a todos nos ha venido»; en este mismo poema denomina a Isabel «Reina de los afligidos, / leona brava de Spaña» y refiere que el dolor por la muerte del Príncipe «por toda Spaña puebla».

    De manera semejante, Pedro Mártir de Anglería elaboró un poema en latín titulado De obitu catholici Principis hispaniarum, y Diego Ramírez de Villaesclusa se refirió a Fernando el Católico, también en la lengua de los romanos, como rey de las Españas y de Sicilia. En castellano, Alfonso Ortiz redactó un Tratado del fallecimiento del príncipe don Juan, a quien designa igualmente como «príncipe de las Españas», «don Juan de las Españas» y «heredero primogénito de las Españas». A todo esto cabe añadir unos romances populares que recogen similares ideas y sentimientos, como el que comienza «Nueva triste, nueva triste que sona por toda España».

    Por lo tanto, el príncipe don Juan fue ampliamente considerado «príncipe de las Españas» y futuro continuador de la época de paz, esplendor y unión hispánica lograda por sus padres, y su muerte supuso un tremendo dolor que afectó, y esto está documentado, a todas las capas de la sociedad y en todos los reinos, como lo reflejaron los funerales celebrados por su alma y el sentimiento de tristeza general que se observó en todos los lugares.

    Los Reyes Católicos, ¿reyes de España o no?

    Hemos visto con claridad que en la Edad Media hispana se habla de España y que ésta no se concibe como una entidad meramente geográfica, sino como una comunidad histórica y religioso-cultural, que confiere a sus miembros unos vínculos de solidaridad y de identidad. En principio, aunque se recuerda y en cierta manera se añora la antigua unidad política habida en la época visigótica y rota con la invasión islámica (es la idea de la «pérdida de España» desarrollada ya en la Crónica mozárabe del 754), no se aspira a recuperarla de un modo plenamente intencionado, al menos hasta fechas bastante tardías, pues se afirma la legitimidad jurídica de los distintos reinos y entidades políticas de la España medieval. Eso sí, éstos se ven interrelacionados entre sí por ese sentimiento realmente existente de comunidad hispánica y que les proporciona una identidad especial ante el Islam y en el seno de la Europa cristiana. Para la época de los Reyes Católicos, sin embargo, sí nos encontramos con unos deseos, en ocasiones muy marcados, de anhelo y búsqueda de la unión política, y las directrices del gobierno de los monarcas apuntan a ese fin. Esto, sin embargo, no procede de la nada, sino que se ha ido fraguando a lo largo de siglos, en especial desde el XIII. Según hemos indicado ya, en la propia centuria del 1400 toda una serie de textos fue preparando el terreno para la realización de la unidad hispánica bajo una sola Corona (25).

    Por otro lado, los contemporáneos extranjeros e hispanos denominaron con cierta frecuencia «Reyes de España» a los Reyes Católicos, y además usaban el término con naturalidad. Sin embargo, es cierto que los monarcas nunca emplearon tal designación en su intitulación, sino que conservaron la larga lista de títulos que ya conocemos y que estaba abierta a añadir otros nuevos; y, efectivamente, ellos la agrandaron de forma sobresaliente.

    Respecto de esta segunda cuestión, Fernando del Pulgar, en su Crónica de los Reyes Católicos refiere que en el Consejo Real se debatió qué intitulación debían emplear, y que, a pesar de que los votos de algunos consejeros se inclinaron porque se denominasen «reyes e señores de España, pues subçediendo en aquellos reynos del rey de Aragón eran señores de toda la mayor parte della, pero determinaron de no lo hacer e yntitularonse en todas sus cartas en esta manera» (es decir, la de la lista de reinos y señoríos).

    Por lo tanto, hubo una negación por parte de Isabel y Fernando a la idea de autodenominarse de forma oficial «Reyes de España». Y, sin embargo, es evidente que no sólo les llamaron así numerosas personas e instituciones, sino que los monarcas no pusieron impedimento alguno a que lo siguieran haciendo. Más aún, lo permitieron e incluso ordenaron que se imprimieran libros en los que aparecía tal término. El caso del propio Fray Ambrosio Montesino es bien claro y significativo: se dirige a Isabel como «Reina de España», al menos ya desde las coplas que por encargo suyo compone hacia 1485; a ella y a Fernando les denomina «Reyes de España» en la Vita Christi en 1502; y finalmente dedica al segundo, como «Rey de España», las Epistolas y Evangelios en 1512.

    Esto último lleva a reflexionar sobre otro aspecto: el calificativo se aplica tanto a Isabel sola, como únicamente a Fernando, y a los dos juntos. Es decir, cabe afirmar que hay una conciencia clara de que los dos son los Reyes de España, y que el «Tanto monta» funciona al menos en la teoría.

    Así pues, ¿podemos considerar y llamar «Reyes de España» a los Reyes Católicos?

    En primer lugar, queda fuera de duda que España es una realidad en la Edad Media y que existe un concepto de ella que no se limita a mera geografía, sino que, si bien ésta puede ser y es la base, hay bastante más: hay una conciencia de identidad y de comunidad. Por lo tanto, en caso de considerar a Isabel y Fernando «Reyes de España», lo serán de algo que no se restringe a lo geográfico.

    En segundo lugar, ya se ha visto cómo se habla con frecuencia de los «Reyes de España» en el Medievo hispánico, así que tampoco es del todo novedoso que se aplique el término a Isabel y Fernando, sino que tiene una larga tradición. Pero lo que sí es novedoso es que se les considera como reyes de la unión recuperada de España, gracias a su matrimonio y a toda su labor, en la que cuentan como elementos muy importantes la incorporación de Granada, Canarias, Navarra... La expansión norteafricana, el descubrimiento de América... y, desde luego, la política matrimonial de los monarcas. Todo esto, sin olvidar lo que desarrollan en lo que toca a la hacienda y la moneda, la justicia, el ejército, la reforma y unidad religiosas, etc.

    En tercer lugar, no sólo otras personas e instituciones denominan a Isabel y Fernando «Reyes de España», sino que ellos mismos tienen conciencia de serlo, aun cuando no quieran usar de manera oficial esta designación. Si no fuera así, no se comprendería que permitieran que se les llamase de este modo una y otra vez a lo largo de todo su reinado, y tanto por separado como en conjunto.

    ¿Por qué entonces no aceptaron el uso oficial del título «Reyes de España»? Como apunta Suárez (26), se pueden encontrar varias posibles respuestas a tal cuestión.

    La primera de ellas puede ser la tradición: a lo largo de la Edad Media, los monarcas hicieron uso de un sistema de titulación plural, que fue plenamente heredado por los Reyes Católicos. Este factor ya lo señala Maravall (27), y hay que recordar que Isabel y Fernando eran tenidos, y ellos a sí mismos se tenían, más como «restauradores» que como «fundadores" (28).

    La segunda razón es que pudo deberse a que la unión política de España aún no estaba acabada del todo: no eran todavía reyes de toda España, sino de una parte, aunque fuera la mayor, lo que creaba en ellos el deber de completarla (29).

    En relación con esto hay que poner la cuestión de Portugal: ya sabemos que, a través de su política matrimonial, uno de los fines de los Reyes Católicos era la armonización política con este reino. Pero el uso del título »Reyes de España» de forma oficial podía molestar al vecino lusitano, que también se consideraba parte de España. Maravall ya indica este aspecto, y realiza un comentario acerca de que el rey don Manuel de Portugal hizo una reclamación a Fernando el Católico porque éste se hacía llamar «rey de España» (30). De todas formas, el hecho de que, en cambio, Isabel y Fernando aceptaran que personas e instituciones les denominasen así, podía constituir un elemento de propaganda de cara también a Portugal.

    Y, hablando de propaganda, una cuarta razón la podemos ver en la fuerza que podía tener una larga intitulación, la cual, además, estaba abierta a nuevos añadidos. Ladero matiza que la efectividad y la fuerza de cada título era diversa: los había honoríficos (Atenas y Neopatria, por ejemplo), reivindicativos (Rosellón y Cerdaña hasta 1493) y efectivos (31). Como decimos, la lista podía ir aumentándose mediante la incorporación de nuevos reinos o señoríos y esto confería un evidente prestigio al monarca o monarcas (32). Y, como igualmente hemos dicho, los Reyes Católicos hicieron crecer en su época el número de títulos de forma considerable.

    En fin, la última razón es quizá la más importante: la unidad estaba construida sobre la base de la diversidad territorial. Suárez también opina que éste fue el motivo principal de la cuestión y concretamente recalca que la unión se estaba edificando según el modelo de la Corona de Aragón (33). Ladero, por su parte, da importancia igualmente a la realidad de que la monarquía tenía dominios y componentes variados (34). Y Hillgarth, recordando que en la intitulación de los Reyes Católicos los reinos de la Corona de Castilla y los de la de Aragón se enumeran uno tras otro en rigurosa alternancia, cita a Gómez Mampaso en la idea de que esto parece reflejar «la concepción pluralista del Estado, yuxtaponiendo los reinos sin fundirlos» (35). Sin duda alguna, el corporativismo u organicismo cristiano medieval pudo jugar un papel muy destacado en la configuración de la unión dinástica. Cepeda Adán tiene en cuenta este factor al referirse a la concepción del reino, del Estado, en los Reyes Católicos (36). Son muy esclarecedoras, por otra parte, estas palabras de Antonio de Nebrija en el prólogo que dedica a Isabel la Católica, «Reina i señora natural de españa e las islas de nuestro mar», en su Gramatica de la lengua castellana de 1492: «I assi crecio [la lengua castellana] hasta la monarchia e paz de que gozamos, primeramente por la bondad e prouidencia diuina, despues por la industria e trabajo e diligencia de vuestra real majestad. En la fortuna e buena dicha de la cual los miembros e pedaços de España que estauan por muchas partes derramados, se reduxeron e aiuntaron en un cuerpo e unidad de reino. La forma e travazon del cual assi esta ordenada que muchos siglos, iniuria e tiempos no la podran romper ni desatar.» (37)

    Nebrija ve con claridad que se ha alcanzado la unidad que llevaba esperando siglos y que ya es irrompible. Pero, además de esto, habla de «miembros» y «cuerpo», y cualquier entendido en textos políticos medievales sabe que no son palabras dichas al azar o sin significado. El reino se concibe orgánicamente en lo social y en lo territorial, y los territorios que lo componen son los miembros que forman el cuerpo del reino. Este no puede existir sin aquéllos, y aquéllos, a su vez, no tienen sentido y finalidad fuera del reino. Y, sin duda alguna, ésta era la visión de los Reyes Católicos. Ellos fundamentaron la unidad sobre la diversidad, bebiendo doctrinalmente para ello en buena medida del pensamiento corporativo del Medievo cristiano, que se fue perpetuando y renovando posteriormente y que en España tiene una de sus expresiones más recientes y bastante fiel heredera de él en el tradicionalismo carlista; en Portugal podemos verlo en el miguelismo y el integralismo. El foralismo carlista se explica bien desde esa perspectiva y trata de conjugar la unidad nacional con la diversidad regional, de una manera no muy lejana al modelo de los Reyes Católicos. Los cuales, aunque sin duda dieron muchos y muy importantes pasos en la construcción del «Estado moderno», seguían vinculados a las doctrinas de la Edad Media cristiana.

    Otro reflejo claro de tal concepción es el escudo de armas de Isabel y Fernando, en el cual se integran los distintos territorios y la personalidad de cada uno de ellos queda tan patente como la unidad alcanzada, al mismo tiempo que todo queda consagrado y protegido por el águila de San Juan Evangelista, por la fe católica (38).

    Y esta diversidad en la unidad es la que también explica que muchas veces se hable de España en plural: «las Españas». También Felipe II utilizó, además de la larga lista de territorios en su intitulación, esa otra de «Philippus Hispaniarum Princeps» o «Philippus, Dei gratia Rex Hispaniarum...». Y esto ya lo había hecho su padre Carlos I, como se observa en varios sellos (39). Es decir, que después de los Reyes Católicos y antes de Carlos III, también otros monarcas fueron denominados (en los casos de Carlos I y Felipe II que aquí se refieren, se autodenominaron) «Reyes de España» o «de las Españas».

    Los historiadores de la Edad Moderna, acogiéndose a veces a textos de autores de los siglos XVI y XVII, por ejemplo del P. Mariana, han propuesto, quizá como términos menos conflictivos, los de «Monarquía Católica» y «Monarquía Hispánica», para hablar de los reyes que gobernaron España desde Isabel y Fernando hasta la centuria del 1700. En realidad, son términos ciertamente bastante adecuados y que hacen referencia sobre todo a dos aspectos: la fe sobre la que se asienta la Monarquía y la universalidad. Porque, en realidad, tanto catolicidad como Hispanidad son conceptos que expresan universalidad, y la España de la Epoca Moderna muestra sin duda esta vertiente. Pero ello no quita el que, después de haber tratado toda esta cuestión, podamos sin temor hablar también de «Reyes de España» antes de Carlos III y que podamos aplicar tal calificativo igualmente sin miedo a los Reyes Católicos. Del mismo modo, no hay por qué evitar hablar de España antes del siglo XVIII, ni hay razones verdaderas para afirmar que España no existe ni ha existido en la Historia. Como bien dice el profesor Eloy Benito Ruano: «¿Negación actual de España? Síntoma de incultura histórica.» (40)


    ·- ·-· -··· ·· ·-··
    Santiago Cantera Montenegro 1) Resumen de la conferencia pronunciada en la Universidad San Pablo-CEU de Madrid el 4 de mayo de 2001, dentro de las Jornadas sobre La creación del Estado moderno español: una transición política a finales del siglo XV. En buena medida, habíamos abordado el tema en el artículo "Fray Ambrosio Montesino y los Reyes Católicos como Reyes de España", en Fundación, revista de la Fundación para la Historia de España (Argentina), II (1999-2000), pp. 261-282.

    2) Tanto la edición francesa (París) como la española (Madrid, Nerea), son de 1988. La cita, p. 9.

