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Tema: La constitución de 1812, causa y efecto de una necesidad. Recuerdos de la historia.

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  1. #1
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    Re: La constitución de 1812, causa y efecto de una necesidad. Recuerdos de la histor

    Estimado Martín Ant, en primer lugar, le informo que el texto que usted a dicho ver, efectivamente es mío, pero no está completo, ni mucho menos. Es más, he preferido hacerlo en este sitio donde últimamente hago mis aportes, porque me creo que es bastante más serio e interesante, por lo que lo que usted ha leído, ni está completo, ni terminado por razones personales, y además, aquí hay algunos cambios que en el otro no aparecen, y no son cambios de contexto, si no más bien para cumplimentar información, que es de lo que se trata el artículo en sí, informar de un periodo de la Historia de España muy importante, a mi modo de entender. Parece ser que usted no entiende que yo, no estoy de ninguna manera, haciendo ningún tipo de homenaje ni a aquella Constitución, ni por supuesto lo hago a la presente, pues no estoy de acuerdo con ninguna de las dos, ni se lo hago al movimiento liberal. Y desde luego, no seré yo quien defienda a Fernando VII, eso si lo desea, lo puede hacer usted, ya que para mi, ha sido si no el peor, sí uno de los peores gobernantes de la Historia de España, si me permite decirlo, pero insisto, este no es ningún tipo de reconocimiento ni a la Constitución, ni a ningún tipo de ideología política. Es un reconocimiento, eso sí, y un homenaje, a un pueblo, el español, que es al que en su momento, le tocó sufrir las consecuencias de unos, y de otros, como siempre vaya. Parece ser que a veces, las cosas, no son lo que parecen verse, hay que saber verlas, para dar un parecer, y eso es lo que intento hacer aquí, si me dejan, y tengo tiempo.
    Última edición por Aingeru; 08/10/2013 a las 21:12

  2. #2
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    Re: La constitución de 1812, causa y efecto de una necesidad. Recuerdos de la histor

    NACE LA PEPA

    En este orden de cosas, se reunieron las Cortes en Cádiz, baluarte de la independencia y cuna de la libertad, después de venir de la Isla de León (San Fernando), y promulgaron ese ideal artículado en el que prevalecen las ideas de los oradores y políticos liberales como don Diego Muñoz Torrero, Agustín de Argüelles y Álvarez González, quien podría ser el diputado más reconocido de las Cortes de Cádiz y padre de la Constitución, Isidoro de Antillón y Marzo, Juan Nicasio Gallego y Hernández del Crespo, José María Calatrava Peinado, o José Mexía Lequerica, entre otros. Fue sin duda uno de los textos jurídicos más importantes del Estado español, por cuanto sentó las bases de constituciones posteriores. Considerada como un baluarte de libertad, fue promulgada en Cádiz en el Oratorio de San Felipe Neri el 19 de Marzo de 1812, día de la festividad de San José, por lo que popularmente fue conocida como “La Pepa”, casualmente el mismo día de la onomástica de José I Bonaparte, el rey intruso. Compuesta de diez títulos con 384 artículos, y es considerada como el primer código político a tono con el movimiento constitucionalista europeo contemporáneo, de carácter novedoso y revolucionario, y esto de revolucionario es con respecto a su contenido, y no al estilo de la Revolución francesa, si no de carácter más español, adaptada a las circunstancias de la nación, desde la legalidad, por quienes eran los legítimos representantes, acordándola conforme a las normas procesales del momento, y como contrapartida o respuesta al Estatuto de Bayona, inspirado en el modelo de Estado constitucional bonapartista. Si bien hay que reseñar que tenía algunas influencias o coincidencias con la Constitución francesa de 1791, pero es importante aclarar quiénes fueron los constitucionalistas de Cádiz. De facto, fueron en un principio 104 diputados que asistieron a la primera sesión y 223 que firmaron el acta de la última, aunque no son considerables pues no se tiene una verdadera constancia, y que la mayoría de los autores establece un número de diputados clasificados de los cuales 97 eran eclesiásticos, de los que solo 5 eran obispos, prevaleciendo los de alto y medio clero secular, 60 abogados, 55 funcionarios públicos y 16 catedráticos, además de 4 escritores y dos médicos, añadiendo 37 militares de los cuales no podemos contabilizar si eran o no aristócratas (más adelante explicaremos el por qué de esto, ya que los militares de carrera eran aristócratas, y los que se supone que respaldaron la Constitución venían del mundo de las guerrillas), 8 nobles titulados y 9 marinos, además de 15 propietarios y 5 comerciantes. Podemos decir que se trata pues de una minoría instruida que no opera según un consenso popular. La clase media silenciosa no participa en la acción política de Cádiz, ni la respalda.

