¿CATALUÑA FRANCA O CATALUÑA GÓTICA?
Es un tópico de cierto nacionalismo catalán (el propio Jordi Pujol lo ha repetido en numerosas ocasiones) el sostener que los orígenes de Cataluña se vinculan, a diferencia sobre todo de los núcleos occidentales de resistencia cristiana al Islam, no al inmediato pasado visigótico sino al reino carolingio. Así, el elemento franco habría constituido el factor determinante en las primeras horas de la forja de la personalidad catalana. Esta idea, así planteada, se presenta como un argumento más para reforzar la peculiaridad de Cataluña frente al resto de pueblos de nuestra península. Lo importante, en el fondo, radica en el valor propagandístico de esta idea, en su valencia como «mito», que obtendría su eficacia, como cualquier otro lema, por su repetición continua en los mass media y en las escuelas. Catalanes frente a castellanos, francos frente a godos. Una idea simple con la eficacia de su propia simplicidad.
Sin embargo, dejando a parte su posible valor político (la realidad del pueblo catalán posee raíces mucho más profundas, complejas y ricas), esta idea es, efectivamente, un mito, pero un mito entendido en la segunda acepción de la palabra que nos proporciona el Diccionario de la Real Academia: «Relato o noticia que desfigura lo que realmente es una cosa, y le da apariencia de ser más valiosa o más atractiva». Para constatarlo nos limitaremos a unas breves notas y a citar el testimonio de algunos especialistas.
A mediados del siglo VIII Septimania, Provenza y amplias zonas pirenaicas están en manos de una aristocracia visigoda que acoge a numerosos refugiados godos de las zonas ocupadas por los musulmanes. El control franco de esta zona, que llevan adelante Pipino el Breve, Carlomagno o Luis el Piadoso se produce con la absoluta connivencia de esta población gótica, deseosa de aliados que frenen la expansión sarracena: la única aportación humana franca está compuesta por los condes designados por la corona y sus contingentes militares. Pero pronto los propios godos (un caso importante será el de Bera, godo rosellonés, conde de Gerona y Barcelona) se levantan contra el dominio franco, una vez estabilizada la frontera meridional. Los enfrentamientos se suceden durante todo el siglo IX, arrojando como resultado la una independencia de hecho que ha dejado reducida la vinculación con la monarquía franca al «...sector monacal y ciertos aspectos jurídicos y fiscales por completo secundarios» (Sayas y García Moreno 1994, 444). El avance hacia el sur de las poblaciones cristianas sigue un proceso repoblador alimentado por las propias poblaciones pirenaicas y de las comarcas allende las montañas, como, por ejemplo la repoblación llevada a cabo por Vifredo el Velloso de la Plana de Vic y el Llobregat con colonos procedentes del Conflent y la Cerdaña.
Pero a la hora de abordar el núcleo de la cuestión, el problema del origen de la población de los condados catalanes y la presencia franca, contamos con un instrumento esencial, la antroponimia. Y en este campo se ha constatado que la práctica totalidad de los nombres de persona son de origen gótico. Las únicas excepciones son algunos nombres probablemente vascos. Por su parte, la toponimia nos ofrece un gran número de poblaciones con nombres formados a partir de antropónimos góticos, que hacen gala del nombre del poseedor de la tierra, y cuya distribución espacial los muestra especialmente numerosos en los valles y en la parte oriental de la cordillera (por ejemplo Vallespir, Conflent, Capcir y valle de Agly), haciéndose cada vez más escasos en el corazón de la montaña. Estos testimonios nos ofrecerían un bosquejo de lo que fue en Cataluña la implantación de la población goda, reflejando los repliegues de las poblaciones visigodas hacia el sur y hacia el norte ante el empuje de francos y musulmanes respectivamente, en un proceso paralelo al de los visigodos de la meseta. Por otro lado, las genealogías condales reforzarían tanto la idea del origen gótico de la aristocracia catalana como la distribución territorial de las comunidades visigóticas apuntada (Bonnassie 1988, 26). Para las cuestiones etimológicas de la antroponimia visigótica en Cataluña véase sobre todo J.M. Piel y D. Kremer 1976. En cuanto a los francos no podemos menos que citar al propio Bonnassie (1988, 27): «¿Y los francos? En cuanto a ellos, el silencio de las fuentes es tal que no se puede hablar de ellos sin dificultades. No aparecen nunca en los documentos. Ni al toponimia ni la antroponimia proporcionan, al parecer, datos precisos que les conciernan ¿Habrá que indagar en la historia política? Nunca los condados pirenaicos fueron “liberados” por los carolingios, aunque sí se entregaron por sí mismos al reino franco. Nunca un conde franco reinó en Urgell o en la Cerdanya, ni tampoco en el Pallars o la Ribagorça ¿Hubo colonias militares francas? Éstas son invisibles en la documentación. En la Cataluña pirenaica –pero ya veremos que ocurre más o menos lo mismo en el resto del país– todo sucede como si la población franca no sólo hubiese sido ínfima, como se afirma hoy cada vez más, sino nula»1.
