Malvinas, ¿guerra justa? (1)En nuestra opinión, la guerra de Malvinas fue una guerra justa a la luz de los principios del derecho natural. Lo cual no quiere decir que se cumplieran de modo perfecto todas las condiciones de legitimidad bélica, sino que se dieron en un mínimo suficiente, consideradas en general, aunque con grados de perfección variable en las diversas condiciones tomadas por separado.
No obstante, debemos aclarar desde ya que no damos nuestra opinión valor dogmático, y que tampoco monopolizamos el “patriotómetro”, por lo cual no nos atrevemos a tachar de falta de piedad patriótica a quienes sostienen una posición opuesta. De hecho, conocemos argentinos muy patriotas que reconocen la justicia objetiva de la causa argentina, y el heroísmo de sus combatientes, pero que consideran cuanto menos dudoso que la guerra de 1982 cumpliera con todos los requisitos de una guerra justa.
La doctrina sobre la guerra justa tiene una elaboración de siglos en la tradición cristiana. San Agustín y Santo Tomás marcan los hitos fundamentales hasta la llegada de la edad moderna. Los teólogos del Siglo de Oro, especialmente Vitoria y Suárez, darán al tema un enfoque más acorde con la realidad moderna del Estado, mediante precisiones y adiciones, en lo que podría calificarse como un desarrollo homogéneo. Imposible entrar en las aportaciones de cada uno de ellos, ni recorrer los avances que se dieron en siglos posteriores. Vamos dar una visión de conjunto, presentando de forma esquemática las condiciones que se exigen para que una guerra sea justa. Y al mismo tiempo intentaremos aplicarlas a las circunstancias del conflicto bélico de 1982, para saber si reunió los requisitos tradicionales.
Las tres condiciones esenciales que deben darse simultáneamente según Santo Tomás (S. Th., II-II, q.40), son: 1ª Autoridad legítima; 2ª Causa justa; 3ª Recta intención. Los escolásticos posteriores agregaron otras condiciones que constituyen un desarrollo de la doctrina tomasiana, a saber: 4ª Último recurso; 5ª Proporcionalidad; y 6ª Probabilidad de éxito.
1ª Autoridad legítima.
La guerra es un acto político, que compromete a toda la polis, por ello no puede ser declarada por cualquiera, sino por la autoridad del Estado. Este requisito es esencial. En tiempos de Santo Tomás, la insistencia en esta condición, apuntaba a poner freno a las guerras privadas, declaradas por personas sin potestad política.
En el conflicto del Atántico Sur no hubo declaración oficial de guerra por ninguna de las dos partes. Pero el desembarco argentino en las islas del 2 de abril de 1982 bien puede considerarse como una tácita declaración de guerra. Lo mismo cabe decir de la respuesta militar británica.
Consideremos ahora dos objeciones:
1. Desde el purismo demo-liberal se argumenta en base a la ilegitimidad del régimen. Se sostiene que Galtieri fue jefe de un gobierno ilegítimo y por ello la guerra de Malvinas fue injusta a causa de “la ilegitimidad que tiñe todo el obrar de los gobiernos usurpatorios” (v. aquí); vale decir que se trató de una “guerra ilegítima, decidida por un gobierno inconstitucional” (v. aquí).
Sin embargo, desde el derecho natural se puede responder que, una vez consumada la usurpación en 1976, dado que el bien común exige que haya un gobierno que cuide el orden en la sociedad, en 1982 el gobierno de facto estaba legitimado (Taparelli denominó esto como prescripción en favor de la sociedad). En efecto, la ilegitimidad de origen es un vicio que el gobernante de facto puede purgar con el paso del tiempo y la garantía del orden público; así lo requiere el bien de la comunidad, que no puede vivir en estado de permanente falta de gobierno o incertidumbre sobre su titularidad. Es el mismo argumento empleado por León XIII: “…el criterio supremo del bien común y de la tranquilidad pública impone la aceptación de estos nuevos gobiernos establecidos de hecho sustituyendo a los gobiernos anteriores que de hecho ya no existen. De esta manera quedan suspendidas las reglas ordinarias de transmisión de los poderes y puede incluso suceder que con el tiempo queden abolidas” (Notre consolation, 15).
2. Desde un purismo anti-liberal se podría argumentar en base a una ilegitimidad por contaminación ideológica. La ideología del Proceso de Reorganización Nacional fue liberal. Este gobierno fue sólo una etapa dentro de la continuidad de un mismo Régimen, que alternó gobiernos civiles y militares, todos de cuño liberal. Su finalidad declarada fue restablecer una “democracia moderna, eficiente y estable”, no un ideal político plenamente católico.
La objeción vendría a decir que la ideología liberal del Proceso contaminó a la guerra: un régimen liberal engendró una guerra liberal. Y como el liberalismo es pecado, un gobierno liberal no pudo tener autoridad para iniciar una guerra. Luego, el conflicto bélico no fue justo –aunque hubiera justa causa- por ausencia de potestad legítima. Se sigue de lo anterior que participar en dicha guerra significó objetivamente -sin juzgar de internis- insertarse en una estructura de pecado.
A esta dificultad se puede responder en base a la distinción ya apuntada entre doctrina, legislación y régimen. Que la ideología del Proceso fuera errónea no implica que tuviera la potencia de corromper moralmente la defensa de la patria. Porque la doctrina inspiradora de un régimen político, aunque llegue a ser la ideología hegemónica de una sociedad, no puede causar férreamente la inmoralidad de actos que se derivan de la natural politicidad humana. Y la defensa de la patria, al igual que la participación política, es un deber-derecho que surge de la naturaleza política, que no se vicia por la ideología errónea del gobernante.
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