    3) Maravall Casesnoves, J. A.: El concepto de España en la Edad Media. Manejamos la 4a edicio~ilMadrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1997); la la es de 1954.

    4) Espana. Reflexiones sobre el ser de Espana. Madrid, Real Acadernia de la Historia, 1997.

    5) Op. cit., 2a parte. A continuación, recogemos algunas citas de las pp. 342, 345, 388-390 y 398.

    6) Versos 3724-3725. Manejamos la 4a edición de Ramón Menéndez Pidal (Madrid, Espasa-Calpe, 1940, p. 298) y la de Colin Smith (Madrid, Cátedra, lg9l, p. 267).

    7) Ladero Quesada, M. A.: ~España: Reinos y señoríos medievales (Siglos XI a XIV)", en España. ReJlexiones sobre..., pp. 95-129; p. 95.

    8) Ladero Quesada, M. A.: "Ideas e imágenes sobre España en la Edad Media", en Sobre la realidad de España. Madrid, Universidad Carlos III de Madrid - Boletín Oficial del Estado, 1994, pp. 35-53; p, 38. Recogemos a continuación algunas citas de este trabajo y del mencionado antes.

    9) Real Academia de la Historia (RAH), Col. Salazar y Castro, 9/356 (antiguo E-18), fols. 119 r. - 122 v.

    10) RAH, Col. Salazar y Castro, 9/832 (antiguo M-25), fols. 180 r. - 188 r.

    11) RAH, Col. Salazar y Castro, 9/706, (antiguo K-81), fols. 21 r. - 22 r.

    12) En esta idea incide habitualmente el profesor Luis Suárez.

    13) Para este autor, usamos principalmente la edición de la BAE (Biblioteca de Autores Españoles), vol. 35 (Madrid, Rivadeneyra, 1855), pp. 401-466; aquí, pp. 441-444. Y Rodríguez Puértolas, Cancionero de Fray Ambrosio Montesino, Cuenca, Diputación Provincial, 1987; pp. 253-260 y 260-268.

    14) De la primera edición de Toledo, 1512, solo se conoce un ejemplar en el British Museum.

    15) Por ejemplo, en la Biblioteca Nacional de Madrid (BN), R-4 a R-7. El proemio, en vol. I, fols. II-IV.

    16) San Ignacio de Loyola: Obras Completas, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos (E3AC), 1977 (3a ed. revisada); p. 94.

    17) Leturia, P. de S.I.: El gentilhombre íñigo López de Loyola en su Patria y en su siglo, Barcelona, Labor (Colección "Pro Ecclesia et Patria"), 1949 (2a ed. corregida); p. 152.

    18) Riquer, M. de; Comas, A.; Molas, J.: Historia de la Literatura Catalana, vol. IV (Part Antiga, per Martí de Riquer. Barcelona, Ariel. 1985, 4a ed.); p. 117.

    19) Existe ed. crítica reciente de la obra completa, realizada por Josep Almiñana i Vallés, 2 vols. Valencia, Ajuntament de Valencia, Regidoría d'Acció Cultural, 1992. El prólogo en vol. I, p. 204.

    20) Hillgarth, J. N.: Los Reyes Católicos. 1474-]516, Barcelona, Grijalbo, 1984; p. 282.

    21) Maravall, op. cit., p. 467. LADERO, "Ideas e imágenes...", pp. 46-48.

    22) Nebrija, E. A.: Historia de la guerra de Navarra, Madrid, 1953.

    23) Ladero, "Ideas e imágenes...", p. 48.

    24) Para esta cuestión, es interesante Pérez Priego, M. A.: El Príncipe Don Juan, heredero de los Reyes Católicos, y la literatura de Stl época, Madrid, UNED, 1997; antología de textos literarios en pp. 55-101.

    25) Ladero Quesada, M. A.: Los Reyes C~atólicos: la Corona y la Unidad de España Valencla, Asociación Francisco López de Gomara, 1989; pp. 88-90.

    26) Suárez Fernández, L.: Los Reyes Católicos. Fundamentos de la monarquía, Madrid, Rialp, 1989, p. 14.

    27) Maravall, op. cit., pp. 352-353.

    28) Suárez, Los Reyes (~atólicos. Fundamentos..., capítulo I, 1 (pp. 9-14). De este autor, cabe recordar también "España. Primera forma de Estado", en España. Rellexiones sobre..., pp. 131-150.

    29) Esta razón la apuntan también los profesores Maravall, Suárez (quien no cree que sea la más importante) y Ladero.

    30) Maravall, op. cit., p. 470.

    31) Ladero, Los Reyes Católicos ., p. 94.

    32) Así lo veía Maravall, op. cit., p. 353.

    33) Aparte de trabajos mencionados, es de gran interés el primer capítulo de su obra Claves históricas en el reinado de Fernando e Isabel, Madrid, Real Academia de la Historia, 1998.

    34) Ladero, Los Reyes Católicos , pp. 93-94. En su obra España en 1492, Madrid, Hernando, 1978, p. 112, señala: "La Inonarqllía de ambos esposos es a la vez unión dinástica y ejercicio unido del poder en su cúspide. No supone un cambio en la constitución interna de los reinos y, tal vez por eso, Isabel y Fernando no se titularon oficialmente reyes de España, aunque como tales se considerasen, sino que mantuvieron las titulaciones tradicionales, incluso las honoríficas, unificadas en una larga relación donde cada reino -castellano o aragonés- tiene su puesto y a la que se incorporan las conquistas y anexiones efectuadas por ellos. Los monarcas de la Casa de Austria conservarían este procedimiento de titulación: [. ]".

    35) Hillgarth, op. cit., p. 283.

    36) Cepeda Adán, J.: En torno al concepto de Estado en los Reyes Católicos. Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Escuela de Historia Moderna. 1956; pp. 74-75.

    37) Nebnrija, A. de: Gramatica de la lengua castellana, Salamanca, 1492. Hay edición facsímil de Valencia, Librerías París-Valencia, 1992. La cita, pp. 5-6.

    3) 8 Es muy interesante el estudio de Menéndez Pidal de Navascués, F.: "Los emblemas de España", en Espaiia. Reflexiones sobre .., pp. 429-473.

    39) Por ejemplo, en un sello de 1526 aparece la fórmula "Carolus Dei Gracia Rex Hispaniarum" (Archivo Histórico Nacional de Madrid [AHN], Sigilografía-Sellos, Caja 17, n° 63). Y en otro de 1541, "loana, Carlos su hiio, Reis de Spanna" (AHN, Sigilograffa-Sellos, Caja 47, n° 19).

    40) Benito Ruano, E.¨"Reflexiones sobre el ser de España", en España. Reflexiones sobre..., pp. 583-587; p. 587.
    Aquí corresponde hablar de aquella horrible y nunca bastante execrada y detestable libertad de la prensa, [...] la cual tienen algunos el atrevimiento de pedir y promover con gran clamoreo. Nos horrorizamos, Venerables Hermanos, al considerar cuánta extravagancia de doctrinas, o mejor, cuán estupenda monstruosidad de errores se difunden y siembran en todas partes por medio de innumerable muchedumbre de libros, opúsculos y escritos pequeños en verdad por razón del tamaño, pero grandes por su enormísima maldad, de los cuales vemos no sin muchas lágrimas que sale la maldición y que inunda toda la faz de la tierra.

    Encíclica Mirari Vos, Gregorio XVI


  3. #3
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    Re: Libro: El concepto de España en la Edad Media

    Publico aquí, de la obra "El concepto de España en la Edad media", el apartado HISPANIA UNIVERSA (cuyo contenido coincide con el título de la obra), y cuyas partes son las siguientes:

    I - De los nombres de España y de sus partes.

    II - España la mayor y España la menor.
    El plural “las Españas”.
    Otras formas de expresión en relación con la diversidad territorial peninsular.

    III - Hispania y las regiones del nordeste hispánico.

    IV - La sede narbonense en la tradición hispánica.


    (los subrayados son míos)
    Última edición por Gothico; 26/11/2006 a las 12:36

  4. #4
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    Re: Libro: El concepto de España en la Edad Media

    I - DE LOS NOMBRES DE ESPAÑA Y SUS PARTES:

    El nombre de España en la Edad Media y el concepto de una realidad histórico-geográfica que en él se expresa son el resultado de una tradición romana y goda. En medio del naufragio, como con patética metáfora decía la “Crónica mozárabe” (año 754), que trajo consigo la invasión de los árabes, ese legado queda a flote merced a la subsistencia de las obras de Orosio y de San Isidoro, que no serán olvidadas en ningún momento. De ambos escritores deriva no solamente la noticia de que en el Occidente de Europa existe una Península de forma y de área determinadas –esa “Hispania triangulata”, de que habla todavía la “Historia pseudoisidoriana”-, sino la conciencia más o menos desarrollada, de que una vida humana se da en ella conjuntamente, como un lazo que liga en semejanza de condiciones, de posibilidades, de quehaceres, de propósitos, a cuantos en aquélla se comprenden y con un sentimiento que traduce la manera de experimentar la pertenencia a esa tierra común…

    La palabra Hispania, y con ella la de hispanos que aquélla postula y de la que va acompañada siempre, representan el fondo común de la existencia colectiva que, en el ámbito territorial al que el corónimo Hispania se aplica, tiene lugar y a la que proporciona, por esa razón, una forma de vida que la define. De este modo, la palabra Hispania es, durante varios siglos, la llamada a la Reconquista, lanzada en forma presionante a los que sobre su suelo habitan –dicho esto en síntesis, cuyo desarrollo constituye el tema del presente libro-. La contestación a esa exigencia es la actitud histórica de los españoles en la Edad Media, de cuyo sentido único y múltiple a la vez se desprende el verdadero significado de la palabra España.

    Atribuye Orosio al rey de los visigodos, Ataúlfo, el propósito ambicioso de heredar plenamente en el orden político lo que Roma había sido y todavía seguía siendo, aunque en forma tan declinante, en el mundo antiguo. Al encontrarse en el ámbito romano – no simple extensión física, sino realidad viviente que le insta insoslayablemente a tomar una actitud-, Ataúlfo pretende borrar el nombre de Roma, reemplazar por el Imperio godo el romano y él convertirse en un nuevo César Augusto. Es una completa respuesta a la interrogante situación de los pueblos de la cultura romana, la que el rey visigodo lanza: “Gothia quod Romania fuisset”.

    En qué manera ese propósito no tuvo continuación es cosa sabida y no precisamos meternos ni siquiera a recordarlo (5). Pero avanzando en su progresión hacia Occidente, los godos llegan a una tierra sobre la que los romanos habían difundido y precisado su nombre de vieja raíz: Hispania. Y de esa provincia romana, los godos hacen el espacio de un poder único y total sobre su entero ámbito, independiente y apoyado sustantivamente sobre sus propios recursos.

    Los nombres de Idacio, Juan de Biclaro y San Isidoro jalonan ese proceso de formación histórica, de penetración o intimización de la tierra peninsular en la existencia de un grupo humano, que, como es sobradamente conocido, San Isidoro enuncia, con cálida expresión antropomórfica, valiéndose de la relación maternal: “Oh sacra semperque felix, mater Hispania”. La respuesta de Ataúlfo falló; pero, menos pretenciosa, había de quedar esa otra respuesta histórica que desde entonces sintetiza el nombre de Hispania. De una tradición romana y goda arranca el concepto histórico de España y, bajo la presión de éste, se perfila y fija el concepto geográfico y el nombre con que se le designa.

    El español de la edad media recoge ese concepto doble –ámbito al que se liga su existencia y lugar donde se desenvuelve su empresa colectiva- y lo conserva como fondo sobre el que se proyecta el acontecer en el que se ve implicado por pertenecer a la tierra hispana. Luego veremos cómo relaciones de la vida humana, en el orden moral, eclesiástico, religioso, artístico, social, jurídico, militar, político, etc., de cuantos tienen conciencia de vivir en el ámbito histórico de España, se refieren a ese fondo común. Pero tratemos primero de ver cómo se precisa esa base geográfica en el sentir de los hombres de la época.

    Por de pronto constatemos que se conservan en nuestra Edad Media, sobre todo en diplomas, más que en textos literarios, nombres que, sobre el total de la Península, o sobre alguna de sus partes, se emplearon en tiempo pasado en la Antigüedad; nombres que responden en algunos casos a divisiones antiguamente establecidas, sin correspondencia con las dadas en la Edad Media, en la cual, sin embargo, emergen esas denominaciones como un lejano recuerdo. Esos cultismos, porque con tal carácter se manifiestan, tienen en general poca fuerza, pero, no obstante, muestran, como una comprobación marginal y secundaria, la subsistencia de la vieja tradición.

