Re: Abdica el Jefe del Estado
Iniciado por
Anorgi
¡Viva Felipe VI, Rey de España!
De momento no ha sido proclamado por las Cortes.
¡Viva la Princesa de Asturias, doña Leonor!
De momento no ha sido proclamada por las Cortes.
1.- Ley fundamental (condición legal) de 10 de mayo de 1713, mal denominado auto acordado de Don Felipe V, también conocido como "ley semi-sálica y nunca "sálica" pues no cierra del todo el acceso de la mujer al Trono aunque si lo limita y condiciona, y en la que se inspira el art. 57, pár., 1 y 2 de la vigente Constitución de 1978.
2.- Cortes de Aranjuez de 31 de mayo de 1789. Convocadas para la jura del Príncipe Fernando como Príncipe de Asturias.
3.- Se solicita la derogación de la Ley de 10 de mayo de 1713. Pero, siguiendo el procedimiento legal establecido.
3.1 Era necesaria una petición de Cortes constituidas con poderes bastantes para hacerla, es lo que se llamaba mandato imperativo, que nunca se dio.
3.2 Acuerdo o sanción real, que no se dio.
3.3 Publicación del acuerdo adoptado en la forma debida y conveniente: Boletín Oficial del Estado ya existente entonces: no se publicó.
4.- Aprobación por Cédula real de la Novísima Recopilación de Autos Acordados de 15 de julio de 1805. (16 años después de las Cortes de Aranjuez)
5.- La Ley fundamental de 10 de mayo de 1713 queda recogida como Ley 5ª del Título I del Libro III.
6.- En 29 de marzo de 1830, Fernando VII manda publicar la:
Pragmática sanción con fuerza de ley decretada por el Señor Don Carlos IV a petición de las Cortes de 1789 y mandada publicar por S.M. reinante.En el propio texto se incluyen estos términos: "Lo resuelto a ella por el rey mi querido padre."
Creo que es evidente la plenitud de nulidad de Derecho de la Pragmática, así como la desfachatez de aquél malhadado rey, el cual no dudó en falsear las leyes, sino hasta habiendo conspirado con Napoleón contra su propio padre, algo que en derecho ya lo hubiese excluido de la sucesión, aún tuvo el cinismo de remachar su acto absolutista hablando de "su querido padre."
Todos los derechos, en aplicación estricta de la Ley de sucesión, correspondían al Infante Don Carlos María Isidro, Don Carlos V y sus sucesores, y nunca a la Infanta Isabel. Por tanto puede usted dar todos los vivas que quiera al fraude de ley que tenemos en el Trono de España, pero eso no va a cambiar ni la Historia, ni el Derecho.
¡¡¡ Viva Don Sixto Enrique !!! Legítimo reclamante del Trono.
Última edición por Valmadian; 02/06/2014 a las 17:06
"He ahí la tragedia. Europa hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma europea choca con una realidad artificial anticristiana. El europeo se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.
<<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>
Hemos superado el racionalismo, frío y estéril, por el tormentoso irracionalismo y han caído por tierra los tres grandes dogmas de un insobornable europeísmo: las eternas verdades del cristianismo, los valores morales del humanismo y la potencialidad histórica de la cultura europea, es decir, de la cultura, pues hoy por hoy no existe más cultura que la nuestra.
Ante tamaña destrucción quedan libres las fuerzas irracionales del instinto y del bruto deseo. El terreno está preparado para que germinen los misticismos comunitarios, los colectivismos de cualquier signo, irrefrenable tentación para el desilusionado europeo."
En la hora crepuscular de Europa José Mª Alejandro, S.J. Colec. "Historia y Filosofía de la Ciencia". ESPASA CALPE, Madrid 1958, pág., 47
Nada sin Dios
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