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Tema: Un presidente de República (no el rey) sí podría, libremente, cesar a Pedro Sánchez

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    Un presidente de República (no el rey) sí podría, libremente, cesar a Pedro Sánchez

    La Constitución Española de 1978, desgraciadamente, no concede al rey la posibilidad de disolver libremente las Cortes ni cesar libremente al presidente del Gobierno.

    Esto es así, porque los reyes, a diferencia de los presidentes de República, por una parte, tienen cierta desconfianza en su papel estrictamente político, al haber accedido sin legitimación democrática, remitiéndose, por lo general a actos protocolarios e intrascendentes; y por otra, dado su carácter vitalicio, tampoco quieren desgastarse, pues si abusaran a menudo de la disolución de sus Parlamentos, a la larga, se harían antipáticos al sistema de partidos, cavando así su propia tumba. Por lo cual suelen quedar disculpados constitucionalmente, de tomar decisiones graves.

    Ahora bien, en una disolución del Parlamento o un cese del primer ministro, decretada libremente por un presidente de República no hay problema, al ser este un cargo temporal y por tanto sujeto a uso y desgaste, y sobre todo, por tener legitimidad, habiendo sido elegido democráticamente a nivel similar al propio Parlamento, como sucede por ejemplo en Francia.
    Así, el año 2024, Macron, presidente de la República francesa, disolvió libremente la Asamblea nacional y convocó elecciones a la Asamblea nacional, tras las elecciones europeas, sin que nadie se lo pidiera.

    Igualmente, tal competencia presidencial figuraba en la Constitución de la II República española de 1931:

    Artículo 75. El Presidente de la República nombrará y separará libremente al Presidente del Gobierno, y, a propuesta de éste, a los Ministros…

    Artículo 81. (…) El Presidente podrá disolver las Cortes hasta dos veces como máximo durante su mandato cuando lo estime necesario

    https://www.congreso.es/constitucion.../cons_1931.pdf

    ***

    Sin embargo en la Constitución de 1978 no se lee nada así ni por asomo. Veamos:

    Artículo 62. Corresponde al Rey:

    … b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.

    d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.


    ¿Y cuáles son los “términos previstos en la Constitución”?:

    Artículo 68 ...4. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

    Artículo 101 1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.

    Artículo 114 1. Si el Congreso niega su confianza al Gobierno, éste presentará su dimisión al Rey, procediéndose a continuación a la designación de Presidente del Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 99.
    2. Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquélla se entenderá investido de la confianza de la Cámara a los efectos previstos en el artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.


    Así pues, en ninguna parte figura que el Rey constitucional de 1978 tenga competencia para destituir libremente al presidente del Gobierno, por más sangrante y horrible que el caso sea y aunque el susodicho sea un traidor a sus juramentos y a su nación; ante ello, el Rey constitucional español viene a ser un simple pelele, que bien podría ser sustituido por una estatua o un muñeco (que saldría bastante más barato, por cierto).

    Pero aunque así no fuera, creemos, por lo que llevamos dicho, que si el actual rey, por hipótesis, tuviera competencia para libremente destituir al presidente del Gobierno, tampoco lo haría… No lo haría; ya que se jugaría su Corona en unas próximas elecciones frente al bando político ofendido: y por lo demás, ya sabemos cuál es el “interés general y popular” de los monarcas liberales: estar de figurones apoltronados, ellos y su descendencia; le viene bien al rey nuestro “lamentarse” de que tiene muy poquitas competencias (las de su Casa real y poco más)

    ***

    Cabría alegar, contra la bondad de la decisión de un presidente de República, que bien pudiera ser del mismo partido que el presidente del Gobierno, o simpatizar con él, negándose a actuar. Efectivamente. Pero en todo caso, en un 50% de veces sucedería lo contrario, y sin contar con la llegada de un nuevo presidente de la República, cuyo mandato suele estar intercalado entre los del Parlamento, como en EEUU. Mucho se saldría ganando.

    Lo que no puede tolerarse es que el interés supremo de la nación al que se debe todo presidente de República (aunque no tanto los reyes) tenga que estar sujeto al capricho egoísta y partidista de un presidente del gobierno sin escrúpulos, que se erige de facto, gracias al desastre de Constitución que padecemos, a la vez, en Jefe o Tirano de la Nación, del Gobierno y del partido gobernante, teniéndola secuestrada por y para sus turbios intereses, sin ninguna posibilidad de reacción institucional.

    ¿Y qué es eso de querer remediar el asunto apelando solo a "nuevas elecciones", sin retocar el fallo del engranaje constitucional actual? ¿Y si volviera a salir nuevamente elegido este sujeto? ¿Es que acaso el derecho no exige a alguien, una institución de mayor jerarquía, con mayor poder efectivo, que pare los pies a este o a cualquier desaprensivo semejante?

    En conclusión padecemos con esta horripilante sistema monárquico todos los males de una república presidencialista y ninguna de sus ventajas.

    .
    Última edición por ALACRAN; Hace 3 días a las 16:18
    “España, evangelizadora de la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma, cuna de San Ignacio...; ésa es nuestra grandeza y nuestra unidad: no tenemos otra. El día en que acabe de perderse, España volverá al cantonalismo de los reyes de Taifas.

    A este término vamos caminando: Todo lo malo, anárquico y desbocado de nuestro carácter se conserva ileso. No nos queda ni política nacional, ni ciencia, arte y literatura propias. Cuando nos ponemos a racionalistas lo hacemos sin originalidad, salvo en lo estrafalario y grotesco. Nuestros librepensadores son de la peor casta de impíos que se conoce, pues el español que deja de de ser católico es incapaz de creer en nada. De esta escuela utilitaria salen los aventureros políticos y salteadores literarios de la baja prensa, que, en España como en todas partes, es cenagal fétido y pestilente”. (Menéndez Pelayo)

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