    En relación a la totalidad de la tierra peninsular nada es comparable al uso general de la voz “Hispania”, con una grafía vacilante, como es fácil comprender, pero siempre recognoscible.
    Sin embargo, en raras ocasiones aparecen nombres anteriores.
    (-Si Teodulfo de Orleáns, hispano, obispo de Carlomagno, emplea la expresión “hespera turba” (6) para designar los que él llama sus consanguíneos, con el mismo carácter de retórica culta, propia de eclesiásticos, el término se encuentra en la epístola de la iglesia de Vich, año 1046, contestando a los monasterios de Ripoll y San Miguel de Cuixá sobre la muerte del ilustre Oliba: “Quem quidam fugandis tuis tenebris, o quomdam felix Hesperia, divina cessit clementia? (7)”.
    La llamada “Historia Compostellana” nos testifica que todavía más tarde y también en medios eclesiásticos, la voz “Hesperia” se ha conservado (8).
    El Toledano asegura haber visto empleado en diplomas de Alfonso VI el título de “Imperator Hesperiae”.
    Y, al final de la Edad Media, recordando los pretendidos vaticinios adversos que anunciaron el reinado de Pedro el Cruel, Sánchez de Arévalo, con cierto sentido, puesto que pone la expresión en labios de un consejero de Alfonso XI, del cual dice que era un sabio griego, escribe en tono de lamentación: “o misera Hesperia” (9).
    Todo ello, aparte, claro está, de los casos en que la misma palabra aparece en los historiadores que a partir de don Rodrigo Jiménez de Rada comienzan a ocuparse de los primeros tiempos de la península.
    -Estos mismos historiadores dieron cuenta de que aquélla había sido también llamada “Iberia”, y documentos de época anterior nos ponen de manifiesto, igualmente, un cierto grado de conservación de este mismo nombre.
    Efectivamente, en la “Crónica mozárabe” se conserva, en algún pasaje, la expresión “Iberia”.
    En una curiosa escritura de donación realizada por el conde Borrel, en 988 (y que constituye un caso extrañamente culto, ya que en ella, con su latín bárbaro, no se llama al hombre homo, sino antropo) el citado conde se titula “ego, Borillo, gratia dei hibereo duci atque marchiso” (10).
    El famoso monje Gerberto, luego Papa Silvestre II, amigo del conde Borrell, bajo cuya protección pasó unos años estudiando en Cataluña, menciona la Hiberia –con la misma h latinizante de otros documentos medievales- en carta a Nitardo, abad de Metlach, en 986.
    Pocas décadas después, el obispo abad Oliba se dirige a Sancho el Mayor de Navarra llamándole “rege iberico” (11) y todavía en 1110, un diploma de Alfonso el Batallador, comienza así: “Adefonsus, totius Hiberiae monarchia tenens…” (12).
    El corónimo “Iberia” y el étnico “iberos” aparecen con reiteración en la “Historia Compostellana”, en la que unas veces parece abarcar aquél toda la extensión de la Península y otras reducirse a la parte occidental –en una ocasión parece ser el “regnum Hiberum”, tan sólo el de doña Urraca-, mas como emplea dicha expresión, por rara coincidencia, refiriéndose en todos los casos a la época de la citada reina y de Alfonso I (de Aragón), época en la que tierras y súbditos aparecen tan mezclados, resulta difícil de determinar, en frases como “duces omnesque Hiberiae heroes” o “Hiberos proceres” o “ad Hiberos misso” (alude a un legado pontificio) u “omnes quos Hiberia continet”, hasta dónde se extiende esa tierra ibérica (13).)

    Procedentes del mismo fondo de la antigüedad aparecen a veces usados –y, claro está, nos referimos a ejemplos de un uso presente, no a los casos en que se habla de tiempos pasados- términos que designaron algunas de las partes de la Península.
    (Así, la “Chronica Gothorum” portuguesa o Cronicón lusitano, al dar la noticia de la toma de Toledo por Alfonso VI, emplaza la ciudad en la “provincia Carthaginis” (14).
    Para la “Historia Silense”, Navarra es el “Cantabriensium regnum” (15).
    Y la misma obra, al contar que Fernando I llevó la guerra hacia la parte de Valencia, dice “ad Celtiberie provincie” (16).
    La Historia Compostelana llama a Alfonso I de Aragón “Celtiberus” (17).)

    Ese nombre de provincia antigua alcanza una cierta aceptación.
    (Desplazándolo hacia el extremo nordoriental de la Península, el arzobispo Jiménez de Rada hace posible que se lo apropien algunos escritores catalanes para designar su propia tierra (en donde el recuerdo de la Tarraconense se pierde para un posible empleo actual y en donde el nombre moderno de Cataluña carece del valor de lo antiguo).
    Carlomagno, afirma el Toledano –y con ello difundía en nuestra historiografía medieval el tema carolingio-, conquistó “partem Celtiberiae quae Catalonia dicitur” (18).
    Y, precisando los contornos de esa parte, la llamada “Crónica Pinatense” decía: “Celtiberia, terra illa quae est inter montes Pirineos et rivum Iberis” (19).)

    Pero ya en estas últimas palabras, como en algunos otros ejemplos del final de la Edad Media, lo que se advierte es la tendencia a servirse del nombre de Celtiberia para designar, en su conjunto, las tierras principales que pertenecen a la Corona de Aragón, el núcleo en que se funden sus más antiguas pertenencias.
    (En un ambiente de pre-humanismo, el abad de Montserrat marcos de Villalba, contestando a la “proposición” o discurso de la reina María, en Cortes de Tortosa de 1421, le dice: “vos qui tenits lo ceptre en la regió de Celtiberia” y, párrafos después,refiriéndose a la gente del país, los llama “los de Celtiberia” (20).
    También en las “Memorias historiales de Cataluña”, se llama Celtiberia a las tierras catalana-aragonesas entre el Ebro y los Pirineos.)

    Con la antigua tradición, no propiamente geográfica, sino histórica, de “Hispania”, está relacionada la idea de sus provincias, entre las que se incluye la Tingitania, y esa tradición, como ocurre en tantos otros aspectos de la Edad Media, cobra un valor normativo.
    (“Hispania”, para Alonso de Cartagena, comprende esa Tingitania, que es pertenencia o “adherencia” suya, dicho en términos de la época, como se encuentra afirmado, dice el obispo de Cartagena, en “quamplures cum de divisione terrarum loquuntur”, en especial en San Isidoro y en el “Catholicon” (año 1286) de Juan Balbo, sin que sea obstáculo a ello que esté situada en otra parte del planeta –“nihil facem ad rem quod sit in Europa vel in Africa. nam multi principatus in mundo fuerunt qui habuerunt terras in diversis plagis mundi”, tal como se vio en el caso de Roma, del emperador de los tártaros, del sultán de babilonia, etc. (21).)
    Ello demuestra lo que en el concepto espacial de Hispania hay de contenido histórico-humano y no geográfico. Más adelante volveremos a ocuparnos de esta idea.
    Señalemos ahora sólo que su difusión nos permite encontrarla en textos poéticos en los que se presenta como algo de lo que todos tienen noticia.
    “Vi las provincias de España”, dice Juan de Mena, y esas provincias no son los reinos peninsulares coetáneos del poeta, sino los de la tradición clásica –y entre ellos la Tingitania (22).

    Desde el siglo XIII se expande una forma de expresión que aparece perfectamente asimilada en el Tudense; que desde entonces no deja de usarse y que en los comienzos del humanismo, respondiendo a la tendencia arcaizante y al gusto por los cultismos de procedencia latina, se generaliza en gran medida. Me refiero a las denominaciones de España “citerior” y “ulterior”. Indudablemente su recuerdo no se había borrado.
    (Aparece conservado en la “Crónica mozárabe”.
    Y si el historiador franco Richer ve al conde Borrell como “citeriores Hispaniae ducem” (23), de la misma denominación se sirve, en 1077, el conde Bernardo de Besalú, cuando, refiriéndose a un Concilio celebrado en su condado cinco años antes, dice: “in citeriori Hispania videns exterminationem Simonis Magi” (24).
    En el Decreto de restauración de la Iglesia Tarraconense, sobre 1128, se llama a ésta “citerioris Hispaniae caput” (25).
    Siguiendo el hilo de la tradición culta, Lucas de Tuy recuerda también la vieja división y se refiere a la provincia de “Hispaniae quae citerior dicitur” y atribuye al conde Julián la funesta maquinación de que “incitavit Francos ut expugnarent Hispaniam citeriores” (26).
    En el Toledano y en la “Primera Crónica General se conservan también las dos denominaciones.)

    El uso de las expresiones España “citerior” y “ulterior” sigue manifestándose en los siglos de la baja Edad Media, siempre con escasísima frecuencia y, desde luego, respondiendo a una preocupación de puro carácter erudito. Con ellas es manifiesto que se designan partes de un todo, y por eso siempre se habla a la vez de España globalmente, hábito literario que, precisamente por su condición de tal y por la tendencia arcaizante a que responde, llega, con las mismas características que hemos dicho, hasta los humanistas. Si es cierto que Margarit (1421-1484), territorialmente habla de “utriusque Hispaniae”, al mismo tiempo él es uno de los primeros en llamar a los Reyes Católicos “reges Hispaniae”.

    Por otra parte, esa manera de designar a las dos partes de España, de la tradición romana, no podía tener sentido cuando los que se servían de aquélla se encontraban dentro de España y desde ella hacían la historia o la escribían. Colocados “in interiori Hispania”, dicho con frase del Tudense, la impropiedad de aquellas formas era evidente y de aquí que surjan otros modos de llamarlas.
    (La “Crónica” de Desclot habla de “la prefonda Espanya”, donde se hallan castellanos y gallegos, y el editor de esta Crónica, Coll y Alentorn, al anotar ese pasaje, señala la existencia de un manuscrito posterior, de comienzos del XV, en el que se trata de “quala es apellada la primera Spanya e qual la segona e qual la terça Spanya”, ya que “Spanya si era e és divisa en tres partides”, “en la darrera Espanya cau tota Galicia, e Biscaya e Castella la Veylla, e s’en va fins a Bordeu”, idea que se encuentra también recogida en la compilación de carácter histórico llamada “Flos Mundi”, cuya fecha es de 1407 (27).
    También en el XV, la traducción al romance de la “Crónica” del Tudense, a la vez que habla impropiamente de “España la más cercana”, guerreada por los franceses, usa para designar a la otra parte la denominación de “la España más de dentro” (28).
    En la misma línea hay que citar la expresión “la última Espanya” que aparece empleada en el “Tirant lo Blanc” (29).

    Estas denominaciones no son más que traducción libre de las antiguas formas latinas. Y si nos detenemos en ellas es, como llevamos dicho, por cuanto constituyen una prueba complementaria del fuerte peso de la tradición antigua en lo relacionado con el concepto de España, de modo tal que hay casos en que esa tradición se impone a la realidad presente. Y esa fuerza del legado antiguo es un dato importante en la vida española medieval (y probablemente aún en la contemporánea).

    Como supervivencia de la forma bipartita, aparece en San Isidoro la de la “España superior” e “inferior”.
    (Eurico, escribe San Isidoro, sometió a su potestad la “Hispaniam superiorem”, enviando un ejército a Pamplona y Zaragoza (30).
    Y con un interesante desplazamiento, en la “Chronica gothorum pseudo-isidoriana”, entre fines del X y comienzos del XI, esa España superior aparece trasladada al norte de los Pirineos, haciendo a la vez equivalente a esta división la tradicional de “citerior” y “ulterior”; según dicha Crónica, se distinguen “duas Yspanias, superiorem scilicet et inferiores vel citeriores et ulteriores, altera citima Mauris, altera plane ab illis remota”; cuál sea propiamente esa España superior nos lo dice la misma Crónica líneas después, expresando a un tiempo extraño y curioso sentimiento respecto a ella: “Superior Yspania Gallia braccata apellatur, ubi tanta est insolentia tantusque fastus nec non et arrogantia copiosa” (31).
    A esta distinción parece corresponder tardíamente la forma “Hispania alta e baixa” que se da igualmente en “Tirant lo Blanc” (32).)
    Aunque, en definitiva, estas últimas son expresiones más o menos lejanamente derivadas también del antecedente romano.

    El fenómeno de extraversión del nombre de España al otro lado de los Pirineos es frecuente en toda la Edad Media, y luego nos referiremos a él.
    (Aquí nos interesa recoger aún, en relación con el problema de las partes y por la curiosa circunstancia de que encontrara un lejano eco en nuestros escritores de la baja Edad Media, el remoto testimonio de Fredegario (siglo VII). Cita éste los pueblos que proceden de Jafet y las tierras que les pertenecen; entre ellas aparece la Ispanogallia, frente a Celtes-Gallia, y la “Hispania maior” (33).)
    El término de “Hispanogallia” se pierde después; pero, en cambio, la división de España en “mayor” y “menor”, que hallamos en Fredegario alcanza gran fortuna y recogida en la Historia de España de Alfonso X, continúa siendo ocasionalmente empleada hasta el final de nuestra Edad Media.
    Última edición por Gothico; 26/11/2006 a las 12:40

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    Re: Libro: El concepto de España en la Edad Media

    (de José Antonio MARAVALL, en su obra “El concepto de España en la Edad Media”)

    ...II - España la mayor y España la menor.

    El plural “las Españas”.

    Otras formas de expresión en relación con la diversidad territorial peninsular.

    Para la “Primera Crónica General” las dos partes de España son, efectivamente, España la mayor y España la menor. “Los grandes montes que son llamados Pirineos, que departen Espanna la mayor de la otra y estos montes comienzan se a la grand mar mayor cabo la villa que es llamada Bayona, que yaze en ese mar misma contra cierço e atraviessa toda la tierra fastal mar Mediterraneo e acabasse alli cab una villa que dizen Colibre”. La otra España, la menor, para Alfonso X y sus colaboradores, es la región al Norte de los Pirineos, de tan fuerte tradición hispánica: “Vinieron los franceses correr y estragaron a Espanna la menor”, cuyas ciudades son Narbona, Albi, Rodez, Carcasona, Auch (34).

    En el poema provenzal de “Ronsasvals”, la hermosa Alda, hermana de Oliveros y enamorada de Roldán, pregunta a un peregrino si viene de Santiago y si “Es vos passat per Espanha la grant” (V. 1.730), manera de expresarse que probablemente responde a la idea de esas dos Españas (35), así como también aquella de que se sirven Eiximenis y Tomich: “la gran Espanya” o “Hispanya la gran” (36).
    En Alvarez de Villasandino se encuentra “la grant España” y Alonso de Palencia escribe todavía “la más extendida España”, con lo que hace referencia a Castilla (37).
    Diego Valera habla al rey castellano Juan II de “esta vuestra mayor España” (38).
    Mientras que en Alonso de Palencia la significación de “España la menor” se había desplazado a la parte catalano-aragonesa, en Valera cabe pensar que subsiste la idea de Alfonso X (39).

    Todas estas divisiones, como se ve, más que responder a la realidad histórica de los siglos medievales, se conservan merced a la inercia del confuso recuerdo de la dominación romana y visigoda. Es necesario llegar al siglo XVI para encontrar en un escritor de sentido geográfico muy moderno, y muy libre, además, de la retórica humanista, Fernández de Enciso, el primer ejemplo de abandono de esas vagas reminiscencias antiguas, planteando en nueva forma eminentemente geográfica y no histórico-política, como es propio del carácter de su obra, la división de las partes de España: “Esta España –nos dice- se divide, según los pasados, en tres provincias, pero porque aquéllas no tienen hoy aquellos nombres, yo la divido en seis” –que son, según el autor, las vertientes de los cinco ríos principales (40).