    En resumen, digamos que los integrantes de las Cortes formaban una grupo heterogéneo en el que figuraban muchos burgueses liberales, funcionarios ilustrados e ntelectuales procedentes de otras ciudades tomadas por el ejército del rey José, y miembros de las Juntas, que, huyendo de la guerra, se habían concentrado en Cádiz, ciudad-refugio protegida por la marina británica.
    A causa de las dificultades de la guerra, la alta nobleza y la jerarquía de la Iglesia apenas estuvieron representadas en Cádiz.
    Tampoco asistieron los delegados de las provincias ocupadas, (la mayoría), a los que se buscó suplentes gaditanos, lo mismo que a los representantes de los territorios españoles de América. Predominaban en las Cortes las clases medias con formación intelectual, eclesiásticos, abogados, funcionarios, militares y catedráticos, aunque no faltaban tampoco miembros de la burguesía industrial y comercial. No había, en cambio representación alguna de las masas populares: ni un solo campesino tuvo sitio en la Asamblea de Cádiz; y tampoco hubo mujeres, carentes todavía de todo derecho político.
    Última edición por Aingeru; 11/10/2013 a las 20:02

  3. #3
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    Re: La constitución de 1812, causa y efecto de una necesidad. Recuerdos de la histor

    MUERTE DE UNA ESPERANZA

    Tras la llegada Valencia el 16 de abril de 1814, después de haber visitado algunas ciudades españolas, se encontró allí con el cardenal arzobispo de Toledo y de Sevilla, Luis de Borbón y Vallabriga, hermano de quien fuera María Teresa de Borbón y Vallabriga, esposa de Godoy. Era presidente de la Regencia y favorable a las reformas liberales de 1812. También se reunió con una representación de las Cortes de Cádiz presidida por Bernardo Mozo de Rosales, encargado de entregar al rey un manifiesto firmado por 69 diputados absolutistas (de los 284 que componían las Cortes), llamado Manifiesto de los Persas, que propugnaba la supresión de la Cámara gaditana y justificaba la restauración del Antiguo Régimen.


    El manifiesto toma el nombre de una referencia que se contiene, al principio del mismo, sobre la costumbre de los antiguos persas de tener cinco días de anarquía tras la muerte del rey. Los firmantes comparan esa anarquía con el periodo de liberalismo imperante hacía dos años ("en los mayores apuros de su opresión", reza el título), equiparan la Constitución de 1812 a la Revolución Francesa y piden la restauración de los estamentos tradicionales del Antiguo Régimen. El documento sirvió de base al rey para decretar, el 4 de mayo siguiente, el restablecimiento del absolutismo. Aquí se deja constancia del párrafo en concreto:

    "SEÑOR:
    1.- Era costumbre en los antiguos Persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su Rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España
    a V. M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad, del número de los Españoles que se complacen al ver restituido a V. M. al trono de sus mayores, son los que firman esta reverente exposición con el carácter de representantes de España; mas como en ausencia de V. M. se ha mudado el sistema que regía al momento de verificarse aquélla, y nos hallamos al frente de la Nación en un Congreso que decreta lo contrario de lo que sentimos, y de lo que nuestras Provincias desean, creemos un deber manifestar nuestros votos y circunstancias que los hacen estériles, con la concisión que permita la complicada historia de seis años de revolución".

