Prerrogativas y honores históricos que tuvo el Primado de las Españas


Los Primados no tenían jurisdicción especial (canon 271, CDC 1917), pero sí estos dos derechos honoríficos:

1º. Precedencia sobre los Metropolitanos (Arzobispos)

2º Prerrogativa de honor: cruz primacial, báculo y pontifical en todo el territorio de su primacía.

El privilegio de la cruz primacial en toda España fue uno de los más estimados por los antiguos Primados de Toledo. Así, el Cardenal Mendoza (s. XV), en su testamento mando que se pusiese en la capilla del Sagrario de la catedral toledana “la nuestra Cruz, que en señal de Primado habemos traído ante Nos por las provincias de Santiago, Sevilla, Granada, Zaragoza, Valencia, Tarragona, Narbona y por las diócesis en las iglesias que se dicen exentas”.

En España, el Primado gozó de las siguientes prerrogativas y honores particulares:

-Dotación superior a la de los demás Arzobispos metropolitanos.

-Honores de Capitán General.

-Título Honorífico de Canciller Mayor de Castilla.

-Firmar en primer lugar las declaraciones colectivas del Episcopado español.

-Hasta 1885, el Primado de Toledo era también Patriarca de las Indias Occidentales y hasta 1966, Comisario General de Cruzada y Presidente de la Dirección Central de la Acción Católica española.

La Primacía le fue otorgada al arzobispo de Toledo por bula de Urbano II en el año 1086.