    - El único problema que tiene un cierto interés en relación con las denominaciones aplicadas a España y sus partes, de procedencia antigua y de supervivencia debida a tradición, es el del plural “las Españas”. Ese interés deriva, más que del uso real que de tal expresión se ha hecho en la Edad Media, de interpretaciones modernas. Sin embargo, esa fórmula de “las Españas” ni expresa de manera particular y con especial fuerza demostrativa una idea de pluralismo interior, ni mucho menos, contra lo que alguna vez se ha llegado inconcebiblemente a decir, aparece en relación con el problema de la dominación española en América.

    Es frecuente, en todo caso, querer dar a la expresión de “las Españas” un matiz significativo específico, como podemos comprobar en la cita que hicimos en el capítulo anterior de Entwistle. María Rosa Lida, en su magistral estudio sobre Juan de Mena, dice, el marqués de Santillana y Pérez de Guzmán emplean a veces la forma Españas (Comedieta de Ponza, 35,42; Himno a San Dionisio,1; Loores…,287), plural que revela hasta qué punto ambos están lejos de concebir la unidad política de España” (41). No entremos ahora en la cuestión del sentido de la unidad en esos autores, pero hemos de rechazar la tesis de que, ni afirmativamente, ni negativamente, guarde relación con el problema de la unidad hispánica el empleo de la forma “las Españas”.

    Vamos a adelantar, en apretada síntesis, las conclusiones a que nos permite llegar el análisis de los datos que después expondremos:
    a) Como procedente de una tradición culta, el uso del plural “las Españas” se da con más frecuencia en medios eclesiásticos.
    b) Se emplea mucho más en la parte occidental que en la levantina, y en una y otra es incomparablemente inferior al uso del singular.
    c) Se emplea indistintamente con la forma del singular, sin que quepa hacer ninguna precisión sobre los casos en que se sigue una u otra forma, no respondiendo, en consecuencia, ninguna de las dos a una específica concepción histórico-política de la realidad hispánica.
    d) Una denominación en plural de otros países se usa a veces, y, con más frecuencia, se da el fenómeno de la división de estos en partes, con análogo sentido al que se encuentra en la expresión “las Españas”.
    e) Ese uso se produce por una tendencia al énfasis que pretende prestigiar, por su número y diversidad, las tierras y, con ellas, los títulos de quienes las señorean.
    f) Ese hecho se da sobre el fondo común de la conciencia de un ámbito unitario, cuya explanación trataremos de exponer a lo largo de este libro.
    g) El corónimo “las Españas” se corresponde unívocamente con el étnico “hispanos”, sin que los otros étnicos más particulares –gallegos, leoneses, castellanos, navarros, aragoneses, catalanes- se apliquen por entero a ninguna de aquellas partes de España, de cuyo recuerdo deriva tal plural.
    h) El plural de “las Españas” es usado en ocasiones para designar singularmente una cualquiera de esas partes y a veces hasta un reducido fragmento de una de ellas.

    La primera obra que inicia la historiografía propiamente peninsular, el “Chronicon” de Idacio, se sirve ya reiteradamente de esa forma gramatical en cuestión: “Hispanias rex gothorum…”, “…in Spanias consedebant”, “Hispanias ingreditur imperator” (42).
    Es cierto que Juan de Biclaro, el famoso obispo gerundense que, continuando la historia universal en el punto en que la dejaron sus predecesores, la centra por primera vez sobre el reino hispánico de los godos, usa siempre el singular Hispania, aunque le es conocida la expresión romana de Hispania citerior, causa ocasional del plural que estudiamos (43).
    San Isidoro responde a las mismas características. Y desde muy temprana fecha el plural “las Españas” parece haberse generalizado.
    Se encuentra en la ya citada “Crónica” de Fredegario, en una frase en la que conjuntamente enuncia el contenido humano de esa tierra: “Hispaniarum autem gentes et inhabitationis haec sunt: Tyranni, et Turrenorum, qui et Terraconensis, Lysitani, Betici, Autriconi, Vascones, Gallici, qui et Astures” (44). A todos estos grupos los sigue llamando luego Fredegario indistintamente “hispani”.

    Después de los historiadores visigodos mencionados y antes que Fredegario, Gregorio de Tours se refiere a las varias Aquitanias, a la “Bélgica secunda”, la “Italia maior” y la “Italia minor”. Más tarde, Richer, en el siglo X, distingue la “Galia Bélgica”, “Céltica” y “Aquitánica”.
    Esta distribución en partes, como supervivencia erudita de antiguas divisiones, es, según vemos, un mero gusto literario muy viejo.
    Y ella determina esas consabidas formas en plural, de las que las de las Galias ha sido, tal vez, la más persistente.

    -En el lado catalano-aragonés, durante la primera parte de la Edad Media, el uso que se hace de esa fórmula es escasísimo. Si se conoce la tradición del nombre de España citerior, como hemos visto, veremos también más adelante, al ocuparnos del problema de la denominación de la tierra catalana, que para el conjunto se emplea casi exclusivamente el singular.
    (En su “Vita Sanctae Eulaliae”, que es una de las obras de más bella pretensión literaria de su época, Renallo gramático se sirve de las dos formas, al referirse a los tiempos de Diocleciano y Maximiano “sub quorum impiisima tyranide tota tremebat Hispania”, a la cual añade que llegó Daciano “accepta Hispaniarum praefectura”, dispuesto a perseguir a los cristianos (45). Esta obra se fecha en 1106.
    Algo más tarde, un monje hagiógrafo también, del Monasterio de San Juan de la Peña, recuerda en su obra un hecho más próximo y se sirve de la expresión clásica en plural para retrotraernos a algo pasado en aquel “tempore quo saevitia Arabum dirutas Hispaniarum partes occupaverant” (46).
    En el “Oficio de San Raimundo”, de la catedral ribagorzana de Roda (fines del siglo XII) aparece la alusión a cierto “more Yspaniarum”, junto a otras dos menciones de “Yspania” en singular (47).
    Y los ejemplos de este tipo podrían reiterarse si nos fuéramos fijando en obras de tipo análogo al de las que acabamos de citar.
    Un texto de esta clase que parece pertenecer, por lo menos en su redacción conservada, a finales de la Edad Media, la “Passio Sancti Severi episcopi barcinonensis” se refiere a la “provincia Hispaniarum” (48).
    La provincia, por consiguiente, es una aunque su nombre se diga en plural, análogamente al caso de esos sustantivos que, según enseña la gramática, carecen del número singular y se emplean siempre en el plural, aun cuando se quiera designar un ejemplar unitario del objeto que expresan. En el corónimo que nos ocupa, el número, en cuanto accidente gramatical existe en sus dos formas, pero estas son equivalentes y recíprocamente sustituibles.

    En cambio en los textos procedentes de crónicas, bien procedentes de Roda o de Ripoll, casi totalmente ignoran la forma en plural.
    De todos ellos, sólo una vez aparece ésta en uno de esos textos, en el llamado “Chronicon Rivipulliense”. En este Cronicón se menciona en cinco ocasiones la voz Hispania, y de ellas sólo una vez se escribe en plural, al dar la fecha de la muerte de Alfonso VII, al que titula “imperator Yspaniarum” (49). Como este es un título que en esa forma se expandió por todo el territorio peninsular, hay que suponer que ese plural, tan usado por la cancillería del rey, penetró ya constituido en el centro historiográfico de Ripoll.
    Después de esto, ni en los “Gesta Comitum Barcinonensium”, ni en las conocidas cuatro grandes crónicas, ni en la Pinatense, ni en los historiadores del XV, salvo rarísima excepción, se emplea aquella forma, que solo reaparece al llegar el momento del humanismo.
    Desde luego, la forma de “las Españas” es algo más frecuente en los diplomas, sin ser nunca, ni remotamente, la habitual.

    - En la parte occidental de la Península, el uso de la forma plural es mucho más abundante, aunque conservándose siempre, sin posible comparación, muy por debajo estadísticamente del empleo del singular.
    Aparte de algún ejemplo aislado anterior, se nos ofrece reiteradamente en la “Historia Compostelana”, obra muy particularmente inclinada a servirse de formas cultas y, por otra parte, netamente inserta en las corrientes literarias de los eclesiásticos. Aparece el plural en esta “Historia” en muchas ocasiones que no es necesario, dado lo fácil de su comprobación, detenernos a recoger. En la mayor parte de los casos se emplea en la titulación de reyes castellano-leoneses, Alfonso VI, Alfonso VII y Doña Urraca. De ella podemos sacar, eso sí, un ejemplo del uso concomitante del singular y del plural especialmente claro: se ocupa de Alfonso VII y dice “postquam A. Hispaniarum Rex… Regnum Hispaniae obtinuit” (50).
    En el llamado por Flórez, que lo editó, “Chronicon ex Historiae Compostelanae Codice”, se repite el caso: allí se habla de Alfonso VI y del “Hispaniarum regnum”, que, líneas después, y con sentido equivalente, se llama “Regnum Hispaniae” (51).
    A partir del momento a que esas partes de la “Compostelana” se refieren, es decir, desde la segunda mitad del XI y durante los reinados de los tres reyes citados, más Alfonso I de Aragón, en las cancillerías regias se repite, unido a los títulos de “rex”, “regina” o “imperator”, el enfático término “Hispaniarum”. Basta coger cualquier colección documental, rica en diplomas de los mismos, para comprobarlo, sin que, de todas formas, deje de ser mucho más normal el singular “Hispania”.

    - Fuera se propaga también el uso. Veremos a continuación unos ejemplos de la cancillería pontificia (Gregorio VII, Urbano II, etc.) en ese sentido.
    Y en un documento del Emperador Federico I llama éste a su sobrina, viuda de Alfonso VII y vuelta a casar con un conde de Provenza, de la dinastía catalana, “neptis nostre Richildis Spaniarum regine” (52).
    Pero son éstos casos muy raros.
    (Dentro del siglo XII) Fernando II y Alfonso VIII siguen en algunas ocasiones sirviéndose del título de “Hispaniarum reges”.

    -En la historiografía de nuestro siglo XIII, que supone tan radical innovación respecto a la anterior, el plural “Españas” se prodiga más, coincidiendo con el más rico desarrollo retórico de estas obras y respondiendo a la práctica cancilleresca precedente. Hay que señalar que también es mucho más frecuente el singular España y que de ordinario en todo autor, considerado en particular, esta segunda forma se emplea mayor número de veces que la primera.
    La “Crónica latina de los Reyes de Castilla” es tal vez excepción. En ella se dice que Alfonso VI no encontró con quien casar a su hija Urraca “in yspaniis”; de Alfonso VII, que “longo tempore regnavit in hyspaniis”, y alude a un legado del Papa que fue enviado “in Yspanias” (53). Dado el corto número de veces que la palabra España sale en esta Crónica, son tantas las que se escribe en singular como las que se hace en plural.
    Mientras que para Lucas de Tuy, si san Isidoro es “doctor Hispaniarum”, doña Berenguela, madre de Fernando III, “Hispaniarum regina”, y así en alguna otra ocasión, el singular, en cambio, aparece desde el proemio de la obra, al renovar el tema isidoriano “De excellentia Hispaniae” (54), y casi no hay página de la obra en que no se lea.
    Por su parte Jiménez de Rada, el Toledano, emplea el plural en algunas ocasiones –“quod Euricus grate suscipiens Hispanias…, etc.-, mientras que habitualmente se atiene al singular (55).

    Hay obras que desconocen por completo la forma del plural, mientras no sucede esto nunca con la otra forma.
    No pretendemos deducir ninguna consecuencia especial de los ejemplos aducidos, en el sentido de que una y otra forma se reservaran para unos y otros casos; en general, su empleo es indiferente.
    Hay que observar, sin embargo, que al fijarse por influencia de los escritores últimamente citados los temas del elogio o “laude” y de la “pérdida” o “lamentación” de España que en nuestra historiografía, tanto en lengua catalana como castellana, se conservan, como hemos visto, hasta terminar la Edad Media, se usa la forma del singular.

    -Creo, en consecuencia, que el plural las Españas es un recurso retórico de carácter tradicional, empleado por clérigos-notarios, y que de ellos pasa a obras literarias, sin que responda a un sentimiento real de las cosas.
    Forma que se emplea de ordinario con el carácter de un cultismo, y coexiste, en todo momento, con el uso del singular, lo que hace perder a tal fenómeno cualquier otra significación.
    Y este resultado negativo a que llegamos creemos que se ratifica plenamente al tener en cuenta, con lo ya dicho, una nueva consideración que vamos a añadir. Efectivamente, tan es una mera fórmula literaria, procedente de un prurito de erudición, el uso de ese plural de “las Españas” que, y el hecho es realmente sorprendente, lo encontramos aplicado a partes singulares de la totalidad hispánica, sin que esto signifique ningún propósito de identificar con esta última el ámbito parcial a que, en cada caso alude:
    El rey de Navarra, Sancho III Garcés, se llama “Sancius rex Dei gratia Hyspaniarum” (56).
    En diferentes cartas del Papa Gregorio VII se les da por separado, a los reyes Alfonso VI de León-Castilla y Sancho I Ramírez de Aragón, el título de “rex Hispaniarum” (57).
    En otro escrito al cardenal legado Ricardo de San Víctor, el mismo Papa le habla de “legationem tibi commissam ad Hyspanias”, lo que se repite en carta al también legado Gerardo de Ostia (58).
    El rey Pedro I de Aragón es llamado, en privilegio a él dirigido por el papa Urbano II, “Ispaniarum regi excellentissimo” (59).
    Cuando doña Urraca, separada del Batallador, gobierna con más o menos discusión desde castilla hacia el Occidente, la “Historia Compostellana” la llama “Hispaniarum regina” (60).
    Ramón Berenguer IV se atribuirá el título de “Hispaniarum marchio”, según comprobaremos más adelante (61).
    Fernando II de León, que no pretende nunca un señorío sobre las demás tierras peninsulares, sin embargo, se llama constantemente “Hispaniarum rex”, y se mencionan en tales casos como provincias sobre las que reina León, Extremadura, Galicia y Asturias (62).
    De igual manera se titula, por las mismas fechas, Alfonso VIII, y es interesante comprobar cómo, en documento en el que el rey empieza hablando “Ego, Ildefonsus Rex Hispaniarum”, al final pasa a decir: “regnante me rege Ildefonso in Toleto et in tota Castela” (63).