    Entre otros artículos el Manifiesto declaraba las siguientes intenciones:

    La monarquía absoluta es una obra de la razón y de la inteligencia; está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado: fue establecida por derecho de conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus reyes. Así que el soberano absoluto no tiene facultad de usar sin razón de su autoridad (derecho que no quiso tener el mismo Dios); por esto ha sido necesario que el poder soberano fuese absoluto, para prescribir a los súbditos todo lo que mira al interés común, y obligar a la obediencia a los que se niegan a ella. Pero los que declaman contra el poder monárquico, confunden el poder absoluto con el arbitrario;
    sin reflexionar que no hay Estado donde en el constitutivo de la soberanía no se halle un poder
    absoluto.
    Los más sabios políticos han preferido esta monarquía absoluta a todo otro gobierno. El hombre en aquélla no es menos libre que en una república; y la tiranía aún es más temible en ésta que en aquélla. España, entre otros reinos, se convenció de esta preferencia y de las muchas dificultades del poder limitado, dependiente en ciertos puntos de una potencia superior, o comprimido en otros por parte de los mismos vasallos [...]
    No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso Manifiesto en cuanto permita el ámbito de nuestra representación y nuestros votos particulares con la protesta de que se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V. M. ni por las provincias [...] porque estimamos las leyes fundamentales que contiene de incalculables y trascendentales perjuicios, que piden la previa celebración de unas Cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y con arreglo en todo a las antiguas leyes.
    (...) 20. Quisiéramos grabar en el corazón de todos, como lo está en el nuestro, el convencimiento de que la democracia se funda en la inestabilidad y la inconstancia; y de su misma formación saca los peligros de su fin (...) O en estos gobiernos ha de haber nobles, o puro pueblo: excluir la nobleza destruye el orden jerárquico, deja sin esplendor la sociedad.

    21. La nobleza siempre aspira a distinciones; el pueblo siempre intenta igualdades: éste vive receloso de que aquélla llegue a dominar.
    40. En fin, Señor, esta Constitución, firmada el 18 del propio marzo (...) dice: Que la Nación española es libre e independiente y no es ni puede ser patrimonio de nadie, ninguna familia o persona. Y el artículo 14 expresa que el gobierno de la nación española es una monarquía hereditaria: artículos inconciliables.
    134. La monarquía absoluta es una obra de la razón y de la inteligencia: está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado: fue establecida por derecho de conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus Reyes (...) En un gobierno absoluto las personas son libres, la propiedad de los bienes es tan legítima e inviolable que subsiste aún contra el mismo soberano (...)
    Madrid. 12 de abril de 1814



    El 17 de abril, el general Francisco Javier de Elío (Pamplona, 1767 - Valencia, 1822) , al mando del Segundo Ejército, puso sus tropas a disposición del rey y le invitó a recobrar sus derechos. Para darle más fuerza a su juramento, los oficiales gritaron "¡Viva el rey! ¡Muera el que así no piense!". Este hecho puede ser considerado el primer pronunciamiento de la historia de España, y digamos que fue posteriormente uno de los principales responsables en la represión absolutista de la restauración borbónica de Fernando VII, siendo ejecutado tras el triunfo de la Revolución Liberal de 1820, Revolución de la que luego hablaremos.


    El 4 de mayo de 1814, Fernando VII promulgó un decreto, redactado por Juan Pérez Villamil (instigador y autor intelectual del célebre Bando de Independencia o Bando de los alcaldes de Móstoles, que ha trascendido históricamente como el documento que inició Guerra de la Independencia) y Miguel de Lardizábal ( en 1815 perdió el favor del rey que lo encarcelaría en el castillo de Pamplona, este ilustre personaje fue el único mexicano pintado por Francisco de Goya y Lucientes, en 1815 ) que restablecía la monarquía absoluta y declaraba nula y sin efecto toda la obra de las Cortes de Cádiz:

    " mi real ánimo es no solamente no jurar ni acceder a dicha Constitución, ni a decreto alguno de las Cortes sino el de declarar aquella Constitución y aquellos decretos nulos y de ningún valor ni efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si no hubiesen pasado jamás tales actos y se quitasen de en medio del tiempo, y sin obligación en mis pueblos y súbditos de cualquiera clase y condición a cumplirlos ni guardarlos".

    El 5 de mayo, Fernando VII sale de Valencia y emprende una marcha triunfal hacia Madrid. El entusiasmo popular ante el retorno de El Deseado es inmenso. El régimen constitucional no es capaz de oponer resistencia y las Cortes son disueltas el 10 de mayo de 1814.

