Cita Iniciado por Valmadian Ver mensaje
Pero si hablamos de matrimonio canónico la cuestión es muy diferente. Como no soy doctor de la Iglesia, no puedo hacer sino una reflexión personal. Desde luego, la homosexualidad es causa de nulidad canónica y, en el rito del matrimonio, el celebrante pregunta si hay algo o se conoce alguna causa, por la que "este hombre y esta mujer" no puedan contraer matrimonio. Entre tales causas y circunstancias están la no pertenencia a la Iglesia (excluyendo los casos autorizados entre personas de confesiones distintas), la bigamia, el temor reverencial, el asentir a la fuerza y no voluntariamente, la minoría de edad legal para contraer matrimonio, la intención declarada de no tener hijos..., la homosexualidad de uno de los contrayentes. Es decir, que la Iglesia no admite la posibilidad de que los homosexuales reconocidos puedan contraer matrimonio canónico. Ahora, si el "afectado" se calla y lo oculta es cuestión distinta, pero con la conciencia de saber que su matrimonio es nulo.
La homosexualidad no era causa de nulidad matrimonial. Al menos no se contemplaba en el Código de derecho canónico anterior a la reforma del código canónico por J.P.II.
Era causa de nulidad la impotencia del varón; cosa a la que podría ayudar la condición de homosexual del marido, pero en si mismo ser homosexual (o más bien tener tendencias homosexuales) no era óbice para la validez del matrimonio, siempre que este no resultara afectado en su fin primario de procreación.
Sobre la homosexualidad de la mujer: lo mismo. No afectaba la tendencia homosexual de ésta siempre que pudiera concebir del marido.

Conclusión: Las tendencias, de haberlas, se reprimían y en paz. Matrimonio válido sin mayor problema.
Fuera de eso: o adulterio o pecado con sus respectivas consecuencias.