    Al ocuparnos antes de la historiografía castellana hemos dejado sin citar la obra de imprescindible referencia en esta materia como en tantas otras: la “Primera Crónica General”, que es, sin duda, donde un mayor número de veces se hace uso del plural, ya romanceado, “las Españas”. Adrede la hemos dejado aparte, buscando en ella la corroboración, por otro lado, de nuestra tesis de que ese uso no tiene significación política en sí, sino que responde a un gusto literario, de acuerdo con el énfasis retórico de la época. La “Primera Crónica General” nos ofrece, con el caso de “las Españas”, otros muchos ejemplos de pluralización de nombres de país.
    De antigua procedencia era, conocido por todos los escritores medievales, el de las Galias; pero la Historia de España de Alfonso X nos presenta –con otros muchos, como “las Gasconnas”, las Panonias, etc.- el ejemplo mucho más insólito de “las Francias”, que insistentemente utiliza (64).

    - Hay un factor que de manera más inmediata actúa a favor de esa tendencia de pluralización: el deseo de prestigiar las tierras de los señoríos, haciéndolas variadas y numerosas, hecho que entre nosotros, sobre todo a partir de Alfonso VI, lleva a multiplicar la enunciación de las tierras en los títulos reales. Coincidiendo con esto, en cuanto a fecha y en cuanto a tendencia, se produce la máxima frecuencia en el uso del plural “las Españas” en los títulos reales.
    Y esto, que es honor del rey, pasa a ser honor de las tierras, de modo que, incluso para aquellas que son de nueva creación y que, en consecuencia, no tienen límites antiguos a los que hayan de contraerse, también esas tierras se distinguen en partes.
    Así pasa con Castilla y, algo más tarde, con Cataluña, en las que se produce el extraño caso de que se separen y pluralicen, distinguiéndose la vieja y la nueva. En un documento de 1035 vemos que un señor afirma de sí mismo gobernar por el rey “totam Castellam Vetulam” (65).

    Por otra parte, si Tomich había hablado ya de “Cathalunya la nova, de Llobregat en lla” (66), la separación que con esto nos presenta es completada por Turell, que distingue la Cataluña vieja desde el Llobregat a las montañas de Ribagorza, y la nueva o parte de las marinas “que fon la segona conquesta” (67), distinción ésta que debía ser ya muy conocida en el XIII, puesto que P. Albert habla de la misma (68). La distinción, no más que puramente verbal, de estas Castillas o Cataluñas, responde a un fenómeno social-literario con el que se relaciona también el nombre de uso frecuente a partir del XI, de “las Españas”. En escritores medievales, sobre todo en los de lengua catalana, se encuentran también otras formas en plural: las Mallorcas, las Menorcas, las Galicias, etc.

    Como en Alfonso el Sabio, también en Juan Margarit “el Gerundense” aparece este énfasis multiplicador que le lleva al extremo de eliminar el nombre de Francia para citar en su lugar “Celtogallatia Aquitania, Celtogallatia Lugdunensis, Celtogallatia Belgica, Celtogallatia Narbonensis”, así como habla también de “Germania magna et Germania parva”, de las “Panonia superior”, “Panonia inferior”, etc. (69). En ello no hay nada que responda a la imagen política de la época. Son esas divisiones, cuando más, reminiscencias de un lejano pasado que se conserva como un recurso retórico.

    Hasta qué extremo no tiene nada que ver la forma plural de “las Españas” con las reales divisiones políticas de la Edad Media, nos lo demuestra el propio Margarit, para quien una de esas Españas, la citerior, va de Cartagena a Cantabria, cogiendo en medio a Murcia, Valencia, Cataluña, Aragón y Navarra, sin correspondencia alguna con los reinos medievales (70). El hecho de que el genitivo “Hispaniarum” tienda a figurar en medios eclesiásticos, de carácter más arcaizante y literario (en los títulos de los primados toledanos, legados pontificios y maestres de Ordenes militares extranjeras con filiales en España –Templarios, Hospitalarios-, etc.) comprueba nuestra interpretación. Confirma el carácter que señalamos el hecho de que los humanistas del XVI insistan en un uso que, en cambio, nunca se dará en el lenguaje hablado y cotidiano.
    Por las mismas razones, también es frecuente en el XVI ver escrito “les Ytalles” o “les Allemagnes” etc. (70 bis).
    (continúa)
    ReynoDeGranada dio el Víctor.

  6. #6
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    Re: Libro: El concepto de España en la Edad Media

    (de José Antonio MARAVALL, en su obra “El concepto de España en la Edad Media”)

    II … Otras formas de expresión en relación con la diversidad territorial peninsular.

    Otros dos fenómenos participan de un carácter análogo al que acabamos de estudiar.
    -En primer lugar, el uso de la expresión “in” o “per totam”, refiriéndose a una tierra como ámbito que cubre totalmente un señorío o en cuya extensión acontece o se encuentra algo de que se habla. Por sí, la fórmula “tota Hispania” no tiene el sentido de una excepcional y rarísima referencia a un todo que de ordinario sólo se concibiera parcelado. Es una fórmula literaria común y sin significación política alguna, un medio más para realzar la fuerza de una expresión.
    Como tal, es un fenómeno que se da fuera y dentro de España, incluso en relación a tierras, a pequeñas comarcas, que nunca se han concebido divididas en partes separadas:
    “En toute France n’ont chevalier si grant” (“Raoul de Cambrai” V. 3.235) ;
    “De toute France eüssent seignorie” (“Girat de Vienne” V. 18) (71).
    La “Crónica del obispo don Pelayo”, refiriéndose al reparto de Fernando I, emplea ya la fórmula tan usual “totam Castellam Navaram et Pampilonam” (72).
    En el diploma de Alfonso VIII, que hemos citado antes, se llama “rex et dominus tocius Castelle”.
    Un documento de 1191 usa de la expresión “tenentis Asturias totas” (73), donde hallamos un plural más que añadir a los anteriormente mencionados.
    En los textos cronísticos de origen portugués, publicados por P. David, se dice frecuentemente “in toto Portugali” (74).
    En 1068, cuando restaurada la Iglesia de Roda, el Rey Sancho Ramírez le cede bienes pertenecientes al feudo real, los señala emplazados “in tota Ripacurtia” (75).
    Ramón Berenguer IV, al suscribir un documento en 1149, dice gobernar sobre tierras aragonesas, provenzales “et in tota Barchinona” (76), texto que nos prueba que en un momento dado Barcelona está a punto de ser el nombre de país de la tierra catalana, aun en fecha en que el nombre de Cataluña existe ya; en cambio, en 1233 Jaime I se dirige a sus vicarios y bailíos “per totam Cataloniam constitutis” (77).
    Se habla también de “per totam Terraconensem provintiam” (78).
    La “Crónica latina de los Reyes de Castilla” emplea “totam Andaluciam”.
    Cuando Berceo dice “toda Espanna” hay que entender que se trata de un mero recurso expresivo, al que no se añade ningún otro valor.
    Puede verse, también, en Antonio Canals que se sirve de las expresiones “Espanya” y “tota Espanya” con un sentido perfectamente indiferente entre uno y otro caso (79).
    - Finalmente, el otro fenómeno a que tenemos que referirnos es el de la enumeración del todo y la parte al mismo tiempo, según el tipo de los documentos que dicen “en León y España”, “en España y Castilla”, “en España y Cataluña”, etc., forma de dicción que, tomándola impropiamente en el sentido en que hoy nos suena, ha sido interpretada con error, como una diferenciación o separación entre las tierras así mencionadas.
    “Mas Franssa, Peitau e Bairiu”, dice un verso de Marcabrú, y las citaciones de esta clase, sólo en poemas de trovadores, son incontables, con la particularidad de que nunca son coincidentes, lo que demuestra que no son partes separadas y constituidas como tales de manera fija, sino que responden a una simple manera de hablar.
    En la famosa “Chanson de Sainte Foy”, que, como es bien sabido, llama “espanesca” a la región pirenaica de uno y otro lado, leemos en un verso que el sarraceno “Hespainna reg e’ls Montz Cerdans” (v. 115), sin que esta mención de los montes cerritanos tenga más finalidad que destacar del conjunto una parte concreta cuya proximidad y probable conocimiento despierte en el auditorio un recuerdo más vivo y patente.

    - Con un sentido análogo se enumeran, en forma siempre cambiante, los lugares en que reinan nuestros reyes medievales, y con frecuencia aparecen, en esas listas de nombres geográficos que acompañan el nombre de los reyes, los de ciudades o pequeños lugares que están comprendidos en comarcas o territorios cuyos nombres se citan también.
    Si tomamos como base la documentación de Alfonso I de Aragón, y cualquiera otra nos hubiera podido servir lo mismo de ejemplo, llegamos a las siguientes conclusiones:
    En algunos casos, un simple corónimo basta para designar el ámbito total a que se extiende su reinado: “Regnante rex Adefonsus in Aragon”, dice un diploma de 1131 (80).
    Antes y después de esta fecha, la fórmula más habitual comprende cuatro nombres: “in Aragon et in Pampilona sive in Superarvi atque in Ripacurcia”, a los cuales, en un gran número de documentos, se añade, durante la unión con Doña Urraca y hasta 1129, mucho después de su separación, “in Castella”, cuyo puesto, en la quíntuple lista que de esta manera resulta, es variable.
    Pero junto a ello tenemos otros casos, en los que la nomenclatura no puede ser más variada (80 bis).
    Si en todos esos documentos, Alfonso I lleva o se le da (si se trata de escrituras particulares) el título de “rex”, frente a todos los de este tipo se oponen los que dicen escuetamente “rex in Hispania”, así en dos de 1124, referentes a ventas entre particulares, o en otro, en Tudela, del mismo año, y en un tercero, de 1125 –“regnante rege Adefonso in Ispania”- (81).
    Y si aquí el nombre de España, por la amplitud con que es usado, parece eliminar la referencia a todo otro lugar, sin embargo hay otro tipo de documentos en los que nos encontramos fórmulas como éstas: “rege in Hispania et in Cesaraugusta”, en diploma de 1124; en otro de 1129, “rege Ildefonso in Cesaraugusta et in Spania”, y más estupendo caso es el de una escritura de donación en 1134: “…in Aragone et in Pampilona, et in Ripacorza et in Aran et in Ispania” (82), en los que resulta evidente, si no para nosotros hoy, sí para el pensamiento de la época, la referencia simultánea al todo y a la parte, como sucedía en algunos de los mencionados antes con los nombres de Aragón y de sus ciudades.
    Y es lo extraordinario que esto mismo se observa en aquellos documentos de titulación más enfática en los que se hace uso de la palabra “imperator”.

    Análogos aspectos presenta la cuestión en la parte occidental.
    Frente a tantos documentos que hablan de Asturias o del territorio asturiense, comprendiendo indudablemente Oviedo, uno del año 1086 alude a un personaje “qui est potestas in Asturiense et in civitas Obetense” (83).
    Si hay una tierra que incuestionablemente parece incluida en el nombre de España (hasta el extremo de poderse sostener que en algún caso se identifican el nombre de aquélla y el de ésta –así, en ciertos pasajes de la “Crónica Silense”-), es la de León, y, sin embargo, en relación con ella, tenemos uno de los más claros ejemplos de la práctica a que venimos refiriéndonos: si Alfonso VI en diploma encabezado tras su nombre con la fórmula “sub gratia Dei Hispaniarum princeps”, define su reino en estos términos: “rex in regno Spaniae regnante, scilicet in Toleto et in Legione” (84), su nieto, el emperador Alfonso VII, en quien el pensamiento político de la totalidad de España es tan manifiesto, hasta el extremo de ser quien mayor número de veces se sirve de ese solo nombre para designar su imperio, en alguno de sus documentos de 1136-1137 se emplea este ablativo: “rege Illefonso in Leone et in Ispania” (85).
    Según esto, de conformidad con el primer caso, ¿sólo España son León y Toledo? o, basándose en el segundo, ¿hemos de concluir que León precisamente no es España? Entonces, ¿sería esa España sólo Castilla? No hay fundamento alguno para verlo así y podemos comprobar que no es cierta esa solución si advertimos que del hijo del emperador mismo, Fernando II, que no fue rey de Castilla, se dice “regnante in Legione et Hispania” (86); ese rey Don Fernando que, a pesar del carácter parcial de su tierra, se tituló más de una vez, como ya tuvimos ocasión de ver, “Hispaniarum rex”.
    Observemos que en la “Primera Crónica General”, en la que el sentido de totalidad del concepto geográfico-histórico de España es tan incuestionable, después de ocuparse en unos capítulos detenidamente de Fernando II, de Alfonso IX y del reino de León, al hablar a continuación de Alfonso VIII, a quien titula normalmente rey de Castilla y a quien llama reiteradamente “el noble rey don Alfonso de Espanna”, le da, en repetida ocasión el título de “rey de Castilla et de Espanna” (87) y entonces la pregunta que antes nos hicimos se nos vuelve a plantear.

    Pero aun hay otro caso no menos curioso: En la “Crónica de Pedro IV”, el autor sabe muy bien que quien cruza desde el Sur el Estrecho llega “en Spanya”; que quien ese paso da se encuentra en la tierra en donde él escribe, es decir, “deca en Spanya”, y páginas después escribe que el rey de Marruecos quería conquistar “tota Spanya e lo regne de Valencia” (88). Evidentemente esto no puede querer decir que el cronista pretendía apartar y diferenciar de la totalidad española precisa y únicamente el reino de Valencia.

