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Tema: Javier I, Rey Legítimo español vs. Franco, el revolucionario

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  1. #1
    Avatar de Rodrigo
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    Re: Javier I, Rey Legítimo español vs. Franco, el revolucionario

    Cita Iniciado por jasarhez
    Curiosamente, la actual constitución de 1978 mantiene una ley sálica que hubiera dejado a Isabel II sin el trono, y por lo tanto jamás podría haber llegado a reinar Alfonso XII ni Alfonso XIII.
    Cita Iniciado por Valmadian Ver mensaje
    La Pragmática es de 1830, y es evidente que la Constitución de 1978 mantiene el auto de 10 de mayo de 1713. Lo que supone que, en efecto, ni la niña Isabel ni sus descendientes hubiesen accedido al Trono.
    Eso no es así y no sé de donde lo habéis sacado. Ni la Constitución del 78 tiene ley sálica alguna (sino mera preferencia del varón a la mujer, en el mismo grado) ni mantiene auto alguno del Antiguo Régimen.

    Si Felipe tuviese hermanos menores, su hija primogénita seguiría siendo la heredera legal (que no legítima) según este marco constitucional.

    Según esta sinopsis del artículo 57:

    el trono se defiere al primogénito y a sus descendientes, de padres a hijos y nietos, y así sucesivamente, con preferencia sobre los hermanos y los sobrinos por razón de línea; que las mujeres sólo tienen acceso al trono si no tienen hermanos varones; y que la preferencia de línea con derecho a la representación significa que los nietos anteceden, en caso de fallecimiento, a los padres, a los tíos, y a los hermanos del Rey difunto.
    Lo que dice exactamente el artículo 57 es esto:

    1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
    2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
    3. Extinguidas todas las líneas llamadas en derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona que más convenga a los intereses de España.
    4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
    5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
    http://es.wikisource.org/wiki/Consti...la_de_1978:_04

    Como buena Constitución revolucionaria, la del 78 no reconoce ningún marco legal anterior a la misma y mucho menos una ley multisecular de la monarquía hispánica (tan sólo se hace una escueta mención a que Juan Carlos es el legítimo heredero de la dinastía histórica, sin mencionar si quiera de qué dinastía se está hablando). Para la Constitución del 78, la monarquía en España empieza con Juan Carlos. Tampoco contempla no ya la exclusión por matrimonio morganático, sino que ni siquiera es un requisito ser católico para ocupar la corona, por lo que un "rey" no bautizado sería perfectamente legal según esta Constitución (anti)española.
    Última edición por Rodrigo; 21/05/2014 a las 02:45
    Militia est vita hominis super terram et sicut dies mercenarii dies ejus. (Job VII,1)

  2. #2
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    Re: Javier I, Rey Legítimo español vs. Franco, el revolucionario

    Es seguro que tendrás razón, estimado Rodrigo. Como antes decía, yo no tengo ni idea de estas cuestiones legitimistas. Para mi, la coronación de Isabelota 2.0 supuso el triunfo de los liberales y eso es lo que desgraciadamente cuenta. Me da igual si Isabel II llegó al trono de una forma legítima o ilegítima (eso lo dejo para los entendidos en cuestiones monárquicas). Lo realmente lamentable para mi es saber que, a consecuencia de ello, los liberales gobernaron en España. Aunque, como decía antes, desde mi particular visión de las cosas (que yo tampoco dudo en calificar de 'revolucionaria') yo pienso que Franco habría acertado más si hubiera escuchado un poco más a Arrese y algo menos a Carrero en este tema... Dándole un papel relevante al Movimiento dentro de la estructura del Régimen, aunque todos los monárquicos hubieran calificado el resultado de 'nefasto engendro totalitaro', e incluso lo hubieren asemejado a un 'politburó oriental revolucionario', tal y como cuentan que dijo en su día el señor conde de Vallellano, que era también Ministro de Obras Públicas... ¡¡Ahhh....!!, y por mucho que hubieran puesto, también, el grito en el cielo algunos obispos.

