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Tema: El gobierno da un paso más hacia la "laicidad"

  1. #1
    Avatar de miguelq
    miguelq está desconectado Miembro graduado
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    El gobierno da un paso más hacia la "laicidad"

    La mona chita que tenemos por vicepresidenta, ha anunciado que el gobierno va a reformar la ley de libertad religiosa para adecuarla a las nuevas circunstancias y al pluralismo religioso que caracteriza a la España de hoy.

    Esto me suena a otra persecución a los católicos. Nos vamos a poner como en el año 34 sin que la gente se de cuenta. Al tiempo.

  2. #2
    Avatar de Litus
    Litus está desconectado "El nombre de España, que hoy
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    Re: El gobierno da un paso más hacia la "laicidad"

    Los peores enemigos de la Iglesia son los que estan dentro, y el Concilio Vaticano II su arma mas destructora, sin contar con el nuevo sistema de ordenaciones impuesto por Pablo VI, que posiblemente hace nulas todas las ordenaciones de sacerdotes que desde entonces se han realizado.
    "El nombre de España, que hoy abusivamente aplicamos al reino unido de Castilla, Aragón y Navarra, es un nombre de región, un nombre geografico, y Portugal es y será tierra española, aunque permanezca independiente por edades infinitas; es más, aunque Dios la desgaje del territorio peninsular, y la haga andar errante, como a Délos, en medio de las olas. No es posible romper los lazos de la historia y de la raza, no vuelven atrás los hechos ni se altera el curso de la civilización por divisiones políticas (siquiera eternamente), ni por voluntades humanas.
    Todavía en este siglo ha dicho Almeida-Garret, el poeta portugués por excelencia."Españoles somos y de españoles nos debemos preciar cuantos habitamos la península ibérica" .España y Portugal es tan absurdo como si dijéramos España y Catalunya. A tal extremo nos han traído los que llaman lengua española al castellano e incurren en otras aberraciones por el estilo."
    Marcelino Menéndez Pelayo.

  3. #3
    Avatar de Rodrigo
    Rodrigo está desconectado Miembro Respetado
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    Re: El gobierno da un paso más hacia la "laicidad"

    Cita Iniciado por Litus Ver mensaje
    el nuevo sistema de ordenaciones impuesto por Pablo VI, que posiblemente hace nulas todas las ordenaciones de sacerdotes que desde entonces se han realizado.
    ¿Podrías explicar por qué? Gracias, Litus.

  4. #4
    Avatar de miguelq
    miguelq está desconectado Miembro graduado
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    Re: El gobierno da un paso más hacia la "laicidad"

    Cita Iniciado por Litus Ver mensaje
    Los peores enemigos de la Iglesia son los que estan dentro, y el Concilio Vaticano II su arma mas destructora, sin contar con el nuevo sistema de ordenaciones impuesto por Pablo VI, que posiblemente hace nulas todas las ordenaciones de sacerdotes que desde entonces se han realizado.

    A mí también me pilla descolocado. Sí creo que hay enemigos de la Iglesia dentro de ella, pero son minoría.

  5. #5
    Avatar de Yzurdiaga
    Yzurdiaga está desconectado Miembro graduado
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    Re: El gobierno da un paso más hacia la "laicidad"

    La persecución de un gobierno socialista, extremista, anticlerical, separatista y orgulloso heredero de los Largo Caballero, no sorprende a nadie. Solo aquellos amigos del "mal menor" que creen que por medio de las urnas y los parlamentos nos ganamos el respeto, la tolerancia y un medio consonante con el "sano laicismo" que predica S.S. Benedicto XVI se pueden extrañar de la persecución del Enemigo al Catolicismo; pero son aquellos mismos amigos del "mal menor" los que tanto daño han hecho a la Santa Iglesia y por supuesto, a España con la Transición, la Constitución, la legalización de los partidos políticos y todo este lodo que han producido aquellas tormentas; son aquellos mismos amigos del "mal menor" los que han aceptado el todo (la demoniocracia) y se escandalizan por el aborto, las rupturas familiares, la violencia de género, la eutanasia, la investigación con embriones, el aumento de drogatas, el fracaso escolar, ...

    Son, por tanto, aquellos amigos del "mal menor", los que nos llaman radicales cuando repetimos aquella frase de Pablo VI: "El error no tiene derechos" o la clásica: "Fuera de la Iglesia no hay salvación". De Misa diaria, pero a la vez, en aceptación del error, en convivencia absoluta con el Mundo y en obsesión por agradar. En una palabra, pensamiento débil que se traga mil blasfemias, mentiras y ridículos para que le dejen expresarse.