    También fuera de la península se produce este sistema de citar el nombre de España con todas o algunas de sus partes a la vez. Se da con frecuencia, por ejemplo, en versos de trovadores, al estilo, como indicamos antes, de lo que se observa también respecto al nombre de Francia. Conocido es el verso de Marcabrú: “En Espagna e sai lo marqués”, y, sin embargo, es evidente su concepción total de España, según el estudio que dedicó a la materia Boissonnade (89).
    Aparte de lo dicho por éste, veamos como concibe Marcabrú el “ops d’Espagne” y cómo en esa empresa está comprendida la tierra del marqués, Cataluña, que aparece contemplada en el conjunto de la siguiente manera:
    Ab la valor de Portegual
    e del rei navar atretal
    ab sol que Barsalona’s vir
    vers Toleta l’emperial,
    segur poirem cridar: Reial/
    e paiana gen desconfir (90).

    Pero fijémonos en un importante texto histórico de la Edad Media: el “Liber Pontificalis”. En sus páginas a veces surge el nombre de España con otros de varias de las tierras peninsulares. Hablando de los que apoyaron al antipapa Luna, el “Liber” cita “Francia, Hyspania, Aragonia et rex Castelle”; antes, refiriéndose a las posesiones de los Templarios, da una lista de nombres de país aun mayor: “regnis Hispaniae, Castelle, Portugalie, et Aragonie et Maioricarum”.
    Que sea aquí entendida España como una tierra junto a las otras, no es solución. Encontramos otros fragmentos en los que la alusión a las últimas, es decir, a las partes hispánicas, desaparece totalmente. Según las noticias del “Liber”, en el Concilio de Pisa de 1135 se convocó a “omnibus ecclesiarum prelatis de Hispana, Guasconnia, Anglia, Francia, Burgundia, Alamannia, Ungaria, Lombardia et Tuscia”, y en el Concilio de Constanza menciona la presencia de las gentes Itálica, Gállica, Germánica, Hispánica, Anglica (91).

    De la “Historia Compostelana”, tan rica, como es sabido, en diplomática pontificia, podemos entresacar fórmulas como éstas: de Gelasio II, “misit iraque nuntios suos in Aquitaniam, in Franciam, in Normaniam, in Flandriam, in Angliam…, in Hispaniam”; o de Inocencio II, “et alios religiosos ac sapientes viros Alamaniae, Lotharingiae, Franciae, Normaniae, Angliae, et Hispaniae”; mientras que refiriéndose a gentes internas de España los ejemplos son de tipo completamente distinto (92).

    Lo extraordinario es que, pese a las divisiones internas en reinos y principados, se siga dentro y fuera, tan insistente y universalmente, haciendo referencia al nombre conjunto de España, incluso por gentes próximas, a las que la cercana visión de los diversos reinos no impide pensar en la totalidad. Es interesante comprobar como cuando Ademar de Chabannes narra el pretendido descubrimiento de la cabeza del Bautista, escribe que la noticia impresionó en todas partes y, por tanto, que “omnis Aquitania et Gallia, Italia et Hispania ad famam commota, ibi ocurrere certatim festinat” (93). Y en la misma ocasión, el llamado “Aquitaniae Historiae Fragmentum” cuenta que la emoción llegó “non solum Aquitania, verum etiam Francia et Burgundia Hispania et Britania atque Longobardia et cetera gentium diversitas” (94), párrafos en donde la singularidad de Hispania contrasta con la diversidad al norte de los Pirineos.

    Antes hemos citado un verso de Marcabrú que menciona separadamente los nombres de Francia, Poitou y Berri. En el poema de “Girat de Vienne” (versos 5.104-5.105) se citan franceses, normandos, flamencos y del Berri; en el de “Raoul de Cambrai” (726-727), borgoñones, normandos, franceses; en el de “Ronsalvals” (v. 1614), franceses, bretones, provenzales, normandos. La enumeración podría multiplicarse cuanto quisiéramos.

    Sin embargo, (al contrario) al tropezar con listas de nombres como las que hemos visto, la interpretación habitual se ha basado (hoy día) en un método eliminatorio, tal como se nos revela en el ejemplo que vamos a dar a continuación. En su ya citada edición fragmentaria del “Tirant lo Blanc”, Capdevila, al tropezar con un pasaje en el que Martorell escribe “Genovesos, italians e llombards”, apostilla: “el nom Italia en el Tirant es refereix especialment a les regions centrals de la Peninsula Apenina” (95), y esta interpretación a primera vista podría mantenerse en algún caso, como aquel en que el propio Martorell se refiere a potentados “d’Italia e de Llombardia”. Al encontrarse con nombres de tierras separados y distintos, la solución elemental es la de entender que se trata también de tierras efectivamente distintas y separadas...
    Pero observaremos que hay veces en las que en el texto de Martorell se dice: “en Venecia, en Sicilia, en Roma o en Italia” (96). Por esta referencia a Roma, ¿habría, pues, que eliminar el nombre de Italia precisamente de las regiones centrales de la Península Apenina? Martorell no puede ignorar lo que desde antes y desde más lejos sabrían muy bien los que compusieron la “Primera Crónica General” respecto a Italia, “que es, se dice en ella, tierra de Roma et de Lombardia” (97).

    También sabe esto perfectamente el autor de la “Crónica de Alfonso XI”, en cuyo texto se repite exactamente la frase anterior de la “Crónica General”, y el hecho de que nos asegure que las partes de Roma y Lombardía componen el total de Italia, no obsta para que en la página siguiente leamos una de esas, en nuestra actual manera de ver, incongruentes relaciones: “la mayor parte de las gentes de Francia et los Italianos et de Lombardos” (98).
    No cabe duda de que el sentido de la frase corresponde al que hoy expresaríamos diciendo “lombardos y otros italianos”.
    Similarmente diríamos hoy, en el caso de los ejemplos antes citados: “en León y en el resto de España”, “en España y especialmente en Zaragoza”, “los catalanes en relación a los otros españoles” u otras formas equivalentes.

    En otras ocasiones son meras formas imperfectas, vacilantes, de lenguaje que se corresponden o son, por el contrario, independientes del grado de claridad del pensamiento. Volviendo a la “Crónica General” de Alfonso X, encontramos que si en un lugar dice “avie y yentes de las Gallias, esto es de tierra de Francia”, y aun antes ha advertido “Et Gallias dize aqui el arzobispo por las Françias”, ello no obsta para que hallemos en la misma obra un giro de dicción en virtud del cual pueda parecernos que se presenta a esas partes como distintas. Efectivamente, entre ambos pasajes citados y con escasas líneas de diferencia, leemos: “Aun vinieron et se ayuntaron… de las Gallias et de Francia” (99).

    Las conocidas expresiones del tipo de “normandos y franceses” o “catalanes y españoles”, indican que hay varios grupos, dentro del de ámbito más general, que son distintos, pero ello no rompe la común pertenencia a ese grupo más amplio.
    De mantener la apresurada, y en consecuencia errónea, interpretación que algunos han dado a frases de ese tipo, ¿qué tendríamos que decir al encontrarnos con que, en Cortes de Valladolid de 1518, se pedía al Rey que “en su casa real quepan castellanos e españoles?” (99bis). ¿Acaso puede pensarse que en el siglo XVI, los castellanos, por boca de sus procuradores instalados en Valladolid, no se sentían españoles?

    Aplicar el rigor lógico y gramatical del castellano o del catalán, etc., de hoy, para interpretar el sentido de frases que encontramos en textos medievales es un proceder ingenuo que puede llevar a contrasentidos historiográficos graves.
    Por el procedimiento eliminatorio de que habitualmente se ha hecho uso llegaríamos a la conclusión de que no hay un palmo de tierra al que se dé el nombre de Italia, de Francia o de España en la Edad Media.
    Y lo cierto es que, mencionados estos nombres en miles y miles de documentos medievales, constituyen el fondo permanente de la historia europea, sobre el cual nacen, se transforman o desaparecen los nombres de las tierras particulares
    .
    En el elogio del conde Vifredo, escrito con motivo de la participación de su muerte por los monjes de San Martín del Canigó, se le exalta celebrando “quantus vel qualis in dignitate seculi fuerit. Quod noverunt Italia, Gallia et Hispania” (100).
    Tales son los nombres de los países que han heredado, de una u otra manera, la tradición de la Antigüedad y que siguen siendo la permanente base en que se desenvuelve la vida cristiana medieval, de forma tal que hasta en aquellos casos en los que esa tradición se diría cortada, como en los comienzos del dominio franco, acaba imponiéndose con fuerza incontrastable.

    Llegados a este punto, es el momento de intentar precisar cuál es el concepto espacial a que responden tantas alusiones al nombre de España, como hemos visto y seguiremos viendo a lo largo de nuestras páginas, en los textos medievales. Este nuevo aspecto podríamos tratarlo a través de obras propiamente geográficas; y con la simple utilización de unos cuantos de los conocidos resúmenes de cosmografía medieval podría quedar resuelto el problema que nos ocupa. Pero los conceptos geográficos, en esos escritos más o menos rudimentarios, se conservan y transmiten de unos en otros, por vía meramente de tradición erudita que no implica apenas conexión con la sociedad en torno.
    En cambio, cuando esos mismos conceptos aparecen empleados en analistas, historiadores, notarios, poetas, escritores de distinta clase, se puede sospechar que se está en presencia de una tradición viva, que todavía se encuentra difundida activamente entre las gentes.

    De todas formas, trataremos el tema muy sucintamente, porque no tiene otro interés para nosotros que proporcionarnos la referencia básica en la que se inserta el concepto histórico de España. No cabe duda de que esta distinción entre los conceptos geográfico e histórico de España es, de manera absolutamente rigurosa, insostenible. También la Geografía está hecha por hombres y se ocupa de tierras que son el ámbito en que grupos humanos viven.

    Pero cabe, con un carácter auxiliar, instrumental, hacer esa diferenciación en el sentido que pretendemos. Y este sentido es el siguiente: decimos concepto geográfico de España cuando se trata del de una tierra o espacio de modo tal que predomina en él un aspecto de extensión física, y decimos, en cambio, concepto histórico a aquél en que se contempla de manera inmediata el grupo de los que en ella habitan.
    Nos hallamos en la órbita del primero cuando leemos en el “Chronicon Lusitanum” la noticia de nuevos mahometanos “qui invaserant Hispaniam usque ad Alpes” (101); inversamente, nos las habemos con un concepto histórico, según nuestra circunstancial división, cuando en el “Poema de Almería” se nos dice que la llegada del rey navarro Don García a la hueste de su suegro Alfonso VII “gaudens Hispania tota” (102), o cuando vemos al rey Jaime I, gloriándose de sus conquistas, dirigirse a sus barones y a “tots aquells que en Espanya son” (103).
    Con todo, la separación entre ambos aspectos, insistimos en que es muy relativa y, dado el material de observación de que nos vamos a servir, la referencia geográfica se nos aparecerá de ordinario impregnada de sentimiento o contenido humano, cuya presencia trataremos de dilucidar.





    Última edición por Gothico; 15/12/2006 a las 18:48

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    Re: Libro: El concepto de España en la Edad Media

    (de José Antonio MARAVALL, en su obra “El concepto de España en la Edad Media”)

    III. Hispania y las regiones del Nordeste Pirenaico.

    Con el resumen que inicia sus “Historias”, Orosio transmitió a la Edad Media, directamente o a través de san Isidoro, la idea geográfica antigua de Hispania. Según ella, España es un triángulo, cuyo ángulo oriental se coloca en Narbona, el occidental en el consabido faro de Brigantia, en Galicia, señalado ya por los antiguos, y el meridional en Cádiz. Del lado allá queda, y se describe como una región aparte, la Galia Narbonense.

    Y ni siquiera la situación de dominio político alcanzado por los visigodos quiebra esa manera de ver. Desde el vértice de Gerona, el obispo Juan de Biclaro, como distinguiendo en su conjunto la silueta peninsular, escribe, haciendo alusión al momento de mayor esplendor del reino visigodo que le fue dado contemplar: “Hispania ovnis Galliaque Narbonensis in regno et potestate Leovigildo concurrit” (104). Esto responde a la idea vigente al final de la época romana, inmediatamente anterior a la invasión visigoda, de la cual podemos estimar representante a Idacio.
    Según éste, que llegó a conocer y relatar los primeros tiempos de la invasión, Ataúlfo “relicta Narbona, Spanias petiret”.

    Y que esta tradición se mantiene viva después, lo demuestra la conservación, no ya de la idea, sino de la misma frase en San Isidoro (105) y, a través de este último, en Fredegario (106). La “Historia rebellionis Pauli”, del arzobispo de Toledo, San Julián, inserta por el Tudense, más tarde, en su “Chronicon”, responde de la más plena forma a esa concepción, cuya transmisión a los siguientes siglos medievales estaba asegurada. Pocos años después de que San Julián escribiera su obra, el reino godo caía ante el ímpetu de los sarracenos y esa Hispania, cuyo concepto geográfico es tan claro y cuyo sentimiento es tan vigoroso y profundo en aquél, iba a pasar por la dramática aventura de la que arranca fundamentalmente lo que de problemático ha habido en su nombre –lo que de justificación puede haber en el presente libro.

    Con escasos años de diferencia, pero años éstos posteriores a la invasión de los árabes, en una crónica que ya hemos citado, escrita probablemente por un clérigo toledano, la llamada “Continuatio Hispana” o “Crónica Mozárabe” del 754, vuelve a florecer, por primera vez después de la catástrofe, en documento escrito, el sentimiento hispánico. Allí, como es sabido, se lamenta la pérdida de España y se exalta, como un bello recuerdo, la imagen de aquélla, antes de la invasión. Para ese anónimo cristiano que vivía en el inquieto ambiente de la Toledo mozárabe, esa España, infeliz en su tiempo y antes dichosa, no es una mera expresión geográfica, sino una realidad interiorizada en el sentimiento y en la vida de sus naturales y que no es necesario, para el autor, detenerse a definir –porque cuantos pueden leerle llevan dentro de sí esa España que, a pesar de todo, les pertenece y que por no hallarse en poder de los suyos es capaz, a su vez, antropomórficamente, de sentirse infeliz.
    Constantemente, la Crónica mozárabe habla de España, con la ruda grafía de su época, casi siempre en singular y con un sentido de totalidad, sentido que no rompe en ningún momento la conservación, como un pasaje demuestra, de la tradición romana de la España citerior y ulterior.

