II: Personalidad catalana dentro de la corona de Aragón.
La permanencia del título de Conde de Barcelona –antes y después de la unión con la monarquía aragonesa- ha intrigado a muchos de los historiadores españoles.
Así, por una parte se ha señalado que:
“El tomar el título de rey no dependía entonces, ni dependió después del capricho individual” (R. MENÉNDEZ PIDAL, Historia de España, tomo I).
Mientras por otra, se ha puntualizado que tales afirmaciones son harto discutibles ante algunos casos concretos; tal es el punto de F. SOLDEVILA:
“En Cataluña no existe, que yo sepa, manifestación alguna, ni por parte del soberano ni de los súbditos, en ningún tiempo, de un anhelo de transformar el título condal en real...
Queda la explicación de los viejos cronistas. Desclot por un lado, el autor de la Historia rerum Anglicarum, Guillermo de Neubrige, por otro: el de continuar siendo uno de los mejores condes del mundo, y no uno de los menores reyes. Un sentido de la mesura y de la proporción pudo haber influido: ésa es al menos la razón que hallaban, al hecho de que Ramón Berenguer IV no tomase el título de rey de Aragón, los catalanes del siglo XIII...
Además de esa razón hay la del apego de los catalanes a sus tradiciones: el título del soberano de Cataluña era el de Conde de Barcelona, no había por qué tocarlo.
Lo único que había que hacer era velar porque en los documentos y sellos del soberano no desapareciese bajo los títulos reales...
A eso responde la Constitución que dicta Pedro el Grande en las Cortes de Barcelona de 1283: “Queremos y otorgamos que de aquí adelante, así en letras como en cartas, nos escribamos, nos y nuestros sucesores, Conde de Barcelona, Constitucions de Catalunya, libro VII, tít.XII” (Historia de España, vol.II).
Y continúa F. SOLDEVILA:
“No hay que creer... como parecen haber creído algunos historiadores, que el título condal de los condes independientes supusiese una inferioridad de poderes o atribuciones respecto al título real. Los condes independientes, fuesen de Castilla o de Barcelona, tenían exactamente los mismos poderes y atribuciones que los reyes... Eran igualmente soberanos.
La sola diferencia consistía en el título. Los condes de Castilla adquirieron el título real por voluntad de Sancho el Mayor de Navarra; los de Barcelona por anexión de Aragón a sus dominios. Pero, siendo la misma persona la del rey de Aragón y la del conde de Barcelona, ninguna supeditación existe por parte del condado al reino...
Esto aparte, el soberano es en Cataluña también rey, no sólo de hecho, por sus atribuciones y prerrogativas, sino también por el título. Los mismos catalanes le llaman rey, tanto en los actos públicos como en las conversaciones particulares...
Es más, hubo de sentirse la necesidad de una denominación más amplia que la de condado de Barcelona para designar a toda Cataluña. De ahí que se abriese paso la de ‘Principado’: Príncipe se llama también al conde de Barcelona, como cabeza de jerarquía feudal.” (Historia de España, vol.II).
Ratificando las anteriores puntualizaciones en torno a la soberanía de los condes de Barcelona y a la plena autonomía –en igualdad de prerrogativas y atribuciones que el reino de Aragón- de Cataluña se ha señalado por parte de A. GARCÍA GALLO:
“Se encuentra pues la España cristiana en esta época dividida en varios Estados completamente independientes; unos reciben el nombre de ‘reinos’ y otros el de ‘condados’ pero su naturaleza jurídica y política es la misma, y los reyes y los condes poseen exactamente iguales derechos como soberanos. El nombre indica únicamente el distinto origen de cada Estado” (Curso de Historia del Derecho Español)
Por su parte, J. VICENS VIVES sitúa un contrapunto fundamental entre el “emperador” castellano y el “príncipe” y “conde” catalán:
“También se opusieron ya entonces el idealismo castellano y el realismo mediterráneo. Sobre este punto nada hay más ilustrativo que comparar la actuación de Alfonso VII de Castilla y Ramón Berenguer IV de Barcelona. Toda la literatura oficial favorece al primero; documentos crónicas, ceremonias; todos los resultados políticos en el haber del segundo.
El cancelamiento de la idea imperial y el nacimiento de una España viable, forjada con el tridente portugués, castellano y catalano-aragonés, son méritos de Ramón Berenguer IV. Pluralismo que jamás excluyó la conciencia de una unidad de gestión de los asuntos hispánicos” (Aproximación a la Historia de España).
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