  6. #6
    Avatar de el cura y el barbero
    el cura y el barbero está desconectado blanco-hombre-hetero-español-
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    Re: El gobierno da un paso más hacia la "laicidad"

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    Cita Iniciado por Rodrigo Ver mensaje
    ¿Podrías explicar por qué? Gracias, Litus.
    Carta a la redacción de Sodalitium (las consagraciones episcopales según el nuevo rito)

    (Sodalitium N° 58)

    Estimado Padre:

    Un amigo me envió su revista Sodalitium nº 54 edición francesa y he apreciado su doctrina sobre la elección del Papa. Usted sostiene, con razón, que a partir de Pablo VI inclusive el Papa no es más Papa -formaliter-. ¿Qué piensa Usted de los obispos consa-grados desde entonces? (...)

    Dr. C. M., París



    Estimado lector:

    La posición del Instituto sobre el episco-pado desde el Concilio Vaticano II es siem-pre la misma desde hace veinte años, es decir, desde su fundación.

    En lo que respecta al poder de jurisdic-ción, los obispos nombrados por los ocupan-tes de la Sede Apostólica (Pablo VI, Juan Pablo I y Juan Pablo II [y Benedicto XVI]) no poseen la autoridad, como tampoco la poseen los ocupantes en cuestión. Sin embargo, estos han sido canónicamente nombrados en las diferentes sedes episcopales. Por consi-guiente, si testimoniaran públicamente la fe católica y abjuraran de los errores enseñados por el Vaticano II, ellos podrían recibir en acto la autoridad, volverse formalmente obispos de la Iglesia Católica y obrar en su nombre.

    En cuanto al poder de orden, su pregunta concierne a la licitud y validez del nuevo rito de consagración episcopal, promulgado el 18 de junio de 1968 y que entró en vigor el 6 de abril de 1969 (“en el intervalo, escribe Mons. Bugnini, el rito fue concedido ‘ad experi-mentum’ para casos particulares). Sobre la cuestión no faltan estudios serios y fundados, y nuestra revista, en su momento (nº 47, di-ciembre de 1998, págs. 80-82), señaló los estudios, absolutamente oficiales, del Padre Von Gunten O.P. sobre la invalidez de las or-denaciones anglicanas (Fontes archivi Sancti Oficii Romani, La validez de las ordenaciones anglicanas, Olschki, Firenze, 1997, con pre-facio del cardenal Ratzinger); en este estudio el autor y su discípulo el Padre Morerod ad-mitían la semejanza impresionante entre la reforma anglicana y la reforma montiniana de la liturgia del sacramento del Orden. Ahora bien, León XIII declaró la invalidez de las ordenaciones anglicanas (carta Apostolicæ curæ).

    Nuestra posición en lo que concierne a la licitud es la siguiente: no es lícito a un sacerdote o a un obispo católico utilizar los libros litúrgicos reformados después del Va-ticano II, y no es lícito a un católico recibir los sacramentos administrados según estos ritos reformados, como tampoco tomar parte activa en estas ceremonias litúrgicas.

    En cuanto al problema de la validez, puede ser examinado desde dos puntos de vista, el intrínseco y el extrínseco. En el primer caso, habrá que evaluar si en los ritos reformados subsisten las condiciones para la validez de los sacramentos: la forma, la materia, el ministro válidamente ordenado que tenga la intención de hacer lo que hace la Iglesia. La forma y la materia pueden tomar una significación diferente -en ciertos casos- según el contexto. La intención del ministro no depende de su fe o de su virtud. Siendo interna, no puede ser juzgada; sin embargo se la puede juzgar en la medida en que es manifestada exteriormente. Si el ministro adopta el rito de la Iglesia, manifiesta -salvo prueba en contrario- que tiene la intención de la Iglesia; si no adopta el rito de la Iglesia, manifiesta la intención contraria.