    Es interesante observar que de ese sentimiento hispano, cuya madurez asombra descubrir tan tempranamente en la “Crónica mozárabe”, se ha desgajado una parte que formó, bajo los godos, una unidad política y que sin embargo se muestra, se siente, mejor dicho, como algo ajeno a la unidad histórica, a la íntima realidad humana que se llama “Spania”: la Galia Narbonense. Demuestra este hecho que el sentimiento de España no arranca de un mero recuerdo del reino visigodo, por lo menos en su aspecto político, puesto que hay algo que perteneció a éste y, sin embargo, no entra en el dolor de aquélla, por tanto, en la realidad viva de aquélla. La “Crónica mozárabe” distingue en varias ocasiones “Spania” de la “Gallia Narbonensis”, donde llegaron también los sarracenos y en donde éstos tropezaron con los francos (108).

    ¿Es esto la natural reducción del concepto de España a los límites de la Península? De acuerdo; pero de una península que no es un puro accidente geográfico, porque de un fragmento de geología no se llora la pérdida y no se le atribuye sentimientos de dolor y de gozo, como no se lo sienta en profunda conexión con una existencia humana. Unidas cincuenta años antes por un mismo poder político, unidas todavía a mediados del siglo VIII por un mismo destino de invasión, ¿por qué ese ámbito peninsular estaba tan claro en la mente y era tan honda su relación vital con el mozárabe autor de la crónica para reducir a él su consabida lamentación del “oh, infelicem Spaniam?”.

    Creo que el sentimiento que a esto responde se forma en el período de crisis de la Romania, entre los siglos IV y V. La acción del factor visigodo es, aunque muy importante, ocasional. Un sentimiento análogo se desarrolla en Italia,Galia y Africa, que ha sido estudiado por Sestan (108bis). La breve y tardía instalación del dominio godo sobre la península, como base principal y centro de su organización política, dio ocasión a que aquel sentimiento se manifestara con mayor fuerza y hasta tal vez esa configuración del dominio visigodo fue ya obra de ese sentimiento (109).

    Cuando los cristianos libres del norte de la Península, cuya existencia desconocía la “Crónica mozárabe”, tomen conciencia de su posición y el grupo de historiadores del reinado de Alfonso III, con el propio rey a la cabeza, lancen el que podemos considerar como programa político de nuestra Edad Media –tesis de la tradición goda, acción de Reconquista, idea de España-, nos encontraremos con que en la extraña miscelánea que en el Códice Vigilano precede a la “Crónica Albeldense”, formando una como introducción al texto cronístico, su autor creerá necesario ocuparse de la “expositio Spaniae”. Echa mano para ello de lo que se decía en las “Etimologías” de San Isidoro: “Sita est autem inter Africam et Galliam, a septentrione Pyrinaeis montibus clausa, reliquis partibus undique mari inclusa” (109bis). Pero algo más tenemos que observar.
    Ocúpase a continuación, el autor de esas noticias variadas, en enumerar las provincias eclesiásticas de España y las sedes episcopales que las integran. Son aquéllas seis, la última de las cuales, la Tingitana, “est ultra mare”; y añade: “Gallia non est de provinciis Spaniae, sed sub regimine gothorum erat”.

    Si el criterio político juega para afirmar que la Galia antes era de España y entonces no; si las otras partes estaban divididas, unas en poder de cristianos y otras de árabes, sin que quedaran ya restos siquiera de la anterior unidad eclesiástica,¿qué profundo y extraño sentimiento de comunidad hispánica latía en el autor de este texto para no estimar rotos los lazos con la metrópoli de Tarragona o con la de Bética y sí, en cambio, con la Narbonense? Por su parte, la “Crónica de Alfonso III” muestra la viva voluntad, y la “Crónica profética” la esperanza, de una próxima restauración de España. ¿Hasta dónde se extiende en ellas ese ámbito a reparar?
    Aunque los elementos que ambas obras nos proporcionan sean de escasa precisión, a ese respecto, la coetánea conservación de la concepción tradicional isidoriana, nos muestra la peculiar visión geográfica que se posee en ellas.
    A esa visión responde, con plena evidencia, la “Crónica pseudo-isidoriana”, según pudimos ver antes.

    Nos situamos con esto en los primeros años del siglo XI. Va a empezar la gran época que inaugura Sancho III Garcés de Navarra, con su efectivo y declarado señorío desde Barcelona hasta León. Este “rey ibérico”, como el obispo Oliba le llamaba, y tras él sus descendientes de la dinastía navarra en León-Castilla y Aragón presiden una de las fases de mayor esplendor del sentimiento hispánico en nuestra Edad Media.

    El número de documentos, diplomas reales y particulares, junto a textos cronísticos, que, a partir de esos momentos, mencionan la palabra Hispania es incontable. Estos reyes se sirven de colaboradores extraídos de todas las tierras peninsulares, y su acción política se proyecta sobre toda España, esa “totius Hispaniae”, de Crónicas y diplomas. Al mismo tiempo, en el monasterio de San Miguel de Cuixá, en estrecha dependencia respecto al de Ripoll, construido según una arquitectura que simboliza la penetración cultural desde el sur, bajo los arcos
    mozárabes que en los muros de las naves laterales se abren al exterior, el monje García, contemplando la misteriosa majestad del Canigó y del “suavissimo fluvioli” que corre por tan bello paraje, escribía al abad de Ripoll y obispo de Vich, el famoso Oliba, una epístola de “iniciis monasteri Cuxanensis et de sacris reliquiis in eo custoditis”, y sabía muy bien que ese lugar tan magníficamente ornado se situaba “infra fines Galliae et Hispaniae” (110).

    La carta del monje García es de 1040, y poco después, en 1055, se traza en la abadía de Ripoll un mapamundi para un manuscrito que se conserva hoy en el Vaticano. En la leyenda que va al margen izquierdo de la figura se enumeran las tierras del occidente cristiano: “Hispania, quam quidam apellant Hiberiam… Galliae utreque… Italia tota…”, y luego, analizando la figura, hallamos que Hispania cubre dos partes, “Gallicia” y “Terragonensis”, a las cuales les separa del resto una gran cordillera, no apareciendo en su espacio más que una ciudad, debajo del Ebro, Toledo, como en las Galias sólo se señala otra, Sans. Vidier sostuvo que este mapamundi reproduce el que fue obra del obispo hispano de Orleans, Teodulfo… (111).

    Merece la pena destacar que casi al mismo tiempo –sólo con una diferencia de escasas décadas- se da un concomitante recuerdo de ese obispo carolingio, de origen español, en la parte occidental. En las actas, falsificadas por el obispo don Pelayo, de un primer Concilio de Oviedo, referido al reinado de Alfonso II, se da como presente a Teodulfo de Orleans. Sea o no cierto el hecho (112), es notable esta alusión que, por tratarse del único obispo español, probablemente del lado catalán, entre los que confirman como testigos en el testamento de Carlomagno dado por Eginardo, no parece ser debida al azar, sino a un sentimiento de particular relación con él –que hay que suponer, por consiguiente, nacida de su condición de hispano, recordada casi a la vez en la parte oriental del Pirineo y en Asturias.

    No tratemos ahora de aducir los innumerables testimonios que permiten afirmar que la concepción medieval de España cubría el ámbito que llevamos señalado…
    Por obra de la tradición antigua y también por obra, contemporáneamente, de reyes y otros personajes, especialmente eclesiásticos, se conserva el recuerdo y se mantiene el sentimiento presente de esa totalidad de España en los siglos medievales:
    - En un diploma de San Juan de la Peña se da en la datación esta referencia: “…postquam Carolus rex venit in Ispania” (113);
    - En otro, perteneciente al diplomatario reunido por Lacarra sobre la repoblación del valle del Ebro, leemos, en análoga forma al anterior: “quando venit comes Pictavensis in Ispania” (114).

    - El “Chronicon Rivipullense” nos da de la siguiente manera la noticia de la llegada de los almorávides: “Arabes venerunt in Ispania” (115), noticia que repite en los mismos términos el llamado por Villanueva “alterum Chronicon Rotense” (116).
    - Es la misma idea de la “Crónica del obispo don Pelayo”, para quien esas gentes vinieron “ex Africa in Ispania (117).
    Esta circunstancia de la invasión es motivo de que incontables veces, dentro y fuera de la Península, se piense en la totalidad de España, fundida en un mismo acontecer: los sarracenos ocuparon, dice Glaber, “universam Hispanie regionem” (118).

    La “Crónica de don Pelayo” alude a un Cardenal legado que el papa “in Ispania transmissit” (119). Efectivamente, los legados que, desde fines del XI –y, entre otros motivos, por la razón del culto mozárabe y de las pretensiones pontificias-, se multiplican, desde el momento en que se renuevan las relaciones de Roma con los reinos peninsulares, son enviados “in Hispania”. ¿Y cuál era esa España?

    El cardenal Hugo Cándido, legado en España del papa Alejandro II…, que tuvo alguna parte en la reforma legal de Cataluña y presidió, con Ramón Berenguer I, el famoso Concilio de Barcelona de 1064, da en Sínodo de Gerona de 1068 un documento a favor de la iglesia de San Miguel de Fluviá. Se trataba de un monasterio enclavado entre Figueras y Gerona y por aquellos a quienes va dirigido el documento podemos ver en qué medida su autor consideraba que el asunto caía en España y, eso sí, en toda España: “Hugo Candidus sancte Romane ecclesie cardinalis omnibus tocius Ispaniae principibus episcopis abbatibus ceterisque religiosis clericis vel laicis in fide Christe persistentibus…” (120).
    Desde Gerona brota, pues, uno de los primeros ejemplos de esa fórmula “totius Hispaniae”, que había de presidir el ambiente hispánico de la época que comienza a mediados del siglo XI.

    Época, hasta la muerte de Alfonso VII, renovadora, inquieta, turbulenta en algún momento, inmadura, en la que, si había de fracasar el primer intento de unión de Castilla y Aragón, se había de llegar a contemplar la unión definitiva de Aragón y Cataluña. Época en la que los reyes peninsulares multiplican los enlaces matrimoniales entre sus descendientes, escandalizando a los eclesiásticos que les acusan tan reiteradamente de no respetar el impedimento de consanguinidad. Y época también de felices momentos de colaboración militar –Toledo, Almería, Valencia, Zaragoza.

    Toda esa política se produce, claro está, perturbaciones al chocar con intereses o maneras de ver de más cortos alcances. Y esas mismas alteraciones se contemplan con un sentimiento hispánico:
    - Después de muerto Alfonso VI, la “Crónica del obispo don Pelayo” alude a las tribulaciones que “evenerunt Hispaniae” (121).
    - Todavía el Tudense, al hablar de Doña Urraca y Alfonso I, las recordaba –“eo tempore facta est perturbatio magna in Hispania” (122).
    ¿Se refieren esos textos sólo a una parte de la Península? nada autoriza a pensarlo así y, en cambio, en una epístola de Pascual II al mismo Alfonso I de Aragón, a quien llama “Hispanorum rege”, le dice: “principatus tui tempore multa mala et multa pericula in regno Hispaniae contingere” (123).

    No tendría sentido prolongar en este lugar indefinidamente la lista de textos de contenido análogo a cuantos llevamos vistos. Recordemos sólo que los “Gesta comitum barcinonensium” (comienzo del texto latino primitivo), definen el núcleo originario del condado barcelonés en estos términos: Vifredo, después de dar muerte a Salomón, “eiusque comitatum a Narbona usque in Hispaniam solus, dum vixit, obtinuit”. Ya tendremos, además, ocasión de examinar otros casos que, si bien serán tomados en consideración para precisar nuevos matices, podrán servirnos también para confirmar lo hasta aquí dicho.

    Algo, no obstante, hemos de añadir al tema de la determinación espacial de España. Al aparecer nuestra gran historiografía del siglo XIII se mantiene la neta distinción entre las tierras al norte y sur de los Pirineos y el carácter hispánico de estas últimas. (No puede contra ello el hecho de que esos historiadores del XIII sean los propagadores de la tesis de la herencia goda. Lucas de Tuy y Rodrigo Jiménez de Rada, aun ocupándose del tiempo de la dominación visigoda, cuando narran el episodio de la revuelta contra Wamba, en el que después será Mediodía francés, refieren que vencidos los sublevados y sus auxiliares francos, pacificada Narbona y tomadas las provincias del caso, el rey regresó a España: “directo itinere -dice el Tudense- ad Hispaniam commevit” (124) y el Toledano escribe que “his omnibus provide ordinatis, disposuit in Hispaniam remeare” (125).

    Pero una situación política nueva se ha producido en tanto. Ello trae, con mayor vigor que en ningún momento precedente, la inclusión en el ámbito hispánico del vértice Narbonense. Ciertamente que el “non est, sed erat”, del “Codice Albeldense” no era la única manera de ver la cuestión. La tradición eclesiástica estaba en contrario, lo que hacía posible que los textos de la “pseudo-división de Wamba”, de los monasterios de San Juan de la Peña y Montearagón, escrito el primero todavía en letra toledana y el segundo perteneciente a fines del XII, terminaran su enumeración con estas palabras: “Haec sunt sedes ispanienses divise a Narbona usque Yspalim” (126).
    Y ese factor tradicional eclesiástico se une y, tal vez, fomenta las tendencias de la política expansionista de Cataluña y Aragón hacia el otro lado del Pirineo, que dan lugar –o por lo menos se implican mutuamente- al fenómeno de ensanchamiento del nombre geográfico de España por el otro lado de las montañas.

    Es interesante encontrar ya testimonios de geógrafos e historiadores de la Antigüedad que extienden los nombres de Hispania o Iberia hasta las fuentes del Ródano. Pero creo que la renovación del hecho a que responden los nombres ya dichos –Hispanogallia, Hispania superior, España la menor, etc.- se debe a la acción política concreta, desde el siglo XI, de condes catalanes, reyes aragoneses y primeros reyes castellanos de la dinastía navarra.

