"Es obligación del Estado no usurpar la libertad de expresión", sentenció el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en una resolución en la que condenó a Austria por prohibir la exhibición de un cuadro que mostraba las caricaturas de 34 personalidades -desde el ex líder del Partido Liberal Austríaco (FPÖ) y gobernador de Carintia, Jörg Haider, hasta la madre Teresa de Calcuta- en actitudes sexuales explícitas, incluidas masturbaciones y eyaculaciones perfectamente visibles.
En la sentencia, dictada el pasado 21 de Enero, la Corte Europea amparó a la Vereinigung Bildender Künstler, una conocida asociación de artistas dedicada al arte contemporáneo. En 1998, con motivo de su centenario, la asociación organizó la exposición El siglo de la libertad artística que incluyó la obra Apocalipsis, de Otto Mühl. Se trata de un collage de 4,5 metros de ancho y 3,6 de alto en el que aparecían 34 personas, todas desnudas y realizando actos sexuales. Los cuerpos estaban caricaturizados, pero las caras eran fotografías extraídas de periódicos, con los ojos tapados con tiras negras. Entre las personas representadas estaba Walter Meischberger, diputado en el Parlamento austríaco y ex secretario general del FPÖ. Aparecía sosteniendo el pene erecto de Haider, que eyaculaba sobre la madre Teresa. Con los genitales coloreados y extraordinariamente grandes, se distinguían otras figuras como cardenales y escritores.
El cuadro provocó una gran polémica y fue destrozado por un visitante a la exposición, que recubrió de pintura roja la figura de Meischberger. Éste, por su parte, acudió a los tribunales, que prohibieron la exhibición de la obra por su "carácter degradante" y ofensivo. Esta decisión judicial fue "desproporcionada" e "innecesaria en una sociedad democrática", determinó el TEDH, que condenó a Austria por vulnerar la libertad de expresión. La Corte Europea recuerda que la libertad de expresión es "esencial" en democracia y no es aplicable sólo a las ideas que se reciben favorablemente, sino también a aquellas que "ofenden, asustan o perturban al Estado o a cualquier sector de la población". El TEDH indica además que la sátira es una forma de expresión "por sus rasgos inherentes de exageración y distorsión de la realidad, pretende provocar y agitar". Asimismo, la sentencia destacaba que la pintura no concernía a la vida privada de Meischberger sino que le censuraba como político, función en la que debía tener una tolerancia más amplia a las críticas.
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