La génesis de las fuentes del derecho en la Corona de Castilla que en un determinado momento fortalece el papel del Rey tiene causas complejas y cualquier valoración será injusta. Cuando digo que el primer artículo es idealista lo hago porque parece imaginar un modo legislativo "ideal" castellano: el de su derecho primitivo una vez consumada la escisión del Reino de León. Lo hace como si ese modelo estuviese acabado y fuese definitivo (cuando en realidad dependía en gran parte de las circunstancias concretas del momento político y social). Recuerda en cierto modo las tesis de Savigny, Fichte o Humbolt sobre la génesis del derecho como parte del genio de un pueblo. Sin embargo sí es cierto que preexistieron durante mucho tiempo y aún existen formas del derecho primitivo castellano, no obstante la preponderancia que adquirió el papel del Rey en las emanación del Derecho y que se hizo de forma paulatina, ordenada y pacífica, pese a que en alguna ocasión Santa Isabel la Católica pusiera en su sitio algún abuso de derecho emanado por esas instancias primitivas.
El análisis histórico no debería ponerse al servicio de ninguna idea o ideología predeterminada.
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