    (continúa)
    Última edición por Gothico; 28/12/2006 a las 21:03

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    Re: Libro: El concepto de España en la Edad Media

    Libros antiguos y de colección en IberLibro
    (de José Antonio MARAVALL, en su obra “El concepto de España en la Edad Media”)

    …III. Hispania y las regiones del Nordeste Pirenaico.

    (…) La larga y constante política llevada a cabo al norte de los Pirineos por los Condes de Barcelona, heredada después por los Reyes-Condes de Aragón y Cataluña, había ido absorbiendo de tal manera la vertiente septentrional del Pirineo, en victoriosa pugna con los condes de Tolosa y otros señores del Sur francés, que se renueva, con mayor fuerza que antes, la antigua situación del tiempo de los godos. Ya Ramón Berenguer I actuaba como señor al otro lado de la cadema pirenaica, enfeudando el condado de Carcasona a un Ramón de Beziers (127), y se conserva una larga lista de señores de la misma comarca que rinden homenaje feudal a dicho conde de Barcelona (128). El conde de Tolosa, don Beltrán, se reconoce vasallo del rey de Aragón y de Pamplona en 1116, por las ciudades de Tolosa, Rodez, Cahors, Albi, Narbona y Carcasona y con rigurosa terminología feudal se declara “homo de rege” (129).

    Por conducto de estos condes barceloneses y de los reyes de Aragón, que le han reconocido como superior, Alfonso VII de León y Castilla aparece como superior también de los señores de todos los principados pirenaicos, entre ellos del conde de Tolosa y del de Narbona, los cuales, en el invierno de 1134, acuden a Zaragoza a rendirle homenaje feudal. Esta posición la conserva el rey catalano-aragonés Alfonso II, en quien la antigua política barcelonesa de matrimonios y relaciones familiares, como instrumento de hegemonía pirenaica, da sus frutos maduros: los señores de Montpellier, Beziers, Foix, Narbona, Rosellón, las tierras de Provenza, y, más adentro de los Pirineos, Bigorre, Bearn, etc., le reconocen como supremo señor, hasta el extremo de que por alguien ha sido llamado “emperador del Pirineo” (130)…

    La defensa del conde tolosano y de los restantes señores del Mediodía francés por (el hijo de Alfonso II) Pedro II se debe a que éste actúa como supremo señor feudal de aquéllos y sigue la política secular de su familia, de expansión más allá de los Pirineos, amenazada porque, después de siglos, la realeza francesa ha puesto su mirada en el Sur. “La estancia del rey de Aragón en Toulouse, ha dicho Higonnet, en enero de 1213 es, tal vez, el más alto momento de la empresa de dominación barcelonesa en el Mediodía francés”. Unos meses después tendría su término ante las murallas de Muret (139).

    A pesar de ese final, queda una repugnancia larga en los escritores catalanes a llamar Francia a esa tierra languedociana:
    - “Ajudava al Comte de Tolosa contra los françesos”, dice del mencionado Pedro II la “Crónica” de Ribera de Perpejá (140).
    - Cuando cuenta que Felipe III (de Francia) preparaba la guerra contra el aragonés, Desclot insiste todavía en decir que aquél “partióse de Francia y se dirigió a Tolosa” (141).
    Queda siempre un fondo de actitud reivindicatoria durante toda la Edad Media. Miret y Sans reunió ya interesantes datos sobre caballeros catalanes que, después de Muret, siguen auxiliando en el Languedoc la resistencia a los invasores (142). La misma actitud se observa en algún capítulo de la “Crónica de Desclot”, haciendo ver que los catalanes y los mismos tolosanos consideraban que el condado pertenecía a los reyes aragoneses (143).

    Esa política catalano-aragonesa actualizó el viejo fondo de parentesco étnico y cultural de los pueblos del norte de los Pirineos con la Hispania del Sur. Desde muy antiguo había existido una constante corriente humana y cultural desde la zona catalana hacia el Norte:
    - García Bellido ha dado interesantísimos testimonios de la Antigüedad, entre ellos una diáfana referencia de Estrabón, que extienden el nombre de Iberia hasta el Ródano. Algunos otros de esos textos antiguos hablan de iberos junto al citado río (144).
    - Basándose en datos toponímicos, Aebischer sospecha la existencia de una emigración catalana hacia el Norte, de la que derivaría el nombre de Perpignan (145).

    La colonización, con sus hábitos, sus leyes y es de suponer que con su lengua, de los “hispani”, mozárabes de la zona catalana, en la Septimania, durante los primeros carolingios, es conocida.
    Antes de ésta, numerosos factores habían dado lugar a esa “Hispanogallia” de Fredegario que nos hemos ya encontrado y ese concepto geográfico que ya recogimos se nos ofrece lleno de sentido histórico.
    Por otra parte, Schulten menciona el caso del llamado “Cosmógrafo de Rávena”, que a la parte entre el Garona y los Pirineos la llama “Spanoguasconia” (146).

    Desde comienzos del siglo XI, esa antigua relación se recrudece y son otra vez los catalanes los que la actualizan, iniciando, con medios que cabría llamar muy modernos, su expansión política. Resultado de esta acción desarrollada sistemáticamente durante los siglos XII y XII es esa catalanización del Sur francés, de la que da testimonio el conocido poema del trovador Alberto de Sistero en 1120:

    “Monges, digats, segón vostra sciença,
    qual valon mais, Catalan o Francés;
    et met de sai Guascuenha e Provença,
    e Limozin, Albernh e Vianés;
    e met de lai, la terra del dos res” (147)

    Esos versos nos muestran, sin lugar a dudas, la existencia de un sentimiento catalán al otro lado de la Península. Y en la misma línea es sumamente revelador del mismo estado de espíritu el reiterado llamamiento del trovador Peire Vidal al rey de Aragón para que vigile aquellas tierras y no deje perder la Provenza (148).
    Teniendo en cuenta lo dicho no tiene nada de extraño que Dante considerara toda esa tierra al norte de los Pirineos habitación de los hispanos, como se deduce de lo que escribe en su “De vulgari eloquio” (149).

    Es, en cambio, interesante señalar que esa extensión catalana al norte de los Pirineos llevaba consigo la extensión del nombre de España hasta esa parte. Así se ve en el texto de Dante y prueba su aceptación por las mismas gentes de la otra vertiente pirenaica el hecho de que el anónimo cantor de la Santa Fe de Agen califique su canción de una “razon espanesca” (150). Rajna, ocupándose de este notable poema, que hoy se tiende a fechar a fines del siglo XI, aduce, con la ya mencionada frase de Dante, el pasaje de la “Chronica Adefonsi Imperatoris”: “facti sunt termini regni Adefonsi regis Legionis a mare magno Occeano, quod est a Patrono Sancti Jacobi, usque ad fluvium Rodani” (151).
    Alfaric minimiza la importancia de esta cita, que considera única.

    Pero no es, ni mucho menos, la sola que responde a esa concepción histórico-geográfica:
    -Aparte de la tradición antigua y de testimonios merovingios; aparte también de otros textos medievales ya citados, queda la referencia que se encuentra en la “Historia Silense”: “Hispanici autem Reges a Rodano Gallorum maximo flumine usque ad mare quod Europam ab Africa separat… gubernaverunt” (152).
    -Junto a los testimonios de la Silense y de la Crónica latina de Alfonso VII se halla el tal vez más valioso ejemplo: el que nos ofrece la “Crónica Pinatense”. En ésta –una de las obras historiográficas dirigidas por Pedro IV de Aragón- no se afirma de uno u otro rey español que su reino llegara hasta el Ródano, sino que se viene a dar ese límite a España: “tota Ispania occupata per sarracenos usque ad locum de Arleto (Arlès) provintiae” (153).
    -Todavía en la primera mitad del XV, desde Gerona se dirá: “Narbona, donde comienza España”; efectivamente, en el texto litúrgico del “oficio de San Carlomagno”, de la Catedral de Gerona, la “lectio I” recoge la leyenda del viaje del emperador a Santiago y su propósito de conquistar España a los infieles y, puesto en ello, Carlomagno “capta vero civitate Narbona et munita in qua Ispania inchoatur, perveniens ad terram Rossilionis que est principum Cathalonie” (154). Los hechos que en este Oficio se narran son, como es sabido, completamente falsos, pero a nosotros nos interesa la idea geográfica expresada en esas palabras: en Narbona da comienzo España, de la que es una parte Cataluña, que sólo empieza en el Rosellón.

    Probablemente, la situación creada por la política catalano-aragonesa, más que el lejano recuerdo visigodo y más también que la episódica amplitud del reino de Alfonso VII, hacen revivir en Castilla ese sentimiento hispánico con que se considera la tierra narbonense.
    (Ver, del mismo libro, “El origen medieval del sentimiento hispánico”) http://www.hispanismo.org/showthread.php?t=4046

    Respondiendo a él, la “Primera Crónica General”, como ya vimos, renueva los nombres, que usara ya Fredegario, de “España la mayor” y “España la menor”. Claro que, en definitiva, al Rey Sabio lo que le interesa es “España la mayor”; y aun la otra lleva también un nombre, según él, además del de “España la menor”, suficiente por sí para marcar la diferencia: “Demás es en esa Espanna la Galia Gotica que es la provincia de Narbona” (155).
    La “Primera Crónica General” nos ofrece en otro lugar una interesante enumeración de partes de España designándolas por sus nuevos nombres en romance: “en Gallizia et en Asturias et en Portugal et en ell Andaluzia et en Aragon et en catalonna et en las otras partidas de Espanna” (156).
    Todavía a fines del XV, Diego de Valera trata de los reinos y regiones y provincias que “en la nación de España se contienen”: la Francia gótica que es Lenguadoque, Narbona, Tolosa, Castilla, León, Aragón, Navarra, Granada, Portugal (157).

    También al terminar la Edad Media, desde ese rincón de Gerona que hemos visto ya aparecer en varias ocasiones con testimonios decisivos, el obispo Juan Margarit (s. XV), al acometer la ejecución del más vasto plan de nuestra Historia, empieza por señalar los lindes de España, siguiendo una vieja tradición, en el Canigó y el Portus Veneris (Port Vendres), cuyo nombre suena desde tan antiguo en ese sentido; pero luego, refiriéndose a la autoridad de Estrabón y de algún concilio tarraconense y analizando la estructura de los montes del Canigó, sostiene que la frontera está en la Fuente de Salsas.

    Con razón podía escribir años después Antonio de Nebrija: Entre hispanos y galos, para contener su cupiditas belligerandi, la naturaleza colocó los abismos de los montes Pirineos, “ut utriusque populi se intra fines suos continerent”. Sin embargo, fue tal el dominio sobre la Galia Narbonense antes del tiempo de los romanos, más adelante con éstos y ulteriormente con los godos, que “totus ille tractus Hispaniae annumeratus est” (158).

    Mas, a pesar de cuanto llevamos dicho, si se descuentan los naturales fenómenos de ósmosis que en toda frontera se dan, lo cierto es que desde muy temprana fecha se produce y se conserva fuertemente, a pesar de los avatares de la situación política, un firme sentimiento de diferenciación entre uno y otro lado de la cordillera.

    Nada es quizá más elocuente que un hecho concreto de la historia política de Cataluña y Aragón: la distribución de sus tierras por Jaime I entre sus dos hijos. En manos de este rey se encuentran Aragón y Cataluña reunidas ya de atrás bajo la misma Corona; pero, además, Valencia, que acaba de ser conquistada por él, cuya unión a las otras dos partes no ha fraguado todavía en viejo hábito y que, según la trtadición eclesiástica, no correspondía a la Tarraconense, sino a la metrópoli de Toledo; aparte de estos tres reinos, otras dos regiones, Mallorca y Rosellón, la primera enfrente y próxima a esa Valencia y, como ella, sin ningún pasado catalano-aragonés (por lo menos en cuanto a unión política), y el segundo, en cambio, con una ya larga relación de dependencia respecto a los condes de Barcelona. Y ante esta situación, lo que hace Jaime I es conservar unidas las tres partes o miembros del tronco hispánico y formar un segundo e inverosímil reino con las dos “adyacencias” (Mallorca y Rosellón), que entrega a su segundo hijo, recortando para éste los “flecos” del tapiz hispánico al que conserva unido en manos de su primer hijo.
    Creo que sólo el juego fundamental del concepto de Hispania, que tanta fuerza tuvo, como más adelante veremos, en el pensamiento de Don Jaime, explica esa insostenible división.
    Efectivamente, tal hecho sólo dentro de una serie de testimonios coincidentes se puede entender; aunque muchas piezas de esa serie nos son ya conocidas fijémonos en dos ejemplos extremos:
    - Entre los hispanos, de procedencia goda o romana, que en la segunda mitad del siglo VIII emigraron al Norte y tomaron parte tan activa en la colonización de las tierras de Septimania, recién liberadas, figuraba el que luego había de ser famoso prelado del grupo carolingio, San Agobardo, arzobispo de Lyon. De él se conserva una nota biográfica que la crítica actual considera como manuscrito auténtico suyo, y en ella, con referencia al año 782, figura esta anotación: “Hoc anno ab Hispaniis in Galliam Narbonensem veni” (159).
    - Por otra parte, en el último cuarto del siglo XIII, un interesante personaje, Guillermo de Aragón, médico y filósofo, autor de varias obras y entre ellas de un “Liber de nobilitate animi”, de neta raigambre hispánica en sus tesis, da cuenta de haber estado “in terra Narbonensi et in quodam parte Hyspaniae que dicitur Cathalonia” (160).
    En el hilo que va de uno a otro de estos dos cabos que acabamos de señalar se enhebra y cobra su pleno sentido el acto de reparto de Jaime I…

    (Del mismo libro y asunto, ver también: “La Hispania carolingia. La Marca Hispánica”)
    http://www.hispanismo.org/showthread.php?p=21963
    Última edición por Gothico; 09/01/2007 a las 17:09
    ReynoDeGranada dio el Víctor.


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  1. 26/05/2009, 19:57

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