    Esta observación nos introduce al criterio extrínseco al que hacíamos alusión más arriba. Antes incluso de examinar el texto y el contexto de los ritos reformados, debemos preguntarnos si son, sí o no, ritos de la Iglesia Católica. En efecto, un rito litúrgico de la Iglesia Católica no puede plantear problemas de licitud o, menos todavía, de validez. Es ciertamente lícito, e incluso es nuestro deber, utilizar el rito de la Iglesia Católica. Un rito de la Iglesia no puede causar la invalidez del sacramento. En fin, no puede haber nada de contrario a la fe o a la moral en un rito de la Iglesia. Por consiguiente, si el rito de la Misa y de los sacramentos, inclusive el de orde-nación episcopal, han sido promulgados después del Vaticano II por un Papa legítimo, son -de eso no hay duda- ritos de la Iglesia Católica, no pueden ser malos, ilícitos o inválidos. Si, por el contrario, Pablo VI no ha sido nunca o ya no era el Vicario de Cristo cuando inauguró la reforma litúrgica pos-conciliar, nada nos garantiza su validez, ya que no se trata de ritos de la Iglesia Católica. Sobre este punto, la Fraternidad San Pío X está en el error al pensar que un rito aprobado por el Papa (tal es Pablo VI a sus ojos) puede ser malo, ilícito o claramente, en ciertos casos, inválido (para la Fraternidad, por ejemplo, hay que considerar como inválido el nuevo rito de la confirmación y, para Mons. Tissier de Mallerais, el rito de ordenación episcopal).

    El Instituto Mater Boni Consilii, al soste-ner que la Sede Apostólica está formalmente vacante (pero no materialmente) desde al menos el 7 de diciembre de 1965, considera que todos los libros litúrgicos promulgados después de esa fecha no son libros litúrgicos de la Iglesia Católica y por consiguiente que -desde entonces- la Misa celebrada según el nuevo rito y los sacramentos conferidos a sus administrados según el rito posconciliar son de dudosa validez y entonces, dado el “tutiorismo” en materia de validez de sa-cramentos - como prácticamente nulos e inválidos. Esto vale igualmente para el nuevo rito de consagración episcopal que a Usted interesa. Única excepción, en principio, a esta regla: los sacramentos de bautismo y ma-trimonio, puesto que, para el primero, la fórmula trinitaria y el simple uso del agua son suficientes para la validez, y que el segundo depende solamente del consentimiento de los esposos (cuando no se está sujeto a la forma canónica del matrimonio).


    <!--[if !supportEmptyParas]-->Recientemente ha sido lanzada una cam-paña, vía “internet”, por una asociación de “tradicionalistas” y “sedevacantistas” fran-ceses sobre el tema de la invalidez de las consagraciones episcopales según el nuevo rito. El fin de esta campaña: demostrar que la “Iglesia conciliar” es una falsa iglesia como la iglesia anglicana, puesto que sus obispos no han sido válidamente consagrados. Esta campaña informática tiene también como fin atacar a “Mons. Sanborn”, “Verrua”, etc., los cuales habrían callado esta verdad, mientras que Mons. Lefebvre, con intenciones siempre excelentes y de perfecta buena fe, se habría equivocado al respecto por sus malos con-sejeros. A quien lanza tales campañas, qui-siéramos sugerir una mayor prudencia. Los sacerdotes norteamericanos han tratado estos temas desde 1981, mucho antes de que esta asociación se diera cuenta, antes de ayer, de la invalidez de los nuevos ritos. Y “Verrua” también ha sostenido siempre esta posición. Por otra parte, no es verdad que, no estando válidamente consagrados, los obispos con-ciliares no pueden de ninguna manera ocupar las sedes episcopales materialmente y, en caso de abjuración de los errores, también formalmente. En efecto, se sabe que en la Iglesia la jurisdicción no es el poder de orden, y que un laico puede ser elegido Papa o nombrado obispo de una diócesis sin poseer aún el carácter sacerdotal o episcopal. En este caso, es suficiente que el laico en cuestión (o simple clérigo o sacerdote) acepte ser orde-nado, al menos sub conditione. Por lo que los obispos que ocupan las sedes episcopales, aunque no hayan recibido válidamente la consagración episcopal, conservan el nom-bramiento canónico en su sede episcopal, y, por consiguiente, son todavía “obispos ma-terialiter” por lo que mira a la jurisdicción, incluso si no son obispos por lo que mira al poder de orden. Esto vale también para un eventual elegido a la Sede de Pedro en un futuro cónclave: incluso si no hubiera re-cibido una consagración episcopal válida, permanecería siempre la persona ca-nónicamente designada al pontificado. En fin, se olvida que todos los obispos en comunión con Juan Pablo II [Benedicto XVI] (y en-tonces obispos materialiter) que han sido consagrados con el rito oriental o cualquier otro rito tradicional, son realmente obispos en cuanto al poder de orden; no es entonces verdad que la llamada “iglesia conciliar” no tenga más o no tendrá más dentro de poco obispos válidamente consagrados entre sus filas. Por lo tanto, la conclusión que esta asociación pretende sacar del hecho que el nuevo rito de consagración episcopal pueda ser inválido está totalmente privada de fundamento, y no lesiona en lo más mínimo la tesis llamada de Cassiciacum.

    http://www.sodalitiumpianum.it/index.php?pid=45

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