Antártica Chilena
Títulos jurídicos de Chile sobre la Antártica
En cuanto a los derechos de Chile sobre su casquete polar, basta decir que desde el Tratado de Tordesillas, en 1494, y luego durante la Colonia, la Antártica continuó incorporada a la Gobernación de Chile; al independizarse los países hispanoamericanos, las nuevas repúblicas heredaron (por el uti possidetis juris de 1810) los mismos territorios que tenían, recibiendo Chile en forma exclusiva los derechos polares de España.
Chile es el primer y único país en recibir títulos jurídicos sobre el territorio antártico, en tempranos tiempos coloniales, y esto ocurría cuando aún no se tenía la certeza del aspecto físico y geográfico de aquel enorme continente congelado, de cuya existencia apenas se sabía por relatos con más características de fantasía que de autenticidad. Era la Terra Incógnita o la Terra Australia Non Cognita de los viejos mapas.
Los títulos de Chile son mérito del conquistador don Pedro de Valdivia, quien insiste hasta conseguir la extensión del dominio de Chile hasta el Estrecho de Magallanes, asignándole la administración de la zona austral a Jerónimo de Alderete. Antes, el extremo austral hasta el Polo estaba en la Gobernación de Pero Sancho de la Hoz, recibida de las concesiones de 1539, quien las cede a Valdivia al año siguiente, quedando así dentro de la Gobernación de Chile.
Alderete fue entonces el encargado de Valdivia para administrar estas tierras. Al morir Valdivia, una década más tarde, Alderete pasó a ser directamente Gobernador de Chile, incluyendo el Estrecho, en otra prueba de que su administración estaba dentro de los límites de la Gobernación chilena, razón por la cual pudo heredar de Pedro de Valdivia su cargo.
De este modo, las concesiones sobre la Antártica provienen de dos importantes cédulas reales, simultáneamente emitidas el 29 de mayo de 1555, en las que se decía expresamente que esta jurisdicción abarcaba el área: "...de las tierras y provincias que caen en la demarcación de Castilla, de la otra parte del dicho Estrecho". Se creía entonces que era fácil dar un salto hacia el otro lado del Estrecho para dar con la Terra Incógnita, pues en un curioso error de la época (que perduró por mucho tiempo) se creía que el Sur de la Tierra del Fuego estaba directamente conectado a la Antártica, como lo demuestran prácticamente la totalidad de los mapas de aquellos años.
Pero a la Corona no le bastó con otorgar la jurisdicción sobre las tierras incógnitas. Interesado en saber lo que había en ellas, y en otro acto indesmentible e incuestionable de los derechos de Chile en el polo, el 20 de diciembre de 1558 Carlos V otorgó por cédula real al Gobernador de Chile Francisco de Villagra una nueva concesión para la Gobernación solicitando la exploración y adjudicación de todo el territorio más austral que el Estrecho, y tomar "...posesión en nuestro nombre de las tierra y provincias que caen en la demarcación de la corona de Castilla", hasta el polo geográfico, donde culminaba la jurisdicción monárquica española, avalada por el Tratado de Tordesillas de 1494.
Los derechos chilenos quedarían consagrados para la posteridad con este par de concesiones de 1555 y 1558. A ello debemos agregar el natural nexo geográfico que existe entre la Antártica y la zona Austral de Chile, pues estudios científicos indican que ambos estaban unidos en un pasado remoto, y que el desprendimiento de ambos dejó una estela de islas, rocas e islotes que marcan el contorno del Arco de las Antillas Australes o del Sur, cuya línea conecta la Tierra del Fuego con la Península Antártica o Tierra de O'Higgins.
Todo el océano dentro de este arco austral es Pacífico, a pesar de que tenga el aspecto de internarse en el Atlántico. Aun aceptando que el mar que rodea al continente helado es un Océano Antártico diferenciado de los demás, el Pacífico rodea la totalidad de la zona jurídicamente chilena por esta situación del Arco de las Antillas Australes y del Mar de Scotia, de modo que cualquier pretensión extranjera debe pasar necesariamente por derechos jurídicos claros sobre el mar Pacífico que antecede a la Antártica. Chile, además, es el único país que está en proximidad inmediata a la Antártica, sin cubrir enormes distancias de enlace, y con una vía marítima unioceánica, por lo que sus derechos no son colonialistas como los de todas las demás naciones que alegan territorio en él.
Otro aporte importante a la verificación de nuestros títulos antárticos lo aporta la "Relación Histórica del viaje a la América Meridional hecho de orden de Su Mag.", de don Jorge Juan y don Antonio de Ulloa, publicado por orden real en Madrid, en 1748. En la Parte II, Libro 2º, página 335, se lee lo siguiente:
"Ocupa el dilatado reino de Chile aquella parte de la América meridional que desde los extremos del Perú corre hacia el polo austral hasta el estrecho de Magallanes, haciendo división entre ambos reinos, según queda dicho en otra parte, el despoblado de Atacama..."
Recuérdese que la convicción errada de entonces de que Tierra del Fuego estaba conectada al polo antártico hace comprender estas referencias al Estrecho de Magallanes como un territorio efectivamente incorporado a la Terra Non Cognita del Austro.
Por todo lo anterior, tanto jurídicamente (Leyes de Indias y Uti Possidetis Juris) como geográficamente (disposición geológica natural de unión entre territorio antártico y chileno continental) y oceanográficamente (relación del Pacífico con la Antártica), Chile tiene derechos irrenunciables e incuestionables sobre el continente del Polo Sur. Cualquier cuestionamiento a estos derechos es un atropello a las bases históricas de derechos soberanos de las naciones universalmente reconocidos como tales.
Antrtica chilena o Territorio Antrtico chileno
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