iconoclasta. (Del gr. εἰκονοκλάστης, rompedor de imágenes). adj. Se dice del hereje del siglo VIII que negaba el culto debido a las sagradas imágenes, las destruía y perseguía a quienes las veneraban. U. t. c. s. || 2. Se dice de quien niega y rechaza la merecida autoridad de maestros, normas y modelos. U. t. c. s. (Microsoft® Encarta® 2007. © 1993-2006 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos.)
Catecismo de la Iglesia Católica
(que somos todos nosotros, no el Vaticano)*
con las últimas correcciones para la traducción en lengua española según la edición típica latina
IV "NO TE HARAS ESCULTURA NI IMAGEN ALGUNA..."
2129 El mandamiento divino entrañaba la prohibición de toda representación de Dios por mano del hombre. El Deuteronomio lo explica así: "Puesto que no visteis figura alguna el día en que el Señor os habló en el Horeb de en medio del fuego, no vayáis a prevaricar y os hagáis alguna escultura de cualquier representación que sea..." (Dt 4,15-16). Quien se revela a Israel es el Dios absolutamente Transcendente. "El lo es todo", pero al mismo tiempo "está por encima de todas sus obras" (Si 43,27-28). Es la fuente de toda belleza creada (cf Sb 13,3).
2130 Sin embargo, ya en el Antiguo Testamento Dios ordenó o permitió la institución de imágenes que conducirían simbólicamente a la salvación por el Verbo encarnado: la serpiente de bronce (cf Nm 21,4-9; Sb 16,5-14; Jn 3,14-15), el arca de la Alianza y los querubines (cf Ex 25, 10-12; 1 R 6,23-28; 7,23-26).
2131 Fundándose en el misterio del Verbo encarnado, el séptimo Concilio ecuménico (celebrado en Nicea en 787), justificó contra los iconoclastas el culto de las imágenes: las de Cristo, pero también las de la Madre de Dios, de los ángeles y de todos los santos. Encarnándose, el Hijo de Dios inauguró una nueva "economía" de las imágenes.
2132 El culto cristiano de las imágenes no es contrario al primer mandamiento que proscribe los ídolos. En efecto, "el honor dado a una imagen se remonta al modelo original" (S. Basilio, spir. 18,45), "el que venera una imagen, venera en ella la persona que en ella está representada" (Cc. de Nicea II: DS 601; cf Cc. de Trento: DS 1821-25; Cc. Vaticano II: SC 126; LG 67). El honor tributado a las imágenes sagradas es una "veneración respetuosa", no una adoración, que sólo corresponde a Dios:
El culto de la religión no se dirige a las imágenes en sí mismas como realidades, sino que las mira bajo su aspecto propio de imágenes que nos conducen a Dios encarnado. Ahora bien, el movimiento que se dirige a la imagen en cuanto tal, no se detiene en ella sino que tiende a la realidad de que ella es imagen (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 81, 3, ad 3).
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