Pero ¿Cómo veían los francos a los habitantes de la, por ellos denominada, Marca Hispánica? Las fuentes carolingias repiten con insistencia que los habitantes de esos territorios,
donde sus armas obtienen gloriosas victorias, son godos: diplomas y anales subrayan la perfecta sinonimia entre Gothi e Hispani: «Gotos sive Hispanos intra Barchinonam famosi nominis civitatem...». Varios monarcas francos no dudan en llevar por propia voluntad el título de Rex Francorum et Gothorum. No obstante, con el paso del tiempo las fuentes francas comenzarán a limitar el uso del calificativo Gotia a la Septimania por razones de política interna. Sin embargo la conciencia gótica permanecerá firme tanto entre los habitantes de Septimania como entre los de la Marca (Zimmermanm 1992, 53-4). Esta conciencia constituye la argamasa de la conciencia nacional en ambos territorios: «Del siglo IX al XII la memoria gótica permanece tan viva entre Corbieres y Llobregat, como lo está al occidente dela península; pero su campo de aplicación oscila entre la exaltación nostálgica de un pasado prestigiosos y la voluntad de un enraizamiento territorial y político. En el siglo IX, la llamada a la historia justifica al día siguiente de la liberación carolingia, un proyecto restaurador; a fines del siglo X, la precariedad de su situación política invita a los dignatarios catalanes a reunir un espacio de soberanía gótica; en el transcurso del siglo XI y de la primera mitad del XII, el recurso a la historia cimienta ideológica y jurídicamente la formación de un principado soberano» (Zimmermann 1992, 52).
Es innegable que el periodo de control político franco permitió el desarrollo de algunas instituciones jurídico-políticas de carácter feudal semejantes a las del reino franco. No obstante, la numerosa población gótica de Septimania y Cataluña van a mantener sus propias tradiciones. Hinojosa (1915, 14), lo constata al hacer referencia al derecho consuetudinario visigodo: «Y aun en Cataluña, en donde la organización judicial y el feudalismo reflejan la influencia del derecho franco, el derecho privado, el penal y el procesal muestran con frecuencia la influencia visigoda»2. Pero no sólo el consuetudinario. La Lex Visigothorum es el código legal vigente de toda la Marca. Lo común de su uso está atestiguado por el hecho de que en las actas anteriores al siglo XI se hayan contabilizado hasta 117 menciones a la Lex Gothorum, datando la más antigua del 832 (Zimmerman 1992, 55-7).
Pero la vitalidad de la tradición visigótica resulta perceptible sobre todo en los dominios de la cultura, las instituciones y la ideología política: el fondo de la cultura catalana resta esencialmente isidoriano, en el ámbito religioso se rechaza el adopcionismo y se permanece fiel a la liturgia toledana. Y algo parejo podemos decir del la arquitectura o la miniatura del siglo X: «En Cataluña la mayoría de los restos arquitectónicos de esta época responden a formas muy sencillas, y también, tal como hemos indicado, fundamentadas en experiencias incluidas en la pervivencia de prácticas constructivas anteriores a la invasión musulmana. (...) Pienso que ambas tendencias de la miniatura (una de ellas la propia de Cataluña) tuvieron su origen en prototipos en boga en el mundo hispanovisigodo (...) Ni el mundo carolingio, que no se dejará sentir más que levemente a mediados de este siglo ni el islámico (...) tienen nada que ver con la génesis de estas ilustraciones» (Bango 1989, 76 y 80).
Confiamos en que esta pequeña y muy incompleta serie de testimonios bastarán para evidenciar lo vacuo de la «Cataluña carolingia». No, Cataluña no fue una creación franca ex novo. Fue el elemento gótico el que constituyó el nervio de los núcleos de resistencia del Pirineo oriental. En la etnogénesis catalana se encuentra presente, más allá que cualquier otro factor, la acerada voluntad de existencia del pueblo visigodo.
Olegario de las Eras
Notas:
1 Aunque marginal al problema de los elementos franco y góticos en Cataluña quisiéramos señalar que en este trabajo Pierre Bonassie plantea algunas dudas sobre el valor de adscripción étnica de los testimonios antroponímicos, suponiendo que bajo ellos podían esconderse individuos de origen romano o indígenas. Sin embargo, si bien en el reino franco se produjo una cierta aceptación de la antroponimia germánica por parte de la población galo-romana, en la Hispania visigótica no se produjo un fenómeno por parte de las poblaciones hispano-romanas, lo que ha sido constatado con sorpresa por algún especialista francés. Véase Besga 2000, 518 y ss.
2 Tras la segunda guerra mundial, y al igual que ocurrió en otros ámbitos historiográficos o científicos, se puso en tela de juicio por motivos políticos la tesis, hasta ese momento aceptada unánimemente, del origen germánico del derecho consuetudinario medieval, incluido el de los de los reinos peninsulares. Entre nosotros fue García Gallo quien se opuso con más pasión a esta teoría, defendida con vehemencia por Sánchez Albornoz. No obstante, pronto volvieron las aguas a su cauce y toda una serie de especialistas (Scovazzi, Gudian Thieme, Gaudemet o Berman) han vuelto a mostrar la justicia de aquellos planteamientos de los que Hinojosa fue uno de los primeros y más señalados defensores. l’Espagne Wisigothique, pp. 51-67, Madrid.
Referencias:
Bango Torviso, I.G., (1989) De la tradición hispanogoda al Románico.
Besga Marrroquín, A., (2000) Orígenes hispano-godos del reino de Asturias, Oviedo.
Bonnassie, P., (1988) Cataluña mil años atrás, Barcelona.
Hinojosa y Naveros, E. de, (1915) El elemento germánico en el derecho español, Madrid.
Piel, J.M. y Kremer D., (1976) Hispano-gotisches Namenbuch, Heidelberg.
Sayas Abengoechea, J.J. y García Moreno, L. A., (1994) Romanismo y germanismo. El despertar de los pueblos hispánicos. Siglos IV-X, Barcelona.
Zimmermann, M., (1992) «Conscience gothique et afirmation nationale en Catalogne», en L’Europe Héritière de l’Espagne Wisigothique, pp. 51-67, Madrid.
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Última edición por WESTGOTLANDER; 10/07/2005 a las 13:04
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