    De modo que lo realmente nefasto fué, sin duda, que triunfaran los liberales en España por aquellos días. De no haber triunfado, jamás habría sido necesaria una guerra civil tan terrible como la del 36... Y si me apuran, hasta tampoco el régimen que surgió de ésta hubiera sido innecesario. Desgraciadamente, con la llegada al trono de Isabel II, se impusieron las tesis liberales y perdieron las de los tradicionalistas. Por lo que, a partir de ese momento, se transmutó inevitablemente la historia de manera inevitable y nefasta... y ya nunca nada pudo volver a ser otra vez lo mismo.
    Última edición por jasarhez; 21/05/2014 a las 10:12

  3. #3
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    Re: Javier I, Rey Legítimo español vs. Franco, el revolucionario

    Cita Iniciado por Rodrigo Ver mensaje
    Eso no es así y no sé de donde lo habéis sacado. Ni la Constitución del 78 tiene ley sálica alguna (sino mera preferencia del varón a la mujer, en el mismo grado) ni mantiene auto alguno del Antiguo Régimen.

    Si Felipe tuviese hermanos menores, su hija primogénita seguiría siendo la heredera legal (que no legítima) según este marco constitucional.

    Según esta sinopsis del artículo 57:



    Lo que dice exactamente el artículo 57 es esto:



    Constitución española de 1978: 04 - Wikisource

    Como buena Constitución revolucionaria, la del 78 no reconoce ningún marco legal anterior a la misma y mucho menos una ley multisecular de la monarquía hispánica (tan sólo se hace una escueta mención a que Juan Carlos es el legítimo heredero de la dinastía histórica, sin mencionar si quiera de qué dinastía se está hablando). Para la Constitución del 78, la monarquía en España empieza con Juan Carlos. Tampoco contempla no ya la exclusión por matrimonio morganático, sino que ni siquiera es un requisito ser católico para ocupar la corona, por lo que un "rey" no bautizado sería perfectamente legal según esta Constitución (anti)española.

    He abierto un hilo específicamente con el texto de la Ley de 10 de mayo de 1713 y de la Pragmática Sanción, a efectos de cotejar la primera con el orden sucesorio de dicha Ley con el art., 57.1 de la Constitución de 1978, siendo este artículo mucho más sencillo ciertamente, pero inspirado en el anterior. Así como poder comprobar la nulidad de derecho de la Pragmática mediante el análisis de algunos de sus aspectos.

    Rodrigo, aquí no se trata de analizar la naturaleza política de la Constitución de 1978, sino de hacerlo sobre una cuestión esencialísima como es la Corona Española, el resto no nos interesa aquí. De modo que es de desear que no nos salgamos del tema.


    http://www.hispanismo.org/politica-y...a-sancion.html
    Última edición por Valmadian; 21/05/2014 a las 13:39
    "He ahí la tragedia. Europa hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma europea choca con una realidad artificial anticristiana. El europeo se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.

    <<He ahí la tragedia. España hechura de Cristo, está desenfocada con relación a Cristo. Su problema es específicamente teológico, por más que queramos disimularlo. La llamada interna y milenaria del alma española choca con una realidad artificial anticristiana. El español se siente a disgusto, se siente angustiado. Adivina y presiente en esa angustia el problema del ser o no ser.>>

    Hemos superado el racionalismo, frío y estéril, por el tormentoso irracionalismo y han caído por tierra los tres grandes dogmas de un insobornable europeísmo: las eternas verdades del cristianismo, los valores morales del humanismo y la potencialidad histórica de la cultura europea, es decir, de la cultura, pues hoy por hoy no existe más cultura que la nuestra.

    Ante tamaña destrucción quedan libres las fuerzas irracionales del instinto y del bruto deseo. El terreno está preparado para que germinen los misticismos comunitarios, los colectivismos de cualquier signo, irrefrenable tentación para el desilusionado europeo."

    En la hora crepuscular de Europa José Mª Alejandro, S.J. Colec. "Historia y Filosofía de la Ciencia". ESPASA CALPE, Madrid 1958, pág., 47


    Nada sin Dios

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