Cita:
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P.D.:
–Esquema del documento La esperanza de salvación para los niños que mueren sin bautismo
Inicio, presentación del documento.
«La enseñanza tradicional recurría a la teoría del limbo, entendido como un estado en el que las almas de los niños que mueren sin bautismo no merecen el premio de la visión beatífica, a causa del pecado original, pero no sufren ningún castigo, ya que no han cometido pecados personales. Esta teoría, elaborada por los teólogos a partir de la Edad Media, nunca ha entrado en las definiciones dogmáticas del Magisterio, aunque el mismo Magisterio la ha mencionado en su enseñanza hasta el concilio Vaticano II. Sigue siendo por tanto una hipótesis teológica posible».
Introducción (1-7). La Iglesia ora por la salvación eterna de los niños muertos sin bautizar. Y esto es muy significativo.
«Teniendo presente el principio lex orandi, lex credendi, la comunidad cristiana tiene en cuenta que no hay ninguna mención del limbo en la liturgia. Ésta comprende la fiesta de los Santos Inocentes, venerados como mártires, aunque no habían sido bautizados, porque fueron muertos “por Cristo”. Ha habido [después del Vaticano II] un importante desarrollo litúrgico con la introducción de los funerales por los niños muertos sin bautismo. No rezamos por los condenados. El Misal Romano de 1970 introdujo una misa funeral por los niños no bautizados cuyos padres deseaban presentarlos para el Bautismo. La Iglesia confía a la misericordia de Dios a los niños que mueren sin Bautismo» (5).
1. «Historia quæstionis». Historia y hermenéutica de la enseñanza católica
(8-10) Fundamentos bíblicos.
Es patente «la ausencia de una enseñanza explícita en el Nuevo Testamento sobre el destino de los niños no bautizados» (9). Pero sí se dan en él verdades fundamentales que permiten establecer tesis teológicas bien fundamentadas en la Revelación.
(11-14) Los Padres griegos.
«Muy pocos Padres griegos han tratado del destino de los niños que mueren sin Bautismo (11). Gregorio de Nisa es el único que le dedica una obra, en la que dice que «la muerte prematura de los niños recién nacidos no es motivo para presuponer que sufrirán tormentos» en la otra vida (12).
(15-20) Los Padres latinos.
En la Iglesia latina los Padres, siguiendo a San Agustín, que combate los errores de Pelagio, mantienen una convicción rigorista, pensando que «Dios condena a aquellos que tienen en su alma sólo el pecado original. Incluso los niños que no han pecado por su voluntad» (20).
(21-25) La Escolástica medieval.
«Puesto que los niños que no han alcanzado el uso de la razón [y a fortiori los abortados] no han cometido pecados actuales, los teólogos llegaron a la opinión común según la cual estos niños no bautizados no experimentan ningún dolor, e incluso gozan de una plena felicidad natural por su unión con Dios en todos los bienes naturales (Tomás de Aquino, Duns Scoto)». (23) «La expresión “limbo de los niños” fue acuñada entre los siglos XII y XIII para designar “el lugar de reposo” de estos niños» (24).
(26) La era moderna post-tridentina.
Contra los jansenistas, «Pío VI defendió el derecho de las escuelas católicas a enseñar que los que mueren sólo con el pecado original son castigados con la ausencia de la visión beatífica (“pena de daño”), pero no con sufrimientos sensibles (castigo del fuego, “pena de sentido”)» (Auctorem fidei, 1794).
(27-31) Del Vaticano I al Vaticano II. (32-41) Problemas de naturaleza hermenéutica.
2. «Inquirere vias Domini». Investigar los caminos de Dios.
(42-52) Principios teológicos. La voluntad salvífica universal de Dios realizada a través de la única mediación de Jesucristo en el Espíritu Santo. (53-56) La universalidad del pecado y la necesidad universal de salvación. (57-60) La necesidad de la Iglesia. (61-67) La necesidad del Bautismo sacramental. (68-69) Esperanza y oración por la salvación universal.
3. «Spes orans». Razones de la esperanza
(70-79) El nuevo contexto. (100-101) Lex orandi, lex credendi.
«Antes del Vaticano II, en la Iglesia latina, no había un rito de exequias para los niños no bautizados, que eran sepultados en tierra no consagrada. En rigor tampoco existía un rito fúnebre por los niños bautizados, aunque en este caso se celebraba una Misa de Ángeles, y naturalmente se les daba sepultura cristiana. Gracias a la reforma litúrgica postconciliar, el Misal Romano contiene ahora una Misa por los niños que mueren sin bautismo, y además se encuentran plegarias especiales para este caso en el Ordo exequiarum. Aunque en ambos casos el tono de las plegarias sea particularmente cauto, de hecho hoy la Iglesia expresa en la liturgia la esperanza en la misericordia de Dios a cuyo cuidado amoroso es confiado el niño. Esta oración litúrgica refleja y a la vez da forma al sensus fidei de la Iglesia latina acerca del destino de los niños que mueren sin bautismo: lex orandi, lex credendi. Es significativo que en la Iglesia Católica griega haya solamente un rito fúnebre para los niños, bautizados o no, y la Iglesia ruega por todos los niños difuntos para que puedan ser acogidos en el seno de Abraham, donde no hay dolor ni angustia, sino sólo vida eterna» (100).
(102-103) Esperanza.
«Nuestra conclusión es que los muchos factores que hemos considerado ofrecen serias razones teológicas y litúrgicas para esperar que los niños que mueren sin bautismo serán salvados y podrán gozar de la visión beatífica. Subrayamos que se trata de motivos de esperanza en la oración, más que de conocimiento cierto. Hay muchas cosas que simplemente no nos han sido reveladas (cf. Jn 16,12). Vivimos en la fe y en la esperanza en el Dios de misericordia y de amor que nos ha sido revelado en Cristo, y el Espíritu nos mueve a orar en acción de gracias y alegría constantes (cf. 1 Tes 5,18)» (102).