PARTIDOS POLÍTICOS Y NATURALEZA DE LOS MISMOS


Resulta difícil para la inmensa mayoría de la población concebir un sistema político ausente de partidos políticos. Estos constituyen hoy el quicio del sistema liberal, convirtiéndose en auténticas familias organizadas que reparten el poder que les nutre. Dicho lo cual, considero interesante una reflexión sobre estos mismos partidos y cómo estos pueden ayudar o interferir en lo que sería la restauración de la comunidad política natural, coronada a su vez por el reconocimiento de los derechos de Dios en la sociedad misma.


  1. La libertad política


Hoy, la principal herramienta que encontramos de ‘legitimación’ de los llamados partidos políticos viene de lo que sus defensores denominan la libertad política. Pero, ¿qué es la libertad política?¿ qué relación tiene con los partidos políticos?¿constituye esta la auténtica legitimación del partidismo?


Pues bien, cuando nos referimos a la libertad política, no nos referimos a las opiniones políticas que pueda uno tener para sí, sino a la exteriorización pública de tales opiniones y a la adhesión a grupos políticos que entran en lucha por alcanzar el poder sobre una determinada comunidad (1). Encontramos pues una tendencia normal en la población a la asimilación de los anteriormente llamados grupos políticos con los partidos políticos. Pero siendo rigurosos en el análisis los partidos políticos no vendrían a responder a una identificación con los grupos políticos naturales. Es más, dichos grupos naturales encuentran en los partidos políticos un obstáculo para su correcto desarrollo. Pero, ¿cómo dos grupos que gran parte de la población considera asimilables no son sólo diferentes sino estancos?


Para ello, debemos llevar a cabo unas reflexiones sobre la naturaleza y su vinculación con los llamados partidos políticos. Sin este paso previo, no seremos capaces de seguir el razonamiento que nos lleva a contraponer partidos políticos y grupos políticos naturales.


2. Naturaleza, partidos y democracia


Conocer si los entes que encontramos a nuestro alrededor son naturales es absolutamente fundamental, pues dada nuestra obligación a la santificación personal y colectiva, esta no es posible si los entes que pretendemos santificar no son naturales (2). Pues bien, si reflexionamos sobre el tema en cuestión, los partidos políticos no son exigencia del derecho natural, sino de la Democracia, que ella misma es una forma accidental y no de derecho natural (3). Que la Democracia no es una exigencia del derecho natural resulta evidente por el mismo hecho de que, si la voluntad de la mayoría y la igualdad políticas son admitidas, difícilmente puede luego negarse el valor de las decisiones democráticamente tomadas, aunque atenten contra la libertad de la Iglesia y contra el Derecho natural (4). Así, esto nos lleva al siguiente corolario, los partidos políticos, entendidos como no circunstanciales, y por tanto, estables y perdurables independientemente del fin perseguido son contrarios a la naturaleza y por tanto no santificables.


Se ha introducido un elemento de perdurabilidad partidista muy necesario para completar nuestro análisis respecto al partidismo.


3. Los partidos circunstanciales


La representación no debe ser un derecho atomizado, individual; porque el individuo es absolutamente irrepresentable. Su constitución psicológica y peculiar no la puede representar nadie; la representa él sólo. Lo que es representable es el grupo, la clase; y así se dará una representación social, según la cual se es mandatario de una fuerza social, una especie de gestor de negocios ajenos y que tienen el derecho de representarlos por la imposibilidad material de que se representen a sí mismos; pero no será el ejercicio de una soberanía que los que la poseen no pueden nunca ejercer (5).
Con estas palabras de Mella introducimos que efectivamente, el tradicionalismo no se opone a una representación orgánica y natural de la sociedad misma. No obstante, la contingencia del mundo y los avatares diversos provocan que, pese a existir una representación adecuada a los diversos grupos que vertebral la comunidad política, sean necesarios unos partidos no permanentes que respondan a solventar problemas circunstanciales y, una vez resueltos desaparezcan pues nacieron con ese fin. Será lo que Mella llamará los partidos circunstanciales (6).

Ahora bien, dada la restricción llevada a cabo por el sistema liberal, y la desnaturalización de la sociedad de tal suerte que lo viabilidad de una representación orgánica es remota, la representación política vendría a canalizarse mediante un partido circunstancial. Es decir, un partido que se presente como tal, y que tenga el fin de restaurar la Tradición hispánica, de forma íntegra. La existencia de ese partido circunstancial por tanto, legitimaría nuestro apoyo al mismo y nuestra concurrencia al llamado sistema de partidos. Fuera de ese caso, la concurrencia no sólo sería infructuosa, sino que produciría el aumento de perdurabilidad y estabilidad al partidismo que deseamos combatir.


Miguel Quesada


Bibliografía


  1. D´ORS, A.: Libertad política y libertad religiosa, Verbo, núm. 473-474 (2009), pág. 283.
  2. Debemos recordar que la naturaleza es presupuesta por la gracia para su elevación y perfeccionamiento. Véase TOMÁS DE AQUINO, Suma Teológica, Ia, 1, 8 ad 2.
  3. D´ORS, A.: Libertad política y libertad religiosa, Verbo, núm. 473-474 (2009), pág. 283.
  4. Ibidem, pp. 283-284.
  5. VÁZQUEZ DE MELLA, J.: Textos de doctrina política. Estudio preliminar de Rafael Gambra, Madrid, 1953, pág. 51.
  6. Ídem




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