APUNTES PARA LA HISTORIA (III) por Manuel Fal Conde
Revista Montejurra
- En 1936 nos preparábamos para una guerra carlista.
- Mola defendía una dictadura republicana.
El 18 de Julio, señalamos, no fue explícitametne monárquico. Siendo la Monarquía consustancial a España, se había producido el 14 de Abril -y ahí su gravedad- ese desgarro entrañable entre sociedad civil y sociedad política. Hasta que volvieran a fundirse en un mismo ser, solo Dios sabía cuantos y cuán tremendos dolores nacionales habrían de suceder.
Siendo tan sustancial el régimen perfeccionado en los siglos y en la gloria, de no ser criminal contra la Patria el alzamiento, había que considerar la consecución de la Monarquía como condición implícita, como intención subyacente, como aspiración oculta.
Y así sucedió y así en efecto, lo ha demostrado la experiencia política, que al albor de la paz feliz y sosegada, bien pronto se declaró España Reino, bien pronto se legisló su estatuto monárquico, bien pronto se previó la sucesión de la Jefatura del Estado. Y contra cualquier tendenciosa interpretación de esta legalidad del régimen, cuyo pormenor y fundamentos no interesan en esta ocasión, a ese régimen constitucionalizado en España se le ha apellidado tradicional.
Exclusivamente a la Comunión Tradicionalista, y lo va reconociendo la Historia, se debe esta implicación intencional, finalista, previsora del monarquismo del alzamiento que ella -la Comunión- fue la primera en el tiempo de iniciar, comprometer y conspirar. Y con el mérito que a honor de esa vocación de los mejores españoles, yo puedo testimoniar de que navegó con los vientos de proa y a todo evento.
Las condiciones de Mola no eran admisibles
Porque el programa, digamos oficial, el plan de Mola, que noblemente nos manifestaba que cedía a exigencias de dos Generales que él consideraba necesarios y que se profesaban republicanos, contenía estas desconcertantes condiciones:
Los primeros decretos-leyes que se dicten serán los siguientes:
D) Defensa de la Dictadura republicana. Las sanciones de carácter dictatorial serán aplicadas por el Directorio sin intervención de los Tribunales de Justicia.
J) Separación de la Iglesia y el Estado; libertad de cultos y respeto para todas las religiones.
El Directorio se comprometerá, durante su gestión, a no cambiar en la Nación el régimen republicano.
Así se consigna en la nota de fecha 5 de Junio que me entregó personalmente el General Mola el 15, durante nuestra entrevista en el Monasterio de Irache.
Ya en esa histórica conversación, rechazadas por mi tales condiciones, saltó a la superficie el problema de la bandera. La bandera tricolor con todo su significado republicano.
Republicano por el sentido general liberal de la revolución francesa de todas las tricolores, y por el nefando y repugnante sentido que le había dado la gente del pacto de San Sebastián.
Por contraposición, y sin que pretendiéramos con esa imposición predeterminar el régimen monárquico, exigimos la bandera bicolor de la que Sanjurjo, fallando la cuestión diría:
"Esto de la bandera, como Vd. comprende, es cosa sentimental y simbólica, debido a que con aquella dimos muchos nuestra sangre, y envuelto en ella fue enterrado lo más florido de nuestro Ejército y se dio el caso de que en nuestra guerra civil, entre tradicionalistas y liberales, unos y otros llevaron la misma enseña. En cambio, la tricolor preside el desastre que está atravesando España".
Clara quedó nuestra condición al régimen republicano que dos Generales exigían. Los mismos que luego concurrieron noblemente, y uno de ellos eficaz y gloriosamente, al Alzamiento.
Pero había otras condiciones, de más fondo que esa de la bandera, por muy eficiente y como símbolo, esta cuestión de la enseña pudiera ser.
Pedíamos la reconstrucción orgánica de la sociedad
Por escrito, como exigía la gravedad del tema, habíamos puesto al General Mola nuestras condiciones. Júzgueselas como aplicables a una concurrencia armada de los Requetés al golpe militar, con todo nuestro potencial humano, nuestras conquistas diplomáticas con Mussolini y Salazar y -esto es lo más trascendental- habida cuenta que nos prepárabamos para producir una guerra carlista, con todo nuestro ideario, nuestro Rey y nuestras garantías de bien común social, porque si fallaba el Ejército, era inminente la amenaza de una revolución soviética que seguíamos paso a paso por informes confidenciales.
Esa nota a Mola es del 11 de junio y de ella, a este efecto del artículo señalamos:
"3º Disolución de todos los partidos políticos incluso de los que hayan cooperado.
5º Proclamación de una Dictadura de duración temporal con anuncio de la reconstrucción social orgánica o corporativa hata llegar a unas Cortes de esa naturaleza".
Dos observaciones importantes:
Se lee con frecuencia que la política rectamente monárquica tradicionalista contiene la prohibición de los partidos políticos. Y se especula demasiado con la concesión que ya se encuentra en Mella de los partidos políticos ocasionales. Nada de eso centra la doctrina en su verdadero sentido.
Pedíamos la disolución de los partídos políticos entonces existentes. Para el futuro no nos preocupábamos de ese menester del orden público.
Porque, y esta es la segunda advertencia, si se reconstruía una sociedad orgánicamente, sobraban, estorbaban los partídos políticos como órganos artificiosos de opinión y representación. Igual que en la última noche del Carnaval, cuando lo había o en la madrugada del baile de disfraces, que sigue habiéndolos, en la careta o el pierrot no sirven para la oficina.
Pedíamos la reconstrucción social orgánicamente, y no se ha discurrido debidametne que en esa exigencia iba, implícito el germen de la Monarquía tradicional.
Porque no se concibe en la actual construcción política República sin partidos; si bien las que han logrado un nivel alto de firmeza, tengan que refugiarse en el sistema de plenos poderes y votos de confianza. Como a la Monarquía -si es de alma verdaderamente española- no le caben los partidos si no es para conducirla, tras destronamientos, cantonales, regencias funestas, a caídas vergonzosas.
Pedíamos la estructuración orgánica de la sociedad. Y entonces, como ahora, como siempre, la coronación -en todo rigor del simil- de una estructuración orgánica, que es la Realeza.
Porque los órganos de la vida social tienen una proyección congénita de naturaleza política, que se traba entre sí por el ascenso de la representación y la solicitud del poder. Con supremo poder, estable como la sociedad, sucesivo con ella misma y ordenado al bien de la Comunidad.
Y ésta es la enorme diferencia entre las dos líneas familiares de la Casa de Borbón de España: liberal con sus partidos políticos y sus libertades a modo. Y la que resulte de la coronación de la estructuración orgánica.
Cada una con sus genuinos representantes, con sus respectivos partidarios y sus contrapuestos designios políticos.
Gran pena que a estas alturas, del proceso abierto el 18 de Julio, esté pendiente de fallo el hondo pleito histórico.
Fuente: CARLISME CATALA
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