    Toda esta tarea legislativa no significó un triunfo definitivo de los liberales, el pueblo se siente absolutista, no conoce este proceso revolucionario de Cádiz y por ello aclamará la llegada de Femando VII como rey absoluto. A partir de 1814, los españoles están divididos ideológicamente, esta ruptura se hará sangrienta a lo largo del XIX.



    La restauración del absolutismo llenó las cárceles y presidios de África de patriotas que habían luchado por España en la Guerra de la Independencia, mientras el monarca pasaba su presidio dorado en Valençay, pero las razones de la sociedad estaban más que claras, y era que la Constitución no significaba en realidad el sentimiento de toda una Nación, y los desengaños serían significativos, ya que desde un principio, no se contó con los factores sociales más evidentes, entre ellos, la directa participación del pueblo. Comenzaba un período de seis años de gobierno en el que iban a dominar los sectores más reaccionarios de la sociedad:

    La Iglesia encabezó una cruzada contra las ideas de libertad y democracia, y defendió a los partidarios del antiguo régimen; se restableció el Tribunal del Santo Oficio (la Inquisición), que se suprimió en las Cortes de Cádiz. Se suprime libertad de expresión y de asociación, donde muchas universidades expulsaron a profesores más abiertos a las ciencias e ideas liberales.

    Toda esta tarea legislativa que significó la Constitución de 1812 no significó un triunfo definitivo de los liberales, el pueblo se siente absolutista, no conoce este proceso revolucionario de Cádiz y por ello aclamará la llegada de Femando VII como rey absoluto, y más que nada, por temor a otra Revolución como la francesa, contra la que habían luchado. A partir de 1814, los españoles están divididos ideológicamente, y esta ruptura se hará sangrienta a lo largo del XIX.

    La realidad era que no pocas cuestiones se solventaban no en las Cortes de manera abierta, sino en los pasillos y en reuniones secretas o de que los diputados parecían más estar en una tertulia que al servicio de la nación. También de que, buscando el lucimiento, se elevaban perdiendo el contacto con la realidad, además las Américas, parte de España a la sazón, no estaban suficiente y legítimamente representadas; cómo además se pretendía que los diputados no tuvieran empleo en el Estado y, sobre todo, cómo constituía un gran error que las Cortes no fueran las que decidieran la regulación de los impuestos. Asimismo, la Constitución carecía de realismo al abordar las relaciones entre las Cortes y la Corona. Digamos que acabó fracasando no por la falta de patriotismo o de brillantez de sus redactores sino, fundamentalmente, por la manera en que éstos se dejaron llevar. La constitución refleja un marcado carácter liberal, incluso bastante desparejado con la forma de vivir a la que el pueblo estaba acostumbrado. Proponía medidas liberales imposibles de ser absorbidas por la sociedad de la época. Una constitución que obligaría a cambiar las estructuras de una nación frágil de un golpe, quizás demasiado, y además se vieron superados por un idealismo que les cegó ante la reacción que los grandes beneficiarios del Antiguo Régimen como fueron la monarquía absoluta y la iglesia católica, quienes se opondrían con las armas de un pueblo principalmente analfabeto, a sus avances.

    En resumen, La mayoría de la nobleza se sentía herida por la supresión de los señoríos, y la mayoría de la jerarquía eclesiástica se oponía a las reformas liberales de forma hostil y belicosa. El pueblo llano experimentaba la esperanza, lógica después de los padecimientos de una guerra, en un futuro feliz en el que todos los males pasados tendrían remedio. Para los españoles de 1814 esa esperanza se centraba en la persona de Fernando VII el Deseado. La tensión entre partidarios y enemigos de las ideas liberales se trasladó al choque entre el rey y la Regencia. En este conflicto de poder ganará el más fuerte. Las tropas del segundo ejército mandadas por Elío, rindieron honores reales al monarca a pesar de haberlo prohibido la Regencia. Podemos decir en consecuencia que el rey desaprovechó una oportunidad única de lograr una convivencia entre las dos Españas que durante la guerra de la Independencia se habían formado, o que posiblemente, aprovechó la falta de apoyo del pueblo a una Constitución que no acababa de comprender, y en la que una importante parte de la sociedad